unidad 6, consentimiento, exposición

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UNIDAD 6 CONSENTIMIENTO Aline Monserrat Escamilla Peña René Mendoza Téllez Miriam De Jesús García Lara Diana Laura Meza Sánchez Equipo 5

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consentimiento, relacion entre medico paciente mediante el consentimiento donde se conocen diferentes tipos de consentimiento

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Unidad 6 consentimiento

Unidad 6 consentimiento Aline Monserrat Escamilla Pea Ren Mendoza TllezMiriam De Jess Garca Lara Diana Laura Meza Snchez Equipo 5

Qu es el consentimiento?Es un conceptojurdicoque hace referencia a la exteriorizacin de la voluntad entre dos o varias personas para aceptarderechosyobligaciones.

Objetivos del consentimientoReafirmar la autonoma del paciente.Protege su condicin como ser humano. Evitar la coaccin (obligarle a hacer algo en contra de su voluntad) y el engao.Fomentar la autocritica del medico.Fomentar el razonamiento a la hora de tomar decisiones.Educar al gran pblico.4Consentimiento informado Toda atencin mdica requiere el consentimiento del paciente (o de alguien autorizado a consentir por el paciente) antes de que se d la atencin.

Pasos para llevar acabo un consentimiento informado Recibir informacin (u obtiene la informacin de alguna forma) sobre los posibles riesgos y beneficios del tratamiento. hacer preguntas y obtener respuestas hasta que no tenga dudas. Tener el tiempo (si se necesita) para discutir el plan con la familia o consejeros. hacer uso de la informacin para tomar una decisin que usted considera que es lo mejor para su inters. Compartir esa decisin con su mdico o el equipo de profesionales de la salud a cargo de su tratamiento. Formato de consentimiento Es un documento legal que le permite a su mdico continuar con el plan de tratamiento.se pide firmar este documento cuando se le brinda la informacin al paciente y este este de acuerdo.Una vez que se completa y firma, el formato de consentimiento indica el procedimiento o el tratamiento que se realizar, estableciendo solamente que usted ha sido informado(a) de los riesgos del tratamiento y de otras opciones disponibles.

La decisin de realizar un tratamiento debe surgir de la cooperacin entre la persona que aplica el tratamiento y la persona que lo recibe; teniendo confianza mutua y la reciprocidad.

Consideraciones El paciente tiene derecho a rechazar un tratamiento. El paciente tiene derecho a revocar su consentimiento en cualquier fase del tratamiento, a no ser que este carezca de la capacidad de tomar dicha decisin.El paciente tiene derecho a ser tratado, sin ser informado, s es consiente de las implicaciones de esta decisin.Circunstancias excepcionales Situaciones de emergencia.Pacientes menores de edad.Paciente incapaces (mental o emocionalmente ) de tomar decisiones racionales. Testigos de Jehov. Eutanasia.Pacientes con VIH.

Relacin entre autonoma y consentimiento puede definirse como el gobierno de uno mismo. Se trata del derecho de las personas a tomar decisiones sinceras relacionadas con lo que deben hacer y sobre lo que debera hacrseles.

El consentimiento por tanto es la manifestacin de respeto y dignidad de los derechos de cada ser humano.

Autonoma Consentimiento Existen algunos artculos de los cuales nos habla del consentimiento un ejemplo de ello sonArtculos relacionados

Articulo 3

Dignidad humana y derechos humanosLos derechos bsicos de una persona se basan en el reconocimiento de su condicin humana, la inviolabilidad de su vida y el hecho de que naci libre y siempre lo ser;

Dado que hay que respetar la dignidad humana y los derechos humanos, para ser objeto de una intervencin mdica o participar en una investigacin cientfica la persona debe dar su consentimiento.

Artculo5

autonoma y responsabilidad individualLa autonoma de cada persona es un valor importante, por lo que la participacin en las decisiones que afectan al propio cuerpo o a la propia salud debe reconocerse como un derecho.

El Artculo 6

Consentimiento toda intervencin mdica slo habr de llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, y que dicho consentimiento debe estar basado en la informacin adecuada. El artculo tambin rige para la investigacin cientfica.

Este es extensible a todas las intervenciones mdicas, lo cual incluye la diagnosis, tratamiento, la prevencin, rehabilitacin y la paliacin.