términos jurídicos más utilizados

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  • 8/17/2019 Términos Jurídicos más utilizados

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    La discusión por la Ley de Servicios Audiovisuales fue ganando un lugar cada vez más importante en los diversos medios de comunicación. Fue así como sus protagonistas, abogados de las partes, jueces e integrantes del Poder Ejecutivo, comenzaron a utilizar una terminología que para muchos argentinosresulta prácticamente inentendible. 

    Es más, hasta en algunas oportunidades determinados conceptos no llegaban a quedar claros y daban lugar a distintas interpretaciones.

    Es así que palabras o expresiones tales como recusación, excusación, denegación de justicia, per saltum y medidas cautelares comenzaron a oírse con asiduidad en la radioy en la televisión y a leerse en los diarios, revistas y medios online.

    Incluso, el propio ministro de Justicia Julio Alak tuvo que brindar conferencias de prensa para explicar por qué debían intervenir los jueces de cierto fuero en lugar de otro.

    En este contexto, la expectativa se centraba en el 7D. Concretamente, porque ese

     día vencía una medida cautelar del Grupo Clarín contra la aplicación del artículo 161 dela Ley de Servicios Audiovisuales, sancionada en noviembre de 2009. Según este grupo, en base a dicho artículo debería desprenderse de una cantidad determinada de licencias de medios lo cual es, a su criterio, inconstitucional (por estar en contra de la Constitución Nacional).

    De acuerdo con Clarín, las mismas fueron obtenidas conforme a la ley vigente al momento de su otorgamiento, por lo que sostiene que la aplicación de la nueva normativa afecta sus derechos adquiridos. Así las cosas, aunque la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual(AFSCA) había emitido una serie de resoluciones con el fin de hacer cumplir lo que establece el nuevo texto legal a partir del lunes 10 de diciembre, ahora el esc

    enario cambió. Sucede que, este jueves por la tarde, la medida cautelar fue prorrogada hasta que se resuelva la cuestión de fondo, lo cual no obliga -por el momento- a Clarín a presentar ya mismo un plan de adecuación para desprenderse de sus licencias, a travésde un procedimiento especial.

    Al respecto, el titular de AFSCA, Martín Sabbatella, afirmó que iba a recurrir a laCorte Suprema para que reviera esa decisión, considerando que el máximo tribunal yahabía emitido una sentencia en la que sostenía que no se puede prorrogar indefinidamente dichas medidas. 

    Sea de una forma u otra, en el ámbito judicial lo que se espera -en definitiva- es que se defina la cuestión de fondo. Un glosario para entender qué está pasando y pasaráQuien se encuentre familiarizado con la terminología jurídica seguramente comprendequé pasa aunque no por ello sabe qué va a pasar. Pero aquellas personas que ven día a día cómo el tema ocupa más y más titulares y cómo elnflicto entre el Gobierno y el Grupo Clarín se fue profundizando sin llegar a entender bien qué sucede, se están perdiendo "un capítulo" importante. Es por ello que iProfesional.com brinda a continuación una suerte de "glosario" que de forma sencilla busca "hacer fácil lo difícil":

     1) Recusación: este procedimiento tiene por objeto impugnar, es decir rechazar, la actuación de un juez en un proceso -en el marco de una causa- cuando una de las p

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    artes considera que no es apto porque su imparcialidad está en duda.

    2) Excusación: en este caso, el propio juez pide apartarse porque siente afectadasu imparcialidad y ello le impide emitir una sentencia.

    Por ejemplo, podrá ser solicitado cuando el magistrado mantuviera alguna relación personal con alguna de las partes (pariente, amigo, enemigo); recibiera regalos de

     ellas, hubiera sido su representante ante terceros o hubiera prejuzgado el caso antes de conocerlo.

    El juez que "no se excuse" conociendo la existencia de un impedimento incurre en "mal desempeño de su función". En tanto, el que es "recusado" simplemente es "separado" del conocimiento del litigio.

    3) Denegación de justicia: se trata de un delito reprimido por el Código Penal argentino en los artículos 273 y 274. 

    En el primero de ellos, el sujeto a quien se acusa es al juez en sentido amplio. La pena asignada es la de inhabilitación absoluta de uno a cuatro años.

    Para el segundo caso, el de retardo de justicia -es decir, cuando no se dicta sentencia- se aplica la misma sanción que en el anterior.

    Y se considera el delito cuando el magistrado, en forma maliciosa, no administre justicia (no dicte cualquier resolución que deba hacer) vencidos los plazos legales y habiendo sido requerido por las partes.

    4) Medida cautelar: en la práctica, se traduce en que si hay un juicio en marcha puede llegar a pasar mucho tiempo hasta que termine. 

    Apunta a que no sea aplicable cierta norma porque afecta a una de las partes hasta que se resuelva la cuestión de fondo, como es el caso de la constitucionalidaddel artículo 161 que cuestiona Clarín. Es lo que sucede, por ejemplo, cuando se presenta un amparo. Se aplica sólo al solicitante de esa medida.

    5) Per saltum: hace poco menos de un mes, el Congreso a través de una ley le dio la posibilidad a la Corte Suprema de Justicia de la Nación de intervenir, de oficio o a pedido de parte, en el conocimiento de causas judiciales salteándose las etapas normales, es decir lo que se conoce como primera (juzgado) y segunda instancia (cámara). Pero, para ello, debe haber una circunstancia de gravedad institucional. Esto es algo que impulsó el oficialismo recientemente y consiguió, con éxito, la sanción de lanorma.

    6) Sentencia de fondo: en estos casos, el juez resuelve sobre el tema que se leha planteado, dando la razón a una u otra parte.

    Es decir, para el caso de Clarín concluirá cuando se dictamine si es constitucionalo no el artículo 161 de la ley. De todas maneras, quien resulte afectado por el fallo va a poder apelar. La "apelación" podría llegar a suspender la sentencia -para el caso favorable al Gobierno o

     al Grupo Clarín-. Concretamente, si eso sucede, no se va a poder efectivizar la desinversión de Clarín

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