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PORTADA

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I. PRESENTACION.-

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II. INDICE.-

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III. LISTA DE TABLAS Y GRAFICOS.-

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IV. TITULO DE INVESTIGACION.-

INCREMENTO EN LA PRÁCTICA DE ABORTOS EN LA

URBANIZACION DE BRUCES DEL DISTRITO DE NUEVO CHIMBOTE.

CAPITULO I.

1.1. ANTECEDENTES.-

Se estima que en el Perú se producen cada año 352 mil abortos inducidos, según un estudio

realizado en el 2001 por Delicia Ferrando (Centro Flora Tristán y Pathfinder International).

Para 1994, un estudio de Instituto Alan Guttmacher daba la cifra de 271.1 mil abortos. Es

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decir, se ha producido un significativo incremento.

Se calcula, además, que se registra un aborto por cada nacido vivo, que la probabilidad de

las mujeres peruanas de 15 a 49 años de provocarse un aborto es de 5.2% y que solo el14% de las mujeres que tienen un aborto se hospitaliza.

El aborto ocupa el cuarto lugar como causa de muerte materna (7%), según el Ministerio de

Salud; sin embargo, numerosos estudios sostienen que dentro de las muertes por 

hemorragias (60%) e infecciones (13%) se encuentran subregistradas muchas muertes por 

aborto. En consecuencia, si existiera un buen registro de las muertes maternas, el aborto

ocuparía posiblemente el primer lugar.

En el Perú, el aborto es ilegal y constituye un delito contra la vida. El único caso de aborto

no sancionado por la ley es el que se realiza para salvar la vida de la mujer o evitarle un mal

grave o permanente.

En la Ley de Salud existe una norma legal que obliga al personal médico a denunciar los

casos en que existan indicios de aborto. Esta disposición quiebra el principio de

confidencialidad médico-paciente.

Ante esta situación, las Naciones Unidas, a través del Comité para la Eliminación de laDiscriminación contra la Mujer (1995, 1998 y 1999) y a través del Comité de Derechos

Humanos (1996) instó al Estado peruano a revisar la legislación que contiene medidas

punitivas para las mujeres que abortan. Hace énfasis en que la criminalización del aborto no

desalentó esta práctica, sino más bien tuvo el efecto de hacer el proceso más inseguro y

peligroso para las mujeres.

La práctica clandestina implica complicaciones especialmente a las mujeres de escasos

recursos, sean rurales (69%) o urbanas (44%), y en mucho menor medida a las mujeres quetienen altos ingresos (9%). Aproximadamente 65 mil mujeres son hospitalizadas cada año

por complicaciones de aborto.

Todo esto hace que el aborto constituya en el Perú un grave problema de justicia social y de

salud pública que el Estado debe enfrentar con la eliminación de la normatividad punitiva,

con políticas adecuadas y los recursos correspondientes. El aborto es un tema complejo y

despierta sentimientos encontrados, pero que deben ser dejados de lado para tener como

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primera prioridad la vida de las mujeres.

Hay que recordar que el Perú ocupa el segundo lugar entre los países de América del Sur 

con el más alto índice de mortalidad materna. Cada año mueren mil 800 mujeres por 

problemas relacionados con el embarazo y el parto. 

La expresión aborto deriva de la expresión latina Abortus: Ab=mal, Ortus=nacimiento, es

decir parto anticipado, privación de nacimiento, nacimiento antes del tiempo.

Nuestro ordenamiento legal en el capítulo de aborto, tutela la vida humana dependiente, es

decir de aquella vida humana que no tiene la calidad de persona, es un ser concebido pero

no nacido, una esperanza de vida intra uterina.El feto no es todavía una persona humana,pero tampoco es una cosa.

El feto solo deviene en persona con el nacimiento, por lo que su aniquilamiento no

constituye delito de homicidio.Se entiende por delito de aborto, aquel cometido de manera

intencional, y que provoca la interrupción del embarazo, causando la muerte del embrión o

feto en el claustro de la madre o logrando su expulsión.Para la ejecución del delito se

requiere:

Es la interrupción dolosa del proceso fisiológico del embarazo causando la muerte del

producto de la concepción o feto dentro o fuera del claustro materno, viable o no.

APLICACIÓN A NUESTRA REALIDAD NACIONAL

• Que la mujer esté embarazada.

• Que el embrión o feto esté vivo

En caso que no se dieran los presupuestos señalados, estaríamos ante un delitoimposible por la absoluta impropiedad del objeto.

Nuestro código penal, considera al aborto terapéutico como único caso no punible.

Contempla así mismo nuestro ordenamiento dos condiciones para el aborto:

• Ética, cuando la mujer resulta embarazada como consecuencia de una violación.

• Eugenésica, cuando existe la probabilidad que el niño nazca con graves taras físicas o

psíquicas.

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ANTECEDENTES JURIDICOS

La primera ley aprobada, con relación al aborto fue el Código Penal de 1863, que lo

sancionaba penalmente. El aborto por móvil de honor y el aborto consentido por la mujer seconsideraban como supuestos atenuados.

El aborto por móvil de honor se basaba en el argumento de que la mujer embarazada o con

hijo y sin esposo podía ser marginada socialmente ya que con la imagen de soltera no

virgen. Por haber tenido relaciones sexuales fuera del matrimonio, podía perderse,

irremediablemente, su honor y, con ello, el honor de su familia.

En cuanto al aborto consentido, la ley penal exigía el consentimiento de la mujer que tuviera

por lo menos dieciséis años cumplidos. Ya que se le consideraba con capacidad de

comprender y libre voluntad.

El Código Penal de 1863 fue el primero de la República del Perú y estuvo vigente hasta

1924.

La Ley Nº 48681 promulgada el 28 de julio de 1924 dio lugar al Código Penal de 1924, el

mismo que estuvo vigente durante 87 años del presente siglo. Esta norma punitiva

sancionaba distintos tipos de aborto entre los artículos 159º a 164º: el aborto propio, el

aborto consentido, el aborto no consentido, el aborto perpetrado por profesionales, el aborto

terapéutico y el aborto preterintencional. Es decir, excluyó las figuras atenuadas del anterior 

y sumó a los tipos delictivos el aborto terapéutico.

Años más tarde, por Decreto Ley Nº 17505 se promulgó el Código Sanitario de 1969 que

estableció el marco jurídico de las relaciones en el campo de la salud. En la parte

concerniente a las personas, artículos 17º al 24º, destacaba a las personas en formación, la

salud de la madre y la salud del niño. El Código Sanitario reiteraba en su artículo 20º lo

dispuesto en la ley penal, es decir la represión del aborto.

Esta norma definía la política frente a los derechos reproductivos de la mujer, disponiendo

que el proceso de la gestación debiera concluir con el nacimiento salvo hecho inevitable de

la naturaleza o peligro para la salud y la vida de la madre.

Sobre el aborto terapéutico, expresaba que se permitía cuando existía prueba indubitable de

daño en la salud con muerte de la madre o del concebido además de la opinión de dos

médicos consultados. Esta disposición específica fue modificada por Decreto Legislativo Nº

121 del 12 de junio de 1981 afirmando que se permitía el aborto terapéutico si lo practicaba

un médico con el consentimiento de la madre y con la opinión de dos médicos consultados,

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si no hubiere otro medio de salvar la vida de la madre o de evitar en su salud un mal grave y

permanente.

El Código Sanitario prohibía el aborto terapéutico basado en consideraciones de ordenmoral, social o económico. También prohibía el aborto como medio de control de natalidad.

Diez años después, la Constitución de 1979 prescribió en el artículo 2º inciso 1º que toda

persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y al desenvolvimiento de

su personalidad. Seguidamente a ello expresan que al que está por nacer se le considera

nacido para todo lo que le favorece.

La Constitución de 1993 determina en su artículo 2º inciso 1º que toda persona tiene

derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre

desarrollo y bienestar, a ello añade que el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le

favorece. Este enunciado es similar al de la Constitución anterior. En el artículo 6º expresa

que la política nacional de población reconoce el derecho de las personas a decidir.

El Código del Niño y el Adolescente de 1993 responsabiliza al Estado y a la sociedad del

establecimiento de condiciones adecuadas para la atención de la madre durante la etapa del

embarazo, el parto y la fase post-natal, otorgando una atención especializada a la

adolescente madre y garantizando lalactancia materna y el establecimiento de centros de

cuidado diurno.

A raíz de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo realizada en El Cairo, en

septiembre 1994, se dio nueva apertura al debate público sobre el aborto y el derecho a la

vida durante los meses de mayo a noviembre de ese mismo año.

La Iglesia nuevamente, ejerció presión esta vez directamente sobre la delegación peruana

que asistió a la Conferencia, conminándola a declarar la posición antiabortista de la

Constitución del Perú. Los interlocutores de esta delegación aclararon que el legalizar el

aborto no era el propósito de la Conferencia.En cada uno de estos momentos de debate las instituciones defensoras de los derechos de

las mujeres se pronunciaron con argumentos jurídicos, médicos y sociales.

En 1995, con fecha 17 de agosto, la Resolución Ministerial 572-95-SA/DM dicta medidas

para facilitar el acceso de la población a la información y los servicios

de planificación familiar. De este modo se expende en forma totalmente gratuita la más

amplia gama de métodos anticonceptivos.

La Ley Nº 26530, publicada el 10 de septiembre de 1995, modifica la Ley de Política

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Nacional de Población excluyendo al aborto como método deplanificación familiar . De este

modo, sí considera a la intervención quirúrgica como método, ya que la LPNP la excluía

también.

La Resolución Ministerial 071-96-SA/DM aprueba el Programa de Salud Reproductiva y

Planificación Familiar 1996-2000 con fecha 06 de febrero de 1996. Esta norma define

nuevos lineamientos de la política nacional de población.

La Ley General de Salud de 1997, Ley Nº 26842 ha sido publicada el 20 de julio del

presente año. La norma afirma en su título preliminar que el concebido es sujeto de derecho

en el campo de la salud. La ley no se pronuncia respecto del aborto expresamente; hace

muy poca mención a la maternidad. En su artículo 6º, reconoce el derecho de toda persona

a elegir libremente el método anticonceptivo de su preferencia.

NUESTRA JURISPRUDENCIA NACIONAL

En la Jurisprudencia registrada desde 1985 se halla un solo caso de aborto que determina

criterios doctrinarios jurisprudenciales.

Se entiende por delito de aborto, aquel cometido de manera intencional, y que provoca la

interrupción del embarazo, causando la muerte del embrión o feto en el claustro de la madre

o logrando su expulsión.

Para la ejecución del delito se requiere: que la mujer esté embarazada-que el embrión o feto

esté vivo. En caso que no se dieran los presupuestos señalados, estaríamos ante un delito

imposible por la absoluta impropiedad del objeto.

DESCRIPCIÓN TÍPICA DE NUESTRO CODIGO PENAL

AUTO ABORTO

Artículo 114º. "La mujer que cause su aborto o consiente que otro se lo practique, será

reprimida con pena privativa de libertad no menor de dos años o con prestación

de servicio comunitario de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas".

El comportamiento doloso se consuma con la muerte del embrión o feto, pudiendo admitirse

la tentativa.

La configuración delictiva, el presupuesto legal plantea dos situaciones:

La mujer que causa su aborto. Es sujeto activo puede incurrir en este delito, ya sea por 

acción como por omisión.

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La mujer conciente que otro le practique el aborto. Aquí la mujer realiza la conducta

prestando su consentimiento. El tercero que practique el aborto con el consentimiento de la

mujer será sancionado de acuerdo a lo prescrito en el artículo 115.

El sujeto activo sólo puede ser la mujer embarazada. El sujeto pasivo será el embrión o feto.

Aborto Consentido

Artículo 115º "el que causa el aborto con el consentimiento de la gestante, será reprimido

con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

Si sobre viene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado, la pena será no

menor de dos ni mayor de cinco".

El sujeto activo será cualquier persona que dolosamente cause el aborto de la gestante con

su consentimiento. El sujeto pasivo será el embrión o feto.

El delito se consuma con la muerte del embrión o feto pudiendo admitirse la tentativa, las

agravantes señaladas son:

Si sobre viene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado. Debe

entenderse que nos referimos a la muerte de la gestante producida de manera culposa y no

dolosa, por cuanto estaríamos frente a otro tipo legal.

De acuerdo a la persona que realiza el aborto. Conforme al artículo 117 del Código Penal, sila persona que realiza el aborto resulta un profesional sanitario, será sancionado además de

la pena que le corresponde con la de la inhabilitación prevista en el artículo 36 inciso 4 y 8

del referido código.

Aborto con Consecuencia Grave

Artículo 116º "El que hace abortar a una mujer sin su consentimiento, será reprimido con

pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.

Si sobreviene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado, la pena será no

menor de cónico ni mayor de diez años".

Incurre en este delito quien dolosamente ya se a por acción o por omisión, hace abortar a

una mujer sin su consentimiento. Este delito se consuma con la muerte del feto o embrión.

Los agravantes que señala el presente artículo son iguales al artículo anterior.

El sujeto activo en el presente, puede ser cualquier persona excepto la gestante. El sujeto

pasivo, serán tanto el embrión o feto, como la gestante.

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Aborto Grave por la Calidad del Agente

Artículo 117º. "El medico, obstetra, farmacéutico, o cualquier profesional sanitario, que

abusa de su ciencia o arte para causar el aborto, será reprimido con la pena de los artículos115 y 116 e inhabilitación conforme al artículo 36 inciso 4 y 8 del Código."

Se castiga aquella intervención del profesional sanitario que abusando de su ciencia o arte

causa un aborto.

El sujeto activo es el practicado por terceros que pueden ser el médico, enfermero,

farmacéutico, obstetras u otro profesional sanitario. Sujeto pasivo es el producto de la

concepción y puede ser la gestante sino ha prestado su consentimiento.

Aborto preterintencional

Artículo 118º  "El que con violencia, ocasiona un aborto, sin haber tenido el propósito de

causarlo, siendo notorio o constándole el embarazo, será reprimido con pena privativa de

libertad no mayor de dos años, o con prestación de servicio comunitario de cincuenta y dos

a ciento cuatro jornadas."

El sujeto activo de este delito puede ser cualquier persona, excepto la gestante.

Los sujetos pasivos de este delito son el embrión o feto y la gestante.

Aborto Terapéutico

Artículo 119º "No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de

una mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviera, cuando es el único medio

para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente".

Conforme a la descripción legal tenemos que el legislador, no obstante la equiparidad de

valor, tanto de la vida del embrión o feto como la vida y salud de la gestante, ha dado

preferencia a ésta última.

El aborto terapéutico exige dos requisitos:

1.- El aborto debe ser practicado por un médico.

2.- Consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal si lo tuviera.

El aborto terapéutico, es un hecho típico, antijurídico y el sujeto culpable, empero en nuestro

ordenamiento no es punible.

No se sanciona ni a la gestante ni al médico que practica el aborto definido en este

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precepto.

ABORTO SENTIMENTAL Y EUGENESICO

Articulo 120º "El aborto será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tresmeses:

1.- Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera de matrimonio o

inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera de matrimonio, siempre que los hechos

hubieran sido denunciados o investigados, cuando menos policialmente. (Aborto ético); o,

2.- Cuando es probable que el ser en formación conlleve aquel nacimiento, grave taras

físicas o psíquicas, siempre que exista diagnóstico médico. (Aborto eugenésico)."

1.1. TEMA DE INVESTIGACION

INCREMENTO EN LA PRÁCTICA DE ABORTOS EN LA URBANIZACION

DE BRUCES DEL DISTRITO DE NUEVO CHIMBOTE.

1.2. OBJETIVOS

1.2.1. OBJETIVO GENERAL

• Analizar el impacto social que ha causado el aborto en la Urbanización

“BRUCES” del distrito Ecológico de Nuevo Chimbote, para que el lector 

comprenda que la práctica del aborto tiene consecuencias graves para quien lo

práctica.

• Dar a conocer la información obtenida mediante fuentes documentales

y recursos estadísticos como las encuestas que serán aplicadas en el sector 

 juvenil de la Urbanización “BRUCES” del distrito Ecológico de Nuevo Chimbote.

1.3. JUSTIFICACION

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El presente trabajo ha sido elaborado sobre el tema de "Aborto" debido a la importancia que

tiene este tema, ya que hablar de "aborto" es versar sobre lo más trascendente

del género humano "la vida misma".

Versar sobre el aborto, es de vital importancia ya que aún cuando ha querido plantearse por 

algunos sectores, como un asunto trivial al que el ser humano puede o no darle importancia;

lo cierto es, que se trata de un concepto que en sí mismo engloba la parte coyuntural de la

existencia humana.

El aborto, que no es más que la interrupción de esa existencia humana, en sus diversas

etapas de desarrollo de un embrión, es un asunto delicado que merece conocerse,

analizarse y recapacitar muy seriamente antes de tomar partido como escéptico, adepto o

inconforme.

Por estas y muchas otras razones, es que elegimos el tema de aborto para la realización de

este trabajo, con el fin de que aunque sea de manera simplificada nosotros y nuestros

compañeros podamos tener las nociones básicas de lo que es el aborto, de sus

implicaciones y sus repercusiones físicas y morales que trae consigo: para la persona que

decide poner en práctica la interrupción de una vida; para quienes lo practican, para quienes

lo legalizan, para el entorno familiar y social en su conjunto.

Cabe destacar que mi trabajo no tiene posturas definidas, ni la intención de inferir en lavoluntad de los individuos acerca de si acoger o negar la validez o invalidez del aborto,

simplemente toco el tema desde sus distintos aspectos, siendo responsabilidad del lector las

conclusiones y decisiones que al respecto pueda tomar.

CAPITULO II.

Concepto Etimológico

Aborto del latín "abortus" significa lo siguiente "ab", que implica privación o partícula privativa

y "ortus", que significa nacimiento. Es decir que significa "sin nacimiento".

Concepto Jurídico

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Diversos autores han intentado dar sus propias opiniones acerca del aborto, las cuales, a

través del tiempo se han convertido en conceptos aceptados por los estudiosos del derecho

y por aquellos interesados en el tema en general.

El jurista español, Eugenio Cuello Calón, al hacer un profundo análisis del delito del aborto

señala que este consiste en la "expulsión prematura violenta provocada por el feto, o en su

destrucción en el vientre materno". Este autor nos señala un concepto de aborto restringido

en el sentido que lo limita a la expulsión prematura del feto.

El jurista italiano Francesco Cabrera define el aborto como sinónimo de feticidio ya que se

refiere a la muerte dada violentamente al feto, señalando que el "feticidio es

la muerte dolorosa del feto dentro del útero, o se entiende la violenta expulsión del vientre

materno, de la que sigue la muerte del feto".

Fontan Balestra se refiere al concepto material del aborto. Señala que la materialidad

consiste en la interrupción del embarazo con la muerte del feto o fruto de la concepción. Es

decir la provocación de la expulsión del feto por parte de la madre o de quien esta se auxilie,

siendo esto un delito material realizado en forma dolosa.

Sebastián Soler equipara el aborto con la muerte inferida a un feto. Es decir,

el homicidio como la muerte inferida a un hombre. "Toda accióndestructiva de la vida

anterior al momento del parto, sea que importe la muerte del feto en el claustro materno, seaque la muerte se produzca como consecuencia de la expulsión prematura".

Concepto Médico

El Departamento de Información Estadística de la Caja Costarricense del Seguro Social, 

define el aborto como la "Extracción de toda (completa) o cualquier parte de la placenta

(incompleta) o membrana sin un feto identificable o con una defunción fetal o recién nacido

sin posibilidades de sobrevivir que pesa menos de 500 gramos. En la ausencia

del conocimiento del peso puede utilizarse una estimación de la duración de la gestación demenos de 22 semanas completas (154 días) teniendo en cuenta desde el primer día del

último periodo normal menstrual; o si no se conociera el periodo de gestación, la talla menor 

de 25 centímetros de coronilla a talón" .

Otra definición que se ha dado es que el aborto es la muerte de un niño o niña en el vientre

de su madre producida durante cualquier momento de la etapa que va desde

la fecundación (unión de óvulo con el espermatozoide) hasta el momento previo del

nacimiento.

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Según el Diccionario de Medicina por el Dr. E. Dabout, el aborto es "la expulsión de un

huevo vivo o muerto antes del séptimo mes de la gestación (la viabilidad legal es a los 180

días)".

Tipos de Aborto

1.Aborto espontáneo

El aborto espontáneo como su mismo nombre lo dice se produce de manera

espontánea o natural, no se sabe con exactitud las causas que producen este tipo de

aborto. En la mitad de los casos hay alteraciones en el desarrollo del embrión que

puede ser consecuencia de trastornos de las propias células germinales o también de

alteraciones en el entorno materno.

Otras consecuencias pueden ser también situaciones maternas anormales como

infecciones agudas, enfermedades sistémicas como nefritis, diabetes o traumatismos

graves.

El síntoma más común de una amenaza de aborto espontáneo es el sangrado vaginal

acompañado a veces de un dolor intermitente. Sin embargo, una cuarta parte de las

mujeres gestantes tienen pequeñas pérdidas de sangre durante fases precoces del

embrazo y, de estos, el 50% ocasionan el fin del embarazo.

Se calcula que el 25% de todos los embarazos finalizan con el aborto espontáneo y las

tres cuartas partes, de estos, suceden durante los tres primeros meses del embarazo.

2.Aborto inducido o provocado

El aborto inducido o provocado es la interrupción deliberada del embarazo mediante

la extracción del feto de la cavidad uterina.

Existen cuatro tipos de aborto provocado:

a.Aborto terapéutico

Es el aborto realizado cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la madre. Aunque

hoy en día esta situación ha quedado prácticamente superada como consecuencia del

progreso de la medicina pero siempre hay situaciones excepcionales.

b.Aborto ético o humanitario

Realizado cuando el embarazo es producto de una acción delictiva, fundamentalmente

violaciones o relaciones incestuosas.

c.Aborto psicosocial 

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Es realizado por razones personales, familiares, económicas y sociales de la mujer. 

Este tipo de aborto es el que tiene el máximo porcentaje de abortos realizados en el

mundo.

d.Aborto eugénico

También podría llamarse aborto "preventivo". Es el aborto practicado cuando

existe la probabilidad de que el nuevo ser está afectado por anomalías o

malformaciones congénitas.

Métodos de aborto

1.Por succión

El método por succión consiste en introducir un tubo con punta de navaja al vientrede la madre, que mediante una fuerte succión desgarra y destroza las pequeñas

extremidades del bebe.

Complicaciones del método de succión

o Infección

o Peritonitis

o Laceración del útero

o Esterilidad

1.Por dilatación y legrado

Este método consiste en introducir un cuchillo con un lazo que corta al bebe, luego se

procede a abrir la boca del vientre de la madre con unas pinzas y es ahí cuando el

abortista introduce una cuchara afilada para limpiar el vientre. Los pedazos del bebe

son extraídos con fórceps.

2.Por extracción menstrual 

Es un aborto pre-maturo, se realiza entre la segunda y sexta semana del embarazo.

Consiste en introducir por la vagina un tubo conectado con una jeringa grande que

succiona al feto que se encuentra en pleno desarrollo.

3.RU-486

RU-486, es una pastilla usada mayormente para el aborto en casa. El RU-486 es una

píldora que no permite el desarrollo de la progesterona, hormona natural esencial para

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mantener el embarazo, después de dos dias de haber consumido esta pastilla se toma

prostaglandina, hormona que causa contracciones, provocando así la expulsión del

feto.

Este método solo funciona cuando la pastilla es consumida antes del día cincuenta del

embarazo.

4.Por inyección de metotrexato

La paciente recibe una inyección intramuscular de metotrexato (droga usada contra el 

cáncer ) que ataca a las células que crecen en el trophoblast, tejido alrededor del

embrión; durante la descomposición del trophoblast el bebe no recibe alimento,

oxigeno y fluidos necesarios y debido a este motivo muere. Tres dias después la

madre usa un supositorio vaginal de prostaglandina para expulsar al feto ya muerte del

útero.

5.Por inyección salina

Se introduce una aguja larga en el vientre de la madre, perforándolo; luego se

inyecta una solución concentrada de sal que envenena y mata al bebe. Al día

siguiente la madre dará a luz a un bebe muerto.

Complicaciones del método de inyección salina

o Ruptura del útero

o Coágulos intravasculares

1.Por inyección de prostaglandina

Este procedimiento es idéntico a la infusión de sal, la única diferencia es que no se

usa sal sino prostaglandina, liquido que causa contracciones y por lo tanto el parto 

pre-maturo.

Complicaciones del método de inyección de prostaglandina

o Ruptura del útero

o Hemorragia

o Paro cardiaco

1.Por dilatación y evacuación

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Este método consiste simplemente en un aumento de la dilatación mediante

inyecciones intramusculares o píldoras. El aborto se da en forma de hemorragia.

Se practica mayormente entre el segundo y el tercer trimestre del embarazo.

2.Por histerotomía

El procedimiento de este método es igual al de una cesárea. Se abre el vientre de la

madre con ayuda de unas pinzas y se extrae al bebe, dejándolo al abandono hasta que

muera.

3.Por dilatación y extracción

Es un método novedoso, usado para matar a los bebes pre-maturos apartir del cuartohasta el noveno mes. El abortista guiado por un ultrasonido y con ayuda del fórceps

toma la bebe por la piernas; cuando el bebe tiene el cuerpo afuera y la cabeza aun

permanece dentro del vientre de la madre, el abortista le atraviesa unas tijeras en el

cráneo del bebe y con ayuda de un catéter de succión aspira la masa encefálica,

causando así la muerte del bebe.

4.Por parto parcial 

El aborto por parto parcial se inicia cuando el abortista toma con unas pinzas al bebe

que se encuentra dentro del vientre de la madre, cuando los pies del bebe se

encuentra fuera del útero, el abortista lo toma con sus manos pero asegurándose

que salga por los pies; cuando el bebe tiene el cuerpo afuera pero su cabeza se

encuentra en el vientre materno, el abortista le atraviesa la nuca con unas tijeras. El

crimen culmina cuando el abortista, mediante y sonda, succiona la masa encefálica

del bebe, que durante todo el proceso, ha estado agitando su pequeño cuerpo para

tratar inútilmente de defenderse.

Consecuencias del aborto1.Para la mujer 

En la mayoría de los casos la mujer se encuentra mal informada de los riesgos que

podría causar un aborto mal practicado, sin embrago muchas veces se explica el

aborto como un procedimiento quirúrgico clínicamente seguro.

Efectos físicos

o

Esterilidad

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o Trastornos menstruales y gastrointestinales

o Hemorragias

o Abortos espontáneos

o Intenso dolor en el vientre

o Útero perforado

o Peritonitis

o Infecciones

o Muerte

Efectos psicológicos

o

Culpabilidado Impulsos suicidas

o Conducta autodestructiva

o Resentimiento hacia los niños

o Desvanecimiento

o Instintos maternales frustrados

2. Para la relación de pareja

En muchos de los casos la pareja o esposo es quien impulsa a la mujer al aborto,

negándole todo tipo de apoyo e incluso amenazándola con el abandono.

Los efectos emocionales negativos en la mujer afectan la relación con su pareja,

primando la desarmonía y la desunión. Varios estudios indican que el 70% de las

parejas se separan después de un año de haber ocurrido el aborto.

3. Para los otros hijos

Los efectos del aborto también pueden repercutir en los otros hijos, de manera

que la mujer siente frustración de su instinto maternal sobreprotegiendo a los

demás hijos que posteriormente llega a tener a quienes les causa daños

emocionales

4. Físicas y psicológicas en general 

Entre las complicaciones físicas del aborto en la mujer son las infecciones,

hemorragias, complicaciones debido a la anestesia, las embolias pulmonares, así

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como las perforaciones, laceraciones o desgarros del útero. Estadísticamente

hablando, se calcula que el riesgo inmediato de dichas complicaciones es de un

10%, pero a largo plazo es entre 20 y el 50%.

Además de las complicaciones físicas, las mujeres sufren emocional y

espiritualmente de lo que se ha denominado como el "síndrome de post aborto".

Estos efectos del aborto incluyen sentimientos de culpa, angustia, ansiedad,

depresión, baja autoestima, insomnio, diversos tipos de neurosis, tendencia al

suicidio, pesadillas en las que aparece los restos del bebe abortado, etc.

5. En los jóvenes

La mayoría de casos de aborto es llevado a cabo por los jóvenes, que solo la idea

de ser madres o padres a temprana edad les causa cierto temor ya que no se

sienten preparados para poder afrontar la gran responsabilidad que significa tener 

un hijo.

Una de las grandes razones por las cuales las jóvenes toman la idea de abortar 

es el hecho de haber defraudado a su familia y que estos no les brindaran el

apoyo necesario.

Todos estos factores emocionales conllevan a la joven a abortar poniendo en

riesgo su salud y vida.

6. El Síndrome de Asherman

Una consecuencia del aborto es el síndrome de Asherman. Este síndrome se

reconoce por la aparición de adherencias de tejido dentro del útero, que producen

anormalidades menstruales, infertilidad y abortos espontáneos frecuentes.

Una de las principales causas del síndrome de Asherman es el aborto por dilatación

y evacuación.

Aunque todavía no se conoce como el síndrome de Asherman afecta la fertilidad,algunas explicaciones medicas indican que las adherencias del tejido impiden que el

embrión se implante en la pared uterina, lo cual trae como consecuencia que la

implantación se realice en el cuello uterino o en las trompas de Falopio y/o que

ocurra un aborto espontáneo.

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