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VIOLENCIA EN MÉXICO 2006-2012 Ponente: MARCOS PABLO MOLOEZNIK 1

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VIOLENCIA EN MÉXICO

2006-2012 Ponente: MARCOS PABLO MOLOEZNIK

1

Temario

I.- Asuntos estratégicos

II.- Violencia y tipos de violencia según la OMS

III.- Otras situaciones de violencia

IV.- Reflexión final

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I.- Asuntos estratégicos

• Poliarquía: fragmentación cárteles de la droga

• Posición relativa: corredor de tráfico/fronteras

porosas/crimen transnacional organizado

• Crisis de liderazgo y debilidad institucional

• Violencia, estrategia militar y no integral

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Continua Asuntos estratégicos

• Deserciones masivas e infiltración

• Ficción o simulación jurídica y rol FFAA

• Ausencia de indicadores para evaluación

• Garantismo (Luigi Ferrajoli) versus Derecho penal del enemigo (Gunther Jakobs)

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“El uso intencional de la fuerza o el poder físico, de hecho o

como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o

comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de

causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del

desarrollo o privaciones”.

Violencia, según la Organización Mundial de la

Salud (OMS)

Fuente: OMS, Informe Mundial sobre Violencia y Salud

http://www.paho.org/Spanish/AM/PUB/Violencia_2003.htm

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• Violencia autoinfligida;

• Violencia interpersonal;

• Violencia colectiva.

- Modelo Ecológico por complejidad

Tipología de la violencia

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• Violencia familiar o de pareja: se produce sobre todo entre los

miembros de la familia o de la pareja; incluye formas de violencia tales como

el maltrato de menores, la violencia contra la pareja y el maltrato de los

adultos mayores.

• Violencia comunitaria: es la que se produce entre personas que no

guardan parentesco y que pueden conocerse o no; integra la violencia juvenil,

los actos fortuitos de violencia, la violación o ataque sexual por parte de

extraños y la violencia en establecimientos como escuelas, lugares de trabajo,

prisiones y hogares de ancianos.

Violencia Interpersonal

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Violencia Colectiva

Se subdivide en violencia social, política y

económica. Estas subcategorías de la violencia

colectiva, dan cuenta de los posibles motivos de

la violencia cometida por grupos más grandes

de individuos o por el Estado.

- Seguridad Comunitaria (Seguridad Humana)

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Otras situaciones de violencia

• El CICR advierte que es la violencia interna la que domina la arena internacional y que: “...la mayoría de estas situaciones no están reconocidas como conflictos armados no internacionales, en los que se aplican, jurídicamente, normas específicas de derecho internacional humanitario...”

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• El mundo de hoy se enfrenta a situaciones

atípicas que, aunque no llegan a constituir

conflicto armado, se caracterizan por la

violencia generalizada, la pérdida de la paz

social, efectos humanitarios de carácter

masivo y un severo cuestionamiento al

monopolio legítimo de la fuerza que detenta

el Estado-Nación.

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Umbral inferior de aplicación del DIH

• El problema radica entonces en los claroscuros de la violencia doméstica, en los que no aplica el derecho internacional humanitario, puesto que el párrafo segundo del artículo 1° del Protocolo Adicional II a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional del 8 de junio de 1977, establece que: “...no se aplicará a las situaciones de tensiones internas y de disturbios interiores, tales como los motines, los actos esporádicos y aislados de violencia y otros actos análogos, que no son conflictos armados”.

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Incompetencia de la CPI

• El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional del 17 de julio de 1998 se declara incompetente ante “...situaciones de tensiones internas y de disturbios interiores, tales como los motines, los actos esporádicos y aislados de violencia u otros actos análogos”

• Ver, incisos d y f del párrafo 2 del Artículo 8, Crímenes de guerra; en, Organización de Naciones Unidas, A/Conf. 183/9.

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Tensiones Internas

• Se consideran como tales a:

-situaciones de tensión grave, de naturaleza política, religiosa, racial, social, económica, etc.; o,

-secuelas de un conflicto armado o de disturbios interiores.

• Ante la emergencia de tensiones internas, el gobierno hace uso de la fuerza para mantener la ley y el orden. Su origen se encuentra, principalmente, en problemas económicos que pueden provocar huelgas generales, con riesgo de incumplimiento de los servicios mínimos; así como en problemas sociales, que produzcan protestas generalizadas que puedan desembocar en violencia; en problemas que pueden degenerar en pillaje y saqueos; en problemas sanitarios que desencadenen epidemias, alarmas; y hasta en el monopolio de medicamentos o recursos vitales, en detrimento de la comunidad.

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Disturbios Interiores

• Se definen como situaciones de enfrentamiento que presentan cierto carácter de gravedad o duración y cuyas notas esenciales vienen dadas por:

-el desarrollo de actos de violencia, que van desde la generación espontánea de actos de sublevación y de violencia aislados y esporádicos, hasta la lucha entre grupos más o menos organizados y las autoridades que ejercen el poder;

-no degenerar forzosamente en lucha abierta;

-empeñarse gran número de fuerzas policiales, de seguridad o militares, para restablecer la ley y el orden interno deteriorados; y,

-el elevado número de víctimas, como resultado de las medidas represivas.

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Violencia Interna (intensidad)

• Así, durante tales hechos de violencia interna, se cuestionan o vulneran gravemente los derechos fundamentales y es el aparato público el que intenta imponer su voluntad, al:

• -calificar unilateralmente el nivel de deterioro de la ley y el orden, lo que no tiene porqué ser compartido por todos los ciudadanos;

• -decidir el grado de aplicación de la fuerza, algo que puede ser discutido no sólo por los destinatarios, sino también por el resto de la comunidad internacional;

• -establecer el horizonte temporal de aplicación de las medidas excepcionales, bajo la justificación de no haber conseguido restablecer la ley y el orden; lo que puede ser puesto en entredicho.

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Otras situaciones de violencia

• Conflictos de “baja intensidad” o “latentes” donde la violencia alcanza importantes niveles de gravedad.

• “Limbo jurídico”, “zona gris” o de desprotección. Situaciones que se encuentran a caballo entre la guerra y la paz civil.

• Impone límites a la acción de represión a cargo de los instrumentos coercitivos estatales.

• Principio de humanidad y la vigencia del “núcleo duro” de los Derechos Humanos.

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• Donald Rumsfeld (2002) empleó el concepto “áreas sin ley”, como espacios geográficos “vacíos” de la presencia gubernamental, ocupados por organizaciones criminales o terroristas.

• Peter Lupsha (1993) califica como áreas grises a determinadas partes de un territorio que pasan a manos de organizaciones “mitad criminales, mitad políticas”, erosionando la legitimidad del gobierno.

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• Jean-Marie Guéhenno (1998) destaca que la característica distintiva de un área gris es que en su seno desaparecen las distinciones claras entre cuestiones de seguridad interna o externa, así como entre cuestiones criminales y militares.

• En estas zonas el Estado enfrenta enormes dificultades para imponer su autoridad, facilitando el accionar ilícito de actores no gubernamentales de manera prácticamente irrestricta.

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Homicidios intencionales

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Tasa de homicidios intencionales

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Muertes violentas en el Estado de Jalisco, 2006-2007

Tipos de necropsias

Número total

Accidentes viales

1 383

Homicidios 515

Suicidios 363

Total General 3 953

Tipos de necropsias

Número total

Accidentes viales

1 497

Homicidios 495

Suicidios 390

Total General 4 088

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Declaración el Estado de Excepción

• Artículo 29. “En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los Titulares de las Secretarías de Estado y la Procuraduría General de la República y con la aprobación del Congreso de la Unión y, en los recesos de éste, de la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación; pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo...”

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CICR – Violencia y Uso de la Fuerza

• La declaración del estado de excepción por un órgano nacional competente “...permite a la población conocer exactamente el ámbito de aplicación material, territorial y temporal de las medidas de excepción y previene las suspensiones de facto, así como las posteriores tentativas de justificar violaciones de los derechos humanos”

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Narcotráfico

• Los cárteles del narcotráfico constituyen sin duda el más poderoso brazo del crimen organizado que además de utilizar a México como un territorio de tránsito buscan transformarlo en un país consumidor. Por ello, este gobierno, como nunca antes aplica toda la fuerza del Estado para recuperar los espacios que han sido secuestrados por bandas de narcotraficantes y otras organizaciones delictivas, y para evitar que algún estado de la república sea su rehén.

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Respuesta Estatal: Militarización para combatir la

Delincuencia Organizada en México

• Guerra sin tiempo y en todos los frentes contra el narcotráfico, que se puede prolongar indefinidamente.

• Estrategia de recuperación de espacios públicos

• Demostración de fuerza, al privilegiar el empeñamiento directo del instrumento militar

• Cantidad por calidad

• Internacionalización (extradiciones e iniciativa Mérida)

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Seguridad Interior

• [...] resulta difícil concebir al Ejército Mexicano como una fuerza de combate convencional [...] en la práctica han servido como una suerte de guardia nacional [...] •

• Jane’s Sentinel Security Assessment. 2005. México; 3.

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Militarización de la seguridad pública

• Consejo Nacional de Seguridad Pública.

• Cinco Tesis de la SCJN:

“Pueden participar en acciones civiles a favor de la seguridad pública, en auxilio de las autoridades civiles”.

• Bases de operaciones mixtas.

• Direcciones generales de seguridad pública.

• Policía Federal, modelo militarizado.

• Secretarías de Seguridad Pública Estatales.

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Situaciones excepcionales y respuestas excepcionales

• “El mantenimiento de la ley y el orden es una responsabilidad de las autoridades civiles. Se trata de una tarea que compete a la policía y/o a las fuerzas paramilitares especialmente equipadas, organizadas y capacitadas para esas misiones, como los cuerpos de gendarmería. La función normal de las fuerzas armadas de un Estado es defender el territorio nacional contra las amenazas externas (conflictos armados internacionales) y afrontar situaciones de conflicto armado interno (no internacional). Sin embargo, en algunas ocasiones, se requiere que las fuerzas armadas presten asistencia a las autoridades civiles para hacer frente a niveles de violencia más bajos, que pueden caracterizarse como disturbios internos y otras situaciones de violencia interna”.

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Jane’s Sentinel Country Risk Assessments, Surrey, Gran Bretaña: Jane’s Information Group

Limited 2009, Mexico, p. 1.

“La Armada mexicana es una eficiente fuerza patrullera costera, con roles modestos, aunque aspira a ser algo más que un guardacostas, para lo cual está invirtiendo de manera significativa en equipamiento”

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Norwegian Refugee Council (Internal Displacement Monitoring Center)

Reflexión final Esta respuesta excepcional ante una situación

excepcional, impone: a) La declaratoria del estado de excepción; b) La reconversión profesional de los militares, que los

habilite a desempeñar actividades de naturaleza policial; c) El urgente cambio de las reglas de enfrentamiento o

empeñamiento (rules of engagement), concebidas para hacer la guerra, en un código de conducta ajustado a las actuaciones de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

Balance de la Estrategia de Combate al Narcotráfico en México es negativa en términos de costo-beneficio (violencia y homicidios, desplazados, desaparecidos, violación DDHH)

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Leoluca Orlando

• La principal enseñanza de la lucha contra la mafia en Sicilia, se puede sintetizar en la denominada teoría de la carreta con dos ruedas. Esta parte reconociendo la coexistencia de la rueda de la justicia: la ley, la policía, los tribunales, las prisiones, por un lado; y, por el otro, la rueda de la sociedad civil: una ciudadanía informada y responsable. La experiencia siciliana sugiere que ambas ruedas deben girar juntas y a la misma velocidad para que la carreta avance y no se mueva en círculos.

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