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PLAN DE ACCIÓN

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RESPUESTA COMENTARIOS PLAN DE ACCIÓN 2012

Enero de 2012

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COMENTARIOS PRESENTADOS POR TIGO

1. ASIGNACIÓN DE ESPECTRO PARA IMT

Previa cualquier recomendación, es importante sugerir a la ANE, de manera muy

respetuosa, la posibilidad de considerar que la asignación de Espectro IMT se otorgue

preferencialmente a los operadores actualmente establecidos dada la poca cantidad de

espectro con que se cuenta, y en la medida en que los terminales no se desarrollan por

los fabricantes sino cuando existe un gran número de clientes, condición que hoy día

sólo pueden cumplir los operadores móviles establecidos, con los usuarios actuales que

poseen y con la asignación de un porcentaje mayor de espectro.

El crecimiento de las redes no puede detenerse, y mucho menos puede privarse a los

actuales usuarios con los que cuentan los operadores establecidos, de la posibilidad de

acceder a nuevos y mejores servicios en aras de buscar nuevos entrantes.

Adicionalmente, la posibilidad de upgrade en la asignación de espectro IMT a los

operadores establecidos ofrece la oportunidad de proporcionar a los usuarios, calidad y

diversidad de productos que al final se traducen en una mejor calidad de vida para cada

uno de ellos.

En el mismo sentido, la calidad y condiciones del servicio a los usuarios de los

operadores establecidos, también debe considerarse en la planeación y asignación de

espectro.

Observamos que los cronogramas de asignación de espectro IMT, no tienen precisiones

específicas frente a su desarrollo, por lo cual sugerimos se detalle un poco más las

fechas en las que se van a realizar las diferentes actividades, como seguimiento de

migraciones, establecimiento de condiciones del proceso de asignación,

especificaciones sobre el proceso subasta (técnicas y económicas), pues estos datos

son indispensables para la planeación de un operador que este aspirando obtener

Espectro dentro de este proceso.

De otra parte, se contempla dentro de los objetivos estratégicos, numeral 1.1.1.

“asegurar la disponibilidad de espectro necesario para la masificación de internet móvil,

y la ampliación de la cobertura y servicios como obligaciones de hacer de parte de

los proveedores de redes y servicios” subrayas y negrilla fuera de texto.

Frente a este punto, consideramos de manera respetuosa que no se limite el pago a

obligaciones de hacer sino que se contemple el pago del valor del permiso igualmente

en dinero efectivo.

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RESPUESTA:

Durante 2012, la Agencia Nacional del Espectro apoyará al Ministerio de TIC con la

estructuración del proceso de selección objetiva para asignación de espectro en las

bandas 1900MHz, AWS y 2,5GHz, la cual además de buscar la entrada de un nuevo

operador, tendrá como objetivo el garantizar que los proveedores de redes y servicios

con tenencia actual de espectro para servicios IMT puedan participar de los procesos de

asignación de nuevo espectro que se lleven a cabo con el fin que cuenten con la

posibilidad de garantizar una adecuada prestación de los nuevos servicios a sus

usuarios.

Conscientes de la importancia que tiene para los diferentes actores del sector realizar

una adecuada planeación de sus inversiones, se incluirá en el borrador de Resolución

para la estructuración de los procesos de asignación un artículo con el cronograma más

probable para el desarrollo del proyecto. Para el proceso en cuestión, dicho borrador se

estará publicando próximamente.

Finalmente, en relación con la forma de pago como contraprestación por la asignación

del permiso para uso, acceso y explotación del espectro radioeléctrico, es importante

mencionar que ésta se determina por las necesidades del gobierno al momento de

estructuración del proceso, enmarcado dentro de las metas propuestas por el plan de

gobierno, las cuales, para este periodo se encuentran plasmadas en el Plan Nacional de

Desarrollo 2010 - 2014 “Prosperidad Para Todos” de la Presidencia de la república, y en

el Plan de Tecnología Vive Digital Colombia del Ministerio de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones.

2. MIGRACIONES

Frente al numeral 1.1.2 denominado migraciones, observamos que durante el 2012, se

trabajará en el cumplimiento de seguimiento al plan de migración de distintas bandas,

con lo cual estamos de acuerdo, sin embargo respetuosamente sugerimos que el

objetivo se plantee en realizar las acciones necesarias para alcanzar y lograr dichas

migraciones estableciendo por ejemplo fechas que se traduzcan en no solo hacer

seguimiento que se logre efectivamente la migración.

Consideramos que la ANE, como experto técnico del sector y en la medida en que tiene

a cargo la gestión y administración del espectro, y como garante del pluralismo para su

acceso, debería impulsar acciones que permitan el acceso no discriminatorio de

operadores tanto en bandas altas como en bandas bajas en iguales momentos de

tiempo, con la finalidad de que no se generen, ni aumenten, las condiciones desiguales

de competencia, hoy ya presentes en el mercado móvil.

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RESPUESTA:

El artículo 18 de la ley 13411 de 2009 establece que la función de asignar los permisos

para el uso del espectro es potestativa del Ministerio de Tecnologías de la Información y

las Comunicaciones. Por su parte, el Decreto 41692 de 2011 adiciona la función de

“Planear y atribuir el espectro radioeléctrico con sujeción a las políticas y lineamientos

que determine el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

para lo cual establecerá y mantendrá actualizado el Cuadro Nacional de Atribución de

Bandas de Frecuencias (CNABF), con base en las necesidades del país, en el interés

público, así como en los planes técnicos de radiodifusión sonora que establezca el

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.”.

Por lo anterior, las acciones pertinentes a la Agencia Nacional del Espectro en materia

de reorganización del espectro radioeléctrico están limitadas a brindar el soporte técnico

para incentivar el proceso de migraciones, a planear y atribuir el espectro radioeléctrico

en el ámbito de su gestión y planeación y a verificar que los proveedores de redes y

servicios operen su red de acuerdo con las características técnicas autorizadas.

Ahora bien, en relación con la posibilidad de los operadores de servicios móviles de

acceder al espectro en bandas altas y en bandas bajas, la ANE y el Ministerio TIC

vienen trabajando en los procesos de asignación de las diferentes bandas de

frecuencias que al momento se encuentran disponibles y se considera que lo

establecido en el Plan Vive Digital en este sentido constituye una propuesta integral que

atiende a las necesidades planteadas.

3. ASIGNACIÓN ESTRATÉGICA DEL ESPECTRO

Ahora bien, frente a la Estructura e Implementación de Mecanismos que Agilicen el

Acceso al Uso del ERE, consideramos de gran importancia y vemos como beneplácito

que se desarrolle rápidamente el mecanismo que permita la simplificación de pasos

para otorgar permisos, para el crecimiento de las compañías, con el fin de beneficiar al

usuario final.

1 Ley 1341. Por la cual se definen principios y conceptos sobre la Sociedad de la información y la

organización de las Tecnologías de la información y las comunicaciones - tic-, se crea la agencia

nacional de espectro y se dictan otras disposiciones. Congreso de Colombia. 2009.

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Para tal efecto, se debe asignar espectro, buscando formas de otorgarlo de manera

objetiva, especialmente el espectro microondas.

En lo que respecta al Plan Maestro de Administración de Espectro, específicamente

en el tema del Comité Nacional de Espectro, se recomienda, tener una participación

más amplia permitiendo el acceso de representantes de la industria como la de

proveedores de redes y servicios.

En el punto de Planeación Internacional del Espectro, y sobre todo para la

preparación del CMR16, entendemos que la ANE debe ser el ente que centralice,

realice y coordine las propuestas, pero sugerimos que dicha labor se realice de la mano

con el Comité Nacional de Espectro.

Frente al Manual de Gestión de Espectro, consideramos que esta debería ser una

herramienta que permita una actualización total de los procesos y procedimientos, y

recomendamos, que se realicen capacitaciones al sector con el fin de efectivamente sea

una herramienta útil para los destinatarios.

RESPUESTA

De antemano agradecemos su interés y apoyo en la implementación de mecanismos

ágiles para el acceso al uso del ERE y lo invitamos a hacer parte activa de las

actividades que se llevarán a cabo este año para actualizar las bases de datos de

espectro asignado.

En relación con el Comité Nacional de Espectro, como parte de la creación del mismo

se estableció que la participación en éste no obedecería a una representación a nombre

de la empresa u organización a la cual pertenece sino al conocimiento y experiencia

individual. Sin embargo, le invitamos a usted y a todos sus colegas a participar

directamente en el Comité Nacional de Espectro a través de las consultas públicas

sobre los documentos en discusión, realizadas en la página www.ane.gov.co.

Las actividades de planeación internacional del espectro está interconectada con las

actividades del Comité Nacional de Espectro toda vez que a la consideración del Comité

Nacional del Espectro se elevan directamente, o por intermedio de las consultas

internas de cada entidad participante en él, los temas más relevantes derivados de las

actividades preparatorias reuniones de carácter internacional. En efecto, la Agencia

Nacional del Espectro diseñó e implementó durante 2011 una estrategia de participación

internacional y preparación de conferencias internacionales de radio, con base en una

convocatoria abierta, en la cual participaron personas de todos los sectores interesados

en el espectro radioeléctrico en Colombia: Academia, entidades gubernamentales y

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privadas expertas, usuarias o con funciones de administración de este recurso. De esta

manera nacieron los Grupos Técnicos de Trabajo en Radiocomunicaciones, de cuyas

reuniones se obtuvieron importantes insumos para la preparación de la Conferencia

Mundial de Radiocomunicaciones de 2012 (CMR-12). La preparación de la CMR-15

comenzará en Marzo de este año, así que esperamos contar con su activa participación

durante el ciclo de trabajo que se desarrollará en el país hasta la siguiente CMR. Los

resultados que se vayan obteniendo a partir del trabajo de los GTT-R se socializarán

también en el Comité Nacional de Espectro.

Finalmente, en relación con el Manual de Gestión de Espectro Radioeléctrico, existe en

este momento algunos títulos que están finalizados, los cuales serán publicados en los

próximos meses para consulta del sector, y durante 2012 se llevará a cabo la

finalización de los títulos que aún están pendientes. Con base en ello, se diseñarán y

programarán las capacitaciones necesarias para dar a conocer la versión final de dichos

documentos de forma que se constituya en una herramienta de consulta útil para todos

los interesados.

4. DESARROLLO DE IMPLEMENTACIÓN DEL RUC

Frente a este acápite tan importante, consideramos necesario tener en cuenta los

lineamientos para definir el régimen de contraprestaciones en materia de espectro, por

ejemplo, debe tenerse en cuenta las necesidades del mercado y los aspectos sociales,

en el mismo sentido, se considera que se debe realizar un esquema de pagos que

tenga en cuenta las realidades de las compañías, así como la revisión de las fórmulas

para que no resulten excesivas.

RESPUESTA

Dentro de los objetivos previstos para plantear la nueva propuesta del Régimen

Unificado de Contraprestaciones, se establecieron los siguientes:

Definir reglas que permitan constituir un marco objetivo y neutral que ofrezca

simetría de tratamiento a los diferentes PRS, lo que considerará la situación del

mercado y las realidades de las compañías.

Lograr la financiación de los planes y programas de carácter social que permita la

ampliación de las coberturas y la masificación de servicios.

Incentivar las inversiones y asegurar estabilidad jurídica para los inversionistas.

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Se espera que durante el primer semestre de 2012 se de inicio a la socialización de los

resultados de este estudio en donde se generarán los espacios para que haya una

participación activa de todos los interesados y se discutan las necesidades tanto del

gobierno como de los usuarios del espectro.

5. CORRECTA VIGILANCIA Y CONTROL DEL ESPECTRO

Teniendo en cuenta que de acuerdo con la ley, corresponde a la ANE ejercer la vigencia

y control del espectro radioeléctrico, con la excepción en lo dispuesto en el artículo 76

de la CP, así como adelantar las investigaciones a que haya lugar de acuerdo con su

competencia y ordenar el cese de operaciones autorizadas en la red, respetuosamente

solicitamos incluir dentro del plan de acción 2012, un mecanismo que permita revisar

ágilmente las interferencias denunciadas por los operadores para que se puedan

verificar las mismas de manera rápida a fin de evitar que al final terminan afectando

directamente a los usuarios.

RESPUESTA

La ANE en desarrollo de su programación de visitas de control técnico del espectro da

prioridad a la verificación de interferencias. Así mismo dentro de las quejas recibidas

por interferencia, la ANE hace una clasificación de acuerdo con el servicio de

radiocomunicaciones afectado, de manera tal que se prioriza aún mas la atención a

aquellos que afectan directamente a la ciudadanía en general.

COMENTARIOS PRESENTADOS POR TELEFONICA

6. DIMENSIÓN ESTRATÉGICA I: ASIGNACIÓN DE ESPECTRO PARA IMT

En relación con el objetivo estratégico “Asegurar la disponibilidad del espectro necesario

para la masificación de internet móvil, y la ampliación de la cobertura y servicios como

obligaciones de hacer por parte de los proveedores de redes y servicios”, es importante

que se defina cómo se adelantará el proceso de liberación de espectro asignado que se

encuentra ocupado, con plazos, responsables, metas, etc.

Consideramos que debería incluirse una iniciativa estratégica adicional, destinada a

revisar los topes actuales de espectro, dado que los mismos no permitirían la

participación de Telefónica en los futuros procesos en la banda de 700 MHz, impidiendo

la implementación de las tecnologías actuales y las que se desarrollen en dicha banda.

Así mismo, solicitamos respetuosamente se aumente el tope actual a 95 MHz para el

proceso en las bandas de AWS y 2500 MHz, dado que con el límite de 85 MHz sólo

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permitiría optar por 2 x 15 MHz, ancho de banda que no sería suficiente para

implementar una solución óptima del estándar LTE3, la cual requeriría de por lo menos 2

x 20 MHz en FDD4 para lograr una verdadera banda ancha móvil.

RESPUESTA

El año precedente se llevó a cabo el estudio de topes de espectro que dieron

fundamento a la expedición del Decreto respectivo. En dicho estudio se consideraron

aspectos tales como las metas del Plan Vive Digital, la disponibilidad de espectro en las

nuevas bandas a subastar y el espectro necesario para implementación de servicios

que garanticen las calidades requeridas en los procesos de asignación. Con base en

esto, y debido a que la disponibilidad de espectro no ha cambiado se considera

adecuado continuar con la ejecución de las actividades de la forma en que se ha

planeado dentro del marco del Plan Vive Digital. En el momento en que alguno de los

factores que fueron soporte para la realización del estudio se modifique, será necesario

adaptar la normatividad a las nuevas condiciones existentes. En relación con la

necesidad de contar con portadoras de 2x20 MHz para el despliegue de LTE, es claro

que la velocidad con este tamaño de portadoras es mayor. Sin embargo, no hay que

olvidar que el espectro radioeléctrico es un recurso escaso que debe ser administrado

con base en criterios de mercado, por lo menos para el caso de espectro para IMT. La

experiencia internacional muestra que debido a la limitación de la cantidad de espectro

disponible en las diferentes bandas de frecuencias para IMT, en todos los casos se ha

asignado bloques de tamaños diversos de forma que se logre maximizar el uso del

espectro con la mayor cantidad de beneficios socioeconómicos posibles.

En próximos días se publicará el documento Preliminar del Proyecto de Resolución que

contendrá las condiciones de participación en los procesos de selección objetiva y las

condiciones de asignación de los permisos para el uso del espectro radioeléctrico IMT

que se subastará en el presente año, con el fin de recibir los comentarios y

observaciones de fondo debidamente sustentadas que tengan los potenciales

participantes en los procesos.

7. DIMENSIÓN ESTRATÉGICA II: PLANEACIÓN ESTRATÉGICA DEL ESPECTRO

a. Estructura e implementación de mecanismos que agilicen el acceso al uso del

ERE Los plazos previstos en esta iniciativa son muy largos. Consideramos que

debería darse una nueva revisión a Resolución 2118 de 2011 con el fin de dar mayor

3 LTE: Long TermEvolution, identifica las tecnologías de cuarta generación móvil

4 FDD: Duplexación por División de Frecuencia

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celeridad a los procesos de asignación de espectro diferente a IMT y que no es

altamente disputado. A manera de ejemplo encontramos cómo a finales de 2011 se

invitó a manifestar interés por este tipo de frecuencias y a la fecha aún no se

publican los interesados y tampoco se ha dado inicio al proceso de selección objetiva

y nos preocupa que los procesos de asignación de espectro IMT ocupen toda la

capacidad operativa del Ministerio y la ANE. Es preciso entonces revisar qué

aspectos pueden mejorarse del procedimiento adoptado.

RESPUESTA

Para este proyecto se ha realizado una planeación a largo plazo, que envuelve además

de la implementación de procedimientos eficientes, el desarrollo de planes que permitan

actualizar las bases de datos donde se aloja la información del uso del ERE.

Adicionalmente, es fundamental para lograr agilizar los procesos, la puesta en

funcionamiento de herramientas de gestión del ERE que optimicen los estudios de

viabilidad y arrojen resultados confiables sin necesidad de recurrir a estudios por parte

de los PRS.

Pensando en ello, se está considerando adicionalmente la revisión de los

procedimientos vigentes en relación con la asignación de espectro lo cual requiere del

concurso del Ministerio TIC, entidad encargada de llevar a cabo la asignación con el

apoyo técnico de la ANE.

Es claro que los procedimientos actuales pueden mejorarse, pero en la medida en que

se cuente con las herramientas y el personal adecuado para ello. En este sentido, uno

de los elementos más importantes es la actualización de las bases de datos de

asignación y para el cual esperamos contar con la participación activa de todos los

proveedores de redes y servicios.

b. Comité Nacional del Espectro: En relación con esta iniciativa manifestamos desde

ya el interés de Telefónica de formar parte del mismo para lo cual estaremos atentos

a la convocatoria prevista para mayo.

RESPUESTA

Como parte de la creación del Comité Nacional de Espectro se estableció que la

participación en éste no obedecería a una representación a nombre de la empresa u

organización a la cual pertenece sino al conocimiento y experiencia individual. Sin

embargo, le invitamos a usted y a todos sus colegas a participar directamente en el

Comité Nacional de Espectro a través de las consultas públicas sobre los documentos

en discusión, realizadas en la página www.ane.gov.co.

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c. Desarrollo e implementación del nuevo RUC: En este caso los plazos previstos

también son muy amplios y está planteado de manera muy general. Solicitamos

respetuosamente que se adelante una iniciativa para valorar el costo de los permisos

que se deben expedir en el caso que los operadores de telefonía móvil celular

decidiera acogerse a la ley 1341 de 2009, pues el artículo 5º de la resolución 290 de

2010, modificada por el artículo 1º de la Resolución 2877 de 2011 señala en el

parágrafo que: “La valoración y forma de pago de la contraprestación económica por

la utilización del espectro radioeléctrico identificado para las Telecomunicaciones

Móviles Internacionales – IMT (por sus siglas en inglés), de los servicios móviles

terrestres, será definida previo el respectivo estudio”.

La falta de definición de estos valores y de las condiciones para acogerse a la nueva ley

dificultan el análisis de los operadores en relación con las alternativas previstas por la

Ley 1341 de 2011, generando tratos inequitativos en el mercado debido a que hay unos

operadores que estando en el mismo mercado pagan la contraprestación del 2,2%,

mientras que los demás operadores no contamos con todos los elementos de juicio para

poder hacer las evaluaciones correspondientes.

De otra parte vemos que una de las iniciativas de este objetivo corresponde a la revisión

de los procedimientos para simplificar los pasos para asignar espectro, la cual se

terminaría en octubre de 2012. Al respecto, reiteramos los comentarios remitidos al

Ministerio en relación con el proceso de asignación de espectro durante la discusión del

proyecto que terminaría en la expedición de la resolución 2118 de 2011 y es que se

subestima el alcance dado por la Corte Constitucional a la etapa de verificación de

pluralidad de interesados, que si se adelantara con toda la información completa sobre

los rangos de frecuencias, equipos y demás datos empleados en las solicitudes de

espectro, haría que la verificación de la pluralidad fuera más completa, logrando omitir el

paso de iniciar un proceso de selección objetiva en las condiciones en las que fue

prevista por dicha resolución si es que se demuestra que hay suficiente recurso para

aquellos que manifestaron interés por la banda correspondiente.

Así mismo, la falta de plazos y términos para que el Ministerio inicie los procesos de

selección objetiva generan incertidumbre sobre el tiempo que se demora la asignación

del mismo.

RESPUESTA

La práctica común en la asignación de espectro para servicios móviles es permitir que

sea el mercado el que determine el valor por el uso del espectro dentro de la subasta o

el mecanismo de selección objetiva respectiva que se utilice para llevar a cabo la

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asignación. Sin embargo, la mayoría de administraciones adelantan estudios con el fin

de estimar el valor asignado por el mercado al espectro con el fin de contar con este

insumo como soporte para el diseño y la realización de estos procesos de selección

objetiva.

Con base en esto, las contraprestaciones asociadas con el espectro para IMT se fijan

en cada uno de los procesos de asignación y únicamente se ha fijado el pago asociado

con la habilitación general. Las condiciones y los valores asociados con esta

contraprestación son definidos por el Ministerio TIC con base en las facultades

otorgadas por la Ley 1341 de 2009.

d. Régimen unificado de espectro: Es importante esta compilación y en particular que

se determine rápidamente cuál es la posición del Ministerio y de la ANE en relación

con la vigencia de normas expedidas bajo la vigencia de la Ley 72 de 1989 y 1900 de

1990 como ocurre en el caso del decreto 1136 de 1997 sobre provisión de segmento

satelital, el cual estaría derogado como resultado de lo señalado en el artículo 73 de

la Ley 1341 de 2009.

RESPUESTA

Como usted lo señala, este es un proyecto importante, necesario y oportuno. Dentro de

los beneficios que traería un régimen único vale la pena resaltar la transparencia, la

facilidad de consulta y de actualización, en el corto plazo. Como parte del estudio se

llevará a cabo el análisis de toda la normatividad vigente sobre espectro, y en la medida

en que se considere necesario se hará la revisión y actualización de dicha normatividad.

e. Campos electromagnéticos, salud y medio ambiente: En esta iniciativa se plantea

la revisión de la reglamentación sobre campos electromagnéticos, así como el

adelantamiento de mediciones.

En relación con este punto es importante tener en cuenta que Telefónica no ha previsto

en su presupuesto adelantar mediciones dado el cumplimiento de lo previsto en el

decreto 195 de 2005, por lo que solicitamos a la ANE que precise cómo se adelantarán

las mediciones y que se establezca si es del caso que se adelantarán con recursos de

esa entidad.

De otra parte, no se señala en qué sentido serían modificadas las normas actuales con

respecto a la emisión de radiaciones electromagnéticas o porque se considera

necesaria la modificación de la normatividad vigente. Preocupan mucho a Telefónica

estas posibles modificaciones por el impacto en costos que éstas puedan tener, por lo

que solicitamos a la ANE revise la necesidad de incluir esta iniciativa en el plan.

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RESPUESTA

Lo primero es aclarar que el Código de Buenas Prácticas – donde se plantean las

mediciones - es un documento que busca consensos entre los distintos grupos de

interés y, en razón a los resultados obtenidos sobre el particular en diferentes países,

ver los casos de Argentina y España, la aplicación del mismo, una vez sea adoptado,

será de carácter auto regulatorio.

Segundo, las políticas exitosas que se han implementado en otros países como España

y Argentina para la implementación de infraestructura en telecomunicaciones han tenido

un componente fuerte para cambiar la percepción social sobre la instalación de estas

redes donde las mediciones juegan un papel fundamental. Este componente lo resalta

la Corte Constitucional en la Sentencia T-360 de 2010 quien le pide al gobierno

“establecer canales de información y comunicación con la comunidad relacionada con

los campos electromagnéticos y la salud.”

Tercero, aunque el artículo 3 de la Resolución 1645 de 2005 clasifica la telefonía móvil y

siete servicios más como no obligados a realizar las mediciones que trata el Decreto

195 de 2005, ni a presentar la Declaración de Conformidad de Emisión

Electromagnética, hace la siguiente salvedad: “Sin embargo, esto no impide al Ministerio

de Comunicaciones de revisar periódicamente estos valores e incluir alguno de estos

servicios cuando lo crea conveniente o los niveles se superen debido a cambios en la

tecnología u otros factores.” (Lo resaltado no es parte del texto original).

Finalmente, en caso de considerarse necesario modificar la normatividad vigente, se

llevará a cabo los procesos de discusión necesarios con el fin de presentar las

propuestas para discusión con el sector. Sin embargo, vale la pena resaltar que el

Código Argentino fue firmado por la Federación Argentina de Municipios (FAM) y los

cuatro operadores celulares móviles (OCM), incluyendo Telefónica.

8. DIMENSIÓN 4. VIGILANCIA Y CONTROL EFICIENTE DEL ESPECTRO

En relación con la iniciativa de monitoreo del espectro consideramos que se debería

incluir además la implementación de un proceso estándar de medición y definir criterios

de indicación de ocupación del espectro, esto debido a que en el pasado se han

encontrado diferencias entre las mediciones realizadas por la ANE y los operadores lo

cual dificulta corregir las interferencias que puedan presentarse.

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RESPUESTA

La ANE cuenta con procedimientos para llevar a cabo el monitoreo del espectro

radioeléctrico. Los criterios de indicación de ocupación del espectro utilizados son:

· Los definidos en las normas nacionales para los servicios que lo tengan establecido

(Ejemplo: Radiodifusión Sonora).

· Para los servicios que en las normas nacionales no tienen establecidos criterios de

ocupación (Relaciones de protección o umbrales de interferencia aceptable) se

recurre lo establecido en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT y si el

servicio tiene definido un estandar particular se utilizan los valores allí establecidos.

No obstante es de interés para la ANE, que indicara específicamente a qué casos se

refiere cuando menciona que en el pasado se han encontrado diferencias entre las

mediciones realizadas por la ANE y las realizadas por los operadores.

9. Con respecto a los objetivos específicos contemplados en la Introducción del

plan de acción 2012, se sugiere que se precise en el punto i) que la meta es lograr, no

solo la mayor disponibilidad, sino también asignación del “recurso”, entendiéndose éste

último como electromagnético, ya que podría tratarse de otro tipo de recurso

(económico, personal calificado, etc.). Así mismo es importante precisar en el punto iii)

de qué tipo de “recursos” se pretende obtener la maximización, dado que podría tratarse

de recursos económicos, de infraestructura y/o tecnología, de espectro radioeléctrico u

otros.

RESPUESTA

La ANE agradece la aclaración presentada y la considera pertinente, por lo cual, se

revisará y se realizará el ajuste respectivo en el plan de acción.

10. En concordancia con el cuarto eje expuesto en la parte introductoria del

documento, el cual se refiere a los esfuerzos de la ANE para lograr espectro para todos

los colombianos, es importante que esta entidad establezca una iniciativa encaminada a

satisfacer las necesidades de un grupo significativo de usuarios en el país, quienes

tienen necesidades adicionales que no se limitan a los servicios soportados en

tecnologías IMT, esto es, servicios diferentes a los contemplados en el Plan Vive Digital,

para los cuales es importante igualmente contar con asignación de ERE no IMT.

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RESPUESTA

La ANE desde el 2011 ha venido trabajando en el desarrollo de un proyecto que

determine las mejores posibilidades de atribución del espectro para todos los servicios

radioeléctricos de manera que se establezcan estrategias que aseguren decisiones

objetivas y predecibles en el corto, mediano y largo plazo. En este sentido, durante el

2012 el proyecto llamado “Plan Maestro de Administración de Espectro” incluirá diversas

discusiones con el sector que ayudarán a la toma de decisiones mediante la activa

participación de los usuarios y los interesados y en donde existirá la oportunidad para

presentar las necesidades de espectro por parte de los diferentes usuarios del espectro.

11. En cumplimiento con los principios orientadores de la Ley 1341 de 2009,

específicamente en el de neutralidad tecnológica, es importante que la ANE alinee

sus pilares, objetivos e iniciativas con el espíritu de dicha Ley, el cual es habilitar de

manera general la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, evitando

condicionar el espectro asignado a alguna clasificación de servicios o tecnologías a las

cuales ya no se refieren las normas de telecomunicaciones.

En este último aspecto es importante mencionar que la ANE explore mecanismos de

asignación de ERE (no catalogado como IMT por el Ministerio), dentro del marco de la

ley, los cuales permitan su asignación de manera ágil y accesible para aquellos

proveedores que están interesados en operar redes y prestar servicios diferentes a los

clasificados como IMT, esto es, aquellas franjas del espectro que no presentan una alta

demanda en el mercado nacional. De esta forma se eliminaría la discriminación actual

para proveedores de tecnologías en lo referente a las contraprestaciones por uso de

espectro catalogado como no IMT, las cuales resultan mayores a las denominadas IMT.

RESPUESTA:

La ANE, en conjunto con el Ministerio de TIC está trabajando en la implementación de

mecanismos que agilicen el acceso al uso del ERE en las diferentes bandas de

frecuencias. Para ello, se está trabajando tanto en la modernización de los

procedimientos, así como en el desarrollo de herramientas de gestión y administración

que permitan realizar estudios de ingeniería de espectro confiables, de forma que se

optimice la asignación de frecuencias.

Es importante resaltar, que si bien es cierto la habilitación general permite que los

concesionarios provean tanto redes como servicios de telecomunicaciones, dicha

autorización está sujeta a la atribución que estipula el Cuadro Nacional de Atribución de

Bandas de Frecuencias (CNABF) en concordancia con las recomendaciones de la

Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

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12. Con el fin de asegurar la libre competencia es importante que la ANE revise los

mecanismos de adjudicación del ERE, evitando la concentración en aquellos

participantes que tienen una gran capacidad financiera y aún se encuentran por debajo

del límite de espectro asignado por el Ministerio, lo que impide en la práctica la

participación de nuevos actores en el sector de las telecomunicaciones en el país.

RESPUESTA:

Teniendo en cuenta que la asignación de espectro IMT podría tener alguna incidencia

en las condiciones del mercado, el Ministerio TIC, la CRC y la ANE hemos venido

trabajando en conjunto para el análisis y la definición de los requisitos para participar en

los procesos de asignación del espectro para IMT. Cada entidad, desde sus

competencias, experiencia y conocimientos apoyan a esta entidad para que la forma en

que se estructuran los procesos para asignación de los permisos resulten beneficios

para el sector y particularmente se vean reflejados en beneficios para el usuario final.

13. Numeral 1.1.1. Dimensión estratégica I: asignación de espectro para IMT,

Objetivo Estratégico: Se debe tener en cuenta el efecto que tiene en el mercado la

asignación de espectro IMT con la presencia de un operador dominante. En esta

medida, además de masificación se debería incluir competencia, calidad y precio de los

servicios como parte del objetivo de asignar nuevas bandas, lo cual redundaría en el

beneficio del consumidor.

RESPUESTA:

Teniendo en cuenta que la asignación de espectro IMT podría tener alguna incidencia

en las condiciones del mercado, el Ministerio TIC, la CRC y la ANE hemos venido

trabajando en conjunto para el análisis y la definición de los requisitos para participar en

los procesos de asignación del espectro para IMT. Cada entidad, desde sus

competencias, experiencia y conocimientos apoyan a esta entidad para que la forma en

que se estructuran los procesos para asignación de los permisos resulten beneficios

para el sector y particularmente se vean reflejados en beneficios para el usuario final.

14. 1.1.2. Dimensión estratégica I: asignación de espectro para IMT, Iniciativas

estratégicas, Migraciones y Asignación de Espectro IMT: Cuando se abrió el

proceso de asignación adicional de espectro en la banda de 1900 MHz, en la cual sólo

participaron los incumbentes, la ANE publicó fechas y metas específicas para los

procesos de 2.5 GHz y AWS en el documento “Políticas de Asignación de Espectro IMT”

de julio de 2011, mientras que en este nuevo documento se habla de periodos abiertos

y extensos. Avantel solicita que se vuelva a especificar claramente cuáles son las

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fechas y no se dilate la asignación adicional en beneficio de los operadores

establecidos.

RESPUESTA:

Conscientes de la importancia que tiene para los diferentes actores del sector realizar

una adecuada planeación de sus inversiones, el Ministerio de TIC incluirá en el borrador

de Resolución para la estructuración de los proceso un artículo con el cronograma más

probable para el desarrollo del proyecto, para el proceso en cuestión, dicho borrador se

estará publicando próximamente. Hay que tener en cuenta que la definición del

cronograma no se genera en beneficio de algunos actores. Por el contrario, la misma

responde a los tiempos requeridos por el Ministerio de TIC y la ANE para adelantar el

proceso con los análisis requeridos, con la publicación de los borradores de las

condiciones de participación y con los mecanismos de participación del sector que

permitan la asignación del recurso en condiciones de transparencia.

15. Numeral 1.2.1 Dimensión estratégica II: Objetivo Estratégico: Circunscribir el

objetivo estratégico sólo a lo social, deja de lado factores como lo económico y

productivo. Avantel considera que “las políticas, lineamientos y estrategias” tengan en

cuenta igualmente en cuenta dichos factores y en esta medida faciliten la entrada de

nuevos jugadores que impulsen nuevas tecnologías con mejor calidad y servicio.

RESPUESTA:

La Agencia Nacional del Espectro busca desarrollar proyectos integrales que

contemplan diversas perspectivas desde un punto de vista técnico, económico, político y

social con el fin de promover un uso eficiente del espectro que beneficie a los usuarios

del espectro y a la comunidad en general. Es así, como se estructuran sus procesos de

asignación de espectro, buscando mecanismos que garanticen igualdad de

oportunidades tanto para nuevos proveedores de redes y servicios como para los ya

establecidos, para lo cual también genera los espacios necesarios para la realización de

un trabajo conjunto con otras entidades como la CRC y el Ministerio de TIC.

COMENTARIOS PRESENTADOS POR UNE

16. La generación de una política de manejo de espectro radioeléctrico es esencial

para el país en la medida en que permitirá la masificación de banda ancha, la garantía

de continuidad de servicios de los usuarios y el desarrollo eficiente del mercado de

telecomunicaciones en Colombia. Esta se vuelve el derrotero fundamental que debe

guiar el plan de acción en materia de espectro.

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Esta visión enmarcó la consulta elevada por la ANE del Documento de Política ERE en

el pasado mes de junio de 2011; proceso de consulta que, con la consideración de los

comentarios del sector, sería la base para el establecimiento de la política de espectro

radioeléctrico desde la identificación de unos objetivos estratégicos sobre cuatro puntos:

(i) Perspectiva, planeación y gestión del ERE; (ii) Enfoque regulatorio y de Mercado; (iii)

Vigilancia y Control; (iv) Espectro para todos los colombianos. La consolidación y

expedición de la política ERE es el trabajo previo que debe desarrollar la ANE.

En el corto plazo (un año) se espera la asignación de concesiones en las bandas 1,7-

2,1 GHz y 2,5 GHz y, en el mediano plazo (3 años), de la banda de 700 MHz. Estos

procesos representan la potencial asignación de 240 MHz de espectro, una cantidad

mayor al total de 222,5 MHz de espectro móvil asignado hasta ahora en Colombia. En

vista de ello, este es un momento idóneo para la política de administración de espectro

en el país refleje una visión estratégica a largo plazo.

En la pasada consulta y en varias oportunidades hemos mostrado como el enfoque

regulatorio y de mercado es un vector esencial para la definición de una visión de largo

plazo de la política ERE, aspecto en el cual nos permitimos profundizar en el documento

adjunto.

RESPUESTA:

Los comentarios del sector recibidos en la consulta pública para definir la política del

ERE, fueron tomados en consideración, razón por la cual la estructura planeada

inicialmente en la consulta pública, se modificó con el propósito de responder

adecuadamente a las necesidades del sector en temas relacionados con la optimización

de procesos de asignación, la agilización al acceso del uso del ERE, el crecimiento de la

infraestructura, el uso eficiente del ERE, la armonización y gestión de conocimiento del

mismo, el desarrollo de la banda ancha, mejores prácticas en los procesos de vigilancia

y control del ERE, revisión de la normatividad respectiva y el ERE como soporte para la

innovación, desarrollo técnico, social y económico del país.

El documento final trabajado en conjunto con el Ministerio de TIC y que presenta la

Propuesta de modelo de política de espectro radioeléctrico para Colombia será

enviada al ministerio, quien tiene la potestad para decidir sobre su adopción y

posteriormente será publicado en la página WEB de la ANE para conocimiento de todo

el sector.

17. Con base en este análisis, insistimos, debe revisarse el impacto potencial

de la entrega adicional de espectro sobre la dinámica competitiva del mercado de

telecomunicaciones, ya que una posición establecida en el mercado de voz es la

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puerta de entrada para que un operador móvil sea fuerte en el mercado de acceso a

Internet. Si se utilizan las necesidades de los operadores como el principal criterio para

la entrega adicional de espectro, se genera un ciclo vicioso que contribuye a la

perpetuación de fallas existentes en los mercados de servicios minoristas y/o que

pueden contribuir al surgimiento de nuevos problemas.

RESPUESTA

Teniendo en cuenta que la asignación de espectro IMT podría tener alguna incidencia

en las condiciones del mercado, el Ministerio TIC, la CRC y la ANE hemos venido

trabajando en conjunto para el análisis y la definición de los requisitos para participar en

los procesos de asignación del espectro para IMT. Cada entidad, desde sus

competencias, experiencia y conocimientos apoyan a esta entidad para que la forma en

que se estructuran los procesos para asignación de los permisos resulten beneficios

para el sector y particularmente se vean reflejados en beneficios para el usuario final.

En complemento a lo anteriormente indicado, la estructuración de las requisitos de

participación en la asignación de espectro también tienen en cuenta los lineamientos y

objetivos del Plan Vive Digital, el cual, dentro de la dimensión Infraestructura del

Ecosistema Digital, incluye múltiples iniciativas orientadas a que los proveedores de

redes y servicios en Colombia cuenten con los insumos necesarios para cumplir con la

meta de número de conexiones a Internet y dentro de dichos insumos se encuentra el

acceso al espectro radioeléctrico.

18. Adicionalmente, consideramos que la ANE es un agente primordial en la

estructuración, concertación y comunicación de una política de despliegue de

infraestructura TIC, que en la medida en que compagine la competitividad regional, la

reducción de la pobreza, el desarrollo urbano, el papel fundamental de las TIC como

impulsor de la reducción de la brecha digital, puede efectivamente convertirse en un

derrotero a seguir por las entidades nacionales y territoriales y en una base para que los

operadores de telecomunicaciones podamos seguir colaborando en el progreso

urbanístico y en la penetración de servicios para la reducción de la brecha digital y

social. Este proyecto consideramos debe tener una disposición de recursos en tiempo y

personas por parte de la ANE y catalogarse como una acción prioritaria en su programa

de trabajo.

RESPUESTA

Teniendo en cuenta la importancia del despliegue de infraestructura TIC, La Agencia

Nacional del Espectro (ANE), el Ministerio de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones (Ministerio TIC) y la Comisión de Regulación de Comunicaciones

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(CRC), han decidió unir esfuerzos para construir con las autoridades locales y con la

comunidad, una estrategia que permita el despliegue de inhfraestructura a través de un

Código de Buenas Prácticas, a través del cual se busca que los municipios ajusten su

normatividad y procesos de forma que faciliten la obtención de permisos para la

instalación de infraestructura TIC.

19. Finalmente, un tema que consideramos que se vuelve primordial para que

puedan cumplirse los objetivos del Gobierno en la masificación de servicios, es la

determinación de medidas que faciliten los procesos de migración del espectro, lo

que conlleva a que el MINTIC adopte dentro del ámbito de sus facultades, como se ha

realizado previamente, medidas que faciliten la asunción de los costos de reubicación y

el desarrollo de los procesos de migración, lo que sin lugar a dudas redundará en que

dichos procesos tomen un tiempo menor, considerando adecuadamente los derechos y

perjuicios que puedan sufrir los adjudicatarios de permisos en el uso del espectro

radioeléctrico y permitiendo asegurar la continuidad del servicio a los usuarios,

obligación de la cual es garante el Estado.

RESPUESTA

El Ministerio TIC, con el apoyo de la ANE, ha venido adelantando actividades tendientes

a fijar las condiciones necesarias para garantizar la limpieza de las bandas de

frecuencias que son reubicadas de forma que la ejecución de estos procesos. Se prevé

que en la medida en que se definan nuevas bandas que requieren ser reubicadas se

definan los procesos de migración más adecuados y acordes con las características de

ocupación de dichas bandas.

COMENTARIOS PRESENTADOS POR MOBILE MANUFACTURERS FORUM

20. En la página 11, incluído en e) párrafo "Campos Electromagnéticos, Salud y

Medio Ambiente" como una delas actividades principales, llama nuestra tención el

punto "Modificación de Ia normatividad sobre campos electromagnéticos (Ene - Jun

2012)", que interpretamos como una propuesta para cambio de Ias normas actualmente

vigentes en Colombia.

Así, teniendo en cuenta Ia lectura del Plan de Acción mencionado y tomados de cierta

preocupación, nos gustaría poder hacer algunos comentarios:

• En 7 de Mayo de 2004 MMF tuvo oportunidad de participar de un Foro promovido por

el Gobierno Colombiano, en Bogotá. Este seguramente fue el primero paso concreto

para Ia discusión abierta del tema, cuando se presentó para discusión un Proyecto de

Decreto Normativo.

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Después de amplia discusión con los varios componentes del extracto social del país,

ese Proyecto de Decreto Normativo resultó en el Decreto 195 de 31 de enero de 2005,

que fijó los procedimientos y trámites que deben ser tenidos en cuenta por Ias empresas

de telecomunicaciones a Ia hora de instalar estaciones radioeléctricas, con el fin de

limitar Ia exposición de Ias personas a los campos electromagnéticos.

En Ia elaboración del decreto participaron los Ministerios de Medio Ambiente, Vivienda y

Desarrollo Territorial, Protección Social y Comunicaciones.

• Para Ia elaboración del decreto los Ministerios tuvieron en cuenta un estudio realizado

por Ia Universidad Javeriana sobre Ias principales nociones, conceptos, regulaciones

internacionales y recomendaciones en materia de radiación electromagnética producida

por servicios de telecomunicaciones.

EI estudio recomendó la adopción delos niveles de referencia de emisión de campos

definidos por Ia Comisión Internacional para la Protección de Ia Radiación lonizante,

ICNIRP (por sus siglas en inglés).

La ICNIRP es una entidad asesora de Ia Organización Mundial de la Salud (OMS), Ia

Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Ia Unión Europea. En 1998 expidió y

revisa con frecuencia las pautas para limitar la exposición a campos eléctricos,

magnéticos y electromagnéticos. Estos mismos: límites máximos de exposición fueron

adoptados por Ia Unión Internacional de Telecomunicaciones y expedidos en su

recomendación UIT-T K52.

Después de su definición en 1998, Ia recomendación formal inicial de Ia OMSIICNIRP

ha pasado por frecuentes revisiones de alto rigor científico y ha sido reiteradamente

confirmada.

• Desde 2004 Colombia ha seguido Ias normas y límites de exposición de Ia ICNIRP

recomendadas por Ia OMS, Ia mayor y más independiente autoridad internacional ligada

al tema y de Ia cual Colombia es miembro formal Después de esas revisiones Ia OMS,

así como otras organizaciones científicas internacionales independientes, sigue

afirmando textualmente que: 'Teniendo en cuenta los muy bajos niveles de exposición y

los resultados de investigaciones reunidos hasta el momento, no hay ninguna prueba

científica convincente de que Ias débiles señales de RF procedentes de Ias estaciones

de base y de tas redes inalámbricas tengan efectos adversos en Ia salud."

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• Los límites de exposición de IGNlRP recomendados por la OMS ya incluyen una

margine de seguridad de 50 veces, el que resulta de Ia adopción del Principio

Precautorio, aplicado cuando de su definición.

Las normas nacionales vigentes en Colombia están hoy en perfecta armonía con Ias

recomendaciones formales de Ia OMS, UIT - Unión Internacional de

Telecomunicaciones y CITEL - Comisión Interamericana de Telecomunicaciones.

• Más de 30 países en todo el mundo, incluyendo aquellos reconocidos como los más

avanzados en temas relacionados a la de salud y el medio ambiente, adoptaran y

mantienen las normas recomendadas por Ia OMS/lCN'IRP.

Considerando Ias observaciones arriba enunciadas, estamos seguros que Colombia

tiene hoy normas y límites avanzados, en perfecta consonancia con Ias últimas

revisiones elaboradas por organizaciones científicas reconocidas como Ia OMS, el que

torna desnecesaria la "Modificación de Ia Normatividad sobre campos

electromagnéticos" apuntada en el plan.

De Ia lectura del Plan nos fue posible notar una aparente y legitima preocupación con

una mayor diseminación de información sobre el tema, tanto al nivel del público en

general como de Ias autoridades federales, provinciales y municipales no

especializadas.

Hemos encontrado ese tipo de preocupación en varios países de latinoamérica y

proporcionado apoyo voluntario a sus respectivos oficiales de gobierno, para la

elaboración de bien sucedidos programas de actividades de comunicación.

Básicamente, eses programas consisten en visitas de científicos de Ia OMS -lCNIRP,

además de su intensiva exposición a los diferentes públicos interesados (oficiales

federales, provinciales, municipales, público en general), a través de seminarios

dirigidos y de los medios de comunicación social.

Nos colocamos a disposición de los oficiales de ANE y esperamos con interés por una

oportunidad para discutir en detalle nuestros comentarios.

RESPUESTA

Las actividades que se ha previsto llevar a cabo como parte del proyecto mencionado

obedecen a la necesidad de implementar mecanismos novedosos para llevar a cabo el

control de las radiaciones electromagnéticas con el concurso de las entidades

municipales y departamentales con el objetivo que su aplicación sea mucho más

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eficiente y unificada en todo el territorio. Con esto se busca promover el despliegue de

infraestructura y para ello se tiene como base la normatividad vigente sobre la materia.

COMENTARIOS PRESENTADOS POR NOKIA

21. En representación de Nokia Siemens Networks, nos gustaría de felicitar a la

Agencia Nacional del Espectro (ANE) por su iniciativa de elaborar un Plan de

Acción para el año de 2012, en actualización a las actividades del pasado Plan de

2011, alineado a las directrices presentadas en el Plan Vive Digital del Ministerio de

Tecnologías de Información y las Comunicaciones (MinTIC) para el periodo de 2010-

2014 con fines de soportar el desarrollo del sector de comunicaciones.

El espectro radioeléctrico es un insumo esencial en el desarrollo del sector de

comunicaciones móviles y notoriamente en la banda ancha móvil. La planeación

estratégica del uso eficiente del espectro a lo largo de los años refleja la seriedad del

trabajo del gobierno para garantizar la disponibilidad del espectro necesario para la

permanente evolución de las redes de comunicaciones y la masificación de sus

servicios, fundamentales en el desarrollo de las naciones.

La asignación de bandas IMT alineadas a la Unión Internacional de Telecomunicaciones

(UIT), permite el mejor uso del espectro, garantizando la existencia de desarrollos

tecnológicos futuros y las economías de escala que al final se traducen en menores

costos para los operadores y mejores tarifas para los usuarios, contribuyendo así a la

masificación del acceso en banda ancha móvil.

La clara definición de los planes de acción y estrategia de corto y mediano plazo para

las comunicaciones ofrece total transparencia al mercado, así como transmite seguridad

y confianza a los diferentes jugadores del mercado para que desarrollen con la

necesaria anticipación sus propios planes y proyectos, y de esta manera atiendan

óptimamente los requerimientos del gobierno.

Con relación al punto “Modificación de la normatividad sobre campos

electromagnéticos”, presentado en la página 11, como una de las principales

actividades a ser desarrollada hasta Junio de 2012, dentro del ítem “Campos

electromagnéticos, salud y medio ambiente” del numeral “1.2.2. Iniciativas estratégicas”,

mismo sin saber en detalles las implicaciones de la propuesta, gustaríamos de expresar

nuestros comentarios y preocupaciones:

· En 1998, la Comisión Internacional para la Protección de las Radiaciones No-

Ionizantes (ICNIRP), entidad asesora de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y

de la organización Internacional del Trabajo (OIT), publicó las pautas con los límites

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máximos seguros a los seres humanos con relación a la exposición a campos eléctricos,

magnéticos y electromagnéticos.

· Los límites de OMS/ICNIRP han incorporado el Principio de Precaución, incluyendo

una margen de seguridad de 50 veces, o sea, los límites máximos recomendados son

50 veces abajo del límite máximo seguro para los seres humanos.

· Desde 1998, periódicamente, la OMS/ICNIRP revisa los límites, cuyos valores han

sido confirmados a través de los años.

· Los mismos límites fueron adoptados por la Unión Internacional de telecomunicaciones

(UIT) en su Recomendación UIT-T K 52.

- La Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) por su Recomendación

12 del Comité Consultivo Permanente II (VI/2005) he también indicado la adopción de

los límites de OMS/ICNIRP por los países de las Américas. La mayoría de los países de

la región han seguido esta recomendación.

· Colombia sigue los límites de OMS/ICNIRP, alineada al estado de la arte de los

estudios realizados dentro del más alto rigor científico, siempre verificados

periódicamente.

Creemos por lo tanto que los límites máximos de emisiones electromagnéticas hoy

adoptados en Colombia no deberían ser cambiados.

Desde ya manifestamos nuestro interés en participar del congreso de espectro

organizado por la ANE bien como colaborar con el Comité Nacional del Espectro donde

sea posible.

RESPUESTA

Las actividades que se ha previsto llevar a cabo como parte del proyecto mencionado

obedecen a la necesidad de implementar mecanismos novedosos para llevar a cabo el

control de las radiaciones electromagnéticas con el concurso de las entidades

municipales y departamentales con el objetivo que su aplicación sea mucho más

eficiente y unificada en todo el territorio. Con esto se busca promover el despliegue de

infraestructura y para ello se tiene como base la normatividad vigente sobre la materia.