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    VISTO la necesidad de establecer un Manual de Procedimientos que permita trabajar en el mbito de la Facultad de Ingeniera (FI) de la Universidad Nacional de Ro Cuarto (UNRC) en condiciones adecuadas de Seguridad e Higiene Laboral en un todo de acuerdo a la Ley 19.587 y su Decreto Reglamentario 351/79, y:

    CONSIDERANDO:

    QUE la Resolucin N260/08 de Consejo Superior establece que las reas debern desarrollar y aplicar un "Manual de Gestin de Higiene, Seguridad y Ambiente Laboral"

    QUE la Facultad de Ingeniera es una de las reas incluidas en el organigrama del Servicio de Higiene, Seguridad y Ambiente Laboral de la UNRC, denominada como rea de Higiene, Seguridad y Ambiente Laboral Facultad de Ingeniera.

    QUE a travs de este Manual se pretende definir los procedimientos para llevar a cabo con seguridad cada una de las actividades en la Facultad de Ingeniera.

    QUE este tema ha sido aprobado por Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniera, segn consta en Acta N435.

    Por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Artculo 32 del Estatuto de la U.N.R.C.

    EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

    RESUELVE:

    ARTICULO 1.- Aprobar el Manual de Procedimientos de Seguridad e Higiene Laboral en el mbito de la Facultad de Ingeniera (FI) de la Universidad Nacional de Ro Cuarto (UNRC), el cual figura como Anexos 1, 11, III, IV, V y VI de la presente Resolucin.

    ARTICULO 2.- Regstrese, comunquese, publquese. Tomen conocimiento las reas de competencia. Cumplido archvese.

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ~""""~ INGENIERIA A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AO DOS MIL L....J NUEVE.

    RESOLUCION N228/09

  • 1 ~JV'~e,~G'uarto

    g-aca!Ladcle,~

    ANEXO I-Res.Cons.Direc.N228/09

    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS EN EL AREA HIGIENE, SEGURIDAD Y AMBIENTE LABORAL FACULTAD DE INGENIERA

    (HSyAL-FI)

    1- Establecer que el rea de Higiene, Seguridad y Ambiente Laboral Facultad de Ingeniera (HSyAL-FI) estar conformada por un responsable y un colaborador. El responsable deber reunir las condiciones establecidas en la Ley 19.587 y en la Res. C.S. 260/08.

    Para llevar adelante las actividades inherentes del rea HSyAL-FI de manera interactiva se conformar una comisin con un representante de cada una de las reas que integran la FI (ANEXO II) y los Directores de Departamento de la Facultad (o quienes estos designen). Esta comisin trabajar en forma coordinada con los integrantes del rea de HSyAL-FI y se reunir al menos cuatro veces al ao.

    2- Para la realizacin de cualquier actividad se deber contar con las instalaciones edilicias adecuadas, los responsables de la actividad debern informar sobre las falencias detectadas, al rea de HSy AL-FI, desde la cual se elevarn las necesidades a los Directores de Grupo/Laboratorio, Director de Departamento y/o Secretaria Tcnica de la Facultad, segn corresponda.

    3- Para la realizacin de los prcticos experimentales en las asignaturas se deber contar con la siguiente base documental, aprobada por el responsable de HSyAL-FI, y siendo el docente a cargo responsable de su cumplimiento: - Procedimiento general de laboratorio - Procedimiento del prctico especifico - Manual de mantenimiento de equipos - Hojas de seguridad de productos qumicos - Constancia de capacitacin de los alumnos - Constancia de entrega de los elementos de proteccin personal. - Mapeo de Riesgo; roles y telfonos de emergencia, del mbito en donde se desarrollen los

    prcticos experimentales

    4- Con respecto a la realizacin de los prcticos experimentales en las asignaturas de apoyo, se solicitar a la Facultad que las dicte que eleve un informe acerca de las medidas de seguridad que se adoptarn para el dictado, el que ser evaluado por el rea de HSyAL-FI-.

    S-Los proyectos de investigacin y de vinculacin con el medio debern contar con el aval del responsable de HSyAL-FI de la Facultad, como condicin imprescindible para su presentacin y ejecucin.

    6- La FI, a travs del rea de HSyAL-FI presentar un plan anual de capacitacin para docentes, no docentes, alumnos y becarios, dichas actividades tendrn carcter de obligatorias para aquellos a los que estn dirigidas.

    7- El rea de HSyAL-FI realizar mediciones peridicas de ruido, puesta a tierra; iluminacin y otros contaminantes, as como la evaluacin de puestos de trabajo en las distintas reas de la FI, a efectos de realizar un diagnstico de la situacin y propuesta de la accin correctiva adecuada, lo que ser elevado a los Directores de Grupo/Laboratorio, Director de Departamento y/o Secretaria Tcnica de la Facultad, segn corresponda.

    o

  • 8-Para las visitas a empresas con alumnos, la empresa/docente responsable deber cumplir con los siguientes requisitos:

    a) El dictado a los alumnos de un curso de induccin previo a la realizacin de la visita b) Proveer a los alumnos los elementos de proteccin personal necesarios.

    Lo cual debe quedar registrado por escrito y firmado.

    9-Los alumnos que participan de las actividades experimentales, que no sean ayudantes de segunda becarios/colaboradores de investigacin debern contar con un seguro.

    La FI se encargar de realizar los seguros correspondientes, a solicitud del docente responsable, segn factibilidad presupuestaria.

    10- La documentacin legal que se exigir a terceros que realicen trabajos dentro del predio de la facultad de ingeniera de la UNRC (desde el punto de vista de la higiene y la seguridad), ser el que figura en el ANEXO III de la presente.

    11- Todo trabajo que se realice interactuando con empresas (prcticas profesionales de alumnos y/o pasanta) seguirn la reglamentacin establecida en el Manual de normas administrativas y seguridad e higiene que figuran en el ANEXO IV de la presente.

    12- Para el manejo de situaciones de emergencia, se seguir la normativa mnima de prevencin a travs del plan de evacuacin y emergencias, que figuran en el ANEXO V.

    13. Para el ingreso de sustancias qumicas y control de stock se seguir el procedimiento que figura en el ANEXO VI.

    14. Los materiales de deshecho que constituyan residuos peligrosos deben ser almacenados en depsitos adecuados previstos para tal fin. La Facultad, a travs del rea de HSyAL-FI, se encargar de tramitar su disposicin final.

    15. La aplicacin de la legislacin vigente relativa al manejo de incendios y de control medico del personal sern derivados por la FI a las reas de la UNRC correspondientes.

    16- El rea de HSyAL-FI ser la encargada de controlar el cumplimiento de la presente normativa, a travs de auditorias y otros mecanismos que se dispongan.

    17-El no cumplimiento de esta normativa dar lugar a un apercibimiento y de persistir la situacin, a la prohibicin de realizar la actividad.

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    !Taca/mdt/e,/Y~

    ANEXO ll - Res.Cons.Direc.N228/09

    reas de la Facultad de Ingeniera:

    Laboratorio de Maquinas Trmicas e Hidrulicas Laboratorio de Ensayo de Materiales y Taller Grupo de Electrnica Aplicada Grupo de Electrnica Aplicada (pabelln i) Laboratorio de Microelectrnica Laboratorio de Redes Laboratorio de Seales Laboratorio de Radiocomunicaciones Laboratorio de Comunicaciones y Redes Laboratorio de Electrnica Instituto de Protecciones de Sistemas Elctricos de Potencia Laboratorio de Electricidad Facultad planta alta Laboratorio de Informtica Laboratorio de Simulacin Laboratorio de Diseo asistido por computadora Aula de Dibujo Grupo de energa Solar Aula y Laboratorio de Fsica (P.P.) Aula grande (PP) Laboratorio 7 (PP) Laboratorio 8 (PP) Laboratorio 9 (PP) Laboratorio 1 O (PP) Laboratorio 11 (PP)

    DECANO FAC. ING. - UNRC D

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    ANEXO 111- Res.Cons.Direc.N228/09

    Documentacin legal que se exigir a terceros que realicen trabajos dentro del predio de la Facultad de Ingeniera de la UNRC (desde el punto de vista de la higiene y la seguridad):

    1) Listado de personal involucrado con sus altas y bajas en forma peridica. 2) Constancia de alta temprana en la ART. 3) Certificado de cobertura e/ nmina extendida por la ART y clusula de no repeticin. 4) Certificado de inicio de tareas ante la ART y Programa de Higiene y Seguridad visado por la

    ART. (segn Decreto 911/96 y/o Resoluciones 231/96, 51/97, 35/98, 319/99,43/97, 28/98, segn corresponda)

    5) Exmenes pre-ocupacionales. 6) Profesional actuante en Higiene y Seguridad por parte del tercero. (Segn Decretos 1338/93

    y/o 911/96, segn corresponda) 7) Constancia de capacitacin en materia de higiene y seguridad a los terceros. 8) Nmero de emergencia de la ART. 9) Constancia de entrega de elementos de proteccin personal. 10) Pago de cargas sociales y formulario 931. 11) Seguro de vida obligatorio. 12) Cedula verde de vehculos y registro de conducir de los conductores habilitados. 13) Pliza de seguros de vehculos e inspeccin tcnica vehicular. 14) Examen psico fisico de los conductores de equipo pesado. 15) Revisin tcnica del equipo pesado de terceros.

    $',? lllidn ~7r~ltltt SEC. ACAD~MICO FAC. ING. UNRC

    DECANO FAC. ING. - UNRC

    D

  • 1 ~.Kac>nalde-~ Blla/'{:(J-

    &racu/Ladde-!7~ ANEXO IV- Res.Cons.Direc.N228/09

    Manual de normas administrativas y seguridad e higiene de cumplimiento obligatorio para empresas con convenio con la Facultad de Ingeniera, de la UNRC para las prcticas profesionales de alumnos y/o pasantas y/o cualquier otra interaccin con la FI-UNRC

    Este Manual de Normas Administrativas y de Seguridad e Higiene, contiene las obligaciones desde el punto de vista administrativo que debern cumplir Las Empresas que tengan convenios con la Facultad de Ingenie