u3 legisl ambiental

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  • UNIDAD TEMTICA :

    INTRODUCCIN A LA

    LEGISLACIN AMBIENTAL

    UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA NEIVA - 2015

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    PREOCUPACIONES POR EL MEDIO AMBIENTE DESDE EL

    MBITO INTERNACIONAL

    Internacionalmente la preocupaciones por el medio ambiente se

    comenzaron a sentir por parte de diferentes sectores de la sociedad y en

    diferentes pases para las dcadas de 1.960 y 1.970.

    Esto hizo que las naciones industrializadas y en va de desarrollo se reunieran

    para debatir, interpretar y tratar el deterioro ambiental que ya se evidenciaba

    en el planeta.

    Esto dio origen a una serie de acontecimientos de escala internacional

    representadas por cumbres y congregaciones de diferentes pases para

    buscar solucin ante la problemtica ambiental global.

    De estos acontecimientos se han fijado directrices, metas de

    descontaminacin y proteccin ambiental por parte de los asistentes, que se

    han establecido a travs de acuerdos y convenios internacionales.

    Convenios a los cuales se ha adherido Colombia apoyando las tendencias

    globales en materia del manejo ambiental, que incluso, muchos de estos

    acuerdos contrados internacionalmente, han servido de base para

    implementar la normatividad ambiental colombiana.

  • UT 3: Legislacin Ambiental PREOCUPACIONES POR EL MEDIO AMBIENTE DESDE EL

    MBITO INTERNACIONAL

    Acontecimiento Internacional Asunto/Resultados de la cumbre

    *1972-Conferencia ONU (El Medio Ambiente Humano). Estocolmo, Suecia.

    -A partir de esta cumbre se comienza a tomar

    conciencia de los problemas ambientales globales.

    -Se adopt una declaracin de principios, entre los cuales: todo hombre tiene derecho a un M.A. sano, todo hombre tiene derecho a los R.N. de la bisfera.

    -Tambin Se acord preservar la naturaleza y elevar la calidad de vida de la poblacin.

    **1992-Conferencia ONU (Medio Ambiente y Desarrollo), (Cumbre Tierra Cumbre de Ro). Ro de Janeiro, Brasil.

    -Formul nuevos principios y compromisos frente a los problemas ambientales .

    -Adopt la agenda XXI, que defini metas a ambientales a alcanzar para el del siglo XXI.

    -La adopcin de las convenciones sobre cambio climtico y Diversidad Biolgica.

    -Rescato y oficializ el concepto de Desarrollo Sostenible, definido por la ONU en 1987.

    * Como consecuencia de la Convencin de Estocolmo, el Congreso colombiano expidi la ley 23 de 1973 que concibi al medio ambiente como patrimonio comn de los colombianos y autoriz al ejecutivo para la expedicin de

    un cdigo de recursos naturales, el cual fue concretado en el decreto ley 2811 de 1974.(Perea, francisco. 2012)

    ** Se destaca la importancia de esta cumbre para Colombia, ya que los principios y tratados formulados en ella son parte del derecho ambiental colombiano. (INLAC, 2009).

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Colombia ; es un pas privilegiado por:

    Gran diversidad biolgica. (catalogado como el segundo pas ms biodiversos del mundo (ONU-CEPAL, 2014*), y primero en grupos de especies como aves, anfibios, mariposas, rptiles y mamferos).

    Gran diversidad de ecosistemas. (comprenden desde pramos hasta selvas tropicales y zonas ridas).

    Poseedor de una gran riqueza minera y energtica. (Afloramientos de metales preciosos, sinnmero de minerales, yacimientos de petrleo y de gas natural).

    Es uno de los pases ms ricos en cuanto a disponibilidad de agua en Amrica Latina (ms de la mitad de su superficie se encuentra cubierta por bosques) (ONU-CEPAL, 2014*)

    Pero as como posee todas estas bondades de la naturaleza, es un pas que se ve seriamente amenazado ambientalmente; pues debido a esa gran biodiversidad natural y riqueza de recursos naturales, se convierte en una zona estratgica para el beneficio econmico del hombre.

    *ONU-CEPAL, 2014. Doc.Evaluacin ambiental. (CEPAL: Comisin Econmica para Amrica Latina y el Caribe)

    EVOLUCIN DE LA LEGISLACIN AMBIENTAL EN

    COLOMBIA

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    EVOLUCIN DE LA LEGISLACIN AMBIENTAL EN

    COLOMBIA

    Teniendo en cuenta la latente amenaza ambiental provocada por el

    aprovechamiento desmedido de R.N. por parte del hombre, Colombia ha

    venido diseando polticas publicas y normatividad ambiental, incluso desde

    antes de la dcada de 1950. Tenemos que desde inicios del siglo XIX el

    Libertador Simn Bolvar, con una visin futurista, en su calidad de Presidente

    de la Gran Colombia, expidi el decreto 19 de Diciembre de 1825 que buscaba

    proteger el agua para la ciudad de Bogot y el decreto del 31 de Julio de 1829,

    que buscaba conservar los bosques de los que se vena extrayendo la madera

    y las sustancias medicinales, obviamente estos decretos hoy en da se

    encuentran derogados.

    Del mismo modo el pas se ha venido acoplando a las tendencias globales en

    materia del manejo ambiental de conformidad a compromisos adquiridos en

    cumbres internacionales; tal es el caso que hoy en da es considerado como

    uno de los pases con una legislacin ambiental bien desarrollada en

    comparacin con los dems pases de la regin suramericana.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    EVOLUCIN DE LA LEGISLACIN AMBIENTAL EN

    COLOMBIA

    Por lo anterior, la evolucin de la legislacin ambiental colombiana

    puede definirse entre las siguientes etapas:

    Inicio de siglo XIX poca de La Gran Colombia: (Presidente Simn Bolvar)

    - Expide el Decreto del 19 de Diciembre de 1825 que buscaba proteger el

    agua para la ciudad de Bogot. (derogado).

    - Expide el Decreto del 31 de Julio de 1829, que buscaba conservar los

    bosques de los que se vena extrayendo la madera y las sustancias

    medicinales. (derogado).

    Aos entre 1930 a 1952

    - Ley 200 de 1936; Trae normas de proteccin de aguas, bosques y sienta

    las bases para el establecimiento de reservas forestales. (derogado).

    - Ley 106 de 1946; Por medio del cual se crea el instituto de fomento

    forestal. (derogado).

    - 1952; se cre la Divisin de Recursos Naturales (Ministerio Agricultura).

    (derogado).

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Aos entre 1953 y 1970

    -En 1959 aparece la Ley 2 de 1959 (ZRF) (vigente).

    CON QUE FIN SE CREO?

    Se constituy como base legal en materia de proteccin de los R.N. y del medio ambiente en el pas.

    A travs de esta ley se establecieron siete grandes Zonas de

    Reserva Forestal (ZRF) en el pas para:

    1) El desarrollo de la Economa Forestal (ZRF de produccin forestal)

    2) Para la proteccin Suelos , Agua y Vida silvestre (ZRF protectoras)

    3) Se sentaron las bases para la declaratoria de lo que hoy conocemos como Parques Nacionales Naturales.

    EVOLUCIN DE LA LEGISLACIN AMBIENTAL EN

    COLOMBIA

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    LEY 2 DE 1959 (ZRF):

    A pesar de ser muy antigua todava se encuentra vigente

    ZONIFICACIN DEL REA PROTEGIDA

    - Decreto 2631 de 1960.- se cre el Primer PNN CUEVA DE LOS

    GUACHAROS

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    EVOLUCIN DE LA LEGISLACIN AMBIENTAL EN

    COLOMBIA

    Aos entre 1953 y 1970

    -En 1968 con la reforma administrativa del presidente Carlos

    Lleras se crean cuatro instituciones relacionadas con la

    proteccin del medio ambiente:

    1) Instituto de los Recursos Naturales Renovables y del Medio

    Ambiente (INDERENA). (Antigua Divisin de recursos

    naturales, Ministerio Agricultura, 1952), Que tambin

    desaparece con la creacin del MMA.

    2) Instituto Geogrfico Agustn Codazzi (IGAC).

    3) Instituto de investigaciones Geolgicas y Mineras

    (INGEOMINAS).

    4) Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Aos entre 1971 y 1989 Internacionalmente la preocupaciones por el medio ambiente se

    comenzaron a sentir a partir de las dcadas se 1960 y 1970.

    Estos hizo que las naciones industrializadas y en va de desarrollo se

    reunieran para debatir la problemtica ambiental:

    - 1972- Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente

    Humano, Estocolmo, Suecia.

    Como consecuencia de la conferencia de Estocolmo, el Congreso colombiano

    expidi la ley 23 de 1973 que concibi al medio ambiente como patrimonio

    comn de los colombianos y autoriz al ejecutivo (Pdte Misael Pastrana) para

    la expedicin de un cdigo de recursos naturales, el cual fue concretado en el

    decreto ley 2811 de 1974.(Perea, francisco. 2012)

    CON MOTIVO DE LA CONFERENCIA DE ESTOCOLOMO, NUESTRO PAS

    IMPLEMENTA EL DECRETO - LEY 2811/74 CODIGO NAL DE RECURSOS

    NATURALES RENOVABLES Y PROTECCIN EL MEDIO AMBIENTE.

    EVOLUCIN DE LA LEGISLACIN AMBIENTAL EN

    COLOMBIA

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Aos entre 1971 y 1989 1974

    CODIGO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y

    DE PROTECCIN AL MEDIO AMBIENTE (DECRETO LEY 2811 DE 1974)

    Establece 3 aspectos relevantes:

    - Establece que el ambiente es patrimonio comn y que el manejo de los

    recursos naturales es de utilidad pblica e inters social.

    - Establece la regulacin y el manejo de los recursos naturales

    renovables en el pas, abarcando:

    1)Los componentes agua, atmsfera, suelo, el subsuelo, la flora, la fauna, los

    recursos biolgicos del agua y los recursos del paisaje.

    2)Regula las afectaciones de todas las condiciones de vida resultantes de

    asentamientos urbanos y rurales como lo son: residuos solidos, lquidos y

    ruido.

    3)Define los PERMISOS Y CONCESIONES para el uso y aprovechamiento de

    R.N. de manera sostenible.

    4) Define y crea las tasas retributivas y tasas compensatorias para el

    restablecimiento de R.N..

    - Establece el sistema PNN (posteriormente reglamentado por el Decreto

    622 de 1977)

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Aos entre 1971 y 1989

    1974 CODIGO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y

    DE PROTECCIN AL MEDIO AMBIENTE (DECRETO LEY 2811 DE 1974)

    Este cdigo ha sido reglamentado por los decretos:

    877 de 1976, en lo atinente a los recursos forestales,

    1337 de 1978, en cuanto a la educacin ambiental,

    1415 de 1978, el cual crea la comisin conjunta de asuntos ambientales

    1541 de 1978, que reglamenta las aguas no martimas,

    1608 de 1978, sobre fauna silvestre,

    1741 de 1978, en relacin con las reas de recursos hidrobiolgico,

    1715 de 1978, en cuanto a proteccin del paisaje,

    2115 de 1978 en materia de permisos de aprovechamiento forestal,

    2104 de 1983, en relacin a residuos slidos,

    1594 de 1984, en lo referente al uso del agua y el vertimiento de residuos

    lquidos

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Aos entre 1971 y 1989

    1979 LEY 9 DE 1979.- CODIGO SANITARIO NACIONAL.

    Por la cual se dictan medidas sanitarias Esta Ley establece:

    a) Las normas generales para preservar, restaurar y mejorar las condiciones

    sanitarias en lo que se relaciona a la salud humana;

    b) Los procedimientos y las medidas que se deben adoptar para la regulacin,

    legalizacin y control de residuos y materiales que afectan o pueden afectar

    las condiciones sanitarias del ambiente.

    TITULO I: DE LA PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE

    Del control sanitario de los usos del agua

    De los Residuos lquidos y slidos

    De las emisiones atmosfricas

    TITULO II: SUMINISTRO DE AGUA

    De las aguas superficiales, subterrneas y su potabilizacin.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Dcada de 1990

    CONSTITUCIN POLITICA DE 1991:

    Se le denomina la constitucin ecolgica

    Contempla 34 disposiciones directamente relacionadas con la proteccin al

    medio ambiente, motivo por el cual se le ha denominado la constitucin

    ecolgica.

    Impone a los ciudadanos deberes como:

    -Proteger la diversidad biolgica

    -Conservar las ZRF y PNN

    -Prevenir el deterioro ambiental

    -Planificar el aprovechamiento de los recursos naturales

    Entre los artculos importantes tenemos por ejemplo:

    -Art. 79. Estableci el derecho a un medio ambiente sano,

    considerndolo como un derecho fundamental.

    -Art. 80. El Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los

    recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible..

  • UT 3: Legislacin Ambiental Principales principios ambientales contenidos en la Constitucin Poltica de Colombia

    ART. TEMA CONTENIDO

    7 Diversidad tnica y cultural de la

    Nacin

    Hace reconocimiento expreso de la pluralidad tnica y cultural de la Nacin y

    del deber del Estado para con su proteccin.

    8 Riquezas culturales y naturales de

    la Nacin

    Establece la obligacin del Estado y de las personas para con la conservacin

    de las riquezas naturales y culturales de la Nacin.

    49 Atencin de la salud y

    saneamiento ambiental

    Consagra como servicio pblico la atencin de la salud y el saneamiento

    ambiental y ordena al Estado la organizacin, direccin y reglamentacin de

    los mismos.

    58 Funcin ecolgica de la

    propiedad privada

    Establece que la propiedad es una funcin social que implica obligaciones y

    que, como tal, le es inherente una funcin ecolgica.

    63 Bienes de uso pblico

    Determina que los bienes de uso pblico, los parques naturales, las tierras

    comunales de grupos tnicos y los dems bienes que determine la ley, son

    inalienables, imprescriptibles e inembargables.

    79 Ambiente sano Consagra el derecho de todas las personas residentes en el pas de gozar de un

    ambiente sano

    80 Planificacin del manejo y

    aprovechamiento de los recursos

    naturales

    Establece como deber del Estado la planificacin del manejo y

    aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo

    sostenible, su conservacin, restauracin o sustitucin.

    88 Acciones populares Consagra acciones populares para la proteccin de derechos e intereses

    colectivos sobre el medio ambiente, entre otros, bajo la regulacin de la ley.

    95 Proteccin de los recursos

    culturales y naturales del pas

    Establece como deber de las personas, la proteccin de los recursos culturales

    y naturales del pas, y de velar por la conservacin de un ambiente sano.

    330 Administracin de los territorios

    indgenas

    Establece la administracin autnoma de los territorios indgenas, con mbitos

    de aplicacin en los usos del suelo y la preservacin de los recursos naturales,

    entre otros.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Dcada de 1990. -(1992) Conferencia de las Naciones Unidas sobre M.A. y desarrollo, Ro

    Janeiro, Brasil.(El marco legal e institucional colombiano en materia de manejo

    ambiental apoya las tendencias globales del Desarrollo Sostenible, concepto

    oficializado en la Cumbre de Ro en 1992 ).

    Atendiendo los compromisos adquiridos en la cumbre de Ro, y con el fin de

    dar cabal cumplimiento a las disposiciones ambientales contempladas en la

    constitucin nacional se crea:

    El Ministerio del Medio Ambiente

    (LEY 99 DEL 93, se denomin la Ley del medio

    ambiente) Para coordinar el SINA (sistema nacional ambiental)

    Y

    De esta manera se reordena la gestin y conservacin del medio ambiente en

    el pas

    SINA: Conjunto de orientaciones, recursos, programas e instituciones, que permiten la puesta en

    marcha de los principios de proteccin y conservacin del medio ambiente y los recursos naturales

    renovables.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Principales instituciones estatales responsables de la

    poltica ambiental en Colombia:

    1)Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible - ANLA

    2)Autoridades Ambientales Regionales (cars) (autonoma administrativa-finan)

    3)Institutos de investigacin (IDEAM, AV-HUMBOLDT, SINCHI, JOHN VON

    NEWMANN, IVEMAR).

    A nivel Nacional:

    1) MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Y

    DESARROLLO SOSTENIBLE

    -Es el rgano rector del SINA y su principal objetivo es el de expedir polticas,

    programas y proyectos para la recuperacin, conservacin, proteccin,

    ordenamiento y aprovechamiento de los recursos naturales en el pas.

    -Tambin administra el Sistema de Parques Nacionales Naturales a travs de

    UAESPNN (53 REAS PROTEGIDAS).

    ANLA: Agencia nacional de licencias ambientales.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    A nivel Regional:

    2)Autoridades Ambientales Regionales (cars) (autonoma

    administrativa-financiera).

    Caso Huila: CAM: es la mxima Autoridad Ambiental en el Departamento del Huila, encargada de la administracin, proteccin, manejo, recuperacin y

    conservacin de los recursos naturales renovables y del ambiente.

    Algunas de las funciones como autoridad ambiental : 1. Otorgamiento y seguimiento de Licencia Ambientales.

    2. Otorgamiento de los siguientes permisos: Concesin de Aguas Superficiales

    y Subterrneas, Emisiones atmosfricas, Vertimientos de aguas residuales,

    Ocupacin de cauces, playas y lechos, Estudio de investigacin de especies

    de flora y fauna silvestre, Prospeccin y exploracin de aguas subterrneas.

    3. Expedicin de Salvoconductos para movilizacin de material vegetal y fauna

    silvestre.

    4. Decomiso de especies de flora y fauna silvestre extradas de manera ilegal.

    5. Investigacin y procesos sancionatorios por contravenciones ambientales.

    6. Monitoreo y control fuentes Hdricas.

    7. Evaluacin y aprobacin del componente ambiental en los EOT.

    8. Asesora y emisin de conceptos tcnicos para prevencin de desastres.

    9. Realizacin de campaas educativas para la proteccin, conservacin,

    control y manejo adecuado de los recursos naturales y del ambiente.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    TRAMITES AMBIENTALES QUE SE ADELANTAN EN LA CAM

    1. Otorgamiento y seguimiento de Licencia Ambientales.

    2. Otorgamiento de los siguientes permisos:

    -Concesin de Aguas Superficiales y Subterrneas,

    -Permiso para emisiones atmosfricas,

    -Permiso para vertimientos de aguas residuales,

    -Permiso para ocupacin de cauces, playas y lechos,

    -Permiso para estudio de investigacin de especies de flora y fauna silvestre,

    -Prospeccin y exploracin de aguas subterrneas.

    -Permisos de aprovechamiento forestal,

    -Expedicin de Salvoconductos para movilizacin de material vegetal y fauna

    silvestre.

    Tramite para concesin de Aguas Superficiales y Subterrneas, (Autorizacin

    que otorga la entidad ambiental a una persona natural o jurdica, para hacer

    uso de las aguas pblicas o sus cauces)

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    EJEMPLO DE TRMITES AMBIENTALES QUE SE ADELANTAN

    EN LA CAM.

    Trmite para concesin de Aguas Superficiales y Subterrneas, (Autorizacin

    que otorga la entidad ambiental a una persona natural o jurdica, para hacer

    uso de las aguas pblicas o sus cauces).

    A quines se otorga el permiso?. Al dueo, poseedor y/o tenedor del predio o

    industria.

    Requisitos para el trmite: Diligenciar formularios nico Nal con los siguientes

    datos: Datos solicitante, informacin del predio, informacin de la fuente

    abastecimiento, demanda/uso.

    Actividades que requieren concesin: Abastecimiento domstico multi -

    derivacin, riego, abrevaderos, uso industrial, generacin de electricidad,

    explotacin minera y tratamiento de minerales, explotacin petrolera,

    agricultura, recreacin y deportes.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Institutos de investigacin.

    IDEAM: Encargado del levantamiento y manejo de la informacin cientfica y

    tcnica de ecosistemas, informacin bsica de hidrologa, meteorologa y

    geografa bsica, suelos y cobertura vegetal, y tiene a su cargo la red

    hidrolgica y meteorolgica nacional.

    AV-HUMBOLDT: Re encarga de realizar investigacin bsica y aplicada sobre

    los recursos genticos de la flora y la fauna nacionales y levantar y formar el

    inventario cientfico de la biodiversidad en todo el territorio continental.

    SINCHI: Esta encargado de realizar estudios e investigaciones relacionados

    con la realidad biolgica, social y ecolgica de la regin amaznica

    colombiana.

    JOHN VON NEWMANN: Realiza actividades relacionadas con la conservacin

    y el fortalecimiento de los sistemas naturales y culturales para el mejoramiento

    del bienestar material y espiritual de la poblacin del pacfico colombiano.

    IVEMAR: Realiza investigacin bsica y aplicada de los recursos naturales

    renovables y el medio ambiente y los ecosistemas costeros y ocenicos de los

    mares adyacentes al territorio nacional.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    Aos entre el 2000 - 2011

    DELITO AMBIENTAL Se entiende por delito aquella conducta contraria a la norma que se encuentra descrita

    dentro del cdigo penal, a su vez dentro de este cdigo, el captulo XI est dedicado a

    describir y establecer las penas correspondientes a los delitos contra los recursos

    naturales.

    AO 2000. DELITOS: LEY 599 DE 2000 (CDIGO PENAL) TITULO XI DE LOS DELITOS CONTRA

    LOS RECURSOS NATURALES Y EL MEDIO AMBIENTE

    AO 2011. DELITOS: LEY 1453 de 2011 Modifica artculos del cdigo penal (LEY 599 DE 2000).

    Artculo 328. Ilcito aprovechamiento de los recursos naturales

    renovables. incurrir en prisin de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108)

    meses y multe hasta de treinta y cinco mil (35.000) salarios mnimos legales

    mensuales vigentes.

    Articulo 331. Daos En Los Recursos Naturales. Incurrir en prisin de

    cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa de ciento treinta y tres

    punto treinta y tres (133.33) a quince mil (15.000) salarios mnimos mensuales

    legales vigentes.

    Articulo 332. Contaminacin ambiental. Incurrir, sin perjuicio de las

    sanciones administrativas a que hubiere lugar, en prisin de cincuenta y cinco

    (55) a ciento doce (112) meses y multa de ciento cuarenta (140) a cincuenta

    mil (50.000) salarios mnimos legales mensuales vigentes.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    JERARQUA DE NORMAS

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    PROMULGACIN DE NUEVAS NORMAS

    Las directrices de la Constitucin Poltica de 1991, los

    acuerdos internacionales ONU, y las directrices del

    Decreto Ley 2811 de 1974, han servido para la promulgacin de otras leyes y decretos para el

    desarrollo de la legislacin ambiental colombiana.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    PROMULGACIN DE OTRAS NORMAS

    Normatividad sobre el recurso atmosfrico

    Decreto 02 de 1982 Reglamenta ttulo I de la Ley 09-79 y el decreto 2811-74

    Disposiciones sanitarias sobre emisiones atmosfricas

    Art. 7 a 9 Definiciones y normas generales

    Art.73 Obligacin del Estado de mantener la calidad

    atmosfrica para no causar molestias o daos que interfieran el

    desarrollo normal de especies y afecten los recursos naturales

    Art. 74 Prohibiciones y restricciones a la descarga de material

    particulado, gases y vapores a la atmsfera

    Art. 75 Prevencin de la contaminacin atmosfrica

    Decreto 948 de 1995 Normas para la proteccin y control de la calidad del aire

    Resolucin 1351 de 1995 Se adopta la declaracin denominada Informe de Estado de

    Emisiones

    Resolucin 005 de 1996 Reglamenta niveles permisibles de emisin de contaminantes

    por fuentes mviles

    Resolucin 864 de 1996 Identifica equipos de control ambiental que dan derecho al

    beneficio tributario segn art. 170, ley 223 de 1995

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    PROMULGACIN DE OTRAS NORMAS

    Normatividad sobre el recurso hdrico

    Decreto 2811 de 1974, libro

    II parte III

    Artculo 99: Establece la obligatoriedad de tramitar el respectivo permiso

    de explotacin de material de arrastre

    Art. 86 a 89: Derecho a uso del agua. Art.134 a 138: Prevencin y control

    de contaminacin. Art. 149: aguas subterrneas. Art.155: Administracin

    de aguas y cauces.

    Decreto 1449 de 1977 Disposiciones sobre conservacin y proteccin de aguas, bosques, fauna terrestre y acutica

    Decreto 1541 de 1978 Aguas continentales: Art. 44 a 53 Caractersticas de las concesiones, Art. 54 a 66 Procedimientos para otorgar concesiones de agua superficiales y

    subterrneas

    Ley 09 de 1979 Cdigo sanitario nacional Art. 51 a 54: Control y prevencin de las aguas para consumo humano.

    Art. 55 aguas superficiales. Art. 69 a 79: potabilizacin de agua

    Decreto 1594 de 1984 Normas de vertimientos de residuos lquidos

    Decreto 2314 de 1986 Concesin de aguas

    Decreto 79 de 1986 Conservacin y proteccin del recurso agua

    Decreto 1700 de 1989 Crea Comisin de Agua Potable

    Decreto 901 de 1997 Tasas retributivas por vertimientos lquidos puntuales a cuerpos de agua

    Ley 373 de 1997 Uso eficiente y ahorro del agua

    Decreto 475 de 1998 Algunas normas tcnicas de calidad de agua

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    PROMULGACIN DE OTRAS NORMAS

    Normatividad sobre el recurso suelo

    Decreto 2811 de 1974

    parte VII

    Del suelo agrcola y de los usos no agrcolas de la tierra.

    Decreto 2655 de 1988 Cdigo de Minas

    Decreto Reglamentario

    2462 de 1989

    Sobre explotacin de materiales de construccin.

    Ley 388 de 1997, Artculo

    33

    Ordenamiento territorial, que reglamenta los usos del suelo

  • UT 3: Legislacin Ambiental HERRAMIENTAS JURIDICAS DE PARTICIPACIN CIUDADANA EN

    DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE Teniendo en cuenta a que el Art. 79. de la C.N. Estableci el derecho que tienen las personas a

    gozar de un medio ambiente sano, considerndolo como un derecho fundamental, hace que

    este derecho sea exigible por los ciudadanos a travs de diversas vas administrativas y

    judiciales como son:

    1)HERRAMIENTAS DE PARTICIPACIN ADMINISTRATIVA (entre las ms comunes):

    -DENUNCIA POLICIVA (Polica del medio ambiente)

    -DENUNCIA DIRIGIDA A ORGANISMO RECTOR DEL MEDIO AMBIENTE LOCAL O

    REGIONAL (CAM)

    -DENUNCIA DIRIGIDA A LA PROCURADURIA AMBIENTAL Y AGRARIA.

    2)HERRAMIENTAS DE PARTICIPACIN JUDICIAL (entre las ms comunes):

    -TUTELA (Derecho a un medio ambiente sano se considera un derecho

    fundamental)

    -ACCIN DE CUMPLIMIENTO. (En caso de omisin de una Ley, cualquier persona

    podr acudir ante la autoridad judicial para hacerla cumplir)

    -ACCIONES POPULARES Y DE GRUPO (Mecanismo ms idneo para la proteccin

    de los derechos colectivos y del medio ambiente/ remuneracin por perjuicios)

    -ACCIN PENAL (Se ejerce denuncia ante la fiscala (etapa investigacin) y jueces

    (etapa de juicio)) DENUNCIA DIRIGIDA A LA FISCALIA PARA ASUNTOS

    AMBIENTALES.

  • UT 3: Legislacin Ambiental

    TALLER

    CUESTIONARIO LEGISLACIN AMBIENTAL

    1. Segn el Decreto 1791 de 1996, Qu es un permisos de aprovechamiento

    forestal?, que tipos de aprovechamiento existen?, en que consiste cada uno?, y

    cules son los pasos para el tramite de cada uno de ellos ante la CAM Huila?

    2. Qu es un salvoconducto ambiental?, a quienes se les otorga y para qu?.

    3. Segn el Decreto 2820 de 2010, Qu es licencia ambiental?, Qu es licencia

    ambiental global?.

    4. Segn el Decreto 3930 DE 2010 y el Decreto - Ley 2811 de 1974 Qu son

    vertimiento de aguas residuales?, Qu son tasas retributivas?, Quin debe

    pagar una tasa retributiva?, Quin o qu entidad cobra las tasas retributivas?,

    Cul es la destinacin final de los recursos que se logren captar por concepto de

    tasas retributivas?.

    6. Segn la ley 599 de 2000 (cdigo penal) ttulo XI de los delito contra los

    recursos naturales y el medio ambiente, modificada parcialmente por la Ley 1453

    de 2011; explique brevemente de que tratan y que pena acarrean los delitos

    descritos en los artculos 328,329,331,332,336 y 337 de la mencionada ley.

  • G R A C I AS