tdr residencia uniuversitaria pampas para imprimir (1) (1)

Upload: raul-moises

Post on 07-Jan-2016

239 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

TERMINOS DE REFERENCIA

TRANSCRIPT

Santiago de Surco,

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Per

Ao de la Integracin Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad

REQUERIMIENTO TECNICO MINIMOS PARA LA CONTRATACIN DEL CONCURSO OFERTA PARA CONSULTORIA PARA ELABORACIN DE EXPEDIENTE TCNICO Y EJECUCION DE OBRA DEL PIP: INSTALACION Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH

I. GENERALIDADES

1. Objeto de la Convocatoria

La Universidad Nacional de Huancavelica, ha considerado dentro de su Programa de Inversiones del 2015 la Elaboracin del Expediente Tcnico y Ejecucin de la Obra del P.I.P. INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, declarado viable con la ficha de registro con cdigo SNIP 284951.2. UBICACIN DEL PROYECTO:

La ubicacin del proyecto donde se efectuar el Proyecto INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, se encuentra en:

Ubicacin:Ciudad Universitaria de Paturpampa Sede Central UNH.

Localidad: Paturpampa.

Distrito

: Huancavelica.

Provincia:Huancavelica.

Regin

: Huancavelica.

3. Dependencia, Unidad Orgnica y/o rea solicitante

DIRECCION UNIVERSITARIA DE INFRAESTRUCTURA.4. Componentes del PIP (Fuente FORMATO SNIP-03: BANCO DE PROYECTOS)COMPONENTESTotal por componente

EXPEDIENTE TECNICO

OBRAS CIVILES

EQUIPAMIENTO

GESTION ADMINISTRATIVA

CAPACITACIONES

SUPERVISION

MITIGACIN AMBIENTAL

Total por periodo

5. Datos de LicitacinP.I.P.TOTAL POR PERIODOELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICOEJECUCION DEL PIP

INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH,

6. GENERALIDADES DE LA ADJUDICACIN DEL SERVICIO:

6.1 Entidad Contratante:

La Universidad Nacional de Huancavelica, a la que se le denominar, para efectos de los presentes Trminos de Referencia, como La entidad.

La Universidad Nacional de Huancavelica, tiene como domicilio Legal la Sede Central en el Jirn Victoria Garma N 275, y Jr. Hiplito Unnue No 280 Huancavelica Cercado Telfono 451551 y anexos.

6.2 Plazo de Ejecucin del PIP

El Proyecto consiste en dos etapas de acuerdo al cuadro adjunto. La primera etapa es de la elaboracin del expediente tcnico y la segunda de la Ejecucin y Liquidacin de la obra, la cual estar a cargo del postor favorecido con la Buena Pro, que se ejecutar segn el Expediente Tcnico aprobado por la Universidad Nacional de Huancavelica.

COMPONENTESPLAZO EN DAS

EXPEDIENTE TECNICO60

EJECUCION DE OBRA210

PLAZO TOTAL270

6.3 Sistema de Contratacin:

La modalidad de contratacin est relacionado con la ejecucin de la obra, concurso oferta, siendo el sistema de a Llave en mano.

6.4 Modalidad de Ejecucin Contractual:

Con Financiamiento de la Universidad Nacional de Huancavelica; Canon y sobre canon, regalas, renta de aduanas y participaciones.

6.5 Caracterstica de la convocatoria:

Consultora y ejecucin de obra por terceros.

6.6 Marco Legal, Reglamentario y Normativo de la Consultora:

a. Ley de Contrataciones del Estado Modificada por Ley N29873, Ley que Modifica el Decreto Legislativo N1017.

b. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado modificado por D.S. N138-2012-EF, Modificacin del Decreto Supremo N184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de Contrataciones del Estado.

c. Resolucin de Contralora General N 123-2000-CG, Modifica diversas Normas Tcnicas de Control Interno para el Sector Pblico.

d. Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

e. Ley N 26572 Ley General de Arbitraje.

f. Ley N 27785 Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica.

g. Cdigo Civil, en forma Supletoria.

h. Ley N 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el 2013.

i. CAS D.L. N 1057, que Regula el Rgimen Especial de Contratacin Administrativa de Servicios.

j. D.S. 0075 2008-PCM Reglamento del D.L. N 1057.

k. Directiva General del SNIP, Aprobada con Resolucin Directoral N003-2011-EF/68.01; Directiva N001-2011-EF/68.01.

Estas leyes contemplan cada una de sus ampliatorias, modificatorias y complementarias.

6.7 Citas y Referencias:

a. Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, sin especificarla, se entender que se est haciendo referencia directa al Texto nico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Ley N29873, Ley que modifica el Decreto Legislativo N1017.

b. Bajo el mismo concepto, la mencin al trmino Reglamento se entender como referida al Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante por D.S. N138-2012-EF, incluidas sus ampliatorias y modificatorias.

c. El trmino El Postor, hace referencia a la persona, natural o jurdica, que, legalmente capacitada, participa en el proceso selectivo para la contratacin del servicio de consultora que se regir a travs de los presentes Trminos de Referencia

d. La mencin a los trminos El Consultor o El Contratista, harn referencia directa a la persona, natural o jurdica, o al Consorcio, que de veces jefe de proyecto, coordinador del equipo tcnico; que haya suscrito el contrato de consultora que se regir a travs de los presentes Trminos de Referencia.

e. La expresin Trminos de Referencia; hace referencia directa al presente documento.

f. La expresin al trmino La Entidad, hace referencia directa a la Universidad Nacional de Huancavelica.

7. REQUISITOS MINIMOS DEL POSTOR, PROFESIONALES Y EQUIPO TCNICO QUE INTERVENDRAN EN LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO7.1 Del postor.

a. Sera Persona Natural o Jurdica con inscripcin vigente en el RNP, captulo Consultor de Obras, lo mismo regir en caso la participacin sea en Consorcio.

b. El Postor no deber mantener sancin vigente aplicada por el OSCE, ni estar impedido, temporal o permanentemente, para contratar con el Estado Peruano. Por Consiguiente, El Postor no deber encontrarse incluido en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.

c. Consultoras en obras en General. Los postores debern acreditar haber elaborado como mnimo Expedientes Tcnicos hasta un monto equivalente a dos (3) veces del valor referencial del monto del expediente tcnico de obra (S/. 37,327.00), durante los ltimos 05 aos. La acreditacin, ser con la presentacin del contrato y conformidad del servicio, copias de comprobantes de pago por el ntegro del monto contratado, liquidacin del servicio de consultora o resolucin de aprobacin del expediente tcnico.d. Consultora en Obras Similares. Haber elaborado Expedientes Tcnicos de Obras similares por un monto equivalente del 2 veces del valor referencial de la elaboracin del expediente tcnico de obra (S/. 37,327.00), durante los ltimos 05 aos. La acreditacin de la experiencia de elaboracin de expedientes tcnicos de obras similares, ser con la presentacin del contrato y conformidad del servicio, copias de comprobantes de pago por el ntegro del monto contratado, liquidacin del servicio de consultora o resolucin de aprobacin del expediente tcnico.

e. Equipo mnimo. Para la elaboracin del Expediente Tcnico de Obra, el Postor deber contar con la siguiente relacin de equipo mnimo:

CANTIDAD DESCRIPCION

Computadoras porttiles

Plotter de formato contino.

Impresora laser formato A3.

Impresora multifuncional lser formato A4.

Estacin Total (equipo completo)

1Nivel de precisin

NOTA: Los equipos deben tener una antigedad no mayor a tres aos, y podrn acreditarse con la presentacin de documentos que sustenten la propiedad, la posesin, el compromiso de compra venta o alquiler, o declaraciones juradas, sin perjuicio que se verifique, antes de la suscripcin del contrato, dicha disponibilidad, solicitando la documentacin pertinente o verificando directamente tal situacin en coordinacin con el ganador de la buena pro.7.2 DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA ELABORACIN DEL EXPEDIENTE TCNICO DE OBRA.

a. Todo el equipo profesional que labore en la Consultora deber ser colegiado, encontrndose hbil para el ejercicio profesional, segn Ley N28858 Ley que complementa a la Ley N.16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos y de Ingenieros.

b. El personal profesional requerido para la prestacin del Servicio; debe considerarse en funcin al tipo de proyecto a elaborar, as como los requisitos mnimos que deben cumplir cada uno de ellos, es el siguiente:

01 COORDINADOR DE PROYECTO.- Ingeniero Civil o Arquitecto, Titulado y Colegiado, Con experiencia en elaboracin de expedientes tcnicos como mnimo de 02 aos en obras generales. As mismo debe contar con estudios de maestra en Ingeniera Civil, y por lo menos contar con 01 capacitacin en Gerencia o coordinador de proyectos. 01 INGENIERO ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS.- Ingeniero Civil experto en estudios de ingeniera: en Estructuras Antissmicas. Con experiencia en elaboracin de expedientes tcnicos como mnimo 02 aos en obras similares. As mismo debe contar con estudios de especializacin en clculo y diseo estructural y por lo menos contar con 02 capacitaciones en materia de anlisis de estructuras. 01 INGENIERO ESPECIALISTA EN SUELOS.- Ingeniero Civil experto en ensayo de Materiales. Con experiencia en elaboracin de expedientes tcnicos como mnimo 02 estudios de obras similares. As mismo debe contar como mnimo con 01 experiencia en Implementacin de laboratorio de Ensayo de Materiales. 01 ARQUITECTO.- Profesional en Arquitectura Titulado y Colegiado, que obligatoriamente deber acreditar una experiencia mnimo de tres (03) aos de tiempo acumulado. As mismo debe contar con capacitaciones en diseo o construccin y normatividad. 01 INGENIERO ESPECIALISTA EN INSTALACIONES ELECTRICAS.- Ingeniero Electricista, que obligatoriamente deber acreditar una experiencia mnimo de dos (02) aos de tiempo acumulado como especialista en Instalaciones Elctricas de obras iguales y/o similares. As mismo debe contar mnimo con 01 capacitacin en edificaciones. 01 INGENIERO ESPECIALISTA EN REDES DATOS.- Ingeniero de Sistemas o informtico Experto en Telecomunicaciones y Transmisin de Datos. Con experiencia en elaboracin de expedientes tcnicos como mnimo 02 estudios de obras similares. As mismo debe contar como mnimo 2 capacitaciones en trasferencia de datos. 01 INGENIERO SANITARIO.- Con experiencia en elaboracin de expedientes tcnicos como mnimo de 02 aos en estudios de obras similares. As mismo debe contar mnimo con 01 capacitacin en instalaciones sanitarias. 01 ESPECIALISTA EN COSTOS Y PRESUPUESTO.- Ingeniero Civil. Con experiencia en Metrados, Costos, Presupuesto y Programacin de Obras, con 02 aos en estudio similares. 01 TOPOGRAFO.- Tcnico en Construccin Civil y/o Topgrafo, Titulado, acreditar una experiencia efectiva mnima de tres (03) aos de tiempo acumulado como especialista en levantamientos topogrficos, nivelacin, topogrfica manejo de software de topografa, manejo de AUTOCAD.La experiencia de los profesionales propuestos para la elaboracin del expediente tcnico, se podr acreditar mediante cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentacin que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

(*) Tenerse presente que la experiencia efectiva ser pasible de acreditacin en el presente proceso siempre y cuando el profesional la obtuvo contando con las condiciones legales para el ejercicio de su profesin.

(**) Considerarse que, la Entidad, en el ejercicio de su funcin fiscalizadora y antes de suscribir el contrato, tiene a salvo la potestad de verificar que la experiencia efectiva que se acredit en la presentacin de propuestas la obtuvo el profesional contando con las condiciones legales para el ejercicio de su profesin, segn el ordenamiento peruano o extranjero, segn corresponda.

8. DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA EJECUCION DE OBRA.8.1 Personal Profesional

GERENTE DE OBRA.- Ser Ingeniero Civil o Arquitecto, acreditar una experiencia efectiva mnima acumulada de cuatro (04) aos en Gerencia de Obras y/o monitor de obras en obras generales. La experiencia profesional propuesto se podr acreditar mediante cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentacin que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. Deber Contar con cursos de actualizacin profesional en Control y Supervisin de Obras con una antigedad mxima de tres aos. RESIDENTE DE OBRA.- Ser Ingeniero Civil o Arquitecto, con experiencia mnima de cuatro (04) aos como residente y/o supervisor y/o inspector en obras similares. La experiencia profesional propuesto se podr acreditar mediante cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentacin que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. ASISTENTE DE OBRA.- Ser Ingeniero Civil o Arquitecto, acreditar una experiencia efectiva mnima acumulada de tres (03) aos como residente, supervisor, inspector y/o asistente de residente y/o asistente de supervisor y/o asistente de inspector en obras iguales y/o similares. La experiencia profesional propuesto se podr acreditar mediante cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentacin que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. 01 TOPOGRAFO.- Tcnico en Construccin Civil y/o Topgrafo, Titulado, acreditar una experiencia efectiva mnima de tres (03) aos de tiempo acumulado como especialista en levantamientos topogrficos, nivelacin, topogrfica manejo de software de topografa, manejo de AUTOCAD.(*) Tenerse presente que la experiencia efectiva ser pasible de acreditacin en el presente proceso siempre y cuando el profesional la obtuvo contando con las condiciones legales para el ejercicio de su profesin.

(**) Considerarse que, la Entidad, en el ejercicio de su funcin fiscalizadora y antes de suscribir el contrato, tiene a salvo la potestad de verificar que la experiencia efectiva que se acredit en la presentacin de propuestas la obtuvo el profesional contando con las condiciones legales para el ejercicio de su profesin, segn el ordenamiento peruano o extranjero, segn corresponda.

RELACION DE EQUIPO MINIMO. (PARA EL EJECUTOR DE OBRA)

Los equipos requeridos para la ejecucin de la obra podrn acreditarse con la presentacin de documentos que sustenten la propiedad, la posesin, el compromiso de compra venta o alquiler, o declaraciones juradas, sin perjuicio que se verifique, antes de la suscripcin del contrato, dicha disponibilidad, solicitando la documentacin pertinente o verificando directamente tal situacin en coordinacin con el ganador de la buena pro.

El postor dispondr de las maquinarias, equipos, herramientas e instrumentos para la Ejecucin la obra este se detalla a continuacin:

CANTIDADDESCRIPCION

DosCamiones volquete de 15 M3

UnaRetroexcavadora (cargador 0.75 m3) (prof. Excavacin 4360.00 mm)

UnMinicargador capacidad de carga 1000, 75 hp

DosMezcladoras de concreto tipo trompo de 8 HP 9 P3

DosPlanchas compactadora vibradora (de 700 a 800 kg)

UnEquipo de Topografa y Nivelacin (estacin total nivel de ingeniero precisin +- 0.8

DosApisonador (tipo canguro) impacto de 1340 kg

9. ALCANCES E IMPLICANCIAS DEL PROYECTO:

El objeto de la presente convocatoria incluye la aprobacin y conformidad de los estudios bsicos, proyectos definitivos, expedientes tcnicos y ejecucin de obra, de acuerdo a lo establecido en los Trminos de Referencia y el Perfil Aprobado para el desarrollo del proyecto.

a. El Expediente Tcnico que elaborar El Consultor, as como la ejecucin del Proyecto INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, que se derivar de ste, se constituyen en parte integrante de un Proyecto de Inversin Pblica (PIP), y como tal, estn regidos por la Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica, Ley N. 27293, y la Resolucin Directoral N 003-2011-EF/68-01.

b. En cumplimiento de lo prescrito por la citada Ley de Inversiones, la Universidad Nacional de Huancavelica, es la responsable de la Fase de Pre Inversin por haber formulado el Estudio de Pre Inversin (Perfil) correspondiente.

c. La elaboracin del Expediente Tcnico detallado debe ceirse a los parmetros bajo los cuales fue otorgada la declaracin de viabilidad y observar el cronograma de ejecucin del estudio de pre inversin con el que se declar la viabilidad, caso contrario sta deber ser modificado de acuerdo a los intereses de la Institucin.

d. En cualquier etapa en que se encontrase el Servicio, El rgano revisor en la instancia respectiva rechazar el Expediente Tcnico s ste no se ha desarrollado respetando los alcances establecidos en el Estudio de Pre inversin aprobado; reservndose el derecho de resolver el Contrato por incumplimiento de El Consultor (Inciso c del Artculo 40 de la Ley). En estricto cumplimiento de los alcances establecidos en el Estudio de Pre inversin, es de exclusiva responsabilidad de El Consultor.

e. Durante el desarrollo de cualquiera de las etapas previstas, El Consultor deber informar oportunamente a El rgano revisor en la instancia respectiva, sobre cualquier modificacin, incongruencia o factor que pueda generar la alteracin de los alcances establecidos en el estudio de pre inversin. La omisin de dicha comunicacin, constituye falta de El Consultor, quien asumir la absoluta responsabilidad por los hechos que se deriven de ello.

f. Las Generalidades que enmarcan el Estudio de Inversin son los siguientes:

1. Cdigo SNIP del PIP:

2. Nombre del PIP:

3. Ubicacin del PIP:

4. Unidad Formuladora:

5. Unidad Ejecutora:

6. Nivel del Estudio de Inversin:

7. Inversin segn meta:

8. Meta fsica

10. DETERMINACION DEL PROGRAMA FUNCIONAL.

a. La determinacin del programa funcional INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH,; del tipo de Intervencin deber establecerse con los requerimientos y la alternativa adoptada por el estudio de pre inversin.

b. Empresa que brinda el servicio de consultora se regir en el caso de INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, en estricto orden del programa funcional donde se describirn nmeros de espacios, ambientes por zonas y reas correspondientes; pudiendo ser modificado para el mejoramiento y desarrollo del proyecto. Contribuyendo al bienestar del usuario y calidad del proyecto. 11. META FSICA DE LA CONSULTORA:

a. La meta del Servicio de Consultora est referida, en trminos generales, a la obtencin de los estudios que sustenten y permitan la elaboracin de un Expediente Tcnico, destinado, Exclusivamente, a la ejecucin del Proyecto previsto INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH,.

b. Implica la elaboracin del Expediente Tcnico del Proyecto INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, y la obtencin del documento aprobatorio del Expediente Tcnico por parte de la Universidad Nacional de Huancavelica, va acto resolutivo.

12. SERVICIOS BSICOS QUE PRESTAR EL CONSULTOR:

Empresa que brinda el servicio de consultora prestar a la Universidad Nacional de Huancavelica los siguientes servicios, segn grandes rubros:

1. Recopilacin, evaluacin y aprovechamiento de informacin base: documentos, planos, mapas, normas, leyes, reglamentos, levantamientos, fotografa, etc.

2. Ejecucin y/o contratacin de los ensayos y pruebas requeridas y/o pruebas o estudios necesarios para la elaboracin del expediente tcnico.

3. Obtencin y financiamiento de permisos, certificaciones y factibilidades de servicios bsicos.

4. Elaboracin del Proyecto. Formulacin de conclusiones y recomendaciones.

5. Formulacin de costos y del presupuesto referencial de Ejecucin del Proyecto.

6. Elaboracin de frmulas polinmicas de reajuste de precios.

7. Determinacin de plazo de Ejecucin del Proyecto INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, y elaboracin de calendarios valorizados y cronogramas de avance del Proyecto PERT-CPM diagrama Gantt.

8. Memorias descriptivas y de clculo en las especialidades de Diseo y Arquitectura que requiera de acuerdo al tipo de proyecto.

9. Absolucin permanente de las consultas referidas a la documentacin tcnica que elabore o presente como parte del mismo.

13. INFORMACIN QUE BRINDARA EL ORGANO REVISOR EN LA INSTANCIA RESPECTIVA.

a. La Universidad Nacional de Huancavelica suministrar a El Consultor, una copia simple de los siguientes documentos:

1. Estudio de Pre inversin a Nivel de Perfil del Proyecto de Inversin Pblica materia de los presentes Trminos de Referencia.

2. Diseo de Membrete para Planos.

3. Diseo Oficial del Cartel de Proyecto INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, Ceido a la aprobada por la Universidad Nacional de Huancavelica.

b. Empresa que brinda el servicio de consultora evaluar toda la informacin que le facilite la Universidad Nacional de Huancavelica. Sin embargo, ser el nico responsable por la forma como aplique dicha informacin para la obtencin de las conclusiones y recomendaciones que efecte como resultado del Servicio.

c. La Universidad Nacional de Huancavelica proporcionara la informacin del tipo de ejecucin del proyecto a fin de calcular los costos de gastos generales.

d. Empresa que brinda el servicio de consultora evaluar toda la informacin que le facilite la Universidad Nacional de Huancavelica. Sin embargo, ser el nico responsable por la forma como aplique dicha informacin para la obtencin de las conclusiones y recomendaciones que efecte como resultado del Servicio.

14. RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR:

Sin exclusin de las obligaciones que correspondan a El Consultor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al Servicio Contratado, ste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente:

a. Informarse oportunamente sobre la normatividad tcnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la Consultora.

b. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Trminos de Referencia.

c. Visitar la localidad y el terreno que ser materia de aplicacin de la Consultora.

d. Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre inversin aprobada, efectuando oportunamente ante El rgano revisor en la instancia respectiva, las observaciones o consultas que correspondan.

e. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y caractersticas topogrficas, geogrficas, climticas y de servicios bsicos, anlisis de impacto ambiental, todos correspondientes a la localidad y al terreno sobre el que se ejecuta el proyecto.

f. El Consultor es responsable por presentar el Anteproyecto Diseo y Arquitectura del Proyecto INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, ante la Universidad Nacional de Huancavelica.

g. Garantizar la participacin del personal profesional mnimo que se exige en el presente documento, as como de los servicios, equipos y personal tcnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna ejecucin del Servicio.

h. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para los Servicios comprendidos en la Consultora.

i. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de los Servicios que preste, para lo cual mantendr coordinacin permanente con la Universidad Nacional de Huancavelica sobre los trabajos que ejecuten sus proyectistas.

j. El Consultor ser legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas del Proyecto INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, que recomiende ejecutar como producto de los estudios efectuados.

k. El Consultor est obligado a aplicar la reglamentacin, directivas, normas tcnicas y dems documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la Consultora, as como para sustentar adecuadamente la documentacin tcnica que formular para la Universidad Nacional de Huancavelica.l. De ser necesario, el Consultor brindar las mximas facilidades para el cumplimiento de sus funciones al Coordinador de la Consultora que designar el Universidad Nacional de Huancavelica, as como al Equipo Revisor que, eventualmente, tendr a su cargo la revisin de los documentos que vaya elaborando El Consultor.

m. El Contrato establecer las dems responsabilidades y obligaciones esenciales de El Consultor; las que se complementarn con los aqu listados.

n. El Consultor es responsable por la precisin de validar e instalacin, equipamiento e implementacin del Proyecto.

15. CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE CONSULTORA:15.1 Organizacin:

a. El Consultor deber presentar un programa de asignacin del personal profesional y tcnico que participar en el Servicio, incluyendo un organigrama donde se especifique las funciones y responsabilidades correspondientes de cada uno de ellos. Dicho programa se entregar dentro de los Cinco (05) das naturales posteriores a la Firma del Contrato.

b. Empresa que brinda el servicio de consultora deber garantizar la participacin de personal profesional, tcnico y auxiliar calificado y experimentado en labores similares a la que se contrata. El personal colegiado, deber demostrar encontrarse hbil para el ejercicio profesional en las especialidades de arquitectura, ingeniera, segn lo exige la Ley Nro. 16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos e Ingenieros. Tal condicin ser acreditada con la presentacin peridica de la Boleta, Certificado y/o Constancia que emitir el Colegio Profesional correspondiente (Original o copia legalizada).

c. Los bachilleres y tcnicos podrn integrar el equipo de El Consultor en calidad de asistentes. Sin embargo, no podrn asumir individualmente el desarrollo y la suscripcin de los documentos que se formulen. Dicha documentacin deber ser supervisada y avalada por un profesional competente y colegiado.

d. Empresa que brinda el servicio de consultora podr efectuar modificaciones y/o reemplazos entre su personal, por causa fortuita o fuerza mayor. No obstante, requerir de la aprobacin que le otorgar El rgano revisor en la instancia respectiva para formalizar dicho reemplazo. El incumplimiento de dicha obligacin constituye causal de resolucin contractual atribuible a Empresa que brinda el servicio de consultora, por incumplimiento.

15.2 Responsabilidades y Funciones del Equipo Profesional:

El personal profesional requerido para la prestacin del Servicio, as como los requisitos mnimos que deben cumplir cada uno de ellos, es el siguiente:

A. COORDINADOR DEL PROYECTO: INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH,

Responsabilidad y Funciones

Representar a Empresa que brinda el servicio de consultora en todos los asuntos tcnicos que competan al Servicio, no pudiendo sus decisiones en ese respecto, ser enervadas o desconocidas por Empresa que brinda el servicio de consultora.

Deber sellar y firmar todos los documentos que se generen del proyecto, siendo responsable del contenido tcnico.

B. INGENIERO CIVIL EXPERTO EN ESTRUCTURAS.

Responsabilidad y Funciones

Elaboracin del Proyecto Definitivo (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Clculo, Especificaciones Tcnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Anlisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Frmula Polinmica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos)

C. INGENIERO ESPECIALISTA EN SUELOSResponsabilidad y Funciones

Elaboracin del Proyecto Definitivo en Laboratorio de Ensayo de Materiales (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Clculo, Especificaciones Tcnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Anlisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Frmula Polinmica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos)

D. ARQUITECTO.

Responsabilidad y Funciones

Elaboracin del diseo arquitectnico, detalles arquitectnicos materiales y acabados (incluye Memoria Descriptiva, Especificaciones Tcnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Anlisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Frmula Polinmica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos)

E. INGENIERO ELECTRICISTA

Responsabilidad y Funciones

Elaboracin del Proyecto Definitivo de las instalaciones elctricas (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Clculo, clculo de iluminacin, Especificaciones Tcnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Anlisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Frmula Polinmica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos)

F. INGENIERO ESPECIALISTA EN REDES DATOS.Responsabilidad y Funciones

Elaboracin del Proyecto Definitivo en Telecomunicaciones, Transmisin de Datos (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Clculo, Especificaciones Tcnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Anlisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Frmula Polinmica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos).

G. INGENIERO SANITARIO.Responsabilidad y Funciones

Elaboracin del Proyecto Definitivo de las instalaciones sanitarias (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Clculo, Especificaciones Tcnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Anlisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Frmula Polinmica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos).

H. ESPECIALISTA EN COSTOS Y PRESUPUESTOResponsabilidad y Funciones

Elaboracin y consolidacin Presupuestos, Anlisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Frmula Polinmica, Desagregado de Gastos Generales,

I. TOPOGRAFO.Responsabilidad y Funciones

Realizar los levantamientos topogrficos, nivelacin, topogrfica manejo de software de topografa, manejo de AUTOCAD.16. ETAPAS DE LA CONSULTORA:

La prestacin del Servicio se efectuar en Tres (03) etapas de cumplimiento obligatorio, las que, en trminos generales, corresponden a:

16.1 PRIMERA ETAPA.- ESTUDIOS PRELIMINARES Y ANTEPROYECTO.

Este captulo tiene por finalidad hacer conocer al rgano revisor en la instancia respectiva del Proyecto, prevista en base a estudios preliminares; segn la concepcin asumida por El Consultor, hasta obtener la Conformidad de la Universidad Nacional de Huancavelica y la aprobacin del ORGANO REVISOR EN LA INSTANCIA RESPECTIVA.

Contenido y Desarrollo:

Esta Primera Etapa estar conformada por:

1. El Estudio Bsico: Diseo y Arquitectura segn los contenidos establecidos.

2. El Informe de Evaluacin de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Bsicos segn los contenidos establecidos.

3. Anteproyecto

a. El Anteproyecto deber ser ejecutado debidamente compatibilizado con la normatividad reglamentaria vigente en la zona y con los alcances de los estudios preliminares.

b. Con la finalidad de verificar que el proyecto est desarrollado en base a los parmetros bajo los cuales fue otorgada la declaracin de viabilidad, se deber presentar un Cuadro Comparativo de las Metas Fsicas y Financieras establecidas en el Estudio de Pre inversin con las Metas Fsicas y Financieras Propuestas en el Anteproyecto.

c. Las tareas y la elaboracin de la documentacin que se lista a continuacin, no son limitativas ni excluyentes. En tal sentido, El Consultor podr, sobre la base de su experiencia y responsabilidad profesional y contractual, recomendar la inclusin o desarrollo de algn trabajo o documento tcnico que permita mejorar, precisar o complementar el Servicio y el objeto del mismo. Sin embargo, no podr dejar de cumplir con lo siguiente:

d. Anteproyecto Comprende el planteamiento de la propuesta, al cual se adjuntar la Memoria Descriptiva que sustente y justifique la toma de partido asumida por El Consultor.

e. El Anteproyecto representar la alternativa ms conveniente desde el punto de vista organizativo, funcional, esttico, volumtrico, estructural, presupuestal, etc. En tal sentido, el Anteproyecto deber ser permanentemente puesto en consideracin de El rgano revisor en la instancia respectiva, a efectos de que se formulen las crticas tcnicas que el caso amerite.

f. El anteproyecto de ingeniera requerir el planteamiento de propuestas rutas, tramos, trazos previos ptimos para el desarrollo del proyecto, sin que perjudiquen propiedades de terceros u otros.

g. El Anteproyecto se plantear respetando en todo momento, los Parmetros Urbansticos y Edificatorios, Secciones de Va, Alineamiento definidos por las Municipalidades del lugar a proyectar.

h. El Anteproyecto contendr Memoria Descriptiva, Plano de Localizacin a escala 1/5,000, Plano de Ubicacin, a escala 1/500, Planos de Plantas a escala 1/50, Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mnimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales por zona de intervencin, Planos de Elevaciones, en proyectos de ingeniera, especificar una escala que permita visualizar de forma legible los detalles planteados en cada uno de los planos.

i. Se adjuntar la propuesta tcnica preliminar a nivel esquemtico, debidamente sustentado, de los probables Sistemas Diseo y Arquitecturaj. Conformidad por parte de la Universidad Nacional de Huancavelica y la aprobacin del ORGANO REVISOR EN LA INSTANCIA RESPECTIVA. Se debe presentar el documento de Conformidad del Anteproyecto (incluye presentacin de Memoria Descriptiva y planos del Anteproyecto. La presentacin de esta conformidad es de carcter obligatorio para continuar la 2da Etapa, caso contrario, se considerar incompleta la documentacin presentada.

4. Presentacin

a. El Consultor deber exponer el Anteproyecto ante el ORGANO REVISOR EN LA INSTANCIA RESPECTIVA. Dicha exposicin se efectuar a fin de recoger todas las observaciones del personal de El rgano revisor en la instancia respectiva e incorporar la subsanacin de stas en dicho Anteproyecto que servir de base para el desarrollo del Expediente Tcnico. La presentacin se podr realizar a partir del quinto da de la presentacin del primer informe y no podr exceder del dcimo da de dicha presentacin.

b. Para la aprobacin de esta Etapa es requisito indispensable la realizacin de esta presentacin del anteproyecto, de no presentarse el consultor a dicha exposicin no se podr dar por aprobada esta Etapa bajo responsabilidad del consultor y aplicacin de las penalidades calculadas de acuerdo a la frmula establecida en Artculo 165 del Reglamento por cada da de atraso.

16.2 SEGUNDA ETAPA.- ESTUDIOS DEFINITIVOS PLANOS PRELIMINARES.

Este captulo tiene por finalidad la presentacin del Estudio Definitivo del Proyecto y presentacin de los Planos Preliminares del Proyecto (en calidad de borrador).

Contenido y Desarrollo:

Esta Segunda Etapa estar conformada por:

a. El Estudio Bsico del proyecto:

b. Planos Preliminares del Proyecto Definitivo, debidamente sustentados mediante Memorias Descriptivas y Memorias de Clculo por cada Especialidad.

c. Presentacin del Cargo del documento de Entrega al Universidad Nacional de Huancavelica y la aprobacin por parte del ORGANO REVISOR EN LA INSTANCIA RESPECTIVA. Correspondiente a los Planos Preliminares del Proyecto Definitivo, Memorias Descriptivas y Memorias de Clculo por cada Especialidad. La presentacin de este documento de cargo de entrega es de carcter obligatorio, caso contrario, se considerar incompleta la documentacin presentada. La Conformidad Ser presentado indefectiblemente a la Entrega de la Tercera Etapa.

16.3 TERCERA ETAPA.- INFORME FINAL

Esta ltima Etapa tiene por finalidad la presentacin del Expediente Tcnico materia del contrato, el cual deber estar de acuerdo a los trminos de referencia, Etapa I y Etapa II aprobados, Proyectos Definitivos Aprobados por las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias del rea de intervencin segn corresponda, debindose integrar las correcciones a las observaciones que se hubieran realizado, todos estos documentos debern ser presentados sin enmendaduras, ni borrones, en calidad ptima de presentacin. Adems para esta etapa deber ya contar con la Conformidad del Universidad Nacional de Huancavelica y la aprobacin del ORGANO REVISOR EN LA INSTANCIA RESPECTIVA. Del Proyecto Definitivo y la Aprobacin de las empresas prestadoras de servicio, siendo obligacin del consultor obtener dicha conformidad y aprobacin correspondiente.

17. OPORTUNIDAD DE PRESENTACION, EVALUACION Y APROBACION DE CADA UNA DE LAS ETAPAS DE LA CONSULTORA:

Durante el proceso de formulacin del estudio, El Consultor efectuar Tres (03) entregas oficiales y obligatorias, que correspondern a cada una de las etapas que se definen en el Numeral 14 de los presentes Trminos de Referencia, y que corresponden a:

17.1 OPORTUNIDAD DE PRESENTACION:

a. Para cada una de las Etapas (Primera, Segunda y Tercera) del Servicio de Consultora, El Consultor Empresa que brinda el servicio de consultora presentar en calidad de borrador al rgano revisor en la instancia respectiva, la documentacin indicada en el numeral 14 de los presentes Trminos de Referencia, debidamente sellada y firmada por cada profesional responsable de su elaboracin, Jefe del Proyecto y el Representante Legal del Consultor. Los sellos deben ser legibles y contener el nmero de colegiatura correspondiente.

b. Dicha documentacin deber ser presentada adicionalmente en Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la informacin correspondiente a dicha etapa con los formatos y software requeridos en el anexo 04. Los CDs debern estar debidamente rotulados.

c. Empresa que brinda el servicio de consultora deber presentar los informes correspondientes en los siguientes plazos.

El plazo de entrega ser de acuerdo al tipo y magnitud del proyecto; el costo referencial de consultora ser determinado de acuerdo al estudio de pre inversin Perfil Tcnico.

Primera Etapa al plazo contractual de iniciado el servicio, segn la definicin de fecha de inicio indicado en el numeral 19.2 de los presentes Trminos de Referencia.

Segunda Etapa al plazo contractual computado a partir del da siguiente en que se le comunic la aprobacin de la Primera Etapa.

Tercera Etapa al plazo contractual computado a partir del da siguiente en que se le comunic la aprobacin de la Segunda Etapa.

d. Todo retraso en la entrega total de la documentacin establecida en el numeral 14 de los presentes Trminos de Referencia para cada una de las Etapas, que exceda el plazo otorgado, se considerar como mora para efecto de la penalidad respectiva, de ser el caso; segn lo sealado en el Numeral 23 del presente documento.

e. Toda la documentacin que se formule en cualquiera de las Etapas se elaborar cumpliendo los alcances, contenidos y formatos establecidos en los presentes Trminos de Referencia y Anexos.

f. No se considerar como entrega oficial, cuando El Consultor efecte la presentacin incompleta de los documentos exigidos en cada etapa. En este caso, y para todo efecto, se considerar como no efectuada la entrega.

17.2 REVISIN Y EVALUACION:

a. La Instancia respectiva revisar bajo responsabilidad cada uno de los volmenes correspondientes a cada una de las Etapas (Primera, Segunda y Tercera) del Servicio de Consultora de Obras, en un plazo referencial de Diez (10) das naturales computados desde el da siguiente a la fecha en que fue recibida la documentacin Completa. De existir observaciones, stas sern Notificadas por escrito a El Consultor para su subsanacin, adjuntndose el expediente observado.

b. El Plazo que se tomen en revisar, evaluar, dar conformidad y/o aprobar El rgano revisor en la instancia respectiva y empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias a las Etapas correspondientes no deber afectar al desarrollo del Servicio de Consultora de Obras, por tanto, el Consultor debe cumplir con presentarlos en la oportunidad establecida en el numeral 14 de los presentes Trminos de Referencia.

c. Todo retraso en la entrega de los documentos corregidos que exceda el plazo indicado, se considerar como mora para efecto de la penalidad respectiva, cuya penalidad diaria se calcular de acuerdo a lo sealado de los trminos de referencia y Artculo 165 del Reglamento. El Consultor adjuntar al Expediente corregido, el expediente observado, a efectos de facilitar el control de las correcciones efectuadas.

d. El Consultor no contar con plazo adicional para levantar observaciones no subsanadas, o que se deriven de correcciones fallidas. En este caso, la penalidad por mora se computar desde el mismo da en que se reciba el Pliego de Observaciones No Subsanadas.

17.3 APROBACIN:

a. El rgano revisor en la instancia respectiva, luego de verificar el cumplimiento de cada una de las Etapas, proceder a otorgar la aprobacin de la Etapa correspondiente del Servicio de Consultora

b. La notificacin de la aprobacin de cada una de las Etapas le ser cursada por escrito al Empresa que brinda el servicio de consultora La aprobacin y conformidad definitiva se otorgar, con la aprobacin del Expediente Tcnico por parte del Universidad Nacional de Huancavelica, Va Acto resolutivo en la instancia respectiva y aprobacin del Informe Final de la Tercera Etapa.

c. No ser procedente la aprobacin parcial para ninguna de las Etapas. Es decir que el consultor deber cumplir con presentar para cada una de las Etapas todos los volmenes indicados y requeridos, caso contrario su presentacin ser incompleta y no se podr dar por concluida la Etapa correspondiente, debindose aplicar al consultor la penalidad correspondiente.

d. El Empresa que brinda el servicio de consultora, dentro de los Cinco (05) das naturales siguientes a la aprobacin de cada una de las Etapas (Primera, Segunda y Tercera), har entrega al rgano revisor en la instancia respectiva de lo siguiente:

i. Tres (03) ejemplar original completo, compatibilizado e integrado, de cada uno de los documentos indicados en el Numeral 14 de los presentes Trminos de Referencia. Para documentos en formato A4 se emplear papel bond extra blanco alcalino de 80 gramos y para formatos A1 se emplear papel bond extra blanco de 90 gramos. Todos los ejemplares estarn debidamente suscritos y sellados por los Profesionales Responsables, Jefe del Proyecto y por el Representante Legal de El Consultor. Se presentarn en Pioneres A-4 de tres anillos y tapa plastificada rgida. Los expedientes debern ser debidamente rotulados con cartula frontal y en el lomo.e. Asimismo, otorgada la aprobacin de la Etapa correspondiente, El Consultor, dentro de los Cinco (05) das siguientes a dicho acto, har entrega a El rgano revisor en la instancia respectiva de lo siguiente:

i. Tres (03) Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la informacin correspondiente a dicha etapa con los formatos y software requeridos en el anexo 04. Los CDs debern estar debidamente rotulados.

f. La documentacin digitalizada que presentar El Consultor, deber incluir todas las modificaciones que se hayan suscitado durante el proceso de desarrollo de la Consultora. En tal sentido, deber rectificar, implementar, consolidar y compatibilizar dichos archivos con los documentos impresos, de manera tal que conforme un archivo integrado y completo.

g. Tambin, una vez que se obtenga la aprobacin de la Tercera Etapa, El Consultor, dentro de los Cinco (05) das siguientes a dicho acto, har entrega a El rgano revisor en la instancia respectiva de lo siguiente:

h. Tres (03) Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la informacin correspondiente a la Primera Etapa, Segunda Etapa y Tercera Etapa con cada una de las hojas debidamente escaneadas y foliadas (segn orden establecido en el Anexo 01) que contengan los sellos y firmas del Representante Legal del Consultor, Jefe del proyecto y el Profesional Responsable de su elaboracin. Dicha informacin debe contener toda la documentacin que se indica en el Anexo 01 en formato PDF. Los CDs debern estar debidamente rotulados. La documentacin digitalizada que presentar El Consultor, deber incluir todas las modificaciones que se hayan suscitado durante el proceso de desarrollo de la Consultora. En tal sentido, deber rectificar, implementar, consolidar y compatibilizar dichos archivos con los documentos impresos, de manera tal que conforme un archivo integrado y completo.18. RESPONSABILIDAD POR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE:

a. El Consultor es el nico responsable por la calidad y contenido tcnico de la documentacin que elabore, proyecte, solicite, obtenga, procese, analice o incorpore al Expediente Tcnico que entregar a la Universidad Nacional de Huancavelica. Dicha responsabilidad es intransferible, e ineludible.

b. La Universidad Nacional de Huancavelica rechazar, en cualquier momento, etapa, o circunstancia en que se encuentre el Servicio Contratado; toda aquella documentacin tcnica que elabore El Consultor cuando sta no se encuentre en concordancia con cualquier Norma Tcnica, Reglamento, Directiva o Parmetro Normativo vigente que regule la ejecucin o diseo respectivo.

c. Sobre la base de lo expuesto, El Consultor est obligado a conocer la normatividad y reglamentacin vigente con todas sus ampliaciones y complementarias, tanto en el mbito nacional, regional o local; y que sea aplicable al objeto de la Consultora. Su incumplimiento ser considerado como causal de Resolucin del Contrato atribuible a El Consultor.

d. En este orden de ideas, cuando se determine que la documentacin tcnica que haya elaborado, ya sea total o parcialmente, incumple la normatividad vigente; El Consultor se obliga y compromete a rectificarla a su costo, incluso en aquellos casos en que por omisin, error o desconocimiento, sta haya sido aprobada por la Universidad Nacional de Huancavelica. Dicha responsabilidad no podr ser, en ninguna circunstancia, negada por El Consultor, quien tampoco podr excusarse aduciendo contar con la aprobacin del Coordinador y/o Revisor. El plazo que amerite dichas rectificaciones, ser similar al asignado para subsanar las observaciones de la etapa a la que correspondi la elaboracin de tal documentacin. Superado dicho plazo, El Consultor incurre en mora, sindole aplicable la penalidad prevista.

e. Los adicionales y ampliaciones de plazo del Contrato de Consultora estarn sujetos a los alcances y procedimientos establecidos en la Ley, as como a la evaluacin y sustentacin de la etapa efectivamente afectada (Ruta Crtica).

19. PARMETROS NORMATIVOS Y TCNICOS QUE APLICARA EL CONSULTOR:

La documentacin tcnica que elaborar y presentar la Consultora, estar sujeta obligatoriamente al cumplimiento de las siguientes normas, reglamentos y procedimientos. Su cumplimiento se considera obligacin esencial de la Consultora:

a. Reglamento Nacional de Edificaciones

b. Norma Tcnica Nacional de Edificacin A.040: Adecuacin Arquitectnica de Educacin.

c. Cdigo Nacional de Electricidad.

d. Norma Tcnica Nacional de Edificacin EM.010: Instalaciones elctricas interiores.e. Reglamento del Rgimen de Frmulas Polinmicas (D.S. N.011-79-VC). Aplicable en la elaboracin de las Frmulas Polinmicas de reajuste de precios.

El Consultor asumir solidariamente la responsabilidad que le corresponda al profesional responsable de la elaboracin de aquellos documentos tcnicos que puedan ser motivo de observacin por parte de los organismos de fiscalizacin del Estado, por no haber sido formulados en atencin a las normas vigentes.

Todos los documentos sern redactados en idioma castellano, usndose el sistema mtrico decimal, ajustndose, adems; a las Normas Tcnicas emitidas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin a la Propiedad Intelectual INDECOPI (Ex - INTINTEC); segn corresponda.

20. FORMATOS DE PRESENTACIN DE DOCUMENTOS TCNICOS DE LA CONSULTORA:

El cumplimiento de los formatos y normas de presentacin de los documentos tcnicos, se constituyen para El Consultor en obligacin esencial, siendo requisito de primer orden en las entregas parciales, o en la entrega final, estando establecidos los formatos de presentacin.

21. COMPUTO DE PLAZOS:

21.1 Generalidades:

a. Segn lo indicado en el Artculo 151 del Reglamento de la Ley, los plazos de ejecucin del servicio se computan en das calendario desde el da siguiente de la suscripcin del contrato o desde el da siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en las bases.

b. Las solicitudes de ampliacin del Plazo de Ejecucin del Servicio, se gestionan segn lo indicado en el Artculo 41 de la Ley, y en el Artculo 151 del Reglamento.

c. El vnculo contractual quedar disuelto cuando quede consentida la Liquidacin del Contrato.

21.2 Inicio del Plazo de Ejecucin del Servicio:El Plazo de Ejecucin del Servicio se computa a partir del da siguiente en que se efecte el cumplimiento del ltimo de los siguientes eventos:

a. La entrega del Adelanto Directo; siempre y cuando haya sido solicitado por el Consultor dentro del plazo establecido y siempre que se haya previsto en las Bases de la Entidad podr entregar adelantos en los casos, montos y condiciones sealados en el Reglamento Artculo 38. de la Ley de Contrataciones del Estado.

b. La entrega de la informacin que deber proveer La Universidad Nacional de Huancavelica, que se lista en el Numeral 13 de este documento, y que se efectuar como mximo dentro de los quince (15) das naturales siguientes a la fecha de suscripcin del Contrato.

c. La suscripcin del Acta de Reconocimiento y Orden de Inicio del Servicio. Esta acta deber suscribirse dentro de los diez (10) das siguientes a la fecha de suscripcin del contrato, para lo cual deber efectuarse el reconocimiento de la zona sobre la cual se proyectara el expediente tcnico materia del contrato. En dicho reconocimiento participara el Jefe de Proyecto de la Consultora y un representante de la Direccin Universitaria de Infraestructura de la Universidad Nacional de Huancavelica. En caso de no participara el Jefe del Proyecto de la Consultora en el mencionado reconocimiento, se considerar como fecha de Inicio del servicio el da siguiente de cumplido los literales precedentes.

22. FORMA DE PAGO:

22.1 Valorizaciones o Pagos a Cuenta:

a. El abono de los honorarios de El Consultor se efectuar contra prestacin aprobada y segn la disponibilidad presupuestal de la Universidad Nacional de Huancavelica.

b. Los honorarios de El Consultor, se abonarn mediante Valorizaciones (Pagos a cuenta), que se efectuarn de la siguiente manera:

i. 1er. Pago: Equivalente al Veinte por Ciento (20%) del Monto del Contrato, contra presentacin de la Primera Etapa Aprobada por el rgano Revisor en la instancia respectiva.

ii. 2do. Pago: Equivalente al Ochenta por Ciento (80%) del Monto del Contrato, contra presentacin de la Segunda Etapa Aprobada Va Acto Resolutivo por la Universidad Nacional de Huancavelica.

c. Para efectos del trmite de las valorizaciones o pagos a cuenta, El Consultor deber remitir, en cada oportunidad, una solicitud de pago la cual deber ser presentada dentro de los dos das siguientes de haberle comunicado a la Universidad Nacional de Huancavelica su conformidad a la Etapa respectiva de pago, adjuntando copia del documento con el cual la Universidad Nacional de Huancavelica le comunic la aprobacin de la etapa correspondiente; as como su Recibo por Honorarios, Profesionales o Factura, segn corresponda.

d. La Universidad Nacional de Huancavelica, abonar la Valorizacin en trmite a ms tardar dentro del plazo establecido del Reglamento de Contrataciones del Estado. La demora por parte del Consultor en la presentacin de la solicitud de pago y/o demora en la presentacin del Recibo de Honorarios o Factura dentro del plazo establecido y que origine demora en el pago por parte de la Universidad Nacional de Huancavelica, no generar derecho al Consultor por concepto de inters.

e. No proceder el pago a El Consultor si la etapa correspondiente presentada por ste no ha sido aprobada por la Universidad Nacional de Huancavelica.

23. ABONO DE ADELANTO:La entidad otorgara Adelanto Directo y para Materiales o Insumos en Conformidad a la Ley de Constataciones del Estado.

24. CONTROL, SUPERVISIN Y REVISIN:

24.1 Control:

a. El Consultor estar sujeto a fiscalizacin permanente por parte de los funcionarios que designe La Universidad Nacional de Huancavelica, quienes verificarn el cumplimiento de los avances de la Consultora y de los compromisos contractuales asumidos.

b. La Universidad Nacional de Huancavelica, el que ser acreditado de su propio plantel profesional (Arquitecto o Ingeniero); as como, eventualmente, un Equipo Revisor, que podr ser contratado o de su propio plantel profesional; a quienes El Consultor brindar todas las facilidades del caso para el cumplimiento de sus funciones.

c. El Coordinador estar encargado del seguimiento, control, coordinacin y revisin bsica de los documentos formulados por El Consultor. Controlar el cumplimiento de los alcances, plazos y compromisos contractuales asumidos por ambas partes. Tambin tendr a su cargo, informar sobre la procedencia de pago de las valorizaciones del Servicio; gestionando los documentos administrativos que se requiera.

d. La Universidad Nacional de Huancavelica, en aplicacin de su derecho de fiscalizar y supervisar el desarrollo del objeto del Contrato, podr convocar a El Consultor, en las oportunidades que crea necesario, para efectuar coordinaciones y revisiones al avance obtenido en la Consultora; as como para que informe o asesore en asuntos concernientes a la Consultora que se contrata.

e. Son competentes para evaluar, revisar y pronunciarse sobre el contenido tcnico de los informes que presente El Consultor: El Director de Infraestructura y el Equipo Evaluador, en segunda instancia, previa aprobacin de la primera instancia y el supervisor en los casos que este haya sido contratado de acuerdo a la envergadura del proyecto.

f. El Consultor deber levantar la totalidad de las observaciones que pudiera formularle La Universidad Nacional de Huancavelica, dentro de los plazos lmites establecidos en el presente documento.

g. No proceder la aprobacin de los documentos presentados por El Consultor si ste no ha efectivizado la entrega de la etapa completa, incluida la subsanacin de las observaciones formuladas. Esta aprobacin tendr carcter de preliminar. La aprobacin y conformidad definitiva se otorgar con la aprobacin del Tercer Informe.

h. El Consultor deber garantizar que las actividades y documentos tcnicos derivados de estos Trminos de Referencia, sern asumidos directamente por los profesionales que presente a La Universidad Nacional de Huancavelica como parte de su equipo tcnico.

i. La calidad del Servicio prestado es de exclusiva responsabilidad de El Consultor. En tal sentido, no podr negarse a la rectificacin y/o subsanacin de las observaciones tcnicas sustentadas y justificadas que le formule El Universidad Nacional de Huancavelica, todas las veces que sea necesario; sin corresponderle por ello, reconocimiento de mayores gastos.

24.2 COORDINACIN Y SEGUIMIENTO:

a. El Consultor, bajo su exclusiva responsabilidad, deber efectuar continuas reuniones con El Coordinador, a efectos de uniformizar los criterios tcnicos que servirn de base para el desarrollo de los diferentes rubros y etapas del estudio.

b. Las coordinaciones estn orientadas a minimizar las eventuales observaciones que pudieran presentarse al momento de efectuar la revisin oficial de los documentos tcnicos por parte de El rgano revisor en la instancia respectiva.

c. Durante el desarrollo del Servicio, y en cualquier etapa de ejecucin en que se encuentre ste, El Consultor deber tomar en consideracin las recomendaciones que le formulen los profesionales de la Direccin Universitaria de Infraestructura, Jefe de la Oficina del CIS y el Equipo Evaluador; o algn asesor externo convocado por la Universidad Nacional de Huancavelica.

d. El rgano revisor en la instancia respectiva es la ltima instancia facultada a pronunciarse sobre la consistencia tcnica y formal de los estudios, ensayos, evaluaciones, y dems documentos formulados por el Consultor. En tal sentido, El Consultor no podr negarse a subsanar las observaciones que El rgano revisor en la instancia respectiva le formule a cualquier etapa del Servicio prestado, aduciendo haber sido aprobado previamente por otro funcionario o instancia tcnica de la Universidad Nacional de Huancavelica.

e. La Universidad Nacional de Huancavelica, en proteccin de los intereses del Estado, se reserva el pleno derecho de rechazar el Expediente Tcnico elaborado por El Consultor, s dicho documento no contase con la calidad y consistencia tcnica requerida.

f. La Universidad Nacional de Huancavelica se reserva el derecho de requerir a el Consultor informacin complementaria a la elaborada y presentada por ste, cuando sta presente inconsistencia tcnica, o resulte ser incoherente, incongruente, ilgica o poco clara. El Consultor no podr negarse a su cumplimiento. Dicha exigencia no implica ampliacin de plazo, ni reconocimiento o pago de prestaciones adicionales.

25. PENALIDAD APLICABLE

a. Empresa que brinda el servicio de consultora ser merecedor a que se le aplique la penalidad por mora prevista en el Contrato, cuando exceda los plazos previstos para la entrega de las etapas establecidas, o exceda los plazos que se le otorgarn para subsanar observaciones a que fueran realizadas por la Universidad Nacional de Huancavelica. La penalidad por estas demoras se calcular aplicando la frmula bsica establecida en el Artculo 165 del Reglamento por cada da de atraso del consultor en las respectivas presentaciones para cada etapa.

b. El cumplimiento de los plazos de cada etapa es individual, y conlleva a la aplicacin de penalidad por mora exclusivamente sobre la etapa que experimente el atraso.

c. Las penalidades sern deducidas en cualquiera de las oportunidades previstas en el Artculo 165 del Reglamento de la Ley.

d. S; la Universidad Nacional de Huancavelica se excediera en los plazos referenciales que se han establecido para la revisin o aprobacin de las etapas, dicho atraso no ser computado con cargo a Empresa que brinda el servicio de consultora.

e. La Universidad Nacional de Huancavelica no est sujeto a la aplicacin de ningn tipo de penalidad por mora en la revisin y/o aprobacin de las etapas del Servicio.

f. Cuando el acumulado de las penalidades alcance el Diez por ciento (10%) del Monto Contractual Actualizado, La Universidad Nacional de Huancavelica, podr resolver el Contrato por incumplimiento de El Contratista, segn lo previsto por el Artculo 165 del Reglamento.

26. EXTENSIN DEL COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA QUE BRINDE EL SERVICIO DE CONSULTORIA:

a. El Consultor y su equipo profesional, asume con la Universidad Nacional de Huancavelica, el compromiso permanente de absolver y/o subsanar oportunamente, cualquier observacin o consulta referida al Expediente Tcnico que elaborar para sta, y que pueda provenir de los Postores o de la Universidad Nacional de Huancavelica durante el proceso de adjudicacin, de parte de la Universidad Nacional de Huancavelica durante el trmite de obtencin autorizaciones y/o licencias, de parte del Supervisor o Constructor durante la ejecucin del Proyecto; o de los rganos de fiscalizacin y control del Estado, o de la propia Entidad, en las oportunidades que stas ltimas lo estimen necesario.

b. El Consultor se compromete expresamente a subsanar y/o rectificar, a su propio peculio, los documentos que integran el Expediente Tcnico y el Proyecto Definitivo s estos son observados durante el trmite de obtencin de autorizaciones y/o Licencias.

c. El Consultor asume estos compromisos bajo responsabilidad, para cuyo cumplimiento la Universidad Nacional de Huancavelica podr requerirlo para subsanar observaciones, ya sea por escrito, o a travs de reuniones de coordinacin o mediante su presencia en la Obra; y en las oportunidades que sean necesarias. El Consultor no podr negarse a cumplir dicha obligacin bajo excusa alguna, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobada.

d. El compromiso que asume El Consultor, implica tanto la absolucin de las consultas en forma escrita, o en forma personal; ya sea en las oficinas de la Universidad Nacional de Huancavelica o en el lugar donde se ejecute la Obra.

e. El Consultor asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboracin del estudio, la responsabilidad por el contenido de la documentacin tcnica que lo integra.

27. PLAZO DE EJECUCIN DEL SERVICIO DE CONSULTORIA:

a. El plazo para la ejecucin total del Servicio ser contabilizado en das calendario, contados a partir del da siguiente a la fecha en que se cumplan las condiciones establecidas en el Numeral 21.2 del presente documento. Se deja constancia que dentro del plazo de ejecucin del estudio no est comprendido:

i. El tiempo de revisin por parte de la Universidad Nacional de Huancavelica a travs de la Direccin Universitaria de Infraestructura, y la Comisin de Revisin y Evaluacin de Expedientes Tcnicos.

El Plazo de Ejecucin del Servicio est constituido por la sumatoria de los plazos parciales establecidos para el desarrollo de las diferentes etapas previstas para la Consultora.

El Consultor podr realizar la prestacin del Servicio en un plazo menor al pactado para el desarrollo de cada etapa. Sin embargo, queda plenamente establecido que los das no empleados en dicha etapa, no se acumularn para el desarrollo de las otras etapas, o para cubrir el atraso en que haya incurrido en etapas previas. Tampoco podr adicionar dichos das al plazo para subsanar observaciones. La entrega anticipada genera automticamente el recorte del Plazo de Ejecucin del Servicio. En tal sentido, El Consultor deber cerciorarse que la entrega que efecte cumpla con todos los servicios, documentos y requisitos establecidos, as como con la calidad tcnica exigida. En todo caso, es recomendable, como previsin, que El Consultor emplee todo su plazo para el desarrollo del Servicio.

Cada etapa de la Consultora cuenta, adems, con plazos definidos para la revisin que efectuar El rgano revisor en la instancia respectiva y para la formulacin de las observaciones que sta considere pertinentes, de ser el caso. Asimismo, se han establecido plazos para que El Consultor efecte las subsanaciones o correcciones que correspondan, estos plazos establecidos para la subsanacin de observaciones no sern computados dentro del plazo de ejecucin de cada etapa, razn por la cual no estn sujetos a penalidad por mora. No obstante, los plazos que El Consultor requiera para subsanar nuevas observaciones, o para corregir observaciones no subsanadas, que se deriven ambas del pliego original de observaciones, ya sea por omisin o rectificacin fallida; s se considerarn dentro del Plazo de Ejecucin del Servicio, derivando en atraso, lo que conllevar a la aplicacin inmediata de la penalidad por mora en dicha etapa; segn lo previsto en el Contrato, y en el Numeral 24 del presente documento.

28. CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA LA FORMULACION DEL EXPEDIENTE TCNICO.

Durante el proceso de formulacin del Estudio de Inversin. La Empresa Consultora deber tener en cuenta las siguientes consideraciones:

El estudio de inversin: INSTALACIN Y EQUIPAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE BIENESTAR EN LA SEDE TAYACAJA UNH, tiene como objetivo fundamental una adecuada Prestacin de Servicios para el Desarrollo de la Investigacin y Formacin Acadmica Facultad de Ciencias de Ingeniera de la Universidad Nacional de Huancavelica. _______________________________

_____________________________

V B Y SELLO

V B Y SELLO

FUNCIONARIO DEL AREA

RESPONSABLE DEL AREA

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Art. 13 .Al plantear su requerimiento el rea Usuaria deber describir el bien, servicios u obra a contratar, definiendo con precisin su cantidad y calidad, indicando la finalidad Publica para la que debe ser contratado.

La formulacin de las especificaciones tcnicas deber ser realizada por el rea Usuaria en coordinacin con el rgano encargado de las contrataciones de la Entidad, evaluando en cada caso las alternativas tcnicas y las posibilidades que ofrece el mercado para la satisfaccin del requerimiento.

Art. 11 Rgto LCE .El rea Usuaria es el responsable de definir con precisin las caractersticas, condiciones cantidad y calidad de bienes servicios u obras que requiera para el cumplimiento de sus funciones. PAGE 1