tierra ancestral yukpa

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EL CASO DE EL CASO DE LOS CACIQUES LOS CACIQUES SABINO ROMERO, SABINO ROMERO, OLEGARIO ROMERO y el Wayuu OLEGARIO ROMERO y el Wayuu ALEXANDER FERNÁNDEZ F. ALEXANDER FERNÁNDEZ F. Tribunal de Juicio N° 2 Tribunal de Juicio N° 2 Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo Trujillo Causa N° Causa N° 2010-002649 2010-002649

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EL CASO DE EL CASO DE LOS CACIQUES LOS CACIQUES

SABINO ROMERO, SABINO ROMERO, OLEGARIO ROMERO y el WayuuOLEGARIO ROMERO y el Wayuu

ALEXANDER FERNÁNDEZ F.ALEXANDER FERNÁNDEZ F.Tribunal de Juicio N° 2Tribunal de Juicio N° 2

Circuito Judicial Penal del Estado TrujilloCircuito Judicial Penal del Estado TrujilloCausa N° Causa N° 2010-0026492010-002649

• Carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de la Nación Venezolana

• Más de 511.408 indígenas en 34 pueblos culturalmente diferenciados.

• Capítulo Especial de los Derechos de los Pueblos Indígenas

CONSTITUCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELAVENEZUELA

CONSTITUCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELAVENEZUELA

LA JURISDICCIÓN ESPECIAL LA JURISDICCIÓN ESPECIAL INDÍGENA EN VENEZUELAINDÍGENA EN VENEZUELA

LA JURISDICCIÓN ESPECIAL LA JURISDICCIÓN ESPECIAL INDÍGENA EN VENEZUELAINDÍGENA EN VENEZUELA

Artículo 260 C.R.B.V.:

"Las autoridades legítimas de los pueblos indígenas podrán aplicar en su hábitat instancias de justicia con base en sus tradiciones ancestrales y que sólo afecten a sus integrantes, según sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a esta Constitución, a la ley y al orden público. La ley determinará la forma de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional".

LA JURISDICCIÓN INDÍGENALA JURISDICCIÓN INDÍGENALA JURISDICCIÓN INDÍGENALA JURISDICCIÓN INDÍGENA

USO DERECHOCONSUETUDINARIO

AUTORIDADESINDÍGENAS

HÁBITAT INDÍGENA(MunicipioIndígena)

LEY ORGÁNICA DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

EXISTENCIA DEUN CONFLICTO

ENTRE INDÍGENAS

Sierra de PerijáSierra de PerijáEstado Zulia, VenezuelaEstado Zulia, Venezuela

Parque Nacional Sierra de Perijá (1978)Superficie total: 295.288 hectáreas

BARÍBARÍ

JAPRERIAJAPRERIA

YUKPAYUKPA

Mapa Etno-lingüístico del estado Zulia

Pueblo YukpaPueblo YukpaPueblo Yukpa

Poblamiento ancestral Yukpaen la Sierra de Perijá

• Origen:– Provienen de los indios

Caribes (hace 5000 años).

– Entraron por las costas nor- orientales de Venezuela hacia Guayana y el bajo Amazonas.

– 500 años antes de llegar los conquistadores españoles a América ya los Yukpa estaban en Perijá (*)

(*) Swadesh, 1960; Ruddle y Wilbert 1983;Lathrap, 1970; Durbin y Seijas; 1975.

Los Yukpa llegaron primero•A finales del siglo XVI XVII los indígenas Macoa (Yukpa Macoita)vivían al piedemonte de la Sierra de Perijá, al sur del río Apón.

•En 1872 las tropas de Venancio Pulgar incendiaron la Villa del Rosario y obligaron a los descendientes de los canarios a expulsándolos al sur y fundar Machiques, desplazando así a los Yukpa del Valle de los Macuayes a la Sierra de Perijá.

•J. V. Gómez le entrega a la familia iGarcía (Hda. El Capitán) las tierras de los Yukpa del Río Negro (G. O. N° 14.142)

Poligonal del Territorio Yukpa(Comisión Regional de Demarcación, 2009)

Comunidad Guamo – PamochaCacique Olegario RomeroHda. Kusare: Alejandro Chávez VargasInvestigado por el asesinato en el 2008 del Atancha Jose Manuel Romero, padre del cacique Sabino Romero. Causa :24-F40-253-08

Comunidad ChaktapaCacique Sabino RomeroHda. Tizina: Guillermo VargasPrimo hermano de Alejandro Chávez Vargas

Competencia MaterialCompetencia Material• Criterio sustentado por la Dra. Raquel Criterio sustentado por la Dra. Raquel

Yrigoyen FajardoYrigoyen Fajardo:

– “Competencia material. Ni el Convenio 169 de la OIT ni los Acuerdos de Paz limitan el conocimiento de alguna materia al derecho y la justicia indígenas. Jurídicamente, pueden regular y conocer todas las materias, sin límite alguno de cuantía o gravedad. Es más, el Convenio 169 de la OIT especifica que se respetarán los métodos de control penal de los pueblos indígenas, por lo cual inclusive es claro que la materia penal es de conocimiento del DI. A diferencia del sistema colonial y del modelo republicano integracionista, no se limita las materias que pueda conocer el DI a casos de menor gravedad o de mínima cuantía. En síntesis, el derecho y la justicia indígenas están facultados para regular y resolver situaciones y conflictos en todo tipo de materias, sin importar la gravedad o cuantía de las mismas”.

– “Pautas de Coordinación entre el Derecho Indígena y el Derecho Estatal”. Guatemala: Fundación Myrna Mack, 1999.

Proceso Penal Proceso Penal OrdinarioOrdinario

• Se ordenó la realización del Informe Se ordenó la realización del Informe Socio Antropológico Socio Antropológico (140 LOPCI)(140 LOPCI):

• OBJETIVOOBJETIVO:– Entender el carácter jurídico de ciertos

discursos y prácticas culturales de las comunidades indígenas.

– Conocer las normas, las instituciones, los procedimientos, las sanciones, en fin lo que esta prohibido, lo que esta permitido y lo que es obligatorio y quien esta facultado para exigir la observancia de estas conductas, en la comunidad estudiada.

Proceso Penal Proceso Penal OrdinarioOrdinario

Unidad Académica de Antropología del Departamento de Ciencias Humanas de la Facultad Experimental de Ciencias de la Universidad del Zulia, consignado en fecha 13-01-2010:

• El informe evidencia que el pueblo Yukpa goza de todo un elaborado sistema para el control social punitivo de sus integrantes, basado en la aplicación del derecho consuetudinario indígena, cuya vía es esencialmente conciliadora y marcada por el diálogo, la mediación, la comprensión y la reparación rápida del daño, que restaura de manera efectiva el equilibrio social quebrantado por el hecho punible sin mayores consecuencias.

Si existe un Derecho Propio YukpaSi existe un Derecho Propio Yukpa

• Existen autoridades legítimas: los caciques y el consejo de ancianos;

• Existen procedimientos de resolución de conflictos: Basado en el diálogo, la mediación, la comprensión y la reparación rápida del daño .

• Existen hechos graves que incluyen las muertes de miembros yukpas, y las leves.

• Existen sanciones: El exilio, el trabajo comunitario, la privación temporal de libertad y la multa.

Concesiones mineras otorgadas por el Estado venezolano

Tinacoa

Aroy

Shirapta

Toromo

Neremu

El Tokuko

Concesiones mineras otorgadas por el Estado venezolano

MINERALES HECTÁREAS MUNICIPIOS

CARBÓN 249.045,15

PáezMaraJesús Enrique LossadaMachiques de PerijáJesús María SemprúnCatatumbo

FOSFATO 29.000 Machiques de Perijá

BARITA-BENTONITA 8.000 Jesús Enrique Lossada

GRANITO Jesús Enrique Lossada

COBRE 5.000 Rosario de Perijá

MARMOL 11.942

MaraJesús Enrique Lossada

WOLFRAMIOCIRCONIOTITANIO

21.000 Jesús Enrique Lossada

CALIZA MAGNESIANA 5.000 Jesús Enrique Lossada

ORO, MOLIBDENO, ZINC,CROMO, TUNGSTENO,

PLATA, COBRE 1.400 Jesús Enrique Lossada

TOTAL 330.487,15 has-

Concesiones mineras

otorgadas por el Estado

venezolano

GRACIAS…