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UNIVERSIDAD SANTO TOMAS ADMINISTRACION LOCAL 2012

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UNIVERSIDAD SANTO TOMAS ADMINISTRACION LOCAL 2012. TEMARIO. - PowerPoint PPT Presentation

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TEMARIO

ObjetivosNormas reguladorasElementos de la contratación : El contrato, las partes, el presupuestoCláusulas de la minuta del contratoRequisitos generales de los contratos administrativosPrincipios de la contrataciónProcedimientos para la selección del contratistaTipos de contratosModalidad de selección de contratistaContratación electrónica

Unión Temporal - Consorcio

CONTRATACION PUBLICA

OBJETIVOS:

- Entender el proceso de contratación pública en Colombia.

- Entender los principios de la Contratación.

- Identificar los diferentes tipos de contratos del Estado

- Identificar el proceso de Contratación Pública

INTRODUCCION

Todas las actividades realizadas por el Estado tienen como fin la satisfacción del interés público y la solución de necesidades colectivas, por esto la contratación debe ceñirse a procesos claros.

En los procesos de contratación pública, el oferente es el particular y a veces el estado y la demanda siempre será de parte del estado.

NORMAS REGULADORAS

- Constitución Política

- Ley 80 de 1993

- Ley 1150 de 2007

- Dcto. 066 de 2008

- Dcto. 2474 de 2008

- Dcto. 1170 de 2008

ELEMENTOS DE LA CONTRATACION ESTATAL

En la contratación estatal el elemento determinante es el contrato administrativo, porque contiene la decisión de la administración a través de un acto adtivo, que representa una expresión de voluntad del contratante, sin este elemento no se generaría un acto bilateral.

ELEMENTOS DE LA CONTRATACION ESTATAL

Para la existencia de la contratación es necesario que se cumplan dos elementos indispensables:

- Que una de las partes que interviene en el contrato debe ser entidad estatal.

- Que el monto de los recursos, con los que se financia el contrato, debe estar previsto dentro del presupuesto público.

Cláusulas de la minuta del Contrato1.- Objeto del contrato, determina el tipo de bien o

servicio, que será adquirido por el Estado para la solución de necesidades públicas.

2.- Vr. Total del contrato, estipula claramente el vr. de los bienes o servicios objeto del contrato.

3.- La disponibilidad del presupuesto que respalda la celebración del contrato, como condición indispensable que garantizará el pago de las obligaciones contractuales.

Cláusulas de la minuta del Contrato

4.- Plazo de entrega de los bienes o fecha de cumplimiento de los trabajos objeto del contrato.

5.- Lugar de entrega de los bienes o prestación del servicio.

6.- Garantías de seriedad de la oferta, del correcto manejo de anticipos y de estabilidad de las obras, para lo que deben exigirse las pólizas.

7.- Forma de pago, que debe establecerse si existirán o no anticipos o pagos anticipados.

Requisitos Generales de los Contratos Administrativos

1. Los sujetos (partes) una de ellas necesariamente es el Estado quien actúa como contratante y la otra una personal natural o jurídica seleccionada mediante los procesos de adjudicación, esta se llama contratista. El estado debe tener la competencia por razón d la materia, de grado y del territorio.

2. El objeto, que sintetiza el procedimiento que se va a realizar dentro del proceso de contratación adtiva, que puede ser adquisición de bienes o prestación de servicios para satisfacción de necesidades públicas.

Requisitos Generales de los Contratos Administrativos

3. La finalidad, lo que se quiere lograr con el contrato.

4. La forma, consiste en determinar los procedimientos legales administrativos necesarios para la realización del contrato con el fin de que este tenga validez legal.

5. La competencia de la entidad estatal para contratar es una facultad establecida por la ley para que algunos funcionarios puedan celebrar contratos a nombre del estado.

Requisitos Generales de los Contratos Administrativos

6. La capacidad del contratista para poder participar en las convocatorias. El contratista debe demostrar la capacidad de obrar, acreditar su solvencia económica y técnica y que no esté incurso en ninguna de las causales de prohibición previstas en los estatutos de contratación administrativa.

7. Precio, los contratos deberán tener siempre un precio pactado que se expresa en moneda legal.

8. Presupuesto suficiente, deberá constar la existencia previa del presupuesto suficiente para la cancelación del contrato.

9. La formalización del contrato. Consiste en firmar la minuta por las partes en un tiempo establecido y de esta manera tendrá validez.

PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION PUBLICA

SON REGLAS FILOSOFICAS, ETICAS Y ADMINISTRATIVAS, QUE INSPIRAN LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL Y DEBEN SER APLICADAS AL MOMENTO DE HACER INTERPRETACION DEL CONTRATO O CUALQUIERA DE SUS ESTIPULACIONES.

PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION PUBLICA

1. PUBLICIDAD.- La necesidad que tiene la administración pública de anunciar oficialmente la intención de contratar y las condiciones del contratistas.

2. CONCURRENCIAS: Facilitar la participación a todas las personas que pueden estar interesadas en la contratación de tal forma que la selección pueda realizarse teniendo como base la multiplicidad de oferentes.

PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION PUBLICA

3. IGUALDAD.- Mediante este principio la administración está obligada a establecer previamente las condiciones para la selección del concurso, para que resulte objetiva la mejor oferta.

4.- TRANSPARENCIA.- Con este principio se pretende garantizar la imparcialidad y la adjudicación en igualdad de condiciones, además de la selección objetiva, que depende del acompañamiento de los ciudadanos.

PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION PUBLICA5. ECONOMIA.- Las entidades públicas pueden establecer procedimientos y

etapas necesarias para la selección objetiva más favorable, de tal forma que permita adquirir bienes y servicios con el mejor beneficio al menor costo posible.

5.- RESPONSABILIDAD.- Mediante este principio todo servidor público debe en cumplimiento de sus funciones, tiene responsabilidad civil, penal y disciplinaria, la ley concentra la responsabilidad en el representante legal de la entidad y el manejo de la contratación y define la acción de repetición que se realizará cuando sea del caso.

La administración responde patrimonialmente.

PROCEDIMIENTOS PARA SELECCIÓN DEL CONTRATISTA

1.- Procedimiento Abierto.- En el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición.

2.- Procedimiento Restringido.- En el que solo se permitirá la presentación de proposiciones , a los empresarios que previa superación de un proceso de selección, sean invitados por la administración contratante.

3.- El procedimiento negociado.- Sólo puede emplearse en casos tasados, en el que la admon adjudica el contrato al empresario de su elección.

TIPOS DE CONTRATOS

1.- Obras públicas, entendidas como de construcciones de ingeniería civil, construcción de inmuebles, edificios, carreteras, puentes, trabajos que modifique el terreno, etc.

En este tipo de contratos le corresponde al Congreso en el presupuesto Nacional, mediante norma, la partida pertinente y el modo de cubrirla. En todos los casos el presupuesto es ejecutado por los gobiernos centrales a través del ministerio y por los gbnos locales a través de las municipalidades o los gobiernos regionales. Ej. Hospitales, carreteras.

TIPOS DE CONTRATOS

2.- Concesión de Obras públicas, es considerada como un instrumento para la ejecución de obras, sin que la administración pública, realice erogaciones directas.

Mediante este contrato, a cambio de la ejecución de una obra pública, se otorga al empresario el derecho a explotar dicha obra, ejemplo cobro de peajes a los ciudadanos.

Este derecho de explotación es temporal o determinado y cuando termine revierte la obra al estado gratuitamente.

TIPOS DE CONTRATOS

3.- SUMINISTRO.- Tienen por objeto la compra o arrendamiento de productos, con o sin opción de compra, o la adquisición de productos o bienes muebles.

4.- PRESTACION DE SERVICIOS O ASESORAMIENTO.- Son aquellos celebrados por las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Se utiliza para suplir la falta de personal técnico, profesional o especializado que deba realizar trabajos especiales en la admon.

5.- CONSULTORIA son aquellos celebrados por las entidades estatales referidos a estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnostico, asesorías técnicas, de control, supervisión o coordinación.

CARACTERISTICAS

REGISTRO UNICO DE PROPONENTES, es el registro en el que debe estar inscrita cualquier persona natural o jurídica que quiera contratar con el Estado.

Este RUP lo lleva la Cámara de Comercio, este registro deberá renovarse anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año, este se puede modificar, cancelar.

Este registro da una clasificación y una calificación de acuerdo a la experiencia y a la capacidad de contratación desde el punto de vista economíco y técnico.

Este registro puede ser impugnado por terceros o por cualquier entidad.

CARACTERISTICAS

INTERESES: Con el fin de mantener durante el desarrollo y

Ejecución del Contrato las condiciones técnicas y financieras,

Podrá revisar los precios y podrá pactar intereses de mora.

De esta forma queda cubierto el valor de la pérdida del dinero por demoras tanto en los pagos como en la entrega de los bienes y servicios objeto de contratación y se da al contratista la posibilidad de obtener de la administración el pago por incumplimiento en los trámites de cancelación incurridos por ésta.

CARACTERISTICAS

Anticipos:

Se podrá pactar el pago por anticipado y pagar anticipos hasta por el 50% del valor del contrato.

Adición:

En cuanto a la adición de los contratos, se podrá hacer pero la adición no podrá exceder del 50% del valor inicial del contrato, expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes.

MODALIDADES DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA

Es el procedimiento mediante el cual una entidad estatal decide adelantar la selección objetiva de un contratista.

Puede ser: - LICITACION PUBLICA

- SELECCIÓN ABREVIADA

- CONCURSO DE MERITOS

- CONTRATACION DIRECTA

LICITACION PUBLICA

De acuerdo a la Ley 80, se entiende por licitación

pública el procedimiento mediante el cual la

entidad estatal formula públicamente una convocatoria

para que, en igualdad de oportunidades, los interesados

presenten sus ofertas y seleccione entre ellas la

más favorable.

SELECCIÓN ABREVIADA

Mediante esta modalidad, la entidad puede adelantar la selección del contratista a través de procesos simplificados, esto con el fin de  garantizar la eficiencia de la gestión contractual.

Se utiliza generalmente para bienes de consumo másivo, ejemplo papelería, productos de aseo, alimentos.

CONCURSO DE MERITOS

Esta modalidad de contratación está prevista en la selección de consultores o proyectos, en la que se podrá utilizar el sistema de concurso abierto o de precalificación.

La conformación de lista de precalificación se hará mediante convocatoria pública y se constituirán listas de oferentes, teniendo en cuenta, experiencia, capacidad intelectual y la organización de los proponentes.

CONTRATACION DIRECTA

Esta modalidad solo procede en los siguientes casos:

- Urgencia manifiesta- Contratos interadministrativos.- Contratos para el desarrollo de actividades científicas- Contratos de encargo fiduciario- Cuando no existan oferentes en el mercado- Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la

gestión a la entidad, o trabajos artisticos- Arrendamiento y adquisición de bienes.

CONTRATACION ELECTRONICA

La contratación electrónica se hace a través del Portal Único de Contratación, que es la herramienta electrónica mediante la cual las entidades del Estado publican los procesos de selección objetiva de contratistas, desde la etapa precontractual hasta la finalización de la fase contractual, en cumplimiento del principio de publicidad.

Para esto se creó el SECOP que está articulado con el SICE (sistema de información para la vigilancia de la contratación estatal) que

existe desde el año 2000.

UNION TEMPORAL

Es una ficción jurídica que permite a dos o más personas en forma conjunta presentar una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato estatal, respondiendo en caso de incumplimiento de acuerdo con la participación de cada uno de los miembros de la unión temporal.

Consorcio: Responden solidariamente.