tercer informe trimestral abril - junio...

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III INFORME

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III INFORME

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 2

HONORABLE AYUNTAMIENTO DE CUAUHTÉMOC

Presidente.- C. Elías Humberto Pérez Holguín

Secretario Municipal.- Lic. Rafael Ernesto Cavazos Aragón

Regidor Lic. Héctor Ubaldo Rodríguez Loya

Regidor Lic. Homero Édgar Lujan Castillo

Regidor C. Rogelio Quintana

Regidora Lic. Myriam Guadalupe Maldonado Pérez

Regidora C. María Socorro Chávez

Regidora C. Irma Gloria Castillo Macías

Regidora C. Diana Lizbeth Jauregui Rocha

Regidor C. Benjamín Gutiérrez Ramos

Regidora C.P. Verónica Mayela Escalante Romero

Regidora Profra. Jacinta Angélica Chávez García

Regidora Profra. Lourdes Mendoza Rodríguez

Regidor Ing. Jorge Alberto Flores Rodríguez

Regidora C. Francisca Teresita Estrada Muñoz

Regidora Lic. María Goretti Lerma Renova

Regidor C. Pedro Zúñiga Lira

Regidor Profr. Eduardo Marín Maldonado

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 3

INTRODUCCION

La Función del Auditor Gubernamental es el de promover una cultura ética en la profesión

global de auditoría en la Administración Pública, para ello es necesario y apropiado contar

con lineamientos de actuación para la función de auditoría, ya que ésta se basa en la

confianza sobre el aseguramiento objetivo en cuanto a riesgos, controles . El Auditor

Gubernamental debe ser un profesional en técnicas administrativas, contables, jurídicas y

otras disciplinas afines, siendo su preocupación principal el lograr el mejoramiento de los

sistemas de administración financiera y control de los recursos públicos. El ejercicio de sus

actividades debe desarrollarse en el marco de las disposiciones legales, reglamentarias y

normas técnicas, por lo que es necesario garantizar su cumplimiento, en virtud de regular

el proceder profesional del auditor para que pueda ejercer un control y evaluación

gubernamental a través de las labores de prevención y fiscalización.

Por tanto en cumplimiento a la obligaciones de inspección y vigilancia que establece el

código municipal para el estado de chihuahua, en sus artículos 30, 36 A Y 36 B del Código

Municipal del Estado de Chihuahua. Esta sindicatura presenta su tercer informe de

actividades, en el cual se presenta tanto las observaciones de cada una de las auditorías

practicadas, así como recomendaciones hechas para el mejor desempeño de la

administración, las cuales daremos el seguimiento correspondiente a lo largo de la

administración 2016-2018 donde de manera constante se estará trabajando en vigilar el

mejor aprovechamiento de los recursos tanto económicos, como materiales y humanos.

A T E N T A M E N T E

L.C. LETICIA IVONNE ORDOÑEZ AGUILAR

SÍNDICO DEL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 4

INDICE

1. ACTIVIDADES ………………………………………………………………………………………………………………………………………........ 5

1.1 SESIONES DE AYUNTAMIENTO …………………………………………………………………………………………………........ 5

1.2 CUROS Y CAPACITACIÓN ……….…………………………………......................................................................... 6

2. CONTRALORIA SOCIAL…………………………………………………………………………………………………………………………........ 6

2.1 ACTIVIDADES DE CONTRALORIA SOCIAL…………………………………………………………………………………………....... 6

2.2 RESULTADOS DE CAPTACIÓN……..………………………..………………………………………………………………………......... 8

3. AUDITORIA FINANCIERA………………………………………………………………………………………………………………………........ 11

3.1. ANALISIS FINANCIERO ……………………………………………………………………………………………………………………….… 11

3.2. AUDITORIAS REALIZADAS…………………………………………………………………………………………………………………….. 40

3.2.1 IMPUESTO PREDIAL………………………………………..………….……………………………………………………………… 40

3.2.2 SECCIONAL ANAHUAC……………………………………………………………………………………………………………….. 47

3.2.3 SECCIONAL ALVARO OBREGON………………….…………………………………………………………………………...... 57

3.2.4 TESORERIA ……………………………………………………………………………………………………………………………….. 72

3.2.5 DESARROLLO RURAL…….………………………………………………………………………………………………………....... 77

3.2.6 FOMENTO ECONOMICO ……...………………………………………………………………………………………………….. 90

3.2.7 OBRAS PUBLICAS ……...………….………………………………………………………………………………………………….. 92

3.2.8 OFICIALIA MAYOR…………..……………………………………………………………...……………………………………….... 97

3.2.9 COMUNICACIÓN SOCIAL ………...………...…………………………………………………………………………………..... 113

3.2.10 RASTRO TIF CUAUHTEMOC ………...……………….………………………………………………………………………... 124

4. AUDITORIAS EN PROCESO …………………………………………………………………………………………………………………......... 126

4.1 REVISION A INGRESOS POR CORTES DE CAJA ….…………………………………………………………………………........... 126

5. COMITES…………………………………………………………………………………………………………………………………………….......... 126

5.1 COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC......... 126

5.2 COMITÉ TECNICO RESOLUTIVO DE OBRA PÚBLICA ……………………………………………………………………........... 131

6. AUDITORIA DE OBRA PÚBLICA ………………………………………………………………………………………………………….......... 133

6.1 AUDITORIAS REALIZADAS …………………………………………………………………………………………………………............ 133

6.1.1 CONSEJO DE URBANIZACION MUNICIPAL ………...…………………………………………………………………….. 6.1.2 OBRAS EN PROCESO ………...……………………………………………………………………………………………………..

133 135

6.2 DICTAMENES DE FACTIBILIDAD ………………….………………………………………………………………………………........... 141

6.3 OBRAS TERMINADAS ………………….……………………………………………………………………………………………….......... 146

8. MARCO LEGAL…………………………………………………………………………………………….................................................. 157

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 5

1. ACTIVIDADES

1.1 SESIONES DE AYUNTAMIENTO

Se ha acudido a las siguientes Sesiones del periodo comprendido del 01 de abril al 30 de

junio de 2017, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 36 B fracción I del Código

Municipal para el Estado de Chihuahua:

FECHA TIPO ACUERDOS

04-abr-17 ORDINARIA 5

25-abr-17 ORDINARIA 5

08-may-17 EXTRAORDINARIA 1

09-may-17 ORDINARIA 7

22-may-17 ORDINARIA 12

08-jun-17 ORDINARIA 3

22-jun-17 ORDINARIA 4

1.2 CURSOS Y CAPACITACIÓN.

Como parte de la capacitación que se requiere para el mejor desempeño en esta sindicatura

se tomó un curso taller de “El marco normativo de las participaciones, aportaciones

federales y los convenios con la federación. Órganos de Control Interno”.

Así mismo desde el mes de marzo se inició con un diplomado en “Ley de Disciplina

Financiera” concluyendo en el mes de Junio del presente. Destacando los siguientes temas:

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 6

- Bases Generales y Reglas de Disciplina Financiera

- Deuda Publica y Obligaciones

- Sistema de Alertas y Registro Público

- Lineamientos de Disciplina Financiera

2. CONTRALORIA SOCIAL.

2.1 ACTIVIDADES DE CONTRALORIA SOCIAL.

Contraloría social también tiene la responsabilidad de actualizar la información en

el portal de transparencia y en este trimestre se llenaron los formatos

correspondientes a las obligaciones que tiene Sindicatura.

Seguimos dándole difusión al programa de Contraloría Social llamado “Yo Participo”

por medio del módulo móvil, línea telefónica, volantes, redes sociales, correo

electrónico y se agregó una herramienta tecnológica la APP de YO PARTICIPO, que

se descarga gratis en el celular, en el cual hemos recibido una excelente respuesta

por parte de los ciudadanos.

Instalación del módulo móvil “Yo participo” en el evento de “Gobierno Junto a ti”,

programa estatal donde se instalan puntos de atenciones ciudadana por parte de

las dependencias municipales y estatales para la atención ciudadana y tener el

correcto y efectivo acercamiento con los mismos; se captaron varias solicitudes de

los ciudadanos a las cuales se les está dando el adecuado seguimiento y

supervisión.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 7

INSTALACIÓN DEL MÓDULO MOVIL

CERCANIA CON LOS CIUDADANOS Y CAPATACIÓN DE SOLICITUDES

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 8

2.2. RESULTADOS DE CAPTACION.

Se describe a continuación los resultados obtenidos en la Contraloría Social en el

periodo que comprende del mes de abril a junio del presente.

SOLICITUDES ATENDIDAS.

Se captaron por medio de la atención ciudadana varias solicitudes en el módulo

permanente que tenemos en la oficina que ocupa la Sindicatura Municipal, vía

telefónica, por correo electrónico, por medio del módulo móvil y el llenado del formato

de demandas, denuncias y quejas, así como también se recibieron peticiones por medio

de la red social que manejamos; estas solicitudes se procesan, clasifican y canalizan a

las diferentes direcciones de la administración municipal y de igual manera se le da el

oportuno seguimiento a cada una de ellas.

En el periodo de Abril a Junio se canalizaron apoyos y tramites a las dependencias de

desarrollo social, alumbrado y solicitudes para limpieza de parques a servicios públicos,

raspado y mejora de calles a obras públicas, deportes, así como solicitudes de algunas

dependencias educativas entre otros donde se logró la eficiencia en el asunto particular

del ciudadano que lo solicito.

Se le dio atención a la Asociación Civil “Vivir es una Maravilla”, proporcionándole

herramientas a dicha asociación como lo fue el logo y la hoja membretada para sus

trámites de apoyo que ellas como asociación necesitan.

Contraloría Social estuvo al pendiente los trámites solicitados respecto a la señalización

en las escuelas, por lo cual se solicitó apoyo a vialidad y tránsito para darle

mantenimiento a los pasos peatonales de las mismas, y algunas escuelas son las

siguientes:

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

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Jardín de Niños Francisco Gabilondo Soler

Escuela Primaria Federal Leona Vicario Y Jaime Nunó

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

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La contraloría social es la herramienta ciudadana, en esta ocasión visitamos vecinos del

Barrio Delicias y Obras Públicas ya que había muchas dudas acerca del Proyecto del

Boulevard Fernando Baeza, por lo cual se citó a una reunión para disipar dudas y mostrarles

el proyecto tal cual se va a llevar a cabo en los próximos días.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 11

3. AUDITORIA FINANCIERA

3.1 ANALISIS FINANCIERO

A continuación se presenta un análisis de los Ingresos de Abril, Mayo y Junio de 2017:

Durante el período del 1º al 30 de Abril del 2017, como se puede observar, se recaudaron

Ingresos por la cantidad de $46’596,166 dentro de los cuales por concepto de

Participaciones ingresó la cantidad de $ 33’355,515 pesos, mismos que representan el 72%

del total de los Ingresos del período, y dentro de los cuales conceptos como Fondo General

y FORTASEG representan el 42% y 24% de las Participaciones respectivamente.

Los ingresos extraordinarios representan el 9% del total de los ingresos gracias al Fondo

para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal (FORTALECE) y a los

Proyectos de Desarrollo Regional.

Los derechos representan el 7% del total de los Ingresos recaudados, siendo el Derecho

de Alumbrado Público que representa el 69% de estos, el más significativo.

Los Productos y Aprovechamientos representan por su parte el 6% del total de los Ingresos

recaudados, siendo las multas que representan un 48% las más relevantes.

Los Impuestos representan el 5% del total de los Ingresos recaudados, siendo el Impuesto

sobre Traslación de Dominio que representa el 65% y el Impuesto Predial con el 33% los

Impuestos más significativos.

PARTICIPACIONES$33'355,515

72%

PROD. Y APROVECHAMIENT…

DERECHOS Y CONTRIB. DE

MEJORA$3'420,256

7%

IMPUESTOS $2'294,844

5%

EXTRAORDINARIOS$4'699,480

10%

INGRESOS ABRIL 2017$46'596,166

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 12

Durante el período del 1º al 31 de Mayo del 2017, como se puede observar, se recaudaron

Ingresos por la cantidad de $45’610,971 pesos, dentro de los cuales por concepto de

Participaciones, se recaudó la cantidad de $ 36’519,834 mismos que representan el 80%

del total de los Ingresos del período, siendo los más relevantes el Fondo General y

FORTASEG que representan el 46% y el 22 % de las Participaciones respectivamente.

Los Impuestos representan el 6% del total de los Ingresos recaudados, siendo el Impuesto

sobre Traslación de Dominio que representa el 62% del total de estos, el más significativo.

Los derechos representan el 8% del total de los Ingresos recaudados, siendo el Derecho

de Alumbrado Público que representa el 67%, el más relevante.

Los Productos y Aprovechamientos representan por su parte el 5% del total de los Ingresos

recaudados, siendo las multas que representan un 52% las más relevantes.

PARTICIPACIONES$36'519,834

80%

PROD. Y APROVECHAMIENTOS

$2'421,9425%

DERECHOS Y CONTRIB. DE

MEJORA$3,518,444

8%

IMPUESTOS $3'144,752

6%

EXTRAORDINARIOS$6,000

.00013%

INGRESOS MAYO 2017$45'610,971

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 13

Durante el período del 1º al 30 de Junio del 2017, como se puede observar, se recaudaron

Ingresos por la cantidad de $49’558,905 pesos, dentro de los cuales por concepto de

Participaciones, se recaudó la cantidad de $33’387,567mismos que representan el 67% del

total de los Ingresos del período, siendo los más relevantes el Fondo General y FORTASEG

que representan el 43% y el 24 % de las Participaciones respectivamente.

Los ingresos extraordinarios representaron un 18% debido a los programas federales como

lo son el Fortalecimiento Financiero para la Inversión (FORTAFIN) y el Fondo para el

Fortalecimiento de la infraestructura Estatal y Municipal 2017 (FORTALECE).

Los Impuestos representan el 7% del total de los Ingresos recaudados, siendo el Impuesto

de Traslación de Dominio que representa el 63% del total de estos, el más significativo,

seguido por el impuesto Predial que representa el 36%.

Los Productos y Aprovechamientos representaron el 5% del total de los Ingresos

recaudados, siendo las multas que representan un 55% las más relevantes.

Los derechos por su parte representan el 3% del total de los Ingresos recaudados, siendo

las Licencias de Construcción que representa el 45%, la más significativa.

PARTICIPACIONES$33'387,567

67%

PROD. Y APROVECHAMIENT

OS$2'423,051…

DERECHOS$1'458,536

3%

IMPUESTOS$3'468,440

7%

EXTRAORDINARIOS$8'821,310

18%

INGRESOS JUNIO 2017$49'558,905

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 14

A continuación se presenta un análisis de los Ingresos de Abril, Mayo y Junio de 2017:

Durante el periodo del 1° al 30 de Abril del 2017, como se puede observar, se realizaron

Egresos por la cantidad de $27, 726,087.00, mismo que se integran como sigue:

Los Servicios Personales representan el 46% del total de los Egresos del Periodo siento

sus principales conceptos Sueldo Base, Compensaciones y Cuotas IMSS que representan

el 23%, 23% y 16% respectivamente del total de los Servicios Personales.

Las transferencias representan el 25% del total de Egresos del periodo, siendo sus

principales conceptos, Seccional de Anáhuac y Seccional de Álvaro Obregón y Subsidios

al DIF que representa el 39%, 33% y 8% respectivamente del total de transferencias.

Los Servicios no Personales representan el 17% del total de los Egresos del periodo, siendo

sus principales conceptos Mantenimiento y Reparación de Vehículos y Alumbrado Público

que representan el 8% y el 78% de los Servicios No Personales.

La Obra Pública representa el 14% del total de los Egresos del periodo, siendo sus

principales conceptos Pavimentación Seccional Álvaro Obregón e Infraestructura Educativa

que representan el 76% y el 10% de la Obra Pública.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

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Durante el periodo del 1° al 31 de Mayo del 2017, como se puede observar, se realizaron

Egresos por la cantidad de $40, 985,675.00, mismo que se integran como sigue:

Las transferencias representan el 44% del total de Egresos del periodo, siendo sus

principales conceptos, Servicios Educacionales a Personas, Festival Tres Culturas,

Seccional de Anáhuac y Seccional de Álvaro Obregón que representa el 32%, 21%,14% y

12% respectivamente del total de transferencias.

Los Servicios Personales representan el 28% del total de los Egresos del Periodo siento

sus principales conceptos Sueldo Base, Compensaciones y Cuotas IMSS que representan

el 27%, 26% y 9% respectivamente del total de los Servicios Personales.

Los Servicios no Personales representan el 18% del total de los Egresos del periodo, siendo

sus principales conceptos Mantenimiento y Reparación de Vehículos y Alumbrado Público

que representan el 26% y el 42% de los Servicios No Personales.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 16

Durante el periodo del 1° al 30 de Junio del 2017, como se puede observar, se realizaron

Egresos por la cantidad de $37, 249,068.00, mismo que se integran como sigue:

Los Servicios Personales representan el 38% del total de los Egresos del Periodo siento

sus principales conceptos Sueldo Base, Compensaciones y Cuotas IMSS que representan

el 27%, 26% y 12% respectivamente del total de los Servicios Personales.

Las transferencias representan el 29% del total de Egresos del periodo, siendo sus

principales conceptos Servicios Educacionales a Personas, Festival Tres Culturas,

Seccional de Anáhuac y Seccional de Álvaro Obregón que representa el 17%, 14%, 21% y

18% respectivamente del total de transferencias.

La Obra Pública representa el 14% del total de los Egresos del periodo, siendo sus

principales conceptos Pavimentación Seccional Álvaro Obregón e Infraestructura Educativa

que representan el 76% y el 10% de la Obra Pública.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 17

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 2,295,602.00 994,541.70 100% 43%

SERVICIOS NO PERSONALES 540,087.00 147,742.12 100% 27%

MATERIALES Y SUMINISTROS 807,129.00 374,341.29 100% 46%

TRASNFERENCIAS 2,355,600.00 2,067,384.83 100% 88%

TOTAL 5,998,418.00 3,584,009.94

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

TRASNFERENCIAS

100% 100% 100%100%

43%

27%

46%

88%

PRESIDENCIA MUNICIPAL

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 18

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 8,765,106.00 3,759,120.72 100% 43%

TOTAL 8,765,106.00 3,759,120.72

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES

100%

43%

AYUNTAMIENTO

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 19

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 5,813,661.00 2,447,456.74 100% 42%

SERVICIOS NO PERSONALES 139,600.00 142,799.62 100% 102%

MATERIALES Y SUMINISTROS 446,184.00 205,338.32 100% 46%

TRANSFERENCIAS 309,100.00 213,424.75 100% 69%

TOTAL 6,708,545.00 3,009,019.43

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

TRANSFERENCIAS

100% 100% 100% 100%

42%

102%

46%

69%

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 20

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 10,170,400.00 5,131,174.84 100% 50%

SERVICIOS NO PERSONALES 1,185,073.00 640,109.82 100% 54%

MATERIALES Y SUMINISTROS 1,112,146.00 516,676.10 100% 46%

TRANSFERENCIAS 114,675,353.00 43,360,881.91 100% 38%

EQUIPAMIENTO Y MAQ 30,000.00 - 100% 0%

TOTAL 127,172,972.00 49,648,842.67

PORCENTAJE

SERVICIOSPERSONALES

SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

TRANSFERENCIAS EQUIPAMIENTO YMAQ

100% 100% 100% 100% 100%

50%54%

46%

38%

0%

TESORERIA

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 21

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 7,607,472.00 3,432,633.93 100% 45%

SERVICIOS NO PERSONALES 3,673,017.00 795,053.55 100% 22%

MATERIALES Y SUMINISTROS 526,804.00 252,252.27 100% 48%

TRANSFERENCIAS 516,000.00 303,587.88 100% 59%

TOTAL 12,323,293.00 4,783,527.63

PORCENTAJE

SERVICIOSPERSONALES

SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

TRANSFERENCIAS

100% 100% 100% 100%

45%

22%

48%

59%

OFICIALIA MAYOR

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 22

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 39,913,588.00 17,788,544.84 100% 45%

SERVICIOS NO PERSONALES 8,786,441.00 4,216,800.52 100% 48%

MATERIALES Y SUMINISTROS 15,359,790.00 5,383,006.04 100% 35%

TRANSFERENCIAS 41,210.00 36,721.94 100% 89%

EQUIPAMIENTO Y MAQUINARIA 4,980,000.00 3,630,000.00 100% 73%

TOTAL 69,081,029.00 31,055,073.34

PORCENTAJE

SERVICIOSPERSONALES

SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

TRANSFERENCIAS EQUIPAMIENTO YMAQUINARIA

100% 100% 100% 100% 100%

45% 48%

35%

89%

73%

POLICIA

Presupuestado EJERCIDO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 23

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 2,047,545.00 925,858.45 100% 45%

SERVICIOS NO PERSONALES 707,794.00 219,086.50 100% 31%

MATERIALES Y SUMINISTROS 844,086.00 295,900.38 100% 35%

TOTAL 3,599,425.00 1,440,845.33

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

45%

31% 35%

BOMBEROS

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 24

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 2,563,832.00 1,241,385.95 100% 48%

SERVICIOS NO PERSONALES 11,906.00 14,381.38 100% 121%

MATERIALES Y SUMINISTROS 188,910.00 89,585.31 100% 47%

TOTAL 2,764,648.00 1,345,352.64

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

48%

121%

47%

PREFECTURA

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 25

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 14,748,658.00 6,356,395.10 100% 43%

SERVICIOS NO PERSONALES 3,007,000.00 928,912.14 100% 31%

MATERIALES Y SUMINISTROS 6,185,500.00 2,349,439.98 100% 38%

TOTAL 23,941,158.00 9,634,747.22

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES YSUMINISTROS

100% 100% 100%

43%31%

38%

VIALIDAD

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 26

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 967,883.00 401,153.66 100% 41%

SERVICIOS NO PERSONALES 229,414.00 74,340.32 100% 32%

MATERIALES Y SUMINISTROS 433,062.00 233,939.01 100% 54%

TOTAL 1,630,359.00 709,432.99

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

41%

32%

54%

PROTECCION CIVIL

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 27

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 536,759.00 216,631.84 100% 40%

SERVICIOS NO PERSONALES 25,947.00 19,273.76 100% 74%

MATERIALES Y SUMINISTROS 76,131.00 30,912.26 100% 41%

TOTAL 638,837.00 266,817.86

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

40%

74%

41%

PROGRAMAS PREVENTIVOS

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 28

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 5,753,258.00 2,753,015.21 100% 48%

SERVICIOS NO PERSONALES 408,243.00 230,969.21 100% 57%

MATERIALES Y SUMINISTROS 507,891.00 306,096.45 100% 60%

TOTAL 6,669,392.00 3,290,080.87

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

48%57%

60%

OBRAS PUBLICAS

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 29

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 3,915,619.00 1,784,361.79 100% 46%

SERVICIOS NO PERSONALES 2,683,151.00 1,532,067.38 100% 57%

MATERIALES Y SUMINISTROS 3,007,831.00 1,270,654.01 100% 42%

TOTAL 9,606,601.00 4,587,083.18

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

46%

57%

42%

PAVIMENTACION

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 30

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 2,989,531.00 1,477,578.53 100% 49%

SERVICIOS NO PERSONALES 457,277.00 268,300.98 100% 59%

MATERIALES Y SUMINISTROS 383,254.00 187,785.70 100% 49%

MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO 4,400,000.00 3,771,802.00 100% 86%

TOTAL 8,230,062.00 5,705,467.21

SERVICIOSPERSONALES

SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

MAQUINARIA YEQUIPAMIENTO

100% 100% 100% 100%

49%59%

49%

86%

SERVICIOS PUBLICOS

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 31

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 1,913,533.00 918,402.21 100% 48%

SERVICIOS NO PERSONALES 17,276,788.00 14,999,577.76 100% 87%

MATERIALES Y SUMINISTROS 5,424,411.00 829,063.68 100% 15%

TOTAL 24,614,732.00 16,747,043.65

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

48%

87%

15%

ALUMBRADO

PRESUPUESTADO EJERCIDOS

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Página 32

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 12,147,546.00 6,239,012.65 100% 51%

SERVICIOS NO PERSONALES 2,021,492.00 838,401.37 100% 41%

MATERIALES Y SUMINISTROS 1,241,355.00 357,226.28 100% 29%

TOTAL 15,410,393.00 7,434,640.30

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

51%

41%

29%

PARQUES Y JARDINES

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 33

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 18,153,751.00 9,369,206.13 100% 52%

SERVICIOS NO PERSONALES 6,837,256.00 3,653,981.71 100% 53%

MATERIALES Y SUMINISTROS 7,329,924.00 3,738,892.26 100% 51%

TOTAL 32,320,931.00 16,762,080.10

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

52%53% 51%

LIMPIEZA Y RECOLECCION

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 34

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 1,857,305.00 901,190.51 100% 49%

SERVICIOS NO PERSONALES 5,031,119.00 1,917,612.78 100% 38%

MATERIALES Y SUMINISTROS 133,980.00 43,915.28 100% 33%

EQUIPAMIENTO Y MAQUINARIA 210,558.00 49,132.00 100% 23%

TOTAL 7,232,962.00 2,911,850.57

SERVICIOSPERSONALES

SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

EQUIPAMIENTO YMAQUINARIA

100% 100% 100% 100%

49%38%

33%23%

COMUNICACION SOCIAL

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 35

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 9,132,111.00 4,567,552.20 100% 50%

SERVICIOS NO PERSONALES 2,951,675.00 968,789.95 100% 33%

MATERIALES Y SUMINISTROS 1,139,972.00 591,342.22 100% 52%

TRANSFERENCIAS 44,957,914.00 22,159,447.14 100% 49%

TOTAL 58,181,672.00 28,287,131.51

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

TRANSFERENCIAS

100% 100% 100% 100%

50%

33%

52%49%

DESARROLLO SOCIAL

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 36

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 1,427,878.00 593,577.40 100% 42%

SERVICIOS NO PERSONALES 132,733.00 56,745.27 100% 43%

MATERIALES Y SUMINISTROS 226,140.00 142,588.71 100% 63%

TRANSFERENCIAS 2,332,000.00 1,135,258.84 100% 49%

TOTAL 4,118,751.00 1,928,170.22

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

TRANSFERENCIAS

100% 100% 100% 100%

42% 43%

63%

49%

DESARROLLO RURAL

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 37

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 4,586,075.00 2,096,124.68 100% 46%

SERVICIOS NO PERSONALES 200,088.00 112,900.93 100% 56%

MATERIALES Y SUMINISTROS 1,335,311.00 206,580.84 100% 15%

TOTAL 6,121,474.00 2,415,606.45

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

46%

56%

15%

DESARROLLO URBANO

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 38

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 1,824,113.00 796,692.94 100% 44%

SERVICIOS NO PERSONALES 247,275.00 155,265.56 100% 63%

MATERIALES Y SUMINISTROS 243,032.00 126,738.82 100% 52%

TRANSFERENCIAS 2,481,848.00 49,950.00 100% 2%

TOTAL 4,796,268.00 1,128,647.32

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NOPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

TRANSFERENCIAS

100% 100% 100% 100%

44%

63%

52%

2%

FOMENTO ECONOMICO

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 39

PRESUPUESTADO EJERCIDO PRESUPUESTADO EJERCIDO

SERVICIOS PERSONALES 3,018,821.00 1,373,501.52 100% 45%

SERVICIOS NO PERSONALES 148,492.00 44,345.92 100% 30%

MATERIALES Y SUMINISTROS 187,400.00 95,718.68 100% 51%

TOTAL 3,354,713.00 1,513,566.12

PORCENTAJE

SERVICIOS PERSONALES SERVICIOS NO PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS

100% 100% 100%

45%

30%

51%

SINDICATURA

PRESUPUESTADO EJERCIDO

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Página 40

3.2 AUDITORIAS REALIZADAS.

3.2.1. IMPUESTO PREDIAL.

DESCRIPCION.

Se realizó la revisión el correcto cálculo y el cobro del Impuesto Predial del mes de Enero

2017 de Tesorería del Municipio de Cuauhtémoc mediante oficio No. 200/2017 del 20 de

Abril de 2017 de esta Sindicatura, indicándose las observaciones anexas.

OBSERVACION 1.

Se revisó el correcto cálculo del impuesto predial de algunas cuentas catastrales,

encontrando que existen algunas diferencias entre lo recaudado por tesorería y lo calculado

por Sindicatura, ver cuadro adjunto:

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Página 41

CERTIFICADO FECHACAJE

RO

CLAVE

CATASTRAL CALCULO TESORERIA DIFERENCIA

337271 11/01/2017 29 9999-0107-0030 2,363,479.63 11,707.14 4,726.96 6,980.18

F-4017 11/01/2017 29 9999-0101-0286 11,184,413.50 64,632.74 22,368.83 42,263.91

385215 16/01/2017 29 9999-0104-0055 4,021,041.21 21,652.51 8,042.08 13,610.43

385216 16/01/2017 29 9999-0112-0005 1,736,258.55 7,943.81 3,472.52 4,471.29

F-4078 16/01/2017 29 0001-0018-0003 1,371,310.93 5,754.13 12,946.79 7,192.66-

F-4080 16/01/2017 29 9999-0105-0087 1,695,140.13 7,697.10 3,390.29 4,306.81

f-4081 16/01/2017 29 9999-0112-0016 1,187,670.09 4,747.29 2,375.35 2,371.94

F-4083 16/01/2017 29 9999-0111-0009 1,668,013.89 7,534.34 3,336.03 4,198.31

F-4084 16/01/2017 29 9999-0109-0054 1,145,038.92 4,534.13 2,290.08 2,244.05

F-4124 17/01/2017 39 0175-0050-0010 555,870.79 1,673.76 3,765.97 2,092.21-

334374 17/01/2017 39 9999-0113-0052 2,231,408.50 10,914.71 4,462.82 6,451.89

334380 17/01/2017 39 9999-0111-0136 2,701,019.10 13,732.37 5,402.04 8,330.33

F-4166 17/01/2017 39 9999-0102-0257 1,447,160.00 6,209.22 2,894.33 3,314.89

F-4167 17/01/2017 39 9999-0103-0021 1,708,532.94 7,777.46 3,417.07 4,360.39

F-4173 17/01/2017 39 0047-0001-0005 72,967,766.49 435,332.86 118,836.36 316,496.50

334409 18/01/2017 39 9999-0115-0001 6,781,929.06 38,217.83 13,563.86 24,653.97

334469 18/01/2017 39 9999-0000-8443 1,056,639.87 4,092.14 2,113.28 1,978.86

334470 18/01/2017 39 9999-0000-7527 4,363,491.31 23,707.21 8,726.98 14,980.23

334471 18/01/2017 39 9999-0000-8430 1,158,384.41 4,600.86 2,316.77 2,284.09

334473 18/01/2017 39 9999-0000-8839 3,077,364.48 15,990.45 6,154.73 9,835.72

334548 20/01/2017 39 9999-0106-0080 1,457,482.54 6,271.16 2,914.97 3,356.19

334549 20/01/2017 39 9999-0109-0021 959,045.07 3,604.17 1,918.09 1,686.08

334550 20/01/2017 39 9999-0106-0037 1,327,690.95 5,492.41 2,655.38 2,837.03

VALOR TOTAL

IMPUESTO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 42

CERTIFICADO FECHACAJE

RO

CLAVE

CATASTRAL CALCULO TESORERIA DIFERENCIA

334551 20/01/2017 39 9999-0105-0056 1,878,715.52 8,798.55 3,757.43 5,041.12

334552 20/01/2017 39 9999-0109-0103 1,402,628.88 5,942.03 2,805.26 3,136.77

334553 20/01/2017 39 9999-0113-0023 1,497,808.13 6,513.11 2,995.62 3,517.49

334554 20/01/2017 39 9999-0105-0009 1,148,108.18 4,549.48 2,296.22 2,253.26

334597 23/01/2017 39 9999-0000-8433 759,375.00 2,605.82 1,518.75 1,087.07

334624 23/01/2017 39 9999-0000-8195 6,336,478.03 35,545.13 12,672.96 22,872.17

334636 23/01/2017 39 9999-0000-1046 1,122,895.23 4,423.42 2,245.79 2,177.63

334637 23/01/2017 39 9999-0000-1410 1,907,137.46 8,969.08 3,814.27 5,154.81

334640 23/01/2017 39 9999-0000-1059 783,174.42 2,724.81 1,566.35 1,158.46

F-4285 23/01/2017 39 9999-0000-8801 1,066,298.48 4,140.43 2,132.60 2,007.83

F-4279 23/01/2017 39 9999-0000-2534 2,657,065.09 13,468.65 5,314.14 8,154.51

F-4278 23/01/2017 39 9999-0000-2128 3,030,543.61 15,709.52 6,061.09 9,648.43

385725 25/01/2007 29 9999-0000-0804 2,111,632.04 10,196.05 4,223.26 5,972.79

385780 25/01/2007 29 9999-0109-0052 1,159,700.03 4,607.44 2,319.40 2,288.04

385796 25/01/2007 29 9999-0000-1725 1,157,221.10 4,595.05 2,314.44 2,280.61

F-4416 25/01/2007 29 9999-0115-0101 3,833,616.60 20,527.96 7,667.24 12,860.72

F-4442 25/01/2007 29 9999-0000-8240 $1,559,453.35 6,882.98 3,118.91 3,764.07

334715 26/01/2017 39 9999-0000-2813 553,356.57 1,663.71 1,106.71 557.00

F-4488 26/01/2017 39 9999-0000-8807 $7,369,854.75 41,745.39 14,739.71 27,005.68

F-4500 26/01/2017 39 9999-0000-1458 $1,271,035.04 11,619.26 2,542.08 9,077.18

F-4502 26/01/2017 39 9999-000-0721 $8,776,013.08 112,910.26 17,552.03 95,358.23

F-4465 26/01/2017 29 9999-0000-7942 $3,390,391.38 17,868.61 6,780.79 11,087.82

F-4469 26/01/2017 29 9999-0108-0032 $1,250,625.70 5,062.07 2,501.26 2,560.81

F-4470 26/01/2017 29 9999-0000-2755 $3,769,415.79 20,142.75 7,538.84 12,603.91

F-4512 26/01/2017 29 9999-0108-0016 $1,289,224.52 5,261.61 2,578.45 2,683.16

F-4514 26/01/2017 29 9999-0108-0013 $1,053,913.74 4,078.51 2,107.83 1,970.68

F-4523 26/01/2017 29 9999-0108-0045 $1,058,629.21 4,102.09 2,117.26 1,984.83

F-4526 26/01/2017 29 0175-0001-0044 $43,595,587.33 259,099.78 72,165.46 186,934.32

F-4557 26/01/2017 29 9999-0000-9219 $3,033,326.60 15,726.22 6,066.66 9,659.56

384836 31/01/2017 93 9999-0000-8735 $793,800.00 2,777.94 1,587.60 1,190.34

344309 31/01/2017 87 9999-0000-8074 $803,366.69 2,825.77 1,606.73 1,219.04

343653 31/01/2017 92 9999-0000-8023 $1,527,033.77 6,688.46 3,054.07 3,634.39

343704 31/01/2017 92 9999-0000-2129 $3,338,086.34 17,554.78 6,676.17 10,878.61

343705 31/01/2017 92 9999-0000-0131 $1,581,618.90 7,015.97 3,163.24 3,852.73

343706 31/01/2017 92 9999-0000-0079 $2,530,237.50 12,707.69 5,060.48 7,647.21

343707 31/01/2017 92 9999-0000-0849 $2,542,817.82 12,783.17 5,085.64 7,697.53

343709 31/01/2017 92 9999-0000-0152 $4,317,775.88 23,432.92 8,635.55 14,797.37

343712 31/01/2017 92 9999-0000-0657 $17,940,467.62 105,169.07 35,880.94 69,288.13

343713 31/01/2017 92 9999-0000-1911 $1,510,561.11 6,589.63 3,021.12 3,568.51

343714 31/01/2017 92 9999-0000-2260 $1,860,468.75 8,689.07 3,720.94 4,968.13

343715 31/01/2017 92 9999-0000-2374 $1,500,858.74 6,531.41 3,001.72 3,529.69

IMPUESTO

VALOR TOTAL

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 43

CERTIFICADO FECHACAJE

RO

CLAVE

CATASTRAL CALCULO TESORERIA DIFERENCIA

343717 31/01/2017 92 9999-0000-2383 $1,126,178.95 4,439.83 2,252.36 2,187.47

343718 31/01/2017 92 9999-0000-0846 $8,719,961.22 49,846.03 17,439.92 32,406.11

343719 31/01/2017 92 9999-0000-0656 $4,150,668.57 22,430.27 8,301.34 14,128.93

343720 31/01/2017 92 9999-0000-1659 $1,857,715.26 8,672.55 3,715.43 4,957.12

343722 31/01/2017 92 9999-0000-1750 $1,822,794.26 8,463.03 3,645.59 4,817.44

343723 31/01/2017 92 9999-0000-1922 $1,385,730.92 5,840.65 2,771.46 3,069.19

343724 31/01/2017 92 9999-0000-0985 $1,849,919.89 8,625.78 3,699.84 4,925.94

343725 31/01/2017 92 9999-0000-0664 $1,674,421.88 7,572.79 3,348.84 4,223.95

343726 31/01/2017 92 9999-0000-1621 $1,251,276.87 5,065.32 2,502.55 2,562.77

343728 31/01/2017 92 9999-0000-1730 $2,232,562.50 10,921.64 4,465.12 6,456.52

343729 31/01/2017 92 9999-0000-1657 $4,564,175.15 24,911.31 9,128.35 15,782.96

343730 31/01/2017 92 9999-0000-2116 $1,432,613.19 6,121.94 2,865.23 3,256.71

343731 31/01/2017 92 9999-0000-2343 $1,261,835.04 5,118.12 2,523.67 2,594.45

343737 31/01/2017 92 9999-0000-3008 $816,606.25 2,891.97 1,637.21 1,254.76

343739 31/01/2017 92 9999-0000-5267 $930,383.22 3,460.86 1,860.77 1,600.09

343745 31/01/2017 92 9999-0000-1832 $1,676,691.64 7,586.41 3,353.38 4,233.03

343746 31/01/2017 92 9999-0070-0101 $80,505,772.65 480,560.90 161,011.55 319,549.35

343747 31/01/2017 92 9999-0000-7857 $12,788,717.72 74,258.57 25,577.44 48,681.13

343749 31/01/2017 92 9999-0000-0526 $795,499.23 2,786.44 1,591.00 1,195.44

343752 31/01/2017 92 9999-0000-2762 $1,600,003.13 7,126.28 3,200.00 3,926.28

343753 31/01/2017 92 9999-0003-0049 $1,188,017.39 4,749.03 2,376.03 2,373.00

343755 31/01/2017 92 9999-0000-6101 $797,343.75 2,795.66 1,594.69 1,200.97

343756 31/01/2017 92 9999-0000-8215 $1,310,302.09 5,388.07 2,620.60 2,767.47

343757 31/01/2017 92 9999-0000-8303 $3,927,747.21 21,092.74 7,855.49 13,237.25

343758 31/01/2017 92 9999-0000-1060 $1,820,162.71 8,447.24 3,640.33 4,806.91

343759 31/01/2017 92 9999-0001-0234 $2,629,403.67 13,302.68 5,258.81 8,043.87

343760 31/01/2017 92 9999-0004-0113 $756,826.88 2,593.07 1,513.65 1,079.42

343761 31/01/2017 92 9999-0004-0113 $756,826.88 2,593.07 1,513.65 1,079.42

343763 31/01/2017 92 9999-0001-0059 $1,330,867.71 5,511.47 2,661.74 2,849.73

343653 31/01/2017 92 9999-0000-8023 $1,527,033.77 6,688.46 3,054.07 3,634.39

343704 31/01/2017 92 9999-0000-2129 $3,338,086.34 17,554.78 6,676.17 10,878.61

343705 31/01/2017 92 9999-0000-0131 $1,581,618.90 7,015.97 3,163.24 3,852.73

343706 31/01/2017 92 9999-0000-0079 $2,530,237.50 12,707.69 5,060.48 7,647.21

343707 31/01/2017 92 9999-0000-0849 $2,542,817.82 12,783.17 5,085.64 7,697.53

343709 31/01/2017 92 9999-0000-0152 $4,317,775.88 23,432.92 8,635.55 14,797.37

343712 31/01/2017 92 9999-0000-0657 $17,940,467.62 105,169.07 35,880.94 69,288.13

343713 31/01/2017 92 9999-0000-1911 $1,510,561.11 6,589.63 3,021.12 3,568.51

343714 31/01/2017 92 9999-0000-2260 $1,860,468.75 8,689.07 3,720.94 4,968.13

343715 31/01/2017 92 9999-0000-2374 $1,500,858.74 6,531.41 3,001.72 3,529.69

343717 31/01/2017 92 9999-0000-2383 $1,126,178.95 4,439.83 2,252.36 2,187.47

343718 31/01/2017 92 9999-0000-0846 $8,719,961.22 49,846.03 17,439.92 32,406.11

343719 31/01/2017 92 9999-0000-0656 $4,150,668.57 22,430.27 8,301.34 14,128.93

343720 31/01/2017 92 9999-0000-1659 $1,857,715.26 8,672.55 3,715.43 4,957.12

343722 31/01/2017 92 9999-0000-1750 $1,822,794.26 8,463.03 3,645.59 4,817.44

343723 31/01/2017 92 9999-0000-1922 $1,385,730.92 5,840.65 2,771.46 3,069.19

343724 31/01/2017 92 9999-0000-0985 $1,849,919.89 8,625.78 3,699.84 4,925.94

IMPUESTO

VALOR TOTAL

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 44

RESPUESTA:

En lo que respecta al cálculo del impuesto predial en las cuentas rusticas, la tasa es de 2

al millar como lo menciona el párrafo 11 de artículo 149 del código Municipal para el estado

de Chihuahua

Con lo que respecta a las cuentas 0047-0001-0005 y 0175-0001-0044, de la observación,

según la base de datos, los cambios para incrementar el valor catastral fueron posteriores

al del pago, que fueron en el mes de enero. Cabe mencionar que falta verificarlos con los

CERTIFICADO FECHACAJE

RO

CLAVE

CATASTRAL CALCULO TESORERIA DIFERENCIA

343725 31/01/2017 92 9999-0000-0664 $1,674,421.88 7,572.79 3,348.84 4,223.95

343726 31/01/2017 92 9999-0000-1621 $1,251,276.87 5,065.32 2,502.55 2,562.77

343728 31/01/2017 92 9999-0000-1730 $2,232,562.50 10,921.64 4,465.12 6,456.52

343729 31/01/2017 92 9999-0000-1657 $4,564,175.15 24,911.31 9,128.35 15,782.96

343730 31/01/2017 92 9999-0000-2116 $1,432,613.19 6,121.94 2,865.23 3,256.71

343731 31/01/2017 92 9999-0000-2343 $1,261,835.04 5,118.12 2,523.67 2,594.45

343737 31/01/2017 92 9999-0000-3008 $816,606.25 2,891.97 1,637.21 1,254.76

343739 31/01/2017 92 9999-0000-5267 $930,383.22 3,460.86 1,860.77 1,600.09

343742 31/01/2017 92 $14,859,829.00 86,685.23 29,719.66 56,965.57

343745 31/01/2017 92 9999-0000-1832 $1,676,691.64 7,586.41 3,353.38 4,233.03

343746 31/01/2017 92 9999-0070-0101 $80,505,772.65 480,560.90 161,011.55 319,549.35

343747 31/01/2017 92 9999-0000-7857 $12,788,717.72 74,258.57 25,577.44 48,681.13

343749 31/01/2017 92 9999-0000-0526 $795,499.23 2,786.44 1,591.00 1,195.44

343752 31/01/2017 92 9999-0000-2762 $1,600,003.13 7,126.28 3,200.00 3,926.28

343753 31/01/2017 92 9999-0003-0049 $1,188,017.39 4,749.03 2,376.03 2,373.00

343755 31/01/2017 92 9999-0000-6101 $797,343.75 2,795.66 1,594.69 1,200.97

343756 31/01/2017 92 9999-0000-8215 $1,310,302.09 5,388.07 2,620.60 2,767.47

343757 31/01/2017 92 9999-0000-8303 $3,927,747.21 21,092.74 7,855.49 13,237.25

343758 31/01/2017 92 9999-0000-1060 $1,820,162.71 8,447.24 3,640.33 4,806.91

343759 31/01/2017 92 9999-0001-0234 $2,629,403.67 13,302.68 5,258.81 8,043.87

343760 31/01/2017 92 9999-0004-0113 $756,826.88 2,593.07 1,513.65 1,079.42

343761 31/01/2017 92 9999-0004-0113 $756,826.88 2,593.07 1,513.65 1,079.42

343763 31/01/2017 92 9999-0001-0059 $1,330,867.71 5,511.47 2,661.74 2,849.73

IMPUESTO

VALOR TOTAL

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 45

programadores de GeoWare, a los cuales ya se les pidió la información correspondiente a

estas cuentas.

Sobre la observación de la cuenta 0175-0050-0010, no corresponde el cálculo al impuesto

ya que el terreno se encuentra baldío y en estos casos según Titulo 11 artículo 8, punto 1.2,

tratándose de terrenos baldíos, estos se incrementaran en un 125% al impuesto causado

en el ejercicio

CONCLUSION:

Se solventa la observación.

OBSERVACION 2:

Se observaron cuentas catastrales con reducción del 50% en el Impuesto Predial, dicha

reducción es aplicable a Grupos Vulnerables (pensionados, jubilados personas con

capacidades diferentes), no se encontró prueba documental que compruebe que las

personas son acreditadas para recibir dicho beneficio o descuento.

CERTIFICADO FECHACLAVE

CATASTRAL CALCULO TESORERIA

DIFERENCIA

384822 31/01/2017 0025-0004-0015 RIVERA CHAVEZ BALDOMERO 13.73 356.94 -343.21

344232 31/01/2017 0025-0005-0047 RAMIREZ MA. DEL CARMEN 7.57 260.02 -252.45

344273 31/01/2017 0030-0075-0007 RAMIREZ GALAVIZ ELIZANDRO 8.80 260.02 -251.22

344282 31/01/2017 0025-0001-0009 GOMEZ MIRAMONTES JESUS ANTONIO 18.47 480.27 -461.80

IMPUESTO NETO

PROPIETARIO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 46

OBSERVACION 3:

Se observó que hay que hay claves catastrales con un descuento del 59%, contraviniendo

con la Ley de Ingresos para el Municipio de Cuauhtémoc 2017, ver cuadro adjunto.

RESPUESTA:

Observación 2 y 3 en la que se observan cuentas con reducción del 50% y 59% son, que

se encuentre prueba documental alguna que compruebe que las personas son acreditadas

para recibir dicho beneficio o descuento, se menciona que esta diferencia se da, ya que el

cálculo del impuesto según las tasa del 2 al 6 al millar, dan menos impuesto que el que se

señala como impuesto mínimo en la ley de ingresos para el municipio de Cuauhtémoc,

para el año fiscal 2017 en el titulo 11 articulo 8 punto 1.1. en donde se indica que el impuesto

mínimo anual para inmuebles urbanos y rústicos de acuerdo a la definición de la ley de

catastro para el estado de chihuahua es de $250.00 más el impuesto universitarip0o dando

una suma total de $260.00

CONCLUSION:

Observación solventada.

CERTIFICADO FECHACLAVE

CATASTRAL CALCULO TESORERIA

DIFERENCIA

343786 31/01/2017 0171-0120-0008 QUEZADA AREVALO VIRGINIA 12.26 260.02 -247.76

IMPUESTO NETO

PROPIETARIO

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Página 47

3.2.2. SECCIONAL ANAHUAC.

DESCRIPCIÓN.

Se realizó la revisión a los egresos del Seccional Anáhuac del periodo Enero-Marzo 2017

mediante oficio No. 213/2017 del 25 de Abril de 2017 de esta Sindicatura, indicándose las

observaciones anexas.

OBJETO DE LA REVISIÓN.

La revisión comprende el análisis de las partidas de egresos por los meses de octubre y

noviembre, haciendo para ello pruebas selectivas y obteniendo información tanto de

pólizas, reportes del sistema de contabilidad, estados de cuenta, entre otros con el objeto

de vigilar el correcto ejercicio del patrimonio municipal.

OBSERVACION 1.

Se revisó la póliza D-12 del 16 de marzo a nombre de Leticia Domínguez López por la

cantidad de $1,740.00 por concepto de consumo de alimentos en donde se le están

comprando pasteles para el festejo de los cumpleaños de los empleados, por lo cual no se

considera que su objeto tenga algún fin social, cultural, académico, de salud, o de vivienda

contraviniendo así al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social y al artículo 51 la

Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado

de Chihuahua.

RESPUESTA:

En relación a lo observado por la compra al Proveedor Leticia Domínguez López de

$1,740.00 por el concepto de pasteles para festejo de cumpleaños del personal, se informa

que se ha dejado de realizar dicha erogación en apego a lo marcado por el artículo 19 de

la Ley General de Desarrollo Social y al artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Egresos,

Contabilidad Gubernamental y Gasto público del Estado de Chihuahua; mencionando que

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Página 48

se venía haciendo así desde anteriores administraciones, como lo comentaron algunos de

los empleados, sin embargo queda ya corregida dicha situación.

CONCLUSION:

Observación solventada ya que se corrige la práctica observada.

OBSERVACION 2.

Se revisó la póliza E-21 del 10 de Marzo a nombre Rosario Elizabeth Moreno Jaramillo por

la cantidad de $7,499.98 por concepto de 5 barriles de cerveza indio y 5 barriles de cerveza

Tecate light, por lo cual no se considera que su objeto tenga algún fin social, cultural,

académico, de salud, o de vivienda contraviniendo así al artículo 19 de la Ley General de

Desarrollo Social y al artículo 51 la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad

Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

RESPUESTA:

En relación a lo observado por la compra al proveedor rosario Elizabeth Moreno Jaramillo

de $7,499.98 por concepto de 10 barriles de cerveza, se menciona fueron para festejo del

aniversario de Anáhuac y se desconocía que se contravenía a lo marcado por el artículo 19

de la Ley General de Desarrollo Social y al artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Egresos,

Contabilidad Gubernamental y Gasto Publico del estado de Chihuahua; sin embargo se

tomará dicha información como referencia para las posteriores compras y eventos,

acatando lo que así se marca

CONCLUSION:

Observación solventada ya que se corrige la practica observada.

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Página 49

OBSERVACION 3.

Se revisó la póliza D-29 del 16 de Marzo a nombre de Ramón Rene Beltrán Romero por la

cantidad de $7,600.00 por concepto de un perol de barbacoa para despedir al párroco de

la iglesia, por lo cual no se considera que su objeto tenga algún fin social, cultural,

académico, de salud, o de vivienda contraviniendo así al artículo 19 de la Ley General de

Desarrollo Social y al artículo 51 la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad

Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

RESPUESTA:

En relación a lo observado por la compra al proveedor Ramón René Beltrán cordero de

$7,600.00 por concepto de un perol de barbacoa, se menciona fue solicitado para convivio

de la comunidad asistente a la parroquia de San José en donde radicaba el sacerdote al

que se le realizó la despedida; y se desconocía que se contravenía a lo marcado por el

artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social y al artículo 51 de la Ley de Presupuesto

y Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Publico del estado de Chihuahua; sin

embargo se tomará dicha información como referencia para las posteriores solicitudes y

seguimientos de apoyos, acatando lo que así se marca.

CONCLUSION:

Observación solventada ya que se corrige la practica observada.

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Página 50

OBSERVACION 4.

Se revisó la cuenta de Fomento al Deporte del departamento de Desarrollo Social misma

que muestra partidas que en este año se le han entregado al Equipo de Básquetbol

“Industriales” y de las cuales no se cuenta con ningún comprobante fiscal, ni con un reporte

de actividades o algún reporte que justifique en que se erogó el gasto, contraviniendo así a

los artículos 51, 53 y 54 de la Ley de Presupuesto de Egresos, contabilidad Gubernamental

y Gasto Publico del Estado de Chihuahua.

POLIZA FOMENTO AL DEPORTE

COMPROBANTE FISCAL

CONVENIO

TIPO-NUMERO FECHA BENEFICIARIO CONCEPTO DE APOYO

IDENTIFICACION OFICIAL IMPORTE

SOLICITUD APOYO

E-94 20-ene-17 MELCHOR GASPAR ANTILLON VEGA

APOYO ECONOMICO EQ. BASQUETBOL

INDUSTRIALES PARA COMPRA DE UNIFORMES SI

30,000.00 NO SI NO

E-28 07-feb-17 MELCHOR GASPAR ANTILLON VEGA

APOYO ECONOMICO MTTO EQ. BASQUETBOL SI

25,000.00 NO SI NO

E-18 10-mzo-

17 MELCHOR GASPAR ANTILLON VEGA

APOYO ECONOMICO MTTO EQ. BASQUETBOL SI

25,000.00 NO SI NO

E-116 21-mzo-

17 MELCHOR GASPAR ANTILLON VEGA

APOYO ECONOMICO MTTO EQ. BASQUETBOL SI

25,900.00 NO SI NO

E-173 31-mzo-

17 MELCHOR GASPAR ANTILLON VEGA

APOYO ECONOMICO MTTO EQ. BASQUETBOL SI

27,000.00 NO SI NO

172,000.00

RESPUESTA:

En base a la observación referente al apoyo otorgado al equipo de Base-ball “Industriales

de Anáhuac” se hace entrega de la documentación en la cual consta para los fines y gastos

para los cuales fue utilizado el recurso; entre las cuales comprende compras de uniformes

(dos diferentes), material y equipo (bates, pelotas, caretas pecheras, rodilleras, casco, etc.),

así como la reparación de bardas del estadio y, nóminas de los jugadores. Cabe mencionar

no se habían anexado pues la persona encargada de dichas compras y comprobaciones

se encontraba fuera de la ciudad por motivos personales y no había hecho entrega de los

mismos para sustento de dicho apoyo.

CONCLUSION:

Observación solventada

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Página 51

OBSERVACION 5.

Se revisó la cuenta de Apoyos especiales del departamento de Desarrollo Social misma

que muestra partidas que en este año se le han entregado a diferentes personas de las

cuales no se cuenta con un estudio socioeconómico, ni con un reporte de actividades o

fotografías que avale en que se erogó el gasto, en las últimas dos partidas, solo viene el

diagnóstico médico, contraviniendo así a los artículos 51, 53 y 54 de la Ley de Presupuesto

de Egresos, contabilidad Gubernamental y Gasto Publico del Estado de Chihuahua.

RESPUESTA:

Se anexa para sustento de esta observación la comprobación mediante fotografías en

donde se muestra en el caso de material para mejora de vivienda, el antes y el después de

la reparación con el material otorgado así mismo se anexan los documentos (expediente y

diagnostico) y fotografías para los subsidios médicos que avalan la utilización de los mismo.

En lo consiguiente se dará cumplimiento a la elaboración de un estudio socioeconómico

como primer paso del apoyo, así como llevar el reporte y toma de fotografías para dar

seguimiento al mismo.

CONCLUSION:

Observación solventada

POLIZA APOYOS ESPECIALES

COMPROBANTE FISCAL

CONVENIO

TIPO-NUMERO FECHA BENEFICIARIO CONCEPTO DE APOYO

IDENTIFICACION OFICIAL IMPORTE

SOLICITUD APOYO

E-102 24-ene-

17 VICTOR GUTIERREZ HERNANDEZ

APOYO PARA LAMINA POR QUE EL AIRE VOLO EL AIRE

DE SU CASA SI 5,472.00 SI SI NO

E-58 13-feb-

17 FRANCISCA GONZALEZ APOYO EN ESPECIE DE

LÁMINA. CEMENTOS Y PIJA SI 5,125.00 SI SI NO

E-60 13-feb-

17 LUIS RAMOS

APOYO EN ESPECIDE DE TUBO PVC PARA EJIDO

BUSTILLOS SI 2,965.00 SI SI NO

E-84 17-mar-

17 JUAN MANUEL CASTRO ESTRADA

APOYO BLOCK PARA IGLESIA EJIDO BUSTILLOS SI

13,641.60 SI SI NO

E-125 22-mar-

17 DAYANA LIZETH TERAN PORRAS

APOYO ECONOMICO GST MEDICOS PARA PLACA E

INJERTO OSEO SI 5,000.00 NO SI NO

E-155 29-mar-

17 JESUS ARMANDO TERAN HERNANDEZ

APOYO ECONOMICO PARA CIRUGIA CEREBRAL SI

3,500.00 NO SI NO

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Página 52

OBSERVACION 6.

Se revisó la cuenta de mantenimiento y reparación de vehículos del departamento de

seguridad pública y se cotejo con las bitácoras correspondientes, observándose en la

muestra revisada que los gastos no vienen relacionados en las bitácoras de las unidades

de cada vehículo y que por lo tanto estas están incompletas por lo cual no se puede

analizar y realizar una estadística exacta de la información, se recomienda llevar

sus propias bitácoras desglosadas por unidad y así estar en posibilidad de cumplir

con el artículo 56 del Reglamento para la Utilización y Vigilancia del Patrimonio Municipal

en el Municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua.

GASTO

NO.

FACTURA DESCRIPCION IMPORTE UNIDAD

CO

M

PR

A

COTIZACIONES

POLI

ZA

FECHA

POLIZA

RAZON SOCIAL (

NOMBRE) 1 2 3

D-9 17-ene-17

GRUAS Y REFACCIONES

CORRAL 1383

BUJIAS, FILTROS,BATERIA,FOCOS

PARA VARIAS UNIDADES 4,986.84 1--4 SI NO NO NO

D-9 17-ene-17

GRUAS Y REFACCIONES

CORRAL 1382

BALATAS, RECTIFICACION DE

PRENSAS, HORQUILLAS, PARABRISAS,

MANO OBRA. 7,009.60 1--3 SI NO NO NO

E-18 03-feb-17

MOTO PARTES A Y P

2971

BALATAS,

BALEROS,FILTROS,BUJIAS,CAPUCHON,

SWITCH,ACEITES PARA

CUATRIMOTROS 08 Y 10 10,370.00 08--10 SI NO NO NO

E-68 05-feb-17

REFTIFICACIONES

SABADO

A91

RECTIFICADO Y CEPILLADO DE

CABEZA, JUEGO DE CAPUCHONES

UNIDAD 4 2,811.84 4 SI NO NO NO

D-22 16-feb-17

GRUAS Y REFACCIONES

CORRAL

A91

BANDAS, RECTIFICACIONES DE

DISCOS, KITO DE FRENOS, BUJIAS,

FILTROS DE ACEITE, BANDAS 5,858.60 614 SI NO NO NO

E-

157 29-mar-17

AUTOCAMIONES DE CHIH

SA 1801 SIRENA,TENSOR,BRAZO,GUIA 13,332.01 4 SI NO NO NO

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Página 53

OBSERVACION 7.

No se tiene bitácoras de las siguientes unidades del parque vehicular del seccional.

MARCA TIPO No.

UNIDAD MODELO BITACORA DEPTO OBSERVACIONES

1 SUSUKI CUATRIMOTO N/T 2008 NO SEG. PUBLICA

2 SUSUKI CUATRIMOTO N/T 2008 NO SEG. PUBLICA

3 SUSUKI CUATRIMOTO AN-8 2008 NO SEG. PUBLICA NO TIENE PLACAS

4 SUSUKI CUATRIMOTO N/T 2008 NO SEG. PUBLICA DESCOMPUESTA EN TALLER

5 NISSAN SEDAN AN-613 2008 SEG. PUBLICA YONKEADO EN TALLER

6 CHEVROLET PICK UP AN-005 2008 NO SEG. PUBLICA

7 CHEVROLET PICK UP 21 2008 SEG. PUBLICA YONKEADO EN TALLER

8 CHEVROLET PICK UP AN-006 2008 NO SEG. PUBLICA

9 CHEVROLET PICK UP 20 2008 SEG. PUBLICA NO TIENE PLACAS, ESTA YONKEADO

10 FORD PICK UP-F150 AN-001 2010 NO SEG. PUBLICA

11 FORD PICK UP-F150 AN-002 2010 SEG. PUBLICA YONKEADO EN TALLER

12 DODGE PICK UP AN-0004 2014 SI SEG. PUBLICA

13 DODGE PICK UP AN-0003 2014 SI SEG. PUBLICA

14 CHEVROLET PICK UP N/T 2008 SEG. PUBLICA NO TIENE PLACAS, ESTA YONKEADO

15 CHEVROLET PICK UP AN-605 2003 NO DES. RURAL

16 CHEVROLET TORNADO AN-626 2013 NO DES. RURAL

17 CHEVROLET CHEVY STATION AN-606 2003 SI DES. SOCIAL

18 TOYOTA VAN 15 PASAJEROS N/T 2012 NO DIF

19 FREIGTHLINER VOLTEO AN-610 19925 SI O.P.

20 CHEVROLET TORNADO AN-602 2013 NO O.P.

21 DODGE PICK UP AN-617 2000 SI O.P.

22 CHRYSLER VOYAGER LX AN-601 2006 NO PRESIDENCIA

23 NISSAN SEDAN N/T 2006 NO PRESIDENCIA

24 DODGE JORNEY SXT AN-600 2011 NO PRESIDENCIA

25 CHEVROLET AVEO AN-623 2016 SI PRESIDENCIA

26 NISSAN PICK UP NP300 AN-625 2016 SI PRESIDENCIA

27 CHEVROLET AVEO AN-624 2016 NO PRESIDENCIA

28 CHEVROLET SILVERADO AN-603 2002 SI SERV. PUBLICOS

29 CHEVROLET CAMION AN-619 1996 SI SERV. PUBLICOS USADO COMO PIPA, EL TANQUE NO ES DE PRESIDENCIA

30 INTERNACIONAL CAMION-RECOLECTOR AN-615 1997 SI SERV. PUBLICOS

31 INTERNACIONAL RECOLECTOR AN-608 2011 SI SERV. PUBLICOS

32 NISSAN CHASIS CORTO AN-612 1996 SI SERV. PUBLICOS DONADO POR GOBIERNO

33 CHEVROLET DRT H-D N/T 1997 NO SERV. PUBLICOS

34 CHEVROLET PICK UP AN-621 2003 SI SUP. DEP.

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Página 54

RESPUESTA OBSERVACION 6 Y 7:

En relación a esta observación se menciona se implementaran para cada una de las

unidades que comprenden la flotilla vehicular del seccional, las bitácoras de gasolina y de

mantenimiento que comprenden los rubros necesarios para llevar el control, y que permitan

analizar y realizar estadísticas exactas de la información y así cumplir con lo que marca el

artículo 56 del Reglamento para la Utilización y Vigilancia del Patrimonio Municipal en el

Municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua

CONCLUSION:

Observación solventada en virtud de que se implementan a partir de la fecha las bitácoras

correspondientes.

OBSERVACION 8.

Se revisó la cuenta de telefonía celular del departamento de presidencia en donde se

procedió a desglosar el consumo de cada mes y se observó que los planes con los cuales

actualmente cuenta el seccional son altos, además uno de ellos está sin usar por lo que se

recomienda dar de baja dicha línea.

TITULAR TELEFONO PLAN

DINA 625-591-7099 699.00

COMANDANTE 625-591-7093 699.00

MAYREL 625-591-7096 699.00

POR ASIGNAR 625-591-7089 699.00

RUBEN 625-591-7088 699.00

EMILIO 625-111-8144 699.00

DIF 625-133-6881 699.00

JUAN PABLO 625-591-7097 699.00

CARLOS 625-591-7100 722.00

6,314.00

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TELEFONIA CELULAR

GASTO DESCRIPCION IMPORTE

ORDEN DE COMPRA COMPRA

POLIZA FECHA POLIZA RAZON SOCIAL ( NOMBRE)

E-43 13-ene-17 RADIOMOVIL DIPSA

CONSUMO DICIEMBRE 6,314.00 SI SI

E-137 23-feb-17 RADIOMOVIL DIPSA

CONSUMO ENERO 6,515.00 SI SI

E-25 31-mar-17 RADIOMOVIL DIPSA

CONSUMO FEBRERO 6,314.00 SI SI

129,865.00

Se sugiere analizar los siguientes planes y ver si están en posibilidad de poder cambiarlos.

PLAN MAX SIN LIMITES EMPRESARIAL 4G (minutos y

mensajes sin límites en México, USA y Canadá)

RENTA MINUTOS MENSAJES MEGAS

WHATS APP-

FACEBOOK-TWITTER

KB adicional

1 Max sin Limite Empresarial 2000 4G $ 299.00 Ilimitados Ilimitados 2,250 MB 1,000 MB 0.000244

2 Max sin Limite Empresarial 3000 4G $ 399.00 Ilimitados Ilimitados 3,250 MB 2,000 MB 0.000244

3 Max sin Limite Empresarial 5000 4G $ 499.00 Ilimitados Ilimitados 5,250 MB 2,000 MB 0.000244

4 Max sin Limite Empresarial 6000 4G $ 599.00 Ilimitados Ilimitados 6,250 MB 2,000 MB 0.000244

RESPUESTA:

En base a la revisión de la cuenta de telefonía celular donde se desglosa el consumo de

cada mes, resultando que los planes con los que actualmente cuenta el seccional se

encontraban en un costo muy elevado, situación que ya estaba detectada y la cual se

encontraba en un proceso de actualización mediante el cual se reducirían los costos ya que

se reactivarían con un nuevo plan vigente y ofertado por la empresa, quedando activo dicho

cambio en el mes de Mayo 2017 (como lo muestran los auxiliares que se anexan de pago

al proveedor), en donde se refleja significativamente el cambio.

CONCLUSION:

Observación solventada

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 56

OBSERVACIÓN 9.

Se revisó la póliza E-26 del 03 de Febrero, la cual corresponde a la compra de abarrotes

para despensas, y en donde se procedió a verificar las listas de las personas a las que se

les hizo entrega. Se observó que no se tiene una buena administración del programa ya

que no se tiene un listado exacto del número de personas a las que se les hace entrega ni

tampoco se sabe el valor monetario de cada despensa.

RESPUESTA

En lo que se refiere a la observación por la compra de insumos para despensas en donde

se marca que no se tiene una buena administración del programa ya que no se cuenta con

un listado exacto del número de personas a las que se les hace entrega, se menciona que

es muy fluctuante el listado, ya que constantemente se está actualizando con las personas

que acuden y no a recibir dicho apoyo, y que se depura y anexan más personas para cubrir

en lo posible las necesidades; así mismo cabe mencionar que en cuanto al procedimiento

de entrega se hizo en sus primeras emisiones como se recibió el proceso de anteriores

administraciones, sin embargo ya se ha modificado el mismo, haciéndose de manera más

ordenada fijando fechas por abecedario y mediante control con su tarjeta de calendarización

de despensas y su identificación oficial, tanto en Anáhuac como en los ejidos

CONCLUSION:

Observación solventada.

OBSERVACION 10.

Se revisó la póliza E-52 del 10 de Febrero la cual corresponde a compra de vacunas y

desparasitantes, en donde se procedió a revisar las listas de las personas a la cuales fueron

entregadas y nos comenta el titular del departamento de desarrollo rural, que no se han

venido haciendo y que tampoco existe algún tipo de requisito para ser entregadas,

contraviniendo así a los artículos 53 de Presupuesto de Egresos, Contabilidad

Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua, el artículo 23 de la Ley de

Responsabilidades de servidores públicos.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 57

RESPUESTA:

En cuanto a la observación por compra de vacunas y desparasitantes, se anexan los

listados por ejido, de las personas que resultaron beneficiadas con dicho apoyo firmando

de recibido y señalando a cuantos animales de su propiedad se les aplicaron dichas

vacunas y medicamento. Se hace mención a que no se realizaron listados en tiempo por

error de omisión por desconocimiento de las leyes gubernamentales, sin embargo

comprometiéndose a realizar los procedimientos y especificaciones que indiquen las

mismas

CONCLUSION:

Observación solventada.

3.2.3. SECCIONAL ALVARO OBREGON.

DESCRIPCIÓN.

Se realizó la revisión a los egresos del Seccional Álvaro Obregón del periodo Enero-Marzo

2017 mediante oficio No. 202/2017 del 20 de Abril de 2017 de esta Sindicatura, indicándose

las observaciones anexas.

OBJETO DE LA REVISIÓN.

La revisión comprende el análisis de las partidas de egresos por los meses de Enero-Marzo

haciendo para ello pruebas selectivas y obteniendo información tanto de pólizas, reportes

del sistema de contabilidad, estados de cuenta, entre otros con el objeto de vigilar el

correcto ejercicio del patrimonio municipal.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 58

OBSERVACION 1.

CUENTA: subsidio material de construcción.

1.1 Se revisó la póliza E-19152 del 16 de Marzo a nombre de José Remedios Salinas

Márquez por la cantidad de $186,480.00 y por concepto de compra de cemento, la cual

no contiene ni la factura ni los recibos de las personas beneficiadas con la venta de

cemento, contraviniendo a los artículos 51, 53 y 54 de Ley del Presupuesto de Egresos,

Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

RESPUESTA:

Para su comprobación se anexa factura y recibos.

CONCLUSION:

Observación solventada.

1.2 Se revisó la póliza E-19261 del 31 de Marzo a nombre de Juan de Dios Rivera Márquez

por la cantidad de $7,000.00 y por concepto de mano de obra del baño del Sr. Manuel

Ramírez, pero no se cuenta ni con la factura, ni con la solicitud de apoyo, ni con el

estudio socioeconómico, ni fotografías que avale en que se erogo el gasto

contraviniendo a los artículos 51, 53 y 54 de Ley del Presupuesto de Egresos,

Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

RESPUESTA:

Para tal comprobación se anexan fotografías donde se comprueba la erogación del

gasto.

CONCLUSION:

Observación solventada parcialmente ya que para comprobación del gasto es necesario

contar con factura y solicitud de apoyo.

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Página 59

OBSERVACION 2.

CUENTA: Subsidios médicos diversos.

2.1 Se revisó la cuenta de subsidios médicos diversos en donde se detectó que la mayoría

de los apoyos no vienen sustentados con una solicitud, ni con un estudio socioeconómico,

o algún comprobante médico que avale la necesidad del apoyo.

POLIZA SUBSIDIOS MEDICOS

ESTUDIO SOCIECON

OMICO

CONVENIO

REPORTE DE

ACTIVIDADES

TIPO-NUMER

O FECHA BENEFICIARIO CONCEPTO DE

APOYO

IDENTIFICACION

OFICIAL IMPORTE

SOLICITUD

APOYO

E-19045

13-feb-17

LEONEL OROZCO ARAGON

APOYO ASISTENCIA MEDICA

SI 1,500.00 NO NO NO NO

E-19067

16-feb-17

MARIA ELENA JUAREZ ORNELAS

APOYO GASTOS MEDICOS DE HOSPITAL

SI 2,500.00 NO NO NO NO

E-19092

27-feb-17

RICARDO JUAREZ HOLGUIN

APOYO PARA UNA CIRUGIA

SI 600.00 NO NO NO NO

E-19092 27-feb-17

JAIME RAMOS MONTES

APOYO CONSULTA NEUROLOGO SI

500.00 NO NO NO NO

RESPUESTA:

En estos casos las personas que solicitan el apoyo lo ocupan en el momento y no se realiza

estudio socioeconómico, aparte que se sabe que es gente que en realidad lo necesita. Se

anexan solicitudes de apoyo

CONCLUSION:

Observación solventada con escritos de solicitud de apoyo.

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Página 60

OBSERVACION 3.

CUENTA: Varios.

Se revisó la cuenta de varios en donde se encontraron dos movimientos que no cuentan

con ninguna documentación soporte o justificaciones de los mismos tal como lo marca los

artículos 51, 53 y 54 de Ley del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y

Gasto Público del Estado de Chihuahua.

VARIOS DESCRIPCION IMPORTE

ORDEN DE

COMPRA COMPRA

COTIZACIONES

POLIZA FECHA POLIZA RAZON SOCIAL ( NOMBRE) 1 2 3

E-29 17/mzo/17 AIRE CHIHUAHUA SA DE CV

INSTALACION DE ANTENAS P/INTERNET 139,200.00 NO NO NO NO NO

E-40 4/mzo/17

HOSPITAL MEDICO SIERRA SA SIN CONCEPTO

150,000.00 NO NO NO NO NO

RESPUESTA:

Para lo cual anexo facturas y un contrato del servicio.

CONCLUSION:

Observación no solventada, no se encontró archivo guardado en el disco.

OBSERVACION 4.

CUENTA: Reparación y conservación de obras.

Se observó dentro del alcance de revisión que se le dio a esta cuenta que los pagos no

cuentan con documentación legal soporte como lo marca los artículos 51, 53 y 54 de Ley

del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de

Chihuahua, ni tampoco se encuentra que se hayan realizado cotizaciones con proveedores

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Página 61

diferentes para asegurar que se ofrezcan las mejores condiciones en cuanto a precio,

pago, calidad, garantías, financiamiento y oportunidad en el cumplimiento, contraviniendo

así al artículo 101 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y

obra pública del Estado de Chihuahua.

CONSERVACION Y REPARACION DE OBRAS

DESCRIPCION IMPORTE

FACTURA

REQUISICION

ORDEN DE COMPRA

COMPRA COTIZACIONES

POLIZA

FECHA POLIZA

RAZON SOCIAL ( NOMBRE) 1 2 3

19075 17-feb-17

RAMIRO FERNANDEZ BALTAZAR

INSTALACION DE SISTEMA DE

RIEGO Y BANQUETA PLAZA

10,000.00 NO NO NO NO NO NO NO

19110 24-feb-17

RAMIRO FERNANDEZ BALTAZAR

INSTALACION DE SISTEMA DE

RIEGO Y BANQUETA PLAZA

10,000.00 NO NO NO NO NO NO NO

19142 03-mar-17

RAMIRO FERNANDEZ BALTAZAR

INSTALACION DE SISTEMA DE

RIEGO Y BANQUETA PLAZA

10,000.00 NO NO NO NO NO NO NO

19158 10-mar-17

RAMIRO FERNANDEZ BALTAZAR

INSTALACION DE SISTEMA DE

RIEGO Y BANQUETA PLAZA

5,000.00 NO NO NO NO NO NO NO

19192 17-mar-17

RAMIRO FERNANDEZ BALTAZAR

INSTALACION DE SISTEMA DE

RIEGO Y BANQUETA PLAZA

10,000.00 NO NO NO NO NO NO NO

45,000.00

RESPUESTA:

En este caso no contamos con las cotizaciones por escrito porque para este tipo de servicio

era la persona idónea y con el mayor conocimiento para la instalación de este servicio, se

anexa contrato.

CONCLUSION:

Observación no solventada ya que se no cuenta con documentación que soporte el gasto

y de las cotizaciones debe quedar prueba documental.

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Página 62

OBSERVACION 5.

CUENTA: Reparación y conservación de obras.

Se observó dentro del alcance de revisión que se le dio a esta cuenta que los pagos por

conceptos de salarios a los trabajadores eventuales no cuentan con documentación legal

soporte o justificación tales como listas de raya, contraviniendo así a los artículos 51, 53 y

54 de Ley del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del

Estado de Chihuahua.

CONSERVACION Y REPARACION DE OBRAS

DESCRIPCION IMPORTE FACTURA REQUISICION

ORDEN DE

COMPRA COMPRA

19011 03-feb-17

MARTIN IGLESIAS

BONILLA

PAGO

EVENTUALES DE

PLAZA Y PARQUE

LA GUAJOLOTA 13,200.00 NO NO NO NO

19042 10-feb-17

MARTIN IGLESIAS BONILLA

PAGO EVENTUALES DE PLAZA Y PARQUE LA GUAJOLOTA 14,000.00 NO NO NO NO

19073 17-feb-17

MARTIN IGLESIAS BONILLA

PAGO EVENTUALES DE PLAZA Y PARQUE LA GUAJOLOTA 6,960.00 NO NO NO NO

19108 24-feb-17

MARTIN IGLESIAS BONILLA

PAGO EVENTUALES DE PLAZA Y PARQUE LA GUAJOLOTA 8,940.00 NO NO NO NO

19140 03-mar-17

MARTIN IGLESIAS BONILLA

PAGO EVENTUALES DE PLAZA Y PARQUE LA GUAJOLOTA 11,230.00 NO NO NO NO

19194 17-mar-17

MARTIN IGLESIAS BONILLA

PAGO EVENTUALES DE PLAZA Y PARQUE LA GUAJOLOTA 10,660.00 NO NO NO NO

19218 24-mar-17

MARTIN IGLESIAS BONILLA

PAGO EVENTUALES DE PLAZA Y PARQUE LA GUAJOLOTA 10,420.00 NO NO NO NO

19257 31-mar-17

MARTIN IGLESIAS BONILLA

PAGO EVENTUALES DE PLAZA Y PARQUE LA GUAJOLOTA 11,140.00 NO NO NO NO

86,550.00

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Página 63

RESPUESTA:

Se anexan listas de raya.

CONCLUSION:

Observación solventada.

OBSERVACION 6.

CUENTA: OBRA PÚBLICA.

Se revisó la cuenta de obra pública en donde se observó que la mayoría de los gastos no

cuentan con la documentación legal soporte como lo marca los artículos 51, 53 y 54 de Ley

del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de

Chihuahua, ni tampoco se encuentra que se hayan realizado cotizaciones con proveedores

diferentes para asegurar que se ofrezcan las mejores condiciones en cuanto a precio, pago,

calidad, garantías, financiamiento y oportunidad en el cumplimiento, contraviniendo así al

artículo 101 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y obra

pública del Estado de Chihuahua.

OBRA PUBLICA DESCRIPCION IMPORTE

FACTURA

COMPRA

CONTTRATO/ CONVENIO

COTIZACIONES

POLIZA FECHA POLIZA

RAZON SOCIAL ( NOMBRE) 1 2 3

E-18966 30-ene-17

BAUDELIO ACOSTA PACHECO

MANO DE OBRA EN SALON DE COL. CHUPADEROS

30,000.00

NO NO NO NO NO NO

E-19097 22-feb-17

ABRAM MARTENS THIESSEN

PAGO REHABILITACION CAMINO CHUPADEROS

34,500.00

NO NO SI NO NO NO

E-19239 24-mar-17 JOHAN BLATZ WOLF

PAGO DE VIAJES DE MATERIAL A EJIDO ARROYO DE AGUA

20,000.00

NO NO NO NO NO NO

E-19143 03-mar-17

NOE DAVID ERIVES GALLEGOS

MANO DE OBRA EN BAÑOS EJIDO ARROYO

DEL AGUA 11,700.00 NO NO NO NO NO NO

E-19157 10-mar-17

NOE DAVID ERIVES GALLEGOS

MANO DE OBRA EN BAÑOS EJIDO ARROYO

DEL AGUA 7,000.00 NO NO NO NO NO NO

E-19195 17-mar-17

NOE DAVID ERIVES GALLEGOS

MANO DE OBRA EN BAÑOS EJIDO ARROYO

DEL AGUA 5,000.00 NO NO NO NO NO NO

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Página 64

E-19258 31-mar-17

NOE DAVID ERIVES GALLEGOS

MANO DE OBRA EN BAÑOS EJIDO ARROYO

DEL AGUA 4,000.00 NO NO NO NO NO NO

E-18940 24-ene-17

ELIZABETH WALL ELIAS

MANO DE OBRA EN BAÑOS EJIDO ARROYO

DEL AGUA 75,000.00 NO NO NO NO NO NO

E-19182 16-mar-17

ELIZABETH WALL ELIAS

PAGO DE VIAJES DE MATERIAL A EJIDO ARROYO DE AGUA

81,800.00 NO NO SI NO NO NO

E-19190 17-mar-17

BAUDELIO ACOSTA PACHECO

PAGO MANO DE OBRA TELEBACHILLERATO

40,000.00 NO NO NO NO NO NO

309,000.00

RESPUESTA:

En este aspecto se realizan contratos por la prestación del servicio y no se anexan

cotizaciones por escrito, pero al momento de ordenar el trabajo ya se había dado a la tarea

de cotizar el mejor precio y garantía. Anexamos contratos.

CONCLUSION:

Observación no solventada ya que de las cotizaciones debe quedar prueba documental y

los contratos anexos no cuentan con firma del presidente seccional.

OBSERVACION 7.

CUENTA: MATERIALES Y SUMINISTROS.

De la muestra revisada se observó que los pagos no vienen ni justificados ni comprobados

con los documentos originales respectivos y ni reúnen tampoco los requisitos legales,

contraviniendo a los artículos 51, 53 y 54 de Ley del Presupuesto de Egresos, Contabilidad

Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

MATERIALES Y SUMINISTROS DESCRIPCION IMPORTE

FACTURA

ORDEN DE COMPRA

COMPRA COTIZACIONES

POLIZA FECHA POLIZA RAZON SOCIAL ( NOMBRE) 1 2 3

E-18925 20-ene-17

MARIA TERESA GONZALEZ CASTELO

PAGO DE CONSUMOS

1,270.00

NO NO NO NO NO NO

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Página 65

EMPLEADOS SERVICIOS PUBLICOS

E-18937 23-ene-17

NORMA ESCARCEGA ROBLES

PAGO DE CONSUMOS EMPLEADOS

SERVICIOS PUBLICOS

1,475.00

NO NO NO NO NO NO

E-19017 07-feb-17

JUAN CARLOS ACOSTA ALVAREZ

PAGO DE CONSUMOS EMPLEADOS

1,802.00

NO NO NO NO NO NO

E-19020 08-feb-17

MARIA TERESA GONZALEZ CASTELO

PAGO DE CONSUMOS EMPLEADOS

SERVICIOS PUBLICOS

1,477.00

NO NO NO NO NO NO

E-19030 09-feb-17 ALICIA BONILLA ALVAREZ

PAGO ELABORACION DE ALIMENTOS

1,080.00

NO NO NO NO NO NO

E-19040 10-feb-17 CYNGO SA PAGO DE PAVOS

42,797.92 NO NO NO NO NO NO

49,901.92

RESPUESTA:

En este caso son consumos de alimentos para los oficiales de seguridad pública y estatales,

que se tiene que apoyar en este aspecto, y en este rubro los proveedores a los que

recurrimos no cuentan con facturación, ya que están inscritos en el régimen de

incorporación fiscal.

CONCLUSION:

Observación no solventada ya que no cuenta con comprobantes de los gastos, y cabe

aclarar que los contribuyentes inscritos en el régimen de incorporación fiscal desde el

ejercicio 2014 tienen obligación de facturar sus ingresos, por tanto no se justifica el régimen

del contribuyente para no facturar.

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Página 66

OBSERVACION 8.

CUENTA: MTTO. Y REPARACION DE MAQUINARIA PESADA.

Se revisó la cuenta de obra pública en donde se observó que la mayoría de los gastos no

cuentan con la documentación legal soporte como lo marca los artículos 51, 53 y 54 de Ley

del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de

Chihuahua, no se menciona además para que unidad es la reparación o el servicio, ni

tampoco se encuentra que se hayan realizado cotizaciones con proveedores diferentes

para asegurar que se ofrezcan las mejores condiciones en cuanto a precio, pago, calidad,

garantías, financiamiento y oportunidad en el cumplimiento, contraviniendo así al artículo

101 de la ley de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y obra pública del

Estado de Chihuahua.

Se observa también que no se llevan bitácoras de mantenimiento de ninguno de los

vehículos por lo que no se puede analizar y realizar una estadística exacta del

funcionamiento de los mismos para ver si están en condiciones de seguirlos utilizando o

sustituirlos, infringiendo así en los artículos Artículo 66 fracción IV del Código Municipal para

el Estado de Chihuahua, Artículo 45 fracción II, 54 fracción II y 56 fracción XVI del

Reglamento para la Utilización y Vigilancia del Patrimonio Municipal en el Municipio de

Cuauhtémoc, Chihuahua.

MTTO. Y REP. DE MAQUINARIA PESADA

DESCRIPCION IMPORTE FACTUR

A REQUISICI

ON

ORDEN DE

COMPRA

COMPRA

COTIZACIONES

POLIZA

FECHA POLIZA

RAZON SOCIAL ( NOMBRE) 1 2 3

E-19116 27-feb-17

MIGUEL ANTONIO ARMENTA OLIVAS

PAGO REP. A VEHICULOS

6,735.00 NO NO NO NO NO NO NO

E-18884 16-ene-17

JACOBO PETERS ENNS REP. DE

RETROEXCAVADORA

6,075.00

NO NO NO NO NO NO NO

E-18955 27-ene-17

PEDRO NEUSTETER LOEWEN

REP. DE CALEFACCION

4,140.12 NO NO NO NO NO NO NO

E-19039 10-feb-17

JACOBO LOEWEN DYCK REP. CAMION RECOLECTOR

DODGE

5,700.00

NO NO NO NO NO NO NO

E-19198 17-mar-17

GUILLERMO HIEBERT FROESE

ANTICIPO REP. TRACTOR D6H

100,000.00 NO NO NO NO NO NO NO

E-18892 17-ene-17

BERNARDO KRAHAN KNELSEN

REP. DE UNIDAD NISSAN

15,000.00 NO NO NO NO NO NO NO

E-18938 23-ene-17

MARIO HUMBERTO CHACON MORALES

REFACCIONES VARIAS

7,300.00 SI NO NO NO NO NO NO

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Página 67

E-19087 20-feb-17

JACOBO LOEWEN DYCK REP. DE CLOTCH Y

TRANSMICION

6,800.00 NO NO NO NO NO NO NO

E-19096 22-feb-17

CORNELIUS ENNS HARMS

PAGO DE LLANTAS DE MEDIO USO

3,500.00

SI NO NO NO NO NO NO

E-29 27-feb-17 DANIEL DYCK WIEBE

REPARACION DE MARCHA Y

ALTERNADOR

5,649.20

SI NO NO NO NO NO NO

160,899.32

RESPUESTA:

En este caso no hay muchas opciones para el servicio y mantenimiento de los vehículos,

por lo que se recurre a los talleres de la comunidad donde ya se tiene el conocimiento que

son confiables y expertos en el ramo, respecto a la documentación legal, la gran mayoría

son de régimen de incorporación fiscal y no cuentan con facturas, se anexa factura de Pedro

Neusteter Loewen.

CONCLUSION:

Observación no solventada ya que no cuentan con documentación legal soporte los gastos

erogados, y cabe aclarar que los contribuyentes inscritos en el régimen de incorporación

fiscal desde el ejercicio 2014 tienen obligación de facturar sus ingresos, por tanto no se

justifica el régimen del contribuyente para no facturar.

Se recomienda llevar un control en bitácoras de mantenimiento de todos los vehículos

OBSERVACION 9.

CUENTA: Gasolina, Diésel.

Se observa que no se llevan bitácoras de ninguno de los vehículos por lo que no se puede

analizar y realizar una estadística del consumo de las unidades, tampoco existe un

adecuado control en cuanto al consumo de combustible, se observa que en los pagos a

proveedores de combustible solo vienen como documentación soporte escasas órdenes

de compra, sin embargo viene la totalidad de los tickets que la gasolinera está cobrando

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 68

pero en estos no se especifica ni a que unidad corresponde, ni las placas, ni el kilometraje

infringiendo así al artículo 56 fracciones VIII y X del Reglamento para la Utilización y

Vigilancia del Patrimonio Municipal en el Municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua. Se

menciona además por parte del personal del seccional que no se cuenta con una lista del

parque vehicular que manejan, infringiendo al artículo 56 fracción XVI del mismo

ordenamiento.

RESPUESTA:

En el caso de los vehículos de comandancia se les carga cada día por la misma cantidad y

es una sola persona la encargada de firmar el comprobante del consumo, con los vehículos

de servicios públicos es el propio encargado del departamento quien hace las recargas del

combustible a las unidades que circulan ya que su trabajo comienza desde muy temprana

hora, no se lleva un control por escrito pero si en funcionamiento, se tratara de llevar una

bitácora por cada unidad que ande en circulación.

CONCLUSION:

Observación no solventada ya que no existe un adecuado control en cuanto al consumo de

combustible, se observa que en los pagos a proveedores de combustible solo vienen como

documentación soporte escasas órdenes de compra, sin embargo viene la totalidad de los

tickets que la gasolinera está cobrando pero en estos no se especifica ni a que unidad

corresponde, ni las placas, ni el kilometraje

Se recomienda solicitar factura de los pagos de combustible, llevar bitácora de consumo

con requisitos indispensables como unidad, placas y kilometraje

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OBSERVACION 10.

CUENTA: Atención a visitantes.

Se observó dentro del alcance de la revisión que los siguientes gastos no cuentan con

ninguna documentación legal soporte ni con la justificación de los mismos tal como lo

estipula los artículos 51, 53 y 54 de Ley del Presupuesto de Egresos, Contabilidad

Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

POLIZA ATENCION A VISITANTES

TIPO-NUMER

O FECHA BENEFICIARIO CONCEPTO DE

APOYO IMPORTE FACTUR

A

REQUISICION

ORDEN DE COMPRA

COMPRA

19013 03-feb-17 ALBERT THIESSEN FRIESSEN CONSUMO 2,118.00

SI NO NO NO

19095 21-feb-17 JOEL GONZALEZ MURRUFO CONSUMO

3,889.00 NO NO NO NO

19141 03-mar-17 NORMA ESCARCEGA ROBLES CONSUMOS

3,153.00 NO NO NO NO

19254 31-mar-17 JOEL GONZALEZ MURRUFO CONSUMOS

5,851.00 NO NO NO NO

33 21-mar-17 JOEL GONZALEZ MURRUFO CONSUMOS

2,950.00 NO NO NO NO

17,961.00

RESPUESTA:

En la muestra que tomaron se anexo una factura, de los demás proveedores son de régimen

de incorporación fiscal y no facturan solo se elabora un recibo y la copia de la credencial de

elector, así mismo lleva anexo todas las comandas firmadas por los consumos que son para

alimentación del p0ersonal del Instituto Nacional Electoral y los oficiales de seguridad

pública y estatal.

CONCLUSION:

Observación parcialmente solventada con comprobante de los beneficiados, sin embargo

no se justifica el régimen del contribuyente para no expedir factura.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 70

OBSERVACION 11.

CUENTA: Gastos por comprobar.

Se observó que las siguientes partidas son de gastos por comprobar, las cuales ya tienen

más de tres meses de antigüedad y al 31 de mayo aún no están justificados por lo que

contraviene al artículo 23 de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos y que a

la letra dice:

Todo servidor público, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y

eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, con

independencia de sus deberes y derechos laborales, tendrá las siguientes obligaciones:

III. Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le sean atribuidas

o la información reservada a que tenga acceso por su función, exclusivamente para

los fines a que estén afectos;

XVIII. Abstenerse de causar por sus actos u omisiones daños o perjuicios a la

Hacienda Pública Estatal o Municipal u obtener un lucro personal o familiar en el

desempeño de la función pública. Asimismo de hacer uso indebido de los recursos

tanto estatal como municipales;

NOMBRE FECHA CHEQUE CANTIDAD

ERIKA DELGADO OLIVAS 2016 transferencia 5,000.00

PEDRO JOSE GONZALEZ BARAY 24-ene-17 18943 30,000.00

PEDRO JOSE GONZALEZ BARAY 27-mzo-17 19223 40,000.00

PEDRO JOSE GONZALEZ BARAY 03-mzo-17 transferencia 10,000.00

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 71

RESPUESTA:

Se anexa documentación comprobatoria y al cierre del segundo trimestre del año este

saldo quedará cancelado.

CONCLUSION:

Observación solventada. Se dará seguimiento.

OBSERVACION 12.

CUENTA: Servicios personales.

Se revisó todas las partidas que integran la nómina del seccional y se observó que ninguna

póliza cuenta con los recibos de nómina correspondientes contradiciendo a los artículos 51,

53 y 54 de Ley del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público

del Estado de Chihuahua.

RESPUESTA:

La nómina general se encuentra archivada por separado, se corregirá esto y se archivara

en cada póliza.

CONCLUSION:

Observación solventada.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 72

3.2.4. TESORERIA.

DESCRIPCION.

Se realizó la revisión de las conciliaciones bancarias del periodo de Enero-Marzo 2017

mediante oficio No. 199/2017 del 20 de Abril de 2017 de esta Sindicatura, indicándose las

observaciones anexas.

OBJETO DE LA REVISIÓN.

La revisión comprende el análisis de los retiros y depósitos los estados de cuenta del

periodo de enero a marzo del 2017, revisando cada movimiento bancario y obteniendo

información tanto de los auxiliares de bancos, estados de cuentas y resumen de la

conciliación con el objeto de vigilar el correcto ejercicio del patrimonio municipal.

OBSERVACION 1.

Se revisaron los movimientos de la cuenta corriente y existen varios cheques en tránsito

desde el año 2015, lo que se considera que es demasiado tiempo para mantener en tránsito

los cheques, contraviniendo así los términos de caducidad detallados en los artículos 181

y 191 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Contabilidad Gubernamental

y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

CUENTA GASTO CORRIENTE

BANCO CUENTA CUENTA CONTABLE

HSBC 4014673974 1102 900 01 0003 0000

BENEFICIARIO No.

CHEQUE FECHA GIRO VALOR

LIQUIDNET US LLC 7231 15-dic-15 $ 1,450.32

JUAREZ CHAVEZ HUGO ALBERTO 118843 23-mar-16 $ 7,000.00

HERNANDEZ VASQUEZ CALLETANO 121731 30-sep-16 $ 350.00

MIRAMONTES VILLA ROGELIO 121984 10-nov-16 $ 1,500.00

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 73

FERRETERIA Y MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION DEL VALLE SA DE CV 122035 11-nov-16 $ 2,668.52

ASOCIACION GANADERA LOCAL DE CUSIHUIRIACHIC 122179 23-nov-16 $ 3,636.50

OCHOA DELGADO OSCAR RAMIRO 122280 01-dic-16 $ 1,424.49

SAENZ ZAFIRO JUANA MARIA 122307 02-dic-16 $ 500.00

RIVERA ARGUELLO ADRIAN 122320 05-dic-16 $ 450.00

ALBA VILLEGAS CATALINA 122435 09-dic-16 $ 590.00

NAJERA QUINTANA JESUS MANUEL 122471 12-dic-16 $ 2,500.00

RESURGIR CUAUHTEMOC AC 122695 21-dic-16 $ 6,000.00

VIVA LA MAVERICK AC 122707 22-dic-16 $ 3,000.00

RADIO JUARENSE SA DE CV 122838 24-dic-16 $ 13,920.00

QUINTANA GARCIA MARIA 122955 30-dic-16 $ 350.00

HERNANDEZ VAZQUEZ CALLETANO 122956 30-dic-16 $ 350.00

APODACA GALAVIZ MARIA LUIZA 122960 30-dic-16 $ 350.00

PEREZ ORDOÑEZ ALEJANDRO 122965 30-dic-16 $ 1,155.00

MANCINAS MUÑOZ JUAN 122966 30-dic-16 $ 336.00

ESTRADA ANDUJO JULIAN 122980 30-dic-16 $ 335.05

VELARDE AGUILAR MARIO EDUARDO 123011 30-dic-16 $ 3,630.80

GCC COMERCIAL SA DE CV 10551 30-dic-16 $ 108,818.21

CICMA CONSTRUCCIONES SA DE CV 10552 30-dic-16 $ 114,019.07

CICMA CONSTRUCCIONES SA DE CV 10553 30-dic-16 $ 175,003.90

LOOPEZ AGUILAR SALVADOR 123161 17-ene-17 $ 600.00

MENDOZA GONZALEZ MARIA 123162 17-ene-17 $ 500.00

GONZALEZ GONZALEZ ZENAIDA 123231 23-ene-17 $ 4,000.00

MENDOZA MALTOS ANTONIO 123259 25-ene-17 $ 464.00

MARTINEZ PEREZ RAFAEL 123414 07-feb-17 $ 13,661.00

DIABRAS MEXICANA SA DE CV 123416 07-feb-17 $ 32,000.00

RASCON RASCON SILVIA LORENA 123430 08-feb-17 $ 7,927.00

RENTERIA RENOVA SAHIAN IVETH 123452 09-feb-17 $ 214.18

ARCINIEGA ROJAS FELICITAS 123483 10-feb-17 $ 1,000.00

CLUB ROTARIO CUAUHTEMOC RARAMURI, AC 123590 17-feb-17 $ 1,314.60

CERECERES CHACON CONSTANCIO 123609 20-feb-17 $ 5,600.02

MANRIQUEZ MORENO LETICIA 123634 20-feb-17 $ 2,953.13

REPUESTOS DE NOROESTE SA DE CV 123653 20-feb-17 $ 9,881.63

SOLIS CASTILLO ALMA JUDITH 123694 22-feb-17 $ 2,000.00

CARRILLO TARANGO CONSUELO ARMIDA 123707 22-feb-17 $ 2,000.00

SEIRA AGUIRRE RICARDO 123724 23-feb-17 $ 1,085.00

ARANA GUERRERO MARIO 123784 27-feb-17 $ 2,500.00

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 74

OBSERVACION 2.

Se revisaron los movimientos de la cuenta FORTAMUN 2016 y existen varios cheques en

tránsito desde el año 2016, lo que se considera que es demasiado tiempo para mantener

en tránsito los cheques, contraviniendo así los términos de caducidad detallados en los

artículos 181 y 191 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Contabilidad

Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

CUENTA FORTAMUN 2016

BANCO CUENTA CUENTA CONTABLE

HSBC 4058556952 1102 900 01 0058 0000

BENEFICIARIO No. CHEQUE FECHA GIRO VALOR

CONSTRUCTORA TREVIZO 10558 30-dic-16 $ 20,808.31

SOLANO CASTILLO ARTURO ISIDRO 519 26-ene-17 $ 3,088.25

ROJO CASTILLO JUAN MANUEL 11215 30-mar-17 $ 172,955.14

ROJO CASTILLO JUAN MANUEL 11216 30-mar-17 $ 132,953.74

OBSERVACION 3.

Se revisaron los movimientos de la cuenta IEPS 2016 y existen varios cheques en tránsito

desde el año 2016, lo que se considera que es demasiado tiempo para mantener en tránsito

los cheques, contraviniendo así los términos de caducidad detallados en los artículos 181

y 191 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Contabilidad Gubernamental

y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 75

CUENTA IEPS 2016

BANCO CUENTA CUENTA CONTABLE

SANTANDER 65505398330 1102 900 04 0025 0000

BENEFICIARIO No. CHEQUE FECHA GIRO VALOR

GCC COMERCIAL, SA DE CV 10,620.00 30-dic-16 $ 218,528.46

VALDIVIEZO MONTES NOE TOMAS 215.00 09-feb-17 $ 704.34

RAMOS BREACH JOSE RAMON 11,098.00 14-mar-17 $ 33,813.49

RAMOS BREACH JOSE RAMON 11,099.00 14-mar-17 $ 6,884.46

OBSERVACION 4.

Se revisaron los movimientos de la cuenta FISM 2016 y existe un cheque en tránsito desde

el año 2016, lo que se considera que es demasiado tiempo para mantener en tránsito los

cheques, contraviniendo así los términos de caducidad detallados en los artículos 181 y

191 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Contabilidad Gubernamental y

Gasto Público del Estado de Chihuahua.

CUENTA FISM 2016

BANCO CUENTA CUENTA CONTABLE

SANTANDER 65505398375 1102 900 04 0026 0000

BENEFICIARIO No. CHEQUE FECHA GIRO VALOR

CAMARA DE LA INSDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION SA DE CV 10547 30-dic-16 $ 245,688.31

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 76

OBSERVACION 5.

Se revisaron los movimientos de la cuenta FORTALECE 2016 y existe un cheque en tránsito

desde el año 2016, lo que se considera que es demasiado tiempo para mantener en tránsito

los cheques, contraviniendo así los términos de caducidad detallados en los artículos 181

y 191 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Contabilidad Gubernamental

y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

CUENTA FORTALECE 2016

BANCO CUENTA CUENTA CONTABLE

SANTANDER 18000038865 1102 900 04 0027 0000

BENEFICIARIO No. CHEQUE FECHA GIRO VALOR

OBRAS, PAVIMENTOS Y SEÑALAMIENTOS DELTA SA DE CV 10564 30-dic-16 $ 768,343.30

RESPUESTA:

Se recibe como respuesta la misma relación enviada con una columna anexa donde se

manifiesta: que cheques han sido cancelados, entregados, aplicados, que se tienen en

físico y detenidos por obras públicas.

CONCLUSION:

Observación parcialmente solventada, ya que se informa el estatus que guardan los

mencionados cheques, no se considera solventada debido a que si los cheques ya fueron

cancelados, entregados y aplicados no tiene por qué aparecer en las conciliaciones

bancarias.

Por lo que esta sindicatura recomienda la elaboración real de las conciliaciones y por otra

parte recordarles que los cheques prescriben y se tiene que hacer su cancelación después

de un periodo de tiempo, no se deben tener cheques en físico ni detenidos por más de seis

meses, como es el caso de algunos de los observados.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 77

La ley general de Títulos y Operaciones de Crédito menciona

Artículo 181.- Los cheques deberán presentarse para su pago:

I.- Dentro de los quince días naturales que sigan al de su fecha, si fueren pagaderos en el

mismo lugar de su expedición;

II.- Dentro de un mes, si fueren expedidos y pagaderos en diversos lugares del territorio

nacional;

III.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos en el extranjero y pagaderos en el territorio

nacional; y

IV.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos dentro del territorio nacional para ser

pagaderos en el extranjero, siempre que no fijen otro plazo las leyes del lugar de

presentación.

Con base en lo anterior esta sindicatura dará seguimiento a las observaciones.

3.2.5. DESARROLLO RURAL.

PROGRAMAS DE APOYO.

DESCRIPCION.

Por medio del oficio 201/2017 con atención al Ing. José Carlos Gutiérrez Alire, Director de

la dependencia de Desarrollo Rural, se solicitó la información para realizar la revisión a los

programas de Apoyos Especiales por el periodo de enero-marzo del año en curso.

OBJETO DE LA REVISION.

Se revisa la documentación soporte de forma aleatoria de la cuenta contable a los apoyos

especiales, los cuales consisten en contratos y/o convenios, pólizas, oficios de aprobación,

facturas, órdenes de compra, recibos de pago y demás documentos. Así mismo se hace la

inspección física de la aplicación de los recursos, encontrándose las siguientes

observaciones:

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 78

OBSERVACION 1.

El apoyo entregado con fecha del 08/Marzo/2017, por la cantidad de $5,500.00 (son cinco

mil quinientos pesos M.N), faltante de comprobar gastos, los gastos no pueden ser menor

que el apoyo otorgado.

RESPUESTA:

Debido a la dificultad que a veces tiene el comisario de policía para trasladarse a esta

ciudad, no siempre trae los comprobantes a tiempo. Se anexan dichos comprobantes.

CONCLUSION:

Observación solventada ya que se reciben los comprobantes, pero se recomienda por esta

sindicatura se pida a los beneficiarios de los programas que soliciten comprobante fiscal ya

que presentan notas de venta o notas simples.

OBSERVACIÓN 2.

Con respecto a los apoyos otorgados con fechas del 16/Enero/2017, 10/Febrero/2017 y

01/Marzo/2017 por la cantidad de $1,500.00 (son mil quinientos pesos M.N), cada uno

respectivamente, por el apoyo de combustible de traslado de docentes del Ejido seis de

Enero, en el presente convenio no se encuentra firmado por el delegado del CONAFE.

RESPUESTA:

Por un descuido se olvidó exigir la firma del Delegado de CONAFE, lo cual se hizo

inmediatamente después de que se nos reportara en la observación, sin embargo

argumenta la interesada que es difícil encontrar al Delegado, pero nos entregó una

constancia firmada por la coordinadora Regional Profesora Armandina Marquez Tello, quien

hace constar que la C Rosalía Cano Lerma es la Presidente de APEC. Se anexa copia de

la constancia.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 79

CONCLUSION:

Observación solventada con copias de las notas de combustible y con firma del convenio

por parte de la coordinadora regional de CONAFE

OBSERVACIÓN 3.

En el apoyo entregado de la total terminación de la instalación del techo del salón Ejidal del

Ejido la Quemada, con fecha del 17/Enero/2017, por la cantidad de $12,000.00 (son doce

mil pesos M.N) a nombre del C. Saúl Romero Burrola, solo existiendo la cotización más no

el comprobante de gastos, revisándose físicamente y encontrando terminado el techo en

reparación.

RESPUESTA:

Se presenta comprobante NO. 17087 A de FAESA, el cual aunque es una orden de pedido,

contiene el sello de PAGADO por parte de la empresa proveedora, la fecha es unos días

anterior a la fecha de emisión de la orden de pago, ya que cuando estuvo autorizado el

recurso se lo dijo por nuestra parte al beneficiario que ya podía comprar el material

pagándolo con recursos de otras fuentes, mientras se generaba el cheque respectivo y que

después hiciera el pago

Lo anterior lo hicimos para evitar más aumentos en el precio de los materiales, para

aprovechar la mano de obra disponible en el momento y por conveniencia propia del

beneficiario.

CONCLUSION:

Observación solventada con el comprobante, pero se recomienda por esta sindicatura se

pida a los beneficiarios de los programas que soliciten comprobante fiscal ya que presentan

notas de pedido, de venta o notas simples.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 80

OBSERVACIÓN 4.

Apoyo entregado con fecha del 10/Febrero/2017 por la cantidad de $3,500.00 (son tres mil

quinientos pesos M.N) por concepto de apoyo mensual de combustible para el traslado de

alumnos del Ejido Ciénega del Castillo, falta de comprobación de gastos por el resto, ya

que solo aparecen notas de venta por la cantidad de $2,700.00 (son dos mil setecientos

pesos M.N), los gastos no pueden ser menos que el apoyo entregado.

RESPUESTA;

Por falta de tiempo, el beneficiario no había entregado completos los comprobantes. Se le

llamó solicitándole el resto y nos los trajo. Se anexa copia

CONCLUSION:

Observación solventada con el comprobante, pero se recomienda por esta sindicatura se

pida a los beneficiarios de los programas que soliciten comprobante fiscal ya que presentan

notas de pedido, de venta o notas simples.

OBSERVACIÓN 5.

El apoyo se realiza en dos partes, con fechas del día 13 febrero 2017 y 25 Enero 2017, por

la cantidad de $30,000.00 el primero y el segundo por la cantidad de $46,500.00, por

concepto de compra de material para la construcción del puente del Ejido Yampolis a

nombre del C. Eleuterio Chacón Mercado, se realiza la observación en la primera cantidad

antes mencionada ya que los comprobantes de gastos solo se encuentran en una nota de

venta y dos en recibo de dinero, en la segunda cantidad solo existe factura por la cantidad

de $33,515.00, los gastos no pueden ser menores que el apoyo entregado, revisándose en

físico y encontrando en el puente terminado en un 100%.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 81

RESPUESTA:

En el caso de la primera cantidad, se decidió por la nota de venta, ya que con una factura

se cobraba el IVA y se reducía considerablemente el recurso disponible, no así con la nota

de venta. En cuanto a los recibos de dinero, es la misma situación, se trató de evitar el

pago del IVA, por lo cual el proveedor del concreto emitió recibos de dinero por la cantidad

acordada como coso del producto. En el caso de la segunda cantidad, la cual se ampara

con factura folio F3623, no fue posible evitar el pago del IVA, ya que la empresa no lo

permitió de otra manera. El monto total de la inversión e material es de $81,815.00 monto

superior al apoyo otorgado, sin contar la mano de obra que fue aportada por los

beneficiarios.

CONCLUSION:

Observación solventada con los comprobantes, pero se recomienda por esta sindicatura se

pida a los beneficiarios de los programas que soliciten comprobante fiscal ya que presentan

notas de pedido, de venta o notas simples.

OBSERVACIÓN 6.

Se realiza la observación con fecha del 27/Febrero/2017, por concepto de apoyo de

reparación de un tractor de la marca John Deere 2755, del Mancomún Guadalupe Victoria,

con la cantidad de $18,000.00 (son dieciocho mil pesos M.N) a nombre del C. Dionisio

Granillo Morales, en donde no se encuentra ningún comprobante de gastos, revisándose

en físico y encontrando en total reparación el tractor.

RESPUESTA:

Por un descuido el beneficiario no había entregado los comprobantes, se le llamó y de

inmediato los entregó, se anexan facturas por la cantidad de $23,198.74 ya que el productor

aportó $5,198.74.

CONCLUSION:

Observación solventada.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

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OBSERVACIÓN 7.

El apoyo consta en la compra de equipo para corrales de manejo en Ejido la Selva a nombre

del C. Héctor López Rivera, y con fecha del día 28 de Febrero del presente año por la

cantidad de $9,400.00 (son nueve mil cuatrocientos pesos M.N), el cual se observa que no

aparece ningún comprobante de gastos, revisándose en físico y encontrando el equipo en

el lugar antes mencionado.

RESPUESTA:

El beneficiario nos había entregado los comprobantes, pero no tenía el sello de pagado por

parte del proveedor, por lo cual se le avisó pero a la fecha de la revisión, aun no lo

solventaba. Sin embargo se le llamó de nuevo, acudió y nos entregó el comportante de

sello pagado. Se anexa.

CONCLUSION:

Observación solventada

OBSERVACIÓN 8.

Apoyo con fecha de 28/Febrero/2017 por la cantidad de $137,000.00 del Ejido Seis de

Enero a nombre del C. Rogelio Villegas Ordoñez, por concepto de apoyo de compra de

material para el arreglo del salón ejidal del mismo, revisándose físicamente y aun no

empiezan con la construcción, ya que apenas están realizando los presupuestos de mano

de obra, por consecuente no existe ningún comprobante de gastos dentro del registro.

RESPUESTA:

Cuando iban a comenzar los trabajos, se dieron cuenta de que lo que habían estimado de

mano de obra estaba muy por debajo de lo que les cobraba un albañil, por lo cual

comenzaron a buscar presupuestos, hasta que encontraron uno que se ajustaba a la fecha

que ellos podían aportar. Por esta razón se tardaron en comenzar la obra. Pero a la fecha

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 83

de esta respuesta, ya se encuentra avanzado el trabajo, estimándose un mes más para

concluir.

CONCLUSION:

Observación atendida, se dará seguimiento por parte de esta sindicatura.

OBSERVACIÓN 9:

En el apoyo con fecha del 07 de Marzo del año en curso, lo cual consta de combustible

mensual para el traslado de alumnos del Ejido Ciénega del Castillo, por una cantidad de

$3,500.00 (son tres mil quinientos pesos M.N), Los gastos no pueden ser menos que el

apoyo entregado, ya que solo hay comprobantes por la cantidad de $2,800.00 (son dos mil

ochocientos pesos M.N).

RESPUESTA:

Por falta de tiempo, el beneficiario no había entregado completos los comprobantes. Se le

llamó solicitándole el resto y nos los trajo. Se anexa copia

CONCLUSION:

Observación solventada con los comprobantes, pero se recomienda por esta sindicatura se

pida a los beneficiarios de los programas que soliciten comprobante fiscal ya que presentan

notas de pedido, de venta o notas simples.

OBSERVACIÓN 10.

En el apoyo entregado por concepto de la compra de una cortadora de avena usada marca

INTERNACIONAL en el Ejido el Apache y con fecha del 22 de Marzo del presente año a

nombre del C. Jesús Antonio Mendoza Hernández, por la cantidad de $9,000.00 (son nueve

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 84

mil pesos M.N), no encontrando el recibo de pago de apoyo al igual que ningún

comprobante de gastos, se revisó físicamente encontrando la maquina en uso.

RESPUESTA:

El recibo de pago de apoyo, se debe encontrar en el área de Finanzas, ya que todo

beneficiario lo firma al momento de que se le entrega el recurso y quien hace esta entrega

es Tesorería. En el área de Desarrollo Rural, se encuentra solamente una copia sin firma

del beneficiario, ya que cuando se genera la orden de pago, se adjunta este recibo en dos

tantos pero sin la firma de quien recibe el apoyo, solo para realizar el trámite y como control

interno de recibido dicho trámite.

En cuanto al comprobante de gastos se anexa una factura A21 por la cantidad de

$47,500.00 aportando él la diferencia con sus propios recursos o de otras fuentes.

CONCLUSION:

Se solventa la observación

OBSERVACIÓN 11.

Apoyo único para la adquisición molino para pastura monofásico equipado, paneles,

comederos, bebederos, por la cantidad de $51,425.00 (son cincuenta y un mil cuatrocientos

veinticinco mil pesos M.N), con fecha del día 27 de Marzo del año en curso a nombre de

Cecilia Polanco Estrada, solo cuenta con puras cotizaciones, no encontrando ningún

comprobante de gastos.

RESPUESTA:

El motivo por el que no se encontraron comprobantes de gastos es porque a pesar de que

el trámite del pago del apoyo se realizó en la fecha que se indica, por una falla en la

comunicación, la beneficiaria no se enteró de que estaba listo el cheque hasta los primeros

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Página 85

días de junio, recogiéndolo como el día 8 de este mes, por lo tanto no había comprado los

equipos para los cuales se le otorgo el apoyo.

CONCLUSION:

Observación atendida, se le dará seguimiento por parte de esta sindicatura

OBSERVACIÓN 12.

Apoyo con fecha del 28/Marzo/2017 por el concepto de compra de material en dos partes,

para la elaboración de pan, dulces, y otros elementos caseros del Grupo Social “Sierra Azul”

en el Ejido el Llorón, por la cantidad de $22,335.00 (son veintidós mil trescientos treinta y

cinco pesos M.N) a nombre de la C. Beatriz Robles Nieto, encontrando solo una nota de

venta por la cantidad de $3,293.00 (son tres mil doscientos noventa y tres pesos M.N).

RESPUESTA:

La segunda parte del apoyo, a la cual se hace referencia en esta observación, fue otorgada

el día 08 de mayo 2017, que a la fecha de la auditoria aún no se generaba.

Derivado de lo anterior, la beneficiaria quiso esperarse hasta recibir el total del apoyo para

hacer la comprobación total, ya que para tal efecto se firmó un solo convenio.

Posteriormente de recibida la segunda parte del apoyo, presenta la comprobación total de

apoyo recibido por la cantidad de $40,514.00 monto superior al apoyo recibido que fue de

$38,565.00. Se anexan copias de comprobantes.

CONCLUSION:

Se solventa la observación.

OBSERVACIÓN 13.

Apoyo único para la adquisición de trampa ganadera del Ejido el Rayo a nombre del C.

Alberto Pérez Rodríguez con fecha del 30 de Marzo del año en curso, por la cantidad de

$20,500.00 (son veinte mil quinientos pesos M.N), solo cuenta con cotizaciones más no con

comprobante de gastos, revisándose físicamente y encontrando el equipo en función.

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RESPUESTA:

Por descuido, el beneficiario no nos había entregado el comprobante del apoyo. Se le llamó

y para hacerlo más rápido nos envió una foto de la factura correspondiente por la cantidad

de $20,500. Se anexa comprobante.

CONCLUSION:

Observación solventada.

OBSERVACIÓN 14.

Apoyo único compra de material y mano de obra para la construcción de baños en el salón

Ejidal del Ejido Napavechi, a nombre del C. Andrés Grajeda Olivas, con fecha del 31 de

Marzo del presente año, con una cantidad de $35,977.00 (son treinta y cinco mil trescientos

setenta y siete pesos M.N), encontrando solo una nota de venta por la cantidad de

$4,500.00 (son cuatro mil quinientos pesos M.N), no se revisó físicamente, se entrevistó

con la persona antes mencionada declarando que aún no se empieza construcción ya que

tienen una reunión de asamblea en los próximos días para tocar el tema en que área del

salón ejidal se instalaran los baños.

RESPUESTA:

Como lo manifestó el beneficiario, debido a la organización interna del ejido, fue necesario

esperar hasta que hubiera una asamblea para decidir la ubicación exacta de los baños a

construir, motivo por el cual aún no se habían aplicado los recursos.

A esta fecha ya están concluidos los trabajos y solo falta que nos entreguen la

comprobación del gasto.

CONCLUSION:

Observación atendida, se le dará seguimiento por parte de esta sindicatura.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 87

VISITAS DOMICILIARIAS PARA LA COMPROBACION DE APOYOS.

OBSERVACIÓN 3:

OBSERVACIÓN 6:

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 88

OBSERVACIÓN 7:

OBSERVACIÓN 9:

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 89

OBSERVACIÓN 15:

Apoyo único adquisición de 400 pollas de 4 semanas, 32 sacos de alimento, para el Grupo

Social “San Diego”, de la comunidad San Diego, por la cantidad de $26,240.00 (son

veintiséis mil doscientos cuarenta pesos M.N), a nombre del C. Agustín Quintana Núñez,

con fecha del 23 de Marzo del año en curso, revisándose físicamente y no encontrando

ninguna observación.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 90

3.2.6. FOMENTO ECONOMICO.

DESCRIPCIÓN.

Se realizó la revisión de los microcréditos de los programas “No estás sola” e “Impulsa”, la

revisión mediante oficio No. 252/2017 del 07 de Junio de 2017 de esta Sindicatura,

indicándose las observaciones anexas.

OBJETO DE LA REVISIÓN.

La revisión comprende el análisis de los microcréditos otorgados en el periodo de Enero a

Mayo 2017, consistió en revisar e identificar que todos los expedientes cumplieran con los

requisitos solicitados para ser acreedor a los diferentes programas de apoyo, así mismo se

cotejaron los egresos donde se entregaron los cheques y a su vez los ingresos de algunas

mensualidades que los primeros beneficiarios han pagado, todo esto cotejado con los

auxiliares de contabilidad, esta revisión con el objeto de vigilar el correcto ejercicio del

patrimonio municipal.

OBSERVACION 1.

Se revisaron cada uno de los expedientes de los créditos otorgados desde el 1 de Enero al

31 de Mayo de 2017, encontrando cada uno de ellos completos en relación a los requisitos

solicitados, como lo son:

a) Solicitud: que se entrega en Fomento Económico.

b) Plan de Negocios: formato que se adjunta con la solicitud.

c) Dos copias de identificación con fotografía.

d) Dos copias de comprobante de domicilio, no mayor a 3 meses de antigüedad.

e) Croquis de ubicación de la micro empresa.

f) Dos copias de RFC

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 91

g) Ultimo pago del SAT

h) Dos copias del recibo del Predial del presente año y/o recibo de renta.

i) Firmar de enterado y/o de conformidad la solicitud.

j) No tener adeudos en ninguna dependencia Municipal

k) Estudio Socioeconómico.

Estos requisitos aplican para los programas “Impulsa” y para “No estás sola”, en el último

se exceptúan el requisito f y g, requisitos referentes con el SAT.

También se observó que en los expedientes se encuentran comprobantes como facturas,

tickets y notas de compra donde ha sido invertido el crédito que obtuvieron de los

programas.

Todos los expedientes revisados fueron cotejados contablemente con los auxiliares,

correspondiendo en fecha, montos del egreso, del ingreso y nombre de cada uno de los

deudores (beneficiarios).

Así mismo se tomó una muestra en relación a la conformidad y para confirmar información

de los créditos con algunos de los beneficiarios vía telefónica, donde cada uno de los

entrevistados confirmó haber recibido el crédito y detalló en qué lo ha utilizado, así mismo

también confirmaron los montos del crédito y en su caso si han hecho algún pago; esta

información coincide con los papeles de trabajo revisados.

Cumpliendo así al Artículo 23 Fracciones III y XVIII de la Ley de Responsabilidades de

Servidores Públicos, Artículo 51, 53 y 54 de la Ley del Presupuesto de Egresos,

Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 92

CONCLUSION:

No hay respuesta debido a que es una observación positiva en cuanto a la integración de

expedientes y seguimiento de los microcréditos otorgados.

3.2.7 OBRAS PÚBLICAS.

DESCRIPCIÓN.

Se realizó la revisión a las garantías de Obras realizadas y en proceso del periodo Octubre

2016- Junio 2017 mediante oficio No. 253/2017 del 07 de Junio de 2017 de esta Sindicatura,

indicándose las observaciones anexas.

OBJETO DE LA REVISIÓN.

La revisión se hace con el objeto de verificar que todos aquellos quienes celebren contratos

con el municipio en materia de obra pública, expidan a favor del mismo las garantías que

marca la ley y conforme a las reglas de la misma.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 93

OBSERVACION 1.

Se analizaron las garantías de OBRA PUBLICA en el periodo Octubre 2016- Junio 2017,

las cuales se describen en los cuadros adjuntos, mismas que no otorgan garantía (fianza

por compañía autorizada) ya que solo presentan cheques cruzados, los cuales no

constituyen una garantía real en contravención con lo establecido en Artículo 70 de la Ley

de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de

Chihuahua que a la letra dice; “Los actos y contratos que celebren los entes públicos y los

municipios, deberán garantizarse y cumplir los requisitos exigidos por la normatividad

aplicable a cada caso concreto y, en su defecto, a las normas generales que emita la

Secretaría, tratándose del Poder Ejecutivo. En todo caso será aplicable el Código Fiscal del

Estado y demás disposiciones que emita la Secretaría y, supletoriamente, el Código Civil

del Estado”.

Por su parte el artículo 124 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua señala que

en materia de los casos de contratos administrativos y demás actos jurídicos, a falta de

disposición expresa, serán admisibles, para asegurar los intereses municipales, en su

orden, las garantías previstas en el Código Fiscal del Estado.

Continuando con los señalamientos, el artículo 63 del código Fiscal del Estado de

Chihuahua establece las formas de garantizar pudiendo ser cualquiera de las siguientes:

I. Depósito de dinero;

II. Prenda o hipoteca;

III. Fianza otorgada por compañía autorizada la que no gozará de los beneficios de

orden y excusión;

IV. Secuestro convencional, y

V. Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y

solvencia.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 94

Como se puede ver el cheque cruzado no garantiza una caución suficiente al solamente

garantizar que el mismo solo podrá ser cobrado por una institución de crédito ya sea

general o determinada según lo establece el artículo 197 de la Ley General de Títulos y

Operaciones de Crédito, en su caso podría garantizar la certidumbre jurídica mediante la

certificación del cheque por una institución bancaria tal como señala el artículo 99 del

precepto mencionado.

POLIZA FECHA CONSTRUCTORA COSTO OBRA

201717001CH-11594 31/01/2017 GRUPO ABU SA DE CV 204,045.73$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717003

Pavimentacion con

concreto hidraulico

en C. 56a entre ch-206 31/01/2017

JOSE MIGUEL CORRAL

ESCARCEGA 620,533.94$ CHEQUE

garantia de

anticipo

2017170012

Rastro de calles 2017 CH-5757278 03/02/2017

DISEÑOS INTEFRALES,

PLANEACION E INGENIERIA

APLICADA S.A. DE C.V. 818,829.01$ CHEQUE

garantia por

anticipo

2017170012

Rastro de calles 2017 CH-5757277 03/02/2017

DISEÑOS INTEFRALES,

PLANEACION E INGENIERIA

APLICADA S.A. DE C.V. 818,829.01$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

201717017Pintura Teatro de

Camara CH-9691120 16/03/2017

FRANCISCO JAVIER TINOCO

ANTILLON 34,470.80$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

201717017Pintura Teatro de

Camara CH-9691122 28/04/2017

FRANCISCO JAVIER TINOCO

ANTILLON 34,470.80$ CHEQUE

garantia de

vicios ocultos

201717018Impermeabilizado en

Edificios Publicos CH-11696 23/03/2017 GRUPO ABU SA DE CV 311,829.70$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

201717018Impermeabilizado en

Edificios Publicos CH-11696 23/03/2017 GRUPO ABU SA DE CV 311,829.70$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717019Canchas y banquetas

paquete A CH-219 16/03/2017 JOSE MIGUEL CORRAL ESCARCEGA 577,053.27$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717020 Canchas y banquetas

paquete B CH-968 16/03/2017

LERAU INGENIERIA Y

CONSTRUCCIONES S.A. DE C.V. 620,545.84$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717021Remodelacion de

Desarrollo social ch-0003 23/03/2017 ADRIAN VERDIGO MENDOZA 13,789.40$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717021Remodelacion de

Desarrollo social CH-0002 23/03/2017 ADRIAN VERDIGO MENDOZA 13,789.40$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

201717023

Construccion de

tejaban en patio de

almacen Municipal CH-2150 07/04/2017

ING. JOSE LUIS GALLEGOS

FERNANDEZ 349,999.02$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717027

Muro de contencion

en Ejido Cienega de

Castillo CH-1698 07/04/2017

GABRIEL DE LA O

CONSTRUCCIONES S. DE R.L. DE

C.V. 557,771.11$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717028

Pasamanos, banqueta

e impermeabilizacion

de Escuela de CH-1258 28/04/2017

CONSTRUCCIONES Y DISEÑOS

MASA S.A. DE C.V. 187,282.30$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717028Pasamanos, banqueta

e impermeabilizacion

de Escuela de CH-1259 28/04/2017

CONSTRUCCIONES Y DISEÑOS

MASA S.A. DE C.V. 349,999.02$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

201717034Pavimentacion con

concreto hidraulico

en C. 58 entre Aztlan

CH-4209 23/05/2017

JESUS SALVIDREZ GONZALEZ

S.A. DE C.V. 372,281.02$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

201717036

Remodelacion de

edificio Fernando

Suarez Cuello en las CH-1592 19/05/2017

JIDASA CONSTRUCCIONES S.A.

DE C.V. 169,232.10$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717036

Remodelacion de

edificio Fernando

Suarez Cuello en las CH-1593 19/05/2017

JIDASA CONSTRUCCIONES S.A.

DE C.V. 169,232.10$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

201717037Relleno para calles de

la comunidad Ejido CH-5070737 09-jun VILLADO CHAVIRA MENDOZA 162,000.00$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

201717041

Suministro e

Instalacion de tanque

metalico superficial

de 70m3 en ejido la CH-607 22/05/2017

CONSTRUCTORA AREN S.A. DE

C.V. 464,036.44$ CHEQUE

garantia de

anticipo

201717047Fresado de varias

calles de la ciudad CH-2430 22/06/2017 BOWERA S.A. DE C.V. 154,117.00$ CHEQUE

garantia de

cumplimiento

NUMERO DE

CONTRATOOBRA

FIANZA

TIPO DE GARANTIA

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 95

RESPUESTA:

El marco legal mencionado no es el aplicable para la dirección de Obras Públicas, esta

dirección se rige por la Ley de Obras Publicas y servicios relacionados con las mismas y su

reglamento, en las que en ningún caso se establece que las garantías deban ser fianzas,

sino que obliga a solicitar una garantía a satisfacción de la dependencia contratante.

CONCLUSION:

Observación no solventada, ya que esa dependencia considera caución suficiente y

satisfacción del convocante con un cheque cruzado. Haciendo la aclaración que esta

sindicatura no avala como garantía suficiente el cheque cruzado, ya que legalmente no

tiene la validez de un cheque certificado, por lo que se considera que el Municipio se

encuentra en riesgo al no poder hacer efectiva la garantía por falta de fondos en su caso.

OBSERVACION 2.

Se observa que en el contrato No. MC-BLVD-F.BAEZA-201717013-010-17 las garantías

de anticipo, cumplimiento y vicos ocultos son cartas compromiso contraviniendo a los

Artículo 70 de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto

Público del Estado de Chihuahua, parte el artículo 124 del Código Municipal para el Estado

de Chihuahua, el artículo 63 del código Fiscal del Estado de Chihuahua descritos en la

observación 1.

RESPUESTA

Sin respuesta

CONCLUSION

Observación no solventada

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 96

OBSERVACION 3.

Se observa que de los contratos celebrados en el periodo auditado, no otorgan la garantía

de vicios ocultos tal como lo establece el artículo 39 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamiento, Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua.

RESPUESTA:

En referencia a la observación 3 le comento que a la brevedad le haremos llegar una copia

de la respectiva fianza de vicios ocultos ya que la mayoría de las obras no se encuentran

terminadas.

CONCLUSION:

Observación no solventada ya que las obras correspondientes a los contratos mencionados

ya se encuentran terminadas y sin garantía de vicios ocultos.

POLIZA FECHA CONSTRUCTORA OBSERVACIONES

201717001Muro de contencion Servicios

Publicos 2072163 31/01/2017 GRUPO ABU SA DE CV

falta garantia de

vicios ocultos

201717003

Pavimentacion con concreto

hidraulico en C. 56a entre

Faisanes y Cisnes 2085936 31/01/2017

JOSE MIGUEL CORRAL

ESCARCEGA

falta garantia de

vicios ocultos

201717005

Pavimentacion con concreto

hidraulico en C. Nayarit entre

24 y 26 2070742 31/01/2017

ING. JUAN MANUEL

ROJO CASTILLO

falta garantia de

vicios ocultos

201717018Impermeabilizado en Edificios

Publicos CH-11696 23/03/2017 GRUPO ABU SA DE CV

falta garantia de

vicios ocultos

201717021Remodelacion de Desarrollo

social ch-0003 23/03/2017

ADRIAN VERDIGO

MENDOZA

falta garantia de

vicios ocultos

201717022

Recarpeteo en calle Agustin

Melgar de la Tamaulipas a la

Matamoros 1787600 02/03/2017 BOWERA S.A. DE C.V.

falta garantia de

vicios ocultos

NUMERO DE CONTRATO OBRA

FIANZA

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 97

3.2.8. OFICIALIA MAYOR.

DESCRIPCIÓN.

Se realizó la revisión a las garantías de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

periodo Octubre 2016- Junio 2017 mediante oficio No. 263/2017 del 15 de Junio de 2017

de esta Sindicatura, indicándose las observaciones anexas.

OBJETO DE LA REVISIÓN.

La revisión se hace con el objeto de verificar que todos aquellos quienes celebren contratos

con el municipio sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública, expidan a

favor del mismo las garantías que marca la ley y conforme a las reglas de la misma.

OBSERVACION 1.

Se revisaron las garantías del contrato MCU-C.A.A.A-040/2017 celebrado por el municipio

y por el proveedor Lorena Guerrero Aviña en donde el objeto del mismo es la adquisición

de diverso material eléctrico para trabajos de alumbrado público, y en donde la cláusula

séptima estipula que el proveedor deberá otorgar dos cheques cruzados para garantizar el

cumplimiento y los vicios ocultos. El monto del contrato es por $200,000.00 por lo que cada

garantía tiene que ser por un valor del 25% sobre el citado monto y las cuales ascienden a

$50,000.00. Se observa que dichas garantías están hechas por la cantidad de $15,000.00

cada una, contrariando así a la misma cláusula de dicho contrato.

RESPUESTA:

Atendiendo a su observación anexamos copia de las garantías correspondientes al contrato

MCU-CAAS-040/2017 celebrado entre este Municipio de Cuauhtémoc y la C. Lorena

Guerrero Aviña, siendo los cheques números 0004262 y 0004263 por la cantidad de

$50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100) moneda nacional) cada uno, haciendo evidente

que en ningún momento se contravino lo estipulado en la cláusula séptima del citado

contrato. Nos permitimos comentar que la garantía a que hace referencia en su observación

corresponde al contrato del ejercicio fiscal 2016

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 98

CONCLUSION:

Observación solventada con la copia de las garantías que no se proporcionaron a esta

sindicatura al momento de la revisión, entregando por parte de Oficialía mayor garantías

correspondientes a otro periodo.

OBSERVACION 2.

Se revisaron las garantías del contrato MCU-C.A.A.A-035/2017 celebrado por el municipio

y por el proveedor Johan Enns Fehr en donde el objeto del mismo es la adquisición de

llantas de diversas medidas para vehículos de la cabecera municipal, y en donde la cláusula

séptima estipula que el proveedor deberá otorgar dos cheques cruzados para garantizar el

cumplimiento y los vicios ocultos. El momento del contrato es por $300,000.00 por lo que

las garantías tienen que ser por un valor del 25% sobre el citado monto y las cuales

ascienden a $75,000.00. Se observa que dichas garantías están hechas por la cantidad de

$100,000.00 contrariando así a la misma cláusula de dicho contrato.

RESPUESTA:

En respuesta a esta observación anexamos copia de las garantías correspondientes al

contrato MCU-CCAAS-035/2017, siendo estas los cheques números 00032058 y 0032096

por la cantidad de $100,000.00 ( cien mil pesos 00/100) cada uno; si bien las garantías

estipuladas en la cláusula séptima del contrato son por la cantidad de $75,000.00 (setenta

y cinco mil pesos 00/100) las garantiza entregadas cumplen y exceden el importe

establecido, por lo que en ningún momento la hacienda municipal se encuentra en riesgo,

y dando cabal cumplimiento a lo establecido en el citado contrato. Nos permitimos

comentarle que el proveedor del referido contrato es el C. Cornelius Enns Harms

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 99

CONCLUSION:

Observación atendida en cuanto a la aclaración del monto de la garantía y el nombre del

proveedor del referido contrato. Sin embargo esta sindicatura no avala como garantía

suficiente el cheque cruzado, ya que legalmente no tiene la validez de un cheque certificado,

por lo que se considera que el Municipio se encuentra en riesgo al no poder hacer efectiva

la garantía por falta de fondos en su caso.

OBSERVACION 3.

Se revisó el contrato de prestación de servicios sin número y celebrado entre el municipio

y el prestador Saga Consultores jurídicos S.C., en donde el objeto del mismo es la

prestación de servicios consistentes en asesoría legal en materia de derecho público

administrativo , y en donde la cláusula octava estipula que el proveedor deberá otorgar un

cheque cruzado para garantizar el cumplimiento del contrato por un valor del 10% del monto

total del contrato mismo que asciende a $18,000.00 y el cual subsistirá hasta que los

servicios hayan sido debidamente concluidos, fecha que concluye el 31 de Diciembre de

2017.

Se observa que solo se cuenta con una copia del mismo cheque, no habiendo entregado

a la fecha el prestador el original, contradiciendo así a la misma cláusula del contrato.

RESPUESTA:

Atendiendo su observación que refiere que al momento de la revisión efectuada por parte

de la Sindicatura Municipal a su digno cargo, al contrato celebrado entre este Municipio y

la empresa Saga Consultores Jurídicos, SC se presentó únicamente copia de la garantía

de cumplimiento; con la finalidad de subsanar esta observación, anexamos para su cotejo

el cheque número 000008 del Banco Scotiabank Inverlat SA en original y que fue entregada

por el prestador del servicio en el lapso de su revisión, argumentando que el cheque fue

debidamente elaborado y escaneado al municipio en la fecha correspondiente, esto con la

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 100

buena voluntad de manifestar el cumplimiento del multicitado contrato, sin embargo por

razones de trabajo se omitió hacer la entrega física del documento.

CONCLUSION:

Observación solventada.

OBSERVACION 4.

Se analizaron las garantías de cumplimento otorgadas a la Tesoreria Municipal derivadas

de la celebración de contratos de adquisición de bienes y/o prestación de un bien o servicios

del periodo Octubre 2016- Junio 2017, encontrándose que 94 contratos, los cuales se

describen en los cuadros ilustrativos adjuntos, no otorgan garantía (fianza por compañía

autorizada) ya que solo presentan cheques cruzados, los cuales no constituyen una

garantía real en contravención con lo establecido en Artículo 70 de la Ley de Presupuesto

de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua que a

la letra dice; “Los actos y contratos que celebren los entes públicos y los municipios,

deberán garantizarse y cumplir los requisitos exigidos por la normatividad aplicable a cada

caso concreto y, en su defecto, a las normas generales que emita la Secretaría, tratándose

del Poder Ejecutivo. En todo caso será aplicable el Código Fiscal del Estado y demás

disposiciones que emita la Secretaría y, supletoriamente, el Código Civil del Estado”.

Por su parte el artículo 124 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua señala que

en materia de los casos de contratos administrativos y demás actos jurídicos, a falta de

disposición expresa, serán admisibles, para asegurar los intereses municipales, en su

orden, las garantías previstas en el Código Fiscal del Estado.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 101

Continuando con los señalamientos, el artículo 63 del código Fiscal del Estado de

Chihuahua establece las formas de garantizar pudiendo ser cualquiera de las siguientes:

VI. Depósito de dinero;

VII. Prenda o hipoteca;

VIII. Fianza otorgada por compañía autorizada la que no gozará de los beneficios de

orden y excusión;

IX. Secuestro convencional, y

X. Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y

solvencia.

Como se puede ver el cheque cruzado no garantiza una caución suficiente al solamente

garantizar que el mismo solo podrá ser cobrado por una institución de crédito ya sea

general o determinada según lo establece el artículo 197 de la Ley General de Títulos y

Operaciones de Crédito, en su caso podría garantizar la certidumbre jurídica mediante la

certificación del cheque por una institución bancaria tal como señala el artículo 99 del

precepto mencionado.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 102

PROVEEDOR IMPORTE

NUMERO DE

CONTRATO

TIPO % MONTO TIPO % MONTO TIPO % MONTO

C. CARLOS ANTONIO FEREZ ARANA $463,450.00 MCU-CAAS-056/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $134,400.50

TI SOLUCIONES GLOBALES DEL NORESTE, S.A. DE C.V. $495,000.00 MCU-CAAS-057/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $123,750.00

C. MARTIN EFREN DIAZ MORENO $129,310.45 MCU-CAAS-058/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $19,396.57

C. JAIME ARTURO MALDONADO PARRA $129,310.45 MCU-CAAS-059/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $19,396.57

C. VICTOR MANUEL OCHOA CARRASCO $246,668.97 MCU-CAAS-060/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $37,000.35

ING. IRMA GONZALEZ MARTINEZ $246,668.97 MCU-CAAS-061/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $37,000.35

ARTICULOS DE LIMPIEZA ALONDRA, S.A. DE C.V. $193,715.52 MCU-CAAS-062/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $29,057.33

C. ADRIAN ALARCON RUIZ $193,715.52 MCU-CAAS-063/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $29,057.33

C. ARACELY CHAVEZ CUEVAS $200,970.26 MCU-CAAS-064/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $30,145.54

C ERIKA OROZCO OROZCO $200,970.26 MCU-CAAS-065/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $30,145.54

C. MARIA DE LOS ANGELES GONZÁLEZ CORRAL $132,827.59 MCU-CAAS-065/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $19,924.14

ESTREALLAS EN COMPUTO, S.A. DE C.V. $245,131.05 MCU-CAAS-066/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $36,769.66

ING. ALMA DELIA MURILLO MENDOZA $245,131.05 MCU-CAAS-067/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $36,769.66

C. OMAR CHAVEZ ARMENDARIZ $600,000.00 MCU-CAAS-070/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $90,000.00

C. DAVID DYCK LOEWEN $525,862.00 MCU-CAAS-071/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $78,879.30

C. DAVID DYCK LOEWEN $365,517.24 MCU-CAAS-072/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $54,827.59

C. DANIEL JORDAN CAMBRON MONTES $70,810.00 MCU-CAAS-074/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $17,702.50

ING. HAIBF ALEJANDRO OROZCO REZA $20,475.00 MCU-CAAS-075/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $5,118.75 CH. CRUZADO 25% $5,118.75

C. RENÉ MÁRQUEZ GALLEGOS $185,344.82 MCU-CAAS-076/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $27,801.72 CH. CRUZADO 15% $27,801.72

SAMSARA TECNOLOGIA Y SOLUCIONES, S.A. DE C.V. $42,355.00 MCU-CAAS-077/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $10,588.75 CH. CRUZADO 25% $10,588.75

C. CORNELIUS ENNS HARMS CONTRATO ABIERTO MCU-CAAS-079/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% 1,158,517.00 CH. CRUZADO 25% 1,158,517.00

C. GUILLERMO HIEBERT FROESEN $627,752.64 MCU-CAAS-082/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $94,162.90

REFACCIONES AGROINDUSTRIALES BANMAN, S.A. DE C.V. $325,862.00 MCU-CAAS-083/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $48,879.30

C. MARIA ALEJANDRA GONZÁLEZ URÍAS $139,655.17 MCU-CAAS-084/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $20,948.28

C. EDUARDO ARMANDO SÁNCHEZ MÁRQUEZ $168,103.45 MCU-CAAS-085/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $25,215.52

C. ARMANDO ENRIQUE SÁNCHEZ MIRAMONTES $168,103.45 MCU-CAAS-086/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $25,215.52

C. JUAN MARTINEZ TERRAZAS $66,810.35 MCU-CAAS-087/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $10,021.55

COMERCIAL PAZ HERMANOS, S.A. DE C.V. $66,810.35 MCU-CAAS-088/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $10,021.55

C. ANGEL TOMÁS ALVAREZ OLIVAS $331,896.55 MCU-CAAS-089/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $49,784.48

C. CÉSAR ALONSO RAMÍREZ $331,986.55 MCU-CAAS-090/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $49,797.98

C. JUAN ALEXANDRO CARRILLO ARMENTA $254,310.35 MCU-CAAS-091/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $38,146.55

C. MARIA DE LOS ANGELES TORRES CHÁVEZ $254,310.35 MCU-CAAS-092/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $38,146.55

COLECCIONES MARIA ELVA, S.A. DE C.V. $128,655.00 MCU-CAAS-095/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $32,163.75 CH.CRUZADO 25% $32,163.75

C. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ ACEVEDO $232,758.62 MCU-CAAS-096/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $34,913.79

C. RAUL ERNESTO DE LA GARZA BAYON $155,172.41 MCU-CAAS-097/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $23,275.86

C. JESUS ALBERTO RENTERIA ARMENDARIZ $343,103.45 MCU-CAAS-098/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $85,775.86 CH.CRUZADO 25% $85,775.86

EDMY JEANS, S.A. DE C.V. $235,494.00 MCU-CAAS-135/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $58,873.50 CH.CRUZADO 25% $58,873.50

RICO PROMOSTAR, S.A. DE C.V. $29,106.00 MCU-CAAS-136/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $7,276.50 CH.CRUZADO 25% $7,276.50

C. CATALINA IVONE JIMENEZ RENTERIA $74,970.00 MCU-CAAS-137/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $18,742.50 CH.CRUZADO 25% $18,742.50

COLECCIONES MARIA ELVA, S.A. DE C.V. $155,760.00 MCU-CAAS-138/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $38,940.00 CH.CRUZADO 25% $38,940.00

C. JESUS ANTONIO TERRAZAS ORDOÑEZ $231,300.00 MCU-CAAS-139/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $57,825.00 CH.CRUZADO 25% $57,825.00

C. ERIKA OROZCO OROZCO $59,460.00 MCU-CAAS-140/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $14,865.00 CH.CRUZADO 25% $14,865.00

C. PETER PETERS HAM $282,564.88 MCU-CAAS-141/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $70,641.22 CH.CRUZADO 25% $70,641.22

SERVICIOS INTEGRALES EL PEWIS, S.A. DE C.V.L $504,655.22 MCU-CAAS-142/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $126,163.81 CH.CRUZADO 25% $126,163.81

C. CARLOS OCTAVIO HERRERA GUTIERREZ $600,000.00 MCU-CAAS-145/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 10% $60,000.00

C. ROBERTO MUÑOZ ESCARCEGA $410,000.00 MCU-CAAS-146/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $102,500.00

C. ERIKA OROZCO OROZCO $172,410.00 MCU-CAAS-157/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $43,102.50 CH. CRUZADO 25% $43,102.50

ING. JUAN ANTONIO MERAZ PEÑA $291,930.09 MCU-CAAS-158/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $72,982.52 CH. CRUZADO 25% $72,982.52

C. CARLOS RODRIGUEZ AGÜERO $97,000.00 MCU-CAAS-159/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $24,250.00

C. CARLOS RODRIGUEZ AGÜERO $300,000.00 MCU-CAAS-160/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $75,000.00

C. JULIO CESAR MUÑOZ OCHOA $24,463.00 MCU-CAAS-163/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $6,115.75 CH. CRUZADO 25% $6,115.75

ARQ. JOEL CRUZ MACIAS CHÁVEZ $37,746.81 MCU-CAAS-164/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $9,436.70 CH. CRUZADO 25% $9,436.70

DE ANTICIPO DE CUMPLIMIENTO DE VICIOS OCULTOS

GARANTIAS ART 39

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 103

RESPUESTA:

En relación a esta observación nos permitimos respetuosamente hacer los siguientes

comentarios:

1. Las garantías que el Comité de Adquisiciones solicita a los proveedores y/o

prestadores de servicios son a favor del Municipi9o de Cuauhtémoc y a que en el

caso de que se tuviera que hacer efectiva una garantía, la personalidad jurídica y

fiscal es Municipio de Cuauhtémoc.

2. Respecto a las no garantías otorgadas, respetuosamente comentamos:

Efectivamente como se indica en la observación en cuestión, el Código Municipal

dispone en su artículo 124 lo siguiente:

CODIGO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA

Artículo 124: En materia fiscal y en los casos de contratos administrativos, permisos,

concesiones y demás actos jurídicos, a falta de disposición expresa, serán admisibles, para

asegurar los interese municipales, en su orden, las garantías previstas en el Código Fiscal

del Estado.

Es de resaltar que la disposición señalada, establece claramente que será aplicable el

Código Fiscal, cuando no exista disposición expresa al respecto.

Es así que para el caso que nos ocupa, lo anterior no resulta aplicable, debido a que la ley

de la materia, es decir la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento, Contratación de Servicios

y Obra Pública para el Estado de Chihuahua, la cual es específica para los contratos de

adquisiciones y servicios, establece en su numeral 39, la forma en que deberán

garantizarse dichos contratos, conforme lo siguiente:

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 104

LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS, CONTRATACION DE SERVICIOS Y

OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Artículo 39: Quienes participen en las licitaciones o celebre los contratos a que se refiere

esta ley deberán garantizar por medio de caución suficiente a satisfacción del convocante.

Por lo anterior, los contratos revisados se encuentran apegados a la normatividades y

disposiciones legales aplicable, ya que para los mismos se pide caución suficiente, que a

satisfacción de esta dependencia, garantiza el objeto de los mismos, considerando que en

ningún momento se contravienen las disposiciones referidas, así mismo puntualizamos que

la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito vigente en su capítulo IV, sección

segunda, el articulo 197 refiere únicamente el formatos especiales de los cheques, en este

caso los cheques cruzados.

CONCLUSION:

Observación atendida con una amplia explicación de los fundamentos que toma en cuenta

esa dependencia con respecto a la garantía, lo que considera caución suficiente y

satisfacción del convocante. Sin embargo no se considera solventada, ya que esta

sindicatura no avala como garantía suficiente el cheque cruzado, ya que legalmente no

tiene la validez de un cheque certificado, por lo que se considera que el Municipio se

encuentra en riesgo al no poder hacer efectiva la garantía por falta de fondos en su caso.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 105

OBSERVACION 5.

Se observa que las garantias no se otorgaron en el momento de la firma del contrato

celebrado con el Municipio, contradiciendo así a la cláusula de garantías de los mismos

contratos que señalan: “las garantías deberán otorgarse al momento de la firma del

presente contrato; Artículo 70 de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad

Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua; Artículo 66 fracción VII; Artículo

36 fracción XII del Reglamento Interior del Municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua.

GASOLINERA AZTECA, S.A. DE C.V. $2,250,000.00 MCU-CAAS-025/2017 02/01/2017 13/01/2017

SERVICIO MARLO, S.A. DE C.V. $1,270,000.00 MCU-CAAS-026/2017 02/01/2017 19/01/2017

SERVICIO SOL, S.A. DE C.V. $800,000.00 MCU-CAAS-027/2017 02/01/2017 17/01/2017

MERCADOS POPULARES DE CUAUHTEMOC, S.A. DE C.V. $621,664.00 MCU-CAAS-036/2017 02/01/2017 20/01/2017

C. LORENA GUERRERO AVIÑA $200,000.00 MCU-CAAS-040/2017 02/01/2017 04/01/2017

ELECTRICA LOVI, S.A. DE C.V. $50,000.00 MCU-CAAS-042/2017 02/01/2017 23/01/2017

C. P. SUSANA ARVIZU LOYA $120,000.00 MCU-CAAS-046/2017 20/01/2017 26/01/2017

PROVEEDORA INDUSTRIAL Y AUTOMOTRIZ $100,000.00 MCU-CAAS-047/2017 02/01/2017 01/02/2017

CONFECCIONES EXCLUSIVAS DEL NORESTE, S.A. DE C.V. $323,200.00 MCU-CAAS-051/2017 02/02/2017 16/02/2017

TU MEJOR AGENCIA AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V. $133,879.31 MCU-CAAS-053/2017 08/02/2017 16/02/2017

C. CARLOS ANTONIO FEREZ ARANA $463,450.00 MCU-CAAS-056/2017 13/02/2017 21/02/2017

TI SOLUCIONES GLOBALES DEL NORESTE, S.A. DE C.V. $495,000.00 MCU-CAAS-057/2017 21/02/2017 28/02/2017

C. MARTIN EFREN DIAZ MORENO $129,310.45 MCU-CAAS-058/2017 23/02/2017 28/02/2017

C. VICTOR MANUEL OCHOA CARRASCO $246,668.97 MCU-CAAS-060/2017 01-MZO-17 10/03/2017

C. MARIA DE LOS ANGELES GONZÁLEZ CORRAL $132,827.59 MCU-CAAS-065/2017 15-MZO-17 24/03/2017

C. NYDIA RAMIREZ BALDERRAMA CONTRATO ABIERTO MCU-CAAS-080/2017 15/03/2017 16/03/2017

C. MARIA ALEJANDRA GONZÁLEZ URÍAS $139,655.17 MCU-CAAS-084/2017 23/03/2017 27/03/2017

COMERCIAL PAZ HERMANOS, S.A. DE C.V. $66,810.35 MCU-CAAS-088/2017 23/03/2017 30/03/2017

C. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ ACEVEDO $232,758.62 MCU-CAAS-096/2017 07/04/2017 06/04/2017

C. RAUL ERNESTO DE LA GARZA BAYON $155,172.41 MCU-CAAS-097/2017 06/04/2017 05/04/2017

EDMY JEANS, S.A. DE C.V. $235,494.00 MCU-CAAS-135/2017 17/04/2017 21/04/2017

C. CATALINA IVONE JIMENEZ RENTERIA $74,970.00 MCU-CAAS-137/2017 17/04/2017 21/04/2017

C. CARLOS OCTAVIO HERRERA GUTIERREZ $600,000.00 MCU-CAAS-145/2017 20/05/2017 02/05/2017

C. JOSE REMEDIOS SALINAS $1,957,599.44 MCU-CAAS-155/2017 24/04/2017 23/05/2017

C. ERIKA OROZCO OROZCO $172,410.00 MCU-CAAS-157/2017 15/05/2017 17/05/2017

ING. JUAN ANTONIO MERAZ PEÑA $291,930.09 MCU-CAAS-158/2017 11/05/2017 12/05/2017

FECHA DE

GARANTIANOMBRES FISCAL DEL PROVEEDOR IMPORTE

NUMERO DE

CONTRATO

FECHA DE

CONTRATO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 106

RESPUESTA:

En atención a su observación en relación a que las garantías no se otorgaron al momento

de la firma de los contratos, respetuosamente y atendiendo la jerarquía de las

normatividades referidas, nos permitimos argumentar lo siguiente:

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO

Articulo 48…….

LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS, CONTRATACION DE SERVICIOS Y

OBRA PUBLCA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Articulo 53……..

LEY DE PRESUPUESTO DE EGRESOS, CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y GASTO

PÚBLICO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Articulo 70…….

REGLAMENTO INTERIOR DEL MUNICIPIO DE CUAUHTEMOC CHIHUAHUA

Articulo 36…..

Articulo 66…..

CONCLUSION:

Observación atendida una vez que se reciben copia de contratos firmados.

Aclarando que a pesar de la amplia explicación de fundamentos legales en cuanto a

normatividad de las firmas de los contratos y sus garantías, se tiene que apegar a lo

establecido en el mismo contrato, una vez que el contrato manifiesta en una de sus

cláusulas que debe garantizarse al momento de la firma.

Por lo anterior esta sindicatura recomienda la revisión de los contratos para que se apeguen

a la normatividad correspondiente y evitar confusiones.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 107

OBSERVACION 6.

Se observa que de los contratos celebrados en el periodo auditado, 65 de ellos no otorgan

la garantía de vicios ocultos tal como lo establece el artículo 39 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamiento, Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua.

IMPORTE

NUMERO DE

CONTRATO

TIPO % MONTO TIPO % MONTO TIPO % MONTO

$64,975.00 MCU-CAAS-001/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $16,243.75

$573,275.00 MCU-CAAS-002/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $143,318.75

$112,521.50 MCU-CAAS-003/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $28,130.38 CH. CRUZADO 25% $28,130.38

$24,137.93 MCU-CAAS-004/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $6,034.48

$134,000.00 MCU-CAAS-005/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $33,500.00

$39,000.00 MCU-CAAS-006/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $9,750.00

$342,529.50 MCU-CAAS-007/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $85,632.38 CH. CRUZADO 25% $85,632.38

$293,098.69 MCU-CAAS-008/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $73,274.67 CH. CRUZADO 25% $73,274.67

$139,757.76 MCU-CAAS-009/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $34,939.44 CH. CRUZADO 25% $34,939.44

$56,034.48 MCU-CAAS-010/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $14,008.62

$168,867.45 MCU-CAAS-011/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $42,216.86 CH. CRUZADO 25% $42,216.86

$91,167.00 MCU-CAAS-012/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $22,791.75 CH. CRUZADO 25% $22,791.75

$86,040.00 MCU-CAAS-013/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $21,510.00 CH. CRUZADO 25% $21,510.00

$75,000.00 MCU-CAAS-014/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $18,750.00

$105,840.00 MCU-CAAS-015/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $26,460.00

$388,492.13 MCU-CAAS-018/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $97,123.03

$137,670.43 MCU-CAAS-021/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $34,417.61 CH. CRUZADO 25% $34,417.61

$79,500.00 MCU-CAAS-024/2016 CH. CRUZADO 25% $19,875.00 CH. CRUZADO 25% $19,875.00

$2,250,000.00 MCU-CAAS-025/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $337,500.00 CH. CRUZADO 15% $337,500.00

$1,270,000.00 MCU-CAAS-026/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $317,500.00 CH. CRUZADO 25% $317,500.00

$800,000.00 MCU-CAAS-027/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $120,000.00 CH. CRUZADO 15% $120,000.00

$100,000.00 MCU-CAAS-028/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $25,000.00 CH. CRUZADO 25% $25,000.00

$100,000.00 MCU-CAAS-029/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $25,000.00 CH. CRUZADO 25% $25,000.00

$125,000.00 MCU-CAAS-030/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $31,250.00 CH. CRUZADO 25% $31,250.00

$150,000.00 MCU-CAAS-031/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $37,500.00 CH. CRUZADO 25% $37,500.00

$185,000.00 MCU-CAAS-032/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $46,250.00 CH. CRUZADO 25% $46,250.00

$30,000.00 MCU-CAAS-033/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $7,500.00 CH. CRUZADO 25% $7,500.00

$300,000.00 MCU-CAAS-034/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $75,000.00 CH. CRUZADO 25% $75,000.00

$300,000.00 MCU-CAAS-035/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $75,000.00 CH. CRUZADO 25% $75,000.00

$621,664.00 MCU-CAAS-036/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $93,249.60 CH. CRUZADO 15% $93,249.60

$700,000.00 MCU-CAAS-037/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $175,000.00 CH. CRUZADO 25% $175,000.00

$350,000.00 MCU-CAAS-039/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $87,500.00 CH. CRUZADO 25% $87,500.00

$200,000.00 MCU-CAAS-040/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $50,000.00 CH. CRUZADO 25% $50,000.00

$50,000.00 MCU-CAAS-041/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $12,500.00 CH. CRUZADO 25% $12,500.00

$50,000.00 MCU-CAAS-042/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $12,500.00 CH. CRUZADO 25% $12,500.00

$0.25 MCU-CAAS-043/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 100,000.00

$180,000.00 SIN NUMERO SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 10% $18,000.00

$105,300.00 MCU-CAAS-045/2017 SIN ANTICIPO PAGARÉ 25% $26,325.00

$120,000.00 MCU-CAAS-046/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $30,000.00

$100,000.00 MCU-CAAS-047/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $25,000.00 CH. CRUZADO 25% $25,000.00

$233,800.00 MCU-CAAS-049/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $58,450.00

$73,600.00 CONVENIO MODIFICATORIO CM-005/2017SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $18,400.00

DE ANTICIPO DE CUMPLIMIENTO DE VICIOS OCULTOS

GARANTIAS ART 39

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 108

TIPO % MONTO TIPO % MONTO TIPO % MONTO

C. AGANETHA REMPEL WIEBE $64,975.00 MCU-CAAS-001/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $16,243.75

C. MARIA DOLORES VALENCIA TERÁN $573,275.00 MCU-CAAS-002/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $143,318.75

HERRAMIENTAS DEPARMEX, S.A. DE.C.V. $112,521.50 MCU-CAAS-003/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $28,130.38 CH. CRUZADO 25% $28,130.38

C. GUSTAVO MONTES DOMINGUEZ $24,137.93 MCU-CAAS-004/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $6,034.48

C. JOSÉ DANIEL ACOSTA VAZQUEZ $134,000.00 MCU-CAAS-005/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $33,500.00

C. JOSÉ DANIEL ACOSTA VAZQUEZ $39,000.00 MCU-CAAS-006/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $9,750.00

CASA EVERDY, S.A. DE C.V. $342,529.50 MCU-CAAS-007/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $85,632.38 CH. CRUZADO 25% $85,632.38

HIDROGAS DE CHIHUAHUA, S.A. DE C.V. $293,098.69 MCU-CAAS-008/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $73,274.67 CH. CRUZADO 25% $73,274.67

C. MARIA ESTELA OROZCO ZAMARRON $139,757.76 MCU-CAAS-009/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $34,939.44 CH. CRUZADO 25% $34,939.44

C. ELOY FLORES ARMENDARIZ $56,034.48 MCU-CAAS-010/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $14,008.62

JIDOSHA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. $168,867.45 MCU-CAAS-011/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $42,216.86 CH. CRUZADO 25% $42,216.86

STOCK INFORMATICO,S.A. DE C.V. $91,167.00 MCU-CAAS-012/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $22,791.75 CH. CRUZADO 25% $22,791.75

C. HECTOR ALONSO SANCHEZ MALDONADO $86,040.00 MCU-CAAS-013/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $21,510.00 CH. CRUZADO 25% $21,510.00

C. JESUS GARCIA LOPEZ $75,000.00 MCU-CAAS-014/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $18,750.00

C. HECTOR ALONSO SANCHEZ MALDONADO $105,840.00 MCU-CAAS-015/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $26,460.00

399 PROJECT DEVELOPMENT, S.A. DE C.V. $300,500.00 MCU-CAAS-016/2016 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $75,125.00

C. ONIX ALDO IBARRA GOMEZ $446,930.00 MCU-CAAS-017/2016 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $111,732.50

ARQ. HUMBERTO MENDOZA DOMINGUEZ $388,492.13 MCU-CAAS-018/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $97,123.03

FZA GLOBAL SUPPLIERS, S. DE RL. DE MI. $487,500.00 MCU-CAAS-019/2016 FIANZA 30% $169,650.00 FIANZA 15% $73,125.00

SIGMA COMERCIO Y CONSULTORIA, S.A. DE C.V. $121,250.00 MCU-CAAS-020/2016 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $30,312.50

C. ARACELY CHAVE CUEVAS $137,670.43 MCU-CAAS-021/2016 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $34,417.61 CH. CRUZADO 25% $34,417.61

FZA GLOBAL SUPPLIERS, S. DE RL. DE MI. $569,840.00 MCU-CAAS-022/2016 FIANZA 25% $142,460.00

WOOLFOLK DE MEXICO, S.A. DE C.V. $87,994.00 MCU-CAAS-023/2016 FIANZA 25% $21,998.50

ING. RUBEN PÉREZ GIL $79,500.00 MCU-CAAS-024/2016 CH. CRUZADO 25% $19,875.00 CH. CRUZADO 25% $19,875.00

GASOLINERA AZTECA, S.A. DE C.V. $2,250,000.00 MCU-CAAS-025/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $337,500.00 CH. CRUZADO 15% $337,500.00

SERVICIO MARLO, S.A. DE C.V. $1,270,000.00 MCU-CAAS-026/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $317,500.00 CH. CRUZADO 25% $317,500.00

SERVICIO SOL, S.A. DE C.V. $800,000.00 MCU-CAAS-027/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $120,000.00 CH. CRUZADO 15% $120,000.00

ING. CIPRIANO ENRIQUE RUBIO VILLALOBOS $100,000.00 MCU-CAAS-028/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $25,000.00 CH. CRUZADO 25% $25,000.00

C. NESTOR BLANCO MOLINAR $100,000.00 MCU-CAAS-029/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $25,000.00 CH. CRUZADO 25% $25,000.00

C. CORNELIUS ENNS HARMS $125,000.00 MCU-CAAS-030/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $31,250.00 CH. CRUZADO 25% $31,250.00

C. SERGIO QUEZADA RAMOS $150,000.00 MCU-CAAS-031/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $37,500.00 CH. CRUZADO 25% $37,500.00

C. UBALDO RODRIGUEZ SALAS $185,000.00 MCU-CAAS-032/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $46,250.00 CH. CRUZADO 25% $46,250.00

DR. MARIO EDUARDO VELARDE AGUILAR $30,000.00 MCU-CAAS-033/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $7,500.00 CH. CRUZADO 25% $7,500.00

C. GUILLERMO HIEBERT FROESE $300,000.00 MCU-CAAS-034/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $75,000.00 CH. CRUZADO 25% $75,000.00

C. CORNELIUS ENNS HARMS $300,000.00 MCU-CAAS-035/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $75,000.00 CH. CRUZADO 25% $75,000.00

MERCADOS POPULARES DE CUAUHTEMOC, S.A. DE

C.V.$621,664.00 MCU-CAAS-036/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $93,249.60 CH. CRUZADO 15% $93,249.60

PACHISA PROCESADOS ASFALTICOS DE

CHIHUAHUA, S.A. DE C.V.$700,000.00 MCU-CAAS-037/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $175,000.00 CH. CRUZADO 25% $175,000.00

GCC COMERCIAL, S.A. DE C.V. $350,000.00 MCU-CAAS-039/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $87,500.00 CH. CRUZADO 25% $87,500.00

C. LORENA GUERRERO AVIÑA $200,000.00 MCU-CAAS-040/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $50,000.00 CH. CRUZADO 25% $50,000.00

ELECTRILUZ, S.A. DE C.V. $50,000.00 MCU-CAAS-041/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $12,500.00 CH. CRUZADO 25% $12,500.00

ELECTRICA LOVI, S.A. DE C.V. $50,000.00 MCU-CAAS-042/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $12,500.00 CH. CRUZADO 25% $12,500.00

C. RENE PINEDA MARIONI $0.25 MCU-CAAS-043/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 100,000.00

C. JOSÉ DANIEL ACOSTA VÁZQUEZ $63,075.00 MCU-CAAS-044/2017 SIN ANTICIPO

SAGA CONSULTORES JURIDICOS S.C. $180,000.00 SIN NUMERO SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 10% $18,000.00

C. ESTHER MALDONADO ORDOÑEZ $105,300.00 MCU-CAAS-045/2017 SIN ANTICIPO PAGARÉ 25% $26,325.00

GARANTIAS ART 39

DE ANTICIPO DE CUMPLIMIENTO DE VICIOS OCULTOSNOMBRES FISCAL DEL PROVEEDOR IMPORTE

NUMERO DE

CONTRATO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 109

TIPO % MONTO TIPO % MONTO TIPO % MONTO

C. P. SUSANA ARVIZU LOYA $120,000.00 MCU-CAAS-046/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $30,000.00

PROVEEDORA INDUSTRIAL Y AUTOMOTRIZ $100,000.00 MCU-CAAS-047/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $25,000.00 CH. CRUZADO 25% $25,000.00

HO1A INNOVACION, S.A. DE C.V. $92,668.06 MCU-CAAS-048/2017 SIN ANTICIPO

C. GUSTAVO MONTES DOMINGUEZ $233,800.00 MCU-CAAS-049/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $58,450.00

AFIRME SEGUROS, S.A. DE C.V. $1,493,199.33 MCU-CAAS-050/2017 SIN ANTICIPO

CONFECCIONES EXCLUSIVAS DEL NORESTE, S.A.

DE C.V.$323,200.00 MCU-CAAS-051/2017 FIANZA 50% 187,456.00 FIANZA 25% $80,800.00 FIANZA 25% $80,800.00

CONFECCIONES EXCLUSIVAS DEL NORESTE, S.A.

DE C.V.$73,600.00 CONVENIO MODIFICATORIO CM-005/2017SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $18,400.00

ING. JUAN CARLOS MARTINEZ HERNÁNDEZ $124,800.00 MCU-CAAS-052/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $31,200.00 FIANZA 25% $31,200.00

TU MEJOR AGENCIA AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V. $133,879.31 MCU-CAAS-053/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $33,469.83 FIANZA 25% $33,469.83

SERVICIO MARLO, S.A. DE C.V. $6,500,000.00 MCU-CAAS-054/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 10% $650,000.00 FIANZA 10% $650,000.00

SERVICIO SOL, S.A. DE C.V. $6,500,000.00 MCU-CAAS-055/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 10% $650,000.00 FIANZA 10% $650,000.00

C. CARLOS ANTONIO FEREZ ARANA $463,450.00 MCU-CAAS-056/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $134,400.50

TI SOLUCIONES GLOBALES DEL NORESTE, S.A. DE

C.V.$495,000.00 MCU-CAAS-057/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $123,750.00

C. MARTIN EFREN DIAZ MORENO $129,310.45 MCU-CAAS-058/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $19,396.57

C. JAIME ARTURO MALDONADO PARRA $129,310.45 MCU-CAAS-059/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 15% $19,396.57

C. VICTOR MANUEL OCHOA CARRASCO $246,668.97 MCU-CAAS-060/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $37,000.35

ING. IRMA GONZALEZ MARTINEZ $246,668.97 MCU-CAAS-061/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $37,000.35

ARTICULOS DE LIMPIEZA ALONDRA, S.A. DE C.V. $193,715.52 MCU-CAAS-062/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $29,057.33

C. ADRIAN ALARCON RUIZ $193,715.52 MCU-CAAS-063/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $29,057.33

C. ARACELY CHAVEZ CUEVAS $200,970.26 MCU-CAAS-064/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $30,145.54

C ERIKA OROZCO OROZCO $200,970.26 MCU-CAAS-065/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $30,145.54

C. MARIA DE LOS ANGELES GONZÁLEZ CORRAL $132,827.59 MCU-CAAS-065/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $19,924.14

ESTREALLAS EN COMPUTO, S.A. DE C.V. $245,131.05 MCU-CAAS-066/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $36,769.66

ING. ALMA DELIA MURILLO MENDOZA $245,131.05 MCU-CAAS-067/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $36,769.66

APPLE DE MEXICO, S.A. DE C.V. (imac) $0.00 MCU-CAAS-068/2017 SIN ANTICIPO

PROMOTORA MUSICAL, S.A. DE C.V. $0.00 MCU-CAAS-069/2017 SIN ANTICIPO

C. OMAR CHAVEZ ARMENDARIZ $600,000.00 MCU-CAAS-070/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $90,000.00

C. DAVID DYCK LOEWEN $525,862.00 MCU-CAAS-071/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $78,879.30

C. DAVID DYCK LOEWEN $365,517.24 MCU-CAAS-072/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $54,827.59

STOCK INFORMÁTICO, S.A. DE C.V. $173,850.00 MCU-CAAS-073/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $43,462.50 FIANZA 25% $43,462.50

C. DANIEL JORDAN CAMBRON MONTES $70,810.00 MCU-CAAS-074/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $17,702.50

ING. HAIBF ALEJANDRO OROZCO REZA $20,475.00 MCU-CAAS-075/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $5,118.75 CH. CRUZADO 25% $5,118.75

C. RENÉ MÁRQUEZ GALLEGOS $185,344.82 MCU-CAAS-076/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $27,801.72 CH. CRUZADO 15% $27,801.72

SAMSARA TECNOLOGIA Y SOLUCIONES, S.A. DE C.V. $42,355.00 MCU-CAAS-077/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $10,588.75 CH. CRUZADO 25% $10,588.75

DILLADELCU, S.A. DE C.V. CONTRATO ABIERTOMCU-CAAS-078/2017 SIN ANTICIPO GARANTIA 25% 537,045.50 GARANTIA 25% 537,045.50

C. CORNELIUS ENNS HARMS CONTRATO ABIERTOMCU-CAAS-079/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% 1,158,517.00 CH. CRUZADO 25% 1,158,517.00

C. NYDIA RAMIREZ BALDERRAMA CONTRATO ABIERTOMCU-CAAS-080/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% 48,223.50 FIANZA 25% 48,223.50

MERCADOS POPULARES DE CUAUHTEMOC, S.A. DE C.V.$4,000,000.00 MCU-CAAS-081/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% 1,000,000.00 FIANZA 25% 1,000,000.00

C. GUILLERMO HIEBERT FROESEN $627,752.64 MCU-CAAS-082/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $94,162.90

REFACCIONES AGROINDUSTRIALES BANMAN, S.A. DE C.V.$325,862.00 MCU-CAAS-083/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $48,879.30

C. MARIA ALEJANDRA GONZÁLEZ URÍAS $139,655.17 MCU-CAAS-084/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $20,948.28

C. EDUARDO ARMANDO SÁNCHEZ MÁRQUEZ $168,103.45 MCU-CAAS-085/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $25,215.52

C. ARMANDO ENRIQUE SÁNCHEZ MIRAMONTES $168,103.45 MCU-CAAS-086/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $25,215.52

C. JUAN MARTINEZ TERRAZAS $66,810.35 MCU-CAAS-087/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $10,021.55

COMERCIAL PAZ HERMANOS, S.A. DE C.V. $66,810.35 MCU-CAAS-088/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $10,021.55

C. ANGEL TOMÁS ALVAREZ OLIVAS $331,896.55 MCU-CAAS-089/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $49,784.48

C. CÉSAR ALONSO RAMÍREZ $331,986.55 MCU-CAAS-090/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $49,797.98

C. JUAN ALEXANDRO CARRILLO ARMENTA $254,310.35 MCU-CAAS-091/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $38,146.55

C. MARIA DE LOS ANGELES TORRES CHÁVEZ $254,310.35 MCU-CAAS-092/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $38,146.55

ELECTRICA LOVI, S.A. DE C.V. $388,236.60 MCU-CAAS-093/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $97,059.15 FIANZA 25% $97,059.15

JOSE REMEDIOS SALINAS MARQUEZ $1,082,009.52 MCU-CAAS-094/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $270,502.38 FIANZA 25% $270,502.38

COLECCIONES MARIA ELVA, S.A. DE C.V. $128,655.00 MCU-CAAS-095/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $32,163.75 CH.CRUZADO 25% $32,163.75

C. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ ACEVEDO $232,758.62 MCU-CAAS-096/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $34,913.79

C. RAUL ERNESTO DE LA GARZA BAYON $155,172.41 MCU-CAAS-097/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 15% $23,275.86

C. JESUS ALBERTO RENTERIA ARMENDARIZ $343,103.45 MCU-CAAS-098/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $85,775.86 CH.CRUZADO 25% $85,775.86

GARANTIAS ART 39

DE ANTICIPO DE CUMPLIMIENTO DE VICIOS OCULTOSNOMBRES FISCAL DEL PROVEEDOR IMPORTE

NUMERO DE

CONTRATO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 110

TIPO % MONTO TIPO % MONTO TIPO % MONTO

PUBLICIDAD $4,500,000.00 100-133 SIN ANTICIPO

TU MEJOR AGENCIA AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V. $2,556,462.00 MCU-CAAS-134/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $639,115.50 FIANZA 25% $639,115.50

EDMY JEANS, S.A. DE C.V. $235,494.00 MCU-CAAS-135/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $58,873.50 CH.CRUZADO 25% $58,873.50

RICO PROMOSTAR, S.A. DE C.V. $29,106.00 MCU-CAAS-136/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $7,276.50 CH.CRUZADO 25% $7,276.50

C. CATALINA IVONE JIMENEZ RENTERIA $74,970.00 MCU-CAAS-137/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $18,742.50 CH.CRUZADO 25% $18,742.50

COLECCIONES MARIA ELVA, S.A. DE C.V. $155,760.00 MCU-CAAS-138/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $38,940.00 CH.CRUZADO 25% $38,940.00

C. JESUS ANTONIO TERRAZAS ORDOÑEZ $231,300.00 MCU-CAAS-139/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $57,825.00 CH.CRUZADO 25% $57,825.00

C. ERIKA OROZCO OROZCO $59,460.00 MCU-CAAS-140/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $14,865.00 CH.CRUZADO 25% $14,865.00

C. PETER PETERS HAM $282,564.88 MCU-CAAS-141/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $70,641.22 CH.CRUZADO 25% $70,641.22

SERVICIOS INTEGRALES EL PEWIS, S.A. DE C.V.L $504,655.22 MCU-CAAS-142/2017 SIN ANTICIPO CH.CRUZADO 25% $126,163.81 CH.CRUZADO 25% $126,163.81

C. JAVIER DEL BOSQUE GALVAN $1,508,000.00 MCU-CAAS-143/2017 CH.CRUZADO 50% $874,640.00 CH.CRUZADO 50% $874,640.00

C. ROBERTO MUÑOZ ESCARCEGA $1,058,000.00 MCU-CAAS-144/2017 FIANZA 50% $613,640.00 FIANZA 10% $105,800.00

C. CARLOS OCTAVIO HERRERA GUTIERREZ $600,000.00 MCU-CAAS-145/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 10% $60,000.00

C. ROBERTO MUÑOZ ESCARCEGA $410,000.00 MCU-CAAS-146/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $102,500.00

C. CORNELIUS ENNS HARMS $1,086,206.89 MCU-CAAS-147/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $1,958,103.63 CH. CRUZADO 25% $1,958,103.63

C. SERGIO QUEZADA RAMOS $1,465,517.24 MCU-CAAS-148/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO $1,278,717.25 CH. CRUZADO 25% $1,278,717.25

C. UBALDO RODRIGUEZ SALAS $13,075,011.40 MCU-CAAS-149/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $3,268,752.85 CH. CRUZADO 25% $3,268,752.85

C. JAIME RODOLFO QUEZADA RAMIREZ $648,060.00 MCU-CAAS-150/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $162,015.00 CH. CRUZADO 25% $162,015.00

ING. CIPRIANO ENRIQUE RUBIO VILLALOBOS $3,537,371.92 MCU-CAAS-151/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $884,342.98 CH. CRUZADO 25% $884,342.98

PROVEEDORA DIVERSIMAC, S.A. DE C.V. $5,362,216.00 MCU-CAAS-152/2017 FIANZA 50% $3,110,085.28 FIANZA 25% $1,340,554.00 FIANZA 25% $1,340,554.00

COLECCIONES MARIA ELVA, S.A. DE C.V. $4,606,935.99 MCU-CAAS-153/2017 FIANZA 50% 2,672,022.87 FIANZA 25% $1,151,734.00 FIANZA 25% $1,151,734.00

C. RENE PINEDA MARIONI $0.00 MCU-CAAS-153/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO $225,000.00 CH. CRUZADO $225,000.00

CACTUS TRAFFIC DE CHIHUAHUA, S.A. DE C.V. $2,056,823.52 MCU-CAAS-154/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $514,205.88 FIANZA 25% $514,205.88

C. JOSE REMEDIOS SALINAS $1,957,599.44 MCU-CAAS-155/2017 SIN ANTICIPO FIANZA 25% $489,399.86 FIANZA 25% $489,399.86

C. ERIKA OROZCO OROZCO $172,410.00 MCU-CAAS-157/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $43,102.50 CH. CRUZADO 25% $43,102.50

ING. JUAN ANTONIO MERAZ PEÑA $291,930.09 MCU-CAAS-158/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $72,982.52 CH. CRUZADO 25% $72,982.52

C. CARLOS RODRIGUEZ AGÜERO $97,000.00 MCU-CAAS-159/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $24,250.00

C. CARLOS RODRIGUEZ AGÜERO $300,000.00 MCU-CAAS-160/2017 SIN ANTICIPO CHEQUE 25% $75,000.00

C. JOSE DANIEL ACOSTA VAZQUEZ $54,000.00 MCU-CAAS-161/2017 SIN ANTICIPO

PROVEEDORA DIVERSIMAC, S.A. DE C.V. $2,826,871.00 MCU-CAAS-162/2017 FIANZA 50% $1,639,585.18 FIANZA 25% $706,717.75 FIANZA 25% $706,717.75

C. JULIO CESAR MUÑOZ OCHOA $24,463.00 MCU-CAAS-163/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $6,115.75 CH. CRUZADO 25% $6,115.75

ARQ. JOEL CRUZ MACIAS CHÁVEZ $37,746.81 MCU-CAAS-164/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $9,436.70 CH. CRUZADO 25% $9,436.70

C. RAUL DE LA GARZA BAYON $477,931.04 MCU-CAAS-165/2017 SIN ANTICIPO CH. CRUZADO 25% $119,482.76 CH. CRUZADO 25% $119,482.76

GARANTIAS ART 39

DE ANTICIPO DE CUMPLIMIENTO DE VICIOS OCULTOSNOMBRES FISCAL DEL PROVEEDOR IMPORTE

NUMERO DE

CONTRATO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 111

RESPUESTA

1. De los 65 contratos analizados, 11 de ellos se realizaron con la normatividad federal

misma que no establece en su artículo 48 que los contratos deberán garantizar.

2. De los contratos analizados 05 de ellos se realizaron para la adquisición de bienes

seminuevos, por lo que la garantía de evicción, vicios ocultos, daños y perjuicios no

es aplicable, ya que se sustituye con el avalúo realizado previamente para la

adquisición del bien.

3. De los contratos analizados 1 de ellos no otorga garantías ya que las mismas pólizas

de seguro de cobertura amplia y seguro de daños a terceros entregadas al municipio

constituyen garantía.

4. De los 65 contratos analizados, 45 de ellos fueron exceptuados de presentar

garantía de evicción, vicios ocultos daños y perjuicios ya que son contratos a través

de los cuales se prestan diversos servicios al municipio, en la mayoría de ellos

servicios que son pagados de manera mensual a los proveedores y/o prestadores,

por lo que no existe la posibilidad de que se presente un vicio oculto, así mismo son

contratos de servicios de espectáculos y asesorías profesionales por lo que no

existe la posibilidad de poner en riesgo la hacienda municipal.

CONCLUSION

Observación parcialmente solventada en cuanto a los contratos celebrados bajo

normatividad federal y bienes seminuevos, con respecto a los demás la Ley no marca

excepción aun cuando a criterio de esa dependencia no existe la posibilidad de poner en

riesgo la hacienda municipal.

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Página 112

OBSERVACION 7.

Se observa que los siguientes contratos fueron firmados con posterioridad a los 10 días

naturales que establece el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento,

Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua, estando el municipio

obligado en su caso a rembolsar los gastos no recuperables en que hubiere incurrido el

proveedor, gastos innecesarios que se pudieran evitar si se formalizan los contratos en su

debido tiempo.

NOMBRE DEL PROVEEDOR IMPORTE NUMERO DE CONTRATO

FECHA DE CONTRATO

FECHA DE FIRMA

C. JAVIER DEL BOSQUE GALVAN $1,508,000.00 MCU-CAAS-143/2017 02/06/2017 05/07/2017

FASE CHIHUAHUA, S.A. DE C.V. CONTRATO

ABIERTO MCU-CAAS-166/2017 02/06/2017 05/07/2017

CARLOS SARABIA $458,620.68 MCU-CAAS-167/2017 25/05/2017 05/07/2017

GLEN LOPEZ CABALLERO $331,887.90 MCU-CAAS-168/2017 12/06/2017 05/07/2017

DR. MARIO EDUARDO VELARDE AGUILAR

$537,105.00 MCU-CAAS-169/2017 12/06/2017

05/07/2017

RESPUESTA:

Nos permitimos anexar a esta observación copia de los contratos señalados, en los cuales

en el punto número 1 de sus antecedentes, así como en la fecha de cierre y firma del

contrato se evidencia que en ningún caso fueron firmados fuera del plazo establecido por

el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arredramientos, contratación de Servicios y Obra

Pública del Estado de Chihuahua, por lo que no hubo contravención a dicho precepto legal.

CONCLUSION:

Observación atendida ya que se reciben los contratos firmados, aclarando que a la fecha

de la revisión no se encontraban firmados, por lo que esta Sindicatura recomienda especial

atención a los plazos para las firmas de los contratos.

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Página 113

3.2.9. COMUNICACIÓN SOCIAL.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

OBJETO DE LA REVISIÓN.

Revisión documental de los contratos de prestación de servicios por la dependencia de

Comunicación Social en un periodo de tres meses lo cual conlleva a partir del mes de Enero

– Abril 2017.

Cada uno de los contratos de prestación de servicios, deberá contener: Antecedentes

(Sesión Ordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio

de Cuauhtémoc); y Elaboración del Contrato; Declaraciones, Clausulas, Firmas.

Revisión a la papelería que se encuentre completa; contratos, facturas, pagos y anexado la

publicidad descrita en dicho contrato.

DESCRIPCION.

Se efectuó una revisión de los Contratos de Prestación de Servicios, celebrados con los

medios de comunicación, con el fin de que Presidencia del Municipio de Cuauhtémoc

anuncie sus diferentes actividades durante cada mes.

La revisión a la documentación que respalda los Contratos de Prestación de Servicios a los

medios de comunicación por parte de la Dependencia de Comunicación Social del

Municipio de Cuauhtémoc por medio de Adjudicación, así como el detalle del cobro de cada

una de ellas en los periodos Enero – Abril del 2017 mediante oficio No. 256/2017 del 12 de

Junio de 2017 de esta Sindicatura.

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Página 114

OBSERVACIÓN 1.

En el Contrato marcado con el número MCU-CAAS-100-2017, en el cual aparece como “El

Prestador” el C. Javier Horacio Contreras Orozco, de la empresa conocida como “CIA.

Periodística El Sol de Chihuahua- Heraldo; para lo cual el presente contrato no se encuentra

firmado por la L.C M.I Patricia Ramírez Ceballos, Oficial Mayor.

RESPUESTA:

Respuesta de las observaciones marcadas con los números: 1, 3, 4, 7 y 8: Se adjuntan

copias simples de los contratos originales: MCU-CAAS-100/2017, MCU-CAAS-116/2017,

MCU-CAAS-122/2017, Y MCU-CAAS-131/2017. Cabe hacer mención que los expedientes

de contratos originales se elaboran y se encuentran en resguardo por el área Técnica de

Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio.

CONCLUSION:

Observación atendida ya que se reciben copias de los contratos firmados, que a la fecha

de la revisión faltaban firmas en los contratos originales. Por lo que esta sindicatura

recomienda especial atención en los procedimientos y normatividad de los contratos.

OBSERVACIÓN 2.

Contrato marcado con el número MCU-CAAS-105-2017, el cual aparece como “El

Prestador” el C. Jorge Valdez Anaya, de la publicidad en revista “yosoychihuahua.com”; se

realiza la revisión en físico de la revista antes mencionada no encontrando el tiraje , puesto

que en contrato estipula dentro de las clausulas publicación mensual de 2,000 ejemplares

con distribución estatal.

RESPUESTA:

Se adjunta oficio con fecha 26 de Junio 2017, emitido por el C. Jorge Valdez Anaya

representante de la revista “Yo soy Chihuahua” donde señala el tiraje de dos mil ejemplares

de la revista antes mencionada.

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Página 115

CONCLUSION

Observación solventada por manifestación escrita del proveedor de servicios.

OBSERVACIÓN 3.

Contrato número MCU-CAAS-114/2017, del cual aparece como “El Prestador” la C. Adriana

Contreras Valverde de la empresa conocida como “Eventos y Noticias”, de lo cual se

observó que no cuenta con la firma del Lic. Elías Humberto Pérez Holguín, Presidente

Municipal de Cuauhtémoc.

OBSERVACIÓN 4.

Contrato Número MCU-CAAS-122/2017, del cual menciona como “El Prestador” el Lic.

Manuel Jaime Castillo Martínez, lo cual se realiza la observación que el presente contrato

no se encuentra firmado por el interesado, en este caso por “El Prestador”.

OBSERVACIÓN 5.

Dentro del contrato con el número marcado MCU-CAAS-125/2017, en el cual aparece como

“El Prestador” el C. Jesús Alberto Murillo Gómez, en el que se realizan las siguientes

observaciones:

1.- En el mes de Marzo solo se realizaron 24 horas de perifoneo con el tema de “Curso de

Repostería y Bisutería”; revisando la factura con el número 331 está el monto de pago de

$5,800.00 con I.V.A. de 50 horas así como lo indica en el contrato anteriormente citado.

2.- En el mes de Abril solo se transmitieron 20 horas de perifoneo con el tema “Operativo

Semana Santa Segura; encontrando en la factura con número 332 está el monto de pago

por la cantidad $5,800 con I.V.A. de 50 horas así como especifica en el contrato

anteriormente citado.

RESPUESTA.

El consumo por mes se realiza de acuerdo a las necesidades de las campañas de

publicidad y difusión de la administración municipal. La coordinación es responsable de

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Página 116

supervisar el consumo de obras mensualmente, realizando un control de consumo con

plazo convenido hasta el 31 de Diciembre de 2017. Como se indica en la cláusula sexta-

plazo de ejecución.

CONCLUSION:

Observación no solventada ya que las horas pagadas no corresponde a las horas de

trasmisión, independientemente de las necesidades de campañas de publicidad y difusión

OBSERVACION 6.

Contrato con el número marcado MCU-CAAS-132/2017, en este mismo aparece como “El

Prestador” el C. Jesús Manuel Rodríguez Rascón, dentro de la revisión que se hizo a las

pólizas que se encuentran en el departamento de Tesorería, no encontrando ningún informe

anexo a la papelería antes mencionada, siendo que en el respectivo contrato en la cláusula

cuarta menciona: “El Prestador” deberá presentar la factura correspondiente anexando el

informe de la publicidad transmitida durante el mes…

RESPUESTA.

Se adjunta copias de los informes de la publicidad transmitida que emite el “prestador” que

resguarda como archivo esta coordinación de los meses de enero, febrero, marzo, abril,

mayo y junio del 2017. Hacemos de su conocimiento que los informes se entregaron en

tiempo y forma, cumpliendo con el visto bueno de la coordinación de comunicación social,

esto como se declara en la cláusula cuarta.-forma de pago para constatar las condiciones

en que se hayan prestado los servicios, donde a su vez se turna a oficialía mayor para

proceder al pago respectivo. Cabe hacer mención que el primer filtro de revisión para hacer

cumplir la cláusula del contrato en la forma de pago, el área de recursos materiales

inmediatamente rechazan el proceso al no presentar adjunto el informe de publicidad que

emite “el prestador de servicio”.

CONCLUSION:

Observación solventada

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 117

OBSERVACION 7.

En el contrato con número MCU-CAAS-116/2017 apareciendo como “El Prestador” el C.

Luis Carlos Mendoza Caraveo, se observa que no se encuentra firmado por el Lic. Elías

Humberto Pérez Holguín Presidente Municipal de Cuauhtémoc; así como tampoco por el

Lic. Rafael Ernesto Cavazos Aragón Secretario Municipal.

OBSERVACION 8.

Contrato marcado con número MCU-CAAS-131/2017, en el cual aparece como “El

Prestador” Mirna Medina Quiñones de la página de internet www.multimonitor.com, se

realiza la observación que el presente no se encuentra firmado por la parte interesada que

es “El Prestador”, en este caso por la C. Mirna Medina Quiñones.

OBSERVACION 9.

Se observa que en ningún contrato se estipulan las clausulas para las garantías de

cumplimiento y vicios ocultos, contradiciendo así al artículo 39 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos, Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua.

RESPUESTA.

Referente a las garantías del cumplimiento del contrato y garantía para la evicción, vicios

ocultos, daños y perjuicios; de acuerdo al histórico registrado en las diferentes

administraciones que han celebrado este tipo de contratos de servicios de publicidad, no

han solicitado garantías. Sin embargo el artículo 39 de la Ley de Adquisiciones,

arrendamientos, contratación de servicios y obra del Estado de Chihuahua, dispone que los

contratos celebrados al amparo del artículo 101 podrán ser exceptuados de presentar

garantías, porque en ningún caso se está contraviniendo ningún precepto legal.

Art. 39. Quienes participen en licitaciones o celebren los contratos en los casos señalados

en los artículos 101 y 102 fracción 2 del inciso B de esta Ley, bajo su responsabilidad,

podrá exceptuar el proveedor o contratista, según corresponda, de presentar la garantía y

cumplimiento del contrato respectivo.

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CONCLUSION:

Observación no solventada ya que el argumento a que hace referencia de los Artículos 101

y 102 fracción 2 del inciso B corresponde a una excepción para trabajos de mano de obra

de campesinos o urbana marginada. Por lo tanto no existe excepción en lo observado.

OBSERVACION 10.

Todos los contratos sin excepción alguna estipula dentro de las Clausulas: Que ambas

partes convienen en que la prestación de servicio de publicidad está siendo brindado a

partir del 01 de Enero del 2017 y será brindado hasta el 31 de Diciembre del 2017; siendo

que los contratos están firmados el 31 de Marzo del 2017.

RESPUESTA:

Nos observa que los contratos están firmados el día 31 de marzo del 2017. Cabe mencionar

que está dentro del término que marca la ley, así mismo, hago de conocimiento que las

solicitudes de propuesta para las celebraciones de contratos de prestación de servicios con

medios de comunicación, se solicitó con el periodo de enero a diciembre del 2017, ante los

integrantes del comité de adquisiciones, arrendamiento, contratación de servicios del

Municipio de Cuauhtémoc con el periodo antes mencionado, donde se autorizó por

unanimidad las propuestas, quedando registrado en los ANTECEDENTES en los números

1 y 2 de los contratos. Esta coordinación no recibo notificación de incumplimiento respecto

a los periodos de consumo y recepción de firmas de la instancia el área técnica del C.A.A.S.

que elaboró los contratos, dando por hecho que no se contraviene en ninguna de las

cláusulas de los contratos. Concretamente en la cláusula sexta.-plazo de ejecución. Ambas

partes convienen que la prestación de servicios de publicidad está siendo brindada desde

el día 01 de enero del 2017 y será brindado hasta el 31 de diciembre de 2017.

CONCLUSION:

Observación atendida, sin embargo esta Sindicatura recomienda que las licitaciones y los

contratos se apeguen a los plazos que marca la ley.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 119

RELACION DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MEDIOS DE COMUNICACIÓN ENERO-MARZO 2017

DIFUSION EN PERIODICOS Y REVISTAS

NUMERO DE

CONTRATO

DURA-BILIDAD

PRES-TADOR PRESTA-

TARIO

TOTAL ANUAL

I.V.A INCLUIDO

OBJETO DEL CONTRATO CLÁUSULAS

MCU-CAAS-100-2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JAVIER HORACIO CONTRERAS OROZCO, CIA PERIODISTICA EL SOL DE CHIHUAHUHA-HERALDO

EL MUNICIPIO

$406,000.00

El "prestador" se obliga a prestar el servicio de publicación impresa de

publicidad e información en el periódico "El Heraldo de Chihuahua" según lo que

sea solicitado por el Municipio: Tarifa por pulgada sin color $58.00, Tarifa en

sección estatales $115.50, Publicación a full color se aplicará el 45% adicional al costo de la tarifa requerida, estatal o

local.

Contrato abierto, el Municipio deberá informar a el Prestador las publicaciones impresas que

vaya requiriendo hasta completar el monto total del

contrato; no se otorgará anticipo, el pago que realice el Municipio será mensualmente la cantidad de $29,166.66 por

lo cual deberá presentar factura correspondiente

anexando el informe de la publicidad transmitida durante

el mes.

MCU-CAAS-103-2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

LIC. GUILLERMO GARCIA MENDOZA

EL MUNICIPIO

$41,760.00

El "prestador" se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio

apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste: Publicación de 01,

plana full color mensual en revista "EVOLUCIÓN" de circulación regional

impresa.

La Coordinación de Comunicación Social será la responsable de la prestación de servicios; no se otorgara

anticipo; el pago que realice El Municipio será mensualmente por la cantidad de $3,000.00,

para lo cual el prestador deberá presentar factura anexando el informe de la

publicidad transmitida.

MCU-CAAS-105-2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JORGE VALDEZ ANAYA- REVISTA

YOSOYCHI

EL MUNICIPIO

$96,006.24

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste; Publicación en Plana Interior $6,900.00 antes del I.V.A edición mensual

de 2,000 ejemplares con distribución estatal. Promoción de Gobierno y

Municipio en Revista en mención y pagina web "yosoychihuahua.com

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el

pago que realice El Municipio será mensualmente por la

cantidad de $6,900.00 para lo cual el Prestador deberá

presentar factura correspondiente que reúna los

requisitos impuestos por la legislación vigente anexando el

informe de la publicidad transmitida, esto con entrega

anticipada.

MCU-CAAS-102-2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. SERGIO ARTURO RODRIGUEZ

BORUNDA.PUBLICACIONES

CHUVISCAR S.A de C.V

EL MUNICIPIO

$318,000.08

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste; Tarifa por pulgada en el Diario

de Chihuahua $130.86

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el

pago que realice El Municipio será mensualmente por la

cantidad de $22,844.83 para lo cual el Prestador deberá

presentar factura correspondiente que reúna los

requisitos impuestos por la legislación vigente anexando el

informe de la publicidad transmitida, esto con entrega

anticipada.

MCU-CAAS-101-2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. SERGIO ARTURO RODRIGUEZ

BORUNDA.PUBLICACIONES SAMACHIQUE, S. DE R.L. DE

C.V.

EL MUNICIPIO

$216,000.12

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste; Publicaciones todos los días viernes variando el tamaño según

necesidades del Municipio; Tarifa por columna pulgada en Regional $86.20.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el

pago que realice El Municipio será mensualmente la

cantidad de $15,517.00 antes de I.V.A para lo cual el

prestador deberá presentar factura correspondiente que

reúna los requisitos impuestos por la legislación vigente

anexando el informe de la publicidad transmitida, esto

con entrega anticipada.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 120

MCU-CAAS-104-2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. ALONSO ISMAEL DE SANTIAGO NOGUEZ. RADIO JUARENSE S.A

de C.V.

EL MUNICIPIO

$96,006.24

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicación de Plana con Publicidad Institucional (Revista Net),

Pauta al aire para sus eventos de acuerdo a sus necesidades. Cobertura y

promoción en plataformas multimedia en la página web:

www.informaciontotal.com y en www.netnoticias.mx

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el

pago que realice El Municipio será mensualmente la

cantidad de $6,896.55 antes de I.V.A, para lo cual el

prestador deberá presentar factura correspondiente que

reúna los requisitos impuestos por la legislación vigente

anexando el informe de la publicidad transmitida, esta

con entrega anticipada.

AVISOS OFICIALES

MCU-CAAS-

106/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. CESAR ANIBAL

MORENO SALINAS

EL MUNICIPIO

$360,528.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste: 259 spots mensuales de 20" en horario de noticieros o mercado al aire o

preferente con un costo por spot de $100.00 antes del I.V.A.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por el servicio prestado será

mensualmente la cantidad de $25,900.00 antes de I.V.A., para lo cual el prestador

deberá presentar factura correspondiente que reuna los requisitos impuestos por la

legislación vigente anexando el informe de la publicidad transmitida, esta con entrega

anticipada.

MCU-CAAS-

108/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

PROFR. ISRAEL BELTRAN

MONTES, BM RADIO S.A. DE

C.V.

EL MUNICIPIO

$367,348.80

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Spot de 20" $70.88, y Spot de 30" $106.20

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por el servicio prestado será

mensualmente la cantidad de $26,390.00 antes de I.V.A., para lo cual el prestador

deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos impuestos por la

legislación vigente anexando el informe de la publicidad transmitida, esta con entrega

anticipada.

MCU-CAAS-

110/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C.JOSE MANUEL CISNEROS DE LOS

SANTOS, MULTIMEDIOS S.A.

DE C.V.

EL MUNICIPIO

$104,400.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: 2000 SPOTS de 20" en la caliente 99.9 FM, Apoyo informativo Estatal, Tarifa

por Spot de 20" $45.00

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por el servicio prestado será

mensualmente la cantidad de $7,500.00 antes de I.V.A., para lo cual el prestador

deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos impuestos por la

legislación vigente anexando el informe de la publicidad transmitida, esta con entrega

anticipada.

MCU-CAAS-

107/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. MARGARITA JIMENEZ

ESPINOZA, RADIO

DIVERTIDA XEDT S.A. de

C.V.

EL MUNICIPIO

$300,000.08

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: 400 SPOTS mensuales en la estación de radio Hits 98.3 F.M.,

entrevistas en cabina y por lo menos 5 controles remotos al año de 15 minutos .

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por el servicio prestado será

mensualmente la cantidad de $21,551.73 antes de I.V.A., para lo cual el prestador

deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos impuestos por la

legislación vigente anexando el informe de la publicidad transmitida, esta con entrega

anticipada.

MCU-CAAS-

109/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

PROFR. ISRAEL BELTRAN MONTES, SERVICIOS

PUBLICITARIOS S.A.

EL MUNICIPIO

$367,348.80

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste: 518 SPOTS de 20", a razón del 30% en noticieros y 70% en transmisión

normal; SPOT de 20" en Noticieros y transmisión normal $70.88; SPOT de 30"

en Noticieros y transmisión normal $106.20

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por el servicio prestado será

mensualmente la cantidad de $26,390.00 antes de I.V.A., para lo cual el prestador

deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos impuestos por la

legislación vigente anexando el informe de la publicidad transmitida, esta con entrega

anticipada.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 121

DIFUSION SOCIAL Y CULTURAL

MCU-CAAS-

114/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C.ADRIANA CONTRERAS VALVERDE

EL MUNICIPIO

$69,600.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER de la página www.eventosynoticias.com que

servirá de enlace de la página oficial de este municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $5,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

126/2017

C. BRIANDA IVON VARELA LUJAN, SILENCIERO S.A.

de C.V.

MCU-CAAS-

129/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C.CARMEN YOLANDA GONZALEZ

VEGA, PUBLICIDAD

BANNER

EL MUNICIPIO

$41,760.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER lateral de la página www.verticenoticias.com que servirá

de enlace en la página oficial de este municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $3,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

119/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. CESAR ANIBAL

MORENO SALINAS

EL MUNICIPIO

$59,856.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste: Publicidad en BANNER de 300 x 100 pixeles con animación flash o gif de la página www.xepl.com.mx que servirá de enlace a la página oficial del Municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $4,300.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

123/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. EDUARDO MARQUEZ MONTES

EL MUNICIPIO

$69,600.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste: Publicidad en BANNER en línea 247.mx que servirá de promoción de las

actividades que el Municipio realice.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $5,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

122/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

LIC. MANUEL JAIME

CASTILLO MARTINEZ

EL MUNICIPIO

$55,680.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Transmisión de 230 SPOTS mensuales transmitidos en radio en línea; Cobertura sin límite con alto estándar de

calidad en nuestra transmisión en computadoras, iPad, tabletas y celulares;

Grabación en los idiomas español y alemán; BANNER en página de internet

www.radiovida.cuauhtemoc.com

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $4,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

120/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JAVIER RODRIGUEZ ARIZMENDI

EL MUNICIPIO

$35,997.12

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad de radio en línea en el programa solo por la música.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $2,586.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

125/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JESUS ALBERTO MURILLO GOMEZ

EL MUNICIPIO

$69,600.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Servicio de perifoneo de 50 horas mensuales por diversas colonias de la

ciudad con pauta indicada como lo solicite la Coordinación de Comunicación Social.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $5,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 122

MCU-CAAS-

117/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JESUS ALBERTO

RODRIGUEZ ARBALLO

EL MUNICIPIO

$111,360.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER en la página

http://cuauhtemocylasierra.blogspot.mx/ para difundir diversa información del

Administración Municipal.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $8,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

132/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JESUS MANUEL

RODRIGUEZ RASCON

EL MUNICIPIO

$111,360.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste: Transmisión de 35 spots de 20'

mensuales en noticiero local de televisa en un horario de 8:00 a 8:30 hrs . 4 Notas

informativas mensuales.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $8,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

111/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JESUS MANUEL SIGALA

GUERRA

EL MUNICIPIO

$111,360.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER de la página www.corredorcomercial.tv que servirá de enlace a la página oficial del

Municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $8,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

126/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JORGE ENRIQUE

REYES LOPEZ

EL MUNICIPIO

$69,600.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicación de BANNER de la página digital www.contactooccidente.com

y publicidad en el muro personal del C. Jorge Enrique Reyes López de acuerdo a lo

que solicite la Coordinación de Comunicación Social.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $5,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

115/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. JOSEFA NEVAREZ GARCIA

EL MUNICIPIO

$120,004.32

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER de la página www.rednoroeste.com que servirá

de enlace a la página oficial de este Municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $8,621.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

121/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. LUCIA CANO

CASTILLO

EL MUNICIPIO

$69,600.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Difusión en BANNER de la pagina digital www.nota24.com

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $5,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

116/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C.LUIS CARLOS

MENDOZA CARAVEO

EL MUNICIPIO

$41,760.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER en la página www.beisbolcuauhtemoc.com para

difundir diversa información de la Administración Municipal y enlace a la

página oficial del Municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $3,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

124/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. MANUEL ALONSO SALCEDO

MATA

EL MUNICIPIO

$55,680.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER lateral de la página diariofanaticada.com que servirá de enlace a la página oficial de este Municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $4,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 123

MCU-CAAS-

131/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. MIRNA MEDINA

QUIÑONES

EL MUNICIPIO

$102,078.84

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Servicios de Monitoreoen la página www.multimonitor.com.mx

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $7,333.25 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

112/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. RENÉ ARREDONDO

GARCÍA

EL MUNICIPIO

$111,360.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER de la página www.reportecuauhtemoc.com que servirá de enlace a la página oficial de este

Municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $8,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

130/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

LIC. RICARDO HERNANDEZ HERNANDEZ

EL MUNICIPIO

$41,760.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste: Publicidad en línea, en la página

www.cuauhtemocaltanto.com

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $3,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reuna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

128/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. SILVIA GELLEGOS MURO, VM NOTICIAS

EL MUNICIPIO

$69,600.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Cobertura publicación y difusión a través de nuestra red de 14 diarios digitales de toda la información que al Municipio le

sea conveniente en tiempo y forma. 1) www.vivirenchihuahua.com.mx 2)

www.vivirenjimenez.com.mx 3) www.vivirenojinaga.com.mx 4)

www.vivirencasasgrandes.com.mx 5) www.vmn.com.mx 6)

www.vivirenjuarez.com.mx 7) www.vivirencamargo.com 8)

www.vivirencuauhtemoc.com 9) www.vivirenmadera.com 10) www.vivirenelpaso.com 11)

www.vivirenparral.com.mx 12) www.vivirendelicias.com 13)

www.vivirencreel.com Publicación dentro de redes sociales. Publicación

de 70,000 BANNERS de 350x 280 DPI's durante todo el mes dentro de 7 diarios

digitales.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $5,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reuna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

113/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. RODRIGO MALDONADO

AGUIRRE, ADRIANA

RUIZ.com.mx

EL MUNICIPIO

$83,993.28

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER de la página www.AdrianaRuiz.com.ms que

servirá de enlace de la página oficial de este municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $6,034.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

MCU-CAAS-

133/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

LIC. EUGENIO ZAMBRANO RUIZ,

TELEVISORA DE OCCIDENTE S.A.

de C.V.

EL MUNICIPIO

$840,000.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado por éste: 1,507 SPOTS con duración de 20 segundos en un horario de 6:00 a 23:00

horas.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $ 60,344.83 antes de I.V.A., para lo cual el prestador deberá presentar factura

correspondiente que reúna los requisitos impuestos por la legislación vigente

anexando el informe de la publicidad transmitida, esta con entrega anticipada.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 124

MCU-CAAS-

118/2017

DEL 01 ENERO

2017, AL 31 DE

DICIEMBRE 2017

C. VICTOR OMAR

RODRIGUEZ CARAVEO

EL MUNICIPIO

$41,760.00

El Prestador se obliga a prestar el servicio de publicidad a El Municipio, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado

por éste: Publicidad en BANNER de la página www.lautopia.com.mx que servirá de enlace a la página oficial del Municipio.

Para efectos de este contrato No se Otorgara Anticipo, el pago que realice El Municipio por

el servicio prestado será mensualmente la cantidad de $3,000.00 antes de I.V.A., para

lo cual el prestador deberá presentar factura correspondiente que reúna los requisitos

impuestos por la legislación vigente anexando el informe de la publicidad

transmitida, esta con entrega anticipada.

3.2.10 RASTRO TIF CUAUHTEMOC.

DESCRIPCION.

Esta sindicatura realizó la revisión financiera a la obra de Ampliación y Remodelación del

Rastro Municipal TIF 191 en Cuauhtémoc, Chih. , indicándose las observaciones anexas.

OBJETO DE LA REVISION.

La revisión comprende el análisis de las partidas de ingresos y egresos desde el inicio de

la obra hasta la fecha de término, haciendo para ello pruebas selectivas y obteniendo

información tanto de pólizas, reportes del sistema de contabilidad, estados de cuenta, entre

otros con el objeto de vigilar el correcto ejercicio del patrimonio municipal.

OBSERVACIONES:

Como resultado de proceso de licitación realizada de acuerdo a la Ley de Obras Publicas y

Servicios relacionados con las mismas, se hace contrato con KIKITA CONSTRUCTORA

SA DE CV, RASTRO-REM-001-16 POR UN MONTO DE $8,872,591.08, PLAZO DE

EJECUCION DEL 11 DE ENERO DE 2016 AL 05 DE OCTRUBRE DE 2016, Y UN

CONVENIO ADICIONAL CA-RASTRO-REM-001-16 POR UN MONTO DE $11,997,827.71,

PLAZO DE EJECUCION AMPLIADO AL 11 DE MARZO DE 2017. SOLICITANDO PLAZO

DE TERMINO DE OBRA AL 03 DE JUNIO DE 2017.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 125

La obra en mención se realiza con recursos federales (FIDEICOMISO DE RIESGO

COMPARTIDO) como Incentivo para Infraestructura y Equipamiento en Postproducción y

recursos propios del Rastro Municipal Cuauhtémoc.

Las fuentes financieras se desglosan de la siguiente manera:

CONCEPTO FIRCO BENEFICIARIO AVANCE

FINANCIERO

INFRAESTRUCTURA 3,190,307.00 9,867,422.00 13,057,729.00

EQUIPO 6,677,114.00 0 6,677,114.00

SUBTOTAL 9,867,421.00 9,867,422.00 19,734,843.00

IVA 3,157,574.88 3,157,574.88

TOTAL 22,892,417.88

El ingreso para la realización de esta obra se depositó en una cuenta bancaria exclusiva en

la cual se puede seguir el flujo de efectivo que se ha realizado para las erogaciones

correspondientes a la obra, esta sindicatura determina que la aplicación de los recursos

cuentan con los comprobantes fiscales correspondientes y que su avance financiero es al

100%

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 126

4. AUDITORIAS EN PROCESO.

Se están llevando a cabo auditorías a las siguientes dependencias, haciendo para ello

pruebas selectivas y obteniendo información tanto de pólizas, reportes del sistema de

contabilidad, estados de cuenta, entre otros con el objeto de vigilar el correcto ejercicio del

patrimonio municipal.

4.1 TESORERIA.

REVISION A INGRESOS POR CORTES DE CAJA.

5. COMITES.

5.1 COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO

DE CUAUHTÉMOC.

Con fundamento en lo establecido en al Artículo 36 A y B fracción III y XVIII del Código

Municipal para el Estado de Chihuahua, durante el período de revisión de la Cuenta Pública,

se tuvo presencia en las diversas Sesiones de Comité de Compras.

Se verifico que los contratos aprobados estuvieran adjudicados (Adjudicación Directa,

Licitación Restringida o Licitación Pública) y elaborados de acuerdo a las leyes aplicables

(Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua

así como la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público).

A continuación se relacionan los diferentes contratos establecidos entre el Municipio y los

diferentes proveedores:

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 127

DEPENDENCIA No. CONTRATO PRESTADOR CONCEPTOTIPO DE

ADJUDICACION

IMPORTE

ANTES DE

IVA

SERVICIOS PUBLICOS MCU-CAAS-093/2017 ELECTRICA LOVI, S.A. DE C.V.

SUMINISTRO DE MATERIAL

ELECTRICO PARA TRABAJOS DE

ALUMBRADO PUBLICO. PARTIDAS 2,

3 Y 4

LICITACION RESTRINGIDA $388,236.60

SERVICIOS PUBLICOS MCU-CAAS-094/2017JOSE REMEDIOS SALINAS

MARQUEZ

SUMINISTRO DE MATERIAL

ELECTRICO PARA TRABAJOS DE

ALUMBRADO PUBLICO. PARTIDAS 1

Y 5

LICITACION RESTRINGIDA $1,082,009.52

SEGURIDAD PUBLICA MCU-CAAS-095/2017COLECCIONES MARIA ELVA,

S.A. DE C.V.

ADQUISICION DE UNIFORMES

OPERATIVOS PARA PERSONAL DE

BOMBEROS.CUANDO MENOS A TRES $128,655.00

OFICIALIA MAYOR MCU-CAAS-096/2017C. FRANCISCO JAVIER

GONZALEZ ACEVEDOSERVICIO DE MANTENIMIENTO A

MOTOCICLETAS Y CUATRIMOTOS.CUANDO MENOS A TRES $232,758.62

OFICIALIA MAYOR MCU-CAAS-097/2017C. RAUL ERNESTO DE LA

GARZA BAYONSERVICIO DE MANTENIMIENTO A

MOTOCICLETAS Y CUATRIMOTOS.CUANDO MENOS A TRES $155,172.41

SERVICIOS PUBLICOS MCU-CAAS-098/2017C. JESUS ALBERTO RENTERIA

ARMENDARIZ

ADQUISICION DE UNA GÓNDOLA

NUEVA PARA LA DIRECCION DE

SERVICIOS PUBLICOS.CUANDO MENOS A TRES $343,103.45

COMUNICACIÓN

SOCIAL100-133 PUBLICIDAD

LOS CONTRATOS ESTAN EN

COMUNICACIÓN SOCIAL. NO LOS

HAN REGRESADO PARA LOS

INFORMES

LICITACION PUBLICA $4,500,000.00

SEGURIDAD PUBLICA MCU-CAAS-134/2017TU MEJOR AGENCIA

AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V.

ADQUISICION DE 06 PICK UPS PARA

SEGURIDAD PUBLICA, CHEVROLET,

ABINA EXTENDIDA, MODELO 2017.

MOTOR V8. TRANSM AUTO MATICA

DE 06 VELOCIDADES.

LICITACION PUBLICA $2,556,462.00

SERVICIOS PUBLICOS MCU-CAAS-135/2017 EDMY JEANS, S.A. DE C.V.

ADQUISICION DE UNIFORMES

OPERATIVOS PARA PERSONAL DE

SERVICIOS PUBLICOS Y OBRAS

PUBLICAS. PANTALON, CAMISA Y

BOTA. (PRIM-VER)

CUANDO MENOS A TRES $235,494.00

OBRAS PUBLICAS MCU-CAAS-136/2017RICIO PROMOSTAR, S.A. DE

C.V.

ADQUISICION DE UNIFORMES

OPERATIVOS PARA PERSONAL DE

SERVICIOS PUBLICOS Y OBRAS

PUBLICAS. IMPERMEABLES. (PRIM-

VER)

CUANDO MENOS A TRES $29,106.00

SERVICIOS PUBLICOS MCU-CAAS-137/2017C. CATALINA IVONE JIMENEZ

RENTERIA

ADQUISICION DE UNIFORMES

OPERATIVOS PARA PERSONAL DE

SERVICIOS PUBLICOS Y OBRAS

PUBLICAS. FAJA Y CHALECO.(PRIM-

VER)

CUANDO MENOS A TRES $74,970.00

VIALIDAD Y

TRANSITOMCU-CAAS-138/2017

COLECCIONES MARIA ELVA,

S.A. DE C.V.

ADQUISICIOIN DE UNIFORMES

OPERATIVOS PARA ELEMENTOS DE

VIALIDAD Y TRANSITO.

(PANTALONES)

CUANDO MENOS A TRES $155,760.00

VIALIDAD Y

TRANSITOMCU-CAAS-139/2017

C. JESUS ANTONIO TERRAZAS

ORDOÑEZ

ADQUISICIOIN DE UNIFORMES

OPERATIVOS PARA ELEMENTOS DE

VIALIDAD Y TRANSITO. (CAMISAS Y

PLAYERA)

CUANDO MENOS A TRES $231,300.00

SEGURIDAD PUBLICA MCU-CAAS-140/2017 C. ERIKA OROZCO OROZCO

ADQUISICION DE 06 KITS DE

ESTROBOS Y SIRENAS PARA 06

PICK NUEVAS DE SEGURIDAD

PUBLICA.

ADJUDICACION DIRECTA $59,460.00

VIALIDAD Y

TRANSITOMC-CAAS-141/2017 C. PETER PETERS HAM FABRICACION E INSTALACION DE

ESTRUCTURAS PARA SEMAFOROS.CUANDO MENOS A TRES $282,564.88

SEGURIDAD PUBLICA MC-CAAS-142/2017SERVICIOS INTEGRALES EL

PEWIS, S.A. DE C.V.L

ADQUISICION DE BICICLETAS

ELECTRICAS PARA SEGURIDAD

PUBLICA Y VIALIDADCUANDO MENOS A TRES $504,655.22

DESARROLLO SOCIAL MC-CAAS-143/2017C. JAVIER DEL BOSQUE

GALVAN

CONTRATACION DE LOS SERVICIOS

DE COORDINACION ARTISTICA PARA

LA PRESENTACION DEL GRUPO

ANGELES AZULES PARA CLAUSURA

DEL XXIV FESTIVAL DE LAS TRES

CULTURAS

LICITACION PUBLICA $1,508,000.00

DESARROLLO SOCIAL MC-CAAS-144/2017C. ROBERTO MUÑOZ

ESCARCEGA

CONTRATACION DE LOS SERVICIOS

DE COORDINACION ARTISTICA PARA

LA PRESENTACION DEL CANTANTE

CARLOS RIVERA PARA LA

INAGURACION DEL XXIV FESTIVAL

DE LAS TRES CULTURAS

LICITACION PUBLICA $1,058,000.00

DESARROLLO SOCIAL MC-CAAS-145/2017C. CARLOS OCTAVIO HERRERA

GUTIERREZ

CONTRATCION DEL SHOW LOS DIEZ

PIANOS PARA PRESENTACION

DENTRO DEL XXIV FESTIVAL DE LAS

TRES CULTURAS.L

LICITACION PUBLICA $600,000.00

DESARROLLO SOCIAL MC-CAAS-146/2017C. ROBERTO MUÑOZ

ESCARCEGA

CONTRATACION DE LOS SERVICIOS

DE COORDINACION ARTISTICA PARA

LA PRESENTACION DE LA OBRA DE

TEATRO LOS LOCOS SUAREZ

DENTRO DEL XXIV FESTIVAL DE LAS

TRES CULTURAS

LICITACION PUBLICA $410,000.00

CONTRATO

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 128

DEPENDENCIA No. CONTRATO PRESTADOR CONCEPTOTIPO DE

ADJUDICACION

IMPORTE

ANTES DE

IVA

OFICIALIA MAYOR MC-CAAS-147/2017 C. CORNELIUS ENNS HARMS

SERVICIOS DEMANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA

VEHICULOS A GASOLINA DE ESTA

CABECERA MPAL. EN LAS

ESPECIALIDADES DE FRENOS,

SUSPENSION Y DIRE CCION Y

MUELLES Y MOFLES.

LICITACION PUBLICA $1,086,206.89

OFICIALIA MAYOR MC-CAAS-148/2017 C. SERGIO QUEZADA RAMOS

SERVICIOS DEMANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA

VEHICULOS A GASOLINA DE ESTA

CABECERA MPAL. EN LAS

ESPECIALIDADES DE DIFERENCIAL,

REPARACION DE MOTOR Y PARTES

DE MOTOR.

LICITACION PUBLICA $1,465,517.24

OFICIALIA MAYOR MC-CAAS-149/2017 C. UBALDO RODRIGUEZ SALAS

SERVICIOS DEMANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA

VEHICULOS A DIESEL DE ESTA

CABECERA MPAL. EN TODAS LAS

ESPECIALIDADES.

LICITACION PUBLICA

$3,589,100.03

OFICIALIA MAYOR MC-CAAS-150/2017C. JAIME RODOLFO QUEZADA

RAMIREZ

SERVICIOS DEMANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA

VEHICULOS A DIESEL DE ESTA

CABECERA MPAL. EN LA

ESPECIALIDAD DE DIFERENCIAL.

LICITACION PUBLICA $474,137.93

OFICIALIA MAYOR MC-CAAS-151/2017ING. CIPRIANO ENRIQUE RUBIO

VILLALOBOS

SERVICIOS DEMANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA

VEHICULOS A GASOLINA Y DIESEL

DE ESTA CABECERA MPAL. EN LA

ESPECIALIDAD DE SISTEMA

ELECTRICO.

LICITACION PUBLICA $854,866.38

DESARROLLO SOCIAL MC-CAAS-152/2017PROVEEDORA DIVERSIMAC,

S.A. DE C.V.

ADQUISICION DE UNIFORMES

ESCOLARES PARA APOYO A

ESCUELOAS DE NIVEL BASICO.

PARTIDA 1.

LICITACION PUBLICA $5,362,216.00

DESARROLLO SOCIAL MC-CAAS-153/2017COLECCIONES MARIA ELVA,

S.A. DE C.V.

ADQUISICION DE UNIFORMES

ESCOLARES PARA APOYO A

ESCUELOAS DE NIVEL BASICO.

PARTIDAS 2 Y 4

LICITACION PUBLICA $4,606,935.99

VIALIDAD Y

TRANSITOMC-CAAS-154/2017

CACTUS TRAFFIC DE

CHIHUAHUA, S.A. DE C.V.

ADQUISICION DE DIVERSO

MATERIAL PARA TRABAJOS DEL

DEPARTAMENTO DE

SEÑALAMIENTO VIAL.

LICITACION PUBLICA $424,137.93

VIALIDAD Y

TRANSITOMCU-CAAS-155/2017 C. JOSE REMEDIOS SALINAS

ADQUISICION DE DIVERSO

MATERIAL PARA TRABAJOS DEL

DEPARTAMENTO DE

SEÑALAMIENTO VIAL.

LICITACION PUBLICA $1,696,551.73

SEGURIDAD PUBLICA MCU-CAAS-157/2017 C. ERIKA OROZCO OROZCO

ADQUISICION DE 34 RADIOS

DIGITALES Y 04 RADIOS DIGITALES

CON PANTALLA PARA LA DIRECCION

DE SEGURIDAD PUBLICA.

ADJUDICACION DIRECTA $172,410.00

ANAHUAC MCU-CAAS-158/2017ING. JUAN ANTONIO MERAZ

PEÑA

TRABAJOS DE REMODELACION DEL

PARQUE ANALABÚ UBICADO EN

SECCIONAL ANAHUAC.ADJUDICACION DIRECTA $291,930.09

DESARROLLO SOCIAL MCU-CAAS-159/2017C. CARLOS RODRIGUEZ

AGÜERO

CONTRATACION DE SHOW COMICO

MUSICAL PARA EVENTO DEL DIA DE

LAS MADRES REALIZADO EL 09 DE

MAYO 2017.

ADJUDICACION DIRECTA $97,000.00

DESARROLLO SOCIAL MCU-CAAS-160/2017C. CARLOS RODRIGUEZ

AGÜERO

CONTRATACION DE LOS SERVICIOS

ARTISTICOS PARA PRESENTACION

DE BEATRIZ ADRIANA EL 08 DE

MAYO 2017.

ADJUDICACION DIRECTA $300,000.00

DESARROLLO SOCIAL MCU-CAAS-161/2017C. JOSE DANIEL ACOSTA

VAZQUEZ

SERVICIO DE BOX LUNCH PARA

EVENTO DEL DIA DE LAS MADRES

REALIZADO EL DIA 09 DE MAYO

2017.

ADJUDICACION DIRECTA $54,000.00

DESARROLLO SOCIAL MCU-CAAS-162/2017PROVEEDORA DIVERSIMAC,

S.A. DE C.V.

ADQUISICION DE UNIFORMES

ESCOLARES PARA APOYO A

ESCUELOAS DE NIVEL BASICO.

PARTIDA 3

LICITACION PUBLICA $2,826,871.00

SEGURIDAD PUBLICA MCU-CAAS-163/2017 C. JULIO CESAR MUÑOZ OCHOA

SUMINISTRO DE MATERIAL Y

ELABORACION DE LOGOS,

NUMEROS, VINILES, ACRILICOS,

LETREROS, ETC. PARA

INSTALACIONES DEL C-4

CUANDO MENOS A TRES $24,463.00

SEGURIDAD PUBLICA MCU-CAAS-164/2017ARQ. JOEL CRUZ MACIAS

CHÁVEZ

SUMINISTRO DE PINTURA Y MANO

DE OBRA PARA TRABAJOS DE

PINTURA INTERIOR EN LAS

INSTALACIONES DEL C-4. (799.89

M2.)

CUANDO MENOS A TRES $37,746.81

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 129

DEPENDENCIA No. CONTRATO PRESTADOR CONCEPTOTIPO DE

ADJUDICACION

IMPORTE

ANTES DE

IVA

SEGURIDAD PUBLICA MCU-CAAS-165/2017C. RAUL ENRIQUE DE LA GARZA

BAYON

ADQUISICON DE 04 CUATRIMOTOS

NUEVAS MARCA BRP CAN-AM TIPO

OUTLANDER 450, AÑO 2017, PARA

SEGURIDAD PUBLICA

CUANDO MENOS A TRES $477,931.04

OBRAS PUBLICASMCU-CAAS-166/2017 FASE CHIHUAHUA, S.A. DE C.V.

SUMINISTRO DE EMULSION CATIONICA

PARA TRABAJOS DE LA DIRECCION DE

OBRAS PUBLICAS.

LICITACION PUBLICA $3,566,900.00

DESARROLLO SOCIAL

MCU-CAAS-166/2017RAPIDOS EL ROSAL DE

CUAUHTEMOC, S. DE RL. DE MI.

ADQUISICION DE UN CAMION

SEMINUEVO MARCA DINA, LINEA

VIAGGIO MARCOPOLO, AÑO 1993,

SERIE: 3653T890256 PARA LA

DIRECCIOIN DE DESARROLLO SOCIAL.

ADJUDICACION DIRECTA $260,000.00

SERVICIOS PUBLICOS

MCU-CAAS-167/2017C. JOSÉ CARLOS SARABIA

MÁRQUEZ

ADQUISICION DE UN CAMION CON

GRUA, SEMINUEVO, MARCA

INTERNATIONAL, AÑO 2003, SERIE:

1HTMMAAN33H559489, PARA LA

DIRECCIOIN DE SERVICIOS PUBLICOS.

ADJUDICACION DIRECTA $458,620.68

OBRAS PUBLICAS

MCU-CAAS-168/2017 C. GLEN LOPEZ CABALLERO

SUMINISTRO E INSTALACION DE 04 SET

DE EQUIPOS DE GIMNASIOS AL AIRE

LIBRE PARA INSTALARSE EN

DIFERENTES PARQUES DE ESTA

CABECERA MUNICIPAL.

CUANDO MENOS A TRES $331,887.93

SERVICIOS PUBLICOS

Y OBRAS PUBLICASMCU-CAAS-169/2017

DR. MARIO EDUARDO VELARDE

AGUILAR

SERVICIOS DE MANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA

VEHICULOS A DIESEL DE ESTA

CABECERA MPAL. EN LA ESPECIALIDAD

DE MUELLES Y MOFLES.

LICITACION PUBLICA $537,105.00

SERVICIOS PUBLICOS

Y OBRAS PUBLICASMCU-CAAS-170/2017 C. CÉSAR NEVÁREZ CHÁVEZ

SERVICIO DE MANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO POR

ESPECIALIDADES, CONSISTENTE EN

MANO DE OBRA Y REFACCIONES DEL

PARQUE VEHICULAR DE ESTA

CABECERA MUNICIPAL EN LA

ESPECIALIDAD DE SISTEMA DE

EMBRAGUE Y TRANSMISIÓN

AUTOMÁTICA

LICITACION RESTRINGIDA $742,345.00

SERVICIOS PUBLICOS

Y OBRAS PUBLICASMCU-CAAS-171/2017

C. BLANCA MINERVA MONTES

PEÑA

SERVICIO DE MANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO POR

ESPECIALIDADES, CONSISTENTE EN

MANO DE OBRA Y REFACCIONES DEL

PARQUE VEHICULAR DE ESTA

CABECERA MUNICIPAL EN LA

ESPECIALIDAD DE SENSORES DE

MOTOR

LICITACION RESTRINGIDA $777,069.00

SERVICIOS PUBLICOS

Y OBRAS PUBLICASMCU-CAAS-172/2017 C. SERGIO QUEZADA RAMOS

SERVICIO DE MANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO POR

ESPECIALIDADES, CONSISTENTE EN

MANO DE OBRA Y REFACCIONES DEL

PARQUE VEHICULAR DE ESTA

CABECERA MUNICIPAL EN LA

ESPECIALIDAD DE TRANSMISIÓN

AUTOMÁTICA

LICITACION RESTRINGIDA $463,145.00

SERVICIOS PUBLICOS

Y OBRAS PUBLICASMCU-CAAS-173/2017 C. GUILLERMO HIEBERT FROESE

SERVICIO DE MANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO POR

ESPECIALIDADES, CONSISTENTE EN

MANO DE OBRA Y REFACCIONES DE LA

MAQUINARIA PESADA. PARTIDAS 1, 3, 4 Y

6.

LICITACION RESTRINGIDA $10,308,293.60

SERVICIOS PUBLICOS

Y OBRAS PUBLICASMCU-CAAS-174/2017

ING. CIPRIANO ENRIQUE RUBIO

VILLALOBOS

SERVICIO DE MANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO POR

ESPECIALIDADES, CONSISTENTE EN

MANO DE OBRA Y REFACCIONES DE LA

MAQUINARIA PESADA. PARTIDA 5.

LICITACION RESTRINGIDA $1,713,428.00

SERVICIOS PUBLICOS

Y OBRAS PUBLICASMCU-CAAS-175/2017

TORO FERROMANUFACTURAS, SA.

DE C.V.

SERVICIO DE MANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO POR

ESPECIALIDADES, CONSISTENTE EN

MANO DE OBRA Y REFACCIONES DE LA

MAQUINARIA PESADA. PARTIDAS 1, 3, 4 Y

6.

LICITACION RESTRINGIDA $8,255,141.60

SEGURIDAD PUBLICAMCU-CAAS-176/2017 CASSIDIAN MEXICO, S.A. DE C.V.

ADQUISICION DE RADIOS 05 RADIOS

MOVILES MARCA MATRAX CON KIT DE

INSTALCION.

CUANDO MENOS A TRES $280,340.00

SEGURIDAD PUBLICA

MCU-CAAS-177/2017 LIC. JOSEFINA GONZALEZ MOLINA

DESARROLLO E IMPLEMENTACION DEL

PROGRAMA VIOLENCIA ESCOLAR PARA

TRES ESCUELAS SECUNDARIAS DE

ESTA CIUDAD DE CUAUHTEMOC, CHIH.

ADJUDICACION DIRECTA $982,386.98

SEGURIDAD PUBLICA

MCU-CAAS-178/2017

ACADEMIA REGIONAL DE

SEGURIDAD PUBLICA DEL

NOROESTE

CONTRATACION DEL SERVICIO DE

IMPARTICION DE DIVERSOS CURSOS

DE CAPACITACION Y EVALUACION A LOS

AGENTES OPERATIVOS DE SEGURIDAD

PUBLICA

ADJUDICACION DIRECTA $1,927,400.00

OFICIALIA MAYOR

MCU-CAAS-179/2017 GASOLINERA ZATECA, SA. DE CV.

CONTRATACION DEL SERVICIO DE

SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES PARA

EL PARQUE VEHICULAR DE ESTA

CABECERA MUNICIPAL PARA EL

PERIODO DE JULIO A DIC. 2017

LICITACION PUBLICA $4,333,333.00

OFICIALIA MAYOR

MCU-CAAS-180/2017 SERVICIO SOL, S.A. DE C.V

CONTRATACION DEL SERVICIO DE

SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES PARA

EL PARQUE VEHICULAR DE ESTA

CABECERA MUNICIPAL PARA EL

PERIODO DE JULIO A DIC. 2017

LICITACION PUBLICA $4,333,333.00

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 130

DEPENDENCIA No. CONTRATO PRESTADOR CONCEPTOTIPO DE

ADJUDICACION

IMPORTE

ANTES DE

IVA

OFICIALIA MAYOR

MCU-CAAS-181/2017 SERVICIO MARLO, S.A. DE C.V.

CONTRATACION DEL SERVICIO DE

SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES PARA

EL PARQUE VEHICULAR DE ESTA

CABECERA MUNICIPAL PARA EL

PERIODO DE JULIO A DIC. 2017

LICITACION PUBLICA $4,333,333.00

VIALIDAD Y

TRANSITO

MCU-CAAS-182/2017JIDOSHA INTERNACIONAL, S.A. DE

C.V.

ADQUISICION DE 06 AUTOMOVILES

NUEVOS AÑO 2017, MARCA NISSAN,

LINEA VERSA DRIVE, MOTOR 6

CILINDROS PARA EL DEPARTAMENTO

DE VIALIDAD Y TRÁNSITO.

LICITACION PUBLICA $887,494.38

VIALIDAD Y

TRANSITO

MCU-CAAS-183/2017C. RAUL ENRIQUE DE LA GARZA

BAYON

ADQUISICION DE 04 MOTOCICLETAS

MARCA SUZUKY TIPO CHOPPER

BOULEVARD C50, AÑO 2017 PARA EL

DEPARTAMENTO DE VIALIDAD Y

TRANSITO.

LICITACION PUBLICA $516,344.84

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Página 131

5.2 COMITÉ TECNICO RESOLUTIVO DE OBRA PÚBLICA

REPORTE DE OBRAS INICIADAS EN ESTA ADMINISTRACIÓN 2016-2018

No.

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RAUB

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2017

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2017

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 132

No.

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Página 133

6. AUDITORIA DE OBRA PÚBLICA.

6.1 AUDITORIAS REALIZADAS.

6.1.1 CONSEJO SE URBANIZACION MUNICIPAL.

DESCRIPCIÓN.

El pasado día 30 de mayo del 2017, se realizó la supervisión a las obras de pavimentación

que actualmente se encuentran en proceso para observar el estatus de las mismas

OBJETO DE LA REVISIÓN

Se realiza la supervisión con el objeto de corroborar que dichas obras se estén realizando

conforme a los correctos procedimientos constructivos.

NOMBRE DE LA OBRA:

1. Pavimento con Concreto Hidráulico en Av. Teotihuacán % Calles 44ª. y 46ª.

OBSERVACION 1.

Se encontraron cuatro fracturas transversales en las losas de Concreto Hidráulico, debido

al acerrado extemporáneo de las losas.

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Página 134

NOMBRE DE LAS OBRAS:

1. Pavimento con Concreto Hidráulico en Av. Teotihuacán % Calles 44ª. y 46ª.

2. Pavimento con Concreto Hidráulico en Calle Periférico % Av. Parque Alameda y Av.

Genaro Calderón.

3. Pavimento con Concreto Hidráulico en Calle 7a. % Av. Reforma y Av. Ferrocarril.

OBSERVACION 2.

Se detectó que todos los pavimentos de las calles están mal sellados, debido a un

inapropiado procedimiento en el proceso del Sellado de juntas tanto de construcción como

de contracción, está incompleto o desatiende al proceso adecuado del sellado.

OBSERVACION 3.

Faltó bajar el celotex en las juntas de contracción y en las guarniciones además de sellarlas.

RESPUESTA:

Me permito anexar copia de memorándum y anexos con observaciones realizadas por

Sindicatura, en el cual se les solicita a los contratistas se atiendan los señalamientos citados

en la obra que les corresponda a cada uno de ellos. En tanto, se cuenta con firma de

recibido por cada uno de los contratistas.

CONCLUSION:

Observación atendida, se dará seguimiento a las correcciones.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 135

6.1.2. OBRAS EN PROCESO.

Se lleva a cabo una visita a diferentes obras seleccionadas de forma aleatoria, esto con el

fin de supervisar físicamente la obra, con el fin de conocer su avance, calidad de los

materiales y que cumpla con los requisitos establecidos en su licitación.

OBRAS EN PROCESO. DESCRIPCIÓN Y OBJETO DE LA REVISIÓN. I. Revisar que el ejercicio del gasto se realice llenando todos los requisitos legales y

conforme al presupuesto respectivo.

II. Que las obras se sujeten a la normatividad de obra pública establecida en la Ley de

Obras Publicas y Servicios Relacionados con la Misma y su Reglamento.

a) Comprobar que la planeación, programación, adjudicación, contratación y ejecución

de las obras públicas se haya hecho conforme a la normatividad establecida y

vigente.

b) Comprobar la correcta y oportuna aplicación de los recursos en las obras públicas

para las que fueron asignados.

c) Comprobar que en lo referente a obras públicas, se observe y se cumpla la

programación establecida en el Programa Operativo Anual.

d) Verificar que se cumpla con lo estipulado en el contrato, en lo relativo al costo,

calidad y tiempo de ejecución de la obra pública.

e) Verificar que la dependencia auditada informe periódicamente a las instancias

correspondientes sobre el ejercicio del gasto, el avance físico y financiero de los

programas autorizados que se están ejecutando.

f) Verificar que existan expedientes técnicos que permitan el análisis y evaluación de

las acciones desarrolladas o por desarrollar, asimismo que se encuentren

debidamente requisitados y autorizados.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 136

g) verificar que las cantidades, conceptos, características y calidad de los materiales

y suministros que amparen las estimaciones, correspondan con los físicamente

aplicados en la obra.

h) Revisar la situación que guarda la obra pública y su congruencia con las normas y

procedimientos relativos para su operación, de acuerdo a su avance en la ejecución.

III. Solicitar datos, informes y documentación en general a fin de hacer las compulsas

necesarias con las empresas o entidades, privadas o públicas, participantes en las

actividades que se revisan.

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Página 137

Pavimento con Concreto Hidráulico en Av. Nicolás Bravo % Calle 1ª. y 12ª. Del

Seccional Álvaro Obregón.

Esta Obra inicio el día 27 de abril del 2017; se ha trabajado en la línea general

del drenaje con un avance de 150.00 ml de excavación aproximadamente; el

laboratorio de construcción asignado a esta obra es el de Mario Señudo; la

obra cuenta con su bitácora., manejando un correcto procedimiento

constructivo. Avance aproximado del 2%, su fecha de término está

programada para el 27 de julio del 2017. Por lo que en tiempo según programa

de obra existe un retraso en el inicio de la obra de un mes. Contratista: Ing. Juan Manuel Rojo Castillo

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 138

Construcción de Centro Comunitario Emiliano Zapata.

La obra tiene un retraso casi de un año según la fecha programada, en tiempo ésta obra se

encuentra demasiado retrasada, y para fecha de término aproximadamente en el mes de

julio del 2017; pero en cuestiones de calidad de la obra va en muy buenas condiciones.

Actualmente se trabaja con los acabados del edificio como son las pinturas, bancas,

accesorios en los baños, banquetas. Se tienen terminadas las cerámicas de los pisos y de

los azulejos en baños y en el comedor. Se maneja un correcto procedimiento constructivo.

Contratista: Ing. Alejandro Castillo Baray.

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Construcción de Elevador en el Edificio de la Presidencia Municipal.

En ésta Obra se inician los trabajos físicos visibles, pero ya se tenían avances físicos no

visibles como la adquisición del Elevador, se trabaja en periodo regular de la programación. Y

se prevé que estará totalmente terminada para a más tardar el 29 de septiembre del 2017. Se

procedió a cerrar el acceso al área de trabajo con hules y cintas de precaución y mallas de

precaución, demuelen muros y cambian de lugar las puertas y colocan las puertas de aluminio

nuevas. La calidad de la obra es buena en general.

Contratista: GRUPO ABU S.A. DE C.V.

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Página 140

6.2 DICTAMENES DE FACTIBILIDAD.

DICTAMEN 1

I.- ANTECEDENTES.

CLAVE CATASTRAL: 003-015-010 R.P.P. No se encontró

SOLICITANTE DEL DICTÁMEN: C. PATRICIA IVONNE LUNA MORENO

UBICACIÓN DEL INMUEBLE: Un terreno urbano ubicado en la calle 16a. A 30.00 metros de la Av. Guerrero, de la Manzana No."94", de la "Zona Centro" de ésta Ciudad de Cuauhtémoc,

Chih.

INMUEBLE QUE SE DICTAMINA: Lotes Urbanos /Area Excedente

REGIMEN DE PROPIEDAD: Privado

PROPIETARIO DEL INMUEBLE: Municipio de Cuauhtémoc

PROPOSITO DEL DICTÁMEN: Factibilidad de desincorporación para venta

VIGENCIA DEL DICTÁMEN: 12 meses a partir de la fecha

II.- CARACTERISTICAS URBANAS.

CLASIFICACIÓN DE LA ZONA: Habitaciónal

DESTINO: Incorporación a la propiedad de C. Patricia Ivonne Luna Moreno

SERVICIOS PÚBLICOS: Agua potable, energía eléctrica, drenaje, alumbrado público, teléfono y

pavimento.

III.- DESCRIPCION GENERAL DEL INMUEBLE.

USO ACTUAL DEL INMUEBLE: Lote baldío sin construcciones, SIN USO

TIPO DE CONSTRUCCIÓN : N/A

CALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN : N/A

CLASIFICACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN : N/A

NIVELES DE CONSTRUCCIÓN : N/A

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Página 141

ESTADO DE CONSERVACIÓN : N/A

CALIDAD DE PROYECTO : N/A

EDAD : N/A

X.- DICTAMEN.

COMPATIBILIDAD CON EL ENTORNO: Se determina compatible, con los usos y servicios del entorno en la colonia.

ACEPTACIÓN POR LOS VECINOS: No se consulto

CONSIDERACIONES PREVIAS: Analizada la información contenida en éste dictámen, el uso y/o destino se considera cumple con los requisitos legales para su autorización y se solicita que para la ejecución de toda acción urbana a realizarse en dicho inmueble cumpla con lo establecido en el Reglamento de Construcciones y Normas

Técnicas para el Municipio de Cuauhtémoc, así como también como con lo establecido en el Plan Director Urbano de Cuauhtémoc.

ESTATUS: Desincorporación Factible

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DICTAMEN 2

I.- ANTECEDENTES.

CLAVE CATASTRAL: 032-132-012 R.P.P. No se encontró

SOLICITANTE DEL DICTÁMEN: C. JAZMÍN YESENIA BLANCO GONZÁLEZ

UBICACIÓN DEL INMUEBLE: Un terreno urbano ubicado en la Av. Sinaloa a 30.00 metros de la Calle Cuarta,

identificado como Lote No. 12, de la Manzana No."19", de la "Colonia Periodista" de ésta Ciudad de Cuauhtémoc, Chih.

INMUEBLE QUE SE DICTAMINA: Lotes Urbanos /Area Excedente

REGIMEN DE PROPIEDAD: Privado

PROPIETARIO DEL INMUEBLE: Municipio de Cuauhtémoc

PROPOSITO DEL DICTÁMEN: Factibilidad de desincorporación para venta

VIGENCIA DEL DICTÁMEN: 12 meses a partir de la fecha

II.- CARACTERISTICAS URBANAS.

CLASIFICACIÓN DE LA ZONA: Habitaciónal

DESTINO: Incorporación a la propiedad de la C. Jazmín Yesenia Blanco González

SERVICIOS PÚBLICOS: Agua potable, energía eléctrica y alumbrado público.

III.- DESCRIPCION GENERAL DEL INMUEBLE.

USO ACTUAL DEL INMUEBLE: Lote baldío sin construcciones, SIN USO

TIPO DE CONSTRUCCIÓN : N/A

CALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN : N/A

CLASIFICACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN : N/A

NIVELES DE CONSTRUCCIÓN : N/A

ESTADO DE CONSERVACIÓN : N/A

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Página 143

CALIDAD DE PROYECTO : N/A

EDAD : N/A

X.- DICTAMEN.

COMPATIBILIDAD CON EL ENTORNO: Se determina compatible, con los usos y servicios del entorno en la colonia.

ACEPTACIÓN POR LOS VECINOS: No se consulto

CONSIDERACIONES PREVIAS: Analizada la información contenida en éste dictámen, el uso y/o destino se considera cumple con los requisitos legales para su autorización y se

solicita que para la ejecución de toda acción urbana a realizarse en dicho inmueble cumpla con lo establecido en el Reglamento de Construcciones y

Normas Técnicas para el Municipio de Cuauhtémoc, así como también como con lo establecido en el Plan Director Urbano de Cuauhtémoc.

ESTATUS: Desincorporación Factible

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Página 144

DICTAMEN 3

I.- ANTECEDENTES.

CLAVE CATASTRAL: 000-000-

000 R.P.P. NUMERO 31, FOLIOS

31, LIBRO 886, SECCIÓN 1.a

SOLICITANTE DEL DICTÁMEN: ING. LUIS RAÚL SILVEYRA MICHEL

DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA MUNICIPAL DE CD. CUAUHTÉMOC, CHIH.

UBICACIÓN DEL INMUEBLE:

Lote de terreno urbano, que se localiza en el Fraccionamiento "Los Alamitos", destinado para uso de calle denominada Privada Parque Mirador, a 22.18 metros de la Av. Ricardo

Flores Magón, de ésta Ciudad de Cuauhtémoc, Chih.

INMUEBLE QUE SE DICTAMINA: Privada Parque Mirador

REGIMEN DE PROPIEDAD: Público

PROPIETARIO DEL INMUEBLE: Municipio de Cuauhtémoc

PROPOSITO DEL DICTÁMEN: Factibilidad de desincorporación

VIGENCIA DEL DICTÁMEN: 12 meses a partir de la fecha

II.- CARACTERISTICAS URBANAS.

CLASIFICACIÓN DE LA ZONA: Habitaciónal

DESTINO: Lote Habitacional

SERVICIOS PÚBLICOS: Agua potable, drenaje, energía eléctrica,

telefono, pavimento y alumbrado público.

III.- DESCRIPCION GENERAL DEL INMUEBLE.

USO ACTUAL DEL INMUEBLE: Privada Parque Mirador, sin construcciones, SIN

USO.

TIPO DE CONSTRUCCIÓN : N/A

CALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN : N/A

CLASIFICACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN : N/A

NIVELES DE CONSTRUCCIÓN : N/A

ESTADO DE CONSERVACIÓN : N/A

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Página 145

CALIDAD DE PROYECTO : N/A

EDAD : N/A

X.- DICTAMEN.

COMPATIBILIDAD CON EL ENTORNO:

Se determina compatible, con los usos y servicios del entorno en la colonia.

ACEPTACIÓN POR LOS VECINOS: No se consulto

CONSIDERACIONES PREVIAS:

Analizada la información contenida en éste dictámen, el uso y/o destino se considera cumple con los requisitos legales para su

autorización y se solicita que para la ejecución de toda acción urbana a

realizarse en dicho inmueble cumpla con lo establecido en el Reglamento de

Construcciones y Normas Técnicas para el Municipio de Cuauhtémoc, así como

también como con lo establecido en el Plan Director Urbano de Cuauhtémoc.

ESTATUS: Desincorporación Factible

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Página 146

6.3 OBRAS TERMINADAS.

OBRA: Profundización, Equipamiento y Electrificación de Pozo No. 23 de 235 a 325

m.

Dictámenes

Parámetro 01:

Esta Obra se programó iniciar el día 16 de enero y terminarla el 19 de abril del 2017.

La obra se terminó el día 10 de abril del 2017 aproximadamente. Por lo que en

tiempo, según programa la obra es eficiente. Se inauguró la obra el día 28 de abril

del 2017.

Parámetro 02:

Ésta Obra es muy importante ya que contribuye a evitar el desabasto del vital líquido.

Cumpliendo en tiempo según programa de obra, quedando al 100% terminada.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 147

OBRA: Pavimento con concreto hidráulico en Calle 56 % Faisanes y Cisnes.

Dictámenes

Parámetro 01:

El programa de Obra marca fecha de inicio del 06 de febrero y de término el 07 de

mayo del 2017. La obra se terminó el 30 de abril de este año aproximadamente, una

semana antes de la fecha programada, con buena calidad en lo general.

Parámetro 02:

Se manejó un correcto procedimiento constructivo. Solo tiene dos pequeños detalles

de calidad debido a que alguien piso las varillas de la junta de construcción y no se

arregló el concreto correctamente, lo que posteriormente se puede convertir en

baches.

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OBRA: Pavimento con Concreto Hidráulico en Calle Nayarit entre 28ª y 30ª.

Dictámenes

Parámetro 01:

Ésta Obra se trabajó en periodo regular de la programación, que tuvo fecha de inicio

del 01 de febrero del 2017 y fecha de término aproximada el 02 de mayo del 2017.

La Obra se encuentra terminada.

Parámetro 02:

Se detecta un sellado de juntas incorrecto ya que está desbordado, además de muy

manchadas las losas con el sellado. Falto bajar el celotex y sellar esas juntas de

expansión. Muestra agrietamientos la tercer losa al lado Este, debido al colado con

vientos. El resto del trabajo de la obra en condiciones normales de calidad.

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Página 149

OBRA: Pavimento con Concreto Hidráulico en Calle Nayarit entre 24ª y 26ª.

Dictámenes

Parámetro 01:

Ésta Obra se trabajó en periodo regular de la programación, que tuvo fecha de inicio

del 01 de febrero del 2017 y fecha de término aproximada el 02 de mayo del 2017.

La Obra se encuentra terminada.

Parámetro 02:

Se detecta un sellado de juntas incorrecto ya que está desbordado, además de muy

manchadas las losas con el sellado. Falto bajar el celotex y sellar esas juntas de

expansión. El resto del trabajo de la obra en condiciones normales de calidad.

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Página 150

OBRA: Equipamiento del Pozo No. 36

Dictámenes

Parámetro 01:

La obra se terminó el día 07de abril del 2017 aproximadamente.

Terminando con un retraso según lo proyectado de alrededor de un mes.

Se inauguró la obra el día 28 de abril del 2017.

Parámetro 02:

Se manejó un correcto procedimiento de Equipamiento del Pozo.

Muy importante para todos los Cuauhtemeses el arranque de este pozo para la

suficiencia del vital líquido del agua.

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Página 151

OBRA: Remodelación de Desarrollo Social

Dictámenes

Parámetro 01:

La obra se terminó en el periodo asignado para su ejecución que fue del 07 al 21

de abril del 2017.

Terminando en tiempo y en forma.

Se realizan de manera correcta.

Con buena calidad visible.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 152

OBRA: Recarpeteo en Calle Agustín Melgar % Tamaulipas y Matamoros.

Dictámenes

Parámetro 01:

En el programa la fecha de inicio fue del 06 de marzo y de término el 07 de abril

del 2017.

Inicio el 17 de marzo y se terminó en tiempo el 24 de marzo del 2017. Quince días

antes de la fecha programada.

Parámetro 02:

Se observa que el trabajo de la prueba de La Microcarpeta Asfáltica, realizado en

estas ocho cuadras, no fue el material más adecuado o recomendado, debido a que

por la cantidad de tráfico y la pendiente o inclinación de la calle, tiene esfuerzos

fuertes y constantes de desplazamiento de material, debido a el frenado que

acompañado de la pendiente, se ejerce un ondulamiento en la superficie de la

carpeta lo que demostró que éste material no funciona adecuadamente en éste tipo

de calles.

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Página 153

OBRA: Mantenimiento de Pintura en Teatro de Cámara.

Dictámenes

Parámetro 01:

La obra se terminó en el periodo asignado para su ejecución que fue del 27 de

marzo y de término el 10 de abril del 2017.

Efectuando el mantenimiento de pintura del Teatro de Cámara.

Parámetro 02:

Terminando en condiciones normales de calidad.

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Página 154

OBRA: Impermeabilización de Edificios Municipales.

Dictámenes

Parámetro 01:

La obra se terminó en el periodo asignado para su ejecución que fue del 07 de

abril y de término el 22 de mayo del 2017.

Efectuando el impermeabilizado apropiadamente.

Parámetro 02:

Terminando en condiciones normales de calidad.

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Página 155

OBRA: Pavimento con Concreto Hidráulico en Av. Teotihuacan entre 44ª y 46ª.

Dictámenes

Parámetro 01:

Ésta Obra se trabajó en periodo regular de la programación, que tuvo fecha de inicio

del 05 de abril del 2017 y fecha de término el 03 de junio del 2017. La Obra se

encuentra terminada al 100% y se terminó alrededor de quince días antes del tiempo

de su programación.

Parámetro 02:

Se detectó que falto bajar las juntas de celotex en las juntas de contracción y

sellarlas.

Se encontraron cuatro fracturas de losa debido a los acerrados de losa a destiempo.

En general las condiciones de calidad de la Obra son buenas.

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Página 156

OBRA: Pavimento con Concreto Hidráulico en Calle 7ª entre Av. Reforma y Av.

Ferrocarril.

Dictámenes

Parámetro 01:

Ésta Obra se trabajó en periodo regular de la programación, que tuvo fecha de inicio

del 05 de abril del 2017 y fecha de término el 03 de junio del 2017. La Obra se

encuentra terminada al 100% y se terminó alrededor de quince días antes del tiempo

de su programación.

Parámetro 02:

Se detectó que falto bajar las juntas de celotex en las juntas de contracción y

sellarlas.

Se observa que donde se selló no está bien sellado, sólo se intentó sellar, ya que

los acerrados están abiertos.

En general las condiciones de calidad de la Obra son buenas.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 157

8. MARCO LEGAL

REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN Y VIGILANCIA DEL PATRIMONIO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC, CHIHUAHUA Artículo 45. Con el objeto de preservar el patrimonio municipal, los servidores públicos

tienen las siguientes obligaciones en particular:

II. Impedir y evitar el mal uso, destrucción, ocultamiento o inutilización de los bienes de

propiedad municipal;

Artículo 54. Son obligaciones de los servidores públicos, respecto de los vehículos que

tienen asignados, las siguientes:

II. Mantener el vehículo en óptimas condiciones de limpieza y presentación, revisando

diariamente los niveles de agua, lubricantes, presión, temperatura; efectuar reparaciones

menores en servicios de emergencia y, en general, todo lo que conduzca al buen

funcionamiento de la unidad;

Artículo 56. Los titulares de las dependencias tendrán, en la esfera de sus respectivas

competencias, las siguientes obligaciones:

VIII. Llevar un adecuado control de los consumos por concepto de combustibles de las

unidades que tiene adscritas a la dependencia y en caso de detectar irregularidades, que

sean presumiblemente responsabilidad del servidor público, solicitar se inicie el

procedimiento administrativo correspondiente;

X. Reportar cualquier anomalía en el uso o disposición del vehículo, así como de sus

combustibles y lubricantes;

XVI. Elaborar semestralmente un informe por escrito en el que se establezca el uso del

parque vehicular, el estado físico de las unidades, así como las necesidades de la

dependencia al respecto, y remitirlo a la Oficialía Mayor, la cual podrá elaborar formatos

oficiales que faciliten dicho trámite;

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Página 158

CÓDIGO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA

ARTÍCULO 66. Son atribuciones del Oficial Mayor:

IV. Controlar y dar servicio de mantenimiento a vehículos, maquinaria, mobiliario y equipo

para uso del municipio;

LEY DE PRESUPUESTO DE EGRESOS, CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y

GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

ARTICULO 23. Todo servidor público, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad,

imparcialidad y eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o

comisión, con independencia de sus deberes y derechos laborales, tendrá las siguientes

obligaciones:

III. Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le sean atribuidas

o la información reservada a que tenga acceso por su función, exclusivamente para

los fines a que estén afectos;

XVIII. Abstenerse de causar por sus actos u omisiones daños o perjuicios a la

Hacienda Pública Estatal o Municipal u obtener un lucro personal o familiar en el

desempeño de la función pública. Asimismo de hacer uso indebido de los recursos

tanto estatal como municipales;

LEY DE PRESUPUESTO DE EGRESOS, CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y

GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

ARTÍCULO 53. La Secretaría, las tesorerías de los municipios o sus equivalentes en los

demás entes públicos, tendrán a su cargo el registro y control del ejercicio del presupuesto,

con el objeto de comprobar que la aplicación de los recursos aprobados se realice conforme

a los programas autorizados y de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

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Ley de Ingresos del Municipio de Cuauhtémoc para el Ejercicio Fiscal de 2017.

Art. 145 y 146 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Art. 6º. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o

administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de

terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será

ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado

por el Estado.

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a

buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de

expresión.

El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y

comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el

de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de

competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.

Art. 8º. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de

petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en

materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido,

la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.

Art. 26.

A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que

imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la

economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos

de la planeación. La planeación será democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos

de participación que establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 160

para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de

desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública

Federal. La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de

participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los

criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas

de desarrollo.

Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases

para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las

entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para

su elaboración y ejecución. El plan nacional de desarrollo considerará la continuidad y

adaptaciones necesarias de la política nacional para el desarrollo industrial, con vertientes

sectoriales y regionales.

En el sistema de planeación democrática y deliberativa, el Congreso de la Unión tendrá la

intervención que señale la ley.

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Art. 69. Se reconoce a la Contraloría Social como el mecanismo de los beneficiarios, de

manera organizada, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de

los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.

LEY DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA

Art. 77. La contraloría social es el mecanismo de que disponen los sujetos de derecho de

manera organizada, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de

los recursos públicos asignados a los programas y proyectos de desarrollo social y humano.

Art. 78. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia,

impulsarán la creación de Comités de Contraloría Social, facilitándoles la información y

orientación necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

Art. 79. Son atribuciones de los Comités de Contraloría Social, las siguientes:

I. Solicitar información a las autoridades estatales y municipales responsables de los

programas y proyectos en esta materia;

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 161

II. Verificar la ejecución de los programas y proyectos, así como el adecuado ejercicio de los

recursos públicos conforme a lo previsto en la presente ley, su reglamento y en las reglas

de operación correspondientes a aquellos;

III. Emitir anualmente un informe sobre la ejecución de los programas y proyectos, así como

de la aplicación de los recursos públicos, remitiendo un ejemplar al Órgano para la

Evaluación y otro a la Secretaría de la Contraloría de Gobierno del Estado;

IV. Recibir e indagar sobre los hechos contenidos en las quejas que le sean presentadas por

los sujetos de derecho;

V. Presentar ante la autoridad competente las quejas y denuncias que puedan dar lugar al

fincamiento de responsabilidades administrativas, civiles o penales relacionadas con los

programas y proyectos de desarrollo social y humano.

LEY DE PRESUPUESTO DE EGRESOS, CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y

GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Art. 51.- Los pagos con cargo al presupuesto serán justificados y comprobados con los

documentos originales respectivos, mismos que deberán reunir los requisitos legales

aplicables asociados a los momentos contables del egreso. Se entiende por justificantes

aquellas disposiciones y documentos legales que contienen la obligación de efectuar un

pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de las sumas de

dinero correspondientes. Cuando se trate de pagos respecto de inversiones concertadas

con la Federación, el requisito que establece el presente artículo se cumplirá anexando las

copias respectivas de los documentos.

Art. 54. La Secretaría, las tesorerías de los municipios o sus equivalentes en los demás

entes públicos, serán responsables de que los pagos que se efectúen con cargo a los

presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos:

III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados.

Art. 70. Los actos y contratos que celebren los entes públicos y los municipios, deberán

garantizarse y cumplir los requisitos exigidos por la normatividad aplicable a cada caso

concreto y, en su defecto, a las normas generales que emita la Secretaría, tratándose del

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 162

Poder Ejecutivo. En todo caso será aplicable el Código Fiscal del Estado y demás

disposiciones que emita la Secretaría y, supletoriamente, el Código Civil del Estado.

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y

OBRA

PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Art. 16. Los actos, contratos y convenios que se celebren o realicen en contravención a lo

dispuesto en esta Ley, serán nulos de pleno derecho.

Art. 28. En cualquier caso, los Comités tendrán las siguientes funciones y atribuciones:

VI. Emitir el fallo con base en el dictamen elaborado por el requirente de la adquisición, el

arrendamiento o la prestación del servicio;

Art. 39. Quienes participen en las licitaciones o celebren los contratos a que se refiere esta

Ley, deberán garantizar por medio de caución suficiente a satisfacción del convocante

I. La seriedad de las proposiciones en los procedimientos de licitación pública; El

convocante, en su caso, conservará en custodia las garantías de que se trate hasta la fecha

del fallo, en que serán devueltas a los licitantes salvo las de aquél o aquéllos a quienes se

hubiere adjudicado el contrato, la que retendrá hasta el momento en que el proveedor o

contratista constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente;

II. Los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse por la totalidad

del monto del anticipo;

III. El cumplimiento de los contratos;

IV. El saneamiento para el caso de evicción, vicios ocultos y daños y perjuicios

Art. 41. Se podrán rescindir administrativamente los contratos en caso de incumplimiento

de las obligaciones a cargo del proveedor o contratista. Asimismo, se podrán dar por

terminados anticipadamente los contratos por razones de interés general fundadas, dando

aviso al proveedor o contratista, cuando menos con cinco días naturales de anticipación.

Art. 53. Los contratos que deban formalizarse como resultado de su adjudicación, deberán

suscribirse en un término no mayor de diez días naturales contados a partir de la fecha en

que se hubiere notificado al proveedor el fallo correspondiente.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 163

El proveedor a quien se hubiera adjudicado el contrato como resultado de una licitación

perderá en favor del convocante, la garantía que hubiere otorgado si, por causas imputables

a él, la operación no se formaliza dentro del plazo a que se refiere este artículo, pudiéndose

adjudicar el contrato al participante que haya presentado la segunda proposición solvente

cuyo precio sea el más bajo, de conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere

el artículo 48, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación,

siempre que la diferencia en precio con respecto a la postura que inicialmente hubiere

resultado ganadora, en todo caso, no sea superior al diez por ciento.

El proveedor a quien se hubiera adjudicado el contrato no estará obligado a suministrar los

bienes o prestar el servicio, si el convocante, por causas no imputables al mismo proveedor,

no firmara el contrato dentro del plazo establecido en este artículo, en cuyo caso se le

rembolsarán los gastos no recuperables en que hubiere incurrido, siempre que éstos sean

razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación

de que se trate.

Art. 54. El atraso del convocante en la formalización de los contratos respectivos,

prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas

partes.

LEY DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Art 6.- Ninguna ley, reglamento, decreto, acuerdo, norma, ordenamiento o disposición de

carácter general, estatal o municipal, obligará si no ha sido publicada previamente en el

Periódico Oficial.

CÓDIGO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA

Art. 2. La actividad del Gobierno Municipal, se regirá también:

IV. Por los reglamentos, acuerdos y circulares y demás disposiciones de carácter general

en las materias de su competencia, dictados con apoyo y dentro de las limitaciones de las

normas que regulan la organización, competencia y funcionamiento de la administración

municipal.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

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Art. 60. El municipio, para el despacho de los asuntos de carácter administrativo y para

auxiliar en sus funciones al Presidente Municipal, de acuerdo con sus posibilidades

económicas y sus necesidades, podrá contar con las siguientes dependencias:

I. Secretaría;

II. Tesorería;

III. Oficialía Mayor;

IV. Dirección de Servicios Municipales;

V. Dirección de Seguridad Pública o Comandancia de Policía;

VI. Dirección de Obras Públicas;

VII. Dirección de Desarrollo Rural;

VIII. Dirección de Desarrollo Urbano; y

IX. Dirección de Fomento Económico Municipal.

X. Dirección o Departamento de Ecología.

Cuando las posibilidades económicas de un municipio no lo permitan, o sus necesidades

no requieran el funcionamiento de todas las dependencias señaladas en este artículo, por

acuerdo del

Ayuntamiento

Las funciones para el despacho de los asuntos de competencia municipal, se regirán por lo

dispuesto en este Código y el Reglamento Interior de cada Municipio.

Los Ayuntamientos expedirán oportunamente las cartas y manuales de organización, de

procedimientos y de servicio al público, relativos al funcionamiento de cada dependencia.

Los empleados y servidores públicos municipales en general, están obligados a participar

en los cursos y procesos de capacitación a que sean convocados por la Administración

Municipal. La administración municipal a través de la Oficialía Mayor elaborará los

programas, esquemas, manuales y demás instrumentos necesarios para impartir la

capacitación y los esfuerzos de profesionalización.

Art. 66. Son atribuciones del Oficial Mayor:

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

Página 165

IV. Controlar y dar servicio de mantenimiento a vehículos, maquinaria, mobiliario y equipo

para uso del municipio;

VII. Intervenir en la adquisición y enajenación de bienes muebles o inmuebles que lleve a

cabo el municipio y vigilar que dichas operaciones se ajusten a las disposiciones legales;

XIV. Elaborar y revisar permanentemente, con el concurso de las demás dependencias

municipales, las cartas y manuales de organización y de procedimientos que requieran las

unidades administrativas municipales y;

Art. 124. En materia fiscal y en los casos de contratos administrativos, permisos,

concesiones y demás actos jurídicos, a falta de disposición expresa, serán admisibles, para

asegurar los intereses municipales, en su orden, las garantías previstas en el Código Fiscal

del Estado.

Art. 36 A. Los síndicos municipales tendrán a su cargo la vigilancia del patrimonio

municipal. En el Presupuesto de Egresos de cada municipio deberán preverse recursos

suficientes para que el Síndico pueda cumplir con eficacia las funciones que le

corresponden. El Síndico deberá practicar revisiones a los documentos que habrán de

conformar la cuenta pública. Cada tres meses deberá presentar al Ayuntamiento un informe

de las revisiones efectuadas. La falta de cumplimiento de este precepto será causa de

responsabilidad. Para efectos del párrafo anterior, los titulares de la Administración

Municipal a que se les requiera información, deberán de proporcionarla en un plazo máximo

de cuatro días hábiles, contados a partir de la fecha de recibida la solicitud. En caso de no

tener respuesta, el Síndico deberá de levantar acta circunstanciada, la cual formará parte

del informe, para que el Ayuntamiento determine las responsabilidades.

Las revisiones que practique la sindicatura contendrán el análisis de las partidas de

ingresos y egresos, y en los casos que así lo considere hará una revisión legal, física,

numérica o contable del gasto público municipal pudiéndose extender al examen de la

exactitud y justificación de los cobros y pagos hechos, cuidando que todas las cantidades

estén debidamente comprobadas conforme a precios y tarifas autorizadas o de mercado

según proceda. Si al hacer la revisión encontrare irregularidades de cualquier tipo, el

Síndico solicitará por escrito al titular de la dependencia que corresponda, que en un plazo

de diez días hábiles, rinda ante él, las aclaraciones pertinentes y los archivos que las

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

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sustentan; si no le son remitidas o no fueren suficientes para aclarar las irregularidades, el

Síndico rendirá inmediatamente al Ayuntamiento un informe detallado para que éste

determine las responsabilidades administrativas, civiles o penales que correspondan. En

los casos no previstos con respecto al Síndico le serán aplicables, en lo conducente, las

disposiciones relativas a los Regidores.

Art. 36 B. El Síndico tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

III. Revisar que el ejercicio del gasto se realice llenando todos los requisitos legales y

conforme al presupuesto respectivo;

XV. Solicitar datos, informes y documentación en general a fin de hacer las compulsas

necesarias con las empresas o entidades, privadas o públicas, participantes en las

actividades que se revisan;

CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Art. 63. Los créditos fiscales podrán garantizarse en alguna de las formas siguientes:

I. Depósito de dinero;

II. Prenda o hipoteca;

III. Fianza otorgada por compañía autorizada la que no gozará de los beneficios de orden y

excusión;

IV. Secuestro convencional, y

V. Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.

La garantía de un crédito fiscal comprenderá además del crédito principal la de los posibles

recargos, multas y gastos de ejecución.

La Secretaría de Hacienda vigilará que las garantías sean suficientes tanto en el momento

de su aceptación como con posterioridad y, si no lo fueren, exigirá su ampliación o

procederá al secuestro de bienes.

El Secretario podrá dispensar la garantía del interés fiscal cuando, en relación con el monto

del crédito respectivo, sea notoria la amplia solvencia del deudor o la insuficiencia de su

capacidad económica.

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TERCER INFORME TRIMESTRAL ABRIL - JUNIO 2017

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REGLAMENTO INTERIOR DEL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC, CHIHUAHUA

Art. 22.- Los titulares de cada dependencia elaboraran oportunamente, con el auxilio de la

Dependencia competente, los proyectos de manuales administrativos de organización, de

procedimientos y de servicios al público necesarios para su funcionamiento, los que

deberán contener información sobre la estructura orgánica de la dependencia y las

funciones de sus unidades administrativas, así como los sistemas de comunicación y

coordinación y los principales procedimientos administrativos que se establezcan. Dichos

proyectos deberán ser remitidos por el Presidente Municipal al Ayuntamiento para su

aprobación y expedición.

Art. 36.- A la Oficialía Mayor corresponden las siguientes atribuciones:

V. Controlar y aplicar las remuneraciones, retenciones, descuentos y beneficios de

previsión social relacionadas con el pago y beneficios a los trabajadores;

VI. Organizar y atender todas las cuestiones inherentes a las relaciones laborales entre el

Gobierno Municipal y los empleados del Municipio como lo son: servicios médicos,

asistenciales, de incapacidades, ausencias y vacaciones;

XII. Supervisar y coordinar la elaboración de contratos y convenios de apoyos, donaciones

y servicios; así como de las licitaciones públicas de adquisiciones que se requieran.

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL.

Artículo 18. Los programas, fondos y recursos destinados al desarrollo social son

prioritarios y de interés público, por lo cual serán objeto de seguimiento y evaluación de

acuerdo con esta Ley; y no podrán sufrir disminuciones en sus montos presupuestales,

excepto en los casos y términos que establezca la Cámara de Diputados al aprobar el

Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 19. Son prioritarios y de interés público:

I. Los programas de educación obligatoria;

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II. Las campañas de prevención y control de enfermedades transmisibles y los

programas de atención médica;

III. Los programas dirigidos a las personas en condiciones de pobreza, marginación o

en situación de vulnerabilidad;

IV. Los programas dirigidos a zonas de atención prioritaria;

V. Los programas y acciones públicas para asegurar la alimentación nutritiva y de

calidad y nutrición materno-infantil; Fracción reformada DOF 01-06-2016

VI. Los programas de abasto social de productos básicos;

VII. Los programas de vivienda;

VIII. Los programas y fondos públicos destinados a la generación y conservación del

empleo, a las actividades productivas sociales y a las empresas del sector social

de la economía, y

IX. Los programas y obras de infraestructura para agua potable, drenaje,

electrificación, caminos y otras vías de comunicación, saneamiento ambiental y

equipamiento urbano.

LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO.

Artículo 181.- Los cheques deberán presentarse para su pago:

I.- Dentro de los quince días naturales que sigan al de su fecha, si fueren pagaderos en el

mismo lugar de su expedición;

II.- Dentro de un mes, si fueren expedidos y pagaderos en diversos lugares del territorio

nacional;

III.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos en el extranjero y pagaderos en el territorio

nacional; y

IV.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos dentro del territorio nacional para ser

pagaderos en el extranjero, siempre que no fijen otro plazo las leyes del lugar de

presentación.

Artículo 191.- Por no haberse presentado o protestado el cheque en la forma y plazos

previstos en este capítulo, caducan:

I.- Las acciones de regreso del último tenedor contra los endosantes o avalistas;

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II.- Las acciones de regreso de los endosantes o avalistas entre sí, y

III.- La acción directa contra el librador y contra sus avalistas, si prueban que durante el

término de presentación tuvo aquél fondos suficientes en poder del librado y que el

cheque dejó de pagarse por causa ajena al librador sobrevenida con posterioridad a dicho

término.

Se entiende por justificantes aquellas disposiciones y documentos legales que contienen la

obligación de efectuar un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la

entrega de las sumas de dinero correspondientes.

Cuando se trate de pagos respecto de inversiones concertadas con la Federación, el

requisito que establece el presente artículo se cumplirá anexando las copias respectivas de

los documentos.

ARTÍCULO 54. La Secretaría, las tesorerías de los municipios o sus equivalentes en los

demás entes públicos, serán responsables de que los pagos que se efectúen con cargo a

los presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos:

III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados.

LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA

ARTÍCULO 79. Los municipios, sus Organismos Públicos Descentralizados, las Empresas

de Participación Municipal mayoritarias y los Fideicomisos en los que los Municipios tengan

el carácter de Fideicomitentes según correspondan, de conformidad con lo dispuesto por

las Leyes de la materia y bajo su responsabilidad, podrán optar por no llevar a cabo el

procedimiento de licitación pública y celebrar contratos de obra pública y servicios

relacionados con la misma, a través de adjudicación directa y/o un procedimiento de

licitación restringida mediante invitación a cuando menos tres contratistas, cuando el

importe de las operaciones no exceda de los montos establecidos en este artículo, siempre

y cuando las propuestas se consideren técnicamente válidas y las operaciones no se

fraccionen para quedar comprendidas en este supuesto de excepción a la licitación pública.

Los municipios garantizarán que el contrato se adjudique preferentemente con personas

físicas o morales debidamente constituidas, residentes en la localidad o lugar donde deba

ejecutarse la obra y que se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales, siempre y

cuando cuenten con capacidad de respuesta inmediata y ofrezcan las mejores condiciones

en cuanto a precio, pago, financiamiento y oportunidad en el cumplimiento, y no se

encuentre en los supuestos del artículo 42; así como asegurar que la obra no se fraccionará

para quedar en los supuestos del artículo 43 de la misma Ley.

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Para garantizar la buena calidad de la obra y la correcta aplicación del anticipo, el contratista

estará obligado, mediante una carta compromiso; en el primer caso, por un 10% del monto

total contratado; y en el segundo, por el 100% del anticipo otorgado.

Comité, podrán contratar obra pública y servicios, preferentemente a través de un procedimiento de invitación a cuando menos tres contratistas, salvo que ello, a su juicio, no resulte conveniente, en cuyo caso podrán utilizar el procedimiento de adjudicación directa, cuando: I. El contrato sólo pueda celebrarse con una determinada persona por tratarse de derechos exclusivos; II. Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del Estado o del país, como consecuencia de desastres producidos por caso fortuito o fuerza mayor; LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA ARTICULO 23. Todo servidor público, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, con independencia de sus deberes y derechos laborales, tendrá las siguientes obligaciones: II. Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las leyes y normas que determinen el manejo de los recursos económicos públicos; CODIGO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA ARTÍCULO 73. Son atribuciones del Director de Desarrollo Rural, las siguientes: VI. Vigilar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de las leyes, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con la materia.

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Ficha Técnica del Manejo del Celotex en las Juntas de Aislamiento.

Su objetivo principal es aislar el pavimento de una estructura, otra área pavimentada ó

cualquier objeto inamovible. El uso adecuado de estas juntas disminuye los esfuerzos a

compresión que se presentan entre el pavimento y una estructura ó entre dos secciones de

pavimento. Las juntas de aislamiento incluyen las juntas a toda la profundidad y a todo lo

ancho sobre los apoyos ó estribos del puente, intersecciones “T” ó asimétricas, rampas,

entre pavimentos existentes y pavimentos nuevos, así como también para juntas alrededor

de estructuras en el interior del pavimento como pozos de visita, alcantarillas y estructuras

del alumbrado público.

Las juntas de aislamiento en intersecciones “T”, intersecciones asimétricas y en rampas no

deberán tener pasajuntas debido a que se debe permitir el movimiento horizontal sin dañar

el pavimento colindante.

En el caso de las juntas de aislamiento sin pasajuntas son construidas generalmente con

ensanchamiento de bordes (figura 4.5-6 inciso b) para reducir los esfuerzos desarrollados

al fondo de la losa. Los bordes colindantes de ambos pavimentos son ensanchados en un

20% iniciando a una distancia 1.5 metros de la junta y el material de filtro en la junta deberá

extenderse completamente por todo el borde ensanchado de la losa.

Las juntas de aislamiento usadas en pozos de visita, alcantarillas, estructuras del

alumbrado y edificios no tienen ni bordes ensanchados ni pasajuntas debido a que éstas

son colocadas alrededor de otros objetos y no requieren transferencia de carga.

El ancho de las juntas de aislamiento se recomienda entre ½” a 1” (12 a 25 mm), ya que

con anchos superiores se pueden presentar movimientos excesivos.

Se usa un material prefabricado como relleno de la abertura entre las losas. Este relleno es

un material no absorbente ni reactivo, que normalmente es celotex. El relleno ó el celotex

será colocado mediante estacas en la base y una vez que el concreto ha endurecido se

retirarán ¾” (20 mm) del relleno para dejar espacio al sello de la junta.

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NORMAS 29/11/06 SCT N·CTR·CAR·1·04·009/06

G.13. JUNTAS

G.13.1. En el caso de carpetas de concreto hidráulico con juntas, una vez

que el concreto haya endurecido lo suficiente para que no se desportille y

antes de que se formen grietas naturales por contracción, se aserrará la

carpeta para formar una junta como las mostradas en las Figuras 1 a 3 de

esta Norma. Los cortes se ajustarán al alineamiento, dimensiones y

características establecidas en el proyecto o aprobadas por la Secretaría.

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G.13.2. Primero se aserrarán las juntas transversales de contracción e

inmediatamente después las longitudinales. Es responsabilidad del

Contratista de Obra elegir el momento propicio para efectuar el aserrado. Las

losas que se agrieten por aserrado inoportuno serán demolidas y

remplazadas, o reparadas si la Secretaría así lo aprueba, por cuenta y costo

del Contratista de Obra. Los atrasos en el programa de ejecución detallado

por concepto y ubicación, que por este motivo se ocasionen, serán

imputables a Contratista de Obra.

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