ya que el estado, a través de la ecp-minminas- ha ocultado y manipulado reiteradamente información...

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las Propiedades Privadas de Subsuelo, como de su las Propiedades Privadas de Subsuelo, como de su actualización, tras recibir desde sus predecesores ese actualización, tras recibir desde sus predecesores ese mandato y todavía vigente por la Ley 10 de 1961: mandato y todavía vigente por la Ley 10 de 1961: Evidenciaremos el cumplimiento de la Ley de Petróleos, por Evidenciaremos el cumplimiento de la Ley de Petróleos, por parte de la PP-Aviso 17 CORINTUBA parte de la PP-Aviso 17 CORINTUBA Comunidad de Condueños del Subsuelo del Antiguo Resguardo Comunidad de Condueños del Subsuelo del Antiguo Resguardo Indígena de Tubará Indígena de Tubará tras recopilar documentos de la época y que corroboran una tras recopilar documentos de la época y que corroboran una de las Razones, que tienen para Prevaricar y lanzar de las Razones, que tienen para Prevaricar y lanzar conceptos Extra Judiciales, como entregar los Linderos antes conceptos Extra Judiciales, como entregar los Linderos antes de una Sentencia de los Tribunales que están supuestos a de una Sentencia de los Tribunales que están supuestos a acatar. acatar. Para ello, Articulo por Articulo, pondremos respetuosamente Para ello, Articulo por Articulo, pondremos respetuosamente a su consideración: a su consideración: Data Digitalizada de Organizaciones, Expertos, Funcionarios, Data Digitalizada de Organizaciones, Expertos, Funcionarios, Agencias y Entidades de la Industria de los Hidrocarburos Agencias y Entidades de la Industria de los Hidrocarburos desde sus albores, nacional e internacional, hasta nuestros desde sus albores, nacional e internacional, hasta nuestros días. En especial, con el Concepto preclaro del que actúo y días. En especial, con el Concepto preclaro del que actúo y apadrino la vida de esta Ley, que con posterioridad se apadrino la vida de esta Ley, que con posterioridad se aplicaría con ausencia del Espíritu de la misma y aplicaría con ausencia del Espíritu de la misma y acomodaticiamente, como también los Códigos que rigen esta acomodaticiamente, como también los Códigos que rigen esta Industria. Industria. LEY 97 de 1993 LEY 97 de 1993

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Page 1: Ya que el Estado, a través de la ECP-MinMinas- ha ocultado y manipulado reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de las

Ya que el Estado, a través de la Ya que el Estado, a través de la EECPCP--MinMinasMinMinas--ANH ha ocultado y manipulado ha ocultado y manipulado reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de

las Propiedades Privadas de Subsuelo, como de su actualización, tras recibir desde las Propiedades Privadas de Subsuelo, como de su actualización, tras recibir desde sus predecesores ese mandato y todavía vigente por la Ley 10 de 1961:sus predecesores ese mandato y todavía vigente por la Ley 10 de 1961:

Evidenciaremos el cumplimiento de la Ley de Petróleos, por parte de la PP-Aviso 17 Evidenciaremos el cumplimiento de la Ley de Petróleos, por parte de la PP-Aviso 17 CORINTUBACORINTUBA

Comunidad de Condueños del Subsuelo del Antiguo Resguardo Indígena de TubaráComunidad de Condueños del Subsuelo del Antiguo Resguardo Indígena de Tubarátras recopilar documentos de la época y que corroboran una de las Razones, que tras recopilar documentos de la época y que corroboran una de las Razones, que

tienen para Prevaricar y lanzar conceptos Extra Judiciales, como entregar los tienen para Prevaricar y lanzar conceptos Extra Judiciales, como entregar los Linderos antes de una Sentencia de los Tribunales que están supuestos a acatar.Linderos antes de una Sentencia de los Tribunales que están supuestos a acatar.

Para ello, Articulo por Articulo, pondremos respetuosamente a su consideración:Para ello, Articulo por Articulo, pondremos respetuosamente a su consideración:Data Digitalizada de Organizaciones, Expertos, Funcionarios, Agencias y Entidades Data Digitalizada de Organizaciones, Expertos, Funcionarios, Agencias y Entidades

de la Industria de los Hidrocarburos desde sus albores, nacional e internacional, de la Industria de los Hidrocarburos desde sus albores, nacional e internacional, hasta nuestros días. En especial, con el Concepto preclaro del que actúo y apadrino hasta nuestros días. En especial, con el Concepto preclaro del que actúo y apadrino la vida de esta Ley, que con posterioridad se aplicaría con ausencia del Espíritu de la la vida de esta Ley, que con posterioridad se aplicaría con ausencia del Espíritu de la

misma y acomodaticiamente, como también los Códigos que rigen esta Industria.misma y acomodaticiamente, como también los Códigos que rigen esta Industria.

LEY 97 de 1993LEY 97 de 1993

Page 2: Ya que el Estado, a través de la ECP-MinMinas- ha ocultado y manipulado reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de las

ARTICULO 1ARTICULO 1► Reconocimiento excepcional de propiedad Reconocimiento excepcional de propiedad

privada sobre hidrocarburos.privada sobre hidrocarburos.► Para efectos de la excepción prevista en los Para efectos de la excepción prevista en los

artículos 1° y 13 de la Ley 20 de 1969, se artículos 1° y 13 de la Ley 20 de 1969, se entiende por derechos constituidos a favor entiende por derechos constituidos a favor

de terceros las situaciones jurídicas de terceros las situaciones jurídicas subjetivas y concretas, adquiridas y subjetivas y concretas, adquiridas y

perfeccionadas por un título especifico de perfeccionadas por un título especifico de adjudicación de hidrocarburos como mina adjudicación de hidrocarburos como mina o por una sentencia definitiva y en ejercicio o por una sentencia definitiva y en ejercicio

de los cuales se hayan descubierto uno o de los cuales se hayan descubierto uno o varios yacimientos de hidrocarburos, a varios yacimientos de hidrocarburos, a más tardar el 22 de diciembre de 1969.más tardar el 22 de diciembre de 1969.

► Nótese,Nótese, que el determinar que debe ser uno o varios yacimientos, lo de comercial no es parte del espíritu de la Ley; por lo tanto si es un concepto extra judicial, que sólo interpone como otro escollo el MinMinas, en 1996.

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PRUEBAS PRUEBAS IRREFUTABLESIRREFUTABLES► EXCEPCION-SITUACION JURIDICA: TITULO ESPECIFICO-SENTENCIA / AVISO. EXCEPCION-SITUACION JURIDICA: TITULO ESPECIFICO-SENTENCIA / AVISO. PROBADOPROBADO

► SENTENCIASENTENCIA de la Hon. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, del 10 de octubre de 1942: “que es fundada la pretensión de la llamada ‘Comunidad de Condueños del Antiguo Resguardo de Indígenas de Tubará’, representada por el Administrador Valmiro H.Donado, y de la Compañía de Petróleos del Carare de que le pertenece en propiedad a la primera el petróleo que pueda encontrarse en el globo de tierra descrito en el aviso presentado al Ministerio”, esta es la base jurídica del Aviso 17 y según el articulo 181 del Código de Petróleos, no necesita de Otro para seguir desarrollando la PP, como intenta el MinMinas al exigirle el articulo 35 de este mismo código.► YACIMIENTO: UNO o VARIOS, PERFORADOS ANTES del 22 de DICIEMBRE de 1969. YACIMIENTO: UNO o VARIOS, PERFORADOS ANTES del 22 de DICIEMBRE de 1969. PROBADOPROBADO► “El primer pozo perforado en Colombia (después del de Manuel María, con ‘minería pura’ y obteniendo 50 barriles por día) fue

cavado en 1909 en Tubará, seis millas de Puerto Colombia. La Atlantic Oil Co, compuesta de capitalistas de Toronto, Canadá, después de dos fallidas pruebas, halló un petróleo con base de parafina de alto grado en una profundidad entre 700 y 800 pies. Este pozo esta produciendo todavía cerca de un barril al día, el cual es refinado en el campo para uso como gasolina de automóvil. Gas fue

encontrado en gran cantidad y con alta presión, y es usado en la propiedad como combustible. En 1912 los derechos del contrato fueron transferidos a la Three Seas Petroleum Co., de Chicago, la cual controla bajo arrendamiento cerca de 400,000 acres en la

vecindad y las cuales utilizan para continuar operaciones”, del libro The Mineral Industry, 1892-1920. Editado por G. A. Roush, A. B., M. S. en 1921 (ver este Ítem original, en la parte inferior y al pulsarlo te llevara a la Fuente de Books-Google).

► Constituyendo otro evento de importancia para la Industria, luego del hallazgo pionero en 1883 de Manuel Constituyendo otro evento de importancia para la Industria, luego del hallazgo pionero en 1883 de Manuel María Palacio Vargas y además del Premio por su calidad en 1910, ya que fue: El Primer Pozo taladrado en María Palacio Vargas y además del Premio por su calidad en 1910, ya que fue: El Primer Pozo taladrado en

Colombia, con la tecnología de punta en la época y luego fue perforado un pozo en Turbaco, por Diego Colombia, con la tecnología de punta en la época y luego fue perforado un pozo en Turbaco, por Diego Martínez Camargo & Co., ambos antes de que la Tropical Oil (luego Ecopetrol) iniciara su perforación en Martínez Camargo & Co., ambos antes de que la Tropical Oil (luego Ecopetrol) iniciara su perforación en

Las Infantas en 1915.Las Infantas en 1915.

Page 4: Ya que el Estado, a través de la ECP-MinMinas- ha ocultado y manipulado reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de las

19119155

► Boletín de la Unión Panamericana, hoy la OEA-Organización de Estados Americanos:Otra referencia, que viene a reforzar un Hecho, de que: Si hubo un yacimiento descubierto

antes de 1969 y tal como lo hemos ya documentado previamente, en nuestras PPS:Tubará’sTubará’s (7), GeneralidadesGeneralidades (18) e sairotsiHsairotsiH (6)

(Pulsando los Ítems, inferior e izquierda, iras a la Fuente de Books-Google)

Page 5: Ya que el Estado, a través de la ECP-MinMinas- ha ocultado y manipulado reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de las

ArticuloArticulo 2 2► Descubrimiento de hidrocarburos.Descubrimiento de hidrocarburos.

► Se entiende que existe yacimiento Se entiende que existe yacimiento descubierto de hidrocarburos cuando descubierto de hidrocarburos cuando

mediante perforación con taladro o con mediante perforación con taladro o con equipo asimilable y las correspondientes equipo asimilable y las correspondientes

pruebas de fluidos, se logra el hallazgo de la pruebas de fluidos, se logra el hallazgo de la roca en la cual se encuentran acumulados los roca en la cual se encuentran acumulados los

hidrocarburos y que se comporta como hidrocarburos y que se comporta como unidad independiente en cuanto a unidad independiente en cuanto a

mecanismos de producción, propiedades mecanismos de producción, propiedades petrofísicas y propiedades de fluidos.petrofísicas y propiedades de fluidos.

Page 6: Ya que el Estado, a través de la ECP-MinMinas- ha ocultado y manipulado reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de las

PROBADPROBADO:O:

► Una prueba fidedigna, de que se descubrió la Roca o Yacimiento con el campo Tubará,es que la misma ANH promueve el potencial de su Cuenca como una rica en Gas & Petróleo en sus Rondas Caribe

(ECP) y Colombia (Lewis Energy). Y para ello, utiliza como referencia la tradición histórica de los Pozos allí existentes, que son propiedad de la Comunidad de Corinrtuba y contratados por ella, sin la intervención del

Estado, como ahora pretende ampararse para darlos a otros en concesión 80-20.

(estos Ítems ya han sido confirmados a la Fuente deBooks-Google o Libros digitalizados de Google, en

previas presentaciones PPS)

Page 7: Ya que el Estado, a través de la ECP-MinMinas- ha ocultado y manipulado reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de las

ESTE MAPA DE UN ESTUDIO DE LA ASOCIACION DE GEOLOGIA DE USA (mostrado con anterioridad completo), nos trae la ubicación del los potenciales

campos petroleros de América y su control, donde se destaca en el Distrito Caribe de Colombia el de Tubará antes del 1969 y como podrás apreciar son Cuencas donde están almacenados hidrocarburos y así lo promociona ANH, en sus Rondas para

atraer clientes de E&P, a Colombia.

‘Pozo No. 1, Perdices, tuvo la mejor demostración; agua salada y petróleo, con Pozo No. 1, Perdices, tuvo la mejor demostración; agua salada y petróleo, con una gravedad de 32una gravedad de 32ºº Beumé, fueron reportado a 135 pies mientras en una rotura Beumé, fueron reportado a 135 pies mientras en una rotura

formada de tierra y caracoles a 745-754 pies, petróleo de 43.4formada de tierra y caracoles a 745-754 pies, petróleo de 43.4ºº Beumé, el cual Beumé, el cual fluyó naturalmente y puesta la bomba, fue reportado, que hizo 140 barriles en 7 fluyó naturalmente y puesta la bomba, fue reportado, que hizo 140 barriles en 7

horas. En 1917, el pozo fue pero bombeaba cerca de ¼ barril al día. Los otros horas. En 1917, el pozo fue pero bombeaba cerca de ¼ barril al día. Los otros pozos los cuales fueron perforados a 1600 pies de profundidad o menos muestras pozos los cuales fueron perforados a 1600 pies de profundidad o menos muestras

de petróleo y gasde petróleo y gas’. Fuente: MINING and METALLURGY. 1922-Number 186, MINING and METALLURGY. 1922-Number 186, página 40.página 40.

(este Ítem contiene Link-Enlace a los Libros Digitalizados por Google)

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ARTICULO ARTICULO 33

► Las disposiciones contenidas en los artículos 1° y 2° de la presente Ley, constituyen la única interpretación

autorizada de la Ley 20 de 1969. artículos 1° y 13.

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PROBADO:PROBADO:► 1-1-PRIMER DESCUBRIMIENTO DE PETROLEO: PRIMER DESCUBRIMIENTO DE PETROLEO: 18831883“El primer pozo exploratorio perforado en Colombia se hizo realmente en 1883. Se le denominó Tubará y los pioneros fueron

Manuel María Palacio y David López, asesorados por el geólogo Luis Striffler. El trabajo se hizo a tajo abierto, es decir pura

minería del petróleo. La torre de perforación era una estructura de madera de diez metros de alto, en cuya cúspide pendía una

polea con un cable de acero atado a un martinete, el cual, a medida que golpeaba, penetraba la corteza terrestre. El resultado:

Una capacidad de producción de 50 barriles por día”, una síntesis del trabajo: "Reseña de la Exploración", publicado en página

15 de la Revista de Ecopetrol ‘CARTA PETROLERA’ - Nº 65 / Diciembre-1995 y realizó el Ingeniero Víctor Eduardo Pérez.

► 2-2-PRIMER POZO MODERNO INCADO EN COLOMBIA: PRIMER POZO MODERNO INCADO EN COLOMBIA: 19091909

“el petróleo encontrado en Colombia varia de un asfalto pesado a uno liviano con base de parafina de 41º Baumé (sp. gr. 0.8187). El primer pozo

perforado en Colombia por petróleo fue hincado en 1909 en Tubará, seis millas de Puerto Colombia. …descubriendo un petróleo de alto grado con base de parafina en una profundidad de 700 a 800 pies. Este pozo

esta todavía produciendo cerca de un barril al día …”

► 3-3-PREMIO A LA CALIDAD DE SU PETROLEO: PREMIO A LA CALIDAD DE SU PETROLEO: 19101910“…el gran suceso de la compañía explotadora de petróleo de los campos del

distrito de Tubará, provincia de Barranquilla, ahora serán rápidamente desarrollados. …Cuatro pozos de 10 pulgadas han sido ya abiertos, y los ingenieros están ahora creando tres pozos más de 14 pulgadas de ancho. …La calidad del petróleo es excelente, y el producto fue galardonado con

el primer premio en la Exposición Centenaria realizada en Bogotá en julio de 1910 ”

Page 10: Ya que el Estado, a través de la ECP-MinMinas- ha ocultado y manipulado reiteradamente información e incumplido con el deber de cuidar el Registro de las

EVIDENCIA EVIDENCIA GráficaGráfica

► 3-3-PREMIO 1910 1910 : EXCELENTE CALIDAD: Primer lugar en la Exposición Centenaria, celebrada en Bogotá.

► 2-2-PRIMER POZO MODERNO: 19091909Luego del boom del petróleo en Colombia, se contratan Firmas en sociedad, con capital y equipos.

1-1-MINERIA PURA: 18831883En un campo de Bacau (Rumania-1901), se implemento una técnica de

perforación y extracción de petróleo similar a la utilizada por Manuel María Palacio Vargas en Las Perdices, Tubará.

(Los 3 Ítems de esta diapositiva contienen Link-Enlace a Google)

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ArticuloArticulo 4 4► Medidas cautelares en procesos judiciales.

Cuando por la vía judicial se pretenda que la propiedad de minas atinentes a minerales

metálicos y a yacimientos de hidrocarburos corresponde al Estado y no a los particulares,

procederá embargo y secuestro preventivo de los pagos que la Nación o sus entidades

descentralizadas efectúen en virtud de actos o contratos derivados de los títulos cuyo mérito se

discute.

► El Juez decretará estas medidas cautelares en el auto admisorio de la demanda, o en cualquier momento

procesal posterior, a solicitud de la parte interesada. Su adopción y vigencia no requieren caución. La entidad

pública responsable de efectuar los pagos o encargada por ley de la exploración y explotación del recurso natural no

renovable de propiedad de la Nación, actuará como secuestre y deberá invertir los recursos en títulos inscritos

en mercados de valores mientras se decide el proceso ..

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IGNORAIGNORADODO

► A pesar de que el Ministro Nule (1992-1994), consideraba a las Medidas Cautelares como ‘uno de los aspectos más importantes

en el proyecto de la Ley de Petróleos’ y ‘hasta tanto emitan el Fallo las Autoridades Judiciales’, buscándose ‘garantizar y a la

vez proteger tanto a la Nación como a los Particulares’.

► Pero, resulta que esta Articulo 4, es tan desconocido para los Funcionarios como para Abogados de la industria de los

hidrocarburos, sin dejar por fuera a muchos expertos.

► Y por ello, caen y permiten medidas perjudiciales a sus Clientes y prefieren buscar cualquier tecnicismo en Ley o subterfugio extra judicial, al escoger Artículos de Códigos o Normas por

Decreto fuera de contexto o por encima de otros y sin temor a prevaricar o se perjudiquen las arcas de su empleador, pues a la

larga el pueblo paga.

► De ahí, que ni se viera, una protección a los intereses de Allied; ni se viera, la importancia, para que el MinMinas diera la mejor respuesta a Corintuba; ni un respeto al Proceso o espera por la

Sentencia, pues para ellos lo importante era dar la PP a una firma de su claque o a otra que depositara la confian$a en el

Estado. Que a menos que se consideren, por encima de la Ley, los llevara a actuar de la manera que han actuado y sin

encomendarse a nadie.

► Por lo que quisiera verles la Cara, de haber un fallo adverso y tengan que responder económicamente a la firma Lewis, que cuenta dentro de sus asesores a una firma de la Capital, con ‘buenos contactos’ en las esferas de gobierno y esta industria

(según expresan en su Website).

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VIGENCIAVIGENCIA► Esta Ley rige a partir de su promulgación.

► El Presidente del honorable Senado de la República,JORGE RAMON ELIAS NADER

► El Secretario General del honorable Senado de la República, PEDRO PUMAREJO VEGA

► El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR

► El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

► REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL ► Publíquese y ejecútese. Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 17

de diciembre de 1993.

► CESAR GAVIRIA TRUJILLO, Presidente.► El Ministro de Minas y Energía, Guido Nule Amín.

► DIARIO OFICIAL. CXXIX. N. 41143. 20, DICIEMBRE, 1993. PAG. 3

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OTRo CONCEPTO OTRo CONCEPTO IGNORADoIGNORADo

► Expresa el Ministro Nule, que ‘no debía de haber preocupación por las PP de Subsuelo, de tener un reconocimiento antes del 22

de diciembre de 1969 y cumplir con ese requisito les garantizaría, a todo particular, la propiedad legitima y que la

Nación les respetaría este Derecho por mandato constitucional’ (se estaría refiriendo al Articulo 332, no mutilado, como hace

muchas veces el propio Estado), para estar dentro de las Excepcionales y por lo tanto, no se refería o sólo seria a la

única aceptada:PP VelazquezPP Velazquez

► Esta PP, cambio de dueño, en 1995 y no se le vio oposición como a Cusiana. Una diferencia entre una y otra, es que la

ultima estaba en manos Nacionales y la primera es de propiedad Extranjera. ¿Será que es un factor de discrimen, a la hora de decidir?, como también estuvo presente ese factor durante los debates del proyecto de la actual Ley, para ‘no verse como una Expropiación y no desincentivar la inversión extranjera’ o parecernos a la actual Venezuela, Ecuador y

Bolivia. Y menos, provocar al principal auspiciador económico del plan colombia, de donde sus empresas estarían en toda ventaja y protegidas por sus tropas en nuestro territorio.

► Sin contar, que el principal Actor, es el mismo ministro que desertificó a Corintuba, pues entre sus planes estaba un miti-

miti al estilo Minería San Lucas Ltda. o la Enron, una empresa que provoco la salida de Rodado Noriega de Ecopetrol, por sus

intereses en el Gas de esta Cuenca y codiciados por su subsidiaria, con sede en Barranquilla:

► Promigas.Promigas.

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ESPIRITU – ESPIRITU – LEYLEY

En carta escrita, por el Ministro Nule, a los Senadores En carta escrita, por el Ministro Nule, a los Senadores de la Comisión encargada de crear y presentar el de la Comisión encargada de crear y presentar el

proyecto de la Ley 97 de 1993, como interpretativa de la proyecto de la Ley 97 de 1993, como interpretativa de la Ley 20 de 1969.Ley 20 de 1969.

Allí, plasma el Espíritu de lo que seria la nueva Ley, Allí, plasma el Espíritu de lo que seria la nueva Ley, para dar la confianza en la Industria y no fuera tomada para dar la confianza en la Industria y no fuera tomada

como una como una Ley de Expropiación,Ley de Expropiación, que alejaría posible que alejaría posible inversión extranjera y por lo que el inversión extranjera y por lo que el proyectoproyecto original original

fuera modificado. fuera modificado.

Cabe recordar, que de no aceptarse la Cabe recordar, que de no aceptarse la existencia de PP’s o sus existencia de PP’s o sus

Excepcionalidades, hubiera sido Excepcionalidades, hubiera sido mas fácil para los Constituyentes mas fácil para los Constituyentes de 1991, el haber borrado de 1991, el haber borrado

(como lo hacían ya Funcionarios, (como lo hacían ya Funcionarios, al mutilar el contenido de su al mutilar el contenido de su articulo 220 de 1886) ese Derecho articulo 220 de 1886) ese Derecho y no cambiar una Ley por simple y no cambiar una Ley por simple

capricho, como el criticar que capricho, como el criticar que otros regimenes socialistas lo otros regimenes socialistas lo hagan mientras el nuestro se hagan mientras el nuestro se

jacte de una jacte de una seguridad democráticaseguridad democrática sin cubrir lo que garantizan por igual en sin cubrir lo que garantizan por igual en

la Carta Magna que juran acatar o Dios se lo exija. la Carta Magna que juran acatar o Dios se lo exija.

► Copia por escáner, de la original publicada en el periódicoEl Heraldo,El Heraldo, el 7 de abril de 1993