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Page 1: TEMARIO PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS LABORAL
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TEMARIO TÉCNICO ESPECIALISTA I CARPINTERO. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ED. 2020

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TEMARIO PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS LABORAL DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID ED. 2020 EDITORIAL ENA ISBN: 978-84-121650-7-4 DOCUMENTACIÓN PARA OPOSICIONES DEPÓSITO LEGAL SEGÚN REAL DECRETO 635/2015 PROHIBIDO SU REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL SIN PERMISO DE EDITORIAL ENA

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TEMARIO TÉCNICO ESPECIALISTA I CARPINTERO. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ED. 2020

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INTRODUCCIÓN:

Vamos a desarrollar en este libro el temario solicitado para las oposiciones de la Universidad Politécnica de Madrid.

Este temario consta de los 6 temas de parte común para todas las oposiciones, más el tema de Prevención de Riesgos

Laborales, más los 15 temas de la parte específica de CARPINTERÍA, que se solicita para el estudio en todas las

oposiciones de personal laboral y servicios de la Universidad Politécnica de Madrid convocadas por resolución del 30-

10-19.

El temario total que vamos a estudiar es el siguiente:

TEMARIO COMÚN

1.- La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Título preliminar y Título I. Derechos fundamentales y

libertades públicas. Su garantía y suspensión.

2.- La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al personal de administración y servicios.

3.- El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes derivados del contrato.

Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. La libertad

sindical.

4.- Los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid. Especial referencia al personal de administración y

servicios.

5.- Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas: la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

6.- El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Madrid (BOCM 10 de enero de

2006).

TEMARIO ESPECÍFICO

Elementos Preventivos y de Seguridad: medidas de protección colectiva, equipos de trabajo y equipos de protección

individual, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; el Real Decreto

485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo y

el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en

los lugares de trabajo.

TEMARIO ESPECÍFICO TECNICO ESPECIALISTA CARPINTERO GRUPO C, NIVEL C1, CÓDIGO DE PLAZA L080025

Tema 1. La madera: Composición y características. Propiedades y usos.

Tema 2. Clases de madera.

Tema 3. Enfermedades y defectos de la madera.

Tema 4. Chapeado de maderas.

Tema 5. Tableros derivados de la madera.

Tema 6. Colas para manipulación de maderas: efectos y toxicidad.

Tema 7. Acoplamientos.

Tema 8. Ensambles.

Tema 9. Empalmes.

Tema 10. Puertas y Ventanas. Tipos. Instalación y mantenimiento.

Tema 11. Pavimentos y revestimientos de madera.

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TEMARIO TÉCNICO ESPECIALISTA I CARPINTERO. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ED. 2020

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Tema 12. Barnizados y ceras naturales.

Tema 13. Herrajes. Bisagras muelles, retenedores, pomos, cerraduras, etc.

Tema 14. Máquinas, herramientas e instrumentos auxiliares para trabajar la madera.

Tema 15. Manejo y mantenimiento de máquinas y herramientas.

INDICE:

TEMARIO COMÚN

1.- La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Título preliminar y Título I. Derechos fundamentales y

libertades públicas. Su garantía y suspensión……………………………………………………………..…………………………..PÁGS. 6 A 15

2.- La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al personal de administración y

servicios…………………………………………………………………………………………………………………………………………………PÁGS. 16 A 21

3.- El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes derivados del contrato.

Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. La libertad

sindical…………………………………………………………………………………………………………………………………………………..PÁGS. 22 A 45

4.- Los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid. Especial referencia al personal de administración y

servicios……………………………………………………………………………………………………………………………………….………….PÁGS. 46 A 52

5.- Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas: la Ley 53/1984, de 26 de

diciembre…………………………………………………………………………………………………………………………………………………PÁGS. 53 A 60

6.- El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Madrid (BOCM 10 de enero de

2006)…………………………………………………………………………………………………………………………………………..…………PÁGS. 61 A 120

TEMARIO ESPECÍFICO

Elementos Preventivos y de Seguridad: medidas de protección colectiva, equipos de trabajo y equipos de protección

individual, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; el Real Decreto

485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo y

el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en

los lugares de trabajo……………………………………………………………………………………………………………………...…..PÁGS. 121 A 184

TEMARIO ESPECÍFICO TECNICO ESPECIALISTA CARPINTERO GRUPO C, NIVEL C1, CÓDIGO DE PLAZA L080025

Tema 1. La madera: Composición y características. Propiedades y usos…………………………………………..….PÁGS. 185 A 187

Tema 2. Clases de madera………………………………………………………………………………………………………………..…PÁGS. 188 A 190

Tema 3. Enfermedades y defectos de la madera…………………………………………………………………………..……..PÁGS. 191 A 204

Tema 4. Chapeado de maderas………………………………………………………………………………………………………..….PÁGS. 205 A 207

Tema 5. Tableros derivados de la madera……………………………………………………………………………………………PÁGS. 208 A 212

Tema 6. Colas para manipulación de maderas: efectos y toxicidad………………………………………………………PÁGS. 213 A 223

Tema 7. Acoplamientos…………………………………………………………………………………………………………………...…PÁGS. 224 A 227

Tema 8. Ensambles…………………………………………………………………………………………………………………………….PÁGS. 228 A 230

Tema 9. Empalmes……………………………………………………………………………………………………………………..….……PÁGS. 231 A 234

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Tema 10. Puertas y Ventanas. Tipos. Instalación y mantenimiento………………………………….……………..……PÁGS. 235 A 241

Tema 11. Pavimentos y revestimientos de madera…………………………………………………………………..….………PÁGS. 242 A 253

Tema 12. Barnizados y ceras naturales………………………………………………………………………..………………………PÁGS. 254 A 261

Tema 13. Herrajes. Bisagras muelles, retenedores, pomos, cerraduras, etc…………………………..…………….PÁGS. 262 A 265

Tema 14. Máquinas, herramientas e instrumentos auxiliares para trabajar la madera…………………………PÁGS. 266 A 277

Tema 15. Manejo y mantenimiento de máquinas y herramientas…………………………………………………..…PÁGS. 266 A 277

TEMARIO COMÚN

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1.- La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Título preliminar y Título I.

Derechos fundamentales y libertades públicas. Su garantía y suspensión.

Estructura y contenido de la Constitución Española

La Constitución se puede dividir en dos partes:

La parte dogmática: es la que abarca el Título Preliminar y el Título I, y reconoce los principios constitucionales del

ordenamiento político del Estado. Esta parte designa todos aquellos artículos que enuncian los principios básicos y

los valores reconocidos en la Constitución. Es decir, contiene los preceptos que formulan los principios básicos,

derechos y libertades de los ciudadanos. Los derechos tienen eficacia jurídica directa, vinculan a los poderes públicos

y son directamente tutelables por los Tribunales.

La parte orgánica: del Título II al X, la organización de los poderes y del territorio. Establece el número, composición y

funcionamiento de los principales órganos del Estado y las competencias de cada uno de ellos.

La constitución española está compuesta por 1 preámbulo, 1 Título Preliminar y 10 títulos, 169 artículos que se

estructuran de la siguiente forma:

Título Preliminar (artículos 1 al 9).

Título 1: De los derechos y libertades fundamentales (10 al 55).

o Capítulo 1: De los españoles y extranjeros (11 al 13).

o Capítulo 2: De los derechos y libertades (14 al 38).

Sección 1: De los derechos fundamentales y las libertades públicas (15 al 29).

Sección 2: De los derechos y deberes de los ciudadanos (30 al 38).

o Capítulo 3: De los principios rectores de la política social y económica (39 al 52).

o Capítulo 4: De las garantías de las libertades y derechos fundamentales (53 al 54).

o Capítulo 5: De la suspensión de los derechos y libertades (55).

Título 2: De la Corona (56 al 65).

Título 3: De las Cortes generales (66 al 96).

o Capítulo 1: De las Cámaras (66 al 80).

o Capítulo 2: De la elaboración de leyes (81 al 92).

o Capítulo 3: De los tratados internacionales (93 al 96).

Título 4: Del Gobierno y la administración (97 al 107).

Título 5: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes generales (108 al 116).

Título 6: Del Poder judicial (117 al 127).

Título 7: De Economía y Hacienda (128 al 136).

Título 8: De la organización territorial del Estado (137 al 158).

o Capítulo 1: Principios generales (137 al 139).

o Capítulo 2: De la Administración local (140 al 142):

o Capítulo 3: De las Comunidades Autónomas (143 al 158).

Título 9: Del Tribunal Constitucional (159 al 165).

Título 10: De la Reforma Constitucional (166 al 169).

4 disposiciones adicionales.

9 disposiciones transitorias.

1 disposición derogatoria.

1 disposición final.

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2.- La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al personal de administración y

servicios.

Resumen explicativo sobre esta Ley: La Ley 6/2001 de 21 de diciembre fue derogada por la Ley Orgánica 4/2007 de

12 de abril de Universidades.

Según nos informan en su preámbulo:

“Desde la promulgación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, han pasado cinco años. En este período se han detectado algunas deficiencias en su funcionamiento que aconsejan su revisión. Además, otros elementos del entorno han cambiado e inducen también a realizar modificaciones. Entre estos hechos se encuentran los acuerdos en política de educación superior en Europa y el impulso que la Unión Europea pretende dar a la investigación en todos sus países miembros. Estas circunstancias aconsejan la corrección de las deficiencias detectadas y la incorporación de algunos elementos que mejoren la calidad de las universidades españolas.”

Con esta modificación se pretende potenciar la autonomía de las Universidades, la armonización de los sistemas

educativos superiores en el marco del espacio europea superior y aumentar la exigencia de rendir cuentas sobre el

cumplimiento de sus funciones.

La estructura es la de la ley 6/2001 de 21 de diciembre, pero modificando los puntos que indica el artículo único de la

ley 4/2007. Su estructura está formada por un total de 14 TITULOS, 93 ARTÍCULOS, 29 DISPOSICIONES ADICIONALES,

8 DISPOSICIONES TRANSITORIAS, 1 DEROGATORIA Y 5 FINALES, siendo la siguiente:

ÍNDICE

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. De las funciones y autonomía de las Universidades

Artículo 1. Funciones de la Universidad. Artículo 2. Autonomía universitaria.

TÍTULO I. De la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades

Artículo 3. Naturaleza. Artículo 4. Creación y reconocimiento. Artículo 5. Creación de Universidades privadas y centros universitarios privados. Artículo 6. Régimen jurídico.

TÍTULO II. De la estructura de las Universidades

CAPÍTULO I. De las Universidades públicas

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TEMARIO TÉCNICO ESPECIALISTA I CARPINTERO. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ED. 2020

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3.- El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y

deberes derivados del contrato. Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos

de representación. El derecho de reunión. La libertad sindical.

El Estatuto de los Trabajadores está regulado en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Vamos a ver su estructura y después veremos todos los artículos necesarios para su estudio:

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO

TÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1. Objeto.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 3. Personal funcionario de las Entidades Locales.

Artículo 4. Personal con legislación específica propia.

Artículo 5. Personal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos.

Artículo 6. Leyes de Función Pública.

Artículo 7. Normativa aplicable al personal laboral.

TÍTULO II. Personal al servicio de las Administraciones Públicas

CAPÍTULO I. Clases de personal

Artículo 8. Concepto y clases de empleados públicos.

Artículo 9. Funcionarios de carrera.

Artículo 10. Funcionarios interinos.

Artículo 11. Personal laboral.

Artículo 12. Personal eventual.

CAPÍTULO II. Personal directivo

Artículo 13. Personal directivo profesional.

TÍTULO III. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos

CAPÍTULO I. Derechos de los empleados públicos

Artículo 14. Derechos individuales.

Artículo 15. Derechos individuales ejercidos colectivamente.

CAPÍTULO II. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño

Artículo 16. Concepto, principios y modalidades de la carrera profesional de los funcionarios de carrera.

Artículo 17. Carrera horizontal de los funcionarios de carrera.

Artículo 18. Promoción interna de los funcionarios de carrera.

Artículo 19. Carrera profesional y promoción del personal laboral.

Artículo 20. La evaluación del desempeño.

CAPÍTULO III. Derechos retributivos

Artículo 21. Determinación de las cuantías y de los incrementos retributivos.

Artículo 22. Retribuciones de los funcionarios.

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4.- Los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid. Especial referencia al personal

de administración y servicios.

Como en todas las Universidades, la Universidad Politécnica de Madrid, dispone de unos Estatutos Propios donde

regula la normativa para todo el personal de la universidad, los estudiantes y todo su funcionamiento interno.

Estos Estatutos están compuestos por:

TITULO PRELIMINAR

TITULO I: DE LA ESTRUCTURA

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO II: DE LAS ESCUELAS Y FACULTADES

CAPITULO III: DE LOS DEPARTAMENTOS

CAPITULO IV: DE LOS INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACION Y CENTROS I+D+I

CAPITULO V: DE OTROS CENTROS

TITULO II: DEL GOBIERNO Y REPRESENTACION DE LA UNIVERSIDAD POLITECNIA DE MADRID

CAPITULO I: ORGANOS DE GOBIERNO Y REPRESENTACION

CAPITULO II:DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO III: ORGANOS COLEGIADOS

CAPITULO IV: ORGANOS UNIPERSONALES

TITULO III: DE LA ENSEÑANZA Y LA INVESTIGACION

CAPITULO I: DE LOS ESTUDIOS Y PLANES DE ENSEÑANZA

CAPITULO II: DE LA DOCENCIA

CAPITULO III: DE LA INVESTIGACION Y TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE LA INVESTIGACION

CAPITULO IV: COLABORACION CON LA SOCIEDAD Y EXTENSION UNIVERSITARIA

TITULO IV: DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA

CAPITULO I: DE LOS ESTUDIANTES

CAPITULO II: DEL PROFESORADO Y DEL PERSONAL INVESTIGADOR

CAPITULO III: DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS

Sección 1ª. Disposiciones generales

Artículo 158. Definición y competencias

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5.- Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas: la Ley

53/1984, de 26 de diciembre.

LEY 53/1984. DE 26 DE DICIEMBRE, DE INCOMPATIBILIDADES DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS

ADMINISTRACIONES PUBLICAS:

La nueva regulación de las incompatibilidades contenida en esta Ley parte, como principio fundamental, de la dedicación del personal al servicio de las Administraciones Públicas a un solo puesto de trabajo, sin más excepciones que las que demande el propio servicio público, respetando el ejercicio de las actividades privadas que no puedan impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia.

La operatividad de un régimen general de incompatibilidades exige, como lo hace la Ley, un planteamiento uniforme entre las distintas Administraciones Públicas que garantice además a los interesados un tratamiento común entre ellas.

La Ley viene a cumplimentar, en esta materia, el mandato de los artículos 103.3 y 149.1,18, de la Constitución.

Por otra parte, la regulación de esta Ley exige de los servidores públicos un esfuerzo testimonial de ejemplaridad ante los ciudadanos, constituyendo en este sentido un importante avance hacia la solidaridad, la moralización de la vida pública y la eficacia de la Administración.

CAPÍTULO I

Principios generales

Artículo primero.

1. El personal comprendido en el ámbito de aplicación de esta Ley no podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño, por sí o mediante sustitución, de un segundo puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público, salvo en los supuestos previstos en la misma.

A los solos efectos de esta Ley se considerará actividad en el sector público la desarrollada por los miembros electivos de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, por los altos cargos y restante personal de los órganos constitucionales y de todas las Administraciones Públicas, incluida la Administración de Justicia, y de los Entes, Organismo y Empresas de ellas dependientes, entendiéndose comprendidas las Entidades colaboradoras y las concertadas de la Seguridad Social en la prestación sanitaria.

2. Además, no se podrá percibir, salvo en los supuestos previstos en esta Ley, más de una remuneración con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los Entes, Organismos y Empresas de ellas dependientes o con cargo a los de los órganos constitucionales, o que resulte de la aplicación de arancel ni ejercer opción por percepciones correspondiente a puestos incompatibles.

A los efectos del párrafo anterior, se entenderá por remuneración cualquier derecho de contenido económico derivado, directa o indirectamente, de una prestación o servicio personal, sea su cuantía fija o variable y su devengo periódico u ocasional.

3. En cualquier caso, el desempeño de un puesto de trabajo por el personal incluido en el ámbito de aplicación de esta Ley será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, público o privado, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia.

CAPÍTULO II

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TEMARIO TÉCNICO ESPECIALISTA I CARPINTERO. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ED. 2020

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6.- El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Madrid

(BOCM 10 de enero de 2006).

II CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD

DE MADRID

TÍTULO I: Determinación de las partes que lo conciertan

Artículo 1. Partes.

Conciertan este convenio: De una parte, las Universidades relacionadas en el ámbito fijado en el artículo 3,

representadas por el excelentísimo señor Rector Magnífico de cada una de ellas, debidamente legitimado, que

ostenta capacidad suficiente para contratar y convenir, y, de otra parte, el personal laboral dependiente de aquéllas,

representado por Comisiones Obreras (CC OO) y por la Unión General de Trabajadores (FETE-UGT), como sindicatos

mayoritarios y legitimados.

TÍTULO II: Ámbito del convenio

Art. 2. Ámbito territorial.

El presente convenio se aplicará en el ámbito territorial de las Universidades Públicas con sede en el territorio de la

Comunidad de Madrid.

Art. 3. Ámbito funcional.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 92 del Estatuto de los Trabajadores, el presente convenio es de

aplicación, por así haberlo acordado las partes, a las Universidades siguientes:

— Universidad de Alcalá.

— Universidad Autónoma de Madrid.

— Universidad Carlos III de Madrid.

— Universidad Complutense de Madrid.

— Universidad Politécnica de Madrid.

— Universidad Rey Juan Carlos.

Art. 4. Ámbito personal y material.

1. Las normas contenidas en el presente convenio serán de aplicación a todo el personal laboral de administración y

servicios que preste servicios retribuidos en las Universidades Públicas firmantes de este convenio, en virtud de

relación jurídico-laboral común formalizada en contrato firmado por el interesado y el excelentísimo señor Rector

Magnífico de cada Universidad, percibiendo sus retribuciones con cargo a las partidas de personal correspondientes

de los presupuestos de cada Universidad.

2. Exclusiones del convenio. Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio:

a) El personal contratado de alta dirección [artículo 2.1.a)] del Estatuto de los Trabajadores.

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TEMARIO ESPECÍFICO

- Elementos Preventivos y de Seguridad: medidas de protección colectiva, equipos de

trabajo y equipos de protección individual, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de

noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril,

sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo

y el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones

mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

La seguridad en el trabajo es la disciplina encuadrada en la prevención de riesgos laborales cuyo objetivo es la

aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del

trabajo.

Hay cuatro normativas que hace referencia a todo lo relacionado con la Prevención de riesgos laborales y seguridad

en el trabajo a nivel estatal:

Real Decreto 486/1997, de 14 de abril por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y

salud en los lugares de trabajo.

Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad

y salud en el trabajo.

Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.

Real Decreto 1407/1992 por el que se regula las condiciones para la comercialización y libre circulación de

equipos de protección individual, dando cumplimiento a la Directiva Europea 89/686/CE.

El Capítulo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, del R.D. 39/1997, en su artículo 1 establece que la

integración de la prevención es la primera obligación de la empresa. Además, establece como primera actividad de

asesoramiento y apoyo, el deber de facilitarle un servicio de prevención. Este servicio debe evitar cumplimientos

meramente formales y no eficientes de la normativa.

En el artículo 2 del mencionado capítulo, señala que esa integración se realiza a través del Plan de prevención de

riesgos laborales. El cual integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión. Logrando

establecer una política de prevención de riesgos laborales que debe ser aprobado por la dirección de la empresa.

Para que posteriormente ser asumido por toda su estructura organizativa.

En relación con la ley 31/1995 tenemos varios artículos que destacar de esta ley en cuanto a elementos preventivos y

de seguridad, ya sea individual o colectiva. En su artículo 4 denominado definiciones, es donde se nos hace una

primera referencia de lo que son los equipos de trabajo, así como prevención y riesgo laboral. El artículo 16 nos

indica el Plan de Prevención que debe integrarse en todas las empresas para reducir los riesgos derivados del trabajo,

haciendo mención también al uso y regulación de los equipos de trabajo, y es ya en el artículo 17 donde se nos

explica que son los equipos de trabajo y medios de protección.

Más adelante en el artículo 20 nos explica las obligaciones que tienen los trabajadores del uso sobre estos equipos y

a utilizarlos correctamente, donde la empresa tienen también la obligación de informar de su uso y la formación de

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TEMARIO TÉCNICO ESPECIALISTA I CARPINTERO. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ED. 2020

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PARTE ESPECÍFICA CARPINTERIA

TEMA 1.- LA MADERA: COMPOSICIÓN Y CARACTERÍSTICAS. PROPIEDADES Y USOS.

LA MADERA: SU COMPOSICION Y CARACTERISTICAS

La madera es un material natural, flexible y resistente con el que generan sus troncos los distintos tipos de árboles

conocidos, creciendo año tras año mediante un sistema de capas concéntricas y circulares. De hecho, según su

producción de madera en el tronco, se distingue a los árboles de las plantas herbáceas.

Su principal característica es que ha sido desde siempre, un material muy usado y útil para los seres humanos. La

madera es una materia prima abundante, renovable y económica, la cual también tiene un manejo muy fácil y puede

ser procesada de varias formas. Las cualidades y características de la madera, cambian según del árbol del que

provenga, las más importantes y destacables son:

Elasticidad

Resistencia

Higroscópica: es capaz de absorber la humedad del aire o directamente del agua, su polaridad la hace

receptiva a sustancias como barnices, pinturas y pegamentos.

Aislante: térmico y eléctrico

Trasmisor del sonido

La madera es un material abundante, económico y ecológico, ya que es totalmente renovable.

A pesar de que la tala indiscriminada sea un problema ecológico mundial, siempre existe la posibilidad re repoblar

hectáreas enteras de árboles. La madera presenta diversos niveles de elasticidad y resistencia, lo cual la hace ideal

para diversos trabajos de tallado y de construcción.

Además, las casas hechas de madera son más económicas, más rápidas de hacer y otorgan una importante sensación

de resguardo y seguridad.

Desventajas de usar madera:

Las maderas son susceptibles a la acción de elementos ambientales, aunque con el tratamiento correcto pueden

mostrarse muy resistentes durante años.

Sin embargo, las fibras de la madera pueden fracturarse debido a la presión o a los impactos, así como a la corrosión,

especialmente en presencia de humedad ambiental (como en el salitre costero).

La luz ultravioleta es quizá el elemento químico que más impacta en las maderas, degradando la lignina y

oscureciendo las maderas, tornándolas más frágiles.

Por otro lado, la madera puede alojar numerosos seres vivos, como termitas (comején), hormigas, escarabajos,

bacterias, y sobre todo de hongos y mohos, los cuales pueden degradar sus moléculas, taladrar agujeros en ellas o

roer su superficie.

Su composición:

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TEMARIO TÉCNICO ESPECIALISTA I CARPINTERO. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ED. 2020

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TEMA 2.- CLASES DE MADERA.

CLASES DE MADERAS:

Maderas duras: Son aquellas que proceden de árboles de un crecimiento lento (los de hoja caduca), por lo que pesan

más y soportan mejor las inclemencias del tiempo que las blandas. Estas maderas proceden de árboles que tardan

décadas, e incluso siglos, en alcanzar el grado de madurez suficiente para ser cortadas y poder ser empleadas en la

elaboración de muebles o vigas. Son mucho más caras que las blandas, debido a que su lento crecimiento provoca su

escasez, pero son de mucha mayor calidad. También son muy empleadas para realizar tallas de madera. (Haya, roble,

nogal, ébano, cerezo, castaño, fresno, olivo).

Maderas blandas: La gran ventaja que tienen respecto a las maderas duras, es que tienen un periodo de crecimiento

mucho más corto (los de hoja perenne), que provoca que su precio sea mucho menor. Este tipo de madera no tiene

una vida tan larga como las duras. Dar forma a las maderas blandas es mucho más sencillo, aunque tiene la

desventaja de producir mayor cantidad de astillas, por lo que el acabado es mucho peor. Además, la carencia de

veteado de esta madera le resta atractivo, por lo que casi siempre es necesario pintarla, barnizarla o teñirla. (Pino,

abeto, balsa, chopo.).

Maderas tropicales: Son especies muy variadas procedentes de países tropicales. Existen árboles que aportan una

madera extremadamente blanda hasta otras especies extraduras. (Caoba, ébano, engué, teca, elondo, sapelli, balsa)

Maderas resinosas. Particularmente resistentes a la humedad, se usan para muebles y ciertos tipos de papel.

Provienen de árboles como el cedro o el ciprés.

Maderas finas. Las que permiten un acabado de mejor calidad y un trabajo de mayor delicadeza, sumamente

demandadas en el arte y la arquitectura, para fabricar objetos musicales o adornos. Suelen provenir del ébano, el

abeto o el arce, por ejemplo.

Maderas prefabricadas. Maderas sintéticas o elaboradas con restos de madera, a través de técnicas de

conglomerado o técnicas de aglutinación industrial.

Las maderas también pueden clasificarse de acuerdo a la longitud de sus fibras (de fibra larga y de fibra corta) y al

tamaño de sus granos (de grano fino y de grano grueso).

Con los restos del procesamiento de la madera se pueden obtener numerosos subproductos, como son:

Papel. Procesando la madera para recuperar la celulosa mediante diversos procedimientos químicos.

Conglomerados. Reuniendo la viruta o el aserrín sobrante, mezclado con cola (en una proporción de 85% a 15%

respectivamente) se elaboran conglomerados de distinto tamaño que se aprovechan como material de construcción

o como aislante.

Contrachapado. Con fibras de madera pueden elaborarse paneles de contrachapado o junturas para lograr un tejido

más grueso y resistente, útil en la industria de la construcción.

La clasificación más usada en carpintería son Madera Duras o Maderas Blandas. Dentro de cada una de ellas, hay que

distinguir y elegir su color, dureza, los nudos y las venas que tenga, para saber que madera vamos a escoger.

Entre las maderas blandas encontramos:

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TEMA 3.- ENFERMEDADES Y DEFECTOS DE LA MADERA

ENFERMEDADES Y DEFECTOS DE LA MADERA:

Los árboles, al ser orgánicos y estar a la intemperie sufren diversos ataques, entre ellos el del medio ambiente que

puede afectar o destruirlos directamente. Esta afectación es lo que provocará que la madera sea usada de una mejor

forma, siendo así, que, si la madera está en buenas condiciones en cuanto a medio ambiente e insectos, la materia

prima que se obtendrá también será buena, con lo que dará más beneficios comercialmente.

La importancia paisajística de los árboles y bosques urbanos es muy alta, regulando la temperatura del suelo,

produciendo oxígeno y reduciendo el dióxido de carbono, además proporcionan los frutos de los que se alimentan las

personas y los animales, dan sombra, son el hábitat natural de aves y animales y se obtienen sustancias para la

elaboración de productos medicinales.

Los insectos y parásitos también son un factor importante de las enfermedades de la madera, sobre todo en el

momento que la madera está en pleno desarrollo.

La mayoría de defectos o enfermedades se pueden ver a simple vista cuando el árbol todavía está en pie en su

hábitat natural de nacimiento. Pero cuando verdaderamente se obtiene un análisis de sus enfermedades o defectos

es en el APEADO.

El apeo o talado de árboles consiste en ir cortando poco a poco las extremidades de los árboles hasta eliminarlos de

la tierra.

El apeo o talado de árboles se suele realizar cuando los árboles se secan o se mueren y hay que eliminarlos del jardín.

El proceso es bastante sencillo: hay que comenzar con las ramas más finas y posteriormente las más gruesas hasta

llegar al tronco, y finalmente a las raíces.

Para eliminar las primeras ramas, las más pequeñas, se puede utilizar una trituradora e ir introduciendo las ramas

previamente cortadas con la motosierra en ella. Al triturar las ramas, vamos a conseguir un material que se podrá

utilizar para introducir a la compostera para el compostaje o para hacer un acolchado.

Las siguientes ramas a cortar serán las ramas más gruesas. Estas hay que cortarlas con la motosierra y en este caso

pueden ser utilizadas para introducirlas en la chimenea.

Para finalizar, el último tronco del árbol hay que sacarlo directamente de la tierra para que no quede ningún resto y

evitar tropiezos en el jardín. Para ello, primero hay que quitar el trozo de césped y tierra que tiene el árbol a su

alrededor, unos 10-15 centímetros. Una vez despejada la tierra, hay que cortar el tronco o quitar el cepellón con las

raíces.

En el caso de tener que realizar un apeo o talado de árbol a causa de un hongo, hay que tener en cuenta que en su

lugar no deberemos colocar otro árbol del mismo tipo ya que se podría contagiar del mismo hongo.

Todo este trabajo de apeo o talado de árboles hay que hacerlo con toda seguridad, de modo que es fundamental

colocarse unos guantes y unas gafas adecuadas.

Los síntomas que presenta un árbol con enfermedades son:

Defoliación fuera de tiempo, por falta de nutrición del árbol.

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TEMA 4.- CHAPEADO DE MADERAS

CHAPEADO DE MADERAS:

El proceso de obtención de la madera consta de 5 etapas fundamentales:

Tala: Consiste en cortar el tronco del árbol por la base. Se puede realizar a mano o con sierras mecánicas.

Actualmente, al realizar la tala es obligatorio replantar más árboles que los que se cortaron.

Poda: Consiste en cortar las ramas del árbol. Se realiza con sierras mecánicas.

Transporte: Se construyen deslizadores de gran pendiente que conducen los troncos a zonas de fácil acceso. También

se pueden utilizar grandes máquinas. La madera es transportada al aserradero por carretera, ferrocarril o vías de

agua (transporte fluvial y transporte marítima).

Descortezado: Consiste en quitar la corteza del tronco. Esta operación tiene lugar en el aserradero. Se hace pasar el

tronco a través de una cadena de rodillos provistos de dientes que al girar arrancan la madera. En esta operación se

genera gran cantidad de restos de madera que se reciclan como combustible o para la producción de derivados.

Secado: para que la madera sea de calidad y esté en buen estado es necesario que la humedad se reduzca a menos

del 3%. Esa operación puede hacerse de manera natural o artificial. Con dicha operación se pretende acondicionar la

madera para: facilitar su trabajo, encolado y acabado, rebajar los costes de transporte (disminuye peso), aumentar

resistencia, disminuir posibilidad de ataque de hongos e insectos y dar forma (curvar).

-De todos estos procesos obtenemos la información de que la madera a partir de aquí, la podemos clasificar en

madera natural o madera artificial o prefabricada.

Las maderas naturales proceden directamente del tronco de los árboles. Tras la tala y el descortezado, el tronco se

corta en forma de tablas o tablones. Posteriormente dichos tablones pueden encolarse para hacer tableros más

grandes. Las maderas naturales se emplean en la fabricación de muebles de calidad, puertas y ventanas o estructuras

de casas.

Las maderas naturales, desde el punto de vista técnico, se suelen clasificar según su dureza (resistencia que ofrece a

ser rayado). Dicha propiedad está estrechamente relacionada con la facilidad con la que se puede trabajar dicho

material (maquinabilidad). La dureza depende fundamentalmente de la densidad del árbol, de la edad, de la

estructura, su contenido en agua...

Las maderas artificiales o prefabricadas son maderas elaboradas a partir de restos de maderas naturales. Resultan

más baratas que las naturales, son fáciles de trabajar y se comercializan en tableros de diversos tamaños,aunque son

de peor calidad. Las más importantes son los tableros prefabricados: contrachapados, aglomerados, y tableros de

fibra.

Tablero contrachapado: Formados por varias chapas finas de madera que se superponen con las vetas cruzadas, se

encolan y se prensan. Sus características principales son:

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TEMA 5.- TABLEROS DERIVADOS DE LA MADERA

CLASES DE TABLEROS: Los tableros derivados de la madera pueden clasificarse en tres tipos: tableros de fibras,

tableros de partículas y contrachapados.

TABLEROS DE FIBRAS O DE MDF: MDF son las siglas en inglés de Medium Density Fiberboard, o lo que es lo mismo

Tablero de Fibra de Densidad Media. También se le conoce por DM (Densidad Media). Está fabricado a partir de

elementos fibrosos básicos de madera prensados en seco. Se utiliza como aglutinante un adhesivo de resina sintética.

Presenta una estructura uniforme y homogénea y una textura fina que permite que sus dos caras y sus cantos tengan

un acabado perfecto. Se trabaja prácticamente igual que la madera maciza, pudiéndose fresar y tallar incluso los

cantos. La estabilidad dimensional, al contrario que la madera maciza, es óptima, pero su peso es muy elevado.

Constituye una base excelente para las chapas de madera. Es perfecto para lacar o pintar. También se puede

barnizar. Se encola (con cola blanca) fácilmente y sin problemas. Es comercializado en grosores desde 2,5 mm a 4 cm

o más. La medida del tablero es de 244 x 122 cm. Suele ser de color marrón medio-oscuro y es un tablero barato.

Recomendable para construir todo tipo de muebles (funcionales o artísticos) en los que el peso no suponga ningún

problema. Son una base óptima para lacar. Excelente como tapas de mesas y bancos de trabajo. Se puede utilizar

como lienzo para pintar, como base para maquetas, como trasera y fondo de cajones en muebles y como trasera de

portafotos, posters y puzles. También se usa para hacer formas, peanas, para tallar e incluso para hacer esculturas

(pegando varios tableros para obtener un grosor adecuado). No es apto para exterior ni condiciones húmedas.

DENSIDADES APROXIMADAS DEL MDF ESTÁNDAR SEGÚN GROSOR:

de 2,5 a 3 mm 800 Kg/m³

de 4 a 6 mm 780 Kg/m³

de 7 a 9 mm 770 Kg/m³

de 10 a 16 mm 760 Kg/m³

de 18 a 19 mm 755 Kg/m³

de 22 a 25 mm 750 Kg/m³

de 28 a 32 mm 740 Kg/m³

de 35 a 38 mm 730 Kg/m³

de 38 a 40 mm 720 Kg/m³

PESO APROXIMADO DE LOS TABLEROS MDF (2,44 x 1.22 m) SEGÚN GROSOR:

de 3 mm 7 Kg

de 5 mm 12 Kg

de 7 mm 16 Kg

de 10 mm 23 Kg

de 16 mm 36 Kg

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TEMA 6.- COLAS PARA MANIPULACION DE MADERAS: EFECTOS Y TOXICIDAD.

Para la unión de dos piezas de madera, o incluso de madera con pieza metálica, se necesita la teoría de la adhesión

que incluye elementos mecánicos y aspectos físicos y químicos. Para estos procesos el adhesivo más usado en las

piezas de madera son las COLAS, las cuales son adhesivos en fase acuosa.

Los adhesivos se componen de varios elementos:

Ligante: es el material que se usa como componente principal de las colas y son productos orgánicos de síntesis.

Endurecedores: son sustancias que actúan para acelerar el fraguado.

Cargas: sustancias que se añaden para mejorar el adhesivo, como insecticidas, fungicidas, ignifugantes, etc.

Complementos: son componentes que sirven para rebajar su precio.

Solventes: es la sustancia donde va disuelto el adhesivo, puede ser acuoso, orgánico, hidrodispersable, espumoso,

etc.

PROCESO DE ENCOLADO:

El encolado nos permite decorar la madera con chapas de madera o recubrimientos plásticos (aplicaciones

decorativas) u obtener otros productos de mayores dimensiones partiendo de elementos más pequeños como

partículas o láminas de madera (aplicaciones de carpintería y estructurales).

La tecnología del encolado engloba en primer lugar las condiciones necesarias para obtener con una determinada

cola una junta resistente, y en segundo lugar la maquinaria que se emplea para obtener esa junta resistente. Vamos a

ver tres apartados sobre este tema:

1.- Clases de Adhesivos o colas

2- Encolado de elementos de madera

3- Uniones madera – metal

4- Aplicación de colas y adhesivos: recomendaciones

1.- CLASES DE ADHESIVOS O COLAS:

Hay diversidad de colas y adhesivos para la unión de los elementos de carpintería como la madera.

COLAS INORGANICAS: Son las que están compuestas de silicato sódico.

COLAS ORGÁNICAS:

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TEMA 7.- ACOPLAMIENTOS.

Estos tres temas que vienen a continuación se podrían unir todos en un mismo tema titulado SISTEMAS DE

UNION DE LA MADERA.

Los tres procedimiento son los métodos usados en la unión de las maderas para la fabricación de muebles,

puertas, ventanas o cualquier otro elemento que pueda fabricarse con ella.

Estos tres tipos de ensambladura de la madera se clasifican en:

Acoplamiento: unión de maderas por sus caras o sus cantos.

Ensamble: Unión de piezas rectas o curvas formando ángulos.

Empalme: unión de los extremos en el sentido de su prolongación.

Existen diferentes formas de acoplar piezas de madera, para la elección del ensamble adecuado hay que

considerar las propiedades físicas y mecánicas de la madera, es decir su comportamiento frente a la humedad,

contracción y dilatación, teniendo en cuenta el tamaño de los elementos a unir y la resistencia requerida para

los esfuerzos a los que será sometido el tablero.

El ensamble no debe debilitar la unión de las piezas, debe brindar la estabilidad estructural necesaria

permitiendo el movimiento natural de la madera, sin verse afectado por deformaciones o rajaduras.

ACOPLAMIENTO:

Para realizar un acoplamiento encolaremos las piezas si en el conjunto se debe formar una pieza homogénea de

mayor tamaño o parte de un mueble

Acoplamiento encolado Acoplamiento sin cola

El acoplamiento también se denomina JUNTA.

son la unión de dos o más maderas por sus caras o cantos respectivos, y tienen como resultado final ensanchar

la madera para conseguir dimensiones más amplias y de obtener una pieza única; existen dos grupos muy

diferenciados:

1.La unión de dos piezas simplemente cepilladas y encoladas, en la que se tendrá presente las propiedades de

los diversos tipos de madera.

JUNTA PLANA O A TOPE:

La junta plana está considerada una unión poco resistente, dependiendo en buena parte del grosor de las piezas

unidas y del resultado obtenido del único nexo de unión entre las mismas, el pegamento, el cual es fácilmente

alterable frente a los agentes atmosféricos y térmicos.

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TEMARIO PARTE COMÚN OPOSICIONES UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

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Ensamble a media madera. El sistema más simple de aplicar este ensamblaje consiste en entallar media madera

de una pieza, que se acoplara con la otra media madera de la otra pieza, que en la mayoría de los casos queda

perpendicular a la primera, en T.

Ensamble de palma o entalladura. Es un tipo de ensamble a media madera en T que no debilita sensiblemente la

resistencia de las piezas sometidas a la flexión. En los ensamblajes de palma, en la parte horizontal de la T se

realiza el llamado espaldonado, en el que descansa la media madera de la otra pieza.

Ensamble a media madera en cruz. En este caso, las piezas unidas no quedan enrasadas, al tener la entalladura

menos profundidad se obtiene un mejor resultado a las fatigas derivadas de su empleo.

Ensamble mediante clavijas. Las uniones a tope se refuerzan mediante elementos externos a las maderas que

componen la unión. Estos elementos pueden ser metálicos (pernos, tornillos, puntas, etc.), en cuyo caso serán

visibles al exterior de las piezas unidas. Para conseguir un acabado limpio de los elementos de fijación se recurre

a las colas, pero dada la poca eficacia de la encoladura por la testa en la madera, las clavijas se introducirán en el

interior de la unión como elementos de fijación.

Ensamble en ángulo mediante clavijas. La unión mediante clavijas es el sustituto débil de los ensamblajes a caja

y espiga. Puede ser en ángulo, en forma de T, a inglete, etc.

Ensamble a inglete con junta plana. Se obtiene cortando los extremos de ambas piezas a 45º. Esta unión se

emplea en recuadros, marcos y ángulos de molduras en ebanistería y en elementos que requieran un mínimo de

esfuerzo.

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TEMARIO PARTE COMÚN OPOSICIONES UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

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En ebanistería se utilizan poco los empalmes debido a las limitadas dimensiones de los muebles y a que la

madera que proporcionan los árboles cubren perfectamente estas dimensiones. En el caso de muebles y

elementos decorativos de mayor tamaño, se utilizan piezas desmontables que van unidas mediante tornillos de

anclaje.

EMPALME A TOPE CON BRIDA:

Se trata de uno de los mejores empalmes a tope. Pueden colocarse dos o cuatro bridas,

según la resistencia que se desee. Las bridas están dobladas en los extremos, en forma de ángulos rectos, y

penetran en unas pequeñas cajas situadas en cada madera que haya que empalmar. Estas bridas se sujetan de

dos en dos, mediante tornillos roscados. El buen resultado de este empalme depende en gran parte del grueso

del hierro que se haya empleado en la fabricación de las bridas.

EMPALME ZUNCHADO:

En este caso se trata de aprovechar la facultad que tiene el hierro de disminuir de volumen debido a un rápido

enfriamiento del mismo. Para ello se elabora un anillo o cerco de metal de unas dimensiones ligeramente

inferiores a las de las maderas que haya que empalmar. Este anillo se calienta para aumentar su tamaño de

encaje y así permitir la fácil colocación de las maderas a unir, para después provocar un rápido enfriamiento

mediante la utilización de agua para devolver al anillo o cerco de hierro sus medidas iniciales, con el

consiguiente apresamiento de las dos maderas empalmadas.

EMPALME A MEDIA MADERA: