urbanismo y medio ambiente: hacia un urbanismo sostenible

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URBANISMO Y MEDIO URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE URBANISMO SOSTENIBLE Estanislao Arana García Estanislao Arana García Universidad de Granada. Universidad de Granada. Garrigues Abogados. Garrigues Abogados.

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URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE. Estanislao Arana García Universidad de Granada. Garrigues Abogados. INTRODUCCIÓN. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

URBANISMO Y MEDIO URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLEURBANISMO SOSTENIBLE

Estanislao Arana GarcíaEstanislao Arana García

Universidad de Granada. Universidad de Granada. Garrigues Abogados.Garrigues Abogados.

Page 2: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN

- Objeto de la sesión: nuevo paradigma del urbanismo español. Frente al desarrollista el sostenible. Reflejo: Ley del Suelo estatal de 2008. Visión crítica.

- Piedra angular del moderno Derecho ambiental: Desarrollo sostenible.

- Desarrollo sostenibleDesarrollo sostenible: “Nuestro Desarrollo : “Nuestro Desarrollo Común” elaborado por la Comisión mundial del Común” elaborado por la Comisión mundial del medio ambiente y adoptado políticamente en medio ambiente y adoptado políticamente en la Conferencia de Naciones Unidas de Río de la Conferencia de Naciones Unidas de Río de Janeiro de 1992.Janeiro de 1992.

Page 3: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN

- Compromiso de actuación que exige replantear Compromiso de actuación que exige replantear las relaciones del hombre con el entorno en las relaciones del hombre con el entorno en que vive modificando muchas de las pautas de que vive modificando muchas de las pautas de actuación seguidas hasta ahora.actuación seguidas hasta ahora.

- No se trata de frenar el desarrollo económico No se trata de frenar el desarrollo económico del que depende en buena medida la mejora del que depende en buena medida la mejora de la calidad de vida y bienestar de la de la calidad de vida y bienestar de la población, sino de hacerlo de hacerlo población, sino de hacerlo de hacerlo compatible con la protección de los recursos compatible con la protección de los recursos naturales.naturales.

Page 4: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN

- Proyección sobre la ordenación Proyección sobre la ordenación territorial ya que ésta es “territorial ya que ésta es “la expresión la expresión de la política económica, social, de la política económica, social, cultural y ecológica de una cultural y ecológica de una sociedadsociedad” (Carta Europea de 1983). La ” (Carta Europea de 1983). La ordenación urbanística es la ordenación ordenación urbanística es la ordenación del territorio en un ámbito reducido del territorio en un ámbito reducido como el municipal.como el municipal.

Page 5: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN

- Muchos Muchos documentos a nivel europeodocumentos a nivel europeo muestran la creciente preocupación en muestran la creciente preocupación en instancias europeas por el instancias europeas por el establecimiento de criterios en materia establecimiento de criterios en materia de ordenación del territorio y urbanismo.de ordenación del territorio y urbanismo.

- En nuestro país: Ley del Suelo de 2007 y En nuestro país: Ley del Suelo de 2007 y Texto Refundido de 2008, además de las Texto Refundido de 2008, además de las diferentes leyes urbanísticas diferentes leyes urbanísticas autonómicas.autonómicas.

Page 6: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

GRANDES OBJETIVOS LS07 GRANDES OBJETIVOS LS07 Y TRLS08Y TRLS08

1.1. Asentar las políticas urbanas Asentar las políticas urbanas sobre la base de un desarrollo sobre la base de un desarrollo urbano sostenible. urbano sostenible.

2.2. Ampliar la Ampliar la transparencia y la transparencia y la participación ciudadanaparticipación ciudadana en la en la toma de decisiones y en el control toma de decisiones y en el control del urbanismodel urbanismo

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GRANDES OBJETIVOS LS07 GRANDES OBJETIVOS LS07 Y TRLS08Y TRLS08

3. Asegurar mayor oferta efectiva de 3. Asegurar mayor oferta efectiva de suelo para viviendas protegidas.suelo para viviendas protegidas.

4. Cambio del sistema de 4. Cambio del sistema de valoraciones del suelo.valoraciones del suelo.

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URBANISMO SOSTENIBLE

- Finales del S. XX comienzo a hablar de urbanismo europeo dominado por la idea de la sostenibilidad = ciudad sostenible. Soft law pero muy indicativo.

- Desarrollo sostenible (origen) = = ““desarrollo que satisface las necesidades de desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente sin comprometer la la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidadessatisfacer sus propias necesidades” (” (Informe Brutland 1987). ).

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URBANISMO SOSTENIBLE

Consecuencias relevantes en el urbanismo y que se refieren a:

a) Metodología de la planificación (más estratégica y participativa).

b) Objetivos de la ordenación = más conservacionistas, plurifuncionalistas y multiculturales.

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URBANISMO SOSTENIBLE

- Esta idea se traslada al urbanismo, Esta idea se traslada al urbanismo, entendiendo que el modelo urbanístico entendiendo que el modelo urbanístico actual, además de consumir mucho actual, además de consumir mucho recurso natural “suelo” conlleva otra recurso natural “suelo” conlleva otra serie de externalidades negativas para serie de externalidades negativas para el medio ambiente.el medio ambiente.

- Ej. En Andalucía = POTA. Tensión Ej. En Andalucía = POTA. Tensión desarrollo-medio ambiente = Decreto desarrollo-medio ambiente = Decreto 11/2008, de 22 de enero.11/2008, de 22 de enero.

Page 11: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

URBANISMO SOSTENIBLE

- - Objetivo del urbanismo sostenible = = Intento de recuperar la ciudad tradicional continental frente a “macdonalización” de las ciudades:

a)a) Densa,Densa,b)b) Acceso más económico y con menos Acceso más económico y con menos

distancias entre servicios y entre distancias entre servicios y entre vivienda, ocio y trabajo,vivienda, ocio y trabajo,

c)c) Más económica desde el punto de vista Más económica desde el punto de vista energético (transportes, servicios…)energético (transportes, servicios…)

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URBANISMO SOSTENIBLE

- Dos circunstancias jurídicas colaboran:

a)a) Estándares urbanísticos de baja Estándares urbanísticos de baja densidaddensidad (alturas mínimas de 3 (alturas mínimas de 3 pisos, nº de zonas verdes pisos, nº de zonas verdes elevado). Población y mercado. elevado). Población y mercado.

b) Concepción liberal del suelo urbanizable (carácter residual). (carácter residual).

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URBANISMO SOSTENIBLE

-- Se ha urbanizado y edificado más que nunca pero los Se ha urbanizado y edificado más que nunca pero los precios han subido mucho (500% el suelo desde precios han subido mucho (500% el suelo desde 1998). Desde 1990 al 2005 el suelo urbanizado ha 1998). Desde 1990 al 2005 el suelo urbanizado ha crecido un 30% (algunas CCAA 50%).crecido un 30% (algunas CCAA 50%).

- El ensanche o la expansión urbana han presidido el El ensanche o la expansión urbana han presidido el planeamiento urbanístico durante toda la segunda planeamiento urbanístico durante toda la segunda mitad del Siglo XX (número de viviendas construidas mitad del Siglo XX (número de viviendas construidas en un municipio = índice para medir la prosperidad y en un municipio = índice para medir la prosperidad y dinamismo).dinamismo).

- Visión desarrollista a ultranza que hay que poner en Visión desarrollista a ultranza que hay que poner en cuestión con criterios de sostenibilidad.cuestión con criterios de sostenibilidad.

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URBANISMO SOSTENIBLE

- Uno de los principales argumentos de la nueva Ley = urbanismo sostenible. Repleto de referencias ambientales (retóricas y sustanciales).

- Estado ha encontrado un nuevo título competencial sectorial para regular e incidir, a través de la planificación, en el urbanismo (149.1.23 CE).

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URBANISMO SOSTENIBLEURBANISMO SOSTENIBLE

- Fundamento de la Ley (Art. 2) = toda política pública de suelo tiene como fin común la utilización conforme al interés general y conforme al principio del desarrollo sostenible (muchas leyes autonómicas del suelo contienen el mismo principio, por cierto, constitucional, sin que los efectos sean palpables).

- Al margen de principios programáticos o de Al margen de principios programáticos o de soft lawsoft law, auténticas , auténticas normas de ius cogens en en materia ambiental:materia ambiental:

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URBANISMO SOSTENIBLEURBANISMO SOSTENIBLE- CRITERIOS SOBRE LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO:A) Conversión en suelo urbanizable sólo el necesario y

preservar el resto como suelo rural (Art. 10 a). B)B) Además, el Art. 12.1 a) excluye del proceso urbanizador Además, el Art. 12.1 a) excluye del proceso urbanizador

una serie de terrenos por su exclusivo valor ambiental.una serie de terrenos por su exclusivo valor ambiental.C) Art. 13.4 (introducido al final de la tramitación de la (introducido al final de la tramitación de la

Ley por enmienda en el Senado): No es posible reducir Ley por enmienda en el Senado): No es posible reducir la delimitación de espacios protegidos o de espacios la delimitación de espacios protegidos o de espacios incluidos en la Red Natura 2000 salvo por causas incluidos en la Red Natura 2000 salvo por causas naturales científicamente probadas.naturales científicamente probadas.

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URBANISMO SOSTENIBLE

Artículo 15:

• Sometimiento obligatorio a evaluación ambiental estratégica y su seguimiento.

• Mapa de riesgos naturales.• Informes sectoriales obligatorios (aguas,

costas, carreteras y otras infraestructuras).• Informe de sostenibilidad económica.

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URBANISMO SOSTENIBLE: EAE

• Art. 15 = obligatoriedad de todo = obligatoriedad de todo instrumento de Ordenación Territorial y instrumento de Ordenación Territorial y de Ordenación Urbanística de contar con de Ordenación Urbanística de contar con el debido sometimiento a evaluación el debido sometimiento a evaluación ambiental estratégica.ambiental estratégica.

YA ERA UN TRÁMITE OBLIGATORIO YA ERA UN TRÁMITE OBLIGATORIO DESDE APROBACIÓN DE LEY 9/2006DESDE APROBACIÓN DE LEY 9/2006

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URBANISMO SOSTENIBLE: EAE

- EAE = técnica de prevención ambiental = técnica de prevención ambiental aplicada a la actividad planificadora o aplicada a la actividad planificadora o programadora que llevan a cabo los programadora que llevan a cabo los poderes públicos (AAPP y Legislativo). poderes públicos (AAPP y Legislativo).

- Generación de información científica Generación de información científica fiable sobre los efectos de una acción fiable sobre los efectos de una acción para que se tome en cuenta en la toma para que se tome en cuenta en la toma de la decisión.de la decisión.

- Es la dimensión procesal del urbanismo Es la dimensión procesal del urbanismo sostenible.sostenible.

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URBANISMO SOSTENIBLE: EAE

- EAE:• Planes y Programas. Es decir, se evalúa el Planes y Programas. Es decir, se evalúa el

marco previo de los proyectos que después marco previo de los proyectos que después se someterán a EIA (planes hidrológicos, se someterán a EIA (planes hidrológicos, carreteras…). “carreteras…). “Todavía se está a tiempo”Todavía se está a tiempo”

• Estratégica = a largo plazo.Estratégica = a largo plazo.• Fundamentos:a)a) Principio de cautelaPrincipio de cautelab)b) Principio de acción preventivaPrincipio de acción preventiva

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URBANISMO SOSTENIBLE: EAE

- Problemas que tiene la EIA y que trata de corregir la EAE:

• Evalúa efectos individuales de un proyecto (no Evalúa efectos individuales de un proyecto (no indirectos ni acumulados). Integración de indirectos ni acumulados). Integración de problemas ambientales con factores problemas ambientales con factores económicos y sociales no se evalúan bien al económicos y sociales no se evalúan bien al tener carácter de proyecto. El proyecto tiene tener carácter de proyecto. El proyecto tiene en cuenta magnitudes físicas, empíricas. La en cuenta magnitudes físicas, empíricas. La evaluación del plan tiene que tener en cuenta evaluación del plan tiene que tener en cuenta factores sociales (movilidad, seguridad, factores sociales (movilidad, seguridad, tranquilidad, accesibilidad, paisaje, cohesión tranquilidad, accesibilidad, paisaje, cohesión social, etc).social, etc).

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URBANISMO SOSTENIBLE: EAE

• No da alternativas. Importancia No da alternativas. Importancia alternativa 0.alternativa 0.

• No determina efectos globales No determina efectos globales (efecto invernadero, capa de (efecto invernadero, capa de ozono, agua, suelo).ozono, agua, suelo).

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URBANISMO SOSTENIBLE: EAE

• La evaluación de impacto de proyectos La evaluación de impacto de proyectos determina sobre todo el establecimiento de determina sobre todo el establecimiento de “condiciones” y “medidas correctoras”, de tipo “condiciones” y “medidas correctoras”, de tipo técnico, por parte del órgano ambiental. Sin técnico, por parte del órgano ambiental. Sin embargo, la evaluación de planes puede tener embargo, la evaluación de planes puede tener que asomarse a la directriz o modelo de que asomarse a la directriz o modelo de desarrollo urbanístico en su conjunto, y las desarrollo urbanístico en su conjunto, y las “condiciones” que se establezcan como “condiciones” que se establezcan como consecuencia del proceso evaluatorio deben consecuencia del proceso evaluatorio deben tener menor grado de concreción empírica.tener menor grado de concreción empírica.

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URBANISMO SOSTENIBLE: EAE

- Régimen jurídico:• Directiva de 2001.Directiva de 2001.• Ley del Estado 9/2006.Ley del Estado 9/2006.• Legislación autonómica (Castilla y León Legislación autonómica (Castilla y León

–Ley 8/94-, Castilla La Mancha –Ley –Ley 8/94-, Castilla La Mancha –Ley 5/99-).5/99-).

• Andalucía: Ley 7/2007 (GICA), : Ley 7/2007 (GICA), Transitoriamente el Decreto 292/95 Transitoriamente el Decreto 292/95

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ESQUEMA LEY 9/2006

- Órganos competentes:a)a) Sustantivo o promotorSustantivo o promotor (elabora y (elabora y

aprueba el Plan).aprueba el Plan).b)b) AmbientalAmbiental. Es el que dentro de la . Es el que dentro de la

Administración sustantiva vele por Administración sustantiva vele por aspectos ambientales del Plan. En aspectos ambientales del Plan. En planes urbanísticos, legislación planes urbanísticos, legislación autonómica. Andalucía: Ayuntamientos autonómica. Andalucía: Ayuntamientos y Consejería de Medio ambiente.y Consejería de Medio ambiente.

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ESQUEMA LEY 9/2006

- Procedimiento EAE = procedimiento administrativo (supletoriamente LPC).(supletoriamente LPC).

- Trámites obligatorios::

1.1. Fase preliminar = determinación del Fase preliminar = determinación del alcance del informe de sostenibilidad alcance del informe de sostenibilidad ambiental.ambiental.

2.2. Informe sostenibilidad ambiental.Informe sostenibilidad ambiental.

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ESQUEMA LEY 9/2006

3. Celebración de consultas.3. Celebración de consultas.

4. Memoria ambiental.4. Memoria ambiental.

5. Consideración de la evaluación en 5. Consideración de la evaluación en la propuesta de plan.la propuesta de plan.

6. Publicidad de la información.6. Publicidad de la información.

7. Seguimiento.7. Seguimiento.

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ESQUEMA LEY 9/2006

1.1. Fase preliminar = determinación del alcance Fase preliminar = determinación del alcance del informe de sostenibilidad ambientaldel informe de sostenibilidad ambiental

- Instancias del promotor.Instancias del promotor.- Documento con boceto o líneas maestras del Documento con boceto o líneas maestras del

Plan.Plan.- Se identificaría con el avance del plan.Se identificaría con el avance del plan.- Instrucción por órgano ambiental que Instrucción por órgano ambiental que

determinará y consultará a las AAPP y al determinará y consultará a las AAPP y al público interesado.público interesado.

- Tras consultas, el órgano ambiental = Tras consultas, el órgano ambiental = documento de referencia.documento de referencia.

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ESQUEMA LEY 9/2006

2. 2. Informe sostenibilidad ambientalInforme sostenibilidad ambiental..- A la vista del documento de A la vista del documento de

referencia, el promotor elaborará referencia, el promotor elaborará el ISA.el ISA.

- Aquí se incluye el mapa de Aquí se incluye el mapa de riesgos naturales. riesgos naturales.

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ESQUEMA LEY 9/2006

3. 3. Celebración de consultasCelebración de consultas..- El ISA pasa a ser un documento El ISA pasa a ser un documento

esencial que acompañará al Plan. Se esencial que acompañará al Plan. Se someterá a información pública someterá a información pública (mínimo 45 días): a) Aprobación inicial (mínimo 45 días): a) Aprobación inicial del Plan y b) el ISA.del Plan y b) el ISA.

- Petición de tres informes con carácter Petición de tres informes con carácter determinante.determinante.

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ESQUEMA LEY 9/2006

4. 4. Memoria ambientalMemoria ambiental..- Elaboración de una memoria en la que Elaboración de una memoria en la que

se valorarán la integración de los se valorarán la integración de los aspectos ambientales en el proyecto de aspectos ambientales en el proyecto de plan, cómo se han tenido en cuenta las plan, cómo se han tenido en cuenta las consultas, la calidad del ISA y la consultas, la calidad del ISA y la previsión de los impactos significativos previsión de los impactos significativos del Plan. del Plan.

- Ideal = elaboración conjunta entre Ideal = elaboración conjunta entre órgano ambiental y promotor (caso órgano ambiental y promotor (caso Estado, remisión legislación CCAA).Estado, remisión legislación CCAA).

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ESQUEMA LEY 9/2006

5. 5. Consideración de la evaluación en la Consideración de la evaluación en la propuesta de planpropuesta de plan. .

- El órgano ambiental deberá El órgano ambiental deberá pronunciarse sobre la memoria pronunciarse sobre la memoria ambiental antes de aprobación inicial ambiental antes de aprobación inicial del Plan.del Plan.

- Trámite preceptivo.Trámite preceptivo.- Con esta toma en consideración el Con esta toma en consideración el

órgano promotor elaborará propuesta órgano promotor elaborará propuesta de plan que ya se podrá aprobar de plan que ya se podrá aprobar provisionalmente.provisionalmente.

Page 33: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

ESQUEMA LEY 9/2006

6. 6. PublicidadPublicidad..- Aprobado el Plan el promotor pondrá a Aprobado el Plan el promotor pondrá a

disposición del órgano ambiental, de AAPP disposición del órgano ambiental, de AAPP afectadas, del público y de los Estados afectadas, del público y de los Estados miembros:miembros:

• Plan aprobado.Plan aprobado.• Un resumen de cómo se han integrado los Un resumen de cómo se han integrado los

aspectos ambientales y las razones de esta aspectos ambientales y las razones de esta elección.elección.

• Medidas de seguimiento.Medidas de seguimiento.• Resumen no técnico.Resumen no técnico.

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ESQUEMA LEY 9/2006

7. 7. Seguimiento.Seguimiento.

- El órgano promotor, con - El órgano promotor, con participación del ambiental, participación del ambiental, realizarán un seguimiento de los realizarán un seguimiento de los efectos al medio ambiente de la efectos al medio ambiente de la ejecución o aplicación del Plan para ejecución o aplicación del Plan para identificar los efectos adversos y identificar los efectos adversos y no previstos.no previstos.

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EFECTOS PREVISIBLES DE EFECTOS PREVISIBLES DE OMISIÓN DE EAEOMISIÓN DE EAE

- No ha habido tiempo para existencia de No ha habido tiempo para existencia de jurisprudencia aquilatada sobre EAE. jurisprudencia aquilatada sobre EAE.

- Ejemplo reciente = STSJ Cantabria de Ejemplo reciente = STSJ Cantabria de 17-1-2008. 17-1-2008. Nulidad de pleno Derecho de Normas Urbanísticas Regionales por de Normas Urbanísticas Regionales por no haber realizado correctamente el no haber realizado correctamente el trámite de información pública de una trámite de información pública de una EAE (Efecto directo de la Directiva EAE (Efecto directo de la Directiva 2001).2001).

Page 36: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

EFECTOS PREVISIBLES DE EFECTOS PREVISIBLES DE OMISIÓN DE EAEOMISIÓN DE EAE

- Otra cuestión interesante es la del carácter de acto de Otra cuestión interesante es la del carácter de acto de trámite de la declaración de impacto ambiental a los trámite de la declaración de impacto ambiental a los efectos de su impugnación o no de manera efectos de su impugnación o no de manera independiente. A pesar de que la doctrina jurisprudencial independiente. A pesar de que la doctrina jurisprudencial mayoritaria pasa por considerarlo acto de trámite no mayoritaria pasa por considerarlo acto de trámite no impugnable de manera independiente, la Sentencia del impugnable de manera independiente, la Sentencia del TSJ de Andalucía de 7 de marzo de 2006 que resuelve un TSJ de Andalucía de 7 de marzo de 2006 que resuelve un recurso interpuesto contra la aprobación definitiva de recurso interpuesto contra la aprobación definitiva de unas NNSS de Ayamonte. Consideró impugnable unas NNSS de Ayamonte. Consideró impugnable autónomamente la Declaración de impacto ambiental.autónomamente la Declaración de impacto ambiental.

Page 37: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

ESQUEMA LEY 9/2006

- Relaciones EAE y EIA (Disp. Adicional 3ª)

• EAE no excluye EIA (Art. 15.1 EAE no excluye EIA (Art. 15.1 LS07).LS07).

• EAE “se tendrá en cuenta” en EIA.EAE “se tendrá en cuenta” en EIA.

Page 38: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

LEGISLACIÓN ANDALUZA

- LEY 7/2007 DE GESTIÓN INTEGRADA DE - LEY 7/2007 DE GESTIÓN INTEGRADA DE LA CALIDAD AMBIENTAL.LA CALIDAD AMBIENTAL.

- Planes urbanísticos = Art. 40.- Planes urbanísticos = Art. 40.- Desarrollo: en vigor transitoriamente el en vigor transitoriamente el

Decreto 292/1995: evaluación ambiental Decreto 292/1995: evaluación ambiental de planes y programas (urbanísticos y de planes y programas (urbanísticos y de infraestructuras físicas –carreteras, de infraestructuras físicas –carreteras, puertos y aeropuertos-).puertos y aeropuertos-).

Page 39: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

LEGISLACIÓN ANDALUZA

- Anexo I de la GICA concreta más - Anexo I de la GICA concreta más que la legislación anterior los que la legislación anterior los planes sometidos a Evaluación planes sometidos a Evaluación ambiental: ambiental:

Page 40: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

LEGISLACIÓN ANDALUZALEGISLACIÓN ANDALUZA

• 12.3. Planes Generales de Ordenación 12.3. Planes Generales de Ordenación Urbanística, así como las innovaciones Urbanística, así como las innovaciones que afecten al suelo no urbanizable.que afecten al suelo no urbanizable.

• 12.4. Planes de Ordenación 12.4. Planes de Ordenación Intermunicipal así como sus Intermunicipal así como sus innovaciones.innovaciones.

• 12.5. Planes Especiales que puedan 12.5. Planes Especiales que puedan afectar al suelo no urbanizable. afectar al suelo no urbanizable.

Page 41: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

LEGISLACIÓN ANDALUZALEGISLACIÓN ANDALUZA

• 12.6. Planes de sectorización.12.6. Planes de sectorización.• 12.7. Planes de desarrollo del 12.7. Planes de desarrollo del

planeamiento general urbanístico planeamiento general urbanístico cuando éste último no haya sido objeto cuando éste último no haya sido objeto de evaluación de impacto ambientalde evaluación de impacto ambiental

• 12.8. Proyectos de urbanización que 12.8. Proyectos de urbanización que deriven de planes de desarrollo no deriven de planes de desarrollo no sometidos a evaluación de impacto sometidos a evaluación de impacto ambiental ambiental

Page 42: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

LEGISLACIÓN ANDALUZA

- PROBLEMAS DE COMPATIBILIDAD DE LA LGICA CON LA LEY 9/2006

• el artículo 40 parte como primer documento ambiental, de un estudio de impacto ambiental que es la base de la evaluación de impacto ambiental.

• No se aplica la metodología ni la mentalidad de la evaluación ambiental estratégica ya que la misma no se produce en el origen mismo del plan sino a posteriori y sobre la base de un estudio de impacto ambiental.

Page 43: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

LEGISLACIÓN ANDALUZA• Se elude la elaboración conjunta de la memoria Se elude la elaboración conjunta de la memoria

ambiental (Art. 12.3 LEAE).ambiental (Art. 12.3 LEAE).• Falta de consultas a AAPP afectadas, al público y al Falta de consultas a AAPP afectadas, al público y al

público interesado. Trámite esencial (STSJ Cantabria de público interesado. Trámite esencial (STSJ Cantabria de 17-01-08 anula las normas Urbanísticas Regionales por 17-01-08 anula las normas Urbanísticas Regionales por insuficiencia del trámite de audiencia en la elaboración insuficiencia del trámite de audiencia en la elaboración de la EAE).de la EAE).

• Es un Es un totum revolutumtotum revolutum, los planes más generales , los planes más generales debería de ir a EAE y los más concretos a EIA.debería de ir a EAE y los más concretos a EIA.

• Se trata de una simple adaptación de la técnica de la EIA a un ámbito que necesariamente requiere EAE.

Page 44: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

MAPA DE RIESGOS NATURALES

- Contenido obligatorio del informe de sostenibilidad ambiental: mapa mapa de riesgos naturales del ámbito de de riesgos naturales del ámbito de ordenación (Art. 15.2).ordenación (Art. 15.2).

- Novedad necesaria: “La ocupación del “La ocupación del suelo para uso residencial debe hacerse suelo para uso residencial debe hacerse de acuerdo con los imperativos de acuerdo con los imperativos naturales”naturales” (Martín Mateo). (Martín Mateo).

Page 45: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

MAPA DE RIESGOS NATURALES

- Ordenación del territorio y planificación urbanística sirven como mecanismos de prevención de riesgos (naturales y antropógenos).

- Regla tradicional vigente = declaración como suelo no urbanizable el que cuente con riesgos naturales (Art. 9.1 LS98 y 46 i) LOUA).

Page 46: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

MAPA DE RIESGOS NATURALES

- No suficiente con declaración de SON: : ¿qué es un riesgo natural?, ¿cómo se ¿qué es un riesgo natural?, ¿cómo se determina?. Mapa de riesgos naturales determina?. Mapa de riesgos naturales debe servir de ayuda a esas dos grandes debe servir de ayuda a esas dos grandes dudas.dudas.

- Hasta ahora Hasta ahora los previsibles son: son: inundaciones, incendios, erosión, inundaciones, incendios, erosión, desprendimientos, corrimientos de desprendimientos, corrimientos de tierra.tierra.

Page 47: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

MAPA DE RIESGOS NATURALES

- Más desarrollo normativo hasta la fecha = riesgos de inundación = riesgos de inundación (Directriz de 1995 sobre protección (Directriz de 1995 sobre protección civil en caso de riesgos de civil en caso de riesgos de inundaciones).inundaciones).

Page 48: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

MAPA DE RIESGOS NATURALES

- CA más “preparada” = = ValenciaValencia. . Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (Ley 4/2004); Plan de Acción Territorial para la prevención del riesgo de inundaciones (PATRICOVA) de 2003 y Ley del Suelo No urbanizable de 2004:

• Vinculación para la planificación urbanística.

• Estudios de inundabilidad

Page 49: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

MAPA DE RIESGOS NATURALES

- Luego, Art. 15.2 bien pero Luego, Art. 15.2 bien pero necesidad de mayor concreción (sectorial y autonómica): ¿vinculación jurídica del ¿vinculación jurídica del mapa sobre la planificación urbanística?.mapa sobre la planificación urbanística?.

- Sólo los informes del 15.3 son Sólo los informes del 15.3 son determinantes para la memoria determinantes para la memoria ambiental, luego el 15.2 ambiental, luego el 15.2 ¿brindis al sol?. Como mínimo motivación.

Page 50: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

OTROS INFORMES

- - Art. 15.3 menciona otros informes con menciona otros informes con incidencia ambiental como obligatorios “si ya incidencia ambiental como obligatorios “si ya eran preceptivos”?. No mención de otros como eran preceptivos”?. No mención de otros como vías pecuarias o aviación civil. Informes que vías pecuarias o aviación civil. Informes que serán serán determinantesdeterminantes para la memoria para la memoria ambiental (discrepancia motivada e ambiental (discrepancia motivada e interrupción de plazos de resto trámites hasta interrupción de plazos de resto trámites hasta que no se emita –Art. 83.3 c) LPC):que no se emita –Art. 83.3 c) LPC):

• Aguas.Aguas.• Costas.Costas.• Infraestructuras (carreteras, Infraestructuras (carreteras,

telecomunicaciones).telecomunicaciones).

Page 51: URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: HACIA UN URBANISMO SOSTENIBLE

INFORME AGUAS

- Obligatoriedad de informe de la Obligatoriedad de informe de la Administración hidráulica sobre:Administración hidráulica sobre:

A) Existencia de recursos hídricos A) Existencia de recursos hídricos necesarios para satisfacer nuevas necesarios para satisfacer nuevas demandas.demandas.

B) Protección del dominio público B) Protección del dominio público hidráulico.hidráulico.

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INFORME AGUAS

• Informe de la Confederación hidrográfica: ya es obligatorio en : ya es obligatorio en virtud del Art. 25.4 de la Ley de virtud del Art. 25.4 de la Ley de Aguas de 2001 (redacción actual Aguas de 2001 (redacción actual de 2005). Silencio administrativo de 2005). Silencio administrativo negativo.negativo.

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INFORME AGUAS

• ObligatorioObligatorio (Auto TSJ Valencia de 19-1- (Auto TSJ Valencia de 19-1-07 suspende eficacia Plan Parcial por 07 suspende eficacia Plan Parcial por ausencia de informe). ausencia de informe). ¿Vinculante?:¿Vinculante?: No No si atendemos a la regla general del Art. si atendemos a la regla general del Art. 83.1 LPC (salvo disposición en contra, 83.1 LPC (salvo disposición en contra, serán facultativos y no vinculantes). Sí si serán facultativos y no vinculantes). Sí si entendemos que deriva de planes entendemos que deriva de planes hidrológicos que son públicos y hidrológicos que son públicos y vinculantes.vinculantes.

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INFORME COSTAS

- Necesidad de informe de la Necesidad de informe de la Administración de Costas (Estado) Administración de Costas (Estado) sobre el deslinde y la protección sobre el deslinde y la protección del dominio público marítimo-del dominio público marítimo-terrestre, en su caso. terrestre, en su caso.

- Informe ya obligatorio y vinculante Informe ya obligatorio y vinculante según el Art. 112 a) de la Ley de según el Art. 112 a) de la Ley de Costas de 1988.Costas de 1988.

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INFORMES INFRAESTRUCTURAS

- Informes de las Administraciones - Informes de las Administraciones competentes sobre el impacto de competentes sobre el impacto de la actuación urbanística prevista en la actuación urbanística prevista en la capacidad de servicio de las la capacidad de servicio de las infraestructuras, por ejemplo, de infraestructuras, por ejemplo, de carreteras o de carreteras o de telecomunicacionestelecomunicaciones..

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INFORME CARRETERAS

- La legislación de carreteras prevé ya la La legislación de carreteras prevé ya la necesidad de informe ante la redacción necesidad de informe ante la redacción o modificación de un plan:o modificación de un plan:

* * Art. 35 de la Ley 8/2001 de Carreteras de Andalucía. Tras aprobación inicial, Tras aprobación inicial, iinforme vinculantenforme vinculante de la Consejería de la Consejería competente en el plazo de un mes.competente en el plazo de un mes.

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INFORME CARRETERAS

• Art. 10 de la Ley 25/1988 de Carreteras y Caminos del Estado. Antes de aprobación inicial. Antes de aprobación inicial. Carácter vinculante. Plazo de un Carácter vinculante. Plazo de un mes. Silencio positivo.mes. Silencio positivo.

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INFORME TELECOMUNICACIONES

- - Art. 26 de la Ley 32/2003 de Telecomunicaciones establece la establece la obligatoriedad de informe del obligatoriedad de informe del órgano competente del Ministerio órgano competente del Ministerio de Fomento acerca de las de Fomento acerca de las necesidades de redes públicas de necesidades de redes públicas de telecomunicaciones. Informe telecomunicaciones. Informe vinculante.vinculante.

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SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

- Además de los anteriores informes Además de los anteriores informes “ambientales” y de infraestructuras, “ambientales” y de infraestructuras, Art. 15.4 exige informe o memoria de exige informe o memoria de sostenibilidad económica sobre el sostenibilidad económica sobre el impacto de la actuación urbanística en impacto de la actuación urbanística en las Haciendas afectadas por las Haciendas afectadas por implantación y mantenimiento de implantación y mantenimiento de infraestructuras y servicios:infraestructuras y servicios:

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SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

• Es más que asegurar la propia viabilidad Es más que asegurar la propia viabilidad económica del Plan.económica del Plan.

• Se quiere romper con modelo liberalizador del Se quiere romper con modelo liberalizador del suelo.suelo.

• No sólo hay que asegurar conexiones No sólo hay que asegurar conexiones urbanísticas a sistemas generales sino afrontar urbanísticas a sistemas generales sino afrontar externalidades que el crecimiento urbanístico externalidades que el crecimiento urbanístico genera.genera.

• La urbanización dispersa agrava este La urbanización dispersa agrava este problema.problema.

• Modelo europeo de desarrollo urbano Modelo europeo de desarrollo urbano sostenible.sostenible.

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SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

- Contenido novedoso. Problema grave en . Problema grave en numerosos municipios, sobre todo, turísticos.numerosos municipios, sobre todo, turísticos.

- Hasta ahora, en la documentación del plan, Hasta ahora, en la documentación del plan, estudio económico-financiero del Art. 42 RPU y estudio económico-financiero del Art. 42 RPU y Art. 19.1 a) 3ª LOUA. Ahora se intensifica. Art. 19.1 a) 3ª LOUA. Ahora se intensifica. Puede ser parte de él.Puede ser parte de él.

- Infraestructuras: hidráulicas, transporte, : hidráulicas, transporte, telecomunicaciones…telecomunicaciones…

- Servicios: educativos, sanitarios, deportivos…: educativos, sanitarios, deportivos…

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SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

- Se quiere garantizar que el planificador - Se quiere garantizar que el planificador ha tomado en consideración los costes y ha tomado en consideración los costes y los recursos económicos disponibles a la los recursos económicos disponibles a la hora de elegir una determinada hora de elegir una determinada ordenación territorial y que no ha ordenación territorial y que no ha optado por un modelo que luego resulte optado por un modelo que luego resulte irrealizable por razones económicas.irrealizable por razones económicas.

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SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

- Además, el informe se pronunciará - Además, el informe se pronunciará sobre la sobre la suficiencia y calidad de los suelos productivos. No se . No se quieren ciudades meramente quieren ciudades meramente residenciales, compatibilidad de residenciales, compatibilidad de usos, también usos productivos usos, también usos productivos (industriales, agrícolas…).(industriales, agrícolas…).

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SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

• La STS de 22 de febrero de 2005 ya La STS de 22 de febrero de 2005 ya había insistido en la necesidad de había insistido en la necesidad de realzar el valor de los Estudios realzar el valor de los Estudios Económico-Financieros (anula Económico-Financieros (anula aprobación Plan General municipio aprobación Plan General municipio gallego por insuficiencia del estudio gallego por insuficiencia del estudio económico-financiero).económico-financiero).

• Otra línea jcial no lo exige para Otra línea jcial no lo exige para modificaciones puntuales (STS de 21-06-modificaciones puntuales (STS de 21-06-2001).2001).

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SEGUIMIENTO SOSTENIBILIDAD

- Necesidad de realizar un informe Necesidad de realizar un informe de seguimiento de la ejecución de seguimiento de la ejecución urbanística desde el punto de vista urbanística desde el punto de vista de la sostenibilidad ambiental y de la sostenibilidad ambiental y económica (económica (Art. 15.5):):

• Elevación al órgano colegiado de gobierno.

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SEGUIMIENTO SOSTENIBILIDAD

• Municipios obligados: los que deban tener Junta de Gobierno Local (Arts. 20 y 126 LBRL –municipios de más de 5000 habitantes o que su Reglamento orgánico lo disponga o lo acuerde el Pleno-).

• Cumplirá efectos de informe de seguimiento de EAE –Art. 15 Ley 9/2006- si se da participación al órgano ambiental en su elaboración y luego se le pone a disposición así como al público.

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NUEVA POTESTAD DE PLANEAMIENTO

- Para evitar grandes desarrollos Para evitar grandes desarrollos urbanísticos sin control ambiental sobre urbanísticos sin control ambiental sobre la base de sucesivas modificaciones del la base de sucesivas modificaciones del plan, se prevé que se considerará plan, se prevé que se considerará revisión y, por tanto, sometimiento de revisión y, por tanto, sometimiento de nuevo a criterios ambientales, en todo nuevo a criterios ambientales, en todo caso: cuando se produzca un caso: cuando se produzca un crecimiento del 20% del suelo crecimiento del 20% del suelo urbanizado o de población en los últimos urbanizado o de población en los últimos dos años.dos años.

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SUELOS INCENDIADOSSUELOS INCENDIADOS

- - DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA: SUELOS FORESTALES : SUELOS FORESTALES INCENCIADOS. Remisión ley de INCENCIADOS. Remisión ley de montes (30 años sin poder cambiar montes (30 años sin poder cambiar de uso como regla general) pero de uso como regla general) pero novedad = inscripción en registro novedad = inscripción en registro por limitaciones a derecho de por limitaciones a derecho de propiedad que impone.propiedad que impone.

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¿NOVEDAD EN LA ¿NOVEDAD EN LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL?SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL?

- Normas que aportan realmente poco Normas que aportan realmente poco a la sostenibilidad urbana si es que a la sostenibilidad urbana si es que esta es de verdad el fundamento de esta es de verdad el fundamento de la Ley.la Ley.

- Normas autonómicas mucho más Normas autonómicas mucho más concretas y “comprometidas”:concretas y “comprometidas”: Ley Ley 2/2006 del País Vasco; Ley 15/2001 2/2006 del País Vasco; Ley 15/2001 de Extremadura.de Extremadura.