texto académico =derechos humanos=

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1 CENTROS DE ESTUDIOS TERCNOLOGICOS INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS No. 116 ANTONIA NAVA DE CATALAN. LECTURA, ESPRESIÓN ORAL Y ESCRITA 2. LIC.VENITA MARCELO OLEA LABORATORIO CLINICO. 2°M. 1. Carlos Alfredo Hernández Gatica TURNO: MATUTINO. TEMA: [LOS DERECHOS HUMANOS] Fecha: 6/04/2015 lugar: Acapulco GRO.

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Elaborado por alumnos de 2° M

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  • 1

    CENTROS DE ESTUDIOS TERCNOLOGICOS

    INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS No. 116

    ANTONIA NAVA DE CATALAN.

    LECTURA, ESPRESIN ORAL Y ESCRITA 2.

    LIC.VENITA MARCELO OLEA

    LABORATORIO CLINICO.

    2M.

    1. Carlos Alfredo Hernndez

    Gatica

    TURNO: MATUTINO.

    TEMA:

    [LOS DERECHOS HUMANOS]

    Fecha: 6/04/2015 lugar: Acapulco GRO.

  • 2

    INDICE:

    INTRODUCCIN

    DERECHOS HUMANOS.

    DERECHOS HUMANOS (FUNDAMENTO)

    HISTORIA

    DERECHOS CIVILES Y POLITICOS

    DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y

    CULTURLES...

    CONCLUCIN

    Anexo.

    FICHA BIBLIOGRFICA

  • 3

    INTRODUCCIN: Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distincin

    alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o tnico, color, religin,

    lengua, o cualquier otra condicin. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin

    discriminacin alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e

    indivisibles. Los derechos humanos universales estn a menudo contemplados en la ley y

    garantizados por ella, a travs de los tratados, el derecho internacional consuetudinario,

    los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional

    de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar

    medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma

    en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades

    fundamentales de los individuos o grupos. El principio de la universalidad de los derechos

    humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este

    principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaracin Universal de Derechos

    Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones

    internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos

    celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tuvieran el

    deber, independientemente de sus sistemas polticos, econmicos y culturales, de

    promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. Todos

    los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o ms, de los

    principales tratados de derechos humanos, reflejando as el consentimiento de los Estados

    para establecer obligaciones jurdicas que se comprometen a cumplir, y confirindole al

    concepto de la universalidad una expresin concreta. Algunas normas fundamentales de

    derechos humanos gozan de proteccin universal en virtud del derecho internacional

    consuetudinario a travs de todas las fronteras y civilizaciones. Los derechos humanos son

    inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y segn las debidas

    garantas procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un

    tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito. La

    no discriminacin es un principio transversal en el derecho internacional de derechos

    humanos. Est presente en todos los principales tratados de derechos humanos y

    constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convencin

    Internacional sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin Racial y la

    Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer.

  • 4

    Desarrollo:

    DERECHOS HUMANOS.

    Los derechos humanos (o derechos fundamentales) son, segn la teora jurdica del naturalismo, derechos inalienables y pertenecientes a todos los seres humanos. Dicha teora afirma que estos derechos son necesarios para asegurar la libertad y el mantenimiento de una calidad de vida digna, y estn garantizados a todas las personas en todo momento y lugar.

    Los derechos humanos pueden ser divididos en dos categoras, derechos humanos positivos y negativos. Los derechos negativos pueden ser expresados como un derecho humano positivo, pero no en viceversa. Por ejemplo, el derecho de un recin nacido a tener padres que lo cuiden slo puede ser expresado positivamente.

  • 5

    HISTORIA

    El ser humano tiene unas caractersticas que lo determinan a ser racional y diferncialo

    de brutales bestias o de los seres irracionales; lo cual ha olvidado el hombre al

    transcurrir los tiempos hasta la actualidad, pues se recargara los hechos monstruosos

    realizados por el hombre.

    Lo cual nos ha llevado a replantear el conocimiento humano por que ya no somos

    capaces de respetar la misma especie humana; como afirman muchos "el hombre es

    depredador de s mismo

    Una serie de hechos importantes que han contribuido al desarrollo

    de estos derechos:

    Sfocles en Su Obra sobre Antfona, estaba aludiendo a la

    existencia de derechos no establecidos por el hombre, pero que

    igualmente le corresponden por su propia naturaleza, porque le

    son inherentes a su condicin de ser humano.

    Los Diez Mandamientos del Antiguo Testamento, es otro

    antecedente en la historia de los derechos humanos, ya que

    mediante el establecimiento de prohibiciones, se estaban

    reconociendo valores fundamentales de los seres humanos, como

    el derecho a la vida, al prescribir el "no matar", por ejemplo.

    Por otra parte en el Estoicismo, hace otra mencin importante: la

    precisin del concepto de derecho natural y el desarrollo del

    naturalismo fundamentado en la racionalidad y rematado en un

    cosmopolitismo, que acercara a los hombres

    El Cristianismo, dio origen a una nueva etapa en el desarrollo

    histrico de los derechos humanos, al proclamar la igualdad entre

    los seres humanos y al rechazar la violencia. Todo ello contribuy

    a la aceptacin de principios, especialmente entre los pueblos

    oprimidos y los esclavos.

    Posteriormente, a pesar de la existencia del absolutismo

    monrquico y como una lucha en contra de estos regmenes, se

    consolidaron algunos derechos. Los movimientos de Reforma y

    Contrarreforma que perseguan una mayor libertad en lo que a

    creencias religiosas se refiere, tambin dieron su aporte.

  • 6

    Pero, fue en 1215 cuando se dio la primera consagracin expresa

    que estableci lmites al poder del Estado frente a sus sbditos en

    la Carta Magna, que conjuntamente con el habeas corpus de 1679

    y el Bill of Rights de 1689, constituyen los antecedentes, de las

    declaraciones modernas de derechos.

    Durante los siglos XVIII y XIX, se suscitaron una serie de

    acontecimientos histricos en los que se haca presente las ideas

    de libertad e igualdad de los seres humanos. Todos ellos

    contribuyeron a la conceptualizacin de los derechos humanos.

    Las ideas de Charles Montesquieu (1689 - 1755) y Juan Jacobo

    Rousseau (1712-1778) en Francia, son fundamentales.

    Montesquieu critic severamente los abusos de la Iglesia y del

    Estado. Al estudiar las instituciones y costumbres francesas de la

    poca, dio formas precisas a la teora del gobierno democrtico

    parlamentario con la separacin de los tres poderes, legislativo,

    ejecutivo y judicial, como mecanismo de control recproco entre

    los mismos, acabando tericamente con la concentracin del

    poder en una misma persona y los consecuentes abusos y

    atropellos que histricamente haba producido el irrestricto poder

    del monarca en contra de los seres humanos.

    Por su parte Jean Jacques Rousseau, denunci vigorosamente las

    injusticias y miserias resultantes de la desigualdad social de su

    poca, propugn la idea de una sociedad basada en igualdad

    absoluta, en la que cada miembro, a la par que se somete a las

    decisiones del colectivo, es al mismo tiempo parte del pueblo

    soberano, cuya voluntad general constituye la Ley.

    Estas ideas de Rousseau favorecieron a la elaboracin del

    concepto de los derechos humanos al plantear la necesidad de la

    existencia de una igualdad entre los hombres, quienes deben

    someter su voluntad individual a la voluntad del colectivo, con el

    objeto de alcanzar el bienestar para todos.

  • 7

    En 1776 la Declaracin de Independencia, redactada por Thomas

    Jefferson y aprobada por los Estados Unidos el 4 de julio del

    referido ao, proclamaba lo siguiente: "Sostenemos como

    verdaderas evidencias que todos los hombres nacen iguales, que

    estn dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables,

    entre los cuales se encuentra el derecho a la vida, a la libertad y a

    la bsqueda de la felicidad...", consagrndose algunos derechos

    individuales.

    Pero el desarrollo conceptual de los derechos humanos

    individuales alcanza su mayor riqueza en las ideas liberales de la

    Revolucin Francesa en 1789, con la Declaracin de los Derechos

    del Hombre y del Ciudadano, en donde se expresa el carcter

    universal de los derechos humanos y su pertenencia al hombre por

    ser humano. Esta Revolucin se dio en momentos en que millones

    de personas eran objeto de opresin.

    Ms tarde, luego del reconocimiento de los derechos individuales,

    comienza una nueva lucha. Los movimientos obreros emprenden la

    defensa de los derechos humanos desde una perspectiva

    colectiva, de manera ms amplia, es el momento en el que los

    trabajadores exigen sus reivindicaciones. Las revoluciones

    mexicana y rusa de 1917, constituyen hechos histricos

    determinantes para la consagracin jurdica de estos derechos

    colectivos, que han sido denominados derechos econmicos y

    sociales en las legislaciones internas.

    Otro acontecimiento importante en la historia de los derechos

    humanos, lo configura la segunda guerra mundial, pues sus

    secuelas contribuyeron a que la comunidad internacional dirigiera

    su inters hacia el establecimiento de estos derechos en

    declaraciones y pactos internacionales, lo que permiti el

    reconocimiento y supervisin de los mismos, ms all del mbito

    interno de cada Estado, como explicaremos ms adelante.

    Todos estos movimientos, que hemos revisado de manera sucinta,

    dieron sus aportes para la consagracin de los derechos humanos

    tanto en las constituciones internas de las diferentes naciones,

    como en los instrumentos internacionales.

  • 8

    Derechos Civiles y Polticos

    Histricamente los Derechos Humanos nacen de la Proclamacin de los Derechos Civiles y Polticos, recibiendo el nombre de Derechos de la Primera Generacin.

    Cuando estos se originaron recibieron primero los nombres de derechos innatos, esenciales o los del hombre y ciudadano.

    En el origen, los derechos individuales son concebidos a partir de la expresin de los "derechos innatos" o "esenciales". El portador, que era el hombre, en el estado de naturaleza, antes de la entrada hacia el Hombre en la Sociedad. El Hombre ingres a este estado social por medio de un pacto reconociendo, reforzando y garantizando los Derechos preexistentes.

    Ante esto se proclam la facultad de todo ser Humanos frente al Estado de la siguiente manera

    Derechos Civiles: exigencia de los hombres frente al poder del Estado, fijando la exclusin de su Actuacin. "Derecho de Autonoma"

    Derechos Polticos: Participacin de los Ciudadanos en la conformacin del Estado por medio del Derecho a Sufragio. "Derecho de Participacin"

    Los Derechos Individuales estn vinculados Ideolgicamente con el pensamiento Liberal Burgus y se consolidaron en las formas posteriores del Estado de Derecho. El sujeto activo de este es la persona individual, considerada absoluta y aislada, denominndola finalmente "derechos individuales"

    Mientras tanto el sujeto pasivo est constituido por los Poderes del Estado. Entre los derechos civiles y polticos podemos destacar:

    Derecho a la vida Derecho al honor Derecho a la libertad de expresin Derecho a elegir y ser elegido Derecho a peticin Derecho al libre trnsito

  • 9

    Derechos Econmicos, Sociales y Culturales:

    Los derechos econmicos, sociales y culturales incluyen los derechos a la alimentacin, a

    la vivienda adecuada, a la educacin, a la salud, a la seguridad social, a la participacin

    en la vida cultural, al agua y saneamiento, y al trabajo.

    Son los denominados Derechos de Segunda Generacin. Son resultantes de los

    cambios producidos por la Revolucin Industrial y la Tecnolgica, al advertirse la

    necesidad de la intervencin del Estado en la defensa de los derechos a la

    Educacin, Salud, libre Sindicalizacin, la cultura y otras actividades de

    importancia similar.

    Se observa igualmente que los partidos polticos se fueron constituyendo como

    elementos esenciales de la democracia.

    Recalcamos tambin que estos Derechos tienen la caractersticas de ambigedad

    en el sentido de la Aplicacin ya que podemos caracterizar por que el derecho al

    Trabajo puede verse como de carcter Econmico pero tambin Social.

    En lo que respecta a sus representaciones Individuales se lo Caracteriza de la

    Siguiente Forma:

    Derechos Econmicos:

    Podemos definir de varias maneras a los Derechos Econmicos, esto es a partir

    de que se formaron por medio de Diferentes Puntos de vista, pero este incluye la

    Nocin normal del Derecho pero vinculado con la creacin, distribucin y

    consumo de la riqueza Econmica. Influye tambin en lo que respecta a los

    Intereses Privados de la Persona y hasta tal vez el mismo Control que puede

    ejercer el Estado dentro de este mbito.

    Dentro del Derecho Econmico podemos encontrar varias Distinciones, pero en si

    la Principal est vinculada o dirigida hacia el Trabajador facultndolo de:

    EL DERECHO AL TRABAJO

    EL DERECHO A UN SALARIO JUSTO

    EL DERECHO A LA SINDICACION

  • 10

    Derechos Sociales:

    Cualquier definicin de derechos sociales depende del elemento que se tome como caracterizarte. Por ejemplo, existen ciertos derechos sociales, como el derecho de huelga o la libertad sindical, que presentan una configuracin propia de los derechos de libertad, a pesar de haber sido positividades como derechos sociales. Su satisfaccin se obtiene antes por una abstencin que por una intervencin de los poderes pblicos y privados, y en realidad podran considerarse como derechos de libertad de ejercicio colectivo.

    En el caso de los derechos sociales, su relevancia jurdica y su complejidad estructural aparecen con mayor claridad si se los considera como derechos a prestaciones de bienes o servicios, principalmente frente al Estado, tendentes a satisfacer las necesidades bsicas que permitan a los individuos desarrollar sus propios planes de vida.8 Esta dimensin prestaciones resalta el carcter econmico de los derechos sociales, cuya satisfaccin exige una transferencia de recursos de los sectores ms ricos a los ms pobres y, por lo tanto, genera fuertes reticencias en aquellos cuando se pretende garantizarlos jurdicamente.

    Claro que esta distincin no significa desconocer la importancia de los derechos de libertad de ejercicio colectivo en la conquista de derechos sociales. Si se considera que ms all de las tcnicas jurdicas de proteccin que puedan instrumentarse, finalmente la sociedad no dispone de otra garanta que de s misma; derechos como la asociacin, la huelga o la libertad sindical, constituyen una va irremplazable para evitar que los derechos sociales se minimicen o slo puedan existir como concesiones ex principios, otorgadas desde el poder en un esquema corporativo, y no como conquistas ex ppulos, obtenidas desde abajo por los propios interesados.

    DERECHO A LA SALUD DERECHO A LA SEGURIDAD

  • 11

    Derechos Culturales:

    Este Segmento del Derecho se dirige a la visin de la Persona en la Bsqueda de su Desarrollo Intelectual por medio del Conocimiento Cientfico, la Proteccin de los Intereses Morales y toda aquella que est Vinculada con el Desarrollo antes nombrado.

    Se caracteriza por una Doctrina significativa segn la realidad cultural en la que sta se pone en Prctica, buscando la igualdad y la igualdad hacia una Identidad Propia y protegiendo tambin los de aquellas Culturas Minoritarias.

    La Identidad, la Educacin y la Informacin son los pilares de ste Derecho permitiendo a la Persona un Desarrollo de Coeficiente Intelectual.

    Dentro de este Derecho vamos a Encontrar una serie de Disposiciones que la Persona puede exigir.

    DERECHO A LA proteccin de los intereses morales, promocin cultural de la identidad cultural DERECHO A la libertad de creacin e interpretacin artsticas.

  • 12

    CONCLUCIN

    Es fundamental el cumplimiento de los derechos humanos, vivimos

    en una sociedad que acostumbra a pasar a llevar a los dems porque

    simplemente no son iguales a ellos, frente a una desigualdad de

    clases sociales impresionante en todos los mbitos de calidad de

    vida, an no logramos que exista un equilibrio entre nosotros y

    tampoco est inculcado que al fin y al cabo todos somos iguales. En

    pocas anteriores, stos derechos fueron brutalmente violados, el ser

    humano era vulnerable, hoy en da claramente no es llegar e

    ignorarlos, pero an as nos encontramos ante personas que se

    sienten con la autoridad de decidir sobre otros, lo vemos en casos

    como el aborto, o bien casos de inmigrantes explotados

    laboralmente. Temas tan comunes en nuestra sociedad, que an no

    son totalmente digeridos por la poblacin, como lo son por ejemplo,

    el derecho a la libertad de opinin y expresin, estamos frente a un

    escenario en donde la gente intenta cada da hacerse escuchar ms,

    sentirse libres de sentir, valga la redundancia, esperando la

    aceptacin de parte de sus pares en temas tan polmicos como la

    homosexualidad, consumo libre de marihuana para tratamientos

    mdicos, o algo tan latente como lo es un derecho a una educacin

    digna e igualitaria para todos. Como futuros profesionales de la

    salud, debemos en nuestra formacin acadmica fortalecer nuestros

    ideales y el respeto por stos derechos, aprender a tratar con todos y

    velar por el cumplimiento y puesta en accin de stos derechos que

    son inviolables y obligatorios.

  • 13

    ANEXO

    .Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distincin de

    raza, color, idioma, posicin social o econmica.

    . Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurdica.

    . Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.

    .Nadie estar sometido a esclavitud o servidumbre.

    .Nadie ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o

    degradantes, ni se le podr ocasionar dao fsico, psquico o moral.

    . Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar,

    domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputacin.

    . Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.

    . Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

    . En caso de persecucin poltica, toda persona tiene derecho a buscar asilo y

    a disfrutar de l, en cualquier pas.

    .Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el nmero de

    hijos que desean.

    .Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religin.

    . Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinin y expresin de ideas.

    .Toda persona tiene derecho a la libertad de reunin y de asociacin pacfica.

  • 14

    FICHA BIBLIOGRAFICA.

    1Portal de Internet de la Comisin Nacional de los Derechos

    Humanos. http://www.cndh.org.mx/ 2Alto Comisionado de

    Naciones Unidas, Diagnstico sobre la situacin de los

    derechos humanos en Mxico, Mxico, Mundi Prensa, 2003.

    Mireille Roccatti, El Ombudsman. Su impacto en los pases

    latinoamericanos, Razn y Palabra Primera Revista

    Electrnica de Amrica Latina Especializada en

    Comunicacin, Nm.. 22 mayo-julio 2001. Disponible en

    Internet en:

    http://www.razonypalabra.org.mx/anteriores/n22/22_mroc

    catti.html Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de

    Vitoria O.P.. A.C. http://www.derechoshumanos.org-mx 8

    Impresa en RAGA Diseo e Impresin - Rafael Garca Valdez,

    ubicado en Zacatecas #35-503, Col. Roma, Del.

    Cuauhtmoc, C.P. 06700. Tel./Fax: 5584-1121. Se termin

    de imprimir en el mes de septiembre de 2008.