tratado de derecho bancario y bursatil tomo i - jesús de la fuente rodríguez

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  • TRATADO DE DERECHO BANCARIOy BURSTIL

    , SEGUROS, FIANZAS, ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES, AUXILIARES DEL CRDITO, AHORRO YCRDITO POPULAR,

    GRUPOS FINANCIEROS

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  • JESS DE LA FUENTE RODRGUEZDOCTOR EN DERECHO POR LA UNAM. (MENCiN HONOIUFlCA).

    CATI:!)Rl1CO DEDERt:CH BANCARIO (POROPOSICiN) 'r'DEDERECHOBANCARIO YBURSTIL ENU. LICENCIATURA AS COMO DE DWCHO MONETARIO, BANCA CENTRAL YCONTRATOS BURS\.TILf.SENLADIVISIN DEI::STUDlOS DEPOSCRADO 01::: LAFACULTAD DEDERECHO DELAUNAM; PROFESORDEL5!::MINARlO DEDEREOlO MF.RCAfI,'TIL YDlSflNGUlOOOONlA CTtDRA EXTRAORDINARIA "RALCERVAr.TE5 AHUMADA" DE LA MISMA FACUL:fAD; PROFESORDEI.CLAUSrRO DEL POSGRADO EN ELREA -n. SISTEMA nNANCIER MF.XIGANO~, As COMO m: LALICENCIATURA DE l.J\ UNIVERSIDADPANAMERICANA YDFLDOCTORADO DELA UNIVERSIDAD AUTNOMA HE pUEBlA: I'ROFESOR ASESORDELAUNIVERSIDAD DENUEVO !...EN; SECRETARIO Cf.Nl::.RAL DELOOULIO 01:: PROFESORES DEDERECHOMERC'Al....'TIL. AC; fJ{-D[RECTORJURiDlCO. EX.{'OORDINADOR m: INVES11GAC1N yDFSARROu.oDElA CNB.EX-D1RE(.TOR DE PL-\NI::ACION VDE DESARROU.OINSTITUCIONAL DE lA CNBV: AUTOR DE LOS L1.BROS: l\Nl.ISIS y JURISI'RUDI::NCIA DE lA LEYm: INSJ'ITUCIONES DE CRt.IJITO, EXPOSICiN Di::MOTIV~ DISPOSICIONES DE U\ SHCP, BANXICO, CNBV y ARM." "ANI.ISIS y JUR1srRIIIlFNCU.,DE LA I.I'..YDELMERCADO DE VALORES, EXPOSICiN DE MOTIVOs.I11Si'GSleloNES DE LA SHCP,

    BANXICO, CNBV y AMIB."

    TRATADO DE DERECHO~

    BANCARIOy BURSATILSEGUROS, FIANZAS, ORGANIZACIONES Y

    ,ACTMDADES AUXILIARES DEL CREDITO,

    . ,AHORRO YCREDITO POPULAR,

    GRUPOS FINANCIEROS.

    CUARTA EDICIN(ACTUALIZADA)

    'roxto r

    \

    EDITORIAL PORRAAV. REPBLICA ARGENTINA, 15

    MXICO, 2002

  • Primera edicin, 1999Segunda edicin. 1999Tercera edicin, 2000

    Derechos reservados

    Copyright 2002 byJESS DE LA FUENTE RODRlcUEZAdolfo Prieto. Nm. 1256

    Col. Del Valle, Mxico, D.F.Email: [email protected]

    Esta edicin y sus caractersticas son propiedad de la

    EDITORIAL PORRA, S. A. DE C.V.-6

    Av. Repblica Argentina. 06020. Mxico. D. F.

    Queda hecho el depsito que marca la ley

    ISBN 970-07-3423-4

    IMPRESO EN MXICOPRINTED IN MEXICO

  • 1

    \

    A:

    MI TODO:Dios yMi amada Patria

    MI AMOR E INICIO:Socorro Rodriguez de De La Fuente(Mi fuerza y enseanza)Jess De la Fuente Ramos (Inolvidable padre)

    MI VIDA E INSPIRACIN:Mi esposa Laura EstherDe la Garza Camposy mishijas, Laura Patricia, Gabriela, Fabiola yDavid (mi nieto)

    MI SANGRE:Guadalupe, Lucila, Socorrito y Vctor.

    ESPECIALMENTE:

    A los estudiantes universitarios, cuyo espritume ilumina; yDavid Surez

  • CONTENIDO

    PRLOGO ...............................................................................

    INTRODUCCIN .

    ABREVIATURAS y SIGLAS MS UTILIZADAS .

    PARTE PRIMERA

    XXXIII

    XXXVII

    XXXIX

    INTRODUCCIN AL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

    CAPTULO 1

    NOCIONES GENERALES DEL DERECHO FINANCIERO

    l. Ubicacin y concepto ; , .2. Regulacin por normas de Derecho Pblico y Privado .

    J) Normas de carcter pblico ..2) Normas de carcter privado .

    3. La autonoma del Derecho Financiero , ..1) Legislativa .2) Sustancial .3) Cientfica .4) Didctica .

    :: ~~~~~~~a~~~~~~~.~.~~~~.::::::::::::::::::::::::::::::: : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : 'CAPiTULO II

    FUENTES PRIMARIAS YSUPLETORIAS DE LALEGISLACIN FINANCIERA

    3556668889

    lO

    6. Fuentes primarias y supletorias........................................................... 111) Fuentes del Derecho Financiero 11

    7. Fuentes primarias y supletorias en la legislacin bancaria 121) Ley de Instituciones de Crdito y Ley del Banco de Mxico.... 122) Legislacin mercantil 133) Los usos bancarios y mercantiles 144) Las prcticas bancarias 16

    IX

  • x JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    5) Cdigo Civil para el Distrito Federal............................................. 176) Cdigo Fiscal de la Federacin 18

    8. Fuentes primarias y supletoriasen las legislaciones burstil, fian-zas, organizaciones y actividades auxiliares del crdito, de ahorroy crdito popular y agrupaciones financieras 18

    9. Fuentes primarias y supletorias en la legislacin de seguros 2210. Resumen esquemtico 2311. Cuestionario 25

    CAPTULO III

    DESARROLLO DEL DERECHO FINANCIERO

    12. Antecedentes de la reglamentacin de seguros y bancos 1783-1809 28

    13. Reglamentacin de las entidades bancarias, aseguradoras, afian-zadoras y almacenes generales de depsito en las legislacionesmercantil y civil 1810-1892 281) Entidades bancarias 282) Compaas de seguros 293) Compaas de fianzas.................................................................... 304) Almacenes generales dc depsito 305) Establecimiento de una bolsa mercantil.................................... 31

    14. Derecho especial para las entidades de seguros, afianzadoras,bancos y almacenes generales de depsito 1892-1910 311) Ley sobre compaas de seguros 1892 312) Ley de compaas dc fianzas 1895.............................................. 323) Ley de instituciones de crdito 1897.......................................... 324) Ley sobre almacenes generales de depsito 1900.................... 33

    15. Base legal para la creacin del Banco de Mxico 1917 3316. Legislacin bancaria de 1924-2002 33

    1) Marco jurdico del sistema de banca privada 1897-1982 342) Marco jurdico del sistema de banca nacionalizada 1982-1990... 363) Marco jurdico del sistema de banca reprivatizada 1990-2002.. 38

    17. Legislacin de seguros 1926-2002 441) Leyes de seguros 1926-1935 442) Reformas y adiciones 2002 45

    18. Legislacin de fianzas 1910-2002 491) Leyes de fianzas 1910-1950........................................................... 492) Reformas y adiciones 2002 51

    19. Legislacin burstil 1926-2002 511) Reglamentacin en la legislacin bancaria y otros ordena-

    mientos 1926-1975 512) Ley del Mercado de Valores 1975 533) Reformas y adiciones 2002 53

    20. Legislacin de las sociedades de inversin 1951-2002.................. 581) Leyes de Sociedades de Inversin 1951-2002............................ 582) Nueva Ley de Sociedades de Inversin 58

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL XI

    21. Legislacin de las Organizaciones y Actividades Auxiliares delCrdito 1916-2002............................................................................... 611) Almacenes generales de depsito 1916-1985............................ 612) Arrendadoras financieras 1966-1985.......................................... 623) Uniones de crdito 1926-1985..................................................... 644) Empresas de factoraje financiero 1990...................................... 665) Sociedades de ahorro y prstamo 1952-1985............................ 676) Casas de cambio (actividad auxiliar del crdito) 1916-1985.. 68

    22. Legislacin de los sistemas de ahorro para el retiro 1990-2002..... 701) Reformas a diversas leyes para la creacin. de los sistemas de

    ahorro para el retiro..................................................................... 702) Ley para la Coordinacin de los Sistemas de Ahorro para el

    Retiro 713) Nuevo sistema de pensiones 71

    23. Legislacin de las agrupaciones financieras 1990-2000 721) Ley de Instituciones de Crdito y Ley del Mercado de Valores. 722) Ley para Regular las Agrupaciones Financieras 73

    24. Resumen esquemtico 7525. Cuestionario 78

    CAPiTULO IV

    EL ACTUAL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

    26. Concepto 7927. Importancia ...... 7928. Integrantes 80

    1) Autoridades financieras y eIIPAB. 812) Entidades financieras 823) Entidades de servicios complementarios. auxiliares o de apoyo 844) Grupos financieros ,......................................... 865) Otras entidades 88

    29. Resumen esquemtico ,.................................................. 8830. Cuestionario 88

    PARTE SEGUNDA

    AUTORIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANOY EL INSTITUTO DE PROTECCIN AL AHORRO BANCARIO

    CAPiTULO V

    SECRETARA DE HACIENDA Y CRDITO PBLICO

    31. Creacin 9332. Marco jurdico y facultades 94

  • XII JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    1) Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema financiero del pas 952) Autorizacin (Ver Captulo XII Procedimientos para organi-

    zarse y operar como entidad financiera) 963) Emisin de disposiciones de carcter prudencial.................... 984) Interpretacin administrativa 9S5) Intervencin en delitos financieros 1006) Aplicar sanciones 1007) Aprobacin 1008) Intervenir en las Comisiones Nacionales Bancaria y de Valores, de

    Seguros y Fianzas y del Sistema de Ahorro para el Retiro 1009} Resuelve consultas 101

    33. Tiempos de respuesta de las autoridades administrativas a las so-licitudes de los ciudadanos 1011) Plazo mximo de tres meses 1012} Plazo de dos das hbiles para expedir constancia 1013) Excepciones al plazo de tres meses para que las autoridades re-

    suelvan las peticiones de ciudadanos 1024) Facultad a las autoridades administrativas para ampliar dichos

    plazos, a solicitud de parte interesada (Art. 5 bis.S) 10334. Estructura orgnica 10335. Resumen esquemtico 10536. Cuestionario 107

    CAPiTULO VI

    BANCO DE MXICO

    36. Antecedentes........................................................................................ 10937. Creacin de un Banco Central autnomo 1103S. Naturaleza jurdica 111

    1} El Banxico no forma parte de la Administracin Pblica Fe-deral 112

    2} El Banxico como organismo autnomo del Estado 11339. Finalidades 115

    1} Proveer a la economa del pas de moneda nacional. (Objeti-vo Prioritario y Poltica Monetaria) 116

    2} Promover el sano desarrollo del sistema financiero 1193) P~~piciar ~I buen .~uncionamientode los sistemas de pagos.. 1254} VISItas de mspeccion 1265) Otras funciones tradicionales 126

    40. Estructura orgnica 1291} La junta de Gobierno 1302} Gobernador y subgobernadores.................................................. 133

    41. Informes al Ejecutivo y al Congreso de la Unin 13542. Independencia presupuestaria del Banco Central........................ 13643. Resumen esquemtico 13644. Cuestionario 140

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL

    CAPiTULO VII

    COMISIN NACIONAL BANCARIA YDE VALORES(INSTITUTO NACIONAL DE SUPERVISiN DEL SISTEMA FINANCIERO)

    XIII

    45. Antecedentes........................................................................................ 1421) Comisin Nacional Bancaria (1924) 1422) Comisin Nacional de Valores (1946) 142

    46. Creacin 14247. Nueva Ley de la CNBV (1995) 14448. Objeto ,..................... 14449. Ubicacin y naturaleza jurdica 145

    1) Ubicacin .. 1452) Naturalezajurdica 146

    50. Organismo con autonoma tcnica y facultades ejecutivas.......... 1481) Autonoma tcnica 1482) Facultades ejecutivas 1493) Instituto Nacional de Supervisin del Sistema Financiero.

    Organo autnomo 14951. Marcojuridico...................................................................... 15252. Facultad de supervisin 154

    1) Justificacin de la supervisin 1542) Ambito de supervisin 1553) Procedimientos de supervisin 155

    53. Facultades de regulacin 16254. Otras facultades 163

    1) De consulta 1652) Elaborar y publicar estadsticas 1653) De ejecucin 1654) De proteccin a los intereses del pblico 1665) Proporcionar la asistencia que les soliciten las instituciones

    supervisoras y reguladoras de otros pases 1666) De carcter laboral........................................................................ 1707) De imposicin de medidas correctivas....................................... 1708) De sancin 1729) Llevar el Registro Nacional de Valores (AA'V) 173

    55. Estructura orgnica 1761) Junta de Gobierno 1782) Presidencia 183

    56. Ingresos de la Comisin 18557. Relaciones laborales entre la Comisin y sus trabajadores 187

    1) Marco jurdico 1872) Trabajadores 1883) Servicio Civil de Carrera en la CNBV 1924) La jurisdiccin burocrtica 1935) El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabaja-

    dores del Estado 1936) Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Per-

    sonal de Base de CNBV................................................................ 193

  • XIV JESS DE LA FUENTE RODRlcUEZ

    58. Supervisin Indirecta de las entidades financieras 1941) Auditor externo 194

    59. Resumen esquemtico 19760. Cuestionario 202

    CAPiTULO VllI

    COMISiN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS

    61. An tccedcn tes 20362. Creacin 20363. Misin 20464. Ubicacin y naturaleza jurdica 20465. Marco jurdico 20466. Facultades 20667. mbito de supervisin 20768. Estructura orgnica 20769. Integracin y atribuciones de la Junta de Gobierno y del Presi-

    dente 20870. Ingresos de la comisin 20971. Resumen esquemtico 21072. Cuestionario 211

    CAPTULO IX

    COMISIN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORROPARA EL RETIRO

    73. Creacin................................................................................................ 21374. Naturaleza jurdica, misin y objetivos............................................ 21475. Ambito de accin 21576. Marco jurdico 21577. Facultades 216

    1) Supervisin 2162) Normatividad 2163) Otorgar o revocar las autorizaciones o concesiones de las

    AFORES y SIEFORES 2174) Coadyuvar con los institutos de seguridad social..................... 2175) Imposicin de sanciones 2176) Proteccin de los intereses del pblico 2177) Celebrar convenios de asistencia tcnica 2188) rgano de consulta 218

    78. Estructura orgnica 2181) Junta de Gobierno 2192) Comit Consultivo y de Vigilancia 2203) Presidencia...................................................................................... 2214) Vicepresidencias 221

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL

    5) Secretariado tcnico .6) Direcciones generales .7) Contralora Interna .

    79. Resumen esquemtico .SO. Cuestionario .

    CAPiTULO X

    INSTITUTO PARA LA PROTECCIN AL AHORRO BANCARIO

    81. Creacin .82. Ubicacin y naturaleza jurdica .

    1) Ubicacin .2) Naturaleza jurdica .

    83. Objeto .84. Marco Jurdico .85. Atribuciones , .86. Estructura orgnica .

    1) Junta de Gobierno .2) Secretario Ejecutivo _ .

    87. Patrimonio del Instituto .88. Relaciones laborales entre el Instituto y sus trabajadores .89. Resumen esquemtico ..90. Cuestionario .91 Bis. Apndices .

    CAPTULO XI

    COMISIN NACIONAL PARA LA PROTECCIN Y DEFENSADE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS

    xv

    221222222223225

    227228228228228230230233234237239245245246246

    91. Creacin.............................................................................................. 26192. Naturaleza jurdica 26293. Objeto, Objetivo prioritario y finalidad 26494. Marco jurdico 26595. Usuarios 26596. Facultades 26697. Estructura orgnica........................................................................... 274

    1) Junta de Gobierno 2752) Presidente 2783) Consejos Consultivos..................................................................... 2834) Patrimonio 285

    98. Relaciones laborales con sus trabajadores 28599. Resumen esquemtico ,.................................................... 286

    100. Cuestionario 288100 Bis. Apndice 289

  • XVI JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    PARTE TERCERA

    ENTIDADES FINANCIERAS

    CAPiTULO XII

    PROCEDIMIENTOS PARA ORGANIZARSE Y OPERARCOMO ENTIDAD FINANCIERA

    101. Autorizacin del Gobierno Federal............................................... 3021) Autorizacin de la SHCP O CNBV............................................. 3022) La autorizacin y la concesin _.................................... 304

    102. Requisitos mnimos para obtener la autorizacin 3071) Constituirse como sociedad annima u otra........................... S072) Duracin indefinida 3083) Capital social 3084) Capital mnimo 3145) Domicilio social en el territorio nacional............................... 320

    103. Documentacin e informacin general que debe acompaarseen las solicitudes de autorizacin :.............................. 3211) Solicitud formal........................................................................... 3212) Proyecto de estatutos de la sociedad 3223) Relacin de socios 3224) Relacin de probables consejeros y directivos del l' y 2' nivel. 3265) Plan general de funcionamiento 3266) Comprobante de depsito en moneda nacional.................... 3277) Otra documentacin e informacin 328

    104. Otros trmites 3281) Inscripcin en el Registro Pblico de Comercio.................... 3282) Publicacin en el Diario Oficial de la Federacin 328

    105. Requisitos especiales 3281) Casas de bolsa 3292) Sociedades Financieras de Objeto Limitado :':.................... 3293) Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) 3314) Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito 3325) Oficinas de representacin de entidades financieras del ex-

    terior 3346) Filiales de Instituciones Financieras del Exterior 3367) Grupos financieros 338

    106. Resumen esquemtico 339107. Cuestionario 340108. Apndices 341

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIl.

    CAPiTULO XIII

    LAS INSTITUCIONES DE BANCA MLTIPLE

    XVII

    109. El servicio de banca y crdito 3451) Concepto y anlisis 3452) Operaciones que no se consideran de banca y crdito 349

    ] ]0. Operaciones de las instituciones de banca mltiple................... 3501) El crdito 3502) Clasificacin y anlisis de las operaciones tradicionales....... 3503) Otro tipo de operaciones 351

    II l. Operaciones pasivas 3531) Concepto 3532) Clasificacin y anlisis................................................................. 354

    112. Operaciones activas :.................................. 3811) Concepto :.... 3812) Clasificacin y anlisis 382

    113. Operaciones de servicios 4231) Concepto 4232) Clasificacin y anlisis 424

    114. Banca electrnica 4521) Marco jurdico 4522) Objetivo 4523) Productos electrnicos................................................................ 453

    ] 15. Las oficinas de representacin, filiales (subsidiarias), sucursa-les, extensiones y agencias de .instituciones de banca mltiplemexicanas 4581) Definicin 4582) Objetivos de los establecimientos transfronterizos................ 4593) Normatividad aplicable en la apertura 4604) Actividades autorizadas por la SHCP 460

    116. Las instituciones financieras del exterior en el sistema financie-ro mexicano 4651) Tratado de Libre Comercio de Amrica del Norte 4652) Mayor apertura financiera.......................................................... 4703) Marco Jurdico.............................................................................. 4724) Ley de Instituciones de Crdito 4725) Operaciones.................................................................................. 473

    117. Resumen esquemtico 474118. Cuestionario 480119. Apndices 481

    CAPTULO XIV

    LAS INSTITUCIONES DE BANCA DE DESARROLLO

    120. Generalidades de la banca de desarrollo 495

  • XVIII JESS DE tA FUENTE RODRGUEZ

    1) Concepto 4952) Objeto 4963) Marco legal 4974) Creacin 498

    121. Capital social...................................................................................... 499122. Funciones e instrumentos que operan 500

    1) Funciones 5002) Instrumentos que operan 501

    123. Garanta del Estado en las operaciones 507123 Bis. Administracin de riesgos en la Banca de Desarrollo.......... 508124. Fuentes de financiamiento 509125. Los bancos de desarrollo y sus operaciones 510

    1) Clasificacin 5102) Banco Nacional de Obras yServicios Pblicos, S.N.e. (BANOBRAS) 5113) Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN) 5134) Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.e. (BANCOMEXT) 5175) Banco Nacional de Crdito Rural, S.N.C. (BANRURAL) 5186) Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C. (BNCI) 5197) Banco Nacional del Ejrcito, Fuerza Area y Armada, S.N.C.

    (Banjrcito) 5208) Sociedad Hipotecaria Federal, SNC. (SHF) 5249) Banco Nacional del Ahorro y Servicios Financieros, SNC

    (BANSEFI) 527lO) Relaciones laborales de los bancos de desarrollo 531

    126. Resumen esquemtico 532127. Cuestionario 538

    CAPTULO XV

    LOS FIDEICOMISOS PBLICOS CONSTITUIDOSPOR EL GOBIERNO FEDERAL

    128. Fideicomisos Pblicos constituidos por el Gobierno Federal... 5391) Concepto 5392) Marco legal.................................................. 5413) rganos de Regulacin y Supervisin 5434) Anlisis de las operaciones 5455) Fideicomisos que agrupa la SHCP 5466) Principales fuentes de fondeo 550

    129. Resumen esq uemtico 551130. Cuestionario 553

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL

    CAPiTULO XVI

    SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO

    XIX

    131. Concepto 555132. Su funcin dentro del Sistema Financiero Mexicano 555133. Marco jurdico 557134. Operaciones 557

    1) Operaciones Pasivas 5582) Operaciones Activas 5593) Operaciones Complementarias 5614) Otros ingresos financieros 5615) Incorporacin de una sociedad a un grupo financiero 561

    135. Resumen esquemtico 562136. Cuestionario 563

    CAPTULO XVIl

    DEL MERCADO DE VALORES

    137. Importancia........................................................................................ 5661) Emisor ,........................................................................ 5662) Inversionista .'/.......................................................................... 5663) Pas 566

    138. Concepto ,..................................... 567139. Marco jurdico 568

    1) Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos....... 5682) Normas de aplicacin directa 5683) Normas de aplicacin supletoria 5694) Normas de aplicacin complementaria 569

    140. Anlisis de los conceptos valor y oferta pblica en la Ley delMercado de Valores 5691) Los valores en la Ley del Mercado de Valores (Art. 3') 5692) La oferta pblica en la Ley del Mercado de Valores.............. 571

    141. Clasificacin del Mercado de Valores 5751) Clasificacin 5752) Por el tipo de negociacin 5753) Por el tipo de instrumento 5774) Inte rnacionalizacin del Mercado de Valores 609

    142. Participantes del Mercado de Valores 611143. Emisores de valores........................................................................... 611

    1) Concepto 6112) Regulacin 6123) Clasificacin 6124) Requisitos para que un valor sea objeto de oferta pbca.i. 6135) Inscripcin en el Registro Nacional de Valores 616

  • xx JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    6) Inscripcin en la Bolsa Mexicana de Valores 6177) Regulacin legal aplicable a la informacin financiera y no

    financiera que presenten los emisores 6188) Proteccin a los inversionistas 6219) Informacin privilegiada 622

    144. Inversionistas 629145. Intermediarios burstiles 630

    1) Concepto de Intermediario 6302) Tipos de intermediarios 6313) Casa de bolsa 6324) Especialista burstil _................................................................. 671

    146. Autoridades 6721) Secretara de Hacienda y Crdito Pblico (SHCP) 6722) Banco de Mxico (BANXICO) 6733) Comisin Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) 673

    147. Instituciones de apoyo _............................................. 6751) Bolsa Mexicana de Valores (BMV) 6762) Instituto para el Depsito de Valores 6823) Fondo de apoyo preventivo al mercado de valores 6914) Agencias calificadoras de valores 6915) Asesores independientes de valores 6986) Asociacin Mexicana de Intermediarios Burstiles, A.C. 7007) Asociacin Mexicana de Asesores Independientes 7058) Empresas que administran mecanismos para facilitar las ope-

    raciones con valores 7059) Contrapartes centrales 708

    148. Resumen esquemtico 713149. Cuestionario....................................................................................... 718149 Bis. Apndices _..................................................... 720

    CAPiTULO XVIII

    MERCADO DE DERIVADOS EN MXICO. MEXDER

    150. Generalidades 7611) Concepto 7612) Antecedentes 7623) Objetivo 7634) Ventajas 7645) Desventajas 7656) Mercado en los que operan los derivados 7657) Anlisis de los productos derivados tpicos :............ 766

    150 Bis. Mercado de derivados en Mxico. MexDer 7821) Antecedentes 7822) Marco Regulatorio 784

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTil. XXI

    3) Fomalizacin................................................................................. 7904) Integracin.................................................................................... 7905) Contratos a negociar 7936) Clien tes 7977) Ventajas 8028) Rgimen Fiscal 8039) Caractersticas de los integrantes.............................................. 804

    10) Autoridades 817151. Resumen esquemtico 819151 Bis. Cuestionario 824152. Apndices 825

  • XXII JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    1) Concepto 9512) Caractersticas del contrato 9523) Elementos formales 9544) Vida del contrato 9555) Contenido del contrato 955

    166 bis. Coaseguro, reaseguro y contraseguro 958167. Entidades de Apoyo del Sector Asegurador 960

    1) Asociacin Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) .. 9602) Federacin Interamericana de Empresas de Seguros (FIDES) . 9603) Asociacin Mexicana de Medicina del Seguro, A.C. (AMMSAC). 9614) Asociacin Mexicana de Agentes de Seguros y Fianzas, A.C.

    (AMASFAC) 9615) Otras asociaciones y gremios 961

    168. Resumen esquemtico 962169. Cuestionario 965

    CAPiTULO XXI

    INSTITUCIONES DE FIANZAS

    170. Instituciones de fianzas 9671) Concepto de entidades afianzadoras 9672) Concepto de contrato de fianza _ ,.................................. 968

    171. Ti pos de Fianzas 9691) FIanza de Fidelidad 9702) Fianzas Judiciale~ 9703) Fianzas Generales o Administrativas 9714) Fianzas de Crdito :...................................... 9715) Fideicomiso de Garanta (ver punto 113. Operaciones de ser-

    VICIOS) 972172. Condiciones y clasificacin del procedimiento para el cobro de

    fianza expedida por afianzadora 9741) Condiciones para el cobro de fianza 9742) Clasificacin del procedimiento para el cobro de fianza 974

    173. Resumen esquemtico 981174. Cuestionario 983

    CAPTULO XXII

    LAS ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARESDEL CRDITO

    175. Clasificacin de las Organizaciones y Actividades Auxiliares delCrdito 985

    176. Almacenes Generales de Depsito ,................................... 986

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL XXIlI

    1) Concepto 9862) Clases 9873) Operaciones 9874) Requisitos para el almacenamiento de mercancas ..,............ 989

    177. Arrendadoras Financieras 9921) Concepto 9922) Marco legal................................................................................... 9933) Ventajas 9934) Operaciones 9945) Fuentes de fondeo 9956) Naturalezajurdica del contrato 9967) Caractersticas del Contrato 997

    178. Uniones de Crdito 10021) Concepto 10022) Objeto 10033) Marco legal................................................................................... 10034) Ventajas.......................................................................................... 10045) Operaciones 10046) Estructura orgnica 1007

    179. Empresas de Factoraje Financiero 10091) Concepto 10092) Importancia 10103) Marcojurdico.............................................................................. 10114) Operaciones 10125) Ventajas y desventajas 10146) Mecnica de contratacin 10157) Fuentes de fondeo :........... 10198) Factoraje internacional............................................................... 1019

    180. Sociedades de Ahorro y Prstamo 10191) Marco jurdico 10212) Concepto 10223) Misin 10234) Funciones 10235) Operaciones :..................... 10256) Remanentes de operacin 10267) Fuentes de fondeo 10278) Estructura orgnica 10279) Diferencias entre un banco y una sociedad de ahorro y prstamo 1030

    180 Bis. Ley de Ahorro Popular 1030181. Casas de Cambio................................................................................ 103i

    1) Concepto 10312) Marco legal................................................................................... 10313) Reglas Generales 10324) Operaciones con divisas exceptuadas de autorizacin 10335) Operaciones con divisas que requieren autorizacin 1035

    182. Resumen esquemtico 1037183. Cuestionario 1038

  • XXIV JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    CAPTULO XXII [

    ADMIN[STRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO (AFORES)Y LAS SOCIEDADES DE INVERS[N ESPECIALIZADAS PARA

    EL MANEJO DE LOS FONDOS DEL RETIRO (SIEFORES)

    184. Antecedentes...................................................................................... 1039185..Las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) .1041

    1) Concepto..................................................................................... 10412) Marcojurdico............................................................................ [0423) Consejo de Administracin y Contralor 10424) Ramos que administran 10435) Integracin de una cuenta individuaL.................................. 10446) Funciones _................................ 10477) Obligaciones............................................................................... 10478) Servicios 10489) Dferencias que exsten entre el SAR y las AFORES............ 1048

    10) Las comisiones que cobran las AFORES 1049186. Las Sociedades de Inversin especializadas para el Manejo de

    los Fondos del Retiro (SIEFORES) 10511) Concepto 10512) Objeto 10513) Tipos ,............................................. 10514) Inversiones 10525) Comits ,.......................................................... 10566) Caractersticas de las AFORES y S[EFORES 1059

    187. AFORES filiales de entidades financieras del exterior............... 1059188. Resumen esquemtico 1060189. Cuestionario 1064

    CAPTULO XXIV

    SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORROY PRSTAMO Y SOCIEDADES FINANCIERAS POPULARES

    189 Bis. Antecedentes de las entidades de ahorro y crdito popular 1065189 Bis 1. Ley de Ahorro y Crdito Popular 1066189 Bis 2. Integrantes del sector 1066189 Bis 3. Entidades del Sector de Ahorro y Crdito Popular: Socie-

    dades Cooperativas de Ahorro y Prstamo y Sociedades Finan-cieras Populares 1068

    1) Objeto 10682) Marco Jurdico :............... 10693) Operaciones........................................................................................... 1069189 Bis 4. Organismos de Integracin: Federaciones y Confederacio-

    nes 1071

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL XXV

    1) Concepto 10712) Facultades 1071189 Bis 5. Organizacin de las Entidades, Federaciones y Confede-

    raciones 1072189 Bis 6. Fondo de Proteccin............................................................... 1073189 Bis 7. Fondos Sociales........................................................................ 10731) Fondo de reserva 10732) Fondo de obra social............................................................................ 1073189 Bis 8. La Comisin Nacional Bancaria y de Valores 10731) Facultades respecto de las entidades de ahorro y crdito popular, 10732) Facultades respecto a organismos de integracin........................... 1074189 Bis 9. Resumen esquemtico 1074189 Bis 10. Cuestionario 1078189 Bis 11. Apndices 1079

    CAPiTULO XXV

    GRUPOS FINANCIEROS

    190. Generalidades .191. Concepto .192. Marco jurdico .193. Integrantes .l 94. Actividades de las entidades financieras integrantes de un Cru-

    po Financiero '; ..195. Sociedad controladora ..

    1) Concepto .2) Ventajas ..3) Caractersticas .

    :l ~~1~:~~~~I~.. ~~~.al.::::::::::::::.::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::~l ~~~pu~~~:~id;d:;:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::8) Obligaciones .

    196. Sociedad controladora filial ..197. Banca U niversal .198. Resumen esquemtico ..] 99. Cuestionario .

    CAi'TULO XXVI

    SOCIEDADES DE INFORMACIN CREDITICIA

    1093109410941095

    10961098109810981099109911001101110111031104110411051107

    200. Antecedentes...................................................................................... 1109201. Concepto 1110202. Marco jurdico 1114

  • XXVI JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    203. Constitucin 1114204. Objeto 1115205. Control Interno................................................................................. 1116206. Las sociedades de informacin crediticia y el secreto financiero .. 1116207. Autoridades financieras que regulan y supervisan a las socieda-

    des de informacin crediticia 1117208. Resumen esquemtico 1117209. Cuestionario 1119

    PARTE CUARTA

    LA CONTABILIDAD EN EL SISTEMA FINANCIERO

    CAPiTULO XXVII

    LA CONTABILIDAD DEL EMPRESARIO BANCARJO, BURSTIL, DE SEGUROSY ORGANIZACIONES YACTIVIDADES AUXILIARES DEL CRDITO

    210. Concepto 1123211. Objetivos 1124212. Principios de la contabilidad general............................................ 1124

    1) Medios y mtodos 11242) Tipos de cuentas que integran la contabilidad 11253) Balance General........................................................................... 11264) El Estado de Prdidas y Ganancias 1127

    213. La Contabilidad financiera.............................................................. 11271) Importancia 11272) Normas Generales de contabilidad jurdica 11283) Normas especiales de contabilidad en las legislaciones financieras 11304) Disparidad de criterios en la aplicacin de principios de con-

    tabilidad por parte de la banca 11395) Reformas e innovaciones a la normatividad contable para la

    banca, organizaciones y actividades auxiliares del crdito ycasas de bolsa 1139

    6) La contabilidad en las empresas de seguros 11497) La contabilidad para las Sociedades Financieras de Objeto

    Limitado (ver apndice X) 11508) La contabilidad para el mercado de derivados 11508) La co~tabilidad para las Sociedades Controladoras de Gru-

    pos Financieros 1151214. Resumen esquemtico...................................................................... 1152215. Cuestionario 1155216. Apndices 1156

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL

    PARTE QUINTA

    XXVII

    PROHIBICIONES, SANCIONES Y DELITOS FINANCIEROS

    CAl'TULO XXVIII

    PROHIBICIONES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMAFINANCIERO MEXICANO

    217. Concepto .218. Prohibiciones similares para las entidades financieras .219. Prohibiciones similares para las instituciones y sociedades rnu-

    tu alistas de seguros e instituciones de fianzas .220. Prohibiciones similares para los particulares en el sistema financiero221. Prohibiciones especiales para las instituciones de crdito .

    1) Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos .2) Ley de Instituciones de Crdito .

    222. Prohibiciones especiales para las agrupaciones financieras .223. Resumen esquemtico .224. Cuestionario , .

    CAPTULO XXIX

    SANCIONES A LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS

    JI 79Jl80

    Jl82Jl83Jl86Jl86Jl87

    118991Jl96

    225. Concepto de sancin Jl97226. Tipos de sancin Jl98227. Autoridades competentes 1198228. Finalidades de la sancin administrativa 1199229. Sanciones administrativas a las entidades financieras y otras per-

    sonas morales..................................................................................... 12001) Revocacin o cancelacin de la concesin o autorizacin, o

    de la inscripcin en los diversos registros 12022) Clausura de oficinas 12033) Multa 1203

    230. Sanciones administrativas a personas fsicas :............... 12041) Remocin y suspensin 12082) Inhabilitacin 1208

    231. Otras medidas de prevencin y correccin administrativa........ 12101) Clausura administrativa 12102) Intervencin administrativa....................................................... 12113) Intervencin gerencial 121l

    232. Procedimiento para la imposicin de sanciones y recursos 12181) Or previamente al interesado................................................... 1219

  • XXVIII JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    2) Elementos a considerar al imponer la sancin....................... 12213) Aspectos especiales en el procedimiento sancionador a casas

    de bolsa 12234) Recurso de revocacin 12255) Medios de impugnacin contra la resolucin del recurso de

    revocacin 1227233. Resumen esquemtico 1227234. Cuestionario 1228

    CAPiTULO XXX

    DELITOS FINANCIEROS

    235. Generalidades .236. Concepto .237. Delitos bancarios ..

    1) Concepto .2) Clasificacin .

    238. Delitos burstiles ..J ..~ ~~:.~;.~:~it(v.::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::

    239. Delitos de seguros ..1) Concepto .2) Clasificacin . ..

    240. Lavado de dinero ..t/ .

    ~ ~~~~~~~~idk::::i/:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::241. Resumen esquemtico .242. Cuestionario , .

    PARTE SEXTA

    1229123212331233123312701270127112761276127612841284128413101312

    PROTECCIN A LOS INTERESES DEL PBLICO USUARIO DELSISTEMA FINANCIERO MEXICANO

    CAPiTULO XXXI

    EL SECRETO FINANCIERO(BAt"lCARIO, FIDUCIARIO Y BURSTIL)

    243. El secreto financiero......................................................................... 13181) Concepto de secreto profesional.............................................. 13182) El secreto profesional en diversas leyes del pas 13183) Base legal del secreto bancario, fiduciario y burstil............ 13214) Conceptos...................................................................................... 1324

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL

    5) Finalidades .244. Personas obligadas a guardar el secreto financiero .245. Operaciones que protege el secreto financiero .

    1) Bancarias .2) Fiduciarias .3) Burstiles .

    246. Personas facultadas para solicitar directamente informes res-pecto del secreto financiero , .1) Secreto bancario , .2) Secreto fiduciario .3) Secreto burstil .

    247. Autoridades facultadas para solicitar directamente informesrespecto del secreto financiero .1) Comisin Nacional Bancaria y dc Valores .2) Autoridades Judiciales .3) Procuradura General de la Repblica .

    248. Autoridades que por conducto de la CNHV, deben solicitar in-formes respecto del secreto financiero .1) Secretara de Con tralor-Ia y Desarrollo Administrativo .2) Entidad de Fiscalizacin Superior de la Federacin (Conta-

    dura Mayor de Hacienda) .3) Autoridades Fiscales Federales .4) Autoridades Fiscales Autnomas Federales .5) Juntas Federales y Locales de Conciliacin y de Conciliacin

    y Arbitraje .249. Otras entidades que pueden solicitar informes respecto del se-

    creto financiero , , .1) Instituto para la Proteccin al Ahorro Bancario ..2) Banco de Mxico ..3) Comisin Nacional para la Proteccin y Defensa de los Usua-

    rios de Servicios Financieros .4) Instituciones de crdito y fideicomisos constituidos por el

    Gobierno Federal para el fomento econmico .5) La cooperacin judicial internacional. Autoridades Finan-

    cieras del Exterior ..6) Sociedades de Informacin Crediticia ..

    250. El desarrollo de los medios de informacin y el secreto bancario25]. Responsabilidades por violacin al secreto financiero ..

    1) Sanciones penales , , , .2) Sanciones administrativas .3) Sanciones sociales .4) Sanciones civiles .

    252. Resumen esquemtico .253. Cucstiounrio .

    XXIX

    132513261328132813311331

    1332133213331336

    1337133713371337

    13381338

    133913411342

    1343

    134313431344

    1344

    1345

    1345134613481349134913501350135013511353

  • xxx JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    CAP(TULO XXXII

    LA CONCILIACIN YARB~TRAJE ANTE LA COMISiN NACIONALPARA LA PROTECCION y DEFENSA DE LOS USUARIOS

    DE SERVICIOS FINANCIEROS

    254. Reclamaci,?nes ante la CONDUSEF por los usuarios de las Insti-tuciones Financieras 13551) Evolucin de los procedimientos de proteccin de los inte-

    reses del pblico en materia financiera 13552) Tipos de reclamaciones 1357

    255. Procedimiento de conciliacin 13581) Concepto de conciliacin 13582) Procedimiento de conciliacin 1359

    256. Dictamen tcnico de la Comisin Nacional para la Proteccin yDefensa de los Usuarios de Servicios Financieros 1368

    257. Procedimiento arbitral..................................................................... 13691) Concepto de arbitraje 13692) Ventajas y desventajas del arbitraje 13703) Caractersticas 13714) Designacin, requisitos. honorarios y responsabilidad del

    arbitro 13725) Tipos de arbitraje......................................................................... 1375

    258. Procedimiento de Conciliacin y Arbitraje en materia de seguros 1389259. Propuestas de reforma de la Asociacin de Banqueros de Mxi-

    co a la LPDUSF 1389260. La atencin de las reclamaciones de los Usuarios de Servicios

    Financieros, Derecho Comparado 14001) Espalla............................................................................................ 14002) Estados Unidos de Norteamrica.............................................. 14023) Irlanda. The Ombudsman for credit institutions of Ireland.... 14074) Reino Unido. The Banking Ombudsman of the United King-

    dom 14075) Canad. The Canadian Banking Ombudsman 1408

    261. Resumen esquemtico 1409262. Cuestionario 1410262 Bis. Apndice 1411

    CAPiTULO XXXIII

    REVISIN POR LA COMISiN ~TACIONALPARA LA PROTECCiNY DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS

    DE LOS CONTRATOS DE ADHESiN UTILIZADOSPOR LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS

    263. Concepto y marco jurdico del contrato de adhesin 1421264. Caractersticas 1423

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL XXXI

    265. Ventajas y desventajas 14241) Ventajas 14242) Desventajas.................................................................................... 1425

    266. Contenido........................................................................................... 1425267. Principales diferencias entre contrato clsico y el de adhesin 1426268. Revisin de los contratos de adhesin por la CONDUSEF........ 1426

    1) Ajustarse al marco jurdico 14262) Preventivo 14263) Educativo 1428

    269. La proteccin de los clientes en la contratacin con las institu-ciones financieras. Derecho Comparado...................................... ]4281) Control de las condiciones generales: referencia al Derecho

    comparado y comunitario europeo ] 428270. Resumen esquemtico 1433271. Cuestionario 1435

    CAPiTULO XXXIV

    LA HUELGA EN LOS BANCOS MLTIPLES

    272. Consecuencias de una huelga bancaria 14371) Introduccin................................................................................. 14372) Efectos de una huelga bancaria 1438

    273. Evolucin de la reglamentacin de la huelga bancaria en Mxico 1441274. La huelga bancaria en la actualidad 1444275. Resumen esquemtico 1445276. Cuestionario 1446

    CAPiTULO XXXV

    UNIDADES ESPECIALIZADAS DE LAS INSTITUCIONESFINANCIERAS DE ATENCIN DE CONSULTAS Y

    RECLAMACIONES DE LOS USUARIOS

    277. Concepto, marco jurdico, objeto y caractersticas 11471) Concepto 14472) MarcoJurdico.............................................................................. 14473) Objeto 14484) Caractersticas 1449

    278. Facultades y Obligaciones 1450278 Bis .. La intervencin de la Camisn Nacional para la Proteccin

    y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. (CONDUSEF) 1451279. Resumen esquemtico 1452280. Cuestionario 1453

  • XXXI! JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    CAPiTULO XXXVI

    SISTEMA DE PROTECCIN AL AHORRO BANCARIOy POPULAR

    281. Importancia de un mecanismo de Proteccin al Ahorro Ban-cario 14551) Importancia 14552) Experiencia internacional.......................................................... 1456

    282. Antecedentes del Sistema de Proteccin al Ahorro Bancario yBurstil en Mxico 14611) Fondo Bancario de Proteccin al Ahorro (FOBAPROA) 14612) Fondo de Apoyo al Mercado de Valores (FAMEVAL) 14633) Caractersticas del FOBAPROA y FAMEVAL........................... 1465

    283. Sistema de Proteccin al Ahorro Bancaro 14731) Creacin ,",............................................ 14732) Objetivo 14743) Control y Administracin 14744) Disposiciones esenciales 14745) Sistema Pblico y Privado (Sistema Mixto) 14756) Caractersticas 14757) Apoyos y Programas para el financiamiento de las institucio-

    nes de banca mltiple 14818) Financiacin del Sistema 14859) Medios paralelos 1486

    283 Bis. El Sistema de Proteccin al Ahorro Popular 14871) Definicin 14872) Constitucin ,' .., , , " ,." .., ,., ,., , ",..... 14883) Aportaciones de los integrantes 1488

    283 Bis 1. No existe sistema de proteccin en las operaciones con lasorganizaciones y actividades auxiliares de crdito 1488

    284. Resumen esquemtico 1490285, Cuestionario , 1493

    CAPiTULO XXXVII

    CONVENIO NICO DE RESPONSABILIDADES ENTRE LASOCIEDAD CONTROLADORA YCADA UNA DE LAS

    ENTIDADES QUE INTEGRAN UN GRUPO FINANCIERO

    286. Concepto de Convenio nico de Responsabilidades 1495286 Bis. Marco legal 1501287. Responsabilidad de la controladora 1504288, Cumplimiento de la responsabilidad............................................. 1504289. Con ten ido " ..,,' " ,., , " ,,', ..,..,", ' .., , ,,.......... 1506290, Resumen esquemtico 1510291. Cuestionario 1510

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIl.

    PART>: SPTIMA

    COMIT DE BASILEA

    CAPiTULO XXXVIII

    COMIT DE BASILEA

    XXXIII

    292. Antecedentes...................................................................................... 1513293. Miembros del Comit 1513294. Funciones :.................................................. 1514295. Marco regulatorio que cubre el Comit 1516

    1) Riesgos de mercado. 15162) Derivados. 15173) Conglomerados financieros. 15174) Manejo de crisis y liquidacin. 15175) Materia de Auditora externa 1518

    296. Metodologa para los principios bsicos de Supervisin bancaria 1519297. Resumen esquemtico. 1522298. Cuestionario 1523

  • PRLOGO

    Escribir sobre temas tan especializados y complejos como los queaborda el doctorJess De la Fuente Rodrguez en esta vasta obra queprologamos, nos parecera -a los que estamos poco avezados en elderecho bancario y burstil- una tarea sumamente compleja. Pero,para quien ha dedicado gran parte de su vida a su estudio, enseanzay aplicacin terico-prctica, tanto en la vida laboral como en las aulasuniversitarias -si bien ha debido de ser una labor ardua y absorbente-,seguramente tambin fue accesible y atrayente, como nnevitablementenos resultan todas las actividades en las que, adems de comprometerel intelecto, involucramos nuestro compromiso emocional.

    La aeja amistad que me une al doctor De la Fuente no es obstcu-lo para destacar su amplio conocimiento en los temas que desarrollaen el presente texto; por el contrario, tal circunstancia me ha permi-tido estar al tanto de su continua preparacin y su empeo para man-tenerse actualizado en las cuestiones relacionadas con el derecho fi-nanciero, una de las disciplinas del derecho pblico de ms rpidaevolucin en los ltimos tiempos; y, en especial, con una rama deri-vada de aqul -el derecho bancario y burstil- que hoy goza de auto-noma cien tfica, a cuyo 'estudio ha dedicado gran parte de su vidaprofesional, con reconocidos mritos.

    En la poca actual y dentro del proceso globalizador en que sehan insertado las economas regionales y mundial a partir de la dca-da de los setenta, acelerado con el fin de la "guerra fra", resulta in-soslayable poseer conocimientos relacionados con los diferentes ins-trumentos jurdicos que intervienen y regulan al capital financiero,por ser uno de los grandes componentes que mueven el mundo hoyen da.

    De esta suerte, la obra del doctor De la Fuente, en un solo texto ydentro de un amplio espectro de treinta y seis captulos -cuyo conte-nido es sumamente extenso, pero no por ello carente de esmero-,viene a satisfacer una necesidad imperiosa en la materia, la cual hasido abordada ms frecuentemente desde la perspectiva econmica.

    Su consulta nos permite contar con informacin relativa a las dis-posiciones legales que han regulado el quehacer de las instituciones

    xxxv

  • XXXVI JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    financieras en Mxico por ms de un siglo, al mismo tiempo que sedetallan las condiciones de operacin del sistema actual, con los dife-rentes segmentos y personajes que en l participan de manera desta-cada. De este modo, se pormenoriza el marco jurdico aplicable a di-chas entidades, tanto en su constitucin como en su funcionamientoy operacin, adems de los trminos de la participacin de las autori-dades, necesaria para otorgar seguridad y proteccin eficientes a losintereses que aqullas resguardan. Ello justific que al Congreso de laUnin se le confirieran, de manera exclusiva, atribuciones necesariaspara legislar sobre la intermediacin y los servicios que dichos esta-blecimientos prestan, as como para regular los trminos de su crea-cn, organizacin y operacin, con el fin de garantizar la proteccinde los bienes e intereses que se les encomiendan.

    Bajo el esquema didctico con el que se presenta la investigacin,se "nos lleva de la mano" por las diferentes operaciones que realizan ylos servicios que presta cada una de las instituciones financieras queoperan en nuestro pas. Los textos se estructuran de manera gil ycon lenguaje claro que, sin perder el tecnicismo propio de la especia-lidad, permiten su accesible comprensin sin necesidad de recurrir aluso de diccionarios especializados. Adems, al incorporarse en cadacaptulo una gua con los objetivos que se pretenden alcanzar, un re-sumen esquemtico y un cuestionario para evaluar los conocimientosadquiridos al trmino de cada apartado, se convierte al tratado en until instrumento pedaggico de apoyo.

    Aunados a los mritos ya sealados, el autor tuvo el tino de incor-porar un catlogo de los diferentes mecanismos de proteccin conque cuenta el pblico usuario para la solucin de conflctos que pu-dieran suscitarse con las instituciones que integran el sistema financieronacional, sin tener que recurrir ante las instancias jurisdiccionales.Procedimientos que han probado sus bondades y que permiten, ade-ms de brindar justicia en plazos ms breves, desahogar un gran n-mero de casos que, de no ser resueltos por esta va, seguramente acre-centaran el trabajo de los de por s colmados tribunales.

    Y, como si todo lo comentado no fuera ya de suficiente inters, enla obra se agrega informacin relativa a una de las ms importantesinstancias financieras internacionales: el Comit de Basilea, que bus-ca lograr alternativas para que ninguna autoridad bancaria interna-cional deje de ser objeto de supervisin para la prevencin detranstornos.en el sistema bancario y su uso delictivo.

    Pero, desde mi perspectiva, el atractivo principal del libro puederesumirse en el hecho de que constituye una valiosa herramienta deconsulta para los estudiosos de la ciencia jurdica, los que por formacin-o por deformacin profesional, segn sea la ptica- nos apartamos

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL XXXVII

    de cualquier materia que tenga alguna vinculacin con las denomina-das "ciencias duras", por considerar que las finanzas -yen especial lamateria burstil- nos deben ser necesariamente ajenas; asi, comn-mente decimos -parte en broma, parte en serio- que estudiamos de-recho para huir de las matemticas, sin percatarnos de que estamosdesdefiando una actividad profesional cada vez ms importante, yque, si bien ha sido un campo casi delimitado hasta ahora para otrosespecialistas, requerir siempre de la estrecha participacin de losversados en la ciencia del derecho, quienes necesariamente debenconcurrir en la elaboracin del marco jurdico y en la construccinde los instrumentos que garanticen la participacin justa y equilibra-da de los diversos factores que inciden en las prcticas financieras.

    De este modo, cobran vigencia las palabras expresadas por MarioPUGUESE en el primer tercio de este siglo, en su tratado de Institucionesde DerechoFinanciero, y que podramos parafrasear de la siguiente ma-nera: de qu sirve el sistema jurdico financiero ms perfecto si no loconocen los responsables de su aplicacin, si al mismo tiempo el tra-bajo ininterrumpido de los estudiosos no elabora, no corrige, no vivificadichas normas para adaptarlas siempre mejor a las exigencias histri-cas del pas en el cual deben obrar, para mantenerlas constantementeen contacto con la evolucin de la ciencia jurdica?

    Esta es una tarea que nos compete a todos y, de manera especial, alos abogados; puesto que, como bien expresa una de las mximas deaquellas antiguas leyes de Soln, que compil Aur.o GEI.IO en sus cle-bres Noches Aticas y que los atenienses grabaron en tablas de madera,deseosos de asegurarles duracin por siempre: "ni creyndose de losmejores [hombres] tiene alguien el derecho a situarse al margen delos males comunes del Estado."

    En el mismo sentido, ya sostena el ilustre maestro florentino Pie-tro CAI.AMANIlREI -uno de los forjadores de la Constitucin de la Rep-blica italiana- en el ltimo de sus escritos, Esta nuestra Repblica: "lasreformas son necesarias para avanzar. Y suelen ser una garanta, nosolo de que no se volver atrs, sino, de que se ir ms adelante. Porello, tanto el gobierno que quisiera sustraerse a ellas, como aquellosque se quisieran detener, necesariamente, seran contrarios a la Cons-titucin ".

    Esta obra se convertir, seguramente, en un importante respaldopara emprender tales acciones, tanto por reunir los diversos ordena-mientos que a lo largo del tiempo han tenido aplicabilidad en el siste-ma financiero, como por permitirnos advertir su evolucin y tendenciasy, en una primera aproximacin, hacerlos accesibles a un gran nme-ro de estudiosos del derecho, ya que slo a travs de su conocimiento

  • XXXVIII JESS DE lA FUENTE RODRGUEZ

    daremos un paso decisivo en la bsqueda de alternativas para lograrel perfeccionamiento del sistema financiero mexicano.

    Por todo lo comentado, la lectura del libro que gustosos prologamosnos transmiti impresiones gratas, tanto por la pertinencia de la vastay minuciosa investigacin como por los elementos que lo singularizany le proporcionan un plus como herramienta obligada de consulta enlas materias que aborda. Todas estas razones nos permiten expresaruna sincera felicitacin al autor y recomendar ampliamente la lecturade la obra que tiene usted en sus manos.

    CENARO D. CNGORA PIMENTELMxico, Marzo 1999

  • INTRODUCCIN

    Duran te ms de 20 aos he venido impartiendo la ctedra de Dere-cho Bancario y, actualmente, de "Derecho Bancario y Burstil" en laFacultad de Derecho de la UNAM, as como en otras universidadesdel pas. Durante este tiempo, hemos podido presenciar un desarro-llo continuo en el sector financiero, surgimiento de nuevas autorida-des y entidades financieras, productos y servicios al cliente, mayorintegracin internacional, competen

  • XL JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    La Parte Cuarta, se refiere a "La Contabilidad en el Sistema Finan-ciero Mexicano". Se establecen conceptos, principios bsicos de lacontabilidad en general y de la contabilidad financiera. Asimismo, lasltimas reformas e innovaciones a la normatividad contable para lasentidades financieras.

    En la Parte Quinta, se estudian las Prohibiciones, Sanciones y De-litos Financieros.

    La Parte Sexta, hace referencia a la "Proteccin de los Interesesdel Pblico Usuario del Sistema Financiero Mexicano". Para ello seestudia el secreto bancario, burstil, fiduciario, la conciliacin y elarbitraje, para dirimir los conflictos que se presentan en contra de lasentidades financieras; las guardias en caso de huelga bancaria; la revi-sin de los contratos de adhesin, las Unidades Especializadas deAtencin al Pblico y el nuevo Sistema de Proteccin al Ahorro Ban-cario.

    En la Parte ltima, se procede a comentar el funcionamiento delComit de Basilea, por la importancia que tiene el mismo en funcio-nes relacionadas con la supervisin y regulacin a nivel internacional delsistema financiero.

    En las notas al pie de pgina, se menciona una amplia bibliogra-fa, a la cual el lector puede acudir para consulta sobre los temas tra-tados. Asimismo, en cada captulo se contempla un resumen esque-mtico y un cuestionario y en ciertos casos se agregan apndices.

    Agradezco a mi esposa Laura Esther de la Garza Campos por supaciencia, impulso y tiempo dedicado para la realizacin de este tra-bajo, pero sobre todo, por su gran amor, comprensin y todo lo queme ha dado, a mi hija Laura Patricia, por sus brillantes ideas paramejorar esta obra, la cual dentro de su limitado alcance, busca coad-yuvar a la comprensin del Derecho Financiero, su anlisis, investiga-cin y difusin.

    Tambin merecen reconocimiento quienes me auxiliaron en lasmltiples revisiones que se hicieron, Ada Rojas Castaeda, Ma. Geno-veva Escalante, Diana Canela, Gabriel Crdenas, Mauricio Cruz Ortiz,Carla Patio y con especial agradecimiento al Sr. Lic. Genaro D. GngoraPimentel por todo su apoyo y ejemplo.

    JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    Verano, 1999

  • ABREVIATURAS Y SIGLAS Ms UTILIZADAS

    AFORESAMIBArt.Arts.BanjrcitoBancomexBANOBRASBANSEFIBanxicoBMVBPIC. C.CA?'sC. ComoCETESCFFCFPCCNBVCNSFCNVCONDUSEF

    CONSARCPCenCPO'sCPPDOFFAMEVALFMIFOBAPROAFOVIFracc.Fraccs.IMSSINDEVALIPABISRISSSTE

    IVALACP

    Administradoras de Fondos para el RetiroAsociacin Mexicana de Intermediarios BurstilesArtculoArtculosBanco Nacional del Ejrcito, Fuerza Area y ArmadaBanco de Comercio ExteriorBanco Nacional de Obras y Servicios Pblicos, S.N.CBanco del Ahorro Nacional y Servicios FinancierosBanco de MxicoBolsa Mexicana de Valores, S.A. de C.V.Banco de Pagos In ternacionalesCdigo CivilCertificados de Aportacin PatrimonialCdigo de ComercioCertificados de TesoreraCdigo Fiscal de la FederacinCdigo Federal de Procedimientos CivilesComisin Nacional Bancaria y de ValoresComisin Nacional de Seguros y FianzasComisin Nacional de ValoresComisin Nacional para la Proteccin y Defensa de los Usuarios deServicios FinancierosComisin Nacional del Sistema de Ahorro para el RetiroCdigo de Procedimientos CivilesCertificados de Participacin InmobiliariaCertificados de Participacin OrdinariaCosto Porcentual PromedioDiario Oficial de la FederacinFondo de Apoyo al Mercado de ValoresFondo Monetario InternacionalFondo Bancario de Proteccin al AhorroFondo de Operacin y Financiamiento Bancario a la ViviendaFraccinFraccionesInstituto Mexicano del Seguro SocialInstituto para el Depsito de ValoresInstituto para la Proteccin al Ahorro BancarioImpuesto Sobre la RentaInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores delEstadoImpuesto al Valor AgregadoLey de Ahorro y Crdito Popular

    XLI

  • XLII

    LBMLCNBVLCSLFIFLFTSELCISMSLCOAACLCTOCLCSMLMVLOAPFLPABLPDUSFLRAELSILSARLSSMEXDERNAFINP.Pp.PJO.PJos.RCIBMVRIINDEVALRNVIRLSARRPPCssrSARSCJNSIEFORESENTRA

    SHCPSICsSlDVSOFOLESTllETlIPncUD!"s

    JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    Ley del Banco de MxicoLey de la Comisin Nacional Bancaria y de ValoresLey Sobre el Contrato de SeguroLey Federal de Instituciones de FianzasLey Federal de los Trabajadores al Servicio del EstadoLey General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de SegurosLey General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del CrditoLey General de Ttulos y Operaciones de CrditoLey General de Sociedades MercantilesLey del Mercado de ValoresLey Orgnica de la Administracin Pblica FederalLey de Proteccin al Ahorro BancarioLey de Proteccin y Defensa al Usuario de Servicios FinancierosLey para Regular las Agrupaciones FinancierasLey de Sociedades de InversinLey de los Sistemas de Ahorro para el RetiroLey del Seguro Social'Mercado Mexicano de DerivadosNacional FinancieraPginaPginasPrrafoPrrafosReglamento General Interior de la Bolsa Mexicana de ValoresReglamento Interior de la IndevalRegistro Nacional de Valores e IntermediariosReglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el RetiroRegistro Pblico de la Propiedad y del ComercioSociedad de ahorro y prstamoSistema de Ahorro para el RetiroSuprema Corte dc Justicia de la NacinSociedades de Inversin Especializadas de Fondos para el RetiroSistema Electrnico de Negociacin, Transaccin, Registro y Asig-nacin de Ttulos de DeudaSecretara de Hacienda y Crdito PblicoSociedades de informacin crediticiaSistema Interactivo para el Depsito de ValoresSociedades Financieras de Objeto LimitadoTasa de fntcrs Interhancaria de EquilibrioTasa de Inters Interbancara PromedioTratado de Libre ComercioUnidades de Inversin

  • PARTE PRIMERA

    INTRODUCCIN AL SISTEMAFINANCIERO MEXICANO

  • CAI'TULO I

    NOCIONES GENERALES DEL DERECHO FINANCIERO

    I SUMARIO: l. Ubicacin y concepto> 2. Regulacin por normas de Derecho I Pblico y Privado. L) Normas de carcter pblico. 2) Normas de ca-\! rcter privado.- 3. La autonoma del Derecho Financiero. 1) Legislati-

    va. 2) Sustancial. 3) Cientfica. 4) Didctica.- 4. Resumen esquemti-co.- 5. Cuestionario.

    OBJETIVO GENERAL: Que el lector conozca el significado del DerechoFinancieroy sus caracteristicas. \ .OBJETIVOS ESPECFICOS m: APRENDIZAJE. Al terminar este captulo; el lec-tor ser capaz de:

    Conceptualizar al Derecho Bancario y Burstil. Precisar la ubicacin de estas materias. Identificar las normas de Derecho Pblico y Privado que las regulan. Explicar por qu se considera al DerechoFinanciero una disciplina au-

    tnoma.

    1. UBICACIN YCONCEPTO

    En el sistema bancario y burstil es comn referirse a los trminos"Legislacin Financiera" y "Derecho Financiero", en el sentido de lasnormas que regulan a la actividad bancaria y burstil; por 10/tanto,como tarea previa, se nos impone precisar: cul es el significado dela palabra "financiero"? y qu es el Derecho Financiero?

    En cuanto al trmino "financiero" ste deriva del trmino francs"Financiero", de finan ces, hacienda pblica. Adjetivo Perteneciente orelativo a la hacienda pblica, a las cuestiones bancarias y burstiles oa los grandes negocios mercantilistas. 2.M. y f. Persona versada en lateora o en la prctica de estas mismas materias)'

    Como se aprecia, el galicismo financiero se usa en dos acepciones.En cuanto a la primera, como lo relativo a la hacienda pblica, a las

    I Dicdonasio tk la Lengua Espaola, &al Academia EspafWla, 21' ed. .&paa, 1994. p. 970.

    3

  • 4 JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    finanzas pblicas, a la actividad financiera del Estado, Carlos M. CIU-LlANI FANROUGE nos dice que dicha actividad" ... incluye aspectos pol-ticos, econmicos, tcnicos y jurdicos: de los tres primeros se ocupala ciencia de las finanzas; del ltimo, el derecho financiero ... ".2

    La ciencia de las finanzas se refiere a "los principios de la distribu-cin de los gastos pblicos e indica las condiciones de su aplicacin;la poltica financiera estudia los fines a perseguir y los medios para suobtencin; el derecho financiero expondra las normas jurdicas delas leyes que determinan la distribucin de las cargas pblicas, con elobjeto de indicar una exacta interpretacin."

    La segunda acepcin, est conectada con el dinero, capital, crdi-to, negocios bancarios, burstiles y las personas que intervienen enesas actividades. En este sentido, se atribuye la denominacin finan-ciero a materias vinculadas con las finanzas privadas (ingresos y egre-sos) especialmente de los bancos y las casas de bolsa. En el caso quenos ocupa, el Derecho Financiero tiene como finalidad estudiar as-pectos jurdicos de las instituciones de crdito y casas de bolsa.

    En un sentido amplio, lo definimos como el conjunto de las legis-laciones de instituciones de crdito y burstiles que regulan la crea-cin, organizacin, funcionamiento y operaciones de las entidadesbancarias y de valores, as como los trminos en que intervienen lasautoridades financieras y la proteccin de los intereses del pblico.

    Tambin podran incluirse dentro del citado concepto, las legisla-ciones de seguros, fianzas, organizaciones y actividades auxiliares delcrdito, de ahorro y crdito popular y Ley para Regular las Agrupa-ciones Financieras que forman parte del Derecho Financiero.

    Si partimos de este concepto de derecho financiero, las normasque lo integran son:

    - Derecho Bancario- Derecho Burstil- Derecho de Seguros- Derecho de Fianzas- Derecho de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito- Derecho de Ahorro y Crdito Popular- Derecho de Agrupaciones Financieras

    Cada uno de dichos conceptos podramos definirlos como: el con-junto de normas jurdicas relativas a la constitucin, funcionamientoy operacin de las en tidades financieras respectivas, as como la in-tervencin de las autoridades y la proteccin de los intereses delpblico.

    2 GJUl./ANI fAN/IOUCf:, Cllrlos Al. Derecho Financiero. Voluml!n /. JI ed, Ediciones Depotma,Argentina. 1976, pp. 1J Y 12.

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL

    2. REGULACiN POR NORMAS DE DERECHO PBLICO YPRIVADO

    5

    1) NORMAS DE CARCTER PBLICO

    La mayora de las normas que se aplican a los intermediarios fi-nancieros son de naturaleza .pblica, en virtud de que al Estado leinteresa regularlos por las razones siguientes:

    Reciben los fondos del pblico, los cuales se invierten de diver-sas formas; toda vez que, de la cautela con que stos se regulen y ad-ministren, depende, no slo la seguridad de cada depositante e inver-sionista, sino tambin, el ordenado desarrollo de la vida econmicaen su conjunto.

    Sus servicios han penetrado profundamente en los hbitos de lasociedad moderna, al punto de convertirse en satisfactores indispen-sables para atender necesidades colectivas, que no podran quedar alarbitrio exclusivo de los particulares y que es necesario reglamentarpara lograr su adecuacin al inters pblico, preservar su funciona-miento y regular las condiciones de prestacin de dichos servicios.

    Su quiebra perjudicara de modo directo a los ahorradores e in-versionistas, e indirectamente a la economa colectiva; lo anterior,redundara en el menoscabo de la reputacin de este tipo de socieda-des, que podran llegar a ser vistas con general desconfianza, por loque existe un inters colectivo en evitar su descrdito.

    Los bancos son el pilar del sistema nacional de pagos de un pas,el cual facilita a los diversos agentes econmicos la realizacin detransacciones y el intercambio de bienes y servicios.

    En este orden de ideas, el Derecho Financiero se nos ofrece comoun conjunto de normas de derecho pblico que se ocupan, entreotros aspectos, de lo siguiente:

    Autorizaciones para constituirse como entidad financiera. Rgimen de revocacin de la autorizacin. Requerimientos de capital. Operaciones. Prohibiciones. Delitos. Sanciones. Proteccin de los intereses del pblico usuario. Supervisin financiera por parte del Estado.

  • 6 JESS DE LA FUENTf: RODRGUEZ

    2) NORMAS DE CARCTER PRIVADO

    Las en tidades financieras en su aspecto institucional, estn some-tidas a normas jurdicas privadas; tales son las que regulan la constitu-cin y el funcionamiento de la sociedad annima en atencin a que,la mayora de las entidades financieras revisten este tipo societario.Asimismo, las relativas a las operaciones que realizan dichos interme-diarios, toda vez que, son calificadas por el Cdigo de Comercio comoactos de comercio (art. 75).

    No obstante, es de sealar que para tutelar el inters pblico las auto-ridades intervienen en forma ms l}.Qtoria en las operaciones financieras;como ejemplo, la Comisin Nacional para la Proteccin y Defensa de losUsuarios de Servicios Financieros podr revisar los modelos de contratode adhesin utilizados por las entidades financieras, con el objeto dedeterminar que los mismos se ajusten a los ordenamientos que les sonaplicables, as como verificar que dichos instrumentos no contenganestipulaciones confusas o que no permitan a la clientela conocer clara-mente el alcance de las obligaciones de los contratantes.

    3. LA AUTONOMA DEL DERECHO FINANCIERO

    Parece obligado el preguntarse si el Derecho Financiero sigue siendouna rama especializada del Derecho Mercantil, o si ha alcanzado elgrado de madurez suficiente para considerarse como una disciplinajurdica independiente.

    La doctrina ha distinguido que para considerar que una discipli-na jurdica es autnoma, es necesario que logre independencia enalguno o en todos los aspectos siguientes:

    Legislativa. Sustancial. Cientfica. Didctica.

    1) LEGISLATIVA

    Las actividades bancaria y aseguradora se regularon en un princi-pio en el Cdigo de Comercio de 1884; posteriormente, el legisladorconsider que, dadas las caractersticas de estas actividades, era nece-saria su reglamentacin especfica; por tanto, en 1892 se expidi laprimera Ley sobre Compaas de Seguros, y cinco aos despus la LeyGeneral de Instituciones de Crdito. Ms tarde, para el resto de las

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL 7

    entidades financieras, se expidieron ordenamientos especiales talescomo: Ley del Mercado de Valores (1975), Ley de Sociedades de In-versin y Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares delCrdito (1985).

    Por autonoma legislativa se entiende el hecho de que las leyesque integran al Derecho Financiero, constituyen un cuerpo de dispo-siciones separado y orgnico.

    Esta autonoma legislativa es reafirmada por la Constitucin Pol-tica de los Estados Unidos Mexicanos en su artculo 73 fraccin X,que faculta al Congreso de la Unin para legislar en toda la Repbli-ca sobre intermediacin y servicios financieros.

    Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nacin en la tesisjurisprudencial que a continuacin se indica, sostiene el criterio si-guiente:

    "Novena pocaInstancia: PlenoFuente: Semanario Judicial de la Federacin y su GacetaTomo: VI, septiembre de 1997

    Tesis: P.I]. 71197

    No. de registro: 197,682[urisprudenciaMateriais}: Constitucional.

    CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. INSTITUCIONES DE CREDITO. LA FACULTAD EX-CLUSIVA DEL CONGRESO DE LA UNiN PARA LEGISLAR SOBRE INTERMEDIACIN y SER-

    VICIOS FINANCIEROS, INCLUYl~ LO RELATIVO A SU SEGURIDAD.

    Conforme a lo dispuesto en el artculo 73 fraccin X de la ConstitucinPoltica de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Congreso dela Unin, en forma exclusiva, legislar sobre intermediacin y serviciosfinancieros, y si bien es cierto que dicha disposicin no hace referen-cia en forma expresa a las instituciones de crdito. del anlisis de la evo-lucin histrica del citado dispositivo constitucional deriva que original-mente. en dicha fraccin, el Constituyente inclua expresamente a di-chas instituciones y que mediante diversas reformas se fue modificandotal expresin, primero, por la de "Servicios de banca y crdito" y. poste-riormente, por la de "Intermediacin y servicios financieros"; ello, conel fin de adecuar dicho precepto a las diversas reformas que sufri elartculo 28 de la propia Carta Magna; por tan to, debe estimarse que lapotestad genrica del Congreso de la Unin para expedir normas regu-ladoras sobre interrnediacin y servicios financieros, incluye. adems delas actividades financieras propiamente dichas. las relativas a la organi-zacin de las instituciones de crdito, dentro de las que queda compren-dido el aspecto de su seguridad y proteccin.

    Controversia constitucional 56/96. Presidente de los Estados Unidos Mexica-nos en contra del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco. 16dejunio de 1997. Unanimidad de 9 votos. Ausentes: Mariano Azuela Gitrn 1.

  • 8 JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    Guillermo Ortiz Mayagoitia. Ponente:JuanDaz Romero. Secretaria: Maura An-glica Sanabria Martnez.

    El Tribunal Pleno, en SH sesin privada celebrada el 23 de septiembre en CUTso, aprob, con el nmero 71/1997, la tesis jursprudencial que antecede. Mxi-co, Distrito Federal, a veintitrs de septiembre de mil novecientos noventa y siete.

    NOTA: La votacin sealada en el precedente se refiere al criterio planteado enla tesis.

    La ejecutoria relativa a la controversia constitucional 56/96 apm;ecepublica-da en el SemanarioJudicial de la Federacin y su Gaceta, Novena Epoca, TomoVIJulio, pgina 173. "

    2) SUSTANCIAL

    Esta autonoma sustancial debe entenderse en el sentido de que,las legislaciones financieras han venido sosteniendo principios gene-rales propios, tales como:

    Disposiciones relativas al funcionamien to y operacin de las en-tidades financieras.

    La supervisin de las entidades financieras por organismos delEstado (CNBV, CNSF y CONSAR).

    Terminologa especial en los reglamentos, circulares y oficioscirculares que expiden las autoridades reguladoras y supervisoraspara las entidades financieras.

    La prevalencia del inters pblico, fundada en la necesidad deun entorno legal que asegure la estabilidad y desarrollo del sistema fi-nanciero y la proteccin de los intereses del pblico usuario.

    3) CIENTFICA

    Las legislaciones que integran el Derecho Financiero, formancada una de ellas, un sistema ordenado e independiente, agrupadosistemticamen te.

    4) DIDCTICA

    El Derecho Bancario, Burstil y de Seguros es objeto de una expo-sicin independiente en las Facultades de Derecho de la RepblicaMexicana. (UNAM, !TAM, UP, ete.); inclusive en el plan de estudios dela Facultad de Derecho de la UNAJ.\1, se imparte en forma obligatoria lactedra de "Derecho Bancario y Burstil". Esta autonoma didctica seha hecho necesaria, en cuanto a que su conocimiento y estudio recla-ma una sistematizacin especial de sus principios.

  • TRATADO DE DERECHO BANCARJO Y BURSTIL

    4. RESUMEN ESQUEMTICO

    1) CMO SE DEFINE EL DERECHO FINANCIERO?

    EL DERECHO FINANCIEROConjunto de legislaciones bancaria,burstil, seguros. fianzas, organizacionesy actividades auxiliares del crdito, deahorro ycrdito popular yde agrupaciones

    ~nancieras que regulan:

    9

    1) ENTIDADES FINANCIERAS:

    * Creacin;'" Funcionamiento; y'" Operacin.

    2) AUTORIDADES FINANCIERAS:'" Regulacin; y Supervisin.

    3) PROTECCIN DE I.OS INn:RESt:5DEL PBLICO:

    '" Secreto Bancario;'" Secreto Fiduciario; Secrete Burstil;'" Conciliacin y Arbitraje:'" Revisin de los contratos

    de adhesin;., Instituto para la Proteccinal

    Ahorro Bancario.

    2) EL DERECHO FINANCIERO QU NORMAS COMPRENDE?

    NORMAS DE DERECHO PBLICO NORMAS DE DERECHO PRIVADO

    Relativas a:

    AUTORIZACIONES; REVOCACIONES; LIQUIDACIONES; SANCIONES; PROHIBICIONES; DELITOS- PROTECIN A LOS INTERESES DEL

    PBLICO; Y SUPERVISIN DE LAS AUTORIDADES

    FINANCIERAS.

    Relativas i\:

    CONSTITUCIN Y FUNCIONAMIENTODE LAS ENTIDADES FINANCIERAS COMOSOCIEDADES ANNIMAS.

    OPERACIONES C.AIJFICADAS COMO ACTOSDE COMERCIO. (ARTCULO 75 c.c.i.

  • 10 JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    3) POR QU SE CONSIDERA QUE EL DERECHO FINANCIERO ES AUTNOMO DELDERECHO MERCANTIL?

    TIENE INDEPENDENCIA:

    LEGISLATfVA SUSTANCIAL CIEN'JiFICA DIDCTICA

    Iole-- Instituciones propias Cada una de las leyes Exposicin independiente

    LMV Supervisin especial que integran el Derecho en universidades del pas.

    del estado Financiero forman un

    LSI Normarvdad especial sistema independiente.eTrascendencla en el

    LGOAAC mbito de aplicacin

    LGISMSdel derecho mercantil.

    UF

    LACP

    LRAF

    5. CUESTIONARIO

    1) Qu se entiende por Derecho Financiero?2) Qu se entiende por Derecho Bancario y Burstil?3) Cules son las normas de derecho pblico y privado que regulan

    el Derecho Financiero?4) Explicar si el Derecho Financiero e, una rama del Derecho Mer-

    cantil o una disciplina jurdica independiente.5) Por qu causas al Estado le interesa regular a las entidades fi-

    nancieras?

  • CAPTULO n

    FUENTES PRIMARIAS Y SUPLETORIAS DE LALEGISLACIN FINANCIERA

    SUMARIO: 6. Fuentes primarias y supletorias. 1) Fuentes del Derecho Fi-nanciero>- 7. Fuentes primarias y supletorias en la legislacin bancaria.1) Ley de Instituciones de Crdito y Ley del Banco de Mxico. '2)Legislacin mercantil. 3) Los usos bancarios y mercantiles. 4) I~as \prcticas bancarias. 5) Cdigo Civil para el Distrito Federal (Actual-mente Cdigo Civil Federal). 6) Cdigo Fiscal de la Federacin~..,.8. Fuentes primarias y supletorias en las legislaciones burstil, fianzas.'organizaciones y actividades auxiliares del crdito, de ahorro y crditopopular y agrupaciones [nancieras>- 9. Fuentes primarias y supletoriasen la legislacin de seguros.-l O. Resumen esquemica>- 11. Cuestionario.

    OBJETIVO GENERAL: Que el lector conozca y aplique correctamente las fuentesprimarias y supletorias de las legislaciones financieras.OBJETIVOS ESPECFICOS DE APRENDIZAJE. Al terminar este captulo, el lec-tor ser capaz de:

    Definir e identificar las fuentes primarias y supletorias de cada una delas legislaciones financieras .

    Precisar el orden jerrquico con que se deben aplicar unas fuentes respec-to de otras.

    o Explicar cada una de las fuentes supletorias.

    6. FUENTES PRIMARIAS YSUPLETORIAS

    1) FUENTES DEL DERECHO FINANCIERO

    Se entiende la expresin fuentes del derecho, en el sentido de me-dios por los que se generan las normas jurdicas del Derecho Finan-ciero a travs de las fuentes primarias y supletorias.

    a) Primarias.- En el caso del Derecho Financiero las fuentes pri-marias son las legislaciones especializadas que integran el mismo,entre otras:

    11

  • 12 JESS DE lA FU~:NTE RODRGUEZ

    Ley de Instituciones de Crdito (LIC). Ley del Mercado de Valores (LMV). Ley del Banco de Mxico. Ley de Sociedades de Inversin (LSI). Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Segu-ros (LGISMS). Ley Federal de Instituciones de Fianzas (LFIF). Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Cr-dito (LGOAAC). Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

    Los citados ordenamientos son leyes marco que contemplan ni-camente aspectos generales, ya que contienen un gran nmero deremisiones a ulteriores disposiciones reglamentarias, con lo cual laactuacin de la autoridad puede adaptarse en funcin de las necesida-des y problemas que en cada momento se manifiesten, lo que es lo msconveniente en una materia tan dinmica como el Derecho Financiero.Las disposiciones de carcter general, que tambin deben consultarseantes de acudir a las fuentes supletorias, son emitidas por las autori-dades financieras a travs de:

    Circulares (SHCP). Circulares-Telefax (Banco de Mxico). Oficios o Circulares (Organismos de supervisin).

    - ,b) Supletorias>- El Derecho Financiero se ha caracterizado como

    un derecho cambiante, por lo que, en ocasiones, presenta casos queno estn previstos por eltegislador y que no pueden ser resueltos me-diante la aplicacin de Tas legislaciones especiales de la materia; sinembargo, las mismas prevn la manera de colmar esas lagunas, a tra-vs de fuentes supletorias que pueden ser leyes, o bien, usos y prcti-cas bancarias y mercantiles. Estas son fuentes formales, porque sonlos medios a travs de los cuales se concreta la reglajurdica con fuer-za obligatoria y se da a conocer el derecho.

    7. FUENTES PRIMARIAS Y SUPLETORIAS EN LA LEGISLACIN BANCARIA

    1) LEY DE INSTITUCIONES DE CRDITO y LEY DEI. BANCO DE MXICO

    Dichos ordenamientos son las fuentes primarias en el DerechoBancario. El primero de los citados ordenamientos, comnmente co-nocido como Ley Bancaria, establece en su artculo 6 las fuentessupletorias del derecho bancario en los trminos siguientes:

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTIL 13

    "En lo no previsto por la presente ley y por la Ley Orgnica del Banco deMxico;' a las instituciones de banca mltiple se les aplicarn en el ordensiguiente:

    I. La legislacin mercantil;II. Los usos y prcticas bancarios y mercantiles;

    III. El Cdigo Civil para el Distrito Federal; yIV. El Cdigo Fiscal de la Federacin, para efectos de las notificacio-

    nes y los recursos a que se refieren los artculos 25 y 110 de esta Ley.Las instituciones de banca de desarrollo, se regirn por su respectiva

    ley orgnica y, en su defecto, por lo dispuesto en este artculo".

    Del precepto anterior conviene resaltar varias cuestiones:

    La fuente formal primaria o principal eS la Ley de Institucionesde Crdito; constituye la disposicin fundamental en torno a la cons-titucin y funcionamiento de las instituciones bancarias y al ejerciciode su actividad, ya que, ante la presencia de un asunto relacionadocon dichas entidades, como en todo sistema de derecho escrito, se aplicala norma particular, en este caso, la Ley Bancaria, como comnmentees conocida la LIC que tiene su base constitucional en el artculo 73,fraccin X de nuestra Ley Suprema.

    La Ley de Instituciones de Crdito le da la misma jerarqua a laLey del Banco de Mxico, es decir, no la considera supletoria, ya queel Instituto Central es el regulador de las operaciones y los serviciosfinancieros.

    Las fuentes supletorias que rigen a las instituciones de crdito,son normas de derecho escrito (leyes) o no escrito (usos y prcticas,creadas por los banqueros).

    Establece un criterio ordenador para evitar conflictos de apliccin,indicando el orden jerrquico con que deben aplicarse unas fuentesrespecto de otras. Es decir, primero la Ley de Instituciones de Crditoy la Ley del Banco de Mxico, y luego la legislacin mercantil; etc.

    La supletoriedad parte de la norma ms especial a la ms general.

    2) LEGISLACIN MERCANTIL

    La primera fuente por excelencia del derecho comercial es la le-gislacin mercantil. Una ley tiene carcter mercantil, nos dice Rober-to L. MANTILLA MaLINA, "... no slo cuando el legislador se lo ha dadoexplcitamente, sino tambin cuando recae sobre materia que por lapropia ley, o por otra diversa, ha sido declarada comercial". Comoejemplos de leyes mercantiles se encuentran:

    1ACtualmente "Ley del Banco de Mxico."2 A'lANTI/JJt L MOUNA, Roberto. Derecho Mercantil. Ed. Porra, Mxir.o, miO MCMLXXXVII, p. 45.

  • 14 JESS DE LA FUENTE RODRGUEZ

    o Cdigo de Comercio (ley mercantil fundamental). En su artcu-lo 75 fraccin XIV, reputa actos de comercio, las operaciones de bancos;

    o Ley General de Sociedades Mercantiles; Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito; y Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

    3) Los usos BANCARIOS y MERCANTILES

    a) Concepto

    "Uso" del latn "usus" prctica, experiencia. Significa: "prctica,costumbre, hbito". Para el Diccionario de la Real Academia Espao-la uso equivale a "Accin y efecto de usar". Ejercicio o prctica gene-ral de una cosa. Modo determinado de hacer las cosas. Empleo conti-nuado y habitual de una persona o cosa". Los juristas entienden poruso, la prctica o modo de obrar que tiene fuerza obligatoria. Fre-cuentemente se opone el uso a la costumbre, en virtud de que aqules meramente una prctica limitada que utilizan algunos sectorescomo los banqueros o comerciantes de un lugar; mientras que, la cos-tumbre presupone una aceptacin general.

    b) Caractersticas

    A nuestro modo de ver, el uso bancario posee las caractersticassiguen tes:

    Se forma espontneamente en cuanto no proviene de los pode-res del Estado.

    o Se refiere a actos repetidos, uniformes y constantes dentro delmercado bancario, los cuales no contradicen a la ley especial y nopueden en principio derogar a sta.

    Es especfico, no general, porque sera costumbre. Es derecho vigente, en virtud de que es reconocido expresamen-

    te en la Ley de Instituciones de Crdito como fuente supletoria de lamisma.

    o Implica la conviccin de una obligatoriedad.o Tiene ventajas sobre la Ley de Instituciones de Crdito, en vir-

    tud de que se adapta quiz mejor que sta, a las necesidades de laactividad bancaria.

    Tiene desventajas por su falta de fijeza o claridad, toda vez queresulta difcil conocer cules son los usos bancarios y mercantiles.

    El uso normativo no requiere ser probado por quien lo invoca,en virtud de que tiene la consideracin de una norma general de

  • TRATADO DE DERECHO llANCARIO y BURSTIL 15

    derecho y le es aplicable lo establecido en el artculo 1197 del Cdigode Comercio:

    "Slo los hechos estn sujetos a prueba; el derecho lo estar nicamentecuando se funde en leyes extranjeras... ".

    Sin embargo, a diferencia de la legislacin, los usos no se promul-gan en medios documentales, y en la mayora de las veces, los juecesignoran la existencia de los mismos, por lo que aqul a quien favorez-ca encontrar conveniente a sus intereses, rendir judicialmente laprueba de la realidad y contenido del uso invocado a travs de testi-gos, dictmenes, documentos pblicos, certificaciones expedidas, etc.Consideramos que una tarea importante en la proteccin de los interesesdel pblico usuario del sistema bancario, es que la Comisin Nacionalpara la Proteccin y Defensa de los Usuarios de Servicios Financierosidentifique y recopile los usos bancarios y mercantiles y los haga delconocimiento del pblico en general.

    La Ley de Instituciones de Crdito seala a los usos por encimade la legislacin civil.

    Los usos sirven para colmar lagunas en con tratos o para resolverdudas de interpretacin de los mismos. El uso que es fuente del Dere-cho se denomina uso normativo. Ejemplo: en los contratos se utilizanclusulas que establecen:

    - El pago de una determinada cantidad por concepto de perjui-cios, con motivo del incumplimiento de un contrato de comisinmercantil;- Que el banco puede cargar en la cuenta de depsito, ahorro oinversin que se le maneje a un cliente, cualquier adeudo que stetenga a favor del banco.

    En relacin a los usos, el Tercer Tribcnal Colegiado de Circuitoha establecido:

    "Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito.Fuente: Semanario Judicial de la Federacinpoca: 8'Tomo: XI-EneroPgina: 273

    INSTITUCIONES DE CRDITO, LEY DE. PARA DETERMINAR EL MONTO QUE POR CON-

    CEPTO DE PERJUICIOS CORRESPONDE PAGAR POR INCUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO

    DE COMISIN MERCANTIL DEBE ACUDIRSE SUPLETORIAMENTE A LOS usos Y PRCTICASBANCARIAS y NO AL CDIGO DE COMERCIO CONFORME LO DISPONE EL ARTiCULO 611

    DE LA.

  • 16 JESS DE lA FUENTE RODRGUEZ

    El artculo 62 de la Ley de Instituciones de Crdito establece un or-den en la aplicacin supletoria de normas y dispone "artculo 6. En loprevisto por la presente ley y por la Ley Orgnica del Banco de Mxico,a las instituciones de banca mltiple se les aplicar en el orden siguien-te: I. La legislacin mercantil; Il. Los usos y prcticas bancarias y mer-cantiles y IIl. El Cdigo Civil para el Distrito Federal". Como la Ley deInstituciones de Crdito nada establece para determinar la cantidad quepor concepto de perjuicios corresponde pagar a las instituciones de er-dito por incumplimiento de un contrato de comisin mercantil, debeacudirse a la aplicacin supletoria de normas que la misma ley prev y,en primer trmino, a la legislacin mercantil. Sin embargo, tal legisla-cin, particularmente el Cdigo de Comercio, es omisa al respecto, puesno establece los lineamientos que deben seguirse para fijar el montoque por perjuicio corresponde y el llamado "inters legal mercantil"contemplado en el artculo 362 del Crligo, no tiene aplicacin, ya queslo rige para la mora en pago de deudas derivadas de contrato de prs-tamo mercantil, figura distinta a la comisin. Por ello, respetando el or-den establecido en el articulo 62 transcrito, para determinar cul es elmonto de los perjuicios por incumplimiento de obligaciones derivadasdel contrato de comisin, se debe acudir a los usos y prcticas banca-rias. TERC.ER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA AnMINISTRTIVA DEL PRIMER CIR-CUITO.

    AmjJaro en revisin 2673/91. Ene Paul Witachey Niemann. 9 de enero de1992. Unanimidad de votos. Ponente: Cenaro David Gngora Pimentel. Secreta-ria: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco. "

    4) LAS PRCTICAS BANCARIAS

    Para el Diccionario de la Real Academia Espaiiola se entiende porprclica el "ejercicio de un acto o facultad. Destreza adquirida coneste ejercicio. Uso continuado, costumbre o estilo. Mtodo que sigueuno en una cosa. Ejercicio que en una profesin se hace bajo la direc-cin de un maestr-o.":'

    El destacado estudioso del Derecho Burstil, Lic. Rodolfo LENnos dice:

    "Que para que la prctica podamos considerarla como norma jurdicaaplicable no debe contradecir texto alguno de la ley. ni puede ser con-traria a las costumbres, lo que hace es referirse a un actuar especficoque puede escapar al legislador; nace de las exigencias de la vida diariaen una actividad especialzada"."

    3 Rocca, Alfredo. Principios de Derecho Mercantil. Ed. Nacional, Mixico, 1966, p. 119.~ LJ.:N Lt-:N, Rodotfo. Costumbres. usos y prcticas mercantiles. Academia Mexicana de Dere-

    cho Burstil, AC. AUxico, 199/. p. 11.

  • TRATADO DE DERECHO BANCARIO Y BURSTil. 17

    La prctica implica la reiteracin de una conducta frecuente; lasprcticas utilizadas en el gremio