técnico en cuidados auxiliares de...

52
Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería 6 Seguridad Social y otras Prestaciones FORMACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA Unidad CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO MÓDULO Formación y Orientación Laboral

Upload: ngoliem

Post on 01-Oct-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

6Seguridad Social

y otras Prestaciones

FOR

MA

CIÓ

N P

RO

FESI

ON

AL

A D

ISTA

NC

IA

Unid

ad

CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO

MÓDULO

Formación y Orientación Laboral

Page 2: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Título del Ciclo: TÉCNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA Título del Módulo: FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL Dirección: Dirección General de Formación Profesional.

Servicio de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente.

Dirección de la obra: Alfonso Gareaga Herrera Antonio Reguera García Arturo García Fernández Ascensión Solís Fernández Juan Carlos Quirós Quirós Luis María Palacio Junquera Manuel F. Fanjul Antuña Yolanda Álvarez Granda

Coordinación de contenidos: Juan Carlos Quirós Quirós

Autores: Cristina Casero Álvarez-Borbolla Juan Carlos Quirós Quirós

Desarrollo del Proyecto: Fundación Metal Asturias

Coordinación:

Javier Maestro del Estal Monserrat Rodríguez Fernández

Equipo Técnico de Redacción: Ana María Suárez Fernández Eva Rodríguez Bravo Irene Fernández Regueiro Laura García Fernández María Mera López Nuria Biforcos Fernández

Estructuración y desarrollo didáctico: Isabel Prieto Fernández Miranda

Diseño y maquetación: Begoña Codina González Sofía Ardura Gancedo Alberto Busto Martínez María Isabel Toral Alonso

Colección: Materiales didácticos de aula Serie: Formación Profesional Específica Edita: Consejería de Educación y Ciencia Dirección General de Formación Profesional Servicio de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente ISBN: 84-690-1470-6 Depósito Legal: AS-0590-2006 Copyright: © 2006. Consejería de Educación y Ciencia Dirección General de Formación Profesional Todos los derechos reservados. La reproducción de las imágenes y fragmentos de las obras audiovisuales que se emplean en los diferentes documentos y soportes de esta publicación se acogen a lo establecido en el artículo 32 (citas y reseñas) del Real Decreto Legislativo 1/2.996, de 12 de abril, y modificaciones posteriores, puesto que “se trata de obras de naturaleza escrita, sonora o audiovisual que han sido extraídas de documentos ya divulgados por vía comercial o por Internet, se hace a título de cita, análisis o comentario crítico, y se utilizan solamente con fines docentes”. Esta publicación tiene fines exclusivamente educativos. Queda prohibida la venta de este material a terceros, así como la reproducción total o parcial de sus contenidos sin autorización expresa de los autores y del Copyright.

Page 3: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

3

Objetivos .............................................................................................. 4

Conocimientos ...................................................................................... 5

Introducción .......................................................................................... 6

Contenidos generales ............................................................................ 6

El sistema de la Seguridad Social ........................................................ 7

Funcionamiento del Régimen General de la Seguridad Social ............ 15

Régimen de prestaciones de la Seguridad Social ................................. 21

Aspectos generales de los Regímenes Especiales ................................. 33

Otras prestaciones de la Seguridad Social ........................................... 35

Resumen de contenidos ........................................................................ 39

Autoevaluación ..................................................................................... 41

Respuestas de actividades ..................................................................... 44

Respuestas de autoevaluación . .............................................................. 47

Sumario general

Page 4: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

4

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Al finalizar el estudio de esta unidad serás capaz de:

Conocer la finalidad del sistema de Seguridad Social español.

Distinguir entre el sistema contributivo y el no contributivo.

Distinguir entre el Régimen General y los Regímenes especiales.

Explicar las distintas prestaciones de la Seguridad Social y los requisitos para bene-ficiarse de ellas.

Objetivos

Page 5: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

5

CONCEPTOSS

• Seguridad Social.

• Contingencias y prestaciones.

• Modalidad contributiva y no contributiva.

• Régimen General de la Seguridad Social y Regímenes Especiales.

• Afiliación, alta y baja del trabajador/a.

• Cotización: cuotas, base y tipo de cotización.

PROCEDIMIENTOS SOBRE PROCESOS Y SITUACIONESS

• Identificación de las modalidades y los regímenes de los profesionales dentro de la estructura de la Seguridad Social.

• Determinación del tipo de prestaciones que le corresponden a una persona trabajado-ra y qué requisitos debe cumplir para ser beneficiario de las mismas.

ACTITUDESS

• Valorar la importancia de la existencia de un sistema público que garantice la protec-ción de las personas ante situaciones de necesidad.

Conocimientos que deberías adquirir

Page 6: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

6

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Contenidos Generales

En la unidad anterior sobre la relación laboral has estudiado que tanto empresarios/as como trabajadores/as poseen una serie de derechos y obligaciones mientras el contrato de trabajo que ambas partes firman se encuentre en vigor; también has estudiado que esta relación laboral supone un intercambio de servicios realizados por una retribución económica.

Es el momento de conocer, por ejemplo, qué ocurre cuando esta relación laboral cesa y el/la trabajador/a deja de percibir su salario, cuando cae enfermo/a o su capacidad se ve reducida hasta tal punto que le imposibilita realizar las tareas correspondientes a su pues-to de trabajo. Éstas y otras situaciones que abordaremos en esta unidad requieren de una protección por parte del Estado, el cual está obligado a proteger a las personas mediante un sistema de Seguridad Social, tal y como establece la Constitución Española.

Como futuro/a trabajador/a o empresario/a es importante que conozcas este sistema, cuál es su estructura y qué tipo de prestaciones son las que podrían beneficiarte en caso de sufrir una situación de necesidad.

En esta unidad didáctica conocerás en qué consiste el sistema español de la Seguridad Social y los distintos regímenes que lo componen. También manejarás la normativa vi-gente que regula dicho sistema para identificar las obligaciones que empresarios/as y trabajadores/as tienen en relación a éste y los distintos requisitos que existen para poder acceder a las prestaciones de dicho sistema.

Contenidos Generales

Introducción

Page 7: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

7

La Seguridad Social surge a principios del siglo XX como una medida pro-tectora ante determinadas situaciones y riesgos.

Si conoces a alguna persona mayor pregúntale cuál era su situación cuando comenzó a trabajar o cuál era la situación de sus padres. Puedes preguntar-le, por ejemplo qué ocurría cuando caían enfermos/as, si existían hospitales o si debían pagar los servicios del médico y los fármacos que éste les receta-se. Puedes interesarte también en qué ocurría cuando las mujeres daban a luz a sus hijos, la edad en que se cesaba de trabajar o averiguar si al suceder alguna de estas situaciones seguían percibiendo una retribución económica.

Las respuestas que obtendrás te mostrarán una sociedad muy alejada de la actual.

Fíjate en las siguientes situaciones:

“Eva trabaja como conductora de autobús en una empresa municipal de transporte urba-no; acaba de tener un hijo por lo que no podrá acudir a su trabajo hasta pasado un tiem-po”.

“Mario tiene 64 años y trabaja como fontanero para una compañía de seguros. Se siente cansado y con pocas ganas de ir a trabajar, pero le preocupa dejar de cobrar su salario mensual”.

¿Consideras que estas personas se encuentran en una situación de necesidad?

Eva no puede incorporarse a su puesto de trabajo inmediatamente después de dar a luz, por lo que requiere de una ayuda económica que compense la ausencia de salario.

Mario ha alcanzado una edad en la que sus capacidades físicas han disminuido y no puede desarrollar su trabajo con el mismo rendimiento que cuando era más joven, ¿có-mo sufragará los gastos de la vida cotidiana cuando ya no pueda trabajar?

El sistema de la Seguridad Social surge como respuesta a esas situaciones de desprotec-ción, es por ello que la Constitución Española en su artículo 41 recoge la obligatoriedad

El sistema de la Seguridad Social

Page 8: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

8

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

del Estado de mantener un régimen público de Seguridad Social que garantice asistencia y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as.

Podemos concluir de este modo que la Seguridad Social es:

La maternidad, o la incapacidad para trabajar, vistas en las situaciones anteriores son ejemplos de contingencias mientras que las ayudas que requieren serían las prestaciones.

Un sistema así capaz de ofrecer esta asistencia a los ciudadanos da lugar a varias pre-guntas:

¿Qué tipo de prestaciones será necesario que ofrezca la Seguridad Social?, ¿quién soporta el gasto derivado de esa asistencia?, ¿de qué necesidades de Eva o Mario puede hacerse cargo un sistema público?

En general las prestaciones son de tipo sanitario, farmacéutico, recuperador y económico.

El gasto que suponen estas prestaciones es compartido, ya que los empresarios y trabaja-dores aportan una cantidad que se une a la que el Estado reserva dentro de los presu-puestos generales.

¿Todas las personas pueden ser beneficiarias de estas prestaciones? Piensa por ejemplo en una persona que acaba de finalizar sus estudios y comienza a trabajar por primera vez, en una persona que se encuentra en situación de desempleo y por último, en una persona que no ha trabajado nunca. ¿Quiénes de estas personas tienen cubiertas sus ne-cesidades por la Seguridad Social?

En principio todos, puesto que el sistema de la Seguridad Social garantiza la asistencia a todos los individuos, independientemente de su situación, distinguiéndose éstos benefi-ciarios/as en base a dos modalidades.

Modalidades

El sistema español de la Seguridad Social establece dos modalidades en función de las prestaciones que puedan percibir los/las beneficiarios/as.

Estas modalidades son:

Un sistema público que proporciona determinadas prestaciones a aquellas personas que sufren alguna circunstancia o contingencia, la cual provoca una situación de necesidad.

Page 9: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

9

o Modalidad contributiva

En esta modalidad se incluyen todas aquellas personas que trabajan o han trabajado y contribuido económicamente a la Seguridad Social, así como el colectivo de estudiantes; pertenecer a esta modalidad supone tener derecho a percibir todas las prestaciones del sistema, es decir las de tipo sanitario, farmacéutico, recuperador y económico.

En el siguiente listado puedes comprobar quienes se encuentran bajo esta modalidad contributiva:

o Modalidad no contributiva

Las personas que no pueden incluirse dentro de la modalidad contributiva, bien porque no han trabajado o bien porque no han contribuido a la Seguridad Social suficientemen-te, son las que pertenecen a esta modalidad no contributiva.

La cobertura de esta modalidad es más limitada que la contributiva puesto que no se tiene derecho a percibir todas las prestaciones del sistema, sólo la asistencia sanitaria, prestaciones por incapacidad y jubilación.

Estructura del sistema de la Seguridad Social

Puesto que no todos los trabajadores prestan sus servicios en las mismas condiciones, ni lo hacen en los mismos tipos de trabajo, la Seguridad Social está compuesta por dos tipos de regímenes, que engloban las distintas situaciones: el Régimen General y los Regíme-nes Especiales. En los siguientes capítulos de la unidad abordaremos de forma más am-plia las características y funcionamiento de los mismos, a modo de presentación:

Trabajadores por cuenta ajena.

Trabajadores autónomos.

Socios/as trabajadores/as de cooperativas, de trabajo asociado.

Funcionarios/as públicos, civiles y militares.

Estudiantes.

Españoles no residentes en territorio nacional en determinadas situaciones.

Extranjeros con permiso de residencia y de trabajo en España.

Page 10: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

10

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

o Régimen General

Se incluyen en este régimen todos los trabajadores españoles o extranjeros que realizan su actividad por cuenta ajena. Además, existen otros profesionales que aún teniendo al-gunas peculiaridades se pueden acoger a este régimen. En el siguiente listado podrás comprobar cuales son:

o Regímenes Especiales

Este tipo de regímenes se aplican a aquellas actividades en las que por su naturaleza, condiciones de tiempo, lugar o características específicas de los procesos productivos requieren de un régimen especial para la adecuada consecución de los beneficios de la Seguridad Social. Los regímenes especiales existentes en el sistema español afectan a las personas que se encuentran en las siguientes situaciones:

Representantes de comercio.

Artistas.

Toreros.

Jugadores de fútbol y baloncesto.

Ciclistas profesionales.

Trabajadores autónomos.

Empleados/as del hogar.

Trabajadores del mar.

Trabajadores de la minería del carbón.

Trabajadores del régimen agrario.

Funcionarios/as públicos, civiles y militares.

Estudiantes.

Page 11: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

11

Estructura Organizativa de la Seguridad Social

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales es el organismo encargado de gestionar el sistema español de la Seguridad Social a través de distintas entidades que podemos agru-par en de la siguiente manera: Servicios Comunes, Entidades Gestoras, Entidades Colabo-radoras y Organismos Autónomos.

ctiv

idad

a Indica a qué Régimen pertenecen las siguientes personas tra-bajadoras:

a. Calderero-tubero por cuenta ajena.

b. Administativo de nacionalidad italiana.

c. Taxista que trabaja como autónomo.

d. Auxiliar de enfermería con contrato laboral al servicio de laAdministación Pública.

e. Estudiante del ciclo formativo de Gestión del Transporte.

f. Agricultor de cultivo ecológico.

g. Temporero rumano.

1

Page 12: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

12

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

o Servicios comunes

Dos de los entes que habrás encontrado son la Tesorería General de la Seguridad So-cial.(TGSS) y la Gerencia de Informática.

Son servicios comunes de la Seguridad Social, la Tesorería General se encarga de la ges-tión unificada de todos los recursos económicos y la administración financiera del Siste-ma de la Seguridad Social, mientras que la Gerencia de Informática es la responsable de la informatización del sistema de la Seguridad Social.

ctiv

idad

a Accede a la página web www.mtas.es y busca en el enlace dela Seguridad Social cuál es el organigrama del Ministerio deTrabajo y Asuntos Sociales y trata de identificar las entidadescompetentes en materia de Seguridad Social.

2

Page 13: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

13

o Entidades gestoras

Los siguientes nombres pertenecen al grupo de entidades gestoras, puesto que tienen como finalidad administrar y gestionar el sistema de la Seguridad Social:

Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Es una Entidad Gestora adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con personalidad jurídica propia, que tiene encomendada la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema público de Seguridad Social y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria, con independencia de que la legislación aplicable tenga naturaleza na-cional o internacional.

Instituto Nacional de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO): Es otra Entidad Gestora de la Seguridad Social encargada de la gestión de los Servicios Sociales complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social, y en materia de personas mayores y personas en situación de dependencia.

Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa): La finalidad de esta Entidad Gestora es la administración de los servicios sanitarios; surge a raíz del Real Decreto 840/2002, de 2 de agosto, que modifica y desarrolla la estructura básica del Ministerio de Sa-nidad y Consumo, en el que se establece la desaparición del Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) y su adaptación en una entidad de menor dimensión, conser-vando la misma personalidad jurídica, económica, presupuestaria y patrimonial, la naturaleza de Entidad Gestora de la Seguridad Social y las funciones de gestión de los derechos y obligaciones del INSALUD, que pasa a denominarse Instituto Na-cional de Gestión Sanitaria.

Instituto Social de la Marina (ISM): Es una entidad que actúa bajo la dirección y tutela del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, adscrita a la Secretaria de Esta-do de la Seguridad Social que se encarga de la gestión y administración de las pres-taciones del sector marítimo y pesquero.

o Entidades colaboradoras

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales recibe también, en materia de Seguridad So-cial, la colaboración de las mutuas patronales de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y de las empresas.

Las mutuas son asociaciones de empresarios que se agrupan, de forma voluntaria y sin ánimo de lucro, para gestionar determinados servicios derivados de la atención de sus trabajadores en caso de accidente de trabajo y/o enfermedad profesional.

Page 14: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

14

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Las empresas, de forma individual, deben colaborar obligatoriamente abonando prestaciones al trabajador/a, que posteriormente le son reintegradas por la Seguri-dad Social y, de forma voluntaria, pueden asumir el aseguramiento por asistencia sanitaria y gestión de las prestaciones económicas correspondientes , tanto en caso de accidente, sea o no laboral, como de enfermedad común o profesional

o Organismos autónomos

Existen otros organismos autónomos, pero dependientes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que se encargan de la gestión de las prestaciones por desempleo y la disminución de los riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Estos organismos autónomos son el Instituto Nacional de Empleo (y en su caso los Servi-cios Públicos de Empleo de aquellas comunidades autónomas que tengan asumidas di-chas competencias) y el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo respectivamente.

El primero se encarga de la gestión y control de las prestaciones por desempleo así como de la declaración del reconocimiento al derecho de dicha prestación, suspensión, reanu-dación y/o extinción de la misma, mientras que el segundo se dedica al asesoramiento y control de las acciones llevadas a cabo para disminuir los riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Fig. 1: En la página web de la Seguridad Social puedes ampliar información sobre los organismos que gestionan las diferentes prestaciones de este sistema público.

Page 15: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

15

Imagina que has sido elegido en una prueba de selección de personal a la que te has presentado y te han citado para firmar el contrato de trabajo ma-ñana a las 9.00 horas. Si es la primera vez que accedes al mercado de traba-jo, al mismo tiempo que inicias una actividad laboral va a comenzar tu rela-ción con el sistema de la Seguridad Social.

Es probable que te surjan dudas relacionados con los trámites a realizar para formalizar tu situación: ¿De quién sería la responsabilidad de comunicar es-ta nueva relación laboral?, ¿qué tipo de contingencias dan derecho a recibir prestaciones?, ¿cuáles serían estas?….

En el capítulo anterior hemos estudiado cómo el régimen general de la Seguridad Social agrupa a todas aquellas personas que trabajan por cuenta ajena. Éstas pasan a pertenecer a dicho régimen desde el mismo momento en el que se inicia la relación laboral entre empresario y trabajador a través de la firma del contrato de trabajo.

El régimen general de la Seguridad Social conlleva una serie de trámites que estudiare-mos a continuación mediante la siguiente situación:

Funcionamiento del Régimen Generalde la Seguridad Social

Begoña, tiene previsto abrir una clínica dental, ha hecho los trámites necesarios para ini-

ciar dicha actividad empresarial y sólo le falta contratar a dos empleados.

De todos los candidatos que optaban a esos puestos, Begoña ha seleccionado a las si-

guientes personas:

Luis, administrativo que acaba de finalizar sus estudios y nunca ha trabajado ante-

riormente.

Rocío, auxiliar de enfermería con una experiencia laboral bastante amplía, puesto

que ha trabajado en diversas clínicas dentales.

Page 16: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

16

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Luis y Rocío, al iniciar su actividad laboral como empleados de Begoña, ¿pasan a perte-necer de forma automática al régimen general de la Seguridad Social o es necesario rea-lizar algún trámite para ello?

Inscripción de las empresas

Lo primero que debe hacer Begoña, antes de que Luis y Rocío comiencen a trabajar, es solicitar la incorporación de la empresa a la Seguridad Social. Dicha inscripción deberá realizarla mediante una solicitud en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Al igual que Begoña, deberá solicitar la inscripción de su empresa toda persona física o jurídica, pública o privada, por cuya cuenta trabajen las personas incluidas en el campo de aplicación del Régimen General, en los modelos oficialmente establecidos.

A través de esa inscripción la empresa recibe un código de cuenta de cotización válida para toda la existencia de la misma y con validez en todo el territorio nacional.

Afiliación de los trabajadores a la Seguridad Social

El siguiente paso que Begoña debe seguir consiste en incorporar a Luís y Rocío en el Sistema de la Seguridad Social. En el caso de Luis dado que es la primera vez que tra-baja deberá inscribirlo previamente en la Seguridad Social, esta inscripción se denomi-na afiliación.

La afiliación es un acto obligatorio mediante el cual la persona trabajadora se convierte en un sujeto protegido por el Sistema de la Seguridad Social, lo que le convierte en titular de derechos y obligaciones con la misma. Ello da lugar a la asignación de un número de afiliación de carácter vitalicio y único para todo el Sistema.

Esta afiliación se realiza una única vez en la vida; el empresario está obligado a realizarla a aquellos trabajadores que trabajen por primera vez y debe hacerlo con anterioridad a la fecha de inicio de la actividad laboral, por lo que Begoña no necesitaría afiliar a Rocío, tan sólo darle de alta en la Seguridad Social.

Altas y bajas de los trabajadores

Una vez que el trabajador esté afiliado a lo largo de su vida laboral se encontrará en si-tuación de alta o baja en función de que esté contratado o no.

Page 17: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

17

La situación de alta se man-tiene mientras que el contrato de trabajo esté en vigor. Cuando éste concluye, el trabajador permanecerá en situación de baja hasta que inicie otra relación laboral.

Al igual que ocurre con la afiliación del trabajador, el alta o baja del mismo en la Seguridad Social debe ser comunicada a ésta por el em-presario. En el caso de alta, la comunicación debe hacerla antes de comenzar la relación laboral, y para comunicar la baja dispone de 6 días natura-les a partir de la extinción del contrato de trabajo.

¿Qué ocurre si el trabajador se da cuenta de que no está dado de alta o baja? si el em-presario incumple alguna de estas obligaciones, puede llevarlas a efecto el propio trabajador o bien la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Cotizaciones a la Seguridad Social

En el capítulo anterior, ya hemos comentado que la financiación de la Seguridad Social para hacer frente a las prestaciones que deben recibir los trabajadores como consecuen-cia de determinadas contingencias, que vamos a desarrollar en el siguiente apartado, procede de los presupuestos generales del Estado y las cuotas que aportan los trabajado-res y empresarios.

Fig. 2: El modelo de solicitud de afiliación a la Seguridad So-cial, se puede descargar en www.seg-soc.es

El ingreso de determinadas cantidades mensuales a la Seguridad Social por parte del empresario y trabajador se denomina cotización.

Page 18: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

18

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Con carácter general, deben cotizar los empresarios y trabajadores comprendidos en el campo de aplicación del Régimen General si bien la Ley General de la Seguridad Social hace responsable al empresario del ingreso de la propia aportación y de la de los traba-jadores a su cargo. En el caso del trabajador autónomo, él mismo debe de efectuar dicho ingreso y cumplir la obligación de cotizar.

La obligación de cotizar se inicia con el comienzo de la prestación del trabajo y se ex-tingue con la baja del trabajador.

¿Cómo se fija las cuotas que aportan tanto el trabajador como el empresario?

¿Es la misma cantidad para todos los trabajadores y empresarios?

Cada caso particular es distinto y la cantidad que trabajador y empresario deben aportar re-sulta de multiplicar la base de cotización, que es el salario que cada mes recibe el trabajador más la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por un tipo de cotización o porcenta-je que fija anualmente el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en base a unos conceptos.

Estos conceptos por los que trabajadores y empresarios deben contribuir a la Seguridad Social y que tiene establecido un tipo de cotización específico, son los siguientes:

Contingencias comunes, para la cobertura de las situaciones que deriven de incapaci-dad temporal, incapacidad permanente, prestaciones por muerte y supervivencia deri-vadas de la enfermedad común o accidente no laboral, así como para la jubilación o la maternidad (más adelante en este capítulo explicaremos estas situaciones).

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, para la cobertura de la incapa-cidad temporal, incapacidad permanente y prestaciones por muerte y supervivencia derivadas de accidentes de trabajo o enfermedad profesional o el desempleo.

Desempleo, para la cobertura de este riesgo.

Fondo de Garantía Salarial, para garantizar a los trabajadores el cobro de sus sala-rios pendientes cuando las empresas no tengan capacidad económica para hacer frente a los mismos.

Formación profesional, que se destina a fines de formación, reciclaje, recalifica-ción y reclasificación profesional.

Horas extraordinarias realizadas por el trabajador.

100cotización de Tipo Base

Cuota×

=

Page 19: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

19

Habrás observado que estas contingencias se corresponden con una base de cotización distinta (base de cotización por contingencias comunes, profesionales, desempleo, FP y Fogasa, y la adicional por horas extras);cada una de estas bases se le aplica el tipo de cotización correspondiente.

El siguiente esquema te servirá como herramienta para sintetizar toda la información so-bre la cotización que hemos estado trabajando hasta ahora:

La suma de todas las cuotas conforma la cotización del trabajador.

Cotización

Trabajador/a Empresario/a

Cuotas

Base de Cotización Tipo de Cotización

Según concepto:

• Contingencias comunes. • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. • Horas extraordinarios. • Desempleo. • Fondo de Garantía Salarial. • Formación profesional.

• Salario base men-sual.

• Parte proporcional de pagas extras.

Page 20: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

20

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

ctiv

idad

a Como ya sabes, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales establece anual-mente los tipos de cotización de cada concepto cotizable. Consulta la página web www.seg-soc.es y completa la siguiente tabla escri-biendo los conceptos y porcentajes que faltan.

TIPOS DE COTIZACIÓN

Conceptos % Empresa % Trabajador/a

Contingencias comunes 4,70

Accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales

Tarifa R.D 2930/79

reducida en un 10 % No cotiza

12,00 2,00

Resto de horas

extraordinarias

a. Tipo general: 5,75

b. Contrato de duración determinada:

Tiempo completo: 6,70

Tiempo parcial: 7,70

Empresas de trabajo temporal: 7,70

Fondo de Garantía Social

0,60 0,10

3

Page 21: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

21

“La Seguridad Social dedicó más de 1.272 millones de euros a prestaciones por maternidad en 2005” Gabinete de comunicación del Ministerio de Tra-bajo y Asuntos Sociales, 30 de enero de 2006

“El número de pensionistas creció en un 2,4% en 2005”. En los últimos do-ce meses, desde el 1 de enero de 2005 al 1 de enero de 2006, el número de pensiones ha aumentado en 186.574, crecimiento que corresponde en su mayor parte a jubilación (143.295 pensiones más). Gabinete de comunica-ción del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 29 de enero de 2006.

Tal y como puedes apreciar en estos titulares existen prestaciones que afectan a un mayor número de personas; es por esto que dedicamos este capítulo a las prestaciones más significativas del sistema español de la Seguridad Social.

La pérdida de capacidad para trabajar, poseer una edad avanzada que limite el desarrollo de la actividad profesional, la maternidad o el desempleo son contingencias a las que la Seguridad Social responde mediante determinadas prestaciones, dirigidas a los beneficia-rios /as del Régimen General.

Los titulares de este derecho son los trabajadores afiliados y en alta y los pensionistas y perceptores de prestaciones periódicas de la seguridad social.

Las prestaciones que ofrece el sistema se establecen en función de la contingencia con-creta que la provoca, por lo que a continuación estudiaremos las más significativas, las cuales se enumeran en el siguiente esquema:

Régimen de prestaciones de la Seguridad Social

Prestaciones del Régimen General

de la Seguridad Social

Asistencia Sanitaria

Por incapacidad para el trabajo

Por jubilación

Por desempleo

Temporal

Permanente Por maternidad

Page 22: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

22

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Dadas las particularidades específicas de cada contingencia, desarrollaremos de forma individual las distintas prestaciones que se establecen para las mismas:

Asistencia sanitaria

Este tipo de prestación, consiste en la asistencia de los servicios médicos, farmacéuticos, así como los de recuperación física, prótesis y ortopedia, para mantener o recuperar la salud de las personas acogidas a este Régimen General y de sus familiares en determina-das condiciones.

Los beneficiarios que tienen derecho a la asistencia sanitaria son el trabajador, su cón-yuge, o la persona que conviva maritalmente con él/ella, al menos durante un año anterior a la solicitud, así como los hijos y sus ascen-dientes, descendientes y hermanos que con-vivan con ellos y que no realicen trabajos remunerados. Éstos para beneficiarse de la prestación de asistencia sanitaria, deben en-

contrarse en situación de enfermedad común, accidente no laboral, enfermedad profe-sional, accidente de trabajo, maternidad o situación de riesgo durante el embarazo.

El derecho nace el día de la afiliación y se hace efectivo a partir del día en que se inicie la actividad laboral. Si te interesa ampliar información sobre la duración de esta presta-ción puedes consultar la guía laboral del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Antonio, padre de familia que trabaja por cuenta ajena y está dado de alta en la Seguridad Social. A su cargo y conviviendo con él, están su mujer, que no traba-ja fuera de casa y su hijo menor de edad.

Todos ellos cumplen los requisitos para ser beneficiarios de la prestación por asistencia sanitaria. Antonio es un trabajador afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social, mientras que su esposa e hijo tienen derecho a percibir la pres-tación porque así lo establece la ley.

Ejemplo

Page 23: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

23

Incapacidad para el trabajo

Se refiere a situaciones en las que el trabajador ve disminuida o mermada su capacidad para poder desarrollar su trabajo con total normalidad.

Fíjate en las siguientes situaciones:

En función de las circunstancias en la que se encuentre el trabajador se distinguen dos tipos de incapacidades, la incapacidad temporal y la permanente. A continuación estu-diaremos cada una de ellas más detalladamente.

o Incapacidad temporal

La incapacidad temporal es la situación en la que el trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para prestar sus servicios, mientras recibe asistencia sanitaria.

Los beneficiarios que se encuentren en esta condición tendrán derecho a percibir un sub-sidio a partir del cuarto día de baja. La duración de está prestación es de 12 meses, pro-rrogables a 6 meses, en el caso de que se estime que durante este tiempo pueda ser dado de alta médica por curación.

Esta prestación económica la reciben todos aquellos trabajadores que estén afiliados y en alta en la Seguridad Social, que cumplan tener cotizados 180 días en los cinco años ante-riores en que se produjo la baja, en el caso de que la incapacidad temporal haya sido causada por enfermedad común. La incapacidad, motivada por accidente, sea o no labo-ral o enfermedad profesional no requiere periodo previo de cotización.

Pablo ha sufrido una lesión en el menisco que le incapacitará para desarrollar su

labor de bombero aproximadamente 6 meses.

Vanesa ha contraído hepatitis mientras manipulaba una aguja infectada. Debido a su

enfermedad no puede desempeñar cualquier tipo de trabajo con total normalidad.

Sonia es una trabajadora que ha sufrido un accidente de trabajo, por lo que estará de baja durante algún tiempo. Lleva cotizados 130 días en los últimos cinco años.

Dado que la incapacidad laboral se ha producido por accidente de trabajo, So-nia tendrá derecho a percibir esta prestación, sin justificar periodo de cotización.

Ejemplo

Page 24: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

24

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

La cuantía del subsidio es el siguiente:

Del día 4 al 20 el 60% de la base reguladora y del 21 en adelante el 75% si es de-bido a riesgos comunes.

El 75% de la base reguladora desde el día siguiente de la baja si es por AT o EP.

o Incapacidad permanente

La incapacidad permanente es la situación en la que el trabajador una vez ha recibido el alta médica, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves y permanentes que disminuyen o anulan su capacidad para trabajar.

Como habrás podido deducir esta situación alude a un estado de gravedad tan general que es necesario distinguir entre varios grados de incapacidad:

INCAPACIDAD PERMANENTE

Grados de Incapacidad Características

Incapacidad Permanente Parcial

El trabajador presenta una disminución no inferior al 33% del rendimiento en su profesión, sin que ello le impida realizar las tareas fundamentales de la misma. El/la trabajador/a puede continuar prestando la rela-ción laboral, su contrato de trabajo no se extingue.

Incapacidad Permanente Total El trabajador queda inhabilitado para su profesión habitual.

Incapacidad Permanente Absoluta El trabajador queda inhabilitado para el ejercicio de cualquier profesión.

Gran Invalidez

El trabajador no sólo se encuentra incapacitado para realizar cualquier profesión u oficio sino que además necesita de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida.

Se denomina base reguladora a la cuantía económica sobre la que se aplican los porcentajes que se utilizan para el cálculo del subsidio; esta cuantía viene determi-nada en función de las bases por las que se hayan efectuado las cotizaciones duran-te los periodos que se señalen. Puedes ampliar más información en la guía laboral del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que puedes encontrar en www.mtas.es.

Tabla 1: Grados y características de la incapacidad permanente.

Page 25: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

25

Para poder ser beneficiario de las prestaciones que la Seguridad Social ofrece para este tipo de contingencias es necesario haber cotizado durante un período previo, excepto en los ca-sos en los que la incapacidad haya sido ocasionada por un accidente de trabajo, accidente no laboral o una enfermedad profesional. Si la incapacidad se deriva de una enfermedad común, éste periodo previo de cotización varía en función del grado de incapacidad:

Incapacidad Permanente Parcial:

• 1.800 días cotizados en los 10 años inmediatamente anteriores al comienzo de la situación de incapacidad.

• La cuantía de esta prestación consiste en una indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora que ha servido para calcular la incapa-cidad temporal de la que derive.

Incapacidad Permanente Total, Absoluta y Gran Invalidez:

• Si se trata de un/a trabajador/a menor de 26 años, ha debido cotizar la mitad del tiempo que media entre la fecha en que cumplió 16 años y el hecho causante de la invalidez.

• Si el trabajador ha cumplido los 26 años, ha debido cotizar a la Seguridad So-cial al menos una cuarta parte del tiempo que media entre la fecha en que cumplió 20 años y la fecha en que se produjo el hecho.

La cuantía de la prestación, que tiene carácter vitalicio, en la incapacidad perma-nente total consiste en el 55% de la Base Reguladora, que aumenta en un 20% más a partir de los 55 años.

Para la incapacidad absoluta y gran invalidez la cuantía, también con carácter vitali-cio, consiste en el 100 y 150 % respectivamente de la base reguladora. Este tipo de prestaciones son incompatibles con cualquier otro trabajo.

Maternidad

La prestación por maternidad consiste, por un lado, en el disfrute de periodos de descanso por parte del trabajador/a (padre o ma-dre) por razones de maternidad, adopción o acogimiento tanto preadoptivo como permanente y, por otro lado, del recibo de una prestación económica, equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente del trabajador que disfrute ese permiso, a cargo de la Seguridad Social.

Page 26: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

26

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Para tener derecho a la prestación por maternidad es necesario cumplir los siguientes requisitos:

Estar en situación de alta en la Seguridad Social.

Haber cotizado un periodo mínimo de 180 días dentro de los cinco años inmedia-tamente anteriores al parto o fecha de la decisión administrativa o judicial de aco-gimiento o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.

El derecho a beneficiarse de esta prestación se inicia a partir del mismo día en que se inicia el descanso y se extingue una vez que finaliza dicho periodo.

En caso de parto múltiple y de adopción o acogimiento de más de un menor, realizados de forma simultánea, se concederá un subsidio especial por cada hijo, a partir del segun-do, igual al que corresponda percibir por el primero, durante el período de 6 semanas inmediatamente posteriores al parto o, cuando se trate de adopción o acogimiento, a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.

Jubilación

La jubilación es un término cotidiano que normalmente asociamos a una persona que ha cesado en su trabajo a causa de la edad.

Teresa trabaja en una agencia de viajes desde hace cuatro años; recientemente ha sido madre de un niño y solicitado el permiso por maternidad.

Dado que Teresa ha cotizado más de 180 días en los cinco últimos años, anterio-res al nacimiento de su hijo tiene derecho a la prestación por maternidad: 16 semanas de descanso y una prestación económica equivalente a su salario.

Del periodo de descanso total, 6 semanas tienen que ser disfrutadas por Teresa. Si el padre trabaja puede disfrutar del resto del descanso con la madre, de mane-ra simultánea o sucesiva, siempre que sea ininterrumpida, y al final del periodo.

Ejemplo

Page 27: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

27

La prestación por jubilación concede a la persona beneficiaria el derecho a percibir con carácter vitalicio una percepción económica según haya sido su periodo de cotización y la cuantía de la misma.

Los requisitos para obtener este derecho son:

Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 15 años, de los cuales dos deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la fecha de jubilación.

Cesar en toda actividad laboral.

Tener cumplidos 65 años. En circunstancias específicas, que puedes encontrar en la página web de la Seguridad Social, esta edad puede anticiparse.

ctiv

idad

a El importe de la pensión de jubilación resulta de aplicar a labase reguladora, un porcentaje que varía según el número deaños cotizados por el/la trabajador/a.

En el apartado que la guía laboral (www.mtas.es) dedica a lajubilación identifica que porcentaje se le aplicaría a una per-sona que se ha jubilado con 15 años cotizados y qué númerode años necesitaría cotizar esa persona para que se le aplicaseel 100%.

4

Page 28: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

28

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Desempleo

El sistema español de cobertura por situación de desempleo establece dos niveles, por un lado el nivel contributivo y por otro lado el asistencial.

o Nivel contributivo

Este nivel proporciona prestaciones sustitutivas del salario que el/la trabajador/a deja de per-cibir al perder su empleo o reducirse su jornada laboral. Las personas que acceden a este nivel han cotizado a la Seguridad Social durante un periodo previo legalmente establecido.

Se encuentran en situación de desempleo quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo, bien de forma temporal o bien de forma definitiva, o ven reduci-da su jornada ordinaria de trabajo al menos en una tercera parte.

ctiv

idad

a La siguiente escala determina la duración de la prestación de desempleo; complétala con la ayuda de la guía laboral que puedes encontrar en www.mtas.es .

DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Períodos de cotización Períodos de prestación

Desde 360 hasta 539 días 120 días

Desde 540 hasta 719 días días

Desde hasta 899 días 240 días

Desde 900 hasta días días

Desde hasta días 360 días

Desde hasta 1.439 días 420 días

Desde 1.440 hasta días días

Desde hasta días días

Desde hasta días días

Desde hasta días días

Desde 2.160 días días

5

Page 29: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

29

Además del período previo de cotización ¿Qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a las prestaciones por desempleo?

Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social.

Estar en situación legal de desempleo.

Haber cotizado a la Seguridad Social un periodo mínimo de 12 meses dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colo-cación adecuada, y suscribir un compromiso de actividad.

No haber cumplido la edad exigida para tener derecho a la pensión de jubilación.

Para percibir dicha prestación, el/la trabajador deberá solicitarla en la oficina del Servicio Público de Empleo, en el plazo de 15 días a partir del momento en el que se produce la situación de desempleo. Junto a la solicitud éste deberá presentar otros documentos co-mo DNI, documentos que acrediten la situación legal de desempleo, la afiliación del tra-bajador/a a la Seguridad Social, certificados de empresa que documenten sus relaciones laborales, recibos de los salarios de los 180 últimos días cotizados y la declaración de cargas familiares y rentas, cuyo modelo se puede obtener en la oficina del Servicio Públi-co de Empleo.

¿Crees que todas las personas perciben la misma cuantía por esta prestación? Al igual que no todas las personas cotizan la misma cuantía a la Seguridad Social, tampoco perciben por igual importe la prestación por desempleo, ésta dependerá de lo que se haya cotizado durante los últimos 180 días anterio-res a la situación de desempleo.

Independientemente de esto, la cuantía de la prestación debe estar comprendida dentro de unos topes máximos y mínimos.

Tope mínimo de la prestación:

Cuando el trabajador no tenga hijos a su cargo, el 80 por 100 del Indicador Públi-co de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en el momento de naci-miento del derecho incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 447,16 euros/mes para prestaciones nacidas en el año 2006.

Fig. 3: El Servicios Público de Empleo es la entidad encargada de gestionar la prestación y el subsidio de desempleo en Asturias.

Page 30: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

30

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Cuando el trabajador tenga al menos un hijo a su cargo el 107 por 100 del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 598,76 euros/mes.

Tope máximo de la prestación:

• Cuando el trabajador no tenga hijos a su cargo el 175 por 100 del IPREM men-sual vigente en el momento de nacimiento del derecho, incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 978,15 euros/mes para prestaciones nacidas en el año 2006.

• Con hijos menores de 26 años a su cargo:

Con un hijo, el 200 por 100 del IPREM mensual vigente en el momento de naci-miento del derecho, incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 1.117,9 euros/mes para prestaciones nacidas en el año 2006.

Con dos o más hijos, el 225 por 100 del IPREM mensual vigente en el momento de nacimiento del derecho, incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 1.257,63 euros/mes para prestaciones nacidas en el año 2006.

El Importe Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) se utiliza como indicador o referencia de nivel de renta para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos o para determinar la cuantía de determinadas prestaciones.

Este indicador se determina teniendo en cuenta, al menos, la previsión y objetivo de inflación de los presupuestos generales del Estado, manteniendo el Salario Mí-nimo Interprofesional como garantía salarial mínima o como referente para deter-minar la retribución de algunos trabajadores o para concretar aspectos íntimamen-te ligados salario.

Durante el periodo que dure la prestación el/la trabajador/a seguirá cotizan-do a la Seguridad Social, ya que la entidad gestora aportará la parte empresa-rial y se le descontará de la prestación por desempleo su aportación.

Page 31: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

31

o Nivel asistencial

La prestación a la que se tiene derecho en esta modalidad se denomina subsidio de des-empleo y consiste en el pago mensual de una cuantía equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), pudiendo ser superior en función de la edad del beneficiario/a y de sus responsabilidades familiares.

Los beneficiarios de esta prestación son trabajadores que se encentran en alguna de las siguientes situaciones:

Las personas que pueden beneficiarse de este subsidio deben reunir los siguientes requisitos:

Figurar inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, en el caso de Asturias, sin haber rechazado oferta de empleo ni haberse negado a participar en acciones, de promoción, formación o reconversión profesional.

Carecer de rentas de cualquier tipo superiores al 75% del salario mínimo interpro-fesional.

Haber agotado la prestación por desempleo y tener responsabilidades familiares.

Ser mayor de 45 años, que hayan agotado la prestación por desempleo de, al menos, 12 meses, y que no tuvieran responsabilidades familiares.

Ser emigrantes retornados.

Liberados de prisión.

No haber cubierto el periodo mínimo de cotización para acceder a una pensión contributiva.

Trabajadores declarados plenamente capaces o con incapacidad parcial como consecuencia de expediente de revisión de mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.

Trabajadores/as mayores de 45 años que hayan agotado prestación por desem-pleo de 24 meses.

Trabajadores/as mayores de 52 años.

Page 32: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

32

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

La duración del subsidio variará en función de la modalidad del subsidio a que se tenga derecho; con carácter general será de 6 meses prorrogables hasta 18 meses, excepto en los casos que específicamente enumera la Ley General de la Seguridad Social.

Desempleo

Nivel contributivo

Nivel asistencial

Prestación por desempleo

Subsidio de desempleo

ctiv

idad

a Identifica el tipo de prestación de la Seguridad Social másadecuado para los siguientes casos y valora si reunirían losrequisitos para acceder a ellas:

a. Un trabajador de 28 años ha sufrido un accidente de traba-jo, como consecuencia del cual, el equipo de valoraciónde incapacidades, ha evaluado que no podrá desarrollar suactividad profesional, pero si otras cuya incapacidad no re-sulte un impedimento ni un riesgo.

b. Una trabajadora finaliza su contrato de trabajo y de mo-mento no tiene ninguna expectativa laboral. Ha cotizado ala Seguridad Social en los últimos seis años un total de1.900 días.

6

Page 33: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

33

Trabajadores/as por cuenta propia, personas que trabajan en el mar, la agri-cultura o la minería del carbón, empleados/as del hogar y, por último, estu-diantes tienen en común el no pertenecer al Régimen General de la Seguridad Social sino que, dadas sus peculiaridades, necesitan un régimen especial.

Antes de hablar de los distintos regímenes especiales, es interesante que leas esta noticia:

Aspectos generales de los Regímenes Especiales

Seguridad Social

”En el mes de noviembre el número medio de afiliados a la Seguridad Social ascendió a 18.911.913

trabajadores, cifra que representa un incremento de 50.417 afiliados medios en relación con el mes

anterior. En el año transcurrido desde noviembre de 2005 la afiliación a la Seguridad Social ha crecido

a una tasa del 3,22%, 589.406 afiliados más, en términos absolutos.

El crecimiento de la afiliación a la Seguridad Social se debe principalmente al aumento del empleo en-

tre trabajadores españoles. Según los datos de noviembre, un 75,49% de los nuevos afiliados en el mes

son españoles, mientras que el 24,51% restante son extranjeros. Entre los extranjeros, 1.880.701, la afi-

liación crece a un ritmo del 8,49%, muy similar a la tasa de octubre y también tiene mayor intensidad

el aumento de la afiliación entre aquellos que provienen de la Unión Europea (22,77%) frente a los que

proceden de los restantes países (5,60%)

Por regímenes, el Régimen General es el que sigue aportando mayor número de nuevos afiliados al sis-

tema, crece a un ritmo interanual del 4,44%, lo que supone que desde hace doce mes el número medio

de afiliados se ha incrementado en 615.538 y en el último mes la subida media es de 52.925.

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el segundo en importancia del sistema, aumenta a

una tasa interanual del 2,82%, con 83.450 nuevos afiliados medios desde hace un año.

Los restantes regímenes especiales (Mar, Agrario y Carbón) han perdido en su conjunto en el último año

48.831 afiliados.”

(Fuente: Gabinete de Comunicación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 4 de Diciembre de 2006)

Page 34: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

34

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

¿Te ha sorprendido algún dato en particular de los que se enumeran en el texto? ¿tenías una idea aproximada de cómo se distribuyen las personas trabajadoras en los distintos regímenes que componen la Seguridad Social? Vamos a realizar un breve recorrido por las características de alguno de los regímenes que difieren del Régimen General de la Seguridad Social.

Ya hemos comentado a lo largo de la unidad que bajo el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos se agrupan las personas que trabajan por cuenta propia. Vamos a concretar un poco más esta definición:

La obligación de cotizar en este régimen recae única y exclusivamente en el traba-jador, el cual deberá solicitar la afiliación y el alta inicial a la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social, en un plazo de 30 días naturales siguientes al inicio de la actividad.

Una peculiaridad importante de este régimen es que si algún familiar de una persona que desarrolla su actividad profesional por cuenta propia colabora con esa persona, no podrá considerársele como trabajador por cuenta ajena sino que deberá darse de alta también en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos. Se consideran fami-liares, a estos efectos, el cónyuge, descendientes, ascendientes y parientes por consa-guinidad hasta segundo grado, cuando convivan con el trabajador/a autónomo.

En cuanto a la afiliación en el Régimen Especial de Empleados del Hogar el/la em-pleador/a está obligado/a a solicitarla si el empleado/a presta únicamente sus servi-cios en su casa y durante un tiempo igual o superior a 80 horas de trabajo efectivo al mes, mientras que si el/la empleado/a del hogar presta sus servicios con carácter parcial o discontinuo a uno o varios cabeza de familia será él/ella quien deba soli-citar su afiliación al Régimen Especial de Empleados del Hogar. En el primer caso deberá comunicar su situación de alta antes de iniciar su actividad y al cesar la misma tendrá un plazo de seis días naturales para comunicar su baja.

Con respecto al Régimen Especial Agrario la afiliación y alta de los trabajadores/as tiene lugar con la inscripción de éstos/as en el Censo Agrario, como trabajador por cuenta propia o ajena, antes de iniciar cualquier actividad. La baja de este Censo, ocurrirá cuando el/la trabajador/a dedique tres meses consecutivos a la realización de otras actividades no agrarias.

Trabajador autónomo es aquél que realiza de forma habitual, personal y directa sus actividades profesionales persiguiendo con ello una ganancia económica, sin sujeción a contratos de trabajo.

Page 35: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

35

Además de las prestaciones más significativas que has estudiado en el capí-tulo anterior, el sistema de la Seguridad Social tiene en cuenta también es-peciales situaciones de necesidad en las que se pueden encontrar determi-nadas personas cuando, por ejemplo, el cónyuge fallece, emigran a otro país o padecen una minusvalía.

Este capítulo recoge, de forma breve, dichas prestaciones; si quisieses abordar de una manera más detallada estas prestaciones te volvemos a remitir a la página web de la Se-guridad Social www.seg-soc.es.

Muerte y Supervivencia

Las prestaciones por muerte y supervivencia están destinadas a compensar la situación de necesidad económica que pro-duce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras.

Están incluidas dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales que integran el Siste-ma de la Seguridad Social, con las particularidades que, en cada caso, se indican en el respectivo Régimen Especial.

Podemos distinguir entre varias modalidades en función del beneficiario:

o Viudedad

Consiste en una pensión de carácter vitalicio de la que pueden beneficiarse los/las cón-yuges del fallecido, equivale al 52% de la base reguladora.

El derecho se pierde al contraer de nuevo matrimonio exceptuando casos de personas mayores o incapacitadas con un menor nivel de rentas.

Otras prestaciones de la Seguridad Social

Fig. 4: La Seguridad Social protege a los familiares del fallecido/a.

Page 36: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

36

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

o Orfandad

En este caso, las personas beneficiarias son:

Los hijos del fallecido, cualquiera que sea la naturaleza legal de su afiliación.

Los hijos del cónyuge sobreviviente aportados al matrimonio, siempre que éste se hubiera celebrado dos años antes del fallecimiento del causante, hubieran convivi-do a sus expensas y además no tengan derecho a otra pensión de la Seguridad So-cial, ni queden familiares con obligación y posibilidad de prestarles alimentos, se-gún la legislación civil.

En la fecha del fallecimiento del causante, los hijos indicados en los dos párrafos anterio-res deben ser menores de 18 años o mayores que tengan reducida su capacidad de traba-jo en un porcentaje valorado en grado de incapacidad permanente absoluta o gran inva-lidez. Esta edad se amplía hasta los 24 años si no realizan actividad remunerada ni por cuenta propia ni ajena y no sobreviviera ninguno de los padres .

La cuantía de la pensión se calcula aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondien-te, en este caso el 20%, si fuese orfandad absoluta, es decir, si no queda cónyuge sobreviviente o éste fallece disfrutando la pensión de viudedad o abandonó el domicilio, la pensión de or-fandad se incrementa con el porcentaje del 52%, de la viudedad. Si existen varios huérfanos con derecho a pensión, el incremento se distribuirá entre todos ellos a partes iguales.

Si el fallecimiento ha sido debido a accidente de trabajo o a enfermedad profesional, se concede, además, a cada huérfano una indemnización a tanto alzado equivalente a una mensualidad de la base reguladora. En caso de no existir cónyuge con derecho a indem-nización, las seis mensualidades, que le corresponderían a éste como indemnización, se distribuirán entre los huérfanos.

o Auxilio por defunción

Esta prestación se concede a aquellas personas que hayan soportado los gastos del sepe-lio de un familiar. Salvo prueba en contrario, se presume que dichos gastos los ha sopor-tado, por este orden:

El cónyuge sobreviviente

Los hijos

Los parientes del fallecido que conviviesen habitualmente con él.

En el año 2006 la cuantía de este auxilio por defunción es de 30,05 euros.

Page 37: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

37

Protección a la familia

Las prestaciones familiares están destinadas a cubrir la situación de necesidad eco-nómica o de exceso de gastos que produce, para determinadas personas, la existencia de responsabilidades familiares y el nacimiento o adopción de hijos en determinados casos.

En esta categoría se encuentran recogidas las siguientes prestaciones:

Prestación económica por hijo o menor acogido a cargo.

Prestación económica por nacimiento o adopción de tercer o sucesivos hijos.

Prestación económica por parto o adopción múltiples.

Prestación no económica por cuidado de hijo, de menor acogido o de otros fa-miliares.

Asistencia social

La Seguridad Social otorga especial atención a colectivos desfavorecidos, como es el caso de las personas emigrantes y/o minusválidas.

o Emigrantes

Los distintos enfoques que se le atribuyen a la Seguridad Social hace que cada país implante su sistema de seguridad social de forma acorde a uno u otro enfoque. ¿Qué ocurre con las personas emigrantes?¿Bajo qué sistema de Seguridad Social están pro-tegidos?

Entre los países de la Unión Europea existen acuerdos por los cuales éstos se reconocen efectos recíprocos en materia de Seguridad Social. De este modo, un trabajador español que trabaje en un país miembro, tendría, al menos reconocidos los derechos que le co-rresponden según la normativa española.

Cuando se trate de países que no pertenezcan a la Unión Europea, dependerá de si Espa-ña ha suscrito con los mismos algún acuerdo al respecto.

Page 38: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

38

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

o Trabajadores/as minusválidos

Ley 13/82 de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) reconoce a las personas minusválidas las siguientes prestaciones:

Asistencia sanitaria y farmacéutica.

Rehabilitación médico funcional.

Subsidio de garantía de ingresos mínimos.

Para acceder a estas prestaciones, el trabajador que quisiera beneficiarse de ellas deberá cumplir con los siguientes requisitos:

No estar en el campo de aplicación de la Seguridad Social.

No ser beneficiario de otra pensión por parte de algún organismo público.

No superar un nivel de recursos económicos del 70 del salario mínimo interprofe-sional.

En la página web ww.seg-soc.es podrás encontrar información acerca de los distintos regímenes especiales de la Seguridad Social así como de estas otras prestaciones.

Page 39: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

39

Resumen

El Sistema de la Seguridad Social

El sistema español de la Seguridad Social constituye unsistema público cuya finalidad consiste en garantizar alas personas la protección adecuada, mediante determi-nadas prestaciones, en situaciones de necesidad, o con-tingencias, como pueden ser la enfermedad, desempleo,accidente, etc.

El campo de aplicación de la Seguridad Social se ex-tiende a la totalidad de ciudadanos/as españoles/as,cualquiera de las modalidades establecidas:

Modalidad contributiva: trabajadores por cuentaajena, por cuenta propia o autónomos, socios tra-bajadores de cooperativas de trabajo asociado, es-tudiantes, funcionarios públicos, civiles y militares.

Modalidad no contributiva: aquellas personas queno estén en la modalidad contributiva, así comopersonas extranjeras residentes en nuestro país.

El sistema de la Seguridad Social se compone de dosregímenes:

Régimen General de la Seguridad Social: Pertene-cen a este régimen los/las trabajadores/as porcuenta ajena además de otros profesionales comorepresentantes de comercio, artistas, toreros, juga-dores de fútbol y baloncesto así como ciclistasprofesionales.

Regímenes Especiales: Estos regímenes agrupan apersonas que realizan su actividad profesional encondiciones especiales de trabajo. Se incluyen ba-jo estas características: trabajadores autónomos,empleados del hogar, trabajadores del mar, de laminería del carbón, del régimen agrario y, por úl-timo, estudiantes.

Page 40: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

40

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Funcionamiento del Régimen de la Seguridad Social

Régimen de prestaciones de la Seguridad Social

Aspectos generales sobre los Regímenes Especiales

Otras prestaciones de la Seguridad Social

Toda empresa por cuya cuenta trabajen personas incluidas enel campo de aplicación de la Seguridad Social tienen la obli-gación de inscribirse en la Dirección Provincial de la Tesore-ría General de la Seguridad Social que le corresponda.

La incorporación de una persona al sistema de la Segu-ridad Social debe realizarse la primera vez que ésta ac-cede al mercado laboral. Dicha incorporación se deno-mina afiliación, se realiza una única vez y correspondeal empresario ejecutarla.

Una vez afiliada, la persona estará en situación de altacuando trabaje y realice su aportación a la SeguridadSocial y en situación de baja cuando no esté contrataday por tanto, no contribuya a la Seguridad Social.

La financiación de la Seguridad Social procede de lospresupuestos generales del Estado y las cuotas que apor-tan empresarios/as y trabajadores/as. Esta aportación sedenomina cotización y se inicia con el comienzo de larelación laboral y se extingue con la baja del trabajador.

Las prestaciones que ofrece la Seguridad Social están en fun-ción de la contingencia concreta que las provoca, las mássignificativas son: asistencia sanitaria, por incapacidad para eltrabajo, por maternidad, por jubilación y por desempleo.

Los plazos para comunicar las altas y bajas de los traba-jadores, así como los requisitos para acceder a las pres-taciones de la Seguridad Social difieren en función delrégimen especial al que pertenezcan.

El sistema español de la seguridad social tiene en cuentasituaciones especiales de necesidad y ofrece prestacio-nes por muerte o supervivencia, por hijo a cargo y/oasistencia social.

Page 41: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

41

Autoevaluación

1. ¿Cuáles son los regímenes que integran la Seguridad Social?

a. Contributivo y no contributivo.

b. Régimen General y Régimen Especial de Trabajo Autónomo.

c. Régimen General y Regímenes Especiales (trabajadores autónomos, emplea-dos/as del hogar, trabajadores del mar, trabajadores de la minería del carbón, trabajadores del régimen agrario, toreros y estudiantes).

d. Régimen General y Regímenes Especiales (trabajadores autónomos, emplea-dos/as del hogar, trabajadores del mar, trabajadores de la minería del carbón, trabajadores del régimen agrario, funcionarios públicos, civiles y militares y es-tudiantes).

2. Indica si son verdaderas o falsas las siguients afirmaciones:

V F

a. La acción protectora de la Seguridad Social comprende presta-ciones de tipo sanitario, farmacéutico, recuperador y económico.

b. El sistema español de la Seguridad Social se financia exclusi-vamente mediante las aportaciones que hacen los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores autónomos.

c. Las contingencias son la respuesta del sistema ante determina-das circunstancias que sitúan a las personas en estados de ne-cesidad.

d. La gestión y administración de la Seguridad Social corresponde al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

e. Los trabajadores autónomos deben inscribirse en el Régimen General de la Seguridad Social.

f. El tipo de cotización es un porcentaje que establece anualmen-te el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

g. El disfrute del descanso por maternidad a que tiene derecho el trabajador es usualmente de 15 semanas.

Page 42: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

42

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

3. Señala cuál de los siguientes conceptos cotizables por empresario y trabajador no es correcto:

a. Contingencias comunes.

b. Matrimonio.

c. Horas extraordinarias.

d. Formación Profesional. 4. Indica cuál es la diferencia entre afiliación y alta de un/a trabajador/a. 5. Relaciona las siguientes descripciones con sus correspondientes grados de incapa-

cidad permanente:

INCAPACIDAD PERMANTE Características Grados de incapacidad

1. El trabajador queda inhabilitado para su profesión habitual.

a. Incapacidad Permante Absoluta.

2. El trabajador no sólo se encuentra in-capacitado para realizar cualquier profesión u oficio, sino que además necesita de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida.

b. Incapacidad Permanente Parcial.

3. El trabajador presenta una disminu-ción no inferior al 33% del rendi-miento en su profesión, sin que ello le impida realizar las tareas funda-mentales de la misma.

c. Incapacidad Permante Total.

4. El trabajador queda inhabilitado para el ejercicio de cualquier profesión.

d. Gran invalidez.

Page 43: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

43

6. Si es la primera vez que un/a trabajador/a inicia una actividad laboral ¿a quién corresponde efectuar su afiliación a la Seguridad Social?

a. El empresario/a.

b. El trabajador/a.

c. El empresario/a y trabajador/a de forma conjunta.

d. Al empresario, pero si éste no lo hiciese podría efectuar dicha afiliación el/lapropio/a trabajador/a.

7. ¿Cuál de los siguientes requisitos para tener derecho de percibir la prestación por

desempleo no es correcto?:

a. Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social.

b. Estar en situación legal de desempleo.

c. Haber cotizado a la Seguridad Social un período mínimo de 15 meses dentro delos seis años anteriores a la situación legal de desempleo.

d. No haber cumplido la edad exigida para tener derecho a la pensión de jubilación. 8. ¿Cuál será la duración de la prestación por desempleo de una persona que ha coti-

zado en los últimos años un total de 1.755 días? 9. Señala al menos dos de los requisitos que deben reunir aquellas personas que soli-

citen la prestación por jubilación. 10. ¿Cuál es la cuantía que percibirá una persona que sea beneficiaria del subsidio de

desempleo?

Page 44: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

44

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Respuestas Actividades

1. El régimen al que pertenecen las siguientes personas trabajadoras son:

a. Régimen general.

b. Régimen general.

c. Régimen Especial de trabajadores autónomos.

d. Régimen Especial de funcionarios públicos, civiles y militares.

e. Régimen Especial de estudiantes.

f. Régimen Especial de trabajadores agrarios.

g. Régimen General. 2. El organigrama del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales es el siguiente:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Secretaría de Estado de la Seguridad SocialGabinete de laSecretaría de Estado

Dirección Generalde la Seguridad Social

Tesorería Generalde la Seguridad Social

Instituto Nacionalde la Seguridad Social

a

Instituto Socialde la Marina

Intervención Generalde la Seguridad Social

Servicio jurídicode la Administraciónde la Seguridad Social

Gerencia de Informática

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Secretaría de Estado de la Seguridad SocialGabinete de laSecretaría de Estado

Dirección Generalde la Seguridad Social

Tesorería Generalde la Seguridad Social

Instituto Nacionalde la Seguridad Social

a

Instituto Socialde la Marina

Intervención Generalde la Seguridad Social

Servicio jurídicode la Administraciónde la Seguridad Social

Gerencia de Informática

Page 45: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

45

3. La tabla podría completarse de la siguiente forma:

TIPOS DE COTIZACIÓN

Conceptos % Empresa % Trabajador/a

Contingencias comunes 23.60 4,70

Accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales

Tarifa R.D 2930/79

reducida en un 10 % No cotiza

Horas extraordinarias 12,00 2,00

Resto de horas 23.60 4,70

Desempleo

a. Tipo general: 5,75

b. Contrato de duración determinada:

Tiempo completo: 6,70

Tiempo parcial: 7,70

Empresas de trabajo temporal: 7,70

1,55

1,60

Fondo de Garantía Social 0,20 No cotiza

Formación Profesional 0,60 0,10

4. El porcentaje que se aplicaría a una persona que se jubilase con 15 años cotizados

sería del 50%, mientras que serían necesarios 35 años cotizados para que a esa persona se le aplicase el 100%.

Page 46: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

46

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

5. La escala completa de la duración de la prestación por desempleo es la siguiente:

DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Períodos de cotización Períodos de prestación

Desde 360 hasta 539 días 120 días

Desde 540 hasta 719 días 180 días

Desde 720 hasta 899 días 240 días

Desde 900 hasta 1.079 días 300 días

Desde 1.080 hasta 1.259 días 360 días

Desde 1.260 hasta 1.439 días 420 días

Desde 1.440 hasta 1.619 días 480 días

Desde 1.620 hasta 1.799 días 540 días

Desde 1.800 hasta 1.979 días 600 días

Desde 1.980 hasta 2.159 días 660 días

Desde 2.160 días 720 días

6. Las prestaciones y requisitos para acceder a las mismas en los casos propuestos

son:

a. Prestación por Incapacidad Permanente Total. Dato que la incapacidad es re-sultado de un accidente de trabajo, para solicitar dicha prestación no se tiene en cuenta el periodo de cotización, que al ser mayor de 26 años habría tenido que resultar como mínimo una cuarta parte del tiempo que media entre la fecha en que cumplió 20 años y la fecha en que se produjo dicho hecho.

b. Prestación por Desempleo. Al haber cotizado 1.900 días la duración de la pres-tación por desempleo será de 600 días. Además deberá estar inscrita como de-mandante de empleo, no tener edad para solicitar prestación contributiva por jubilación y no haber trabajado por cuenta propia.

Page 47: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

47

Respuestas Autoevaluación

1. La respuesta correcta es la d. Los regímenes que integran la Seguridad Social son: elRégimen General y Regímenes Especiales (trabajadores, autónomos, empleados/asdel hogar, trabajadores del mar, trabajadores de la minería del carbón, trabajadoresdel régimen agrario, funcionarios públicos, civiles y militares y estudiantes).

2. La respuestas correctas serían:

a. Verdadera.

b. Falsa: además de las aportaciones de trabajadores/as y empresarios/as, la Seguri-dad Social es financiada por una parte de los presupuestos generales del Estado.

c. Falsa: las circunstancias que sitúan a la persona en un estado de necesidad sondenominadas contingencias, mientras que el modo en que la Seguridad Socialtrata de dar respuesta para paliar dicho estado se conoce como prestación.

d. Verdadera.

e. Falsa: un/a trabajador/a autónomo/a debe inscribirse en el Régimen Especial delos Trabajadores Autónomos.

f. Verdadera.

g. Falsa: el periodo de descanso permitido por maternidad es de 16 semanas. 3. La respuesta correcta es la b. El concepto cotizable por parte del empresario y el

trabajador que no es correcto es el matrimonio. 4. La afiliación de un/a trabajador/a en la Seguridad Social consiste en su inscripción en

el sistema mientras que el alta de un/a trabajador/a en la Seguridad Social se refiere alestado en el que éste/a se encuentra si está trabajando y cotizando a la Seguridad So-cial. El primer término se realiza una única vez en la vida, mientras que el segundo serealizará tantas veces como el/la trabajador/a inicie su actividad laboral.

Page 48: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

48

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

5. La relación correcta es la siguiente:

1. – c.

2. – d.

3. – b.

4. – a.

6. La respuesta correcta es la d: la primera vez que un/a trabajador/a inicia su actividadlaboral corresponde efectuar su afiliación a la Seguridad Social al empresario, pero siéste no lo hiciese podría efectuar dicha afiliación el/la propio/a trabajador/a.

7. La respuesta incorrecta es la c: el periodo mínimo de cotización para solicitar laprestación de desempleo es de 12 meses.

8. La prestación por desempleo de un periodo comprendido entre 1.620 y 1.799 díascotizados tendrá una duración de 540 días.

9. Los requisitos para acceder a la prestación por jubilación son los siguientes:

a. Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 15 años, de los cuales dosdeben estar comprendidos en los 8 años anteriores a la fecha de jubilación.

b. Cesar en toda actividad laboral.

c. Tener cumplidos 65 años.

10. La cuantía que perciben las personas beneficiarias del subsidio de desempleo co-rresponde al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Page 49: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

49

Notas

Page 50: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

50

Módulo: Formación y Orientación Laboral Té

cnic

o en

Cui

dado

s Au

xilia

res

de E

nfer

mer

ía

Notas

Page 51: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Unid

ad

Seguridad Social y otras Prestaciones 6

51

Notas

Page 52: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermeríablog.educastur.es/folaboral/files/2009/03/seguridad-social.pdf · y prestaciones sociales para todos los/las ciudadanos/as. Podemos concluir

Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería