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Secretaría de Movilidad 1 Alcaldía de Envigado ¿V7,7 1 Q.Zn , UN COMPROMISO CON ENVIGADO RESOLUCION NÚMERO 0344 Marzo 19 del 2019 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA EL INCUMPLIMIENTO DE UNA FACILIDAD DE PAGO" ACUERDO DE PAGO No. 58726 FECHA: 7/6/2016 CONTRAVENTOR JHONATAN RENDON IDENTIFICACIÓN 1026155538 La Secretaria de Movilidad del Municipio de Envigado en uso de sus facultades legales, yen especial conferidas por la Ley 1551 de 2012, el artículo 52 de la Ley 336 de 1996, articulo 159 de la Ley 769 de 2002, modificado por el Artículo 206 del Decreto 19 de 2012, la Ley 1383 de 2010, artículos 814 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989), Ley 1437 de 2011, el artículo 59 de la Ley 788 de 2002, ley 1066 de 2006 y su Decreto Reglamentario No. 4473 de 2006, Ley 1607 de 2012, Acuerdo Municipal 062 de 2008 modificado por el Acuerdo 015 de 2013, Decreto 083 del 12 de febrero de 2016 y demás normas concordantes y, reglamentarias y CONSIDERANDO Que el (la) señor(a) JHONATAN RENDON, identificado(a) con cédula de ciudadanía No.1026155538, suscribió Acuerdo de Pago No. 58726 el 7/6/2016 por concepto de multas por infracciones de tránsito con la Secretaría de Movilidad de Envigado conforme con la siguiente financiación: OBLIGACIÓN VALOR CUOTA INI CIAL INICIAL ($) SALDO FINANCIADO ($) VALOR CUOTA MENSUAL ($) PLAZO (meses) $906257 $271877 $634380 52865 13 Que analizado el estado de cuenta del (la) señor(a) JHONATAN RENDON, en relación con el Acuerdo de Pago No. 58726 del 7/6/2016, se observa el incumplimiento por parte del infractor en 1 cuotas, incurriendo con ello en mora sin que hasta la fecha se haya efectuado el pago total de la obligación. Que por mandato del artículo 814-3 del Estatuto Tributario Nacional, cuando el beneficiario de una facilidad de pago dejare de pagar cualquiera de las cuotas fijadas en el acuerdo respectivo, se podrá mediante resolución declarar el incumplimiento de la facilidad de pago, dejar sin vigencia el plazo concedido y ordenar hacer efectiva las garantías hasta la concurrencia del saldo insoluto. Que mediante el Decreto 083 del 12 de febrero de 2016, el Alcalde Municipal de Envigado, delegó en la Secretaría de Hacienda, la función de cobro coactivo de las nalie 49 Sl./f 4P 2R - Avenírla las Verlas

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Secretaría de Movilidad 1

Alcaldía de Envigado

¿V7,71 Q.Zn,

UN COMPROMISO CON ENVIGADO

RESOLUCION NÚMERO 0344 Marzo 19 del 2019

"POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA EL INCUMPLIMIENTO DE UNA FACILIDAD DE PAGO"

ACUERDO DE PAGO No. 58726 FECHA: 7/6/2016

CONTRAVENTOR JHONATAN RENDON

IDENTIFICACIÓN 1026155538

La Secretaria de Movilidad del Municipio de Envigado en uso de sus facultades legales, yen especial conferidas por la Ley 1551 de 2012, el artículo 52 de la Ley 336 de 1996, articulo 159 de la Ley 769 de 2002, modificado por el Artículo 206 del Decreto 19 de 2012, la Ley 1383 de 2010, artículos 814 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989), Ley 1437 de 2011, el artículo 59 de la Ley 788 de 2002, ley 1066 de 2006 y su Decreto Reglamentario No. 4473 de 2006, Ley 1607 de 2012, Acuerdo Municipal 062 de 2008 modificado por el Acuerdo 015 de 2013, Decreto 083 del 12 de febrero de 2016 y demás normas concordantes y, reglamentarias y

CONSIDERANDO

Que el (la) señor(a) JHONATAN RENDON, identificado(a) con cédula de ciudadanía No.1026155538, suscribió Acuerdo de Pago No. 58726 el 7/6/2016 por concepto de multas por infracciones de tránsito con la Secretaría de Movilidad de Envigado conforme con la siguiente financiación:

OBLIGACIÓN VALOR CUOTA

INICIAL INICIAL ($)

SALDO FINANCIADO

($)

VALOR CUOTA

MENSUAL ($)

PLAZO (meses)

$906257 $271877 $634380 52865 13

Que analizado el estado de cuenta del (la) señor(a) JHONATAN RENDON, en relación con el Acuerdo de Pago No. 58726 del 7/6/2016, se observa el incumplimiento por parte del infractor en 1 cuotas, incurriendo con ello en mora sin que hasta la fecha se haya efectuado el pago total de la obligación.

Que por mandato del artículo 814-3 del Estatuto Tributario Nacional, cuando el beneficiario de una facilidad de pago dejare de pagar cualquiera de las cuotas fijadas en el acuerdo respectivo, se podrá mediante resolución declarar el incumplimiento de la facilidad de pago, dejar sin vigencia el plazo concedido y ordenar hacer efectiva las garantías hasta la concurrencia del saldo insoluto.

Que mediante el Decreto 083 del 12 de febrero de 2016, el Alcalde Municipal de Envigado, delegó en la Secretaría de Hacienda, la función de cobro coactivo de las

nalie 49 Sl./f 4P 2R - Avenírla las Verlas

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Alcaldía de Envigado Secretaria de Movilidad

Vi Vil UN COMPROMISO CON ENVIGADO

multas impuestas como consecuencia de la violación a las normas de tránsito Y transporte.

De conformidad con lo anterior, y considerando que el Acuerdo de Pago constituye una obligación clara, expresa y actualmente exigible, este Despacho:

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Declarar el incumplimiento del acuerdo de pago No. 58726 del 7/6/2016 por no cancelar en las respectivas fechas de vencimiento las obligaciones surgidas con posterioridad al otorgamiento de la facilidad de pago otorgado al señor(a) JHONATAN RENDON, identificado(a) con C.C.1026155538, por concepto de multas e Infracciones de tránsito y transporte y en consecuencia dejar sin vigencia el plazo concedido.

ARTICULO SEGUNDO: Ordenar que una vez notificado y en firme el presente acto administrativo, conforme con el Decreto Municipal No 083 del 12 de febrero de 2016, se remita a la Secretaría de Hacienda para el cobro coactivo del saldo insoluto de la obligación incumplida por valor de $52865, más los intereses moratorios causados a partir de la primera cuota incumplida y los que se lleguen a causar, hasta la fecha del pago del monto total adeudado, liquidados en aplicación al Artículo 635 del Estatuto Tributario Nacional.

ARTÍCULO TERCERO: Notificar personalmente o de no ser posible, por aviso, la presente resolución al deudor principal y al codeudor tal como lo establece el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra este procede el recurso de reposición ante el mismo funcionario que la profirió, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 814-3 del Estatuto Tributario Nacional.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

ANDRES FELIPE VILLEGAS GALLÓN Secretario de Movilidad

Elaboró: Marleny Sánchez Osorio/Protesional Universitaria

Calle 49 Sur 48 - 28 - Avenida Las Vegas Teléfono: 339 40 85

modidadgenvigado.gov.co Envigado - Colombia Código postal: 055422

www.envigado.gov.co

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Alcaldía de Envigado Secretada de Movilidad

UN COMPROMISO CON ENVIGADO

eOut

MUNICIPIO DE ENVIGADO SECRETARÍA DE MOVILIDAD NOTIFICACIÓN POR CORREO

Envigado, Abril 23 del 2019

Señor(a) JHONATAN RENDON CRA 50 N°108 B SUR -10 CALDAS

ASUNTO: Notificación por Correo Resolución que declara el incumplimiento de un Acuerdo de Pago.

No ACUERDO DE PAGO: 58726 de 7/6/2016 DEUDOR: JHONATAN RENDON C. C. N°: 1026155538

Mediante el presente se procede a notificar por correo la Resolución 0344 de Marzo 19 del 2019, por medio de la cual y según lo dispuesto por el artículo 814-3 del Estatuto Tributario, se declara el incumplimiento de un acuerdo de pago y se deja sin vigencia el plazo concedido.

Lo anterior, conforme al parágrafo 1 del artículo 565 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 45 de la ley 1111 de 2006.

Se anexa copia íntegra de la Resolución No 0344 de Marzo 19 del 2019, ante la cual procede Recurso de Reposición, dentro de los cinco (5) días siguientes a esta notificación.

Cordialmente,

DIANA LUCIA CUARTAS LEON. Dirección de Procesos Administrativos Secretaría de Movilidad Municipio de Envigado Proyecto MARLENY SANCHEZ OSORIO

Calle 49 Sur 48- 28i- Avenid' Vegas

Teléfono 40 85

movilidéd@envig Inv co Envigado - Colombia Cbdigo post55422

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OrNet

UN COMPROMISO CON ENVIGADO

MUNICIPIO DE ENVIGADO SECRETARÍA DE MOVILIDAD NOTIFICACIÓN POR CORREO

Envigado, Abril 23 del 2019

Señor(a) CODEUDOR: MAYRA ALEJANDRA GIRALDO DIRECCIÓN: CLLE 140 SUR N. 52-74 CIUDAD: CALDAS (ANT)

ASUNTO: Notificación por Correo Resolución que declara el incumplimiento de un Acuerdo de Pago.

No ACUERDO DE PAGO: 58726 de 7/6/2016 DEUDOR: JHONATAN RENDON C. C. N°: 1026155538

Mediante el presente se procede a notificar por correo la Resolución 0344 de Marzo 19 del 2019, por medio de la cual y según lo dispuesto por el artículo 814-3 del Estatuto Tributario, se declara el incumplimiento de un acuerdo de pago y se deja sin vigencia el plazo concedido.

Lo anterior, conforme al parágrafo 1 del artículo 565 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 45 de la ley 1111 de 2006.

Se anexa copia íntegra de la Resolución No 0344 de Marzo 19 del 2019, ante la cual procede Recurso de Reposición, dentro de los cinco (5) días siguientes a esta notificación.

Cordialmente,

DIANA LUCIA CUARTAS LEON. Dirección de Procesos Administrativos Secretaría de Movilidad Municipio de Envigado Proyecta MARLENY SANCHEZ OSORIO

Calle 49 Sur 48 - 28 - Avenida L ts Vegas Teléfono. 330 40 00

rnomlidade9envigac o goa có Envigado - Colombia Código postalf 055422

www.envigaclagf fa ce