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UNIDAD 3PROCESO CAUTELAR
Miguel Puente Harada
Curso Medios Impugnatorios, ProcesosEspeciales en lo Laboral
PROCESO CAUTELAR 1
©
Presentación
• El proceso Cautelar• El Proceso de Impugnación de laudos
arbitrales.
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1.- LAS MEDIDAS CAUTELARES
• Las medidascautelares puedenser definidas como:"aquellosinstrumentosjurídicos procesalescreados y diseñadoscon la finalidad deeliminar el peligro(...) para el buen findel proceso principal
Definición
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• Surgen ante la insuficiencia delórgano jurisdiccional degarantizar en todo caso, que lasentencia que ampara lapretensión planteada en unproceso sea satisfecha, ellonormalmente por el inevitabletranscurso del tiempo necesariopara llevar a cabo los actosprocesales que garanticen undebido proceso para las partes
Caus
a
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• Giovanni Priori señalaque “la consagración delinstituto de las medidascautelares tiene porfinalidad garantizar queel tiempo que toma elproceso no termine porperjudicar al titular de lasituación jurídica deventaja, que se ve en lanecesidad de acudir alproceso paraprotegerla”
Finalidad
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•Esinstrumental
•Es variable•Es
provisional.
Características
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1.1 Principales definiciones debuen derecho
• (CPC) lo denominaverosimilitud delderecho invocado. Esnecesario que el Juezevalúe la apariencia deverdad de la pretensióndel proceso principal.
Laaparienciade buenderecho
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• “Periculum in mora”,implica que para laconcesión de todamedida provisoria serequiere necesariamenteun auténtico peligro dedaño del derecho que sediscute en el procesoprincipal.
Elpeligroen la
demora
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• Este presupuesto exigeque las medidascautelares cumplan conser congruentes yproporcionales con elpetitorio que buscangarantizar. Artículo 54° dela NLPT
Laadecuación
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Otros presupuestos
• La NLPT no desarrolla conmayor detalle laregulación de las medidascautelares anteriores alproceso, en estos casostendrá que recurrirsesupletoriamente a loprevisto por los artículos608° y 636° del CPC, deacuerdo con los cuales:
Ladependencia
de unprocesoprincipal
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• "Todas las medidascautelares fuera deproceso, destinadas aasegurar la eficacia de unamisma pretensión, debensolicitarse ante el mismojuez, bajo sanción denulidad de las resolucionescautelares dictadas. Elsolicitante debe expresarclaramente la pretensión ademandar."
Ladependencia
de unprocesoprincipal
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• Definición:• Garantía que ofrece el
solicitante de unamedida cautelar con laque respalda el pago dela eventualindemnización de dañosy perjuicios al que sepudiera ver obligado, encaso la medida cautelarhaya sido ejecutadaindebidamente
Lacontracautela
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• Función: asegurar quelos posibles dañosocasionados a lapersona que tiene quesoportar la medidacautelar seanreparados si laresolución del procesoprincipal le esfavorable.
• Puede ser REAL OPERSONAL.
Lacontracautela
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MEDIDAS CAUTELARES ESPECIFICIAS
1.- Medidas Para Futura Ejecución Forzada2.- Medidas Temporales Sobre El Fondo3.- Medidas Innovativas4.- Medidas de No Innovar
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Medidas Para Futura EjecuciónForzada
• EMBARGO• SECUESTRO
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Medidas Temporales Sobre El Fondo
• ASIGNACION ANTICIPADA DE ALIMENTOS• AMDINISTRACION DE BIENES• DESALOJO
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Medidas Innovativas
• La inminencia de un perjuicio irreparable
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MEDIDAS DE NO INNOVAR
• Conservar, inmovilizar determinada situaciónpara evitar su modificación
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1.2 Medidas cautelares que puedenser interpuestas al interior del
proceso laboral
El artículo 54° de lanueva norma
procesal establecelo siguiente:
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“… el juez puede dictarcualquier tipo de medida
cautelar, cuidando que seala más adecuada para
garantizar la eficacia de lapretensión principal.
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En consecuencia, son procedentesademás de las medidas cautelares
reguladas en este capítulo cualquierotra contemplada en la norma procesal
civil u otro dispositivo legal, sea estapara futura ejecución forzada,
temporal sobre el fondo, de innovar ode no innovar, e incluso una genérica
no prevista en las normas procesales.”
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1.2.1 Medidas cautelares contempladas enCódigo Procesal Civil
• Es utilizado cuando la pretensiónprincipal es apreciable en dinero.A través de esta medida se afectauna parte del patrimonio delpresunto obligado con elpropósito de resguardarlo de talmanera que se posibilite laejecución posterior de lasentencia que pudiera emitirse.
A) ELEMBARGO
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• Se aplica sobre los bieneso derechos de propiedaddel presunto obligado quese encuentran enposesión de terceros oque son debidos porterceros, solicitándole altercero que los retenga alas resultas del procesojudicial.
Embargoen forma
deretención
Entre las formas más comunes de embargotenemos:
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• Es el que puedeplantearse sobre losbienes registrados deaquél contra quien sepresenta la solicitudcautelar. Así, se inscribela medida sobre el bieny el monto por el cual sele afecta.
Embargoen forma
deinscripción
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• Que es el que setraba sobre bienesfructíferos a fin deadministrarlos yobtener los frutosque se deriven deellos.
Embargo enforma de
administración
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•Este tipo de medidacautelar también seencuentra destinada aprocurar la satisfacción depretensiones dinerarias.Aquí, el presunto deudores desposeído de uno desus bienes es cual esentrega a un custodio.
B) Elsecuestro
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• De acuerdo a loseñalado por el CPC lasmedidas temporalessobre el fondo debenser extraordinarias yconsisten en laejecución anticipada deaquello que se hapedido al juez.
C)Medida
temporalsobre elfondo
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• Consiste en “reponer un estado dehecho o de derecho cuyaalteración vaya a ser o es elsustento de la demanda”. NuestroCódigo Procesal establece que lasmedidas innovativas deben serexcepcionales y que sólo seránaplicadas cuando no resulteadecuado recurrir a otra medidaprevista por la ley.
D) Medidainnovativa
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•La prohibición deinnovar tiene comoobjetivo: “a conservarla situación de hechoo de derecho cuyasituación vaya a ser osea invocada en lademanda”.
E)Prohibiciónde innovar
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Artículo 629.- Además delas medidas cautelares
reguladas en este Código yen otros dispositivos
legales, se puede solicitar yconceder una no prevista,
pero que asegure de laforma más adecuada el
cumplimiento de ladecisión definitiva.
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Nuestro Código ProcesalCivil contiene una
regulación flexible de lasmedidas cautelares que,en principio, permite laaplicación de cualquiertipo de medida que eljuez estime necesariapara garantizar que se
brinde a los demandantesuna adecuada tutela
cautelar.PROCESO CAUTELAR 31
1.3 Las medidas cautelaresatípicas
La NLPT contempla en susartículos 55° y 56° la posibilidad
de solicitar dos medidascautelares especiales: la medidacautelar especial de reposición yle medida cautelar de asignación
provisional.
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a) Medida cautelar Especial deReposición
Esta medida cautelar se encuentra regulada en elartículo 55° de la NLPT de la siguiente manera:Artículo 55º.- Medida especial de reposiciónprovisionalEl juez puede dictar, entre otras medidas cautelares,fuera o dentro del proceso, una medida dereposición provisional, cumplidos los requisitosordinarios. Sin embargo, también puede dictarla si eldemandante cumple los siguientes requisitos:
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a) Haber sido al momento del despidodirigente sindical, menor de edad, madre
gestante o persona con discapacidad;b) Estar gestionando la conformación de
una organización sindical.c) El fundamento de la demanda es
verosímil.
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Es decir, la norma estableceexpresamente la posibilidadde que el Juez dicte unamedida de reposiciónprovisional en los siguientessupuestos:
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-Despido de dirigente sindical.-Despido de menor de edad.-Despido de madre gestante.-Despido de una persona con discapacidad.-Despido de persona gestionando laformación de un sindicato.-Cualquier otro caso en el que elfundamento de la demanda resulteverosímil.
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b) Medida de Asignación Provisional
Al igual que la Ley N26636 se prevé lamedida cautelar deasignaciónprovisional. Seconcede en losprocesos en los que sepretenda reposición
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El juez dispone laentrega de unaasignaciónprovisional mensualcuyo monto nopuede exceder laúltimaremuneraciónmensual, con cargoa la CTS
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Si la sentencia firmeordena la reposicióndel empleadorrestituye el depósitode intereses. En casose ordenara el pagode remuneracionesdevengadas, sededuce la asignaciónpercibida.
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2.EL PROCESO CAUTELAR
2.1 Requisitos de la solicitud de medidacautelar
• La NLPT no establece los requisitos que debecumplir una solicitud cautelar para seradmitida a trámite. En este sentido, resultanecesario recurrir a lo previsto por el artículo610° del CPC, de acuerdo con el cual:
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Artículo 610.- El quepide la medida debe:1. Exponer losfundamentos de supretensión cautelar.2. Señalar la forma deésta.
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3. Indicar, si fuera el caso, losbienes sobre los que debe recaerla medida y el monto de suafectación;4. Ofrecer contracautela.5. Designar el órgano de auxiliojudicial correspondiente, si fuerael caso.
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2.2 Requisitos de Procedencia
Los presupuestos quedeben cumplirse para queproceda una medidacautelar son los siguientes:
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La apariencia debuen derecho o
verosimilitud en elderecho.
El peligro en lademora.
La adecuación.
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2.3. Supuestos especiales deprocedencia
La NLPT establece que es procedente lasolicitud de reposición provisional del
trabajador en los siguientes casos:
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Despido de dirigentesindical.Despido de menor de
edad.Despido de madre
gestante.
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2.4. Trámite de la solicitud cautelar
En la medida que la NLPT noseñala plazos para la
solicitud e impugnación delas medidas cautelares, es deaplicación lo dispuesto por el
artículo 637° del CódigoProcesal Civil
En la medida que la NLPT noseñala plazos para la
solicitud e impugnación delas medidas cautelares, es deaplicación lo dispuesto por el
artículo 637° del CódigoProcesal Civil
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• ART.55 MEDIDA ESPECIAL DE REPOSICION.OTORGAMIENTO.-1.- REQ.GRLES APARIENCIA =PROBABILIDAD
PELIGRO = INMINENCIAADECUACION =IDONEIDAD
2.- REQ ESPEC. MADRE GESTANTE/MENOREDAD/PERS C/DISCAPACIDAD/DIRIG SIND//GESTIONDE FORMACION DE SINDICATO/FUND DE LADEM.VERSOSIMIL.
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1RA CIRCUNSTANCIA
• LA DISTINCION DE REQ ORD /REQ.ESPECIALESHACE COLEGIR UNA RELACION DE EXCLUSIÓN.PUES DE APRECIAR PRIMERO, EL JUEZ QUE LASOLICITUD CUMPLE LOS REQ ORDINARIOS,NOSE NECESITA NADA MAS PARA CONCEDER LAMEDIDA.
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2DA CIRCUNSTANCIA
• EN EL CASO QUE SE INVOQUE EL REQUISITO DE“MADRE GESTANTE”. QUE SUFRE DESPIDO:
A.- QUE SE RESUELVA CONSTATANDO ,SOLO ELESTADO DE GRAVIDEZ, POR EJEMPLO POR UNAECOGRAFÍA , TENIENDO EN CUENTA EL FACTORTIEMPO, AL MOMENTO DEL DESPIDO.B.- QUE SE RESUELVA POSITIVAMENTE EL PEDIDOPOR HABERSE PROBADO EL ESTADO DE GRAVIDEZY POR QUE SE CONSIDERA PRESENTES LOSREQUISITOS ORDINARIOS(CPC).
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• C)QUE SE RESUELVA A FAVOR DE LASERVIDORA ,PROBADO EL ESTADO DEGRAVIDEZ MAS EL LAVEROSIMILITUD(PRIORI)
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ANÁLISIS
• 1.- EXIGIR LA ADICIÓN A LOS REQ.ESPECIALES, DE LOS ORD.,ES ACRECER LAEXIGENCIA ,LO CUAL NO MUESTRA NINGÚNSENTIDO DE RAZONABILIDAD O DE BENEFICIOPARA EL TRABAJADOR AFECTADO Y POR ENDEES UNA INTERPRETACIÓN CONTRARIA ALESPÍRITU DE LA LEY.
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• 2.- La exigencia de probar el estado de gravidezy a la par el requisito de verosimilitud queplantea Priori, es nuevemente la adición de masexigencias ,que en este caso por definición,decantan en el mismo sentido puesto que elsolo estado de gravidez, es perse verosimilituddel pedido.
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CONCLUSIONES
• LAS FORMULAS CAUTELARES ESPECIALES DEAMPARO CONTRA EL DESPIDO, RESULTARANEFICACES PARA LAS SITUACIONES CONCRETASA QUE SE REFIEREN ,APLICADAS FUERA DELCONTEXTO DE LA REMISION AL C.P.C.
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