transparencia en seguridad pública y procuración de justicia (méxico infórmate 2012)

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Transparencia en seguridad y procuración de justicia Gabriela Morales / Lilia Saúl 1 con la colaboración de Sandra de los Santos (Chiapas); Leonor Gómez Barreiro (Coahuila); Héctor Javier Peña (Coahuila); Eva Gallegos (Durango); Martha Acevedo (Guanajuato); Urí Barreda (Guerrero); Sendy Murillo (Jalisco); Leonora Valentina Jiménez Franco (Morelos); Emilene Martínez Morales (Nuevo León); Manuel Silva Coache (Oaxaca); Lilia Vélez Iglesias (Puebla); Jorge Machuca Luna (Puebla); Eric Pacheco Beltrán (Querétaro); Samuel Bonilla (San Luis Potosí); Norma Sánchez (Sinaloa); Karla Cantoral (Tabasco); Ángel Martínez Armengol (Veracruz); José Cuauhtémoc Hinojosa (Zacatecas) Septiembre 2012 1 Gabriela Morales es estudiante del doctorado en Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México. Lilia Saúl es coordinadora nacional de México Infórmate.

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Page 1: Transparencia en seguridad pública y procuración de justicia (México Infórmate 2012)

Transparencia en seguridad y procuración de justicia

Gabriela Morales / Lilia Saúl1

con la colaboración de Sandra de los Santos (Chiapas); Leonor Gómez Barreiro (Coahuila); Héctor Javier Peña (Coahuila);

Eva Gallegos (Durango); Martha Acevedo (Guanajuato); Urí Barreda (Guerrero); Sendy Murillo (Jalisco); Leonora Valentina Jiménez Franco (Morelos); Emilene Martínez Morales (Nuevo León); Manuel Silva Coache (Oaxaca); Lilia Vélez Iglesias (Puebla); Jorge Machuca Luna (Puebla); Eric Pacheco Beltrán (Querétaro); Samuel Bonilla (San Luis Potosí); Norma Sánchez (Sinaloa); Karla

Cantoral (Tabasco); Ángel Martínez Armengol (Veracruz); José Cuauhtémoc Hinojosa (Zacatecas)

Septiembre 2012

1 Gabriela Morales es estudiante del doctorado en Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional

Autónoma de México. Lilia Saúl es coordinadora nacional de México Infórmate.

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México Infórmate es una iniciativa que busca dar a la sociedad herramientas para poner al Gobierno bajo la lupa: para que fiscalicen el uso de recursos públicos y la forma en que las autoridades toman las decisiones que a todas y todos afectan. México Infórmate es una red de periodistas que cuenta con 22 coordinaciones estatales y una coordinación nacional que busca aportar a la agenda de la transparencia un conocimiento sobre el estado del derecho de acceso a la información a través del ejercicio del mismo desde las entidades federativas, el Distrito Federal y el nivel federal. Descripción general del ejercicio (Metodología y herramientas utilizadas) Dado el contexto coyuntural en que se encuentra nuestro país, donde uno de los principales problemas sociales se ubica en el ámbito de la seguridad y la procuración de justicia, y siendo que las políticas en materia de seguridad y justicia fueron consideradas como una prioridad en la administración del Presidente Felipe Calderón, la red decidió iniciar un ejercicio de acceso a la información para conocer el estado de la transparencia en lo que refiere a los recursos humanos operativos con que cuentan las secretarías de seguridad pública locales y las procuradurías generales de justicia para la detención de personas probables responsables de la comisión de delitos, así como para la integración de averiguaciones previas; el salario del personal operativo de las secretarías de seguridad públicas y del personal de los ministerios públicos, y el presupuesto asignado a las procuradurías estatales, y a las fiscalías especializadas. El estudio también incorpora un análisis sobre el número de juzgados penales que existen en el país, así como el presupuesto asignado a los juzgados. En los 32 estados de la república se ingresó una batería de preguntas a través de solicitudes de información.2 En este documento se presentan los hallazgos preliminares de algunos estados de la república. El estudio de transparencia en seguridad y procuración de justicia se encuentra en proceso de recopilación y sistematización de la información, a través de la participación de las y los coordinadores estatales y nacionales. La red busca potencializar su ventaja de contar con periodistas y personas con especialización en transparencia y acceso a la información en una red de alcance nacional donde permanentemente ejercen el derecho de acceso a la información y realizan la promoción del mismo. La conformación de la red busca contribuir a la agenda de transparencia detectando de manera oportuna y pormenorizada condiciones legales, institucionales y procedimentales que afectan el ejercicio libre y pleno del derecho de acceso a la información. Plataforma México Infórmate Transparencia en Seguridad y Procuración de Justicia Para la Semana México Infórmate, la red presenta la Plataforma México Infórmate en Transparencia en Seguridad y Procuración de Justicia que es una herramienta electrónica que sirve para la captura de información desde las diferentes entidades de la república. Es un administrador de contenidos que genera estadísticas y reportes que permiten interrelacionar la información de los distintos temas, así como la visualización de las respuestas a las solicitudes de información, y el estado de la transparencia en los distintos estados de la república.

2 Las preguntas ingresadas en los diferentes niveles de gobierno se encuentran en el Anexo 1.

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La plataforma será utilizada directamente por las y los representantes de México Infórmate en los estados para la conformación final del estudio y busca ser un referente para la realización de distintos ejercicios de monitoreo de acceso a la información. La plataforma México Infórmate es resultado de un ejercicio de sinergia entre la comunidad de organizaciones sociales y la comunidad de expertos en tecnología que se reunieron los pasados días 24 y 25 de agosto en el evento Open Data Mx organizado por Fundar Centro de Análisis e Investigación, el Colectivo por la Transparencia, Social Tic y la Universidad de la Comunicación3. Justificación La seguridad pública, la procuración y la impartición de justicia son funciones en las que el Estado tiene su justificación misma, en tanto son consideradas como bienes públicos y derechos fundamentales. La seguridad y la procuración e impartición de justicia son responsabilidad tanto de la federación, como de los estados y los municipios. El financiamiento en la materia de seguridad y justicia es una herramienta para el combate a la delincuencia4, por esta razón el estudio de México Infórmate incorpora un componente sobre el presupuesto asignado a estas materias y centra su atención en el desempeño de las Procuradurías Generales de Justicia, a través de los ministerios públicos, al examinar la información relativa a la relación entre las consignaciones al poder judicial que realizan los ministerios públicos y el número de averiguaciones previas iniciadas. De acuerdo con un estudio difundido por CIDAC5, en 2009, la incidencia delictiva registrada por cada cien mil habitantes en México era casi el triple de la incidencia observada en los Estados Unidos. De acuerdo con CIDAC, el tiempo para integrar una averiguación previa en los ministerios públicos en 2010 era de 130 días. México Evalúa señala que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE), levantada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2010 se cometieron 22 millones 714 mil 967 delitos y 17 millones 847 mil 550 se convirtieron en victimas. En términos de tasas de incidencia delictiva, a nivel nacional se registraron 20 mil 220 delitos por cada cien mil habitantes.6

De acuerdo con Transparencia Mexicana, el índice Nacional de Corrupción y Buen Gobierno 2010 arroja que evitar la detención en el ministerio público, realizar una denuncia, acusación o levantar un acta, tienen un (INCGB) de 23.22 y los relacionados con evitar infracciones de los agentes de tránsito tienen un índice que alcanza hasta el 68.03 sobre una escala de 0 a 1007. Es decir, la

3 http://opendata.mx 4 Reyes Tépach Marcial, Indicadores delictivos y el presupuesto público federal para la seguridad pública en México 1999-2006, http://pdba.georgetown.edu/Security/citizensecurity/mexico/presupuestos/presupuesto1999-2006.pdf, p.5 5 http://www.cidac.org/esp/uploads/1/CIFRAS.pdf 6 México Evalúa, Seguridad y Justicia Penal en los Estados. 25 indicadores de nuestra debilidad institucional, p.4, http://mexicoevalua.org/descargables/979b28_Seguridad-y-Justicia-Penal-en-los-estados.pdf 7 Transparencia Mexicana, Índice Nacional de Corrupción y Buen Gobierno, Informe Ejecutivo 2010, http://www.transparenciamexicana.org.mx/documentos/INCBG/2010/1_InformeejecutivoINCBG2010%209mayo2011.pdf

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seguridad y la justicia en México son espacios de corrupción que necesitan entre muchas otras soluciones, del escrutinio activo de la sociedad. Por las razones anteriormente señaladas, se decidió realizar este ejercicio. El presente estudio preliminar, es una investigación no especializada en materia de seguridad y procuración de justicia que busca mostrar la posibilidad de un escrutinio público a partir del ejercicio del derecho de acceso a la información. El estudio se divide en los siguientes apartados y secciones:

1) Seguridad pública (solicitudes dirigidas a las secretarías de seguridad locales) Número de personal operativo preventivo, auxiliar y de tránsito Salario de policías y personal operativo de seguridad

2) Procuración de justicia (solicitudes dirigidas a las Procuradurías Generales de Justicia de los Estados) Número de personal adscrito a los ministerios públicos Número de policías ministeriales en funciones Salario de los agentes del ministerio público Desempeño del ministerio público (consignaciones ante el poder judicial/averiguaciones previas iniciadas Presupuesto de las procuradurías (solicitudes dirigidas a las procuradurías estatales, las secretarías de finanzas locales y los congresos locales) Presupuesto de las fiscalías especializadas

3) Poder judicial Número de juzgados penales Presupuesto de los juzgados penales (solicitudes dirigidas a los poderes judiciales locales, las secretarías de finanzas locales y los congresos locales)

En este documento se desagregan las respuestas disponibles de las autoridades por secciones. Para cada sección se incorpora un apartado denominado Acceso a la Información que da cuenta del procedimiento de acceso a la información y un apartado denominado Análisis que presenta una interpretación de la información obtenida a través del procedimiento de acceso a la información.

Hallazgos preliminares 1) Seguridad Pública Número de elementos operativos, preventivos y de tránsito Acceso a la información De las respuestas disponibles para esta sección correspondientes a 9 estados de la república y la Secretaría de Seguridad Pública Federal, se comienza a definir una tendencia de las autoridades a negar información sobre el número de elementos en materia de seguridad.

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Los estados de Chiapas, Querétaro, Oaxaca y Sinaloa reservaron la información:

CHIAPAS La información es reservada en términos del artículo 28, fracción I de la Ley de Transparencia de Chiapas

OAXACA

Se reserva la información solicitada por considerar que de darse a conocer se estaría poniendo en riesgo la seguridad estatal y la vida de los elementos al especificar el número total de elementos operativos con los que cuenta la Dirección del Tránsito del Estado, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17, fracciones I y V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca. El coordinador estatal interpuso recurso de revisión.

SINALOA La solicitud fue ingresada al Ayuntamiento de Culiacán, la información fue clasificada con fundamento en acuerdo emitido por el titular

QUERÉTARO De acuerdo con lo previsto en el artículo 15, fracción VIII de la Ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental, la información se encuentra reservada

Las secretarías de seguridad pública estatales se encuentran reservando información relativa a estadísticas, que por sí mismas no representan un riesgo a la seguridad de los elementos operativos. En el caso de Sinaloa, la Secretaría de Seguridad Pública, reserva la información de conformidad con un acuerdo emitido por su titular. La Ley de Transparencia del Estado de Sinaloa señala en su artículo 20 que se considera información reservada la expresamente clasificada como tal mediante acuerdo del titular de cada una de las entidades públicas. Esto evidencia la necesidad de armonizar la legislación local de forma acorde con el principio de máxima publicidad establecido en la Constitución que señala que toda la información en posesión de las autoridades es por su naturaleza pública y únicamente podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público. A nivel federal existe un criterio del Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales que señala: “la información estadística es de naturaleza pública, independiente de la materia con la que se encuentre vinculada”. El IFAI señala que por definición, los datos estadísticos no se encuentran individualizados o personalizados a casos o situaciones específicas que pudieran llegar a justificar su clasificación. Llama la atención en esta sección, el caso de la Secretaría de Seguridad Pública a nivel federal cuya respuesta es la siguiente: “Su petición no constituye una solicitud de acceso a la información en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que no corresponde a atribuciones de esta Secretaría de Seguridad Pública de la Administración Pública Federal, toda vez que la información solicitada se puede encontrar dentro de las atribuciones de una dependencia del ámbito local.” Sin embargo, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala en su artículo 30 bis, fracción X que corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública: organizar, dirigir, administrar y supervisar la Policía Federal Preventiva, así como garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario. La Secretaría de Seguridad Pública orienta a ingresar la solicitud de información en la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, cuando después de una revisión fue posible identificar que aun cuando la Policía Federal está adscrita a la SSP cuenta con una unidad de enlace propia para ingresar solicitudes de

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información. En este sentido se considera que es posible cuestionar la orientación de la SSP a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal

PREVENTIVOS

2008 2009 2010 2011 2012 TRANSITO

2008 2009 2010 2011

2012

DISTRITO FEDERAL 33,535 35,561 34,545 33,210

Hasta la quincena 14/2012 32,121 2,308 2,405 3,416 3,427

3,594

ZACATECAS ND 206 264 446 537 246 245 276 278

278

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SALARIOS DE LOS ELEMENTOS OPERATIVOS DE LA SSP

DISTRITO FEDERAL

SINALOA

ZACATECAS

OAXACA VERACRUZ QUERÉTARO

SAN LUIS POTOSÍ

COMANDANTE DE PELOTON 10,845

SUBINSPECTOR $28,695.9

3 AGENTE B $7,267.12 POLICIA 3ERO 6,218 SUBOFICIAL 11,824 OFICIAL 15276

JEFE DE PILOTO

DESDE 27,903 HASTA 28,474

COMISARIO $41,666.5

0 AGENTE C $7,558.00 POLICIA B 6,159 POLICIA 11,526

JEFE DE SECCIÓN SEGURIDAD Y CUSTODIA 15276

MECANICO DE HELICÓPTEROS

DESDE 13,849 HASTA 14,978 SUBOFICIAL 12114 COMANDANTE $8,904.11 POLICIA A 6,099

POLICIA PRIMERO 11,812

MECANICO ESPECIALIZADO EN HELICOPTEROS

DESDE 14,942 HASTA 16,371

POLICIA SEGUNDO 11,678

POLICIA DESDE 2,175-

HASTA 9,887

POLICIA PRIMERO

$16,606.44 AGENTE DE VIALIDAD $6,763.37 SUBOFICIAL 6,924 INSPECTOR 12,620 INSPECTOR 22,200 SARGENTO 14281

POLICIA PRIMERO

13,205 POLICIA $9,610.21 CUSTODIO(A) $8,484.98 COMANDANTE 7,287 COMISARIO 14,512 POLICIA 9900 POLICIA C 11277

POLICIA SEGUNDO

DESDE 9,180 HASTA 25,855

POLICIA TERCERO

$11,532.25 COMANDANTE $10,661.84 SUBCOMANDANTE 7,128

INSPECTOR GENERAL 13,329

POLICIA PRIMERO 13000 POLICIA B 11587

POLICIA TERCERO

DESDE 9,657 HASTA 12,248

POLICIA SEGUNDO $13,838.7

1

JEFE(A) DE ESTABLECIMIENTO

PENITENCIARIO DISTRITAL $11,750.28 OFICIAL 7,007

INSPECTOR JEFE 13,195 SUBOFICIAL 14000 POLICIA A 12432

PRIMER INSPECTOR

DESDE 21,713 HASTA 25,592

POLICIA TERCERO 11,609

PRIMER OFICIAL

DESDE 14,803 HASTA 24,845

SUBOFICIAL $19,927.7

2 OFICIAL

DELEGADO(A) $8,144.28 POLICIA 1ERO 6,339 SUBINSPECTOR 12,473 SUBOFICIAL 14281

PRIMER SUPERINTENDENTE 26, 966

SEGUNDO INSPECTOR

DESDE 18,745 HASTA 27681

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SEGUNDO OFICIAL

DESDE 11,595 HASTA 18,084

OFICIAL $23,913.2

8 AGENTE A $6,421.11 POLICIA 2DO 6,288 OFICIAL 12,032

COMANDANTE DE SEGURIDAD SUBTENIENTE 15276

SUB INSPECTOR

DESDE 16,811 HASTA 31,437

SUBOFICIAL

DESDE 11,182 HASTA 20,461

Acceso a la información Para este sección, México Infórmate contó con las respuestas de 7 entidades de la república, el Distrito Federal e información de la Secretaría de Seguridad Pública Federal. En la tabla, no se reportan los datos correspondientes al Estado de Tabasco y al nivel federal debido a que, para el primero, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado remite al portal de Internet8 donde la información se encuentra codificada por nivel, y no por nombre del puesto y la información sobre el manual de remuneraciones no da acceso a la información; y en el nivel federal la Secretaria de Seguridad Pública señala: con la finalidad de estar en posibilidad de brindar una atención eficiente a su solicitud, atentamente le requerimos precisar con claridad el documento específico de su interés, agradeciéndole aporte mayores datos para facilitar la localización de la información, toda vez que con la descripción hasta ahora proporcionada, no es posible iniciar la búsqueda en esta Dependencia. La información corresponde a autoridades del ámbito local. Es de llamar la atención que la Secretaría de Seguridad Pública federal requiera el documento específico donde consta la información solicitada, transfiriendo la carga de conocer el engranaje de la administración pública a la persona solicitante de información. Por lo que refiere al estado de Tabasco, vale la pena señalar en que la respuesta directa y específica a las solicitudes de información es una práctica que tiene impactos en el acceso a la información que puede llegar a tener una persona. Análisis de los salarios del personal operativo de las Secretarías de Seguridad Pública locales

8 http://transparencia.tabasco.gob.mx/TransArchivos/K6/55/7297.pdf

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Es necesario precisar que para la primera fase del estudio no se requirió la información relativa al Manual de Puestos y Cargos del personal operativo y no en todos los casos fue posible ubicar los mismos en Internet, es por esta razón que para cada estado se conserva un concentrado con la denominación de cada uno de los cargos a los cuales se asignan los salarios reportados. Esta limitación metodológica reduce la posibilidad de realizar una comparación tajante entre los cargos de cada uno de los Estados, sin embargo, permite identificar algunas observaciones generales, que son de interés público. Por ejemplo: para el puesto de policía es posible observar que el salario más bajo asignado es a los policías que ejercen sus funciones en el Distrito Federal, donde cuentan con un salario mensual bruto desde 2,175 pesos hasta 9,887 pesos mensuales, mientras en el estado de Sinaloa, un policía tiene un salario asignado de 9,610 pesos, en el estado de Querétaro, al puesto de policía corresponde un salario de 9,900 y en el Estado de Veracruz un salario de 11,526, de acuerdo con la información señalada por las autoridades. El policía que menos gana en Oaxaca tiene un salario de 6,099 pesos. Los policías reportan a la cadena jerárquica policial, que para esta labor comienza con los policías de mayor categoría, en estos casos el policía primero. Un policía reporta al policía primero, segundo y tercero. De manera genérica las funciones de las policías corresponden a la prevención de la comisión de delitos y las infracciones a los reglamentos, así como proteger a las personas, vigilar el respeto al orden público y la seguridad, auxiliar al ministerio público, aprehender en los casos de delitos flagrantes a las personas responsables. Las funciones desempeñadas por policías son fundamentales para el orden social y están encaminadas a preservar la armonía social y garantizar el desarrollo de actividades ordenadas. La policía satisface necesidades esenciales para la vida en comunidad. 9 El ejercicio de la actividad constituye una profesión, teniendo en cuenta que se trata de una labor permanente, de dedicación exclusiva,10 por esta razón debería tener un salario asignado que permita a los policías cómodamente la satisfacción de sus necesidades y las de su familia. De acuerdo con el informe del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a septiembre de 201111, el promedio nacional de sueldo menor de policía estatales es de 9,250 pesos, es decir que estados como el Distrito Federal y Oaxaca presentados en este estudio se colocarían por abajo del promedio nacional. 2) Procuración de Justicia Número de ministerios públicos en funciones y número de policías ministeriales Acceso a la información

9 http://cgservicios.df.gob.mx/prontuario/vigente/721.htm

10 Víctor Alberto Delgado Mallarino, Policía, Derechos Humanos y Libertades Individuales, http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/iidh/cont/17/dtr/dtr4.pdf, , p. 92 11 http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/work/models/SecretariadoEjecutivo/Resource/347/1/images/Salarios_de_Policias_2010_y_2011_210911.pdf

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En relación con la accesibilidad de la información relacionada con el número policías ministeriales, uno de los hallazgos preliminares se refiere a que estados como Sinaloa y Zacatecas reservan la información sobre el número de policías ministeriales con funciones de investigación tanto en lo correspondiente a 2008 como en lo correspondiente a 2012. El estudio de México Infórmate seleccionó estos dos años con el fin de identificar cual es la tendencia en el número del personal operativo de los ministerios públicos. Como en el caso de los elementos operativos en materia de seguridad, en Sinaloa, la Procuraduría local reserva la información de conformidad con el acuerdo 1/2009 que de manera general determina como información clasificada la información sobre la revelación de nombres, fotografías, adscripciones, asignaciones, bitácoras, roles de servicios, número de elementos, en especial de los integrantes de los cuerpos policiales de la Procuraduría General de Justicia del Estado. Como en el caso anterior, la aplicación de acuerdos pre clasificatorios es opuesta al principio de máxima publicidad y contraviene a los estándares que a nivel federal se han fijado en la materia. La información solicitada no pone en riesgo la integridad de los agentes ministeriales, precisamente porque no requiere la revelación de nombres, adscripciones o bitácoras que permitan hacer identificables a los policías ministeriales y se considera por su naturaleza información pública necesaria para aproximarse a un conocimiento sobre los recursos humanos con que cuentan las entidades federativas para hacer frente a la delincuencia en su territorio. Por su parte el Estado de Zacatecas reserva la información con fundamento en el artículo 19 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado. Ambas reservas se encuentran fundadas en las respectivas disposiciones normativas que establecen las leyes locales, sin embargo, no cuentan con una motivación específica que permita conocer los hechos que justificarían la reserva. Merece la pena hacer notar que únicamente 2 entidades para las cuales se cuenta con información en este rubro, reservaron la información relacionada con el número de policías ministeriales, el índice delictivo en los estados no parece dar una explicación sobre el hecho de que algunas autoridades reserven información y otras no, ya que por ejemplo el estado de Tabasco cuenta con un índice delictivo por cada 100 mil habitantes de 20845, índice superior al del Estado de Zacatecas que es de 19176.

ESTADO

NÚMERO DE MINISTERIOS PÚBLICOS EN FUNCIONES EN DICIEMBRE DE 2008

NÚMERO DE MINISTERIOS PÚBLICOS EN FUNCIONES EN MAYO DE 2012

NÚMERO DE POLÍCIAS MINISTERIALES CON FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN EN DICIEMBRE DE 2008

NÚMERO DE POLICÍAS MINISTERIALES CON FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN EN MAYO DE 2012

BAJA CALIFORNIA SUR 89 99 156 240

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MICHOACAN 255 336 970 1124

SAN LUIS POTOSI 246 247

SINALOA 332 327 INFORMACIÓN RESERVADA

INFORMACIÓN RESERVADA.

TABASCO

71 agentes del ministerio público y 5 subdirectores/90 ministerios públicos investigadores (Entrega la información de las Subprocuradurías de Procesos y la Procuraduría de Investigaciones de manera separada, en lugar de integrar una respuesta institucional.

64 agentes del ministerio público adscrito y 5 fiscales en jefe/115 ministerios públicos investigadores (Entrega la inforamción de las Subprocuraduría de Procesos y de Investigaciones de manera separada en lugar de integrar la respuestas institucional. 562 586

TAMAULIPAS 594 462

VERACRUZ 302 343 282 287

ZACATECAS 104 181 INFORMACIÓN RESERVADA

INFORMACIÓN RESERVADA

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Fuente: Elaboración propia con información de México Evalúa (http://www.mexicoevalua.org/descargables/979b28_Seguridad-y-Justicia-Penal-en-los-estados.pdf, p. 4).

La procuraduría de justicia del Estado orienta a la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Oaxaca y remite al portal de transparencia del gobierno del Estado de Oaxaca, provee el siguiente vínculo http://transparencia.oaxaca.gob.mx/tabulador/sueldos.php. El vínculo no da acceso a la información. Análisis de la información sobre el número de personal operativo en las Procuradurías De la información con la que se cuenta, no es posible identificar una relación ente el índice delictivo y el número de policías ministeriales, por ejemplo, el estado de Michoacán que cuenta con un índice delictivo 9,806, cuenta con 1,124 policías ministeriales en 2012, mientras, el estado de Tabasco que cuenta con índice delictivo de 20,845, cuenta con casi la mitad de los policías ministeriales con que cuenta Michoacán, teniendo para 2012, 586 policías ministeriales. Así también por ejemplo, el estado de Tamaulipas con un índice delictivo de 18,453 cuenta en 2012 con 462 policías ministeriales, siendo el único estado que, de 2008 a la fecha vio reducido el número de policías ministeriales con los que cuenta.

18,074

9,806

20,017 23,294

20,845 18,453

12,672

19,176

0

5,000

10,000

15,000

20,000

25,000

INDICE DE INCIDENCIA DELICTIVA 2010

INDICE DE INCIDENCIA DELICTIVA 2010

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Salarios de los puestos adscritos al Ministerio Público

ESTADO SALARIO PARA CADA PUESTO ADSCRITO A LOS MINISTERIOS PÚBLICOS (En otra hoja de cálculo se desarrolla la información por estado)

MICHOACAN 14,262

OAXACA

La procuraduría de justicia del Estado orienta a la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Oaxaca y remite al portal de transparencia del gobierno del Estado de Oaxaca, provee el siguiente vínculo http://transparencia.oaxaca.gob.mx/tabulador/sueldos.php. El vínculo no da acceso a la información correspondiente.

QUERETARO DE ARTEAGA 27,052

SINALOA 20,479

TABASCO 14,625

TAMAULIPAS Desde 12,011 hasta 15,511

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VERACRUZ

La Procuraduría da acceso al siguiente portal http://portal.veracruz.gob.mx/portal/page?_pageid=193,5169155&_dad=portal&_schema=PORTAL. Da acceso a la información de tabulador de sueldos brutos y netos. Y da acceso a una página que requiere nombre de usuario y contraseña . Se da acceso a los puestos adscritos a la procuraduría, no es posible identificar los adscritos específicamente al Ministerio Público.

ZACATECAS 17,991

Acceso a la información De 8 estados sobre los que se sistematizaron las respuestas a las solicitudes de información, en los casos de Veracruz y Oaxaca, las Procuradurías Estatales remitieron a vínculos en los portales que no dan acceso a la información correspondiente. Esta situación visualiza la diferencia entre los criterios promovidos por los órganos garantes en materia de transparencia en el territorio nacional. En el Distrito Federal ha sido un criterio del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales que las autoridades además de dar acceso a través de Internet, adjunten la información solicitada. En la práctica se ha demostrado que estas acciones sí pueden tener injerencia directa en el acceso a la información. Análisis de la información sobre salarios de los ministerios públicos De la información disponible, es posible identificar que las y los agentes del ministerio público que cuentan con los salarios más altos son aquellas personas que cumplen esta función en el estado de Querétaro, donde ganan 27,052 pesos mensuales, mientras un agente del ministerio público en el estado de Tamaulipas como máximo puede ganar un total de 15,511 pesos mensuales. Nuevamente existen indicios de que la información no se relaciona con el índice delictivo de los estados, ya que Querétaro cuenta con un índice delictivo de 13,123 frente a uno de 18, 453 para el Estado de Tamaulipas. Queda abierta la pregunta: ¿Cuál es entonces la racionalidad en la asignación de los salarios de los agentes de ministerios públicos en los estados? Presupuestos otorgados a las Procuradurías Estatales La información presentada en esta sección corresponde a las respuestas otorgadas por las autoridades locales al requerimiento de información sobre el presupuesto otorgado a las Procuradurías estatales desglosado por partida presupuestal, de 2008 a la fecha, desglosado por año. La información entregada corresponde a la información erogada para las dependencias.

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PRESUPUESTOS PROCURADURIAS ESTATALES

PRESUPUESTOS PROCURADURIAS ESTATALES

EJERCICIO FISCAL 2008

EJERCICIO FISCAL 2009

EJERCICIO FISCAL 2010

EJERCICIO FISCAL 2011

EJERCICIO FISCAL 2012

DISTRITO FEDERAL 3,971,988,249 4,573,270,636 4,498,754,609 4,567,570,425 4,416,170,783

DURANGO 193,526,202.00 408,354,487.00 417,131,774.00 630,242,947.00

SINALOA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA 432,712,989.00 572,471,371.00 600,477,654.00 655,537,751.00 671,471,321.00

MICHOACÁN 346,337,444.00 447,811,146.00 539,597,665.00 578,850,882.00 560,244,070.00

OAXACA 439,372,980.80

QUERÉTARO 350,814,396.00 374,626,693.00 386,076,062.00 423,392,059.00 463,473,043.00

SAN LUIS POTOSÍ 437,926,653.00 482,231,280.00 508,146,717.00 522,319,304.00 569,771,115.00

SONORA 639,528,805.00 648,631,460.00 685,803,525.00 797,944,577

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 9,307,808,800.00 12,309,857,565.00 11,781,474,057.00 11,997,812,200.00 14,905,074,010.00

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La información correspondiente al Estado de Durango fue proporcionada por el Congreso del Estado de Durango y corresponde a la Ley de Egresos del Estado.

Acceso a la información En relación al ejercicio del derecho de acceso a la información es pertinente hacer notar la respuesta de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal que envía el presupuesto original de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal a nivel de partida presupuestal del periodo 2008-201, con corte al 31 de julio de 2012, sin los totales por año, sin incluir el nombre de las partidas y en un formato PDF que no facilita el uso y comprensión de la información. Por esta razón las cifras utilizadas para este ejercicio corresponden al Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y no a la respuesta proporcionada por la Procuraduría. En el caso del estado de Durango como se señala anteriormente, es el congreso local el que proporciona la información. Sin embargo, no da acceso

a la misma de manera directa sino que señala:

La información que usted solicita se encuentra en las Leyes de Egresos del Estado de Durango y la misma la puede consultar en el portal en internet del H. Congreso del Estado: (www.congresodurango.gob.mx) en el link PROCESO; para los años de 2008 al 2010, accesar a LXIV Legislatura 2007-2010; para el año 2008 le corresponde el decreto # 65 de fecha 11 de diciembre de 2007, para el año 2009 le corresponde el decreto # 234 de fecha 04 de diciembre de 2008, para el año 2010 le corresponde el decreto# 444 de fecha 12 de diciembre de 2009, de los años 2011 y 2012 accesar a LXV Legislatura 2010-2013; para el año 2011 le corresponde el decreto # 57 de fecha 09 de diciembre de 2010, para el

0 500,000,000

1,000,000,000 1,500,000,000 2,000,000,000 2,500,000,000 3,000,000,000 3,500,000,000 4,000,000,000 4,500,000,000 5,000,000,000

EJERCICIO FISCAL 2008

EJERCICIO FISCAL 2009

EJERCICIO FISCAL 2010

EJERCICIO FISCAL 2011

EJERCICIO FISCAL 2012

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año 2012 le corresponde el decreto # 247 de fecha 15 de diciembre de 2011.

Las rutas señaladas dan acceso a los distintos decretos, sin embargo, en algunos casos la información de los anexos no se muestran, ya que hay secciones de imágenes cubiertas por bloques de imágenes de color negro. Del análisis general del presupuesto es posible observar que en términos absolutos, es decir, sin considerar la inflación, existe un crecimiento del presupuesto erogado a las procuradurías con excepción del caso del Distrito Federal. Desempeño de los Ministerios Públicos Relación entre consignaciones y averiguaciones previas iniciadas

Para el tema relacionado con el número de consignaciones realizadas por el ministerio público, México Infórmate cuenta con la información sistematizada relativa a 8 entidades federativas que dieron respuesta a través de solicitudes de información. En el proceso penal, desde el momento en que una persona comete presuntamente un delito, hasta la impartición de justicia a través de los juzgados penales, el papel de los ministerios públicos es fundamental. Una vez que la denuncia llega al MP, la institución debe recabar pruebas y realizar diligencias para acreditar la comisión de un delito y la probable responsabilidad de una persona. Cuando esa investigación es lo suficiente sólida, entonces un juez orden el inicio de un proceso judicial. Para el 2010, de acuerdo con CIDAC solamente el 9 por ciento de los casos del Ministerio Público fueron admitidos por un juez. 12 Entonces el número de consignaciones se convierte en uno de los principales indicadores del desempeño de los Ministerios Públicos, este indicador debe observarse en relación con el número de averiguaciones previas iniciadas. Estos indicadores son recopilados por el INEGI y se presentan en el apartado relativo a seguridad y orden público de los anuarios estadísticos estatales. De las respuestas recabas por México Infórmate, fue posible identificar que las autoridades entregan la información de conformidad con lo presentado en el Anuario Estadístico del INEGI. Es decir, la información entregada es congruente con la información de fuentes públicas. Sin embargo, en el anuario estadístico se reportan dos tipos diferentes de indicadores para contabilizar las averiguaciones previas iniciadas. Por una parte se contabilizan las averiguaciones recibidas durante el año, y por otro, las pendientes del año anterior. En el caso de Baja California Sur, la autoridad reporta el número de averiguaciones previas iniciadas durante el año, lo cual incrementa la proporción de consignaciones con relación a este número. Así, de acuerdo con la respuesta de la Procuraduría Estatal de Baja California Sur es posible conocer que el promedio de

12 Centro de Investigación para el Desarrollo A.C., CIDAC.

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consignaciones del Ministerio Público de 2008 a 2012 es de 15%. Sin embargo es importante hacer notar que si se consideran las averiguaciones pendientes de resolver del año anterior, más las averiguaciones iniciadas durante el año, la proporción de consignaciones se reduce significativamente a un promedio de 6.1 para los años de 2008, 2009 y 2010 con los que se cuenta con información. En el caso de Baja California también es posible observar que la proporción de consignaciones sobre las averiguaciones previas se reduce a partir de 2010. En Michoacán, de acuerdo con la información por la Procuraduría, es posible observar que el promedio de consignaciones para este estado durante los años 2008 a 2012 es de 25.4 por ciento en relación con las averiguaciones previas iniciadas. La autoridad no reporta si está considerando las averiguaciones previas iniciadas durante el año o la suma de las averiguaciones pendientes y las averiguaciones iniciadas durante el año. En este caso, no existe información en línea del anuario estadístico del estado a partir del año 2000, por lo que no fue posible verificar cifras. De la información obtenida es posible conocer que el promedio de consignaciones en el estado también se reduce siendo que en 2009 la tasa de consignaciones fue de 29 por ciento y en los meses de enero a mayo de 2012 de 22 por ciento. En Chiapas, la información fue entregada por el poder judicial y se refiere al número de causas radicadas por los juzgados facultados para conocer de causas penales. La información entonces permite observar la última parte del proceso penal donde a partir de las consignaciones realizadas por el ministerio público, lo jueces pueden aceptar o rechazar las causas. Llama la atención que las cantidades reportadas por el poder judicial es en todos casos mayor a la información reportada en el anuario estadístico relativa a las consignaciones, lo cual es un contrasentido siendo que los juzgados deciden aceptar o rechazar los casos presentados por el ministerio público. De los estados revisados, el estado de Nuevo León tiene la tasa de consignaciones sobre averiguaciones previas más baja presentando un promedio de 5.4 desde 2008 hasta 2012. También es el único estado de los revisados que presentó una mejora en la tasa de consignación siendo de 7 para los primeros meses de 2012, de acuerdo con la información reportada por la Procuraduría. La autoridad únicamente consideró las averiguaciones previas iniciadas durante el año. Si consideramos las consignaciones entre el total de averiguaciones previas iniciadas durante el año más las averiguaciones previas pendientes del año anterior observamos que la tasa promedio del estado para los tres años disponibles se reduce a 3.6. Presupuesto asignado a las fiscalías especializadas

Fiscalías especializadas y falta de transparencia

Como parte del ejercicio del derecho de acceso a la información que constituyó la metodología del Proyecto Transparencia en Seguridad y

Procuración de Justicia, México Infórmate ingresó solicitudes de información dirigidas a las procuradurías estatales donde se requería el

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presupuesto asignado a las fiscalías especiales en los estados. De las respuestas, fue posible identificar que no en todos los casos, existen estas

figuras en el nivel local asignadas a las Procuradurías. Sin embargo, cuando se ingresó la siguiente solicitud a la Procuraduría General de la

República, las respuestas, lejos de ser esclarecedoras en el tema de la asignación de presupuesto para las fiscalías- creadas para resolver los

principales problemas reconocidos por la sociedad y los poderes públicos- contribuyeron a la nube de información confusa y que evita que exista la

posibilidad de un efectivo escrutinio público sobre la asignación de recursos, en temas como la violencia contra las mujeres y la trata de personas,

así como los delitos cometidos en contra de la libertad de expresión.

La solicitud fue presentada en los siguientes términos:

"Solicito copia del Presupuesto otorgado a las Fiscalías con las que cuenta esta dependencia, desglosado por partida presupuestal de 2008 a la fecha, desglosado por año. "

La respuesta se sintetiza en la siguiente tabla:

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (INFORMACIÓN FEDERAL)

Fiscalía Especial para la Atención de Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA)

Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE)

Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE)

2008 6,771,159 926,889 103,658,201

2009 7,864,218 1,097,789 97,988,614

2010 4,212,543 53,071 119,648,899

2011 23,655,267 794,422 99,006,131

2012 13,222,234 2,849,917 129,775,059

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La PGR reporta que son cifras congruentes con la cuenta de la Hacienda Pública Federal. La información proporcionada por la Procuraduría es

disímil de información ubicada en otras fuentes.

Fiscalía Especial para la Atención de Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA)

Por ejemplo, la Comisión de Equidad de Género de la LX Legislatura en el documento Justificaciones de los Programas que integran el anexo 9A

Presupuesto para las Mujeres y la Equidad de Género propuso la etiquetación de 80 millones de pesos para el cumplimiento de las obligaciones de

la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Mujeres (FEVIMTRA), para el 2009, la PGR señala como

respuesta a la solicitud de información, un presupuesto de 7 millones 864 mil 218 pesos.

La Comisión de Equidad y Género señala que derivado de las facultades de la Fiscalía, establecidas en el Acuerdo A/024/08 mediante el cual se

crea la Fiscalía y de la aprobación de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, la Comisión de Equidad y Género para 2008 destinó

un total de 70mdp a la FEVIMTRA para “la adquisición de un espacio de alojamiento seguro en el que se brinde protección, atención integral y

asistencia especializada a las víctimas de trata de personas; sin embargo, para continuar el equipamiento del Refugio se requieren 11.1 mdp”.

Para 2008, la PGR reporta un presupuesto para la FEVIMTRA de 6, millones 771 mil ,159 pesos, y para 2009 como ya se señaló un presupuesto de

casi ocho millones, a diferencia de los 91.1 millones propuestos por la Comisión de Equidad de Género de la Cámara de Diputados.

Al presupuesto de la Fiscalía no es posible de ubicarlo por unidad responsable, en tanto la FEVIMTRA fue hasta el 2011 una “unidad administrativa

adscrita a la Unidad Responsable 100 Procuraduría General de la República y a partir del año 2012, se encuentra adscrita a la Unidad

Responsables 600, Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad” por tanto, señala la Procuraduría que

no se incluyen las partidas presupuestales correspondientes al capítulo 1000 Servicios Personales, y “sólo se muestra el presupuesto ejercible de

manera directa por la Fiscalía”.

3) Poder Judicial

NÚMERO Y PRESUPUESTO DE JUZGADOS PENALES

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ESTADO NÚMERO DE JUZGADOS EN MATERIA PENAL

00 DISTRITO FEDERAL

69 juzgados penales de Primera Instancia y 39 Juzgados Penales de Delitos No graves

20 OAXACA

El poder judicial del Estado da acceso al directorio de tribunales del estado, a través del vínculo http//www.tribunaloax.gob.mx/Directorio/Index/html. Se contabilizaron 15 juzgados penales

25 SINALOA

El tribunal remite a una dirección electrónica, señala que no está obligado al procesamiento de la información.

32 ZACATECAS

8 juzgados en materia penal, 18 juzgados mixtos, 1 especializado en justicia de adolescentes, 1 en justicia penal adversarial,

SONORA 23 penales y 9 mixtos

Para este informe preliminar se cuenta con la respuesta de 3 entidades federativas y el Distrito Federal. Acceso a la información En los casos del Estado de Oaxaca y el Estado de Sinaloa, no se dio acceso a la información correspondiente, sino que, en el primer caso se remitió a una dirección electrónica que da acceso a la página del poder judicial del estado de Oaxaca y a través de la ruta se da acceso a las direcciones de los juzgados penales por de 7 zonas del estado por separado. Se contabilizaron 15 juzgados penales. En el segundo caso, el tribunal también remite a una dirección electrónica a través de un formato PDF, pero además señala que no está obligado al procesamiento de la información. Este último representa un hallazgo interesante ya que permite mostrar cómo las disposiciones normativas que parten de la lógica burocrática pueden ser utilizadas para evitar proporcionar información pública de manera sencilla y expedita. A nivel nacional existen varias leyes de transparencia que

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incorporan disposiciones similares a la establecida en el artículo 8 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa que a la letra señala: La información se proporcionará en el estado en que se encuentre en las entidades públicas. La obligación de las entidades públicas de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante.

Dichas disposiciones deben ser eliminadas o en todo caso acotadas para impedir que las autoridades se nieguen a dar respuesta a las solicitudes de información en casos en que la información pueda ser sistematizada fácilmente y que es básica para conocer el estado de las instituciones públicas. En relación con el presupuesto asignado a los juzgados penales los poderes judiciales de los estados de Sonora y Oaxaca entregan la información para los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012. La información del estado de Sonora corresponde a los Juzgados de Primera Instancia (Civil, Familiar, Mercantil, Penal, Mixtos y Especializados en Justicia para Adolescentes), por lo que no es posible conocer el presupuesto destinado para los juzgados en materia penal en la entidad. El poder judicial del estado de Oaxaca sí entrega la información desagregada para los juzgados penales y además especifica la asignación a juzgados penales foráneos, juzgados penales locales, juzgados de justicia para adolescentes, juzgados de garantía y juicio oral en el Istmo y juzgados de garantía y juicio oral en la mixteca.

ESTADO EJERCICIO 2008 EJERCICIO 2009 EJERCICIO 2010 EJERCICIO 2011 EJERCICIO 2012

OAXACA 91,711,455.63 78,780,640.78 76,211,774.53 80,498,183.31 2,367,582.00

SONORA 223,025,508 271,005,054 319,895,989 360, 852,866 360,852,866

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Conclusiones preliminares -Diversidad de criterios Uno de los primeros hallazgos de este estudio preliminar consiste en la confirmación de diversidad de criterios y disposiciones normativas que proveen garantías distintas para el ejercicio del derecho de acceso a la información en el territorio nacional. Los resultados muestran que esta heterogeneidad tiene impactos para la realización del derecho de acceso a al información. -Importancia de los sistemas electrónicos para ingresar solicitudes de información De manera general, las y los coordinadores estatales consideran que fue relativamente sencillo ingresar las solicitudes de información, ya que hicieron uso de los sistemas electrónicos estatales y o el INFOMEX del estado. En este punto, es importante desarrollar un tema de preocupación para México Infórmate que es el del estado de Jalisco. Con oportunidad la coordinadora estatal reportó que en Jalisco, desde el 1 de abril de 2012 se encontraba deshabilitado el sistema INFOMEX Jalisco por lo que no era posible ingresar solicitudes electrónicas al poder ejecutivo. A finales de 2011, en Jalisco fue reformado el marco normativo en materia de transparencia y acceso a la información. El 22 de diciembre de 2011 fue

publicada en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, se adicionaron diversas

disposiciones al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Jalisco y se abrogó la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco.

La Ley, deshabilita el sistema electrónico INFOMEX e impone a las autoridades la obligación de crear sistemas de recepción de solicitudes y entrega de información pública vía electrónica, dentro de los ciento ochenta días naturales contados a partir del primero de abril, fecha de entrada en vigor de la nueva Ley. Además se prevé la posibilidad de ampliarse por otros ciento ochenta días adicionales el plazo para contar con sistemas electrónicos, cuando lo autorice el Instituto de Transparencia y a solicitud de los sujetos obligados.

180 días naturales representan 6 meses aproximadamente. Es decir, si una autoridad, solicita la prórroga para habilitar el sistema electrónico, podría pasar un año sin que la sociedad tuviera la posiblidad de hacer uso de los medios electrónicos para ingresar solicitudes de información a las autoridades del estado.

-Agotamiento de plazos y uso de las prórrogas

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En la mayoría de los casos reportados y sistematizados las solicitudes fueron respondidas en tiempo, algunos coordinadores consideraron que las autoridades a veces hacen uso innecesario de las prórrogas. La mayoría de las y los coordinadores señalan que existe una diferencia en la calidad de las respuestas de las distintas autoridades, es posible identificar una tendencia que sugiere que las autoridades del poder ejecutivo tienen mejores prácticas al resolver solicitudes de información. -Respuestas genéricas a las solicitudes de información Como se mostró en el presente análisis no en todos los casos las autoridades dieron respuesta puntual a las solicitudes de información, es una práctica referir a portales de Internet que no necesariamente dan acceso directo a la información requerida. Los más altos estándares fijados por algunos órganos garantes en materia de transparencia han fijado a las autoridades la obligación de entregar la información solicitada además de remitir a información entregada por Internet. Estos estándares deben ser homologados en las Leyes de Transparencia y su aplicación debe ser verificada por los órganos de transparencia. -Información pública clasificada como reservada Del estudio, fue posible verificar que tanto el caso del número de policías ministeriales como del número de los elementos operativos de las secretarias de seguridad pública son temas sensibles para las autoridades que identifican una posible vulnerabilidad al difundir este tipo de información estadística, en varios casos la información fue reservada de manera fundamentada en las disposiciones legales pero pocas veces se aclaró el contexto que en su caso justificaría la reserva de información. La información solicitada en este estudio correspondió a información por su naturaleza pública que no permite hacer identificable a persona alguna o pone en riesgo la seguridad, por ser información estadística. -Acceso a la información para verificar la atención del Estado a temas de relevancia social Toda la información requerida en este estudio a las autoridades se considera información pública en tanto se refiere a información estadística, presupuestaria y de desempeño de las autoridades Las aproximaciones a los temas de seguridad pública y procuración e impartición de justicia fueron posibles a partir de la información entregada por las autoridades.