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ÍNDICE INTRODUCCIÓN ANTECEDENTES MARCO LEGAL CAPÍTULO I OBJETIVOS DEL PROGRAMA FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA CAPÍTULO II INCORPORACIÓN CAPÍTULO III PROMOCIÓN CAPÍTULO IV INSTANCIAS NORMATIVAS ADMINISTRATIVAS CAPÍTULO V GRUPOS Y CATEGORÍAS CAPÍTULO VI FACTORES DE EVALUACIÓN CAPÍTULO VII DICTAMINACIÓN CAPÍTULO VIII TRANSITORIOS ANEXOS ANEXO 1: TABLAS DE VALORES PARA EL FACTOR GRADO ACADÉMICO 1. A PERSONAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO 1. B PERSONAL ADMINISTRATIVO 1. C PERSONAL TÉCNICO 1. D PERSONAL PROFESIONAL 1. E PERSONAL DE PREFECTURA Y AYUDANTÍAS ANEXO 2: CÉDULA DE VALORACIÓN AL DESEMPEÑO EN LA FUNCIÓN ANEXO 3: TABLA DE VALORES DEL FACTOR ANTIGÜEDAD

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ANTECEDENTES MARCO LEGAL CAPÍTULO I OBJETIVOS DEL PROGRAMA FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA

CAPÍTULO II INCORPORACIÓN

CAPÍTULO III PROMOCIÓN

CAPÍTULO IV INSTANCIAS

NORMATIVAS ADMINISTRATIVAS

CAPÍTULO V

GRUPOS Y CATEGORÍAS

CAPÍTULO VI FACTORES DE EVALUACIÓN

CAPÍTULO VII DICTAMINACIÓN

CAPÍTULO VIII TRANSITORIOS

ANEXOS ANEXO 1: TABLAS DE VALORES PARA EL FACTOR GRADO ACADÉMICO 1. A PERSONAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO 1. B PERSONAL ADMINISTRATIVO 1. C PERSONAL TÉCNICO 1. D PERSONAL PROFESIONAL 1. E PERSONAL DE PREFECTURA Y AYUDANTÍAS ANEXO 2: CÉDULA DE VALORACIÓN AL DESEMPEÑO EN LA FUNCIÓN ANEXO 3: TABLA DE VALORES DEL FACTOR ANTIGÜEDAD

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INTRODUCCIÓN

A partir de la firma del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica el 18 de mayo de 1992, derivándose con ello el proceso descentralizador de los servicios educativos hacia las entidades federativas; el Estado se encontraba ante el reto del nuevo federalismo, donde se destacaban los compromisos de la reformulación de los materiales educativos y la revalorización de la función educativa; y dentro de este mismo esquema, como objetivo central, el de elevar la calidad de los servicios. Uno de los aspectos prioritarios para las entidades, paralelamente con la revalorización de la función, es el de alcanzar mejores niveles de bienestar para el personal que labora en el sector educativo y que, sin duda, se traduce en un servicio de calidad acorde con las necesidades que plantea nuestra actual sociedad. En el Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988, se estableció la necesidad de contar con un servicio civil de carrera como un foro específico para el planteamiento de necesidades de acuerdo a la naturaleza de las labores, promoción de mayores grados de responsabilidad y eficacia. Con fundamento en lo anterior, el Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Educación conjuntamente con las Secciones 26 y 52 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, implementan el Programa Estatal de Carrera Administrativa, con la finalidad de impulsar la calidad de la Educación por medio de la actualización y capacitación del Personal de Apoyo y Asistencia del Modelo de Educación Básica; beneficiando económicamente a los trabajadores que participan en el mismo. El Programa Estatal de Carrera Administrativa entra en vigor a partir del 1 de enero de 1999, en un esfuerzo del Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Educación para estimular a los Trabajadores de Apoyo y Asistencia a la Educación en su capacitación y actualización. A diez años de su creación, tomando en cuenta las experiencias recabadas desde su implementación así como los nuevos retos que se le presentan al trabajador en su ámbito laboral, se hizo necesaria la actualización de los Lineamientos que regulan la operación del Programa. La participación permanente de los trabajadores en los diversos cursos de capacitación que oferta el Programa de Carrera Administrativa ha enriquecido su calidad humana y su función en el quehacer educativo, elevando la efectividad del servicio. La Autoridad Educativa y la Representación Sindical, atentas a las demandas de los diversos grupos de trabajadores que conforman el sector educativo, acuerdan a través de la Comisión Paritaria, en un espíritu de equidad, la inclusión del Personal de Apoyo y Asistencia del Modelo Homologado al Programa de Carrera Administrativa.

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ANTECEDENTES

A través de los diversos planteamientos que se formulan en el seno de los

Congresos Ordinarios convocados por el Sindicato Nacional de

Trabajadores de la Educación, se retoma la petición de establecer un

programa tendiente a institucionalizar un mecanismo de escalafón

horizontal, por medio del cual, los trabajadores que conforman el Personal

de Apoyo y Asistencia del Modelo de Educación Básica, puedan tener

acceso a mejores niveles salariales mediante el reconocimiento de la

preparación profesional y la calidad en su desempeño laboral. Esta

intención se cristaliza en San Luis Potosí en la Negociación Salarial de

1998, donde el Gobierno del Estado, da respuesta a la propuesta hecha en

este sentido por las Secciones 26 y 52.

A partir del 10 de septiembre del 2008 por acuerdo de la Comisión

Paritaria, se establece la participación del Personal de Apoyo y Asistencia

del Modelo Homologado de las siguientes Instituciones: Escuela Normal

de la Huasteca Potosina, Escuela Normal Experimental “Normalismo

Mexicano”, Escuela Normal “Profa. Amina Madera Lauterio”, Benemérita y

Centenaria Escuela Normal del Estado, Instituto Estatal de Investigación y

Postgrado en Educación, Escuela Normal de Estudios Superiores del

Magisterio Potosino de San Luis Potosí y de Ciudad Valles, S. L. P., y

Universidad Pedagógica Nacional Unidades 241 y 242.

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MARCO LEGAL Ordenamientos Legales en los que se sustenta el programa: Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica.- Su propósito fundamental es la calidad de la instrucción pública, circunscribiendo para ello las acciones y la mejora del sector educativo; dejando abierta la posibilidad a las entidades de establecer mecanismos que permitan cumplir con los objetivos propuestos sin más limitantes que las que sus propios presupuestos señalen. En este documento queda establecido que, dentro de los beneficios principales del nuevo federalismo educativo lo constituyen los Trabajadores al Servicio de la Educación; por lo que se hace necesario revalorar su función, señalándose como aspectos fundamentales: la formación, la actualización, el salario profesional y la vivienda. Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Educación Pública.- Artículos 5, 6, 7, 8, 80 y 81. Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000.- En el que se establece la necesidad de avanzar a un desarrollo social que propicie y extienda en todo el país las oportunidades de superación tanto individual como social, bajo los principios de equidad y justicia. Plan Estatal de Desarrollo 1998-2003.- Entre los objetivos de este Ordenamiento se señala el de impulsar una cultura que responda a las nuevas dinámicas de justicia laboral que impone el nuevo entorno económico y social. Apartado 3.1 Educación.- Se define como acción prioritaria el establecimiento de sistemas de incentivos que propicie mejores condiciones económicas para los Trabajadores de la Educación. Ley General de Educación.- Artículo 32 “Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales en desventaja”. Asimismo, Artículo 33. Fracc. XII “Concederán reconocimiento y distinciones a quienes contribuyan a la consecución de los propósitos mencionados en el artículo anterior”.

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Ley Estatal de Educación.- Capítulo III, Artículo 22, Fracc. XXIII.- Establece la facultad del Gobernador para que, de manera conjunta con el Ejecutivo Federal se puedan coordinar, unificar y apoyar las actividades educativas en la Entidad. Título IV, Capítulo Único de la Equidad, Fracc. XII.- “Concederán reconocimientos y distinciones a quienes contribuyan a la consecución de los propósitos de establecimiento de las condiciones que permitan el ejercicio pleno al derecho a la educación”. Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí.- Dentro de la exposición de motivos se señala que el trabajo es parte esencial de la vida humana; con él, el hombre crece, se transforma y hace avanzar a las civilizaciones, por ello, es imprescindible que pueda llevarse a cabo en condiciones que propicien la superación personal y el perfeccionamiento social. Es importante en este ámbito la labor que realizan los trabajadores al servicio de las Instituciones Públicas del Estado, de cuya eficacia depende la buena marcha de lo servicios y asuntos públicos; con esa base, se hace necesario realizar una revisión integral de las normas que rigen la relación que se da entre el Gobierno y los Trabajadores a su servicio, para actualizar y dar cauce a los principios de justicia social y los avances del derecho público vigente. Por otra parte, se establece la necesidad de fortalecer el esquema de superación laboral de los trabajadores, que cada vez necesitan mayor capacitación y adiestramiento para enfrentar los diversos retos de la vida moderna y del trabajo. El Estado necesita a su vez contar con recursos humanos preparados que permitan desarrollar con eficiencia los programas que se propone aplicar, lo que redundará en un mejor servicio en la Administración Pública del Estado. Artículo 39.- Establece que las Instituciones Públicas del Gobierno y los Sindicatos podrán revisar las prestaciones que disfrutan los trabajadores y podrán determinar compensaciones, bonos y demás incentivos. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, Artículo 40, Fracc. XIII.- Otorgar reconocimientos, distinciones, estímulos y recompensas al personal que destaque en el ejercicio de su profesión y, en general, realizar actividades que propicien mayor aprecio social a la labor desempeñada.

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CAPÍTULO I

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

1. Establecer un escalafón horizontal que permita al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación ascender a mejores niveles salariales, considerando los factores establecidos en los Lineamientos del Programa.

2. Propiciar las condiciones de trabajo tendientes a motivar la

permanencia del servidor público por medio de la promoción horizontal.

3. Incentivar el interés en la actualización y superación del Personal

de Apoyo y Asistencia a la Educación, promoviendo la capacitación para lograr un mejor desempeño en su función.

4. Fomentar la vocación de servicio revalorando el esfuerzo y la

participación del Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación para así contribuir a elevar la calidad educativa.

5. Mejorar las condiciones de vida de los trabajadores.

6. Crear en el trabajador una cultura de corresponsabilidad ante los

nuevos retos que se plantean en el servicio público.

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FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA

El monto presupuestal que se destine, tanto para la incorporación como para las promociones, será determinado por el acuerdo correspondiente entre las autoridades de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado y las Secciones 26 y 52 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

La Coordinación Estatal de Carrera Administrativa solicitará a la Coordinación General de Recursos Humanos un informe sobre las bajas definitivas (jubilación, defunción, renuncia, abandono de empleo, etc.) del personal que percibió el concepto por su participación en el Programa. Dichos importes formarán parte de los remanentes para ser aplicados en la siguiente etapa de incorporación y promoción.

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CAPÍTULO II

INCORPORACIÓN

El Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación podrá participar para su incorporación al Nivel A de este Programa cumpliendo con los siguientes requisitos:

1. Contar con cinco años efectivos de antigüedad cumplidos al 31 de agosto del año inmediato anterior a la etapa a evaluar.

2. Ostentar plaza base (10) o interino ilimitado ( 95 ) sin titular. 3. Comprobar el nivel de estudios. 4. Presentar la Cédula de Valoración al Desempeño en la Función.

5. Acreditar dos cursos de capacitación y actualización: un específico de cuarenta horas y un general de treinta y cinco horas; en el mismo ciclo escolar.

Se excluye de la participación en este Programa al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación que:

1. Se ausente injustificadamente por trece días o más en un término de seis meses, solicite licencia sin goce de sueldo o disfrute de incapacidad por riesgo de trabajo, en el ciclo escolar al que corresponda la evaluación.

2. Con plaza administrativa y ostente plaza de hora semana-mes

haya ingresado a Carrera Magisterial.

3. Ostente plaza de ayudantía y exceda de diez y ocho horas, aun con otro tipo de plaza adicional.

4. Cuente con dos plazas (una en el Sistema Transferido y otra en el

Sistema Educativo Estatal Regular) y que haya ingresado en una de ellas, ya no participa con la segunda plaza.

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CAPÍTULO III

PROMOCIÓN

Para promoverse a los niveles B, C, D, o E se deberán cubrir los siguientes requisitos:

1. Cubrir tres años de permanencia en cada uno de los niveles.

2. Actualizar en su caso, el nivel de estudios.

3. Presentar la Cédula de Valoración al Desempeño en la Función, en cada año de permanencia.

4. Acreditar tres cursos de capacitación y actualización (uno por año de permanencia): dos específicos de cuarenta horas cada uno y un general de treinta y cinco horas.

5. En caso de que se determine la recategorización de plazas, se procederá a la adecuación pertinente de los Lineamientos con el fin de que el trabajador continúe participando en el sistema de promoción horizontal.

No será sujeto a promoción el Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación que:

1. Se ausente injustificadamente por trece días o más en un término

de seis meses, solicite licencia sin goce de sueldo o disfrute de

incapacidad por riesgo de trabajo, en el ciclo escolar al que

corresponda la evaluación.

2. Con plaza administrativa y que ostente plaza de hora semana-mes

haya ingresado a Carrera Magisterial.

3. Ostente plaza de ayudantía y exceda de diez y ocho horas, aun con

otro tipo de plaza adicional.

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CAPÍTULO IV INSTANCIAS

Instancias Normativas COMISIÓN PARITARIA RECTORA

El Programa Estatal de Carrera Administrativa, establece una Comisión

Paritaria Rectora como el máximo órgano de gobierno y el único facultado

para emitir normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos, así como para

evaluar el desarrollo del mismo.

ESTRUCTURA

Un Presidente, representado por el Secretario de Educación del Gobierno

del Estado.

Dos Secretarios Técnicos, representados por los Secretarios Generales

de los Comités Ejecutivos Seccionales de las Secciones 26 y 52 del

Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

Cuatro representantes de la Secretaría de Educación del Gobierno del

Estado.

Dos representantes de la Sección 26 del Sindicato Nacional de

Trabajadores de la Educación

Dos representantes de la Sección 52 del Sindicato Nacional de

Trabajadores de la Educación.

PRINCIPALES FUNCIONES

1. Pugnar por la equidad y vigilar la transparencia en el desarrollo del

Programa de Carrera Administrativa.

2. Realizar la dictaminación con estricto apego a la normatividad.

3. Atender y resolver las inconformidades que se presenten en la aplicación de este Programa.

4. Analizar y aprobar el cronograma de actividades, convocatorias y documentos de orientación para cada una de las etapas del programa, así como asegurar su difusión y distribución a los Órganos de Evaluación y al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación.

5. Analizar y aprobar los proyectos de los cursos propuestos por el Área de Capacitación de la Coordinación de Carrera Administrativa.

6. Analizar y aprobar el proyecto de asignación presupuestal para la siguiente etapa, que presentará la Coordinación Estatal de Carrera Administrativa a la Comisión Negociadora Estatal.

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Instancias Administrativas

COORDINACIÓN ESTATAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

ESTRUCTURA

El Programa estará a cargo de un Coordinador Estatal de Carrera

Administrativa quien será designado por el Secretario de Educación.

El Sistema Educativo Estatal Regular contará con un Coordinador

nombrado por el Director General del mismo, quien en el ámbito de su

competencia realizará las funciones análogas a la Coordinación Estatal de

Carrera Administrativa, sujetándose también a los acuerdos de la

Comisión Paritaria Rectora.

PRINCIPALES FUNCIONES

1. Conocer y respetar los Lineamientos Normativos y documentos

complementarios que se emitan sobre el Programa.

2. Determinar las fechas para la realización de los diferentes procesos

del Programa.

3. Sesionar en reunión ordinaria trimestral y en extraordinaria, cuando

lo considere necesario cualquiera de las partes.

4. Elaborar minutas de cada sesión de trabajo.

5. Sesionar, iniciada la dictaminación, el tiempo necesaria hasta

concluir el proceso.

6. Garantizar que la dictaminación se lleve a cabo con fundamento en

la normatividad.

7. Verificar los resultados de la dictaminación en los tiempos

establecidos de acuerdo al Cronograma de Actividades.

8. Atender y dar a conocer a la Comisión Paritaria Rectora, las

inconformidades recibidas por el Personal participante en el

Programa de Carrera Administrativa.

9. Verificar que el pago se efectúe conforme a los resultados de la

dictaminación.

10. Elaborar y presentar a la Comisión Paritaria Rectora el proyecto de

asignación presupuestal para la siguiente etapa y una vez

aprobado, presentarlo ante la Comisión Negociadora Estatal.

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COMISIÓN MIXTA DE OPERACIÓN

ESTRUCTURA

Las Direcciones de Área de la Secretaría de Educación del Gobierno del

Estado trabajarán conjuntamente con la Coordinación Estatal de Carrera

Administrativa para la difusión del Programa.

La Comisión Mixta de Operación estará constituida por:

El Director de Área

El Coordinador General

El Jefe de Departamento

El Jefe de Sector

El Supervisor

El Director de la Escuela

PRINCIPALES FUNCIONES

1.- Difundir el programa y sus documentos complementarios en las

unidades administrativas y en los centros de trabajo.

2.- Asistir a las reuniones convocadas por la autoridad competente en

materia de Carrera Administrativa.

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ÓRGANO DE EVALUACIÓN

ESTRUCTURA

Es la instancia responsable de integrar el expediente del trabajador y

evaluar el desempeño en su área de trabajo. Estará constituida por:

A) En las Unidades Administrativas:

Titular de Área

Jefe Inmediato

Representante Sindical

B) En los Centros de Trabajo:

Director

Subdirector

Representante Sindical

PRINCIPALES FUNCIONES:

1. Conocer y respetar los Lineamientos Normativos y los documentos

complementarios que se emitan sobre el Programa.

2. Proporcionar información al Personal de Apoyo y Asistencia a la

Educación que deseé incorporarse o promoverse en el Programa,

sobre los Lineamientos, Normas, Disposiciones y Acuerdos.

3. Difundir el cronograma de actividades y las convocatorias, emitidos

por la Coordinación Estatal de Carrera Administrativa.

4. Promover entre el personal de Apoyo y Asistencia a la Educación la

responsabilidad de integrar y actualizar permanentemente su

expediente del Programa.

5. Cotejar los documentos de Preparación Académica.

6. Evaluar el desempeño de la función en estricto apego a los

Lineamientos y entregar copia al interesado.

7. Verificar que la cédula de inscripción esté debidamente requisitada.

8. Inscribir al Programa solamente al Personal de Apoyo y Asistencia a

la Educación que cumpla con todos los requisitos establecidos.

9. Turnar a la Coordinación Estatal de Carrera Administrativa las

inconformidades para que se determine lo procedente.

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CAPÍTULO V

GRUPOS Y CATEGORÍAS

Considerando la diversidad de funciones del Personal de Apoyo y

Asistencia a la Educación, el Programa de Carrera Administrativa

contempla los siguientes grupos:

I. Personal de Servicios y Mantenimiento

II. Personal Administrativo

III. Personal Técnico

IV. Personal Profesional

V. Personal de Prefectura

VI. Personal de Ayudantías

Podrán participar de manera voluntaria en este sistema de promoción horizontal el Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación que cubra los requisitos establecidos en el presente documento y que presten sus servicios en los siguientes niveles y áreas: Albergues Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado Educación Indígena Educación Inicial Educación Especial Educación Física Educación Preescolar Educación Primaria Educación Secundaria General Educación Secundaria Técnica Escuela Normal de la Huasteca Potosina Escuela Normal Experimental “Normalismo Mexicano” Escuela Normal “Profa. Amina Madera Lauterio” Escuela Normal de Estudios Superiores del Magisterio Potosino de San Luis Potosí y Ciudad Valles S.L.P. Instituto Estatal de Investigación y Postgrado en Educación Misiones Culturales Oficinas Administrativas Telesecundarias Universidad Pedagógica Nacional, Unidades 241 y 242. Asimismo, podrá participar el Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación que ostente plaza de los modelos de Educación Básica y Superior que se encuentre comisionado en Programas Compensatorios por Cooperación y Escuelas del Arte (Música, Danza, Teatro, Artes Plásticas).

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La ubicación de las categorías en cada uno de los grupos señalados anteriormente queda de la siguiente manera.

Grupo I: Personal de Servicios y Mantenimiento

Sistema Transferido:

S01803 Oficial de Servicios y Mantenimiento

S01804 Jefe de Servicios en Plantel

S01807 Asistente de Servicios en Plantel

S01808 Asistente de Servicios y Mantenimiento

S01812 Auxiliar de Servicios y Mantenimiento en el Plantel

S02803 Mesero

S02804 Cocinera

S02806 Ecónomo (para uso exclusivo en planteles)

S02810 Asistente de Cocina

S03802 Chofer

S05805 Técnico Medio en Imprenta

S05806 Técnico en imprenta

S08802 Oficial de Mantenimiento Mecánico

S09801 Electricista

S10802 Técnico en Mantenimiento de Equipo de Comunicaciones

JS07002 Oficial de Servicios Especializados

JS08012 Oficial de Servicios

Sistema Educativo Estatal Regular:

S01803 Almacenista y Oficial de Mantenimiento y Servicios

S01803 Taquillero y Acomodador

S02804 Auxiliar de Banco de Leche y Cocina, Responsable de Lavandería y

Mesero

S02805 Responsable de Cocina, Responsable de Banco de Leche

JS07002 Oficial de Servicios “C”

JS08012 Oficial de Servicios Especializados

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Grupo II: Personal Administrativo

Sistema Transferido:

A01803 Administrativo Especializado

A01805 Auxiliar de Administrador

A01806 Analista Administrativo

A01807 Jefe de Oficina

A01820 Ayudante Administrativo

A02802 Agente de Información

A02804 Promotor

A03803 Secretaria de Apoyo

A03804 Secretaria “C”

JA08027 Secretaria de Director General

JP07539 Analista Técnico Especializado

Sistema Educativo Estatal Regular:

A01805 Auxiliar Administrativo

A01806 Controlador Administrativo Escolar

A01807 Jefe de Oficina

A03803 Bibliotecaria y Recepcionista

JA01004 Oficial Administrativo “C”

A7506 Secretaria de Funcionario “C”

JA08027 Secretaria de Dirección

JP07539 Analista Técnico Especializado

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Grupo III: Personal Técnico

Sistema Transferido:

C01806 Editor

C01808 Asistente en Técnicas de la Computación

C02802 Operador de Equipo de Comunicaciones

T03803 Técnico Medio

T03804 Especialista Técnico

T04801 Iluminador Teatral

T04802 Bailarín

T04803 Músico

T05808 Técnico Bibliotecario

T05809 Asistente Bibliotecario

T06803 Coordinador de Técnicos en Computación

T06806 Operador de Equipo

T08803 Dibujante

T09802 Enfermera

T09803 Enfermera Especializada

T13801 Auxiliar de Fotógrafo

T13803 Fotógrafo

T13807 Laboratorista de Fotografía

T14805 Puericultor (para uso exclusivo en planteles)

ED02810 Tutor Escolar (para uso exclusivo en planteles)

T14807 Niñera Especializada

T16803 Laboratorista

T16807 Asistente de Laboratorio

T17804 Operador de Equipo Especializado

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T22818 Jefe de Oficina Técnica en Radio y T.V.

T22827 Asistente Técnico en Radio y T.V.

T22828 Oficial Técncio en Radio y T.V.

T25802 Terapista (para uso exclusivo en planteles)

T26803 Trabajadora Social

T26805 Ayudante de Trabajo social

Sistema Educativo Estatal Regular:

T14805 Puericultista

T03804 Técnico Especializado

T09803 Auxiliar Educativo y Enfermera

T14807 Niñera Especializada

T26803 Trabajadora Social

Grupo IV: Personal Profesional

Sistema Transferido:

P01801 Abogado

P02802 Médico

P03802 Dentista Cirujano

P04802 Psicómetra

P04803 Psicólogo

ED01804 Especialista en Sistemas de Computación

ED02805 Coordinador de Escritores de Libros de Texto para Educación Básica.

ED02807 Escritor de Libros de Texto para Educación Básica.

ED0289 Pedagogo Especializado

Sistema Educativo Estatal Regular:

P02802 Médico

P04803 Psicólogo

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Grupo V: Personal Prefectura Sistema Transferido:

E2331 Prefecto A Foráneo

E2333 Prefecto B Foráneo

E2335 Prefecto C Foráneo

Grupo VI: Personal de Ayundantías Sistema Transferido:

E2401 Horas de Ayudante Foráneo

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CAPÍTULO VI

FACTOR DE EVALUACIÓN

Considerando que el objetivo del Programa constituye un modelo escalafonario de promoción horizontal que propicia la superación continua y permanente del Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, se debe contar con instrumentos de carácter objetivo que permitan la definición de criterios y políticas que garanticen un proceso claro y transparente.

Los factores que se consideran para la evaluación, cuyo fin principal es el de traducir en elementos cuantitativos la información que de cada trabajador se presente, son los siguientes:

DEFINICIÓN DE FACTORES:

A. Antigüedad Laboral: Son los años de servicio de tiempo efectivo prestado, tanto a la Federación como al Estado en el ámbito educativo. El trabajo efectivo deberá considerarse como la permanencia del trabajador en el servicio desde su momento de ingreso.

B. Grado Académico: Es el nivel de escolaridad alcanzado por el Trabajador de Apoyo y Asistencia a la Educación debidamente acreditado a través del documento expedido por una institución que cuente con reconocimiento de validez oficial.

Factor Valor en Puntos

Antigüedad Laboral 20

Grado Académico 25

Desempeño en la Función 35

Acreditación de Cursos de Actualización y

Capacitación

20

Total 100

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C. Desempeño en la Función:

Considerando que uno de los objetivos que persigue el Programa es el de la revalorización de la función del Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, así como el reconocimiento a la labor desarrollada, este aspecto debe ser el factor de mayor relevancia. Cantidad de Trabajo.- Volumen de trabajo en función a los programas o tareas encomendadas. Calidad en el Trabajo.- Grado de exactitud, presentación y confiabilidad en los trabajos realizados. Conocimiento y Criterio utilizado en el trabajo.- Grado de conocimiento que posee de los elementos esenciales para su trabajo como resultado de su experiencia. Disciplina.- Grado en que acata las disposiciones superiores para el desempeño de sus actividades Uso de Materiales y Equipo.- Conservación del equipo de trabajo y adecuada utilización del material. Relaciones Interpersonales.- Actitud que asume frente a las autoridades y con el personal del área donde se encuentra asignado. Trato al Público.- Actitud que asume en la atención al público. D. Acreditación de cursos de actualización y capacitación: Para dar cumplimiento al marco jurídico vigente, la Coordinación Estatal de Carrera Administrativa presentará ante la Comisión Paritaria Rectora para su aprobación, la propuesta anual de Catálogo de Cursos, con el propósito de propiciar en los trabajadores la capacitación, actualización y desarrollo personal.

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CAPÍTULO VII

DICTAMINACIÓN

La incorporación o promoción del Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación se realizará a través de un proceso de dictaminación que especifique la Comisión Paritaria Rectora con estricto apego al Marco Normativo.

Dicha dictaminación se emitirá mediante un documento en el que conste la fecha de incorporación o promoción del personal correspondiente, así como el grupo y nivel de Carrera Administrativa, firmada por las autoridades educativas y sindicales.

.

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CAPÍTULO VIII

TRANSITORIOS

1. Una vez publicados los resultados de incorporación y promoción se darán al trabajador tres días hábiles para presentar las Inconformidades a la Coordinación de Carrera Administrativa que deberán ser resueltas por la Comisión Paritaria Rectora.

2. En caso de que la Secretaría de Educación Pública estableciera un Programa Nacional con objetivos semejantes con la distribución presupuestal correspondiente de origen federal, la operación del Programa Estatal será motivo de nuevo acuerdo entre la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado y las Secciones 26 y 52 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

3. Lo no previsto en los presentes Lineamientos será resuelto por la Comisión Paritaria Rectora y entrarán en vigor a partir del diez de septiembre de dos mil ocho.

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ANEXOS

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ANEXO I

TABLAS DE VALORES PARA EVALUAR EL FACTOR:

GRADO ACADÉMICO.

I. A.- PERSONAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO

GRADO ACADÉMICO PUNTAJE

PRIMARIA 15

SECUNDARIA 20

BACHILLERATO 25

I. B.- PERSONAL ADMINISTRATIVO

GRADO ACADÉMICO PUNTAJE

SECUNDARIA O CARRERA COMERCIAL 15

SECUNDARIA Y CARRERA COMERCIAL 20

BACHILLERATO 25

I. C.- PERSONAL TÉCNICO

GRADO ACADÉMICO PUNTAJE

SECUNDARIA 10

SECUNDARIA Y CARRERA TÉCNICA 15

BACHILLERATO 20

PASANTE DE LICENCIATURA 22

LICENCIATURA 25

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I. D.- PERSONAL PROFESIONAL

GRADO ACADÉMICO PUNTAJE

PASANTE DE LICENCIATURA 15

LICENCIATURA 18

DIPLOMADOS O ESPECIALIDADES 20

MAESTRÍA 25

I. E.- PERSONAL DE PREFECTURAS Y AYUDANTIAS

GRADO ACADÉMICO PUNTAJE

SECUNDARIA O CARRERA COMERCIAL 12

BACHILLERATO O CARRERA TÉCNICA 16

PASANTE DE LICENCIATURA 22

LICENCIATURA 25

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ANEXO 2

CÉDULA DE VALORACIÓN AL DESEMPEÑO EN LA FUNCIÓN

1.- Cantidad de Trabajo: Volumen de trabajo en función a los programas o tareas encomendadas.

Supera ampliamente los volúmenes de trabajo que tiene encomendados. 5

Desarrolla una cantidad de trabajo acorde a los volúmenes

encomendados.

3.8

Logra volúmenes de trabajo encomendados, en ocasiones fuera de

tiempo.

2.5

Su rendimiento es mínimo y frecuentemente fuera de tiempo. 1.3

2.- Calidad en el Trabajo: Grado de exactitud, presentación y confiabilidad en los trabajos realizados.

Realiza trabajos excelentes excepcionalmente comete errores; únicamente

requiere supervisión esporádica.

5

Generalmente realiza buenos trabajos con un mínimo de errores, las

revisiones que amerita son de rutina.

3.8

Requiere supervisión estrecha debido a errores que comete. 2.5

Su trabajo contiene un alto índice de errores por lo que debe ser revisado

de manera permanente.

1.3

3.- Conocimiento y criterio utilizado en el trabajo: Grado de conocimiento de los elementos esenciales para su trabajo así como su aptitud para interpretar y aplicar las políticas y normas establecidas.

Tiene conocimiento completo de su área, dando soluciones a problemas

de trabajo de manera acertada debido a su conocimiento y aplicación de

las políticas y normas establecidas.

5

Está adecuadamente informado de la marcha normal del mismo y por lo

general soluciona aceptablemente los problemas de trabajo, pero debe

recurrir a otros cuando se enfrenta a problemas especiales.

3.8

Aún cuando muestra falla para solucionar los problemas, éstas no son

relevantes, sin embargo, requiere de orientación a fin de garantizar la

aplicación idónea de políticas y normas de trabajo.

2.5

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Tiene poco conocimiento de su trabajo y muestra notables fallas para

solucionar los problemas. La experiencia que posee no es suficiente para

empezar o no se ha aprovechado la capacitación.

1.3

4.- Disciplina.- Grado en que acata las disposiciones superiores para el desempeño de sus actividades.

Siempre se sujeta a las instrucciones o disposiciones establecidas. 5

Ocasionalmente muestra objeción a las instrucciones o disposiciones. 3.8

Con frecuencia manifiesta inconformidad y no acata las instrucciones o

disposiciones.

2.5

No cumple y/o evade las instrucciones o disposiciones. 1.3

5. – Uso de materiales y equipos. – Conservación del equipo de trabajo y adecuada utilización del material.

6.– Relaciones interpersonales.– Actitud que asume frente a las autoridades y con el personal del área donde se encuentra asignado, considerando su disposición a participar en actividades de grupo, aportando el esfuerzo y apoyo necesario para el logro del objetivo común.

Se esmera en la conservación y utilización de los materiales y

equipo de trabajo de manera que no existen ni desperdicios o

deterioros.

5

Procura conservar su equipo de trabajo y utiliza adecuadamente los

materiales de manera que el deterioro y el desperdicio son normales

3.8

Manifiesta eventuales fallas en el cuidado del equipo, propiciando su

deterioro y desperdicio de material.

2.5

Demuestra negligencia en la conservación del equipo y la utilización

del material, ocasionando deterioros y desperdicios injustificados.

1.3

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7.– Trato al Público.– Actitud que asume en la atención al público.

Es cordial y amable al atender a toda persona que solicita sus servicios 5

Ocasionalmente se desespera en el trato con el público, sin llegar a perder

la ecuanimidad.

3.8

Se muestra intransigente y rígido en cuanto a aceptar tolerancia en

tiempos, formas, etc., que de hacerlo no infringe la normatividad ni lesiona

el servicio.

2.5

Se conduce con despotismo y altanería en el trato al público. 1.3

Mantiene acertadas relaciones con sus jefes y compañeros mostrando una

habilidad sobresaliente para apoyar y colaborar en el trabajo de grupo.

5

Casi siempre es amable con jefes y compañeros con disposición a

intervenir en forma activa en la acción de equipo, sin embargo, en

ocasiones sus malas relaciones dificultan su trabajo y el de los demás.

3.8

Tiende a buscar el beneficio en la labor de equipo, sin embargo, muestra

algunas fallas con lo que obstaculiza su trabajo y el de los demás.

2.5

Rechaza permanentemente las relaciones con sus jefes y/o compañeros,

mostrando notables fallas para colaborar y apoyar las actividades que

requieren acción de grupo. Entorpece gravemente la eficiencia del mismo.

1.3

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ANEXO 3

TABLA DE VALORES PARA EVALUAR EL FACTOR: ANTIGÜEDAD.

AÑOS DE

SERVICIO

PUNTUACIÓN AÑOS DE

SERVICIO

PUNTUACIÓN

5 10.0 16 15.5

6 10.5 17 16.0

7 11.0 18 16.5

8 11.5 19 17.0

9 12.0 20 17.5

10 12.5 21 18.0

11 13.0 22 18.5

12 13.5 23 19.0

13 14.0 24 19.5

14 14.5 25 ó más 20.0

15 15.0

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ACUERDO

Se aprobaron las modificaciones a los Lineamientos del Programa de Carrera Administrativa en la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P.; el diez de septiembre de dos mil ocho, firmando los integrantes de la Comisión Paritaria Rectora.

PRESIDENTE

Lic. Francisco Antonio Rubín de Celis Chávez Secretario de Educación

SECRETARIOS TÉCNICOS

Prof. Crisógono Sánchez Lara Prof. Arnulfo Hernández R. Secretario General de Secretario General de la Sección 26 del SNTE. la Secciçon 52 del SNTE.

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Por la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado.

C. P. Arturo Vinicio de León Martínez

C. P. Manuel Humberto Gómez Quiroga

Lic. Norma Alicia Arriaga Santos

Lic. Javier F. Gutiérrez Vázquez

Por la Sección 26 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación

Alicia Villegas Martínez

Prof. José Luis Sánchez Sánchez

Por la Sección 52 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación

María Teresa Almaguer García

Prof. Juan Carlos García Rocha

Coordinador Estatal de Carrera Administrativa

L.A.E. José Gonzalo Sánchez Chávez

Coordinadora por el Sistema Educativo Estatal Regular

Raquel Rodríguez López

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