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DIRECCIÓN DE TRANSPARENCIA Y BUENAS PRÁCTICAS VERSIÓN PÚBLICA DEL CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE EL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE OCOTLÁN, JALISCO, Y EL C. ERNESTO FRANCISCO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, DE FECHA 10 DIEZ DE ENERO DE 2017 DOS MIL DIECISIETE, EN LA CIUDAD DE OCOTLÁN, JALISCO De conformidad con lo establecido en los Lineamientos Generales para la Protección de la Información Confidencial y Reservada que deberán observar los Sujetos Obligados previstos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, así como lo previsto en los artículos 20, 21, 25 y 26 fracción V, de la Ley referida, se determina la obligación del Ayuntamiento Municipal de Ocotlán, Jalisco, como sujeto obligado, de garantizar la protección de la información confidencial y reservada de las personas físicas y/o morales que obre en sus archivos. En ese sentido, con el fin de adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado, se han omitido los datos concernientes a la persona física que a continuación se describe: 1, 4, 5 y 6. Firma del C. Ernesto Francisco Martínez Martínez, prestador del servicio profesional; 2. Domicilio particular del C. Ernesto Francisco Martínez Martínez, prestador del servicio profesional; y 3. Registro Federal del Contribuyente (RFC) del C. Ernesto Francisco Martínez Martínez, prestador del servicio profesional.

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DIRECCIÓN DE TRANSPARENCIA Y BUENAS PRÁCTICAS

VERSIÓN PÚBLICA DEL CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE EL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE OCOTLÁN, JALISCO, Y EL C. ERNESTO FRANCISCO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, DE FECHA 10 DIEZ DE ENERO DE 2017 DOS MIL DIECISIETE, EN LA CIUDAD DE OCOTLÁN, JALISCO

De conformidad con lo establecido en los Lineamientos Generales para la Protección de la Información Confidencial y Reservada que deberán observar los Sujetos Obligados previstos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, así como lo previsto en los artículos 20, 21, 25 y 26 fracción V, de la Ley referida, se determina la obligación del Ayuntamiento Municipal de Ocotlán, Jalisco, como sujeto obligado, de garantizar la protección de la información confidencial y reservada de las personas físicas y/o morales que obre en sus archivos.

En ese sentido, con el fin de adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado, se han omitido los datos concernientes a la persona física que a continuación se describe:

1, 4, 5 y 6. Firma del C. Ernesto Francisco Martínez Martínez, prestador del servicio profesional;

2. Domicilio particular del C. Ernesto Francisco Martínez Martínez, prestador del servicio profesional; y

3. Registro Federal del Contribuyente (RFC) del C. Ernesto Francisco Martínez Martínez, prestador del servicio profesional.

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Contrato de Prestación de Servicios Profesionales

En el Municipio de Ocotlán, Jalisco, el día 1 O de enero de 2017, comparecen por una prute el H. Ayuntamiento Constitucional de Ocotlán. Jalisco; representado en este acto por '\os Ciudadanos Paulo Gabriel Hernández Heruández, Carlos Álvarez RamÍl'ez, Roberto Carlos Navarro Vnca y Jesús Martfnez Navarro, en su carácter de Presidente Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y Encargado de la Hacienda Municipal respectivamente; a quienes en lo sucesivo se les denominará como "El Cliente", y por otra parte comparece el C. Ernesto Francisco Martlnez Martínez, a quien en lo sucesivo se le denominará como "El Prestador" mismos que están de acuerdo en celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios P1·ofesionales, el cual lo sujetan a las siguientes:

Declaraciones:

1.- Manifiesta "El Cliente" a través de sus representantes que:

\

1.1. Es un Municipio libre con personalidad jurídica y patrimonios propios, con la pacidad para contratar y obligarse en los términos del rutículo 115 fracciones I y II de la

\ C nstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 73 y 77 en su parte

� considerativa de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco.

\ 11 Es representado legalmente en este acto por el Presidente Municipal, Síndico I M

�nicipal, Secretario General y el Tesorero Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional

\de Ocotlán, Jalisco; p·or lo que tiene facultad para celebrar y suscribir el presente contrato, \�

fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,2, 3, 10, 37 fracciones V, VI, X, XIII; 38 ·apción II; 47 fracción I, XI; 49 fracción III; 52 fracciones I, II, III; 63, 66 y 67 de la Ley

d.' Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

1.3\I Que par� los efectos de est� contrato señala como do1!1icilio el Munic!pio de Oco�l�n,Jali\co; el ubicado en la calle Hidalgo No. 65 en la Coloma Cenh·o, del mismo mumc1p10, con Código Postal 47800. Además de contar con el siguiente Registro Federal de Contribuyentes (RFC) MOJ850101A88.

1.4. Está de acuerdo en celebrar el presente instrumento con "El Prestador" para llevar a cabo las acciones materia de este documento. ·�

Ot\ l. '2. 2 'lo _ �. ;_,,���,.\1 '"'��.,,--"'- ' 2.- Expone "1,1 Prestador": . ���'<)�_ .

2. l. El C. Ernesto Francisco Marlínez Marlíncz, se representa a sí mismo como personafisica, quién cuenta con las facultades para suscribir el presente instrn111ento.

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2.2. Que su actual domicilio se encuentra ubicado en Con Registro

Federal de Contribuyentes (RFC) .

2.3. Que cuenta con el equipo de trabajo, recursos y experiencia necesarios, para llevar la presentación de los servicios que serán materia de este acuerdo.

Ambas partes manifiestan que se reeonoeen recíprocamente el carácter con el que comparecen, por lo cual sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes,

Cláusulas:

Primera.- Objeto del contrato.- "El Cliente" encomienda a "La Prestadora" el desan-ollo del proyecto:

Sesión fotográfica de la implementación de los programas del Gobierno ,v!unicipal.

, bj etivo general: r.\ n1ár a conocer a la comunidad ocotlense cinco de los programas que el Gobierno Municipalestá implementando para la mejora de los espacios públicos y la calidad de vida de sus h�pitantes, los cuales son: la instalación de luminatias en calles y demás espacios públicos (O¡:otlán iluminado), la colocación de rampas y juegos para personas con discapacidad (Ciudad incluyente), el ofrecimiento del servicio de interne! en plazas públicas de las zonas r� ·1les (Ocotlán conectado), la mejora de la infraestrnctura con la colocación de concreto hi 1 ulico y el reemplazo del drenaje en algunas zonas del municipio (Obra pública), por últi , o el crecimiento y equipamiento del cuerpo de bomberos que ha posicionado a Oco_ án como el líder regional en este ámbito (Cuerpo de bomberos).

Se adjunta al presente instrumento jurídico documento identificado como "Plan Trabajo", el cual fonna pm1e integral del presente contrato, y se señala como Anexo 1.

Segunda. Monto del Contrato. El monto establecido y autorizado por "El Cliente" para la suscripción del presente contrato es por la cantidad de $16,240.00 (Dieciséis mil

doscientos cuarenta pesos 00/100 111.11.), mismo que ya incluye el 16% del Impuesto al Valor Agregado (].V.A.) a la cantidad antes mencionada, cantidad que será pagada a "El Prestaílor".

Tercera. Plazo. Para la realización de los trnhajos descritos en el "Anexo 1 ", "El Prestador", se obliga a realizarlos en el período comprendido del 16 de enero de 2017 al 23de enero de 2017.

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Una vez concluido el período anterionnente señalada, "El Prestador" se obliga a entregar en un período máximo de 3 días hábiles el producto final del servicio para el cual fue contratado.

Cuarta. Pago. "El . Prestador" se compromete a expedir el documento fiscal correspondiente, con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación en sus numerales 29 y 29-A, tomando en cuenta el Impuesto al Valor Agregado (LV.A.) una vez que sea efectuado el pago por parte de "El Cliente".

Quinta. Rescisión. Las partes convienen que el presente contrato podrá ser rescindido en caso de incumplimiento y al respecto aceptan que cuando sea "El Cliente" el que detennine rescindirlo, dicha rescisión operara de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial.

Sexta. Prorrogas. Este contrato no es prorrogable, por lo que al concluir su vigencia, concluirán sus efectos sin necesidad de aviso entre las partes, siempre y cuando se hayan cumplido todas y cada una de las especificaciones establecidas.

Séptima .. Pena Convencional. En caso de que "El Prestador" no cumpla con sus obligaciones se le aplicará una pena del diez por ciento del precio total de la transacción, in incluir el impuesto al valor agregado, recargos y gastos de expedición, por cada día

\ n

ural que tarde para cumplir con sus obligaciones. .

\ L pena convencional por atraso se calculará por cada día de incumplimiento, de acuerdo

\ co el porcentaje de penalización establecido, aplicado al valor total de la operación .. La su

í

a de las penas convencionales no deberá exceder el importe total del contrato.

. \"E Cliente" descontará las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional, sobre'el , ago que deba cubrir a "La Prestador". O bien, en caso de que no existan pagos pen ientes que cubrir a ella de conformidad, las penas co1Tespondientes se constituirán c61�0 créditos fiscales a favor de "El Cliente" ejecutables por la Hacienda Municipal del A}

�ntamiento de Ocotlán, Jalisco.

M! Cuando el incumplimiento no derive del plazo pactado de la prestación del servicio, si no f/!ull!i J!I ¡,por otras causas establecidas en el presente contrato, "El Cliente" podrá iniciar en !3�§ tJ:::Cnalquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contratoW-.1�}:¡ Ü�% t '.-fl.���1 !�z:a:: n comen o.

za.:.,: .. ; � .. ..,.íº '":,..{'.·.-. .. . � u

.�lf.ij] i8fil0ctava. Daños y prejuicios. "La Prestadora" responderá ante "El Cliente" por los daños P,C,t�g )1°�y pe1juicios que ocasione el incumplimiento de sus obligaciones estipuladas en este � '.\ º o si 1 ! 1

. . f 'º " contrato, hasta por el monto tota e e mismo. '.U

Jif/J;fJ\ :lgJ Novena. Jnris_c!icción. En cas� el:' suscitarse duda, conflicto o controversia con motivo de,.�?4;1 8 J !a mle1vrctac1on y/o cumplmuento del presente contrato, las parles se someten

�' 0 expresamente a la competencia de las Autoridades Judiciales del Estado de Jalisco,mediante arbitraje entre ambas partes.

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Enteradas las pattes contratantes del contenido triplicado de conformidad en el municipio de O

,

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alcance legal del presente, lo filman por tlán, Jalisco, a 10 de enero de 2017.

Presidente Municipal.

C. Carlos C. Rob�oeiirlos N,",av-arro Vaca.//:Sec�!avio'General.

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por "El P1·estador" 6