titulo i nsr10

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  • 8/12/2019 Titulo I Nsr10

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    Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territo rialViceministerio de Vivienda y Desarrollo TerritorialDireccin del Sistema HabitacionalRepblica de Colombia

    COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES

    (Creada por la Ley 400 de 1997)

    Secretara de la Comisin:

    Asociacin Colombiana de Ingeniera SsmicaCarrera 20 N 84-14 Oficina 502 Bogot, D. C., COLOMBIA Telfono: 530-0826 Fax: 530-0827

    REGLAMENTO COLOMBIANO DE

    CONSTRUCCIN SISMO RESISTENTE

    NSR-10

    TTULO I SUPERVISIN

    TCNICA

  • 8/12/2019 Titulo I Nsr10

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    Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territo rialViceministerio de Vivienda y Desarrollo TerritorialDireccin del Sistema HabitacionalRepblica de Colombia

    COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES

    (Creada por la Ley 400 de 1997)

    Secretara de la Comisin:

    Asociacin Colombiana de Ingeniera SsmicaCarrera 20 N 84-14 Oficina 502 Bogot, D. C., COLOMBIA Telfono: 530-0826 Fax: 530-0827

    NOTAS:

  • 8/12/2019 Titulo I Nsr10

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    NSR-10 Ttulo I Supervisin tcnica

    i

    TTULO I

    SUPERVISIN TCNICA

    NDICE

    CAPTULO I.1 GENERALIDADES.................................................................................................................... I-1I.1.1 DEFINICIONES ............... ................ ................. ................ ................ ................ .................... ................ ................. ................ ................ . I-1

    I.1.2 OBLIGATORIEDAD DE LA SUPERVISIN TCNICA .......... ................ ................ ................ ................ ................... ................ .............. I-2I.1.3 ALCANCE DE LA SUPERVISIN TCNICA ......... ................ ................ ............... ................ .................... ................ ................ .............. I-3I.1.4 CUALIDADES QUE DEBE TENER EL SUPERVISOR TCNICO .......................................................................................................... I-3I.1.5 REGLAMENTACIONES ADICIONALES ............................ ................ ................ ................ .................... ................ ................ ................. I-3

    CAPTULO I.2 ALCANCE DE LA SUPERVISIN TCNICA .......................................................................... I-5I.2.1 GENERAL ................................................................................................................................................................................................ I-5I.2.2 DOCUMENTACIN DE LAS LABORES DE SUPERVISIN TCNICA ................ ................ ................ ............... .................... ............. I-5I.2.3 ALCANCE DE LA SUPERVISIN TCNICA ......... ................ ................ ............... ................ .................... ................ ................ .............. I-5I.2.4 CONTROLES EXIGIDOS ........................................................................................................................................................................ I-6

    I.2.4.2 CONTROL DE PLANOS .......... ................ ................ ................ ................ ................. .................. ................. ................ ........ I-6I.2.4.3 CONTROL DE ESPECIFICACIONES .................................................................................................................................. I-6I.2.4.4 CONTROL DE MATERIALES .......... ................ ................ ................ ................ ................ .................... ................ ................ I-6

    Tabla I.2.4-1 Requisitos de control de materiales .............. ................ ............... ................ ................ ................... .......... I-7I.2.4.5 ENSAYOS DE CONTROL DE CALIDAD ....... ................ ................ ............... ................ ................ .................... ................. .. I-7

    Tabla I.2.4-2 Requisitos para ensayos de control de calidad .......................................................................................... I-8I.

    2.4.6 CONTROL DE EJECUCIN ............. ................ ................ ................ ................ ................. .................. ................ ................I

    -9Tabla I.2.4-3 Requisitos de ejecucin de la construccin ......... ............... ................ ............... ................ ................... ..... I-9

    CAPTULO I.3 IDONEIDAD DEL SUPERVISOR TCNICO Y SU PERSONAL AUXILIAR........................... I-13I.3.1 GENERAL .............................................................................................................................................................................................. I-13I.3.2 DEL SUPERVISOR TCNICO ..................... ................. ................ ................ ................. ................... ................ ................ ................. ... I-13

    I.3.2.1 PROFESIN ............... ................. ................ ................ ................ ................ .................... ................ ................. ................ . I-13I.3.2.2 EXPERIENCIA ................ ................ ................ ................ ................ ................ .................... ................ ................ ............... I-13I.3.2.3 INDEPENDENCIA .............................................................................................................................................................. I-13

    I.3.3 DEL PERSONAL AUXILIAR .................................................................................................................................................................. I-13I.3.3.1 GENERAL .............. ................ ................ ................ ................ ................. .................... ................ ................ ................ ....... I-13I.3.3.2 DIRECCIN Y RESPONSABILIDAD ............................. ................ ................ ................ ................... ................ ................ . I-13I.3.3.3 RESIDENTES DE SUPERVISIN TCNICA ...... ................ ................ ................ ................ ................... ................ ........... I-13

    CAPTULO I.4 RECOMENDACIONES PARA EL EJERCICIO DE LA SUPERVISIN TCNICA................ I-15I.4.1 GENERALIDADES ............... ................ ................ ................ ................. ................ ................... ................ ................ ................. ............ I-15

    I.4.1.1 PROPSITO Y ALCANCE ................................................................................................................................................. I-15I.4.1.2 DEFINICIONES .................................................................................................................................................................. I-15I.4.2 ALCANCE RECOMENDADO DE LA SUPERVISIN TCNICA ....... ................ ................ ................ ................ .................. ................. I-15

    I.4.2.1 GRADOS DE SUPERVISIN ............................................................................................................................................. I-15I.4.2.2 GRADO A- SUPERVISIN TCNICA CONTINUA............................................................................................................. I-15I.4.2.3 GRADO B- SUPERVISIN TCNICA ITINERANTE ............... ................ ................ ................ ................ ................... ........ I-15I.4.2.4 GRADO DE SUPERVISIN TCNICA RECOMENDADO................................................................................................. I-15

    I.4.3 PROCEDIMIENTOS DE CONTROL ..... ................. ................ ................ ................ ................ ................... ................ ................ ............ I-15I.4.3.1 CONTROL DE PLANOS ..................................................................................................................................................... I-15

    Tabla I.4.3-1 Grado de supervisin tcnica recomendado ............................................................................................. I-16I.4.3.2 ESPECIFICACIONES TCNICAS ................ ................ ................ ................ ................ .................. ................. ................ ... I-16I.4.3.3 PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD .......................................................................................................... I-17I.4.3.4 LABORATORIO DE ENSAYO DE MATERIALES............................................................................................................... I-17I.4.3.5 ENSAYOS DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS ....................................................................................................... I-17I.4.3.6 ENSAYOS DE CONTROL DE CALIDAD ................ ................ ................ ............... ................ .................... ................ ......... I-17I.4.3.7 CONTROL DE EJECUCIN ................ ................ ................ ................ ................ ................ ................... ................ ............ I-17

    Tabla I.4.3-2 Controles que debe realizar el supervisor tcnico durante la ejecucin de la obra, segn el grado

    de supervisin tcnica ...................................................................................................................................................... I-17I.4.3.8 INFORME FINAL................................................................................................................................................................. I-20

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    NSR-10 Ttulo I Supervisin tcnica

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    NOTAS:

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    NSR-10 CaptuloI.1 - Generalidades

    I-1

    TTULO ISUPERVISIN TCNICA

    CAPTULO I.1GENERALIDADES

    I.1.1 DEFINICIONES

    I.1.1.1Las definiciones que se dan a continuacin, transcriben las dadas en la Ley 400 de 1997 y en la Ley 1229de 2008 y amplan las que se dan en el Captulo A.13 del Reglamento, donde deben consultarse las definiciones deotros trminos utilizados en el presente Ttulo.

    Acabados o elementos no est ructurales Partes o componentes de una edificacin que no pertenecen a laestructura o a su cimentacin.

    Certificado de permiso de ocupacinEs el acto, descrito en el Artculo 46 del Decreto 564 de 2006, mediante elcual la autoridad competente para ejercer el control urbano y posterior de obra, certifica mediante acta detallada el

    cabal cumplimiento de lo aprobado, segn sea el caso:

    a) Las obras construidas de conformidad con la licencia de construccin en la modalidad de obra nuevaotorgada por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias.

    b) Las obras de adecuacin a las normas de sismorresistencia y/o a las normas urbansticas y arquitectnicascontempladas en el acto de reconocimiento de la edificacin, en los trminos de que trata el Ttulo II deldecreto 564 de 2006 o el que lo complemente.

    Control urbanoActividad desarrollada por los alcaldes municipales o distritales, directamente o por conducto desus agentes, encaminada a ejercer la vigilancia y control durante la ejecucin de las obras, con el fin de asegurar elcumplimiento de las licencias urbansticas y de las normas contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial.

    Constructor Es el profesional, ingeniero civil o arquitecto, o constructor en arquitectura e ingeniera, bajo cuyaresponsabilidad se adelanta la construccin de la edificacin.

    Desempeo de los elementos no estruc turalesSe denomina desempeo el comportamiento de los elementosno estructurales de la edificacin ante la ocurrencia de un sismo que la afecte.

    Diseador arquitectnico Es el arquitecto bajo cuya responsabilidad se realizan el diseo y los planosarquitectnicos de la edificacin y quien los firma o rotula.

    Diseador de los elementos no estructurales Es el profesional, facultado para ese fin, bajo cuyaresponsabilidad se realizan el diseo y los planos de los elementos no estructurales de la edificacin, y quien los firmao rotula.

    Diseador estructuralEs el ingeniero civil, facultado para este fin, bajo cuya responsabilidad se realiza el diseoy los planos estructurales de la edificacin, y quien los firma o rotula.

    EdificacinEs una construccin cuyo uso primordial es la habitacin u ocupacin por seres humanos.

    Estructura Es un ensamblaje de elementos, diseado para soportar las cargas gravitacionales y resistir lasfuerzas horizontales.

    Grupo de usoClasificacin de las edificaciones segn su importancia para la atencin y recuperacin de laspersonas que habitan en una regin que puede ser afectada por un sismo o cualquier tipo de desastre.

    Ingeniero geotecnistaEs el ingeniero civil, quien firma el estudio geotcnico y, bajo cuya responsabilidad serealizan los estudios geotcnicos o de suelos, por medio de los cuales se fijan los parmetros de diseo de lacimentacin, los efectos de amplificacin de la onda ssmica causados por el tipo y estratificacin del suelo

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    NSR-10 CaptuloI.1 - Generalidades

    I-2

    subyacente a la edificacin, y la definicin de los parmetros del suelo que se deben utilizar en la evaluacin de losefectos de interaccin suelo-estructura.

    Licencia de construccinEs la autorizacin previa, expedida por el curador urbano o la autoridad municipal odistrital competente, para adelantar obras de construccin, ampliacin, adecuacin, reforzamiento estructural ymodificacin, en cumplimiento de las normas urbansticas y de edificacin adoptadas en el Plan de OrdenamientoTerritorial, en los instrumentos que lo desarrollen o complementen y en las leyes y dems disposiciones que expida elGobierno Nacional.

    Titular de la licencia

    Para efectos de este Reglamento, es la persona, natural o jurdica, titular de derechos realesprincipales, poseedor, propietario del derecho de dominio a ttulo de fiducia y los fideicomitentes de las mismasfiducias, a nombre de la cual se expide la licencia de construccin.

    Reconocimiento de la existencia de edificaciones Es la actuacin por medio del cual el curador urbano o laautoridad municipal o distrital competente para expedir licencias, declara la existencia de desarrollos arquitectnicosfinalizados antes del 27 de junio de 2003 que no cuentan con licencia de construccin. As mismo, por medio del actode reconocimiento se establecern, si es del caso, las obligaciones para la adecuacin posterior de la edificacin a lasnormas de sismoresistencia que les sean aplicables en los trminos de la ley 400 de 1997 y a las normas urbansticasy arquitectnicas que las autoridades municipales, distritales y en el departamento Archipilago de San Andrs,Providencia y Santa Catalina. Establezcan para el efecto.

    Supervisin tcnicaSe entiende por Supervisin Tcnica la verificacin de la sujecin de la construccin de la

    estructura de la edificacin a los planos, diseos y especificaciones realizadas por el diseador estructural. Asmismo, que los elementos no estructurales se construyan siguiendo los planos, diseos y especificaciones realizadaspor el diseador de los elementos no estructurales, de acuerdo con el grado de desempeo ssmico requerido. Lasupervisin tcnica puede ser realizada por el interventor, cuando a voluntad del propietario se contrate unainterventora de la construccin.

    Supervisin tcnica continuaEs aquella en la cual todas las labores de construccin se supervisan de unamanera permanente.

    Supervisin tcnica itinerante Es aquella en la cual el supervisor tcnico visita la obra con la frecuencianecesaria para verificar que la construccin se est adelantando adecuadamente.

    Supervisor tcnicoEl supervisor tcnico es el profesional, ingeniero civil o arquitecto o constructor de ingeniera o

    arquitectura, bajo cuya responsabilidad se realiza la supervisin tcnica. Parte de las labores de supervisin puedeser delegada por el supervisor en personal tcnico auxiliar, el cual trabajar bajo su direccin y responsabilidad. Lasupervisin tcnica puede ser realizada por el mismo profesional que realiza la interventora.

    I.1.2 OBLIGATORIEDAD DE LA SUPERVISIN TCNICA

    I.1.2.1De acuerdo con lo requerido por el Ttulo V de la Ley 400 de 1997 en su Artculo 18, la construccin de laestructura de edificaciones cuya rea construida, independientemente de su uso, sea mayor de 3000 m, debesometerse a una supervisin tcnica, realizada de acuerdo con los requisitos del Ttulo V de la Ley 400 de 1997 y del

    Ttulo Idel presente Reglamento.

    I.1.2.1.1Segn lo establecido en el Pargrafo 1 del Artculo 18 de la Ley 400 de 1997, se excluyen de la

    obligatoriedad de la supervisin tcnica las estructuras que se diseen y construyan siguiendo lasrecomendaciones del Ttulo E del presente Reglamento, siempre y cuando sean menos de 15 unidades devivienda.

    I.1.2.1.2El Pargrafo 2 del Artculo 18 de la Ley 400 de 1997, autoriza al diseador estructural, o alingeniero geotecnista para exigir, de acuerdo con su criterio, supervisin tcnica en edificaciones de cualquierrea; cuya complejidad, procedimientos constructivos especiales o materiales empleados, la hagan necesaria,consignado este requisito en los planos estructurales o en el estudio geotcnico respectivamente. En lacorrespondiente licencia de construccin deber dejarse explicita esta obligacin.

    I.1.2.2En aquellos casos en que no se requiera supervisin tcnica, el Artculo 19 de la Ley 400 de 1997, indicaque el constructor tiene la obligacin de realizar los controles de calidad con el alcance exigido por esta Ley y el

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    NSR-10 CaptuloI.1 - Generalidades

    I-3

    presente Reglamento, requiere para los diferentes materiales estructurales y elementos no estructurales, y debe llevarregistro escrito donde se consignen los resultados obtenidos.

    I.1.2.3De acuerdo con el Artculo 20 de la Ley 400 de 1997, las edificaciones de atencin a la comunidad (Gruposde Uso IIIy IV) independientemente de su rea, deben someterse a una supervisin tcnica.

    I.1.3ALCANCE DE LA SUPERVISION TECNICA

    I.1.3.1El alcance mnimo que debe cubrir la supervisin tcnica, as como los controles mnimos exigidos, estndefinidos en el Captulo I.2.

    I.1.4 CUALIDADES QUE DEBE TENER EL SUPERVISOR TECNICO

    I.1.4.1El supervisor tcnico debe ser un profesional que rena las calidades exigidas el captulo 5 del Titulo VI dela Ley 400 de 1997 y en la Ley 1229 de 2008.

    I.1.5 REGLAMENTACIONES ADICIONALES

    I.1.5.1

    En el captulo I.4 se indica el procedimiento recomendado para realizar las labores de supervisin tcnica, ypuede servir de gua a quienes las lleven a cabo o a quienes las contraten, mientras la Comisin AsesoraPermanente del Rgimen de Construcciones Sismo Resistentes las reglamenta segn lo dispuesto en la Ley 400 de1997.

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    NSR-10 CaptuloI.1 - Generalidades

    I-4

    Notas

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    NSR-10 CaptuloI.2 Alcance de la supervisin tcnica

    I-5

    CAPTULO I.2ALCANCE DE LA SUPERVISIN TCNICA

    I.2.1 GENERAL

    I.2.1.1Dentro del presente Captulo se fija el alcance mnimo que debe tener la supervisin tcnica y los controles

    mnimos que deben llevarse a cabo como parte de las labores de supervisin tcnica.

    I.2.1.2La supervisin tcnica solo hace referencia a la construccin del sistema estructural de la edificacin y a laconstruccin de los elementos no estructurales cubiertos por el Captulo A.9 del presente Reglamento.

    I.2.2 DOCUMENTACIN DE LAS LABORES DE SUPERVISIN TCNICA

    I.2.2.1El supervisor tcnico deber llevar un registro escrito de sus labores en donde se incluyen todos loscontroles realizados de acuerdo con lo exigido en el presente Captulo. El registro escrito comprende, como mnimo,los siguientes documentos:

    (a) Las especificaciones de construccin y sus adendas,

    (b) El programa de control de calidad exigido por el supervisor tcnico de conformidad con esta norma,debidamente confirmado en su alcance por el propietario y el constructor,(c) Registro fotogrfico de la construccin,(d) Resultados e interpretacin de los ensayos de materiales exigidos por este Reglamento, o adicionalmente

    por el programa de supervisin tcnica,(e) Toda la correspondencia derivada de las labores de supervisin tcnica, incluyendo: las notificaciones al

    constructor acerca de las posibles deficiencias en materiales, procedimientos constructivos, equipos ymano de obra; y los correctivos ordenados; las contestaciones, informes acerca de las medidascorrectivas tomadas, o descargos del constructor a las notificaciones emanadas del supervisor tcnico,

    (f) Los conceptos emitidos por los diseadores a las notificaciones del supervisor tcnico o del constructor,(g) Todos los dems documentos que por su contenido permitan establecer que la construccin de la

    estructura de la edificacin y/o de los elementos no estructurales cubiertos por este cdigo, se realiz deacuerdo con lo requisitos dados en l, y

    (h) Una constancia expedida por el supervisor tcnico en la cual manifieste inequvocamente que laconstruccin de la estructura y de los elementos no estructurales cubiertos por este Reglamento, serealiz de acuerdo con el Reglamento y que las medidas correctivas tomadas durante la construccin, silas hubiere, llevaron la estructura al nivel de calidad requerido por el Reglamento. Esta constancia debeser suscrita adems por el constructor y el titular de la licencia, y debe anexarse a la solicitud decertificado de permiso de ocupacin que ste debe solicitar a la terminacin de las obras ante la autoridadcompetente para ejercer el control urbano y posterior de obra.

    I.2.2.2El supervisor tcnico debe entregar, como culminacin de sus labores, una copia de los planos record de laobra construida y del registro escrito mencionado en I.2.2.1 a la autoridad competente para ejercer control urbano yposterior de obra, al propietario y al constructor de la estructura y de los elementos no estructurales cubiertos por elReglamento. El supervisor tcnico debe conservar este registro escrito al menos por cinco aos contados a partir dela terminacin de la construccin y de su entrega al propietario y al constructor.

    I.2.2.2.1Cuando se trate de edificaciones cubiertas por el rgimen de copropiedad, el titular de la licencia,

    a nombre del cual se haya expedido la licencia de construccin, debe hacer entrega de una copia de losdocumentos de la supervisin tcnica a la copropiedad.

    I.2.3ALCANCE DE LA SUPERVISIN TCNICA

    I.2.3.1El alcance de la supervisin tcnica debe, como mnimo, cubrir los siguientes aspectos:

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    NSR-10 CaptuloI.2 Alcance de la supervisin tcnica

    I-6

    (a) Aprobacin de un programa de control de calidad de la construccin de la estructura de la edificacin, ode los elementos no estructurales, cuando su grado de desempeo as lo requiera. Este programa decontrol de calidad debe ser propuesto por el constructor.

    (b) Aprobacin del laboratorio, o laboratorios, que realicen los ensayos de control de calidad.(c) Realizar los controles exigidos por el Reglamento para los materiales estructurales empleados, y los

    indicados en I.2.4.(d) Aprobacin de los procedimientos constructivos propuestos por el constructor.(e) Exigir a los diseadores el complemento o correccin de los planos, cuando estos estn incompletos,

    indefinidos, o tengan omisiones o errores.

    (f) Solicitar al ingeniero geotecnista las recomendaciones complementarias al estudio geotcnico cuando seencuentren situaciones no previstas en l.

    (g) Mantener actualizado un registro escrito de todas las labores realizadas, de acuerdo con lo establecido enI.2.2.1.

    (h) Velar en todo momento por la obtencin de la mejor calidad de la obra.(i) Prevenir por escrito al constructor sobre posibles deficiencias en la mano de obra, equipos,

    procedimientos constructivos y materiales inadecuados y vigilar porque se tomen los correctivosnecesarios.

    (j) Recomendar la suspensin de labores de construccin de la estructura cuando el constructor no cumpla ose niegue a cumplir con los planos, especificaciones y controles exigidos, informando, por escrito, a laautoridad competente para ejercer control urbano y posterior de obra.

    (k) Rechazar las partes de la estructura que no cumplan con los planos y especificaciones.(l) Ordenar los estudios necesarios para evaluar la seguridad de la parte o partes afectadas y ordenar las

    medidas correctivas correspondientes, supervisando los trabajos de reparacin.(m) En caso de no ser posible la reparacin, recomendar la demolicin de la estructura a la autoridad

    competente para ejercer control urbano y posterior de obra.

    (n) Expedir la constancia de que habla el literal (h) de I.2.2.1.

    I.2.4 CONTROLES EXIGIDOS

    I.2.4.1El supervisor tcnico debe realizar dentro del alcance de sus trabajos, los controles enumerados en I.2.4.2a I.2.4.6.

    I.2.4.2CONTROL DE PLANOSEl control de planos consistir, como mnimo, en constatar la existencia detodas las indicaciones necesarias para poder realizar la construccin de una forma adecuada, con los planos delproyecto.

    I.2.4.3CONTROL DE ESPECIFICACIONESLa construccin de la estructura debe llevarse a cabo cumpliendocomo mnimo, las especificaciones tcnicas contenidas dentro del Reglamento para cada uno de los materialescubiertos por l y las emanadas de la Comisin Asesora Permanente del Rgimen de Construcciones SismoResistentes, adems de las particulares contenidas en los planos y especificaciones producidas por los diseadores,las cuales en ningn caso podrn ser contrarias a lo dispuesto en el Reglamento.

    I.2.4.4CONTROL DE MATERIALESEl supervisor tcnico exigir que la construccin de la estructura serealice utilizando materiales que cumplan con los requisitos generales y las normas tcnicas de calidad establecidaspor el Reglamento para cada uno de los materiales estructurales o los tipos de elemento estructural. Puede utilizarse

    como gua la relacin parcial presentada en la tabla I.2.4-1:

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    NSR-10 CaptuloI.2 Alcance de la supervisin tcnica

    I-7

    Tabla I.2.4-1Requisitos de cont rol de materiales

    Material o elemento estruc tural Tema ReferenciaPeso B.3.4 y B.3.5Muros divisori os, acabados

    y elementos no estructurales Desempeo ssmico Captulo A.9Normas tcnicas(Obligatoriedad yenumeracin)

    C.1.5 y C.3.8

    Ensayo de materiales C.3.1

    Materiales Cementantes C.3.2

    Agregados C.3.3

    Agua C.3.4

    Acero de refuerzo C.3.5 y C.21.1.5 y Apndice C-E

    Aditivos C.3.6

    Concreto estructural

    Evaluacin y aceptacin del concreto C.5.6

    Normas tcnicas D.2.3

    Unidades de concreto D.3.6

    Unidades de arcilla D.3.6

    Unidades slico-calcreas D.3.6

    Cemento y cal D.3.2

    Acero de refuerzo D.3.3

    Mampostera estructural

    Muestreo y ensayos D.3.7 y D.3.8

    Unidades de mampostera E.3.2Morteros de pega e inyeccin E.3.3

    Materiales elementos de confinamiento E.4.2

    Materiales bahareque encementado E.7.4

    Casas de uno y dos pisos

    Materiales de cubierta E.9.3

    Especificaciones, cdigos y estndaresde referencia

    F.2.1.4

    Acero estructural F.2.1.5, F.3.5, F.4.1.1, F.4.7.2 yF.4.8.2

    Fundicin y piezas forjadas de acero F.2.1.5.2, F.4.8.3

    Pernos, arandelas y tuercas F.2.1.5.3

    Pernos de anclaje y barras roscadas F.2.1.5.4 , F.2.10.3

    Metal de aporte y fundente parasoldadura

    F.2.1.5.5, F.2.10.2

    Conectores de cortante tipo espigo F.2.1.5.6Concreto-secciones compuestas F.2.9.1.1, F.3.1.4.5 y F.4.7.5.3

    Incendio- Resistencia de los materialesa altas temperaturas

    F.2.18.2.3

    Estructuras existentes Propiedadesdel material

    F.2.19.2

    Acero del sistema de resistenciassmica

    F.3.1.4

    Consumibles de soldadura F.2.10.2 y F.3.1.4.4

    Acero en miembros formados en fro F.4.1.2, F.4.7.2

    Estructuras metlicas

    Aluminio F.5

    Materiales G.1.3, Tabla G.1.3-1

    Refuerzos metlicos (Proteccinanticorrosiva)

    Tabla G.6.4.2 y G.7.4

    Guadua requisitos de calidad G.12.3Estructuras de maderaMateriales complementarios y enreferencia

    G.12.5

    Proteccin contra el fuego Materiales J.2.5.2, J.3.4, J.3.5

    Requisitos complementarios Vidrio - Definiciones K.4.1.2

    I.2.4.5ENSAYOS DE CONTROL DE CALIDADEl supervisor tcnico dentro del programa de control de calidadle aprobar al constructor la frecuencia de toma de muestras y el nmero de ensayos que debe realizarse en unlaboratorio o laboratorios previamente aprobados por l. El supervisor debe realizar una interpretacin de losresultados de los ensayos realizados, definiendo explcitamente la conformidad de los materiales con las normas

  • 8/12/2019 Titulo I Nsr10

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    NSR-10 CaptuloI.2 Alcance de la supervisin tcnica

    I-8

    tcnicas exigidas. Como mnimo deben realizarse los ensayos que fija el Reglamento y las normas tcnicas

    complementarias mencionadas en l. Puede utilizarse como gua la relacin parcial presentada en la tabla I.2.4-2:

    Tabla I.2.4-2Requisitos para ensayos de control de calidad

    Material o elemento estruc tural Tema ReferenciaNormas tcnicas ( Obligatoriedad yenumeracin)

    C.1.5 y C.3.8

    Definiciones C.2.2

    Ensayo de materiales C.3.1

    Acero de refuerzo C.3.5 y C.21.1.5 y Apndice C-E

    Requisitos de durabilidad Captulo C.4

    Dosificacin de las mezclas de concreto C.5.2

    Evaluacin y aceptacin del concreto C.5.6 y C.21.1.4

    Evaluacin y aceptacin del refuerzo C.3.5.10 y Apndice C-E

    Dimetros mnimos de doblado C.7.2

    Doblado C.7.3

    Elementos prefabricados Captulo C.16

    Elementos preesforzados Captulo C.18

    Tanques y compartimientos estancos Captulo C.23

    Concreto estructural

    Concreto estructural simple Captulo C.22

    Morteros de pega y relleno D.3.4 y D.3.5Acero de Refuerzo D.3.3

    Normas y especificaciones tcnicas D.2.3

    Definiciones D.2.5

    Determinacin de la resistencia D.3.7

    Evaluacin y aceptacin de lamampostera, Muestreo y ensayos

    D.3.8

    Colocacin del mortero de relleno D.4.6

    Construccin de mampostera decavidad

    D.6.5

    Construccin de mampostera de murosconfinados

    D.10.1, D.10.3, D.10.5 y D.10.6

    Mampostera estructural

    Construccin de muros diafragma D.11.4.5

    Unidades de mampostera E.3.2

    Morteros de pega e inyeccin E.3.3Materiales elementos de confinamiento E.4.2

    Casas de uno y dos pisos

    Materiales Bahareque E.7.4

    Acero estructural F.2.1.5

    Planos y especificaciones del diseoestructural

    F.2.1.6

    Soldaduras y pernos F.2.10.2, F.3.1.6, F.4.5.3

    Planos de taller y montaje F.2.13.1

    Control de calidad y aseguramiento dela calidad

    F.2.14

    Planos y especificaciones de diseoestructural, planos de taller y planos deconstruccin

    F.3.4

    Estructuras metlicas

    Ensayos especiales F.4.6

    Calidad G.1.3.2 y G.1.3.3Secciones de las maderas G.10

    Dimetro y longitud de pernos y clavos G.6Estructuras de madera

    Guadua G.12.3.1

    Proteccin contra el fuego Materiales J.2.5.2, J.3.4, J.3.5

    En el caso de que se haya omitido por parte del constructor la ejecucin de los ensayos, deben ejecutarse ensayos ensitio para verificar la calidad de la estructura.

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    NSR-10 CaptuloI.2 Alcance de la supervisin tcnica

    I-10

    Tabla I.2.4-3 (continuacin)Requisi tos de ejecucin de la construccin

    Material o elemento estructural Tema ReferenciaSupervisin Tcnica D.1.3

    Morteros de pega e inyeccin D.3.4 y D.3.5

    Preliminares de la construccin D.4.3

    Construccin de cimentaciones D.4.4

    Construccin de muros D.4.5

    Tolerancias D.4.5

    Colocacin del mortero de relleno D.4.6

    Construccin de mampostera decavidad

    D.6.1, D.6.3 y D.6.5

    Construccin de mamposteraconfinada

    D.10.1, D.10.3,D.10.5, D.10.6 yD.10.8

    Construccin de muros diafragma D.11.4.5

    Mampostera estructural

    Construccin de mamposterareforzada externamente

    D.12.1, D.12.3 yD.12.5

    Construccin e inspeccinmampostera confinada

    Captulo E.6,Casas de uno y dos pisos

    Uniones bahareque encementado Apendice E-BPlanos y especificaciones del diseoestructural

    F.2.1.6

    Soldaduras F.2.10.2, F.4.5,

    Pernos y partes roscadasF.2.10.3, F.3.10.3,F.4.5.3

    Requisitos para seleccin deelectrodos

    F.2.10.2.6

    Fatiga-Requisitos especiales defabricacin y montaje

    F.2.17.5

    Planos de taller y montaje F.2.13.1

    Fabricacin F.2.13.2

    Pintura de taller F.2.13.3

    Montaje F.2.13.4

    Control de calidad y supervisintcnica

    F.2.14

    Fatiga requisitos especiales defabricacin montaje

    F.2.17.5

    Planos de fabricacin y montaje F.3.9.1

    Inspeccin de soldaduras F.3.10.2

    Inspeccin de pernos F.3.10.3

    Almacenamiento en sitio einstalacin

    F.4.7.4

    Procedimiento Constructivo F.4.7.6

    Estructuras metlicas

    Supervisin tcnica F.3.10

    Refuerzos metlicos (Proteccinanticorrosiva)

    Tabla G.6.4-2 y G.7.4

    Preparacin (secado, preservacin) G.11.2

    Fabricacin G.11.3Construccin (Proteccin contra lahumedad, hongos, insectos, fuego,sismos e instalaciones)

    G.11.4

    Transporte y montaje G.11.5

    Estructuras de madera

    Guadua (preparacin, fabricacin,construccin, montaje ymantenimiento)

    G.12

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    NSR-10 CaptuloI.2 Alcance de la supervisin tcnica

    I-11

    Tabla I.2.4-3 (continuacin)Requisi tos de ejecucin de la construccin

    Material o elemento estructural Tema Referencia

    Cimentacin Construccin e inspeccinCaptulo C.15 y TituloH

    Ejecucin Ttulo ISupervisin tcnica Proteccincontra el fuego Sistemas y equipos para extincin

    de incendiosJ.4.3

    Requisitos para las zonas comunes K.3Requisitos complementarios

    Vidrios - Seguridad K.4.3

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    NSR-10 CaptuloI.2 Alcance de la supervisin tcnica

    I-12

    Notas:

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    NSR-10 Captulo I.3 Idoneidad del supervisor tcnico y su personal auxiliar

    I-13

    CAPTULO I.3

    IDONEIDAD DEL SUPERVISOR TCNICO

    Y SU PERSONAL AUXILIAR

    I.3.1GENERAL

    I.3.1.1En los Captulos 1 y 5 del Ttulo VI de la Ley 400 de 1997 y en la Ley 1229 de 2008 se establecen las

    calidades y requisitos que deben cumplir los profesionales que lleven a cabo labores de supervisin tcnica.

    I.3.1.2De acuerdo con lo indicado en el Artculo 24, de la Ley 400 de 1997 la Comisin Asesora Permanente delRgimen de Construcciones Sismo Resistentes, dentro de sus funciones fijar los mecanismos y procedimientos parademostrar, ante la misma Comisin, la experiencia profesional, la idoneidad y el conocimientos de los aspectosrelacionados con el Rgimen de Construcciones Sismo Resistentes establecidos en la Ley 400 de 1997 y susReglamentos, de los profesionales que realicen labores de supervisin tcnica.

    I.3.2DEL SUPERVISOR TCNICO

    I.3.2.1PROFESINDe acuerdo con lo requerido por el Artculo 35 de la Ley 400 de 1997 y en la Ley 1229 de2008, el supervisor tcnico debe ser un profesional, ingeniero civil, arquitecto o constructor en arquitectura e

    ingeniera, con matricula profesional. Solo para el caso de estructuras metlicas, el supervisor podr ser IngenieroMecnico, igualmente matriculado e inscrito.

    I.3.2.2EXPERIENCIADe acuerdo con lo requerido por el Artculo 36 de la Ley 400 de 1997, el supervisortcnico debe acreditar, ante la Comisin Asesora Permanente del Rgimen de Construcciones Sismo Resistentes,una experiencia mayor de cinco (5) aos de ejercicio profesional, contados a partir de la expedicin de la tarjetaprofesional, bajo la direccin de un profesional facultado para ese fin, en una, o varias, de las siguientes actividades:diseo estructural, construccin, interventora, o supervisin tcnica

    I.3.2.3 INDEPENDENCIA El Artculo 37 de la Ley 400 de 1997 exige que el supervisor tcnico sealaboralmente independiente del constructor de la estructura, o de los elementos no estructurales cubiertos por el

    Reglamento.

    I.3.3DEL PERSONAL AUXILIAR

    I.3.3.1GENERALDe acuerdo con lo establecido en el Artculo 38 de la Ley 400 de 1997, las calificaciones yexperiencia requeridas del personal profesional y no profesional, como inspectores, controladores y tcnicos, se dejana juicio del supervisor tcnico, pero deben estar acordes con las labores encomendadas, y el tamao, importancia ydificultad de la obra.

    I.3.3.2DIRECCIN Y RESPONSABILIDADEl supervisor tcnico puede delegar algunas de las labores desupervisin tcnica en personal auxiliar, pero siempre bajo su direccin y responsabilidad, segn lo establece el

    Artculo 22 de la Ley 400 de 1997.

    I.3.3.3RESIDENTES DE SUPERVISIN TCNICACuando se trate de personal profesional que ejerza lafuncin de residente de supervisin tcnica, ellos deben ser ingenieros civiles, arquitectos o constructor enarquitectura e ingeniera, debidamente matriculados. La experiencia requerida se deja a juicio del supervisor tcnico,pero debe ser conmensurable con las labores que se le encomienden, y el tamao, importancia y dificultad de la obra.

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    NSR-10 Captulo I.3 Idoneidad del supervisor tcnico y su personal auxiliar

    I-14

    Notas:

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    NSR-10 Capitulo I-4 Recomendaciones para el ejercicio de la supervisin tcnica

    I-15

    CAPTULO I.4RECOMENDACIONES PARA EL EJERCICIO

    DE LA SUPERVISIN TCNICA

    I.4.1 GENERALIDADES

    I.4.1.1PROPSITO Y ALCANCE

    Las presentes recomendaciones se han incluido con el fin de guiar a

    aquellos profesionales que realicen la supervisin tcnica de la construccin de estructuras cubiertas por la Ley 400de 1997 y el presente Reglamento y para facilitar el alcance contractual que deben fijar las personas o entidades quela contraten.

    I.4.1.2DEFINICIONESDeben consultarse las definiciones dadas en el Captulo A.13 y especialmente las deI.1.1.

    I.4.2ALCANCE RECOMENDADO DE LA SUPERVISIN TCNICA

    I.4.2.1GRADOS DE SUPERVISINSe establecen dos grados de supervisin: Grado A (Continua) y Grado B

    (Itinerante). El grado de supervisin que se recomienda emplear depende de las caractersticas de la construccin,del grupo de uso al que pertenezca, del sistema estructural y del rea de construccin.

    I.4.2.2 GRADO A SUPERVISIN TCNICA CONTINUA Es aquella en la cual todas las labores deconstruccin se supervisan de una manera permanente. El supervisor tcnico debe realizar visitas frecuentes a laconstruccin, y adems debe destacar en la obra personal auxiliar, profesional y no profesional, con el fin desupervisar de una manera continua las operaciones de construccin. Se debe asignar un residente de supervisintcnica, el cual es una persona auxiliar profesional de asistencia permanente en la obra. Se recomienda efectuar loscontroles indicados en la tabla I.4.3-2 para este grado de supervisin tcnica.

    I.4.2.3GRADO BSUPERVISIN TCNICA ITINERANTEEs aquella en la cual el supervisor tcnico visitala obra con la frecuencia necesaria para verificar que la construccin se est adelantando adecuadamente. Durantealgunas de las operaciones de construccin el supervisor tcnico, o su auxiliar profesional, debe asistir personalmente

    para verificar la adecuada ejecucin de la obra. En este grado de supervisin no es necesario designar personalauxiliar residente en la obra. Se recomienda que el supervisor tcnico lleve a cabo, como mnimo, los controlesindicados en la tabla I.4.3-2 para este grado de supervisin tcnica.

    I.4.2.4 GRADO DE SUPERVISIN TCNICA RECOMENDADO Se recomienda emplear el grado desupervisin tcnica compatible con las caractersticas de la edificacin indicadas en la tabla I.4.3-1. Para definir elgrado de supervisin tcnica, deben tomarse en cuenta el rea de la construccin, el material que se emplee en elsistema estructural de resistencia ssmica, tal como la define el Reglamento, y el Grupo de Uso al que pertenezca laedificacin, de acuerdo con lo indicado en A.2.5 del Reglamento.

    I.4.3 PROCEDIMIENTOS DE CONTROL

    I.4.3.1CONTROL DE PLANOS

    El control de los planos recomendado, para los dos grados de supervisin

    tcnica, debe consistir, como mnimo, en los siguientes aspectos:

    (a) Grado de definicin (completos o incompletos)(b) Definicin de dimensiones, cotas y niveles,(c) Consistencia entre las dimensiones, cotas y niveles,(d) Consistencia entre las diferentes plantas, alzados, cortes, detalles y esquemas,(e) Adecuada definicin de las calidades de los materiales,(f) Cargas de diseo debidamente estipuladas,(g) En casos especiales, instrucciones sobre obra falsa, procedimientos de control de la colocacin del

    concreto, procedimientos de descimbrado, colocacin del concreto, aditivos, tolerancias dimensionales,niveles de tensionamiento,

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    NSR-10 Capitulo I-4 Recomendaciones para el ejercicio de la supervisin tcnica

    I-16

    (h) Coordinacin de los planos arquitectnicos con los dems planos tcnicos,(i) Definicin en los planos arquitectnicos del grado de desempeo de los elementos no estructurales, y(j) En general, la existencia de todas las indicaciones necesarias para poder realizar la construccin de una

    forma adecuada con los planos del proyecto.

    Tabla I.4.3-1Grado se Supervisin Tcnica Recomendado

    Materialestructural

    reaConstruida (5)

    Control decalidadrealizado por el

    constructor

    ASupervisinTcnica

    Itinerante

    BSupervisinTcnica

    ContinuaConcreto

    Estructural,menos de 3000

    mGrupos de Uso

    Iy IIGrupos de Uso

    IIIy IVentre 3000 m y

    6000 mGrupos de Uso

    Iy IIGrupos de Uso

    IIIy IVEstructuraMetlica y

    Madera mas de 6000 m Grupos de Uso

    I, II, IIIy IVmenos de 3000

    mGrupos de Uso

    Iy IIGrupos de Uso

    IIIy IVentre 3000 m y

    6000 m

    Grupos de Uso

    I, II, IIIy IV

    Mampostera

    mas de 6000 m Grupos de Uso

    I, II, IIIy IVNotas:1. Estn exentas de Supervisin Tcnica de la construccin, segn el Artculo 18 de la Ley 400 de 1997, las

    edificaciones con menos de 3000 m de rea construida.2. Las estructuras de edificaciones de los grupos de uso III y IV, independientemente de su rea, segn el

    Artculo 20 de la Ley 400 de 1997, deben someterse a Supervisin Tcnica de la construccin.3. El diseador estructural, o el ingeniero geotecnista, Segn el Pargrafo 2 del Artculo 18 de la Ley 400 de

    1997, pueden exigir Supervisin Tcnica de la construccin, independientemente del rea, segn lacomplejidad, procedimientos constructivos o materiales empleados.

    4. Las estructuras diseadas y construidas de acuerdo con el Ttulo E del Reglamento, segn el Pargrafo 1del Artculo 18 de la Ley 400 de 1997, estn exentas de Supervisin Tcnica, siempre y cuando se trate demenos de 15 unidades de vivienda.

    5. Cuando el proyecto se desarrolle por etapas, el rea a considerar ser la consignada en la licencia deconstruccin.

    6. Se recomienda Supervisin Tcnica Itinerante para estructuras de mampostera mayores a 1000 mts2

    .

    I.4.3.2ESPECIFICACIONES TCNICASLo indicado en la presente seccin se recomienda para los dos losgrados de supervisin tcnica. La construccin de las estructuras debe ejecutarse cumpliendo como mnimo lasespecificaciones indicadas en la Ley 400 de 1997 y sus Decretos Reglamentarios, las emanadas de la ComisinAsesora Permanente para el Rgimen de Construcciones Sismo Resistentes, adems de las contenidas en los planosdel proyecto, en el estudio geotcnico, y en las especificaciones particulares que se establezcan para cada caso. Elsupervisor tcnico debe recopilar las especificaciones tcnicas establecidas que se debe cumplir la construccin, paralo cual debe elaborar un documento escrito que las contenga, y entregar una copia al constructor. Estasespecificaciones debern ser aprobadas por el propietario y confirmadas por el constructor antes del inicio de la obra.

    I.4.3.2.1En tanto la Comisin Asesora Permanente del Rgimen de Construcciones Sismo Resistentesadopte unas nuevas especificaciones tcnicas, debe utilizarse el siguiente documento: Especificaciones deconstruccin y control de calidad de los materiales para edificaciones construidas de acuerdo con el CdigoColombiano de Construcciones Sismo Resistentes, elaboradas por la Asociacin Colombiana de IngenieraSsmica bajo el auspicio de la Comisin Permanente del Cdigo Colombiano de Construcciones SismoResistentes, y publicadas por la Asociacin Colombiana de Ingeniera Ssmica y el Ministerio de ObrasPblicas en Agosto de 1988. Este documento contiene:

    (a) Especificaciones para la construccin de estructuras de concreto reforzado(b) Especificaciones para la construccin y el montaje de estructuras metlicas(c) Comentario a las Especificaciones para la construccin y el montaje de estructuras metlicas(d) Control de calidad de materiales para concreto reforzado(e) Control de calidad de materiales en estructuras de mampostera estructural

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    NSR-10 Capitulo I-4 Recomendaciones para el ejercicio de la supervisin tcnica

    I-18

    Tabla I.4.3-2 (continuacin)Controles que debe realizar el supervisor tcnico durante

    la ejecucin de la obra, segn el grado de supervisin tcnica

    Operacin Supervisin

    grado A(Continua)

    Supervisingrado B

    (Itinerante)

    COLOCACIN DE LAS ARMADURASGrado del acero yf dimetro, nmero de barras, ganchos y longitud

    Empalmes (Traslapados, conexiones mecnicas soldadas) Colocacin, recubrimientos, distancia entre barras, sujecin limpieza de las barras y de la zona de vaciado y aspecto superficial

    MEZCLADO, TRANSPORTE, COLOCACION Y CURADO DECONCRETOS Y MORTEROS

    Aprobacin de los diseos de mezclas Medios y procedimientos del mezclado Medios y procedimientos del transporte Medios y procedimientos de colocacin y compactacin Medidas y procedimientos para la toma de muestras

    Tiempo transcurrido entre mezcla y colocacin Homogeneidad y consistencia de los concretos y morteros en estadofresco

    Provisiones para vaciado de acuerdo con el clima y el estado deltiempo

    Definicin de juntas de construccin Preparacin de superficies, de juntas de construccin y juntas dedilatacin

    Sistemas y procedimientos de curado ELEMENTOS PREFABRICADOS

    (Incluye unidades de mampostera)Caractersticas geomtricas, inspeccin visual (apariencia)

    Condiciones de almacenaje

    Curado en obra y/o proteccin contra la humedad Medios y procedimientos de transporte e izado Sistemas y secuencias de colocacin

    TERMINACIN DE LA ESTRUCTURAAspecto general de las superficies Reparacin de defectos superficiales Proteccin contra acciones mecnicas: impacto, sobrecargas, deteriorosuperficial

    MUROS Y ELEMENTOS DE MAMPOSTERAAlineamiento, plomo y caractersticas geomtricas Celdas para inyeccin, limpieza, ventanas de inspeccin Espesor de juntas de pega

    Traba adecuada Alturas de inyeccin Tamao y colocacin de tuberas Juntas de control Colocacin de espigos, anclajes, traslapo y ubicacin Apuntalamientos provisionales

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    NSR-10 Capitulo I-4 Recomendaciones para el ejercicio de la supervisin tcnica

    I-19

    Tabla I.4.3-2 (continuacin)Controles que debe realizar el supervisor tcnico durante

    la ejecucin de la obra, segn el grado de supervisin tcnica

    OperacinSupervisin

    grado A(Continua)

    Supervisingrado B

    (Itinerante)

    CONSTRUCCIN Y MONTAJE DE ESTRUCTURAS METLICASInspeccin de los elementos fabricados antes de galvanizar o pintarEspecificacin de materiales, resistencia a la fluencia

    yf, dimetro,

    nmero de barras, longitud.

    Dimensiones generales, rectitud y distorsin del conjunto Identificacin y dimensiones de los materiales utilizados de acuerdocon planos y listas de materiales

    Ajuste de las dimensiones de los materiales utilizados, de acuerdo conplanos y listas de materiales

    Calificacin de los soldadores Biseles, dimensiones de intersticios, placas de respaldo Procedimientos de soldadura

    Que se hayan efectuado todas las soldaduras especificadas

    Cumplimiento de las longitudes y tamaos mnimos especificados delas soldaduras

    Grado de fusin con el material base de la soldadura, existencia deporosidades, grietas o socavaciones excesivas en la soldadura

    Remocin de escoria Marcado de las piezas Deteccin de omisin de detalles o componentes Daos a los elementos

    Inspeccin y cont rol de galvanizadoLimpieza previa Acabado de la capa de zinc Peso de la capa de zinc

    Adherencia de la capa de zinc Uniformidad de la capa de zinc (inspeccin visual) para detectar zonasde espesor excesivo, etc.

    Fragilidad del acero por efecto del galvanizado Inspeccin y control de la pintura

    Limpieza previa Acabado (inspeccin visual) Espesor de la capa de pintura Adherencia de la capa de pintura

    Inspeccin de la estructura montadaConexin a los anclajes con las respectivas arandelas y tuercas Verticalidad, deflexiones, escuadra y alineamiento de la estructura

    Instalacin de los arriostramientos previstos

    Rectitud de los elementos instalados Estabilidad del conjunto Correcta ejecucin de todas las conexiones atornilladas, con lospernos, tuercas y arandelas completos e instalados con los torquesprevistos en los planos

    Correcta ejecucin de biseles, dimensiones de intersticios, placas derespaldo

    Correcta ejecucin de todas las conexiones soldadas con los tamaosy longitudes previstos.

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    NSR-10 Capitulo I-4 Recomendaciones para el ejercicio de la supervisin tcnica

    I-20

    Tabla I.4.3-2 (continuacin)Controles que debe realizar el supervisor tcnico durante

    la ejecucin de la obra, segn el grado de supervisin tcnica

    OperacinSupervisin

    grado A(Continua)

    Supervisingrado B

    (Itinerante)

    Deteccin de defectos como insuficiente penetracin, poros,socavaciones, escoria no removida, etc.

    Retoques de pintura, donde sta se haya deteriorado durante lainstalacin

    CONSTRUCCIN Y MONTAJE DE ESTRUCTURAS DE MADERAIdentificacin de maderas, contenido de humedad, inmunizacin ydefectos

    Soportes, platinas, conectores, adhesivos, anclas, pernos , Verificacin de medidas, niveles, secciones y sistemas de unin Verificacin de deflexiones, derivas, rectitud, plomo y alineamiento Proteccin adecuada de la estructura contra potencial deterioro porentradas de agua en apoyos, y zonas de difcil acceso y mantenimiento

    Acabados de superficies de madera, platinas y soportes

    Ventilacin de ticos y espacios cerrados Manuales de mantenimiento y operaciones de inmunizacin

    CONSTRUCCIN Y MONTAJE DE ELEMENTOS NO-ESTRUCTURALES (VER NOTA 1)

    Muros de fachada, separados de la estructura Muros de fachada, que admitan deformaciones de la estructura Muros interiores, separados de la estructura Muros interiores, que admitan deformaciones de la estructura Enchapes de fachada ticos, parapetos y antepechos Vidrios Paneles prefabricados de fachada

    Columnas cortas o cautivas

    Notas:1 Exenciones: Estn exentas de los requisitos para elementos NO ESTRUCTURALES todas las edificacionespertenecientes a los grupos de uso I y II localizadas en ZONAS DE AMENAZA SSMICA BAJA.

    I.4.3.8 INFORME FINAL EL registro escrito de las labores realizadas debe incluir una memoriadescriptiva de los controles realizados, que conste como mnimo de lo siguiente: nombre del constructor,supervisor tcnico, procedencia de los materiales, planta de produccin, listado de las Normas Tcnicasempleadas (NTC) para la elaboracin de los ensayos, ensayos realizados, laboratorios utilizados, anlisis delos resultados, grado de desempeo de los elementos no-estructurales, control de modificaciones de planosrealizadas durante el proceso constructivo, registro fotogrfico y constancia expedida por el supervisor tcnicoque certifique que la construccin se realiz de acuerdo con el Reglamento :

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    NSR-10 Capitulo I-4 Recomendaciones para el ejercicio de la supervisin tcnica

    I-21

    INFORME FINAL DE SUPERVISIN TCNICA

    (NOMBRE DE LA OBRA)

    Mediante esta comunicacin, se certifica que la obra ___________________________________________,ubicada en ____________________________________________________________________________________Etapa __________, con licencia de construccin _____ fue sometida durante la construccin al proceso desupervisin tcnica, especificada en el Titulo I de la NSR-10.

    Por tal razn, se manifiesta que la construccin de la estructura y elementos no-estructurales se realiz deacuerdo al nivel de calidad requerido y especificado mediante los siguientes controles:

    Control de planos: Se constat la existencia de todos los planos necesarios para la construccin

    de cada elemento que constituye la estructura.

    Control de especificaciones: La construccin se llevo a cabo cumpliendo las especificacionestcnicas contenidas dentro de la Norma para cada uno de los materiales utilizados, adems de lasespecificaciones particulares contenidas en los planos y las emanadas por los diseadores.

    Control de materiales: Se verific que los materiales utilizados para la construccin cumplierancon los requisitos generales y las normas tcnicas de calidad que exigen las NSR-10. Adems, semonitoreo constantemente los resultados obtenidos de los mismos.

    Control de Calidad: Se realizaron los ensayos a los materiales y productos terminados conforme alo estipulado en los planos y en las NSR-10.

    Control de la ejecucin: Se verific que la obra se ha ejecutado de acuerdo a los planos,especificaciones y requisitos de construccin dados por las NSR-10.

    Elementos no estructurales: Se verific que el grado de desempeo de los elementos no-estructurales sea acorde con el grupo de uso que va a tener la edificacin y se conservo el criteriode diseo del diseador de elementos no-estructurales.

    Dado en la ciudad de _______________, a los _____________ ( __ ) das del mes de ___________delao de ____.

    Firma y N Tarjeta ProfesionalSupervisor Tcnico

    Firma y N Tarjeta ProfesionalDirector de Obra

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    NSR-10 Capitulo I-4 Recomendaciones para el ejercicio de la supervisin tcnica

    Notas