ucp 600

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Bereche Pupuche, Yovana. Candiotty Pérez, Jamphier. Casas Saucedo, Paola. Cumpa Chancafe, Fanny Livaque Gálvez, Carla. Mera Pérez Cristian. Ecan ramos, Dante

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Page 1: Ucp 600

Bereche Pupuche, Yovana.

Candiotty Pérez, Jamphier.

Casas Saucedo, Paola.

Cumpa Chancafe, Fanny

Livaque Gálvez, Carla.

Mera Pérez Cristian.

Ecan ramos, Dante

Page 2: Ucp 600

Están regulados por la Cámara

de Comercio Internacional(CCI)

a través de los Usos y Reglas

Uniformes Relativas a los

Créditos Documentarios (UCP).

Page 3: Ucp 600

Misión fundamental es: Fomentar el Comercio y la Inversión.

Organización Empresarial Mundial.

Organismo de representación

Redacta Normas y Guías para el Comercio que se emplean en todo el mundo .

Page 4: Ucp 600

Convenio en virtud del

cual

CONFORMIDAD CON

INSTRUCCIONES

PAGO

(DENTRO DE UN TIEMPO LÍMITE

ESPECIFICADO)

Page 5: Ucp 600

Son de aplicación para cualquier

“CREDITO DOCUMENTARIO”,

incluyendo en la medida que

sean necesarias las cartas de

crédito contingentes.

A

R

T

Í

C

U

L

O

1

Page 6: Ucp 600

BANCO AVISADOR

BENEFICIARIO/EXPORTAD

OR

BANCO EMISOR

ORDENANTE/IMPORTAD

OR

(Notifica el

CRÉDITO)

(Parte a favor de la que se emite el

crédito)

A

R

T

Í

C

U

L

O

2

Demanda la apertura del

CRÉDITO

Es quien emite un CRÉDITO a

petición de un ordenante

Día hábil - Bancario

Page 7: Ucp 600

CRÉDITO

DÍA BANCARIO

NEGOCIACIÓN

Es cualquier acuerdo, como quiera que

sea denominado o descrito, de carácter

IRREVOCABLE y que por lo tanto

constituye un COMPROMISO definitivo de

B.E para cumplir una presentación acorde

a los requisitos.

Es un día en el que un banco es

normalmente abierto en el lugar en el que

un acto sujeto a estas normas es

ejecutado.

Es la compra de Instrumentos de giro

hecha por el B.D, Y/O Documentos parte

de una presentación conforme.

Page 8: Ucp 600

Un crédito es irrevocable incluso aunque no haya indicación al respecto.

Las sucursales de un banco en países diferentes se considerarán bancos distintos.

Las palabras “al”, “hasta”, “desde” utilizadas para definir un período de embarque incluyen la fecha o fechas mencionadas, y las palabras “antes” y “después” excluyen la fecha mencionada.

Por ejemplo: “El embarque se debe efectuar desde el 24 de Mayo”…

Significa que es desde el 24 de Mayo inclusive, y es dicha fecha que debe tomarse como la fecha de embarque mas cercana )

Ojo: No debe confundirse con lo estipulado para la Fecha de Vencimiento.

Page 9: Ucp 600

• Por el contrario, la expresión “después” excluye la

fecha.

Por Ejemplo: “el embarque se debe efectuar

después del 24 de Mayo” …

Esto implica que la fecha de embarque más

cercana sería el 25 de Mayo.

DISPONIBILIDAD, FECHA DE EXPIRACIÓN.

El crédito debe indicar si es disponible para pago a

la vista, pago diferido, aceptación o negociación.

El crédito debe indicar una fecha de vencimiento

para la presentación.

Page 10: Ucp 600

• El crédito, por su naturaleza, es una operación

independiente de la venta o de cualquier otro contrato

en el que pueda estar basado.

• El compromiso de un BANCO es de Honrar, negociar o

cumplir cualquier otra obligación en virtud únicamente

del crédito . DOCUMENTOS FRENTE A MERCANCÍAS, SERVICIOS O

PRESTACIONES

Los bancos tratan con documentos y no con las

mercancías, servicios o prestaciones con las que

los documentos puedan estar relacionados.

Page 11: Ucp 600

Se compromete a

reembolsar al banco

designado que ha

honrado o negociado una

presentación conforme y

que ha remitido los

documentos al banco

emisor.

Debe honrar cuando el

crédito esta disponible con

el mismo, o cuando siendo

disponible a un tercero, éste

no honra o no negocia.

El compromiso del banco

emisor de reembolsar al

banco designado es

independiente del

compromiso del banco

emisor frente al beneficiario

Está irrevocablemente

obligado a honrar

desde el momento en

que emite el crédito.

Page 12: Ucp 600

Está irrevocablemente

obligado a honrar o

negociar desde el

momento en que añade su

confirmación al crédito,

(debe honrar y reembolsar

en los mismo términos

que el banco emisor).

El compromiso del banco

confirmador de reembolsar

a otro banco designado es

independiente del

compromiso del banco

confirmador frente al

beneficiario. (el banco

designado es un agente del

banco emisor, y por lo tanto

autorizado no obligado).

Si un banco ha sido autorizado o

requerido por el banco emisor para

que confirme un crédito, pero no está

dispuesto a hacerlo, debe informar al

banco emisor sin demora y podrá

notificar el crédito sin su confirmación

Page 13: Ucp 600

BANCO

AVISADO

R

NOTIFICACION DE

CREDITO O

MODIFICACION

Puede existir

un 2do banco

avisador.

Esta seguro de

la autenticidad

del crédito o de

la modificación

Se debe utilizar el

mismo banco para

notificar otras

modificaciones

REFLEJA

FIELMENTE LOS

TÉRMINOS Y

CONDICIONES

BENEFICIARI

O O

EXPORTADO

R

Page 14: Ucp 600

BENEFICIAR

IO O

EXPORTADO

R

NOTIFICA LA

MODIFICACION

ACEPTACION O

RECHAZO

UN CRÉDITO NO SE PUEDE MODIFICAR O

CANCELAR SIN EL CONSENTIMIENTO DEL:

BANCO EMISOR,BANCO CONFIRMADOR Y

BENEFICIARIO

Excepto de

lo previsto

x el art.38

!!!

COMUNICA AL BANCO DEL

CUAL RECIBIO LA

MODIFICACION,LA

ACEPTACION O

RECHAZO POR PARTE

DEL BENEFICIARIO

SU ACEPTACION

PARCIAL NO ESTA

PERMITIDA

BANCO

AVISADO

R

Page 15: Ucp 600

BANCO

DESIGNA

DO

BANCO

CONFIRM

ADOR

BANCO

DESIGNA

DO

BANCO

CONFIRM

ADOR

=

ESTA

OBLIGADO A

HONRAR O

NEGOCIAR EL

CREDITO

NO ESTA

OBLIGADO A

HONRAR O

NEGOCIAR EL

CREDITO

COMUNIC

A

BENEFICIARI

O

ACEPTADO

EXPRESAME

NTE

EXEPTO

SI LO

HA

Y

Page 16: Ucp 600

TIP

OS

DE

R

EE

MB

OL

OS

O

REEMBOLSO DIRECTO

REEMBOLSO ENTRE

BANCOS

SI EL CRÉDITO LO ESTABLECE

Page 17: Ucp 600

BANCO EMISOR BANCO REEMBOLSADOR BANCO DESIGNADO

BENEFICIARIO O EXPORTADOR

Page 18: Ucp 600

• SI EL CRÉDITO SÍ ESTÁ SUJETO A LAS “REGLAS PARA

REEMBOLSOS”

BANCO EMISOR BANCO REEMBOLSADOR

EL BANCO REEMBOLSADOR TIENE COMPROMISO INDEPENDIENTE E

IRREVOCABLE

BANCO ASIGNADO

BENEFICIARIO O EXPORTADOR

Page 19: Ucp 600

• SI EL CRÉDITO NO ESTÁ SUJETO A LAS “ REGLAS PARA

REEMBOLSOS ” BANCO EMISOR

AUTORIZACIÓN DE

REEMBOLSO

BANCO REEMBOLZADOR

EL BANCO EMISOR ES EL ÚNICO RESPONSABLE SI NO SE CUMPLE CON EL REEMBOLSO

BANCO DESIGNADO

BENEFICIARIO O EXPORTADOR

Page 20: Ucp 600

• La responsabilidad es del Banco emisor ; pero si en la “

AUTORIZACIÓN DE REEMBOLSO ” se señalara al

BENEFICIARIO entonces se le descontará sobre el

importe que reciba .

Page 21: Ucp 600

• “ Los bancos no negocian con mercancías ; negocian

con DOCUMENTOS ”

• El tiempo para que los bancos examinen los documentos

y emitan su respuesta es de 5 días hábiles bancarios

después de la presentación .

• Los documentos deben estar fechados con anterioridad

a la fecha de emisión del crédito , nunca después de la

fecha de su presentación.

Page 22: Ucp 600

• Los datos no deben ser idénticos , pero tampoco

contradictorios además de la interpretación que le de el

banco

• Si se presentan documentos con errores de

mecanografía , no se tomarán en cuenta

Ejm.

Nombre del barco :

Page 23: Ucp 600

• Los bancos sólo examinaran los documentos exigidos

estipulados en el crédito.

• Las direcciones del BENEFICIARIO y SOLICITANTE , no

son las mismas señaladas en el crédito , pero deben

estar en el mismo país.

• En cualquier documento distinto a la Factura comercial la

descripción de las mercancías debe hacerse en términos

generales .

Page 24: Ucp 600

BANCO EMISOR

BANCO CONFIRMADOR

BANCO DESIGNADO

Page 25: Ucp 600

• MEDIO DE COMUNICACIÓN :

Ésta notificación debe ser enviada por telecomunicación ,

a más tardar al cierre de los 5 días hábiles bancarios.

Page 26: Ucp 600

• CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN :

Que el banco rechaza honrar o negociar .

Señala las discrepancias del porqué se rechaza.

El Banco emisor mantiene los documentos hasta que reciba

instrucciones del presentador.

Page 27: Ucp 600

Aquel que tenga una firma, marca o sello original.

Sellado, mecanografiado o escrito por emisor del documento de forma manual.

De no ser así debe indicar de forma escrita que se trata de un duplicado.

Page 28: Ucp 600

Nombre del Ordenante.

Haber sido emitida por

el ordenante.

No es necesario que esté firmado.

Descripcion de la

mercancias.

Debe estar en la misma moneda.

Page 29: Ucp 600

Indicar el nombre y la firma del transportista.

Indicar la fecha en la que fue embarcada.

Indicar el lugar de despacho.

Page 30: Ucp 600

El documento de transporte debe ser

el original.

Contener de forma superficial los términos de transacción..

Si se llevará a cabo un transbordo debe indicarse en

el documento.

Page 31: Ucp 600

La fecha de emision del C.E

El nombre y firma del transportista

Page 33: Ucp 600

• DEBE INDICAR EL NOMBRE DEL SERVICIO DE MENSAJERIA Y ESTAR SELLADO O FIRMADO POR ESTA.

• DEBE INDICAR LA FECHA DE RECOGIDA O RECEPCION , ESTA FECHA SERÁ CONSIDERADA COMO FECHA DE EMBARQUE.

Page 34: Ucp 600
Page 35: Ucp 600
Page 36: Ucp 600

Para la presentación de se extenderá por situaciones distintas a las condiciones del

banco:

Como

Guerras , destrucciones ,etc.

Con un día hábil siguiente, para

los embarques no sucede lo mismo.

Page 37: Ucp 600

10%

+/-

5%+/-

5%/-

TOLERANCIA

Page 38: Ucp 600

Si se presenta mas de un juego de :

De transporte

con diferentes

expediciones

Serán aceptadas

siempre que

indique un mismo

medio de

transporte.

Con la misma

fecha, y el mismo

destino

UTILIZACIONES Y EXPEDICIONES

PARCIALES

Page 39: Ucp 600

UTILIZACIONES Y EXPEDICIONES FRACCIONADAS

Si el crédito lo establece esta será posible en el plazo establecido de lo contrario cesará su posibilidad.

HORARIOS DE PRESENTACIÓN

El banco no tiene ninguna obligación de aceptar

documentación fuera de su horario de atención.

Page 40: Ucp 600

El banco no asume

ninguna

responsabilidad

cuando:

En la exactitud, autenticidad, falsedad de los

documentos.

Descripción, cantidad, embalaje estado , entrega de

mercancías .

A la reputación de los embarcadores, los

transportistas o los aseguradores de mercancías

Page 41: Ucp 600

El banco no asume ninguna responsabilidad

• .

Por las consecuencias

que pueda ocasionar:

• .

• .

Page 42: Ucp 600

Banco Designado

remite los

documentos

Banco Designado Banco Emisor

El banco Emisor

envía los

documentos

Page 43: Ucp 600

FUERZA MAYOR

Catástrofes naturales Motines Cualquier causa que este fuera del

control del banco

Al reanudar sus actividades, Salvo expresamente por esas

causas el Banco NO negociará

al amparo de un crédito que haya expirado durante tal

interrupción de sus actividades

Page 44: Ucp 600

EXONERACIÓN DE ACTOS DE

TERCEROS INTERVINIENTES

Los Bancos que utilicen los servicios de otro banco, lo hace por cuenta y riesgo del ordenante

Si el crédito estipula que los cargos son por cuenta del beneficiario y estos cargos no pueden ser cobrados , El banco emisor continuara siendo responsable de los mismos.

El ordenante esta obligado y es responsable de

indemnizar a los bancos por todas las obligaciones y

responsabilidades que les impongan las leyes y usos

extranjeros

Page 45: Ucp 600

Para que sea transferible tiene que estar expresamente dicho en el documento.

Puede ser transferido a un tercer beneficiario de formal total o parcial.

Se da a petición del

Beneficiario.

Page 46: Ucp 600

Los gastos incurridos en el proceso de transferencia deberán ser pagados por el primer beneficiario.

Un crédito transferido no puede ser transferido a petición de un tercer beneficiario.

El crédito transferido debe reflejar de

forma precisa los términos y condiciones

del crédito

Page 47: Ucp 600

El nombre del primer beneficiario podrá sustituir al del ordenante

del crédito.

En su solicitud de transferencia, el primer beneficiario puede

indicar que el crédito se honre o negocie al segundo beneficiario

La presentación de los documentos por o en nombre del

segundo beneficiario debe efectuarse al banco transferente

Page 48: Ucp 600

CESION DEL PRODUCTO

Cesión: Renuncia

voluntaria que se

hace de un bien

en favor de otra

persona

El hecho de que un crédito no

se estipule como transferible, no

afectar· el

derecho del beneficiario de

ceder cualquier producto del

crédito

Page 49: Ucp 600