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Información de la industria aérea, tanto a nivel general como enfocada en el mercado guatemalteco.

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Page 1: Transportes aéreos en Guatemala

TRANSPORTES AÉREOS

La aviación de transporte regular comercial es una actividad que hacen las compañías aéreas, ya sean éstas grandes o pequeñas, dedicadas al transporte aéreo bien de personas, bien de mercancías, de manera regular, es decir con itinerario.

Breve historia de la aviación comercial

Ciertamente ha habido una gran evolución en el transporte aéreo desde aquel 17 de diciembre de 1903, fecha en que los hermanos Wright realizaron su primer vuelo exitoso. En 1908 se realizaron los primeros vuelos con pasajeros; los aeroplanos de esa época únicamente tenían capacidad para un pasajero además del piloto. Es hasta 1919, después de la Primera Guerra Mundial, que surgen las primeras líneas aéreas de transporte de pasajeros, las cuales aún están en operación en la actualidad: en octubre de ese año es fundada KLM, y en diciembre surge la Sociedad Colombo-Alemana de Transporte Aéreo, conocida actualmente como Avianca.

En los años 20 e inicios de los 30 se establecieron varias compañías aéreas en Europa y Estados Unidos, utilizando aeronaves reacondicionadas que originalmente habían sido de uso militar. Entre las aerolíneas que surgieron en esta época que aún se encuentran en operación podemos mencionar Lufthansa, United Airlines, Air France, American Airlines, e Iberia. Durante la década de los 30 iniciaron las primeras rutas transatlánticas, popularizándose los hidroaviones como el Boeing 314 Clipper y los aviones de hélice como el Douglas DC-3 (el cual aún es operado en la actualidad).

Durante la Segunda Guerra Mundial se detuvo el desarrollo del servicio aéreo comercial en Europa; la aviación militar cobró una mayor relevancia y algunas de las compañías pusieron sus recursos al servicio del ejército. Es así como algunas compañías, como Air France y Lufthansa, cesaron sus actividades por completo. Otras compañías como KLM continuaron operando en otros continentes ajenos al conflicto.

Después de la guerra, la tecnología de motores a reacción o jet que ya se utilizaba en aeronaves militares empezó a ser adaptada para uso civil. Esto revolucionó el transporte aéreo por completo, ya que los nuevos aviones permitían volar a mayor velocidad y emplear mayores altitudes de vuelo, por lo que se reducía el tiempo empleado y se evitaban las inclemencias atmósféricas. Es así como un vuelo entre Tokio y Londres pasó de durar 85 horas a durar 36. Aviones como el Douglas DC-8 y el Boeing 707, y posteriormente los aviones de fuselaje ancho como el Boeing 747, contribuyeron a la “masificación” del transporte aéreo; viajar por avión ya no era un lujo reservado para la alta sociedad, sino que cada vez estaba más al alcance de todos.

Las siguientes décadas no trajeron mayores cambios en la tecnología básica de los aviones jet; la única excepción sería el Concorde, el cual estaba diseñado para superar la velocidad del sonido. Desafortunadamente, debido a su alto consumo de combustible y altos costos de operación, éste fue retirado de servicio en el 2003.

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Si bien aún se sigue utilizando la tecnología de motores a reacción, la misma ha tenido considerables mejoras desde sus inicios en los años 50. Cada vez se diseñan aviones más eficientes y seguros, capaces de un mayor alcance con un menor consumo de combustible. La tecnología utilizada en las cabinas de mando se ha ido modernizando, haciendo más eficiente el trabajo de los pilotos. Es así como se construyen aeroplanos como el Airbus 380, actualmente el más grande del mundo, con capacidad de hasta 800 pasajeros; o el Boeing 787, el primero fabricado enteramente de materiales compuestos, lo cual lo hace mucho más liviano y eficiente.

Historia en Guatemala:

La aviación civil en Guatemala tuvo su origen a principios del Siglo XX. En 1911, se fundó lo que se llamó Academia de Aviación, en el Campo de Marte.

El 11 de septiembre de 1929, durante el Gobierno del Gral. Lázaro Chacón, se creó la Dirección General de Aeronáutica Civil como una dependencia del Ministerio de Comunicaciones y Obras Públicas (actualmente Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda), por medio del Decreto Gubernativo 1,032.

En ese mismo año también se iniciaron los vuelos regulares, autorizando a la Compañía Pickwick Airways Inc. para realizar estas operaciones entre Guatemala, México y Estados Unidos. Siempre en 1929 la Compañía Pan American (que operaba en Guatemala como Compañía Mexicana de Aviación) inició sus vuelos con rutas entre Guatemala y Veracruz, y entre Guatemala y Brownsville, Texas.

El Aeropuerto La Aurora fue construido en 1923; hasta ese entonces se había utilizado el Campo de Marte como pista de aviación. En ese entonces el Aeropuerto La Aurora estaba construido con una pista de grama; durante la Segunda Guerra Mundial se asentó una base aérea en La Aurora, y fue en 1942 cuando se construyó la primera pista pavimentada con una longitud de 2,000 metros. En 1959 se extendió la pista 500 metros en cada extremo.

El primer avión Jet Comercial que aterrizó en La Aurora fue un DC-8 de Panavias en 1959.

El 30 de junio de 1966, se concluyeron los trabajos de construcción para la nueva terminal de pasajeros con un área de 77,200 metros², y en 1968 se finalizó la construcción del edificio. Entre 2005 y 2008 se realizaron mejoras significativas a la infraestructura del aeropuerto, aumentando de 8 a 22 el número de puertas de abordaje. Esto contribuyó a que la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA, por sus siglas en inglés) certificara al aeropuerto como Categoría I, permitiendo así que las aerolíneas guatemaltecas puedan realizar vuelos a Estados Unidos sin restricciones.

En 1948, se promulgó la primera Ley de Aviación Civil de Guatemala, la cual fue sustituida por una nueva Ley a partir del 07 de diciembre de 1997 y posteriormente, el 3 de marzo de 2001 entró en vigor la Ley actual, contenida en el Decreto 93-2000 del Congreso de la República.

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La industria aérea en la actualidad

Es difícil determinar el número exacto de aerolíneas existentes en el mundo. La IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo, o International Air Transport Association en inglés) actualmente cuenta con 240 miembros, incluyendo tanto las aerolíneas de pasajeros como las de carga. Las aerolíneas pertenecientes a IATA representan el 84% del tráfico aéreo mundial. Según datos de esta misma asociación, en el 2011 las líneas aéreas comerciales transportaron alrededor de 2,840 millones de pasajeros, generando ingresos de 469 mil millones de dólares.

Estas son las 10 aerolíneas más grandes en términos de pasajeros transportados (datos del 2010):

Puesto AerolíneaNúmero de pasajeros

(en miles)1 Delta Air Lines 111,1592 Southwest Airlines 106,2283 American Airlines 86,1294 China Southern Airlines 76,0785 Ryanair 71,2296 Lufthansa 56,6937 United Airlines 54,0158 US Airways 51,8149 China Eastern Airlines 50,336

10 Air France 47,029

En Guatemala hay actualmente 10 aerolíneas operando vuelos internacionales:

Aeroméxico American Airlines Copa Airlines Delta Air Lines Iberia Interjet Spirit Airlines TACA United Airlines Tropic Air

Adicionalmente, tanto TACA como TAG (Transportes Aéreos Guatemaltecos) operan vuelos regulares entre Guatemala y Santa Elena, Petén. Existen varios otros aeropuertos en el país (Quetzaltenango, Puerto Barrios, Pto. De San José), pero ninguno tiene vuelos regulares.

Según datos de la DGAC, en el año 2011 ingresaron al país 1,016,417 pasajeros por vía aérea. En este mismo lapso de tiempo operaron 98,689 vuelos en el Aeropuerto La Aurora.

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Lamentablemente, aún no se cuentan con cifras del INGUAT para determinar qué tanto ingreso de divisas dejó al país este ingreso de pasajeros.

MODELOS DE OPERACIÓN DE LAS AEROLÍNEAS

Vuelos itinerados y vuelos charter

Los vuelos itinerados o regulares son aquellos que tienen un horario e itinerario prefijados, y son comercializados por la aerolínea a través de sus canales usuales de venta (centros de atención, internet, agencias de viajes). En contraste, los vuelos charter son aquellos que no tienen una programación regular; usualmente son contratados por touroperadores o empresas particulares, la aerolínea solamente se encarga de proveer el equipo y personal necesario para la operación pero no interviene en la comercialización del mismo. Existen líneas aéreas que se dedican exclusivamente a la operación de vuelos charter, tal es el caso de Aéreo Ruta Maya en Guatemala. Sin embargo, en ocasiones las aerolíneas que operan vuelos itinerados también cuentan con operaciones de tipo charter. Un caso puntual es el de TACA, que opera un vuelo charter de San José, Costa Rica, a la isla de San Andrés en Colombia; este vuelo es comercializado por la cadena de hoteles Decameron en San Andrés, y no aparece publicado en los sistemas de reservaciones de TACA ni puede ser adquirido en sus puntos de venta directos.

Aerolíneas de bajo costo

Un modelo que ha tomado bastante vigencia en las últimas décadas es el de aerolíneas de bajo costo (low-cost carriers o LCC). Este tipo de aerolíneas ofrecen precios económicos a los pasajeros, eliminando muchos de los servicios adicionales que ofrecen las aerolíneas tradicionales. Entre las aerolíneas de bajo costo más conocidas se encuentran Southwest Airlines y Spirit Airlines en los Estados Unidos, EasyJet y Ryanair en Europa. Algunas de las características que distinguen a las aerolíneas de bajo costo son las siguientes:

Ofrecen vuelos de punto a punto, en lugar de trabajar con el sistema de centros de conexión (hubs) que utilizan las aerolíneas tradicionales.

Vuelan a aeropuertos secundarios, los cuales suelen ser menos congestionados y tener costos de operación más bajos. Algunos aeropuertos incluso ofrecen incentivos a las aerolíneas para que establezcan sus operaciones allí.

Cuentan con un solo tipo de aeronave, lo cual reduce los costos de entrenamiento del personal, así como de mantenimiento.

No ofrecen diferenciación de producto; los aviones están configurados con una única clase de servicio, al contrario de las aerolíneas tradicionales que ofrecen dos y hasta tres clases de servicio (económica, ejecutiva y primera clase).

Cobran todos los servicios adicionales por separado: desde cargos por compras con tarjeta de crédito, cobros por transportar incluso la primera pieza de equipaje, hasta cargos por

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seleccionar el asiento antes del vuelo y un costo adicional por adquirir alimentos y bebidas a bordo.

Ofrecen un sistema de precios bastante simplificado, con tarifas de una sola vía. Las aerolíneas tradicionales trabajan un sistema de precios mucho más complejo, con tarifas de ida y vuelta, tarifas de compra anticipada, tarifas de excursión, etc.

En su mayoría no cuentan con un programa para recompensar a sus pasajeros frecuentes; una excepción notable es Southwest, que sí cuenta con programa de viajero frecuente.

Muchas de las aerolíneas que se pueden considerar “tradicionales” han empezado a adoptar algunas de estas técnicas en su afán de bajar costos y mantenerse a flote. Es así como las principales aerolíneas estadounidenses, como American, United y Delta, tienen cargos adicionales a partir de la segunda maleta y cobran por el servicio de comida a bordo en clase económica. En Latinoamérica las aerolíneas como LAN, Copa y Avianca-Taca se han apegado más al modelo tradicional, ofreciendo este tipo de servicios sin costo adicional al boleto; sin embargo, hay aerolíneas de bajo costo en la región que han tenido gran éxito, como Volaris e Interjet en México y Gol Linhas Aéreas en Brasil.

El surgimiento de este tipo de aerolíneas ha contribuido a poner el transporte aéreo al alcance de un mayor número de personas, con el consiguiente desarrollo de la industria turística. En Europa, trasladarse de un punto a otro en avión es en ocasiones incluso más económico que viajar por tren, por lo que muchas personas aprovechan para visitar varias ciudades del continente sin tanta restricción de tiempo.

Tres de las líneas aéreas que operan en Guatemala lo hacen con el modelo de bajo costo: Spirit Airlines, de Estados Unidos, Interjet, de México, y Tropic Air, de Belice.

COOPERACIÓN ENTRE AEROLÍNEAS

Como en toda industria, las aerolíneas compiten unas con otras para obtener una mayor participación del mercado. Sin embargo, es bastante impráctico (por no decir imposible) para una sola aerolínea cubrir cada rincón del planeta; es así como surgen distintos acuerdos de cooperación entre las diversas aerolíneas, brindando muchas más opciones de viaje a los pasajeros.

Acuerdos Interlíneos

Bajo un acuerdo interlíneo, los pasajeros pueden combinar vuelos de distintas aerolíneas en un solo boleto, pagando una única tarifa. De esta manera, el pasajero puede obtener mejores tarifas que si compra los boletos por separado; adicionalmente, al llevar un solo contrato, las maletas se documentan hasta el destino final (dependiendo de las regulaciones aduanales de cada país). Otro de los beneficios para el pasajero es que si uno de sus vuelos llegara a sufrir un retraso o cancelación, el pasajero sería reubicado en otro vuelo para llevarlo hasta su destino final, cosa que no ocurre al tener los vuelos en boletos separados.

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Acuerdos de Código Compartido

Un acuerdo de código compartido (o codeshare, en inglés) es un acuerdo cooperativo suscrito entre dos o más aerolíneas, que tiene como propósito principal el “compartir” la venta de asientos en vuelos específicos, operados con aviones de una de las aerolíneas en nombre de ambas empresas. Es así como ambas aerolíneas venden asientos en un mismo vuelo y éste tiene dos números de vuelo distintos, a pesar de que el vuelo es operado realmente por una única aerolínea. Este tipo de acuerdos benefician a las aerolíneas ya que pueden ofrecer más alternativas de destinos, itinerarios y conexiones a los que usualmente no cubrirían. Además pueden recibir comisiones adicionales, algo que no sucede en los acuerdos interlíneos.

La aerolínea operadora (operating carrier) es la que realiza el vuelo con su aeronave, mientras que la aerolínea mercadeante (marketing carrier) ofrece el vuelo a la venta en sus sistemas de reservaciones.

Tipos de códigos compartidos

Los acuerdos de código compartido pueden ser de tres tipos distintos, conocidos por sus nombres en inglés:

Free Sale: Acuerdo por medio del cual se pacta una venta de asientos, en el cual la aerolínea mercadeante solicita los asientos requeridos mediante los sistemas de reservaciones, recibiendo de la aerolínea operadora la confirmación o no confirmación de las mismas.

Hard Block: Acuerdo en donde la aerolínea mercadeante pacta la compra de un “bloque” (cantidad de asientos) fijo que puede o no vender; la aerolínea operadora no puede ocupar estas sillas para sus pasajeros.

Soft Block: Acuerdo en donde la aerolínea mercadeante pacta la compra de un “bloque” (cantidad de asientos) variable que ajusta y notifica por medio de los sistemas de reservaciones a la aerolínea operadora cuántas realmente va a utilizar, las no utilizadas pueden ser vendidas por la operadora.

Alianzas Globales

La razón de las aerolíneas para formar una alianza es ofrecer a sus pasajeros productos y prestaciones que ninguna línea aérea por sí sola podría entregar.

Los beneficios pueden consistir en:

Una red ampliada y optimizada: esto se realiza generalmente a través de acuerdos de código compartido. De hecho muchas alianzas se iniciaron como un acuerdo de código compartido.

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Reducción de costes al compartir oficinas de ventas, instalaciones de mantenimiento y operacionales, personal en mostradores, inversiones y compras.

Beneficios a los viajeros como, precios más bajos debido a la reducción en gastos de funcionamiento, la posibilidad de elegir diversos horarios, menores tiempos de viaje, mejores combinaciones de destinos, y la posibilidad de acumular y utilizar millas de viajero frecuente en todas las aerolíneas de la alianza.

Actualmente existen tres grandes alianzas globales: Star Alliance, Oneworld y SkyTeam.

Star Alliance

Star Alliance es la más antigua de las alianzas globales, así como la más grande. Fue fundada el 14 de mayo de 1997 por cinco aerolíneas: United Airlines, Lufthansa, Air Canada, Thai Airways International y Scandinavian Airlines System.

Actualmente la componen 27 aerolíneas de todo el mundo. Según datos de enero de 2012, Star Alliance opera diariamente 21,230 vuelos a 1,290 aeropuertos en 189 países, con una flota combinada de 4,386 aeronaves. En el 2011 transportaron más de 650 millones de pasajeros.

Aerolíneas que la conforman:

Adria Airways Aegean Airlines Air Canada Air China Air New Zealand ANA Asiana Airlines Austrian Airlines Blue1 BMI Brussels Airlines Croatia Airlines EgyptAir Ethiopian Airlines LOT Polish Airlines Lufthansa Scandinavian Airlines (SAS) Singapore Airlines South African Airways Swiss International Air Lines TAM Linhas Aéreas

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TAP Portugal Thai Airways International Turkish Airlines United Airlines US Airways

Futuros miembros:

Avianca-Taca (mediados del 2012) Copa Airlines (mediados del 2012)

Oneworld

Oneworld fue fundada el 1 de febrero de 1999 por American Airlines, British Airways, Cathay Pacific y Qantas. Actualmente cuenta con 12 miembros. Cuenta con una flota de 2,194 aviones, los cuales operan alrededor de 9,500 vuelos diarios a 900 destinos en 148 países; en el 2011 transportaron más de 340 millones de pasajeros.

Aerolíneas que la conforman:

American Airlines British Airways Cathay Pacific Finnair Iberia Japan Airlines LAN Malév Mexicana Qantas Royal Jordanian S7 Airlines

Cabe mencionar que tanto Malév como Mexicana han suspendido sus operaciones; sin embargo, aún aparecen como miembros de la alianza en el sitio web oficial de Oneworld.

Futuros miembros:

Air Berlin (principios de 2012) Malaysia Airlines (finales de 2012) Kingfisher Airlines (se tenía contemplado para principios de 2012, aún no se tiene

confirmación)

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SkyTeam

SkyTeam fue fundada en junio del 2000 por Aeroméxico, Air France, Korean Air y Delta Air Lines. Actualmente tiene 15 miembros, una flota combinada de 2,431 aviones que vuelan a 916 destinos en 173 países. Opera 14,500 vuelos diarios, transportando anualmente a 487 millones de pasajeros.

Aerolíneas que la conforman:

Aeroflot Aeroméxico Air Europa Air France Alitalia China Airlines China Eastern Airlines China Southern Airlines CSA Czech Airlines Delta Airlines Kenya Airways KLM Korean Air TAROM Vietnam Airlines

Futuros miembros:

Aerolíneas Argentinas (mediados del 2012) Garuda Indonesia (mediados del 2012) Middle East Airlines (mediados del 2012) Saudi Arabian Airlines (mediados del 2012) Xiamen Airlines (finales del 2012)

REGULACIONES QUE RIGEN EL COMERCIO AÉREO INTERNACIONAL

La expansión y empleo del espacio aéreo a escala nacional y luego internacional hizo plantear a un conjunto de países la necesidad de establecer leyes y regulaciones que permitan un tráfico aéreo eficiente y seguro, esta convicción obligó a firmar convenios y protocolos internacionales que garantizaran la regularidad de los vuelos.

Libertades del aire

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La Convención Internacional sobre Aviación Civil, la cual se celebró en Chicago en 1944, tuvo como objetivo preparar un marco de trabajo que permitiese el desarrollo del transporte aéreo comercial. Para ello presentaron las llamadas 9 libertades del aire, las cuales serían aplicadas en los 52 estados que participaron en dicha Convención, así como en cualquier tratado bilateral para la explotación de servicios aéreos entre los estados participantes.

Primera libertad: el derecho de volar sobre el territorio de otro estado sin aterrizar.

Segunda libertad: el derecho de aterrizar en el territorio de otro estado por razones técnicas.

Tercera libertad: el derecho de desembarcar pasajeros, correo y carga tomados en el territorio del país cuya nacionalidad posee la aeronave.

Cuarta libertad: el derecho de tomar pasajeros, correo y carga destinados al territorio del país cuya nacionalidad posee la aeronave.

Quinta libertad: el derecho de tomar y el de desembarcar pasajeros, correo y carga con destino o procedente de terceros estados.

Sexta libertad: el derecho a que el operador aéreo de un estado transporte tráfico comercial entre otros dos estados vía su propio territorio.

Séptima libertad: el derecho a que el operador aéreo de un estado transporte tráfico comercial enteramente fuera de su territorio.

Octava libertad: el derecho a que el operador aéreo de un estado transporte tráfico comercial dentro del territorio de otro estado (cabotaje).

Novena libertad: Permiso referido a aerolíneas de un estado para operar en régimen de 7ª libertad a partir del tercer estado más allá de su territorio.

Cielos abiertos

Los tratados de cielos abiertos son acuerdos bilaterales o multilaterales de transporte aéreo, según los cuales se liberalizan los mercados del transporte aéreo de los países firmantes y se minimiza la intervención gubernamental en los servicios de pasajeros, carga y combinados ya sean regulares o chárter.

A partir de los años 70 las aerolíneas se vieron sumamente beneficiadas por las nuevas regulaciones establecidas por los gobiernos. Los Estados Unidos comenzaron a buscar acuerdos de cielos abiertos en 1979, y en 1982 ya habían firmado 23 acuerdos bilaterales, principalmente con pequeños países. En la década siguiente firmaron acuerdos con algunos estados europeos.

El primer gran paso se dio en 1992 cuando los Países Bajos firmaron el primer acuerdo de cielos abiertos con los Estados Unidos a pesar de las objeciones por parte de las autoridades de la Unión

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Europea. El acuerdo concedía a los dos países total libertad para aterrizar en el suelo del otro; todo lo contrario a los acuerdos usuales, que limitan los derechos de aterrizaje a un número establecido de vuelos semanales o a un determinado destino, y cualquier cambio que se desee hacer requiere arduas negociaciones entre los gobiernos afectando a las aerolíneas. Posteriormente a este acuerdo de cielos abiertos, las autoridades de Estados Unidos eliminaron las restricciones impuestas a la alianza establecida entre Northwest Airlines y KLM Royal Dutch Airlines desde 1989; en ese momento ambas aerolíneas firmaron un acuerdo de código compartido a gran escala. Otras aerolíneas han necesitado años de disputas legales o siguen en ellas para superar las barreras internacionales.

En el caso de Guatemala, la Ley de Aviación Civil establece en su Artículo 66 lo referente a la política de cielos abiertos:

“ARTICULO 66.Política de cielos abiertos. El Gobierno de Guatemala, otorga a todos los países, con respecto a los servicios aéreos comerciales internacionales, regulares y no regulares, la tercera, cuarta y quinta libertades del aire, reconocidas de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 1º del Apéndice IV del Convenio de Chicago de 1944 y con apego a lo establecido en las normas constitucionales. Podrá solicitarse a la Dirección General de Aeronáutica Civil, transportar pasajeros, carga y/o correo, desde un punto en el exterior hacia cualquier punto en Guatemala o viceversa.

De existir convenios que especifiquen limitaciones referente al número de líneas aéreas designadas, tipo de aeronaves y frecuencias, Guatemala propondrá la modificación bilateral del convenio a efecto de que ambos países amplíen los derechos de explotación eliminando las limitaciones existentes.”

Actualmente Guatemala ha firmado un acuerdo multilateral de cielos abiertos con los siguientes países:

República Dominicana Chile Uruguay Colombia Panamá Paraguay

Adicionalmente ha firmado acuerdos de este tipo con Estados Unidos, Honduras, El Salvador y Nicaragua.

Puntos clave de los acuerdos de cielos abiertos

La mayoría de los acuerdos de cielos abiertos actualmente vigentes contemplan los siguientes puntos:

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Competencia en libre mercado: En los vuelos internacionales, no existen restricciones en cuanto a número de líneas aéreas, capacidad, frecuencias y tipos de aeronaves utilizadas.

Precios y tarifas de mercado: Las tarifas son establecidas libremente por los operadores sin ningún tipo de intervención gubernamental.

Competencia en igualdad: Las aerolíneas de ambos países, ya sea que estén nombradas o no en el acuerdo de cielos abiertos, pueden establecer oficinas en el otro país y disponer de las utilidades generadas sin ningún tipo de restricción. Asimismo, están en la libertad de establecer su propio servicio de manejo de equipajes y servicios en tierra, o de subcontratarlo si así lo desean.

Acuerdos de cooperación económica: Las líneas aéreas pueden establecer acuerdos de código compartido o alquilar aeronaves a compañías de ambos países, o incluso de terceros.

Asesoramiento para la resolución de conflictos: Se incluyen procedimientos para resolver los conflictos que puedan surgir relacionados con la interpretación del acuerdo.

Libertad de servicios charter: Las aerolíneas pueden elegir a qué regulación se acogen para operar vuelos charter.

Seguridad: Ambos gobiernos se compromete a mantener los mayores niveles posibles de seguridad aérea y a prestar asistencia al otro en determinadas circunstancias.

ALGUNAS INSTITUCIONES QUE RIGEN LA AVIACIÓN CIVIL

IATA

La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (International Air Transport Association, o IATA), fue fundada en La Habana, Cuba, en abril de 1945; es la sucesora de la Asociación Internacional de Tráfico Aéreo fundada en 1919, año en que iniciaron operaciones las primeras líneas aéreas. En sus inicios, contaba con 57 miembros en 31 países; actualmente cuenta con alrededor de 240 aerolíneas asociadas en 126 países de todo el mundo. Su misión es representar, dirigir y servir a la industria de la aviación comercial. Algunos de sus objetivos son los siguientes:

Simplificar el proceso de viaje para los pasajeros, manteniendo los costos bajos. Permitir a las aerolíneas operar en forma segura, eficiente y económica bajo reglas

claramente definidas. Servir como intermediario entre las aerolíneas y los pasajeros por medio de estándares de

servicio de agencia aplicados neutralmente y sistemas financieros centralizados Asegurarse de que los gobiernos estén bien informados acerca de las complejidades de la

industria de la aviación para asegurar mejores decisiones a largo plazo.

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OACI

La Organización de Aviación Civil Internacional (International Civil Aviation Organization, o ICAO en inglés) es una agencia de la ONU, creada en 1944 por la Convención de Chicago para promover el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional alrededor del mundo. Define estándares y reglamentos necesarios para la seguridad, eficiencia y regularidad de la aviación, así como para la protección del ambiente relacionada con el campo de la aviación. Actualmente cuenta con 191 estados miembros.

ALTA

La Asociación Latinoamericana y del Caribe de Transporte Aéreo (ALTA) es una organización privada, sin fines de lucro, fundada en 1980 con el fin de facilitar el desarrollo de transporte aéreo más seguro, eficiente y ecológico en la región latinoamericana y del Caribe. Cuenta con más de 30 miembros, entre los cuales se encuentran las principales aerolíneas de la región; así como miembros asociados, que no se encuentran establecidos en la región pero sí operan dentro de ella, como Air Canada, United Airlines, TAP Portugal e Iberia.

DGAC

La Dirección General de Aeronáutica Civil de Guatemala, como se mencionó anteriormente, fue fundada el 11 de septiembre de 1929, durante el Gobierno del Gral. Lázaro Chacón. Es una dependencia del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. Su misión es normar, administrar, fortalecer, facilitar y vigilar la prestación de los servicios aeroportuarios, de navegación y transporte aéreo, conforme a la legislación vigente y acuerdos internacionales ratificados por el Estado de Guatemala. El Artículo 7 de la Ley de Aviación Civil, Decreto 93-2000, define las siguientes funciones de la DGAC:

a) Elaborar, emitir, revisar, aprobar y modificar las regulaciones y disposiciones complementarias de aviación que sean necesarias, para el cumplimiento de la presente ley y sus reglamentos.

b) Otorgar, modificar, suspender y revocar las autorizaciones para los aeródromos públicos y privados, supervisando su construcción y operación.

c) Supervisar la prestación de los servicios de navegación, de control del tráfico aéreo, de transporte aéreo y telecomunicaciones en lo que le corresponde, para que cumplan con los requisitos técnicos de seguridad y protección al vuelo, de acuerdo con las normas y otras disposiciones nacionales e internacionales, generalmente aceptadas, velando en todo momento por la vigilancia de la seguridad aeronáutica.

d) Expedir, prorrogar, suspender o cancelar certificados de matrícula, certificados de aeronavegabilidad, certificado de operador y/o explotador aéreo.

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e) Expedir, prorrogar, suspender o cancelar certificados o licencias para talleres aeronáuticos, Escuelas de Instrucción Aeronáutica, pilotos y demás personal aeronáutico.

f) Coordinar e investigar los incidentes y accidentes de aviación ocurridos en el territorio nacional o participar en los ocurridos fuera del territorio cuando sean matricula guatemalteca.

g) La Dirección General por medio de su Director, podrá delegar en su personal e Inspectores funciones específicas, quienes debidamente identificados tendrán libre acceso a todas las personas, aeronaves, lugares, instalaciones y documentos que sean requeridos por las normas nacionales e internacionales, para realizar la función de vigilancia, y determinar si cumplen con las condiciones de seguridad aérea operativa y en ejercicio de esa delegación podrán ordenar el retiro temporal o definitivo de vuelo de una aeronave o las acciones que correspondan de conformidad con la Ley, reglamento, regulaciones y disposiciones complementarias.

h) Intercambiar a través de Organismos Internacionales o Direcciones Generales información concerniente a la aviación civil, para fortalecer u homogenizar criterios sobre los mecanismos de seguridad aérea.

i) Estructurar y Administrar su presupuesto y llevar los registros correspondientes.j) Otorgar las autorizaciones necesarias para la explotación de servicios aeronáuticos.k) Revisar y proponer la modificación de las tarifas por servicios aeronáuticos y las multas por

infracciones.l) Administrar el Registro Aeronáutico Nacional.m) Coordinar las actividades de búsqueda y salvamento de aeronaves accidentadas en el

territorio nacional.n) Coordinar y supervisar la utilización del espacio aéreo para garantizar la seguridad y

protección al vuelo.o) Participar como el órgano técnico representativo del Estado, en coordinación con los

órganos competentes, en las reuniones de los organismos internacionales de aeronáutica civil y en las negociaciones de tratados, acuerdos y convenios internacionales en materia de aeronáutica civil.

p) Aplicar las sanciones por violación a la presente ley, sus reglamentos, regulaciones y disposiciones.

q) Supervisar la implementación de los acuerdos, convenios y tratados internacionales que en materia de aviación civil estén ratificados por Guatemala.

r) Aceptar donaciones monetarias, de servicios o propiedades en nombre de la Dirección.s) Presentar al Presidente de la República, por conducto del Ministerio de Comunicaciones,

Infraestructura y Vivienda, los proyectos de reglamentos y acuerdos para su conocimiento y posterior aprobación.

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BIBLIOGRAFÍA

Goeldner, Charles R. Turismo: Planeacion, administración y perspectivas. 3ª. Edición, Limusa Wiley, México, 2011.

Ley de Aviación Civil, Decreto Número 93-2000 del Congreso de la República de Guatemala. Emitida el 18 de diciembre de 2000.

Rizzi, Luis Alejandro. Vuelos regulares, especiales, no regulares y charter. Artículo publicado en línea en Portal de América, 22 de octubre de 2010. www.portaldeamerica.com

Las libertades del aire. Artículo publicado en línea en Novedades Derecho Aeronáutico Argentino, 18 de marzo de 2009. http://dchoaeronautico.blogspot.com

Historia de la Aviación. Artículo publicado en Wikipedia. http://es.wikipedia.org/wiki/Historia_de_la_aviaci%C3%B3n

Aviación Comercial. Artículo publicado en Wikipedia. http://es.wikipedia.org/wiki/Aviaci%C3%B3n_comercial

Portal web de IATA. www.iata.org

Portal web de ICAO. www.icao.int

Portal web de la DGAC. http://dgacguate.com

Portal web de Star Alliance. www.staralliance.com

Portal web de Oneworld. http://es.oneworld.com

Portal web de SkyTeam. www.skyteam.com