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XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de Contabilidad Pública La Programación Financiera Cdor. Abelardo G. Harbin

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Page 1: XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de Contabilidad Pública La Programación Financiera Cdor. Abelardo G. Harbin

XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de

Contabilidad Pública

La Programación Financiera

Cdor. Abelardo G. Harbin

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La Programación Financiera En este trabajo, continuación del presentado en el

Simposio anterior, vamos a: Describir las normas y procedimientos de la programación

financiera (cuotas de compromiso, devengo y límite financiero o cuota de pago),

Establecer el contexto macroeconómico en que esta programación se lleva a cabo,

Intentar determinar las críticas que se puedan hacer al proceso,

Dejar abierto el camino para nuevos aportes al tema.

Cdor. Abelardo Harbin

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En el Simposio anterior… … realizado en la Ciudad de Mar del Plata se presentó un trabajo sobre

la CUT y el Sistema de Cuentas Escriturales. Allí se diferenció el sistema de “Cuenta Única del Tesoro” del sistema

de “Fondo Unificado de Cuentas Oficiales”. Se desarrolló el Sistema de Cuentas Escriturales (debitan por la

recaudación y acreditan por los pagos, aplican el principio de dualidad y son acumulativas).

Se concluyó que las Cuentas Escriturales son un subproducto del Sistema Contable.

Se presentó un resumen de la información presentada por distintas Jurisdicciones.

Cdor. Abelardo Harbin

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En el Simposio anterior… Y se concluyó que el sistema de “Cuentas

Escriturales” es un subproducto del Sistema Contable, razón por la cual, se sostuvo que su ejecución y saldos debían ser informados en la Cuenta de Inversión o Cuenta General del Ejercicio.

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Las Cuentas Nacionales y la Política Fiscal

Producto según destino: PIB = Y = C + I + G + X – Q PIB = Y = C + Ipub + Ipriv + G + X – Q (Yd = Y – t + TR)

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El Sist. Bancario y las Políticas Cambiaria y Monetaria

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Antecedentes Normativos

1º) La Ley 24.156 de Administración Financiera y de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario 1.344/07.

2°) El Sistema Presupuestario (manual de la ONP)

3º) El Sistema de Tesorería (manual de la TGN)

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Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 Objetivos: a) Garantizar la aplicación de los principios

de regularidad financiera…; b) Sistematizar las operaciones de

programación, gestión y evaluación de los recursos del sector público nacional…

(Art. 4 de la Ley)

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Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 Competencias: De la ONP: c) Dictar las normas técnicas para la … programación de

la ejecución … de los presupuestos de la administración nacional:

h) Aprobar, juntamente con la Tesorería General, la programación de la ejecución del presupuesto de la administración nacional preparada por las jurisdicciones y entidades que la componen...

(Art. 17 de la Ley)

Cdor. Abelardo Harbin

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Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 Competencias: De la TGN: a) Participar en la formulación de los aspectos

monetarios de la política financiera, que para el sector público nacional, elabore el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera;

b) Elaborar juntamente con la ONP la programación de la ejecución del presupuesto de la administración nacional y programar el flujo de fondos de la administración central;

Cdor. Abelardo Harbin

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Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 Competencias: De la TGN: h) Elaborar anualmente el presupuesto de caja del sector

público y realizar el seguimiento y evaluación de su ejecución;

i) Coordinar con el Banco Central de la República Argentina la administración de la liquidez del sector público nacional en cada coyuntura económica, fijando políticas sobre mantenimiento y utilización de los saldos de caja;

(Art. 74 de la Ley)

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Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 Responsabilidades: De las Jurisdicciones y Entidades: … programar … la ejecución física y financiera de los presupuestos…

(normas … la reglamentación y las disposiciones complementarias y procedimientos que dicten los OR de los sistemas presupuestario y de tesorería… )

Dicha programación será ajustada y las respectivas cuentas aprobadas por los órganos rectores…

El monto total de las cuotas de compromiso fijadas para el ejercicio no podrá ser superior al monto de los recursos recaudados durante éste.

(Art. 34 de la Ley)

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Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 Responsabilidades: De las Jurisdicciones y Entidades: … remitirán a la ONP … la programación anual de los compromisos y del

devengado. La SH (SSP) definirá las cuotas conforme a las posibilidades de

financiamiento y comunicará los niveles aprobados a las jurisdicciones y entidades...

La asignación de cuotas de gastos de compromiso y de devengado comprenderá los gastos de toda la AN y se realizará en la forma que determine la SH.

Dentro del nivel asignado … las jur. y ent. podrán efectuar reasignaciones de las cuotas de compromiso y de devengado comunicadas.

(Art. 34 DR de la Ley)

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Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de

cada año podrán ser cancelados, durante el año siguiente, con cargo a las disponibilidades en caja y bancos existentes a la fecha señalada.

Los gastos mencionados en el párrafo anterior también podrán ser cancelados, por carácter y fuente de financiamiento, con cargo a los recursos que se perciban en el ejercicio siguiente.

La, programación de la ejecución financiera, prevista en el artículo 34 de la Ley 24.156, del ejercicio fiscal siguiente deberá ajustarse a fin de atender las obligaciones financieras determinadas en el párrafo precedente.

(Art. 42 de la Ley) Cdor. Abelardo Harbin

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Manual del Sistema Presupuestario (ONP) C. PROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN La programación de la ejecución física y financiera del presupuesto de la

APN cobró importancia como instrumento para una correcta coordinación entre la percepción de los recursos públicos y su aplicación para cumplir los objetivos de los programas presupuestarios.

Es un proceso posterior a la Distribución Administrativa de los créditos presupuestarios y previo a la ejecución.

Implica compatibilizar el ritmo óptimo de ejecución de programas con la disponibilidad temporal de recursos y los restantes objetivos de política económica.

Las Jurisdicciones y Entidades deben elaborar un programa anual de utilización del crédito presupuestario desagregado en trimestres.

Esta programación por períodos permite graduar la ejecución del gasto en el Organismo y constituye la base para determinar las cuotas de compromiso y de devengado.

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Manual del Sistema Presupuestario (ONP) La programación de la ejecución del presupuesto debe realizarse tanto en los aspectos

físicos como financieros. La responsabilidad de la SHN, en el marco del equilibrio financiero, consiste en

compatibilizar la citada programación con la proyección de recursos que se prevé recaudar en el trimestre bajo análisis así como también tener en cuenta el flujo de ingresos de los próximos trimestres.

Para ello, en el comienzo de cada trimestre, la ONP efectúa un análisis que incluye la proyección del resultado primario base caja, la proyección de recursos y financiamiento, los servicios de la deuda, los gastos de cumplimiento obligatorio, los gastos estacionales, gastos prioritarios y otros casos especiales a considerar.

Sobre esta base se determinan cuotas meta o tope para el período bajo análisis por fuente de financiamiento.

La SHN, una vez analizados los requerimientos presentados, define las cuotas según las posibilidades de financiamiento y comunica los niveles aprobados a las Jurisdicciones y Entidades, quienes deben ajustar su programación original a las cuotas efectivamente aprobadas, efectuando la distribución por programas.

La distribución interna entre UEP de las cuotas de compromiso y devengado, se rige por la Res. Nº 598/98 de la SHN y la Circ. Nº 1/99 (1/12) de la ONP.

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Manual del Sistema Presupuestario (ONP) Ventajas de la Programación de la Ejecución A nivel de Organo Central: Ordenar la ejecución del presupuesto permitiendo una buena programación de gastos de tal

forma que se logren los objetivos de política presupuestaria definidos en el presupuesto, compatibilizando el ritmo de ejecución con el crédito anual asignado y con los recursos disponibles.

Cumplir con los principios de Centralización Normativa y Descentralización de la Ejecución. Actuar como eslabón entre el presupuesto y la caja evitando la generación de deuda flotante

y cumpliendo con el equilibrio financiero. Minimizar las reprogramaciones presupuestarias. A nivel de Jurisdicciones y Entidades: Tener el control y evaluación periódica de la provisión de bienes y servicios y de la

aplicación de los recursos reales y financieros que la misma requiere. Permite que los recursos humanos, materiales y servicios requeridos de terceros para la

ejecución estén disponibles en el momento oportuno. Evita paralizar programas, salvo cuando ocurran hechos imprevisibles, disminuyendo en

consecuencia la posibilidad de elevación de costos.

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Manual del Sistema Presupuestario (ONP) Algunos obstáculos en el mecanismo de la Programación de la Ejecución Dada la versatilidad de la coyuntura, la asignación de cuotas en ciertas ocasiones críticas

tiende a ser limitante. En situaciones más favorables, se podrán tener más en cuenta las estacionalidades de gastos y otros tipos de requerimientos.

Aún no hay conciencia plena y generalizada de una buena programación presupuestaria. En las solicitudes de cuotas, a veces, no se tiene en cuenta una planificación de acciones a

lo largo del ejercicio, ni las estacionalidades del gasto.

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Esquema de la dinámica de la programación de la ejecución en el ciclo anual del sistema presupuestario (Manual del Sistema Presupuestario).

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Proceso de gestión de la programación de la ejecución en cada trimestre (Manual del Sistema Presupuestario)

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Necesidad de reprogramaciones de la programación de la ejecución del presupuesto (Manual del Sistema Presupuestario).

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Manual del Sistema Presupuestario (ONP) Res. 598/98 SHN: Artículo 1°—Las jurisdicciones, subjurisdicciones y entidades

comprendidas en el Presupuesto General de la Administración Nacional, dentro del ámbito de cada servicio administrativo financiero, deberán proceder en tiempo y forma a la distribución interna entre las unidades ejecutoras de los Programas o categorías presupuestarias del mismo nivel, de las cuotas de compromiso y de devengado que trimestralmente aprueba y comunica la SECRETARIA DE HACIENDA (SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO) del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Del mismo modo se deberá proceder con relación a las reprogramaciones que se aprueben.

Dicha asignación de cuotas se efectuará también a las Actividades Específicas y/o Proyectos conducidos por Unidades Ejecutoras de Prestamos otorgados por Organismos Internacionales, para todas sus fuentes de financiamiento.

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Manual del Sistema Presupuestario (ONP) Circ. 1/12 – ONP: Definición de los Objetivos de Política Prioritarios: Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional deben definir los

objetivos de política que consideren de prioritaria ejecución en el ejercicio fiscal 2012. Para la tramitación de los requerimientos de cuotas de compromiso y devengado, previa al inicio del trimestre, las jurisdicciones y entidades deberán acompañar sus solicitudes con la descripción de los objetivos de política prioritarios definidos para el periodo y aplicarse en las reprogramaciones como fundamentos de los requerimientos de cuotas adicionales para comprometer y devengar gastos.

Si en el transcurso del ejercicio se produjeran cambios en la definición de los objetivos de política, se deberá presentar una actualización de los mismos con la debida fundamentación.

En todos los casos, se deberá detallar la apertura programática asociada al gasto considerado prioritario (Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Obra, Inciso, Partida Principal, Parcial, Subparcial y Fuente de Financiamiento).

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Manual del Sistema Presupuestario (ONP) Circ. 1/12 – ONP: Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional deben efectuar los requerimientos de cuotas

(tanto en las programaciones trimestrales como en las reprogramaciones) con la siguiente desagregación: 

- Fuente de Financiamiento - Jurisdicción - Servicio - Programa - Objeto del Gasto Nivel de Desagregación - Inciso 1- Gastos en Personal Inciso - Inciso 2- Bienes de Consumo Inciso - Inciso 3- Servicios no Personales Inciso - Inciso 4- Bienes de Uso Inciso - Partida 51.- Transf. al Sect. Priv. para financiar Gtos. Ctes. Pda. Parcial - Resto de las Partidas del Inciso 5 Pda. Pcipal. - Inciso 6- Activos Financieros Pda. Parcial - Inciso 7- Servicio de la Deuda y Dism. de Otros Pasivos Pda. Parcial - Inciso 8- Otros Gastos Inciso - Inciso 9- Gastos Figurativos Pda. Subparcial

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Manual del Sistema Presupuestario (ONP) Circ. 1/12 – ONP: Plazos para las Solicitudes de Programación y Reprogramaciones de Cuotas

de Compromiso y Devengado: La presentación de la programación de cuotas de gastos se recibirá antes del

día 15 correspondiente al último mes de cada trimestre, la presentación de las reprogramaciones de cuotas de compromiso y devengado se recibirá antes del día 20 de la terminación del trimestre respectivo.

Reprogramaciones de cuotas a financiar con Recursos Propios o con Recursos con Afectación Especifica: Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional que realicen reprogramaciones de cuotas de compromiso y devengado durante el trimestre en ejecución a financiarse con fuentes de financiamiento 12-Recursos Propios ó 13-Recursos con Afectación Específica deberán acompañar una proyección de dichos recursos, actualizada a la fecha de presentación de la reprogramación en cuestión.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) La Programación de la Ejecución del Presupuesto. El mecanismo de la Programación de la Ejecución del Presupuesto

establece cuotas trimestrales que actúan como un techo o nivel máximo a gastar en las etapas de compromiso y devengado, para cada una de las Jurisdicciones o Entidades, con apertura de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto.

Las cuotas de compromiso rigen para el trimestre al término del cual los saldos no utilizados se pierden. El mismo criterio es válido para las cuotas de devengado, con la diferencia que estas últimas se otorgan mensualmente, y los saldos no utilizados durante los meses son acumulables hasta el final del trimestre, cuando fenecen definitivamente.

De este proceso participan distintas fuentes de información (los "insumos" de la programación) y distintos participantes (los Sistemas de Tesorería, Presupuesto, Crédito Público, etc.)

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) 1. La TGN elabora una primera versión de la Programación Financiera

(Plan de Caja anual) para los distintos subperíodos que componen el ejercicio. Para ello toma en cuenta el flujo esperado de ingresos, integrado por:

La estimación de la recaudación tributaria y su estacionalidad. La proyección de recursos no tributarios y otros ingresos corrientes y no corrientes a percibir. Los fondos a desembolsar, producto de operaciones de financiamiento, confirmadas para el

período objeto de la programación.

Y la previsión del flujo de egresos de caja. El mismo contempla los servicios financieros de la Deuda Pública (ONCP), la proyección propia de otros pagos corrientes y no corrientes del período, el análisis de la Deuda Exigible y de la estacionalidad de los gastos del período.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) 2. La ONP recibe y procesa la siguiente información: Los requerimientos de cuotas de las Jurisdicciones y Entidades, en función

de la propuesta de programación física y financiera derivada de las metas establecidas por los responsables de los programas.

Una versión inicial de la programación de caja del período de la TGN. Con estos elementos, la ONP eleva a las autoridades de la SHN el

proyecto de cuotas de compromiso y cuotas de devengado para el trimestre bajo análisis, quienes lo aprueban realizando las modificaciones que consideren pertinentes.

Las Jurisdicciones y Entidades comprometen y devengan gastos en función de las cuotas otorgadas.

El devengo se realiza a través de la emisión de OP, lo cual alimenta permanentemente el stock de deuda exigible o flotante, que es un insumo básico en la programación del flujo de pagos del Plan de Caja de Tesorería.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) 3. La TGN reprograma el flujo de pagos en función del nuevo esquema de

gastos aprobados, presentando una nueva versión del Plan de Caja trimestral mensualizado. En el mismo, se vuelven a asignar los recursos estimados para el ciclo, entre la deuda exigible inicial y el nuevo nivel autorizado para gastar. Se fija así el stock de deuda exigible proyectado al final de cada período.

Aquí se verifica la importancia de la relación entre los Sistemas de Tesorería y Presupuesto, con el objeto de compatibilizar el nivel de la deuda flotante y una adecuada asignación de recursos con el equilibrio del Balance del Tesoro.

“De esta manera se minimiza el uso del mecanismo de financiamiento tácito que implica la reprogramación o el retraso de los pagos de gastos devengados, ya que el mismo alienta la presentación de sobreprecios por parte de los oferentes de bienes o servicios al Sector Público, provocando la existencia de un costo no explícito de endeudamiento público, además de cargar con ineficiencia y discrecionalidad en la gestión de pagos.”

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) En esta etapa asimismo, se agrega a la Programación Financiera del

Tesoro información de los programas de caja de otros sectores de la Administración Nacional, que ellos mismos elaboran en función del conocimiento de la situación de su propio flujo de fondos. Se incorporan los programas de caja mensuales semanalizados de los OD y de los Recursos Afectados de la Administración Central integrados a la CUT.

Dicha consolidación se realiza a través de la remisión periódica a la TGN de los citados programas por parte de los SAF responsables de operar con los recursos en cuestión. Este mecanismo representa uno de los aspectos de la vinculación y la coordinación referida a la programación de caja entre el Órgano Rector del Sistema (la TGN) y los ejecutores de los procesos operativos del mismo (las Tesorerías Jurisdiccionales)

Por otro lado, se adiciona la programación mensual de caja diarizada de las Instituciones de Seguridad Social, lo que permite construir, de esta forma, el Programa de Caja Consolidado de la Administración Nacional.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) 4. Se presenta el programa de caja a la Ssría. de Financiamiento, a fin de

analizar las eventuales necesidades de financiamiento. Se configura la programación del financiamiento, que detalla el cronograma

de colocación de deuda (que incluye montos, fechas e instrumentos) El marco de referencia para estas operaciones está dado por la Ley de

Presupuesto del año respectivo o una ley específica sobre endeudamiento. Si el programa de caja sugerido muestra excedentes, la tarea de la SSría de

Financiamiento será recomendar la mejor alternativa de inversión y participar de su operatoria.

En cuanto al financiamiento de los déficits transitorios o estacionales de caja, el Tesoro cuenta con una serie de instrumentos que pueden ser incorporados como supuestos en la propuesta de programación realizada en esta instancia del proceso.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) 5. Se incorpora la información referida a las operaciones concertadas o

posibles que integran el programa de financiamiento, tanto las provenientes del Sistema de Crédito Público como las que se derivan de la administración de activos y pasivos de corto plazo.

El Plan de Caja resultante es la propuesta final y completa del Sistema de Tesorería para el período que se encuentra bajo proceso. El mismo se eleva a las autoridades de la SHN para su análisis y posterior aprobación, o bien su reconsideración.

6. Finalmente se controla y evalua la ejecución de caja del período, a fin de examinar la calidad de la programación analizando los posibles desvíos, y considerar los resultados de dicha ejecución como insumo de la programación del período siguiente, al recomenzar el proceso.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) Frecuencia con que se realizan las distintas etapas: El Proceso de Programación de la Ejecución, que determina las cuotas de

compromiso y devengado (las dos primeras etapas comentadas), se lleva a cabo trimestralmente.

La reprogramación que la TGN realiza en función de las cuotas aprobadas (3° etapa), se hace mensualmente, de acuerdo a la evolución de los saldos de las cuotas de devengado y de la deuda exigible. En esta instancia además, se confeccionan programas de caja diarios y por cuenta bancaria con el objeto de determinar la estacionalidad de recursos y gastos en el corto plazo.

La incorporación de la programación del financiamiento (4° y 5° etapas) también se produce mensualmente, con un análisis de la estacionalidad de las necesidades (o de los excedentes) de caja.

Finalmente, la evaluación de la ejecución de caja que realimenta el proceso (6° etapa) se practica dos veces al mes.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) La Programación de Caja: El módulo de Programación de Caja permite a la TGN asignar

límites financieros a los SAF y a sí misma, denominado "Cuota de Pago", que les habilita a girar contra la CUT.

Dichas cuotas de pago son programadas y fijadas considerando la disponibilidad en la Cuenta Escritural por la que debe realizarse el pago y, por supuesto, la respectiva deuda que origina la necesidad de cancelación.

El módulo de Pagos permite que la TGN y los SAF autoricen pagos que son formalizados a través de la emisión de un medio de pago contra la CUT, denominado "Orden Bancaria".

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) La TGN administra otros tipos de disponibilidades distintas a la financiera.

A esos efectos, se crearon, en analogía a las Cuentas Escriturales, otras "cuentas" con el fin de controlar estas disponibilidades, las Cuentas de Operación.

Las Cuentas de Operación constituyen el mecanismo operativo mediante el cual se realizan controles de las diversas disponibilidades de cada SAF, y se acreditan y debitan de acuerdo a las transacciones que se realicen.

Las Cuentas de Operación permiten el control de los saldos a un nivel más desagregado (por fuente de financiamiento o el tipo de gasto).

Así como la disponibilidad financiera de cada SAF está controlada en las Cuentas Escriturales y representa una de las Cuentas de Operación, el sistema también controla su disponibilidad para programar y disponibilidad para pagar. Estos controles son realizados en Cuentas de Operación distintas, conforme se demuestra en el siguiente cuadro.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)Nombre de la Cuenta

Tipo de Disponibilidad

Acreditada por Debitada por

Disponibilidad para Programar

Disponibilidad para Programar

Ingreso de Recursos

Programación de Cuota

Cuotas de Pago Fijadas

Disponibilidad para Pagar

Fijación de Cuota Pago

Cuentas Escriturales

Disponibilidad Financiera

Ingreso de Recursos

Pago

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) La Programación de Caja a. Programación de Cuotas de Pago La programación de Cuotas de Pago se utiliza como un instrumento de

manejo de los fondos depositados en la Cuenta Única del Tesoro. Esta herramienta permite operar en el corto plazo (diariamente) y de

manera consistente con los mecanismos y conceptos definidos para la Programación Financiera del Sector Público.

Este instrumento permite a la TGN establecer límites de pago a los SAF y a sí misma, girando contra la CUT.

El procedimiento de programación de Cuotas de Pago diferencia en su tratamiento a los SAF según su carácter (AC u OD) y su sistema operativo (SLU u otros).

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) SAF de AC Las cuotas de pago son programadas, individualmente, considerando el SAF, la Cuenta

Escritural, la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto. Las cuotas de pago consideran también la Deuda Exigible y la Cuenta Recaudadora,

que, junto con la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto, son datos obtenidos directamente de las Órdenes de Pago registradas en el sistema (considerando el monto bruto de dichas OP si se trata de organismos que operan con SLU y el monto neto cuando operan con otros sistemas)

También se considera a efectos de la programación de las cuotas de pago, el saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad para Programar" y "Cuotas de Pago Fijadas".

Los gastos financiados por la fuente 11 (recursos del Tesoro Nacional) consideran las Cuentas de Operación del Tesoro.

Los gastos financiados por otras fuentes distintas de los recursos del Tesoro Nacional, consideran las Cuentas de Operación del propio SAF, es decir, son gastos financiados con sus propios recursos.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) SAF de OD Para los que operan con sistema SLU, las cuotas de pago son programadas por la

TGN, individualmente, considerando el SAF, la Cuenta Escritural, la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto.

Las cuotas de pago consideran también la Deuda Exigible y la Cuenta Recaudadora, que, junto con la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto, son datos obtenidos directamente de las órdenes de pago registradas en el sistema (considerando el monto bruto de dichas OP)

También se considera a efectos de la programación de las cuotas de pago, el saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad para Programar" y "Cuotas de Pago Fijadas".

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) Para los SAF de los OD que no operan con el SLU, las cuotas de pago

son programadas por la TGN, individualmente, considerando el SAF, la Cuenta Escritural y la Fuente de Financiamiento.

Las cuotas de pago consideran también el “Cronograma de Pagos" aportados por los SAF, la Cuenta Recaudadora, la Fuente de Financiamiento, la fecha, y la estimación de pagos para cada día.

También está considerado a efectos de programación de las cuotas de Pago, el saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad para Programar" y "Cuotas de Pago Fijadas".

Las Cuentas de Operación afectadas son las del propio SAF, salvo que el Organismo Descentralizado sea financiado con recursos de rentas generales.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) Para todos los SAF, al programarse una Cuota de Pago, el proceso

registra automáticamente el débito en la Cuenta de Operación "Disponibilidad para Programar", correspondiente al SAF y su Cuenta Escritural para la cual se está programando.

La programación de cuotas de pago no representa aún la disponibilidad real para que la TGN o los SAF realicen pagos contra la CUT, por consiguiente no son enviadas a los SAF. Es necesario que las cuotas de pago programadas sean confirmadas.

El monto total de cuotas de pago programadas no puede exceder la disponibilidad de caja de la TGN, o sea, el monto total programado no puede exceder el saldo disponible en la CUT, ni tampoco la disponibilidad individual de la Cuenta Escritural correspondiente a cada SAF.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) b. Fijación de Cuotas de Pago La fijación de cuotas de pago se utiliza como instrumento para que la

TGN pueda aprobar –y, transmitir a los SAF o a sí misma las cuotas de pago anteriormente programadas, constituyendo la real disponibilidad con la que liquidan sus gastos.

Las cuotas de pago son fijadas por la TGN a los SAF o a sí misma, a partir de las que se habían programado anteriormente (el sistema recupera y exhibe los registros de las cuotas de pago programadas con los datos necesarios para que se las confirmen)

La confirmación de las cuotas de pago programadas constituye la fijación de las mismas y consecuentemente resulta en los registros que son transmitidos a los SAF para que reciban la información acerca de sus límites actuales para pagos.

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Manual del Sistema de Tesorería (TGN) El proceso de fijación de cuotas de pago registra automáticamente el crédito

en la Cuenta de Operación "Cuotas de Pago Fijadas", correspondiente al SAF y su Cuenta Escritural en cuestión.

Es facultad de la Tesorería General de la Nación confirmar integralmente las cuotas de pago anteriormente programadas, o sólo una parte. El monto por lo cual se confirma representa el fijado y consecuentemente lo que se transmite a los SAF. El monto confirmado no puede exceder al saldo programado aún no fijado, es decir, no se puede confirmar más del saldo programado.

La fijación de cuotas de pago representa la real disponibilidad financiera para que la TGN o los SAF realicen los pagos que les corresponden, girando contra la CUT.

El saldo programado aún no fijado, siempre queda disponible para las próximas fijaciones, así como el saldo de cuotas de pago fijadas no utilizadas, queda disponible a favor de los SAF o de la TGN para futuros pagos.

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Conclusiones En cuanto a la cuota de compromiso… Se entiende que es el momento exacto para la fijación de

cuotas, exactamente antes de asumir “compromisos jurídicos”.

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Conclusiones En cuanto a la cuota de devengado… Se entiende que es una rémora del pasado, se originó en un momento en

que no había capacidad operativa para establecer el “límite financiero”. Más allá de la opinión que se tenga sobre el “límite financiero”, existiendo

este último no se justifica la permanencia de la “cuota de devengado”. Al momento de limitarse el “devengado”, el Estado asumió “compromisos

jurídicos”. Art. 31 DR: el compromiso se opera con: a) El origen de una relación

jurídica con proveedores y contratistas … y el devengado con: b) El surgimiento de una obligación de pago mediante la recepción de conformidad de bienes o servicios oportunamente contratados o por haberse cumplido los requisitos administrativos dispuestos para los casos de gastos sin contraprestación.

No considerar esos “compromisos jurídicos” es un nuevo desconocimiento (por no decir “negación”) de la vigencia del derecho en las relaciones entre el Estado y los particulares.

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Conclusiones En cuanto al límite financiero… En principio se podría decir que la implementación del límite financiero no es más

que el reconocimiento del fracaso de la programación financiera… Sin embargo, es cierto que aún la programación más ajustada podría tener

diferencias con la realidad, cierto que eso debería ser la excepción y no la norma… Por otra parte, la obligación de la TGN de “Coordinar con el Banco Central de la

República Argentina la administración de la liquidez del sector público nacional en cada coyuntura económica, fijando políticas sobre mantenimiento y utilización de los saldos de caja” (art. 74, inc. i) aporta un nuevo motivo de conflicto con la ejecución presupuestaria y sus compromisos…

De hecho, la programación del gasto impacta en el circuito real de la economía (gasto, inversión, producto, transferencias) y el límite financiero en las cuentas monetarias (aumentando o disminuyendo la liquidez, tanto por los pagos como por los adelantos transitorios solicitados al BCRA).

Es por lo tanto, un tema abierto a nuevas discusiones…

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Funciones de la DPCEF de la TGN

TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE LA

EJECUCIÓN FINANCIERA Participar conjuntamente con la OFICINA NACIONAL DE

PRESUPUESTO en la definición de las cuotas trimestrales de compromisos y mensuales de mandado a pagar a fin de someterlas a su aprobación.

Entender en la asignación de cuotas del Sistema de Cuenta Única del Tesoro.

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Resultados Financieros RDO FCIERO (mill.$) AC OD ISS AN

2001 -10,601 36 -164 -10728

2002 -1982 -68 197 -1854

2003 -350 101 1177 928

2004 6800 184 1828 8813

2005 -2353 -12 4405 2039

2006 344 -275 6604 6674

2007 -4777 88 9732 5043

2008 -1266 186 8204 7124

2009 -24889 120 15339 -9428

2010 -19513 -113 17746 -1880

2011 -66328 17963 23096 -43213

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Resultados Financieros

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Resultados Financieros

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Contabilidad Pública

La Programación Financiera

¡Muchas gracias por su atención!Cdor. Abelardo G. Harbin