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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SANTO DOMINGO (UASD) FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES DIPLOMADO EN COMERCIO EXTERIOR Y OPERACIONES ADUANALES MODULO V.- INTEGRACIÓN ECONÓMICA Profesor: Ransis García Sabater M. Sc. Lic. En Administración de Empresas. Maestría en Negocios y Relaciones Económicas Internacionales. Post-grado en Informática Gerencial. Maestría en Dirección y Gestión de Marketing. [email protected]

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SANTO DOMINGO (UASD) FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES DIPLOMADO EN COMERCIO EXTERIOR Y OPERACIONES ADUANALES MODULO V.- INTEGRACIÓN ECONÓMICA

Profesor:

Ransis García Sabater M. Sc.

• Lic. En Administración de Empresas.

• Maestría en Negocios y Relaciones

Económicas Internacionales.

• Post-grado en Informática Gerencial.

• Maestría en Dirección y Gestión de

Marketing.

[email protected]

Objetivos del módulo

- Analizar el marco teórico que sustenta la

Integración económica.

- Reconocer el grado de apertura internacional de

la República Dominicana y su influencia en la

economía.

- Relacionar a los participantes en el marco de

conceptos y normas que se debaten en el ámbito

internacional tomando como parámetro la

realidad de la República Dominicana.

METODOLOGÍA

Exposición del profesor sobre los

diversos temas.

Actividades de discusión y análisis.

Sesiones de preguntas y respuestas.

Discusiones dirigidas.

Estudio de caso.

PROGRAMA A DESARROLLAR MODULO: INTEGRACION ECONOMICA DOMINICANA

1.1. Concepto de Globalización.

1.2. Integración Económica.

1.2.1 Antecedentes.

1.2.2 Importancia.

1.3. Niveles de Integración Económica.

1.3.1.- Acuerdos Preferenciales.

1.3.2.- Área de Libre Comercio.

1.3.3.- Unión Aduanera.

1.3.4.- Mercado Común.

1.3.5.- Unión Económica.

1.3.6.- Unión Económica Plena.

1.4.- Acuerdos Comerciales de la República Dominicana.

1.4.1.- Acuerdo de Alcance Parcial con Panamá.

1.4.2.- Acuerdo de Libre Comercio con el Caricom.

1.4.3.- Acuerdo de Libre Comercio con Centro América.

1.4.4.- DR-CAFTA.

1.4.5.- AAE – EPA.

1.5.- Las Normas de Origen.

1.6.- Certificados de Origen y Certificación de Circulación.

MODULO: INTEGRACION ECONOMICA DOMINICANA

1.7.- Barreras al comercio.

1.7.1.- Obstáculos financieros.

1.7.2.- Obstáculos comerciales.

1.7.2.1.- Salvaguardas.

1.7.2.2.- Subsidios.

1.7.2.3.- Dumping.

1.7.3.- Dificultades logísticas.

1.7.4.- Problemas culturales.

1.7.5.- Restricciones legales.

1.7.5.1.- Tarifarias (Aranceles, Ad-valoren) etc.

1.7.5.2.- No Tarifarias.

1.8.- Propiedad Intelectual.

1.9.- Principales exportaciones e importaciones dominicanas.

1.10.- Impacto de los TLCs. En al económica dominicana.

1.11.- Estudio de caso: “Hacia donde nos lleva el libre comercio?”

INTEGRACIÓN ECONÓMICA DOMINICANA

La globalización se refiere al conjunto, cada vez más amplio de relaciones interdependientes entre gente de diferentes partes de un planeta que esta dividido entre naciones. La palabra globalización proceder de la correspondiente inglesa (globalization), y que por vez primera, se incorporó a un diccionario, en los Estados Unidos de América, en 1961, pero que su uso tomó auge en los años 90, especialmente después de la desaparición del bloque socialista soviético.

LA GLOBALIZACIÓN

- La palabra integración proviene del latin “Integratio” que quiere decir renovación. Según el profesor Fritz Machlup el término integratio con la intención de combinar las partes en un todo data del año 1600. - El término integración económica fue utilizado en un articulo publicado por Wilhelm Ropke en 1939 titulado “problemas decisivos de la desintegración de la economía mundial, este autor sostiene que en el periodo que va desde 1700 hasta 1914 las naciones integraron progresivamente sus economías con la economía mundial en un período dominado por el mercantilismo.

ANTECEDENTES DE LA INTEGRACIÓN

- Después de la 2da. Guerra mundial Estados Unidos creó una organización gubernamental llamada “Economic Cooperation Administration” con el propósito de incitar a los europeos a una unión económica para favorecer el crecimiento de esos países.

- En 1954 Jan Tinbergen publica un libro identificando a la

integración económica internacional con el libre comercio mundial en productos tanto industriales como agropecuarios.

ANTECEDENTES DE LA INTEGRACIÓN

NIVELES DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

La integración económica es un proceso que tiene

como finalidad la ausencia de cualquier modo de

discriminación entre economías nacionales, en ese

sentido diferentes naciones deciden formar un grupo

regional.

Los Niveles de integración económica son:

1. Acuerdo preferencial: El acuerdo preferencial

representa la forma más simple de integración, y

representan contratos que facilitan el comercio

generalmente gracias a beneficios de tipo

arancelario.

Dentro de los acuerdos preferenciales tenemos:

El Sistema Generalizado de preferencias: SGP es un

programa de preferencias comerciales de los Estados

Unidos que tiene por objeto la diversificación de las

economías. Implementados por los países

desarrollados, que con el objetivo de impulsar el

desarrollo de las exportaciones de los países

subdesarrollados, brindan a estas últimas preferencias

arancelarias. Otra de las características de estos

programas es que son de carácter unilateral. Por esto

mismo, los países desarrollados.

Forma parte de los objetivos del SGP:

Aumentar los ingresos de exportación de los países menos

desarrollados.

Promover el proceso de industrialización para diversificar

las exportaciones.

Acelerar el ritmo de su crecimiento económico.

Fomentar las corrientes del intercambio comercial.

Incrementar el ingreso de divisas por exportaciones.

Procurar el mejoramiento persistente en el nivel de vida

de sus habitantes.

Dar exoneraciones arancelarias a las importaciones en los

países industrializados, de los productos originarios de los

países en vías de desarrollo, sin ninguna reciprocidad por

parte de éstos últimos, para fomenta

La industrialización, diversificación de las exportaciones

y el aumento de los ingresos a los países beneficiarios.

NIVELES DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

2. Área de libre comercio: esta compuesta por

acuerdos entre países que buscan eliminar las

barreras al comercio con la finalidad de dar libertad

al movimiento de mercancías entre los estados

miembros del acuerdo, manteniendo estos las

barreras de comercio con el resto de los países, en el

área de libre comercio son establecidas las reglas de

origen y las políticas comerciales individuales.

Dentro de los tratados de libre comercio tenemos:

El North American Free Trade Agreement ( NAFTA), Se trata de

un tratado comercial suscrito entre las tres naciones que conforman

América de Norte: Canadá, Estados Unidos y México con el fin de

formar un bloque económico y establecer una zona de libre comercio

en las tres naciones.

El NAFTA comenzó a tener vigencia el 1 de enero de 1994, aunque

fue suscrito en octubre de 1992 por los presidentes México y Estados

Unido, Carlos Salinas de Gortariy George H. Bush y el primer

Ministro de Canadá, Brian Mulroney.

El tratado no establece nuevos organismos administrativos que

coordinen social o políticamente sus términos, existiendo sólo una

Secretaría que administra y se encarga de ejecutar las resoluciones y

mandatos. Sus tres secciones se ubican en Ottawa, México, D.F. y

Washington, D.C.

NIVELES DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

3. Unión Aduanera: La unión aduanera supone en

adición a la eliminación de las barreras comerciales,

una política arancelaria homogénea respecto a los

demás países.

Dentro de las uniones aduaneras tenemos:

El Acuerdo de Cartagena: Implica un instrumento

jurídico internacional que con el se puso en marcha un

proceso de integración suscrito el 26 de mayo del 1969

en Bogotá, firmaron el acuerdo Bolivia, Venezuela,

Colombia, Ecuador y Perú.

NIVELES DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

4. Mercado común: En el mercado común no solo la

mercancía tiene libre movimiento, sino que los

factores de producción también (Mano de obra,

Capital, etc.)

I.e: El MERCOSUR es un proceso de integración regional creado en 1991

por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay como instrumento para ayudar y

facilitar la integración de las economías de los países miembros con el resto

del mundo. Al inicio el objetivo fue alcanzar un mercado común que es la

liberalización de los cuatro factores productivos dentro del bloque: bienes,

capitales, personas y servicios. Luego se propuso alcanzar una unión

aduanera con la liberalización del comercio intrazona, un arancel externo

común y una política comercial común del bloque. Recientemente se han

tomado algunas decisiones para implementar de forma definitiva esta unión

aduanera. El Mercosur es también un proyecto político, social y cultural que

busca integrar a sus ciudadanos y fortalecer las capacidades de los estados

miembros desde un enfoque regional.

NIVELES DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

5. Unión económica: los miembros de la unión

económica se caracterizan por tener una política,

económica, fiscal y monetaria armonizada.

I. e: La union Europea: Es una comunidad política

de Derecho constituida en régimen de organización

internacional, nacida para propiciar y acoger la

integración y gobernanza en común de los estados de

Europa. Está compuesta por veintisiete estados

europeos y fue establecida con la entrada en vigor del

Tratado de la Unión Europea el 1 de noviembre de 1993

NIVELES DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

6. Unión económica plena: La unión económica

plena es la etapa más alta de la integración

económica e implica una inminente integración

política.

EVOLUCION DE LAS RELACIONES GLOBALES

Un país

Mercados

bilaterales

Mercados

regionales

Mercado

global

ESTRUCTURAS EMPRESARIALES PARA EL COMERCIO EXTERIOR DOMINICANO

Poca o ninguna organización formal

División Internacional

Organizaciones globales

DISEÑOS ORGANIZACIONALES

POCA O NINGUNA ORGANIZACION FORMAL PARA LAS EXPORTACIONES

Consejo de administración

Director general

Marketing Producción Administración

general

Presidente y consejo de

administracion

Ventas al mayorista

Estados Unidos

Desarrollo productos a

Nivel Mundial

Venta Mayoristas al

Cliente de EE. UU.

Licenciamiento para EE. UU.

Licenciamiento Mundial

Venta directa al consumidor

Estados Unidos

Tiendas de especialidad

operada por la empresa de EE.

UU.

Tiendas de fabricas

Comercio Electronio

Division Internacional

Europa Otros Mercados

Extranjeros

Subsidiarias Asiaticas

Subsidiarias del Caribe

Otras Subsidiarias

Corporacion Central

ESTRUCTURA DE DIVISIÓN INTERNACIONAL

ESTRUCTURAS ORGANIZACIONALES

GLOBALES

Estructuras por productos

Estructuras global por

áreas

Estructuras global

funcional

Estructura global por

clientes

Estructura mixta o hibrida

ACUERDOS COMERCIALES DE LA

REPÚBLICA DOMINICANA

La República Dominicana en el marco de la integración

económica, tiene en vigencia cinco (5) acuerdos

comerciales conformados por:

1. Acuerdo parcial de libre comercio con Panamá.

2. Acuerdo de libre comercio con la comunidad del

caribe (CARICOM).

3. Acuerdo de libre comercio con Centro América.

4. Acuerdo de libre comercio con Centro América y

Estados Unidos (DR-CAFTA).

5. Acuerdo de Asociación Económica (EPA).

ACUERDOS COMERCIALES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

1.- Acuerdo parcial de libre comercio con Panamá.

La República Dominicana y la República de Panamá suscribieron un Tratado

Comercial en fecha 17 de Julio de 1985, el cual fue ratificado el 15 de

febrero de 1987 y entró en vigencia el 2 de noviembre del 2003.

Este es un acuerdo de alcance parcial, en el cual el libre comercio se limita a

120 productos de doble vía, 24 productos de una vía de parte de República

Dominicana y 26 productos de parte de la República de Panamá. Además de

29 productos de las zonas francas.

En el marco del acuerdo y tomando en consideración el crecimiento

experimentado por las importaciones mundiales panameñas y las

exportaciones dominicanas, los productos dominicanos con mayores

posibilidades de éxito en el mercado panameño son el ron; las demás

compotas, jaleas, mermeladas y pastas de frutas; las cajas para cerrar por

soldadura; y, las prendas y complementos de vestir de punto de algodón para

bebes.

ACUERDOS COMERCIALES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

2.- Acuerdo de libre comercio con la comunidad del caribe

(CARICOM).

El 21 de octubre de 1996, la Comunidad del Caribe (CARICOM) y la

República Dominicana anunciaron su intención de comenzar negociaciones

para el establecimiento de un área de libre comercio. Dos años más tarde, el

22 de agosto de 1998, con el objetivo de fortalecer sus relaciones

comerciales, las partes firmaron un acuerdo para el establecimiento de un

área de libre comercio.

Un protocolo de implementación del acuerdo, que forma parte integral del

mismo, fue rubricado el 19 de marzo y suscrito el 28 de abril de 2000, en

Santo Domingo, República Dominicana.

2.- Acuerdo de libre comercio con la comunidad del caribe

(CARICOM). Cont…..

El Protocolo de implementación del acuerdo resume específicamente los

procedimientos para el acceso a mercado del comercio de bienes; el

tratamiento de bienes y servicios producidos en zonas francas y zonas de

procesamiento de manufacturas de exportaciones; arreglos especiales para el

comercio de productos agrícolas seleccionados; acceso a mercado para el

comercio de servicios; promoción y protección recíproca de las inversiones;

compras del sector público; y entrada temporal de personas de negocios.

Adicionalmente, contempla una lista de bienes sujetos a una reducción

gradual de la tasa arancelaria de la Nación Más Favorecida (NMF) hasta

cero 0% para el 1º de enero del 2003.

El tratado entró en vigor el 2 de febrero del 2002.

ACUERDOS COMERCIALES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

3.- Acuerdo de libre comercio con Centro América.

En 1998, la República Dominicana firmó con los países Centroamericanos

(Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua) el Tratado de

Libre Comercio de Bienes y Servicios. Este Acuerdo abarca el comercio de

bienes, servicios, inversiones, propiedad intelectual y compras del sector

público. A su entrada en vigencia, las Partes se comprometen a la apertura

recíproca a sus respectivos mercados para la casi totalidad del universo

arancelario, con algunas excepciones que estarán sujetas a su incorporación

progresiva al libre comercio.

Este Acuerdo es uno de los primeros de esta naturaleza del cual la República

Dominicana haya formado parte. En términos comerciales, significa un

mercado potencial de cerca de US$30,000 millones con más de 40 millones

de consumidores.

ACUERDOS COMERCIALES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

4.- Acuerdo de libre comercio con Centro América y Estados

Unidos (DR-CAFTA).

.

En junio del 2003, los gobiernos de Estados Unidos y la República Domicana acordaron que el país se incorporara a las negociaciones iniciadas entre Estados Unidos y Centroamérica.

El 5 de agosto del 2004 en Washington D.C fue subscrito el acuerdo por cinco países centroamericanos (El Salvador, Honduras, Nicaragua, Guatemala y Costa Rica) Estados Unidos y República Dominicana.

En RD la ratificación por Congreso Nacional fue mediante Resolución No. 357-05 del 6 de septiembre de 2005. Promulgado por el Poder Ejecutivo el 9 septiembre 2005, publicado en la Gaceta Oficial 10336 del 13 de septiembre de 2005.

Se inició la operación del Acuerdo en El Salvador, Honduras, Nicaragua y Guatemala. En República Dominicana después de muchos anuncios aún no inicia.

PUNTOS PRINCIPALES DEL DR-CAFTA

Acceso a mercados (aranceles)

Reglas de origen

Administración aduanera y facilitación de comercio

Medidas sanitarias y fitosanitarias

Obstáculos técnicos al comercio

Defensa comercial

Compras gubernamentales

Inversión

• Comercio de servicios

• Servicios financieros

• Telecomunicaciones

• Derechos de propiedad

intelectual

• Aspectos laborales

• Aspectos ambientales

• Transparencia

• Solución de diferencias

EL DR-CAFTA:

RESULTADOS PARA LA REPÚBLICA

DOMINICANA

Acceso al mercado

Programa de desgravación de la RD Libres de arancel

en el primer año: 75% de productos importados

en el quinto año: 5.5%

en el décimo año: 11.6%

La cuestión agrícola

Implicaciones fiscales, productivas y de consumo

Programa de desgravación de los EEUU De libre a muy libre: liberalización de los pocos productos con

restricciones, excepto azúcar

Ganancias: confecciones textiles, y frutas y vegetales

PRINCIPALES EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DOMINICANAS

-$1,000.00

$0.00

$1,000.00

$2,000.00

$3,000.00

$4,000.00

$5,000.00

$6,000.00

$7,000.00

1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

Balance comercial EE. UU. con R. D.

1999-2009 en Millones US$

EXPORTACIONES IMPORTACIONES BALANCE

RégimenCuota o

arancel

Cuota

CAFTA/cuota

actual

Muslos de pollo

Trozos y despojos de pollo

Leche en polvo RT Cuota 2,970 9.2% Gradual

Arroz descascarillado

Arroz blaqueado

Frijoles RT Cuota 8,560 49.2% Gradual

Azúcar RT Arancel 85% 15 años (D) Gradual

Cebolla RT Arancel 97% 15 años (D) Gradual

Ajo RT Arancel 99% 15 años (D) Gradual

Maíz RT Arancel 0% Libre comercio Inmediata

Carne bovina Arancel Cuota 1,100 Crec. 9% anual Gradual

Cortes de cerdo Arancel Cuota 3,465 Crec. 9% anual Gradual

Tocino Arancel Cuota 220 Crec. 9% anual Gradual

Trimming de carne bovina Arancel Cuota 220 Crec. 9% anual Gradual

Grasa de cerdo Arancel Cuota 550 Crec. 9% anual Gradual

Leche líquida Arancel Cuota 220 Crec. 9% anual Gradual

Mantequilla Arancel Cuota 220 Crec. 9% anual Gradual

Queso Mozzarela Arancel Cuota 138 Crec. 9% anual Gradual

Queso Cheddar Arancel Cuota 138 Crec. 9% anual Gradual

Otros quesos Arancel Cuota 138 Crec. 9% anual Gradual

Helados Arancel Cuota 165 Crec. 9% anual Gradual

Yogurt Arancel Cuota 110 Crec. 9% anual Gradual

Glucosa Arancel Cuota 1,320 Crec. 9% anual Gradual

Carne de pavo Arancel Cuota 3,850 Crec. 9% anual Gradual

Velocidad de

liberalización:

comentario

Modificación al régimen de importaciones agrícolas de la República Dominicana en virtud del DR-CAFTA

Estatus DR-CAFTA

Producto Estatus actual

Cuota

Cuota

RT

RT

1,040

10,700

Gradual

Rápida

9.5%

73.1%

LEYES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL

DR- CAFTA EN RD

Ley 424-06, de Implementación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Centroamérica (DR-Cafta), promulgada por el poder ejecutivo el 17 de noviembre del 2006, publicada en la Gaceta Oficial 10393 el 22 de noviembre del 2006.

Esta ley modifica artículos de varias leyes para armonizarlas con requisitos del Tratado de Libre Comercio.

Incluye casi textualmente el anexo 11.13, que otorga un régimen de excepción a las compañías de propiedad o controladas por nacionales estadounidenses, en relación con la Ley 173 sobre Protección a los Agentes Importadores, de Mercaderías y Productos

LEYES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL

DR- CAFTA EN RD

Ley 20-00, sobre Propiedad Industrial, extendiendo el plazo de las patentes de invención, limitación y agotamiento de los derechos, nulidad y caducidad y se regulan aspectos sobre diseño industrial, marcas sonoras y olfativas, indicaciones geográficas, denominaciones de origen, además de otros procedimientos relativos a la información y protección de datos para autorización de comercialización.

Ley 65-00 sobre Derecho de Autor, se extiende el plazo de protección del derecho de autor a 70 años. Se produjeron cambios en los procedimiento a utilizar respecto a las violaciones y se insertaron capítulos referentes a prohibiciones relacionadas con medidas tecnológicas, información de gestión de derechos y señales de satélite codificadas.

Código Procesal Penal, modificado el Artículo 32 para que se pueda ejercer la acción privada o la acción pública en las violaciones a los derechos de marcas.

LEYES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL

DR- CAFTA EN RD

Ley 226-06 que otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa y técnica a la Dirección General de Aduanas (DGA), a fin de eliminar el cobro del 0.4% del valor costo, seguro y flete (CIF) de las importaciones, creando un mecanismo diferente en consonancia con el DR-Cafta. Las tasas y cargos serán específicos y proporcionales al costo aproximado de los servicios prestados. También prevé elaborar un reglamento que establecerá la forma cómo se aplicarán las tasas por servicios”.

Ley 08-65, o Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de Agricultura, se le añadió el literal que otorga competencia al titular para “evaluar y aceptar como equivalentes a las nacionales, las medidas sanitarias, fitosanitarias o de inocuidad de alimentos de los países miembros de la Organización Mundial de Comercio o de cualquier otro que pretenda exportar productos hacia República Dominicana, tal como lo prevé la OMC”.

LEYES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL

DR- CAFTA EN RD

Ley 340-06, sobre Contratación Pública de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, cuyos artículos cubren los principios de responsabilidad, moralidad y buena fe de los servidores públicos, así como el principio de participación del Estado. Se establece la limitación de los funcionarios públicos para ofertar y contratar bienes, servicios y obras con el Estado, se contemplan las diferentes modalidades de contrataciones y se regula la obligatoriedad de someter a licitación pública todas las contrataciones que realice el Estado en obras sobre 114 millones 600 mil pesos y en adquisición de bienes y servicios sobre 3 millones 816 mil pesos.

La Ley 449-06 modifica la ley anterior introduciendo los principios de responsabilidad, moralidad y buena fe, y el principio de participación.

ACUERDOS COMERCIALES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

5.- Acuerdo de Asociación Económica (EPA).

El EPA, Acuerdo de Asociación Económica (Economic Partneship Agrements-EPA, por

sus siglas en ingles), acuerdo en dos o más Partes, sobre distintos tópicos o campos de

trabajo incluyendo entre ellos el libre comercio de bienes y servicios. Este acuerdo

internacional es "jurídicamente vinculante", compatible con las normas de la Organización

Mundial del Comercio (OMC).

El EPA fue firmado en Barbados el 15 de octubre de 2008, ratificado por el Congreso de la

República Dominicana el 24 de octubre del mismo año; el 30 de octubre de 2008, ratificado

por el Poder Ejecutivo mediante Resolución 453-08. Entró en vigor en República

Dominicana el 27 de abril del 2009, e incluye capítulos relativos al comercio de mercancías,

el comercio de servicios, las inversiones, la innovación y la propiedad intelectual, la

adjudicación de contratos públicos y la ayuda al desarrollo, entre otros. Tiene como base

fundamental el establecimiento de una zona de libre comercio, para eliminar

progresivamente los aranceles de los países Partes del Acuerdo, así como todas las medidas

no arancelarias, cuotas y disposiciones similares.

5.- Acuerdo de Asociación Económica (EPA). Cont…

Dentro de las ventajas del referido Acuerdo podemos señalar: difundir la eficacia

económica, donde el EPA tendrá como finalidad simplificar todos los procedimientos y

reglamentos relativos a las importaciones y exportaciones, para llegar a los más altos

estándares internacionales; oportunidades económicas, una mayor estabilidad política y

fomentar su integración efectiva en la economía mundial; RD ha ido recibiendo la

Cooperación a través del Programa de Apoyo Institucional para la Integración Regional

(ISPRI, por sus siglas en inglés), Cooperación no reembolsable de la Comisión Europea y

contrapartida del Gobierno Dominicano; y siendo RD un país en desarrollo, el Acuerdo

EPA presenta desventajas en ciertos sectores productivos (agricultura, lácteos, entre otros),

además competencia directa de productos altamente subsidiados, procedente de regiones

avanzadas con productores de países más pobres, que no cuentan con muchos beneficios

similares.

En el tema de Cooperación, el Fondo Europeo de Desarrollo (FED), siendo el elemento

trascendental de la ayuda comunitaria a la cooperación al desarrollo facilita a los Estados

ACP (África, el Caribe y el Pacífico) y a los países y territorios de ultramar (PTU)

cooperación económica y técnica. Elemento importante en las negociaciones, debido que de

RD no participar en el EPA, tendría efectos negativos en las relaciones de cooperación con

la UE resultantes de Cotonou, además se ampliaba la dependencia del intercambio comercial

de bienes y servicios con el mercado de los Estados Unidos debido a la existencia del DR-

CAFTA.

5.- Acuerdo de Asociación Económica (EPA). Cont..

Para el país El EPA presenta algunos desafíos, por lo que se debe

fortalecer la institucionalidad para darle continuidad a los compromisos

asumidos en el Acuerdo, donde cada entidad gubernamental involucrada

juega un rol fundamental para hacer cumplir los compromisos

identificados en el texto legal del Acuerdo de Asociación Económica,

(AAE- EPA).

Asimismo aprovechar las oportunidades que infiere el EPA y encaminar

sinergia entre el Sector Privado y el Sector Gubernamental para

posicionar el país, aprovechando los recursos que posee la República

Dominicana en la agricultura, en el turismo y en otras áreas.

NORMAS DE ORIGEN

Las normas de origen constituyen criterios

que ayudan a establecer la procedencia de un

producto.

Constituyen una serie de normativas que

establecen si un producto ha recibido una

transformación sustancial o no que permitan

considerarlo originario de un país.

Describen los insumos utilizados en la

producción.

Las normas de origen se utilizan generalmente en

los siguientes casos:

- Al aplicar medidas e instrumentos de política comercial tales

como los derechos antidumping y las medidas de

salvaguardia;

- Al determinar si se dispensará a los productos importados el

trato de la nación más favorecida (NMF) o un trato

preferencial;

- A efectos de la elaboración de estadísticas sobre el comercio;

- Al aplicar las prescripciones en materia de etiquetado y

marcado.

- En la contratación pública.

De acuerdo a las normas un bien será originario

cuando:

a) Sea obtenido en su totalidad o producido enteramente en

territorio de una o más de las Partes.

b) Sea producido en el territorio de una o más de las Partes a

partir exclusivamente de materiales que califican como

originarios de una o más de las Partes.

c) Sea producido en el territorio de una o más de las Partes a

partir de materiales no originarios que cumplan con un

cambio de clasificación arancelaria y otros requisitos,

d) sea producido en el territorio de una o más de las Partes a

partir de materiales no originarios que cumplan con un

cambio de clasificación arancelaria y otros requisitos, y el bien

cumpla con un requisito de valor de contenido regional,

e) sea producido en el territorio de una o más de las Partes y

cumpla con un requisito de valor de contenido regional.

CERTIFICADO DE ORIGEN Y DE

CIRCULACIÓN (EUR-1)

Las preferencias arancelarias son otorgadas a destino mediante la presentación de un certificado de origen ó un certificado de circulación EUR-1 para el caso de los estados miembros de la CE.

El llenado y oficialización de los referidos certificados mayormente es realizado por quien exporta la mercancía y tienen vigencia de 1 año a partir de la fecha de firma por las partes.

CERTIFICADO DE

ORIGEN

CERTIFICADO DE

CIRCULACIÓN

(EUR-1)

BARRERAS AL COMERCIO INTERNACIONAL

Las firmas que intentan ingresar en los mercados

internacionales suelen encontrarse con los siguientes

obstáculos:

Obstáculos financieros: Se refieren a la falta de

créditos a la exportación y la fluctuación de monedas.

Obstáculos comerciales: pueden implicar el

desconocimiento de oportunidades comerciales y el

difícil acceso a compradores potenciales.

Medidas de salvaguarda: Un Miembro de la OMC puede adoptar una

medida de “salvaguardia” (es decir, restringir temporalmente las

importaciones de un producto) para proteger a una rama de producción

nacional específica de un aumento de las importaciones de un producto que

cause o amenace causar daño grave a esa rama de producción.

Subsidios: No son más que prestaciones públicas asistenciales de carácter

económico y de duración determinada. El Acuerdo de la OMC sobre

Subsidios y Medidas Compensatorias somete a disciplina la utilización de

subsidios y reglamenta las medidas que los países pueden adoptar para

contrarrestar los efectos de las subvenciones. El Acuerdo prevé que un país

pueda utilizar el procedimiento de solución de diferencias de la OMC para

tratar de lograr la supresión de la subvención o la eliminación de sus efectos

desfavorables.

Dumping: Si una empresa exporta un producto a un precio inferior al que

aplica normalmente en el mercado de su propio país, se dice que hace

“dumping”. ¿Se trata de una competencia desleal? El Acuerdo de la OMC

no emite ningún juicio. Se centra en la manera en que los gobiernos pueden

o no reaccionar ante el dumping; establece disciplinas para las medidas

antidumping y a menudo se lo denomina “Acuerdo Antidumping”.

Dificultades Logísticas: Inconvenientes que crecen

a medida que aumenta la distancia de los mercados

Problemas culturales: La diferencia de idiomas, el

desconocimiento y falta de sensibilidad hacia los

gustos, las costumbres y las tradiciones de los países,

etc.

Restricciones legales: Constituyen barreras

impuestas por los gobiernos, en especial los del país

que recibe la exportación dentro de las cuales citamos:

Obstáculos a la inversión directa.

Restricciones a la repatriación de beneficios.

Restricciones a la importación de bienes de capital y

tecnológicos.

Barreras monetarias.

Restricciones legales al comercio internacional: Las

restricciones legales son una de las barreras comerciales de

mayor peso para el comercio internacional, quien las erige

es el gobierno de acuerdo con su enfoque de la situación

política y económica de su país y estas restricciones legales

pueden ser:

Tarifarias: Arancel, Ad valoren, específicos,

mixtos

No tarifarias: Reglas de origen, marcado de

origen, permisos previos, cuotas, estándares,

barreras monetarias, medidas de salvaguarda,

normas de calidad, contingentes de exportación,

requerimientos de contenido.

PROPIEDAD INTELECTUAL

En el marco de la OMC Los derechos de propiedad

intelectual son aquellos que se confieren a las personas

sobre las creaciones de su mente. Suelen dar al creador

derechos exclusivos sobre la utilización de su obra por

un plazo determinado.

Habitualmente los derechos de propiedad

intelectual se dividen en 2 sectores principales:

1. Derecho de autor y derechos con el relacionados.

2. Propiedad industrial.

PROPIEDAD INTELECTUAL

Derecho de autor y derechos con el relacionados:

Los derechos de los autores de obras literarias y artísticas (por ejemplo,

libros y demás obras escritas, composiciones musicales, pinturas,

esculturas, programas de ordenador y películas cinematográficas) están

protegidos por el derecho de autor por un plazo mínimo de 50 años

después de la muerte del autor.

También están protegidos por el derecho de autor y los derechos con él

relacionados (denominados a veces derechos "conexos") los derechos de

los artistas intérpretes o ejecutantes (por ejemplo, actores, cantantes y

músicos), los productores de fonogramas (grabaciones de sonido) y los

organismos de radiodifusión. El principal objetivo social de la protección

del derecho de autor y los derechos conexos es fomentar y recompensar la

labor creativa.

PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad industrial:

caracteriza por la protección de signos distintivos, en particular

marcas de fábrica o de comercio (que distinguen los bienes o

servicios de una empresa de los de otras empresas) e indicaciones

geográficas (que identifican un producto como originario de un

lugar cuando una determinada característica del producto es

imputable fundamentalmente a su origen geográfico).

Otros tipos de propiedad industrial se protegen fundamentalmente

para estimular la innovación, la invención y la creación de

tecnología. A esta categoría pertenecen las invenciones (protegidas

por patentes), los dibujos y modelos industriales y los secretos

comerciales.

EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DOMINICANAS BALANCE COMERCIAL 2011

EN MILLONES DE DÓLARES

$1,000.00 $5,000.00 $25,000.00

EXPORTACIONES

IMPORTACIONES

$8,536.00

$17,423.00

Fuente: Banco Mundial

EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DOMINICANA 2008 - 2011 EN MILLONES DE DÓLARES

Fuente: Banco Central de la Rep. Dom.

-10000

-5000

0

5000

10000

15000

20000

2008 2009 2010 2011

6747.4 5482.9

6753.5

8535.9

15992.9

12295.9

15489.1

17422.7

-9245.5

-6813

-8735.6 -8886.8

Exportaciones

importaciones

balance

REPÚBLICA DOMINICANA

$0.00

$1,000,000,000.00

$2,000,000,000.00

$3,000,000,000.00

$4,000,000,000.00

$5,000,000,000.00

$6,000,000,000.00

$7,000,000,000.00

$8,000,000,000.00

2004 2005 2006 2007 2008 Ene-Mar 2009

Indice de Comercio Intraregional DR-CAFTA Exportaciones 2004 - Ene

-Mar 2009 Valores en US$ mm

EXPORTACIONES ij EXPORT. TOTALES ICI EXPORT.

La educación y el temor de

Dios, constituyen la base

fundamental sobre la cual

se apoya el desarrollo de

las naciones.