tanatología forense

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Tanatología Forense Joaquín De la Fuente - Gisselle Meléndez - Elizabeth Muñoz - Fernanda Salgado - J. Matías Torres

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Page 1: Tanatología forense

Tanatología Forense

Joaquín De la Fuente - Gisselle Meléndez - Elizabeth Muñoz -

Fernanda Salgado - J. Matías Torres

Page 2: Tanatología forense

Definición Tanatología: Es la ciencia médica, que estudia todos los

fenómenos relacionados con la muerte. Thanatos: Dios griego que personificaba la muerte sin violencia. Las Keres: La muerte violenta era el dominio de sus hermanas.

Page 3: Tanatología forense

Conceptos que abarca Concepto de la

muerte y su clasificación medico-legal

Comprobación de la muerte

Clasificación de la muerte

Certificado de defunción

Fenómenos cadavéricos

Inmediatos

Mediatos

Transformativos

Autopsia medico legal

Objetivos

Precauciones generales

Examen externo

Examen interno

Esquema de informe

medico-legal de autopsia

Identificación

Antecedentes

Examen externo, interno, y de laboratorio

Conclusiones

Interrogantes que plantea el código penal

Inhumación, exhumación, cremación

y embalsamamiento

Page 4: Tanatología forense

Muerte Es un proceso de desintegración biológico irreversible. Su reconocimiento autoriza al medico para certificar la defunción. Este certificado es indispensable para poner fin a la existencia

legal de la persona. Frente al cadáver el medico debe: comprobar la muerte y otorgar

el correspondiente certificado de defunción.

Page 5: Tanatología forense

Comprobación de la muerte Maniobras de reanimación para asegurar la sobrevida Posibilidad de aprovechar órganos o partes para trasplantes Emisión de certificado de defunción La muerte se constata con el cese de las funciones vitales, por

medio de inspección, palpación, auscultación y/o instrumental según sea el caso.

El diagnostico debería ser fácil, exepto en algunos donde aparenten distintas causas como intoxicaciones o enfriamiento.

Page 6: Tanatología forense

Concepto de muerte Ausencia de signos vitales por mas de 10 min. (M. funcional),

distinto a la muerte celular. Ley 18.973, art 12: para trasplantes, la certificación debe ser por

2 médicos, al menos uno neurólogo. Cese de funciones encefálicas:

Certificado Medico Comprobación de la muerte cerebral 2 registros electroencefalograficos silenciosos o isoeléctricos (0-6 hrs)

Page 7: Tanatología forense

Clasificación de la muerte Sirve para emitir certificado de defunción o su derivación al

Servicio de salud o al SML.

Natural

Enfermedad

Violenta

Traumatismo• Mecánico – Eléctrico –

Térmico - Radiante

Intoxicación

Sospechosa

Desconocida

Acción de terceros

Súbita

Lactante

Adulto

Page 8: Tanatología forense

Certificado de defunción Imprescindible para la inscripción e inhumación del cadáver. Termino de existencia legal. (bienes, beneficios, matrimonio)

Art. 1 • Medico que atiende da certificado señalando causa de muerte

Art. 2 • Dentro de las 48 hrs post alta lo da el jefe de servicio

Art. 3 • Post 30 días también el jefe de servicio. A menos que no pueda por razones clínicas y se da las razones

Art. 4 • Director del hospital del SNS certifica la defunción por información o examen del cadáver. Firman testigos y el director

Art. 5 • Puede negarse si no puede determinar la causa de muerte. Se dan las razones. Si se sospecha se denuncia.

Art. 6 • Sin certificado, 2 o mas testigos ante el RC

Firman el certificado• Medico tratante, director de hospital, delegados o jefes de servicios, si faltan los anteriores con 2 testigos en el RC, o un

medico legista post autopsia

Signos de violencia • Carabineros o SML

Autopsia • Anatomopatologicas con consentimiento!! Las del SML no lo necesitan

Page 9: Tanatología forense
Page 10: Tanatología forense

Fenómenos cadavéricos

Tempranos o mediatos

Físicos

Enfriamiento

Deshidratación

Livideces

Químicos Rigidez cadavérica

Page 11: Tanatología forense

Fenómenos cadavéricosTa

rdío

s o

Tra

sfo

rma

tivo

s

Putrefacción

Conservación

Page 12: Tanatología forense

Autopsia Medico Legal

Autopsia

Examen externo

Examen interno

Identificación Signos de trauma

Estimación de tiempo

Inspección de órganos. Buscar lesiones

Page 13: Tanatología forense

Autopsia Medico Legal

Autopsia

Autopsia Clínica

Examen opcional

Fallecimiento por

enfermedad

Autopsia Medico Legal

Obligatoria

Cadáver o restos

humanos

Causa de muerte

Causa de muerte

Origen

PropósitoPor

medio de

Page 14: Tanatología forense

Diferencias entre autopsia medico-legal y autopsia clínica.

AutopsiasMedico Legal• Requiere orden judicial• Es obligatoria• Requiere estudio minucioso del aspecto externo del

cadáver• Generalmente no hay diagnostico previo• No tiene limite de tiempo para su ejecución• Por lo general, no requiere la historia clínica para la

interpretación de los hallazgos• Investigan primordialmente la causa inmediata de la

muerte y la manera de producirse

Clínica• No requiere orden judicial• No es obligatoria• No requiere estudio minucioso del aspecto externo del

cadáver• Generalmente hay diagnostico previo• Debe hacerse lo mas pronto posible después de la

muerte• Es indispensable la historia clínica para la interpretación

de los hallazgos• Busca la relación entre el síntoma y lesión anatómica,

trata de reconstruir los eventos que llevaron a la muerte y en otras finalidades investiga la acción terapéutica.

Page 15: Tanatología forense

Cuando debe pedirse la autopsia medico legal 1. Muerte violenta (homicidio o sospecha de homicidio, accidentes viales, de

trabajo o domésticos y catástrofes).2. Muerte Súbita3. Muerte dentro de las primeras 24 horas de ingresar a un hospital4. Sin diagnostico clínico5. Cuando el cuerpo sé cremara6. Cuando el cuerpo se sepultara en el mar7. Suicidio8. Enfermedad contagiosa que puede originar epidemia9. Muerte en quirófano10. Muerte en presidio

Page 16: Tanatología forense

Esquema de informe Medico-Legal de autopsiaPreámbulo o identificación se debe hacer las siguientes acciones:

Individualizar al médico perito, al tribunal y al juez que solicita la pericia

Identificar el cadáver, si se desconoce la identidad consignarlo como NN

Anotar le local donde se realiza, fecha y hora

Examen externo se debe consignar:

Vestimentas Examen de superficie corporal: biotipología,

peso, talla, tipo constitucional, sexo, cantidad y distribución del tejido adiposo y masas musculares

Piel: color, lesiones, cicatrices Ojos, nariz, boca Cuello, axilas, pliegues inguinales, región

anogenital Fenómenos cadavéricos: rigidez, livideces,

putrefacción, conservación, fauna cadavérica

Page 17: Tanatología forense

Esquema de informe Medico-Legal de autopsiaCabeza Cara Cuello Tórax Abdomen Extremidad

es Cuero cabelludo

Ojos Músculos Sistema osteocartilaginoso

Cavidad peritoneal

Columna vertebral

Cráneo nariz Vasos Cavidades pleurales

estomago Huesos largos

Meninges Boca faringe Pulmones Intestino delgado y grueso

 

Encéfalo   Aparato lanringotraqueal

Pericardio, corazón, espesor ventricular , perímetros valvulares

Apéndice cecal

 

    Glándulas salivales

Esófago Hígado, vesícula biliar

 

    Tiroides Diafragma pancreas          riñones  

Órganos macizos

describirse de forma detallada

Hacer exámenes

de laboratorio si es necesario

Emitir las conclusiones

Page 18: Tanatología forense

Conclusiones del informe 1. Identificación del cadáver

2. Causa precisa de la muerte y necesaria de la muerte

3. En heridas por balas y arma blanca, detallar la trayectoria interna y profundidad

4. Patología concomitante

5. Si hay o no signos de violencia

6. Si los antecedentes y hallazgos de la autopsia son suficientes para determinar la posibilidad de evitar la muerte con socorros oportunos y eficaces.

Page 19: Tanatología forense

Otros Procedimiento

inhumación

Exhumación

Cremación

Page 20: Tanatología forense

Leyes y artículos importantes

ARTICULO 1º

• Todo médico que asiste a una persona que fallece, está obligado a extender el certificado de defunción, señalando la causa de la muerte.

ARTICULO 2º

• En el caso de fallecimiento de una persona que haya sido atendida en algún servicio médico, con motivo de su última enfermedad, el certificado de defunción lo otorgará el jefe de servicio, siempre que el deceso ocurra dentro de las 48 horas de producida la atención ambulatoria u hospitalaria.

• En dicho certificado se señalará la causa de la muerte, teniendo como antecedente la información clínica de atención y siempre que no se presumiere fundamentalmente que ha fallecido por otra causa.

ARTICULO 3º

• En el caso de las personas fallecidas después de las 48 horas y dentro de los 30 días siguientes a la atención en un servicio médico, el jefe del servicio también podrá certificar la defunción y la causa de la muerte. Si los antecedentes clínicos no se lo permiten, entregará a los deudos un certificado en que dejará constancia de la imposibilidad de otorgar el certificado de defunción y de las razones que le impiden hacerlo.

Page 21: Tanatología forense

Leyes y artículos importantes

ARTICULO 4º

•Si la persona fallecida no hubiese sido atendida por ningún médico o en ningún servicio médico, o si el fallecimiento ocurriere después de los 30 días a que se refiere el artículo anterior, el Director del Hospital del Servicio Nacional de Salud, dentro de cuya jurisdicción se hubiese producido el fallecimiento, certificará la defunción y la causa de la muerte, basándose en los antecedentes proporcionados por los parientes más cercanos o por las personas que viven en la morada o en el domicilio de la persona fallecida. Para este efecto, dispondrá el examen del cadáver por algún profesional del establecimiento, siempre que se estimare necesario.

ARTICULO 5º

• El médico del Servicio Nacional de Salud podrá negarse a otorgar el certificado señalado en el artículo anterior, si la interrogación de los deudos o demás personas e inspección del cadáver no le proporcionan antecedentes que permitan determinar la causa de la muerte. En tal caso entregará a los deudos un certificado en que dejará constancia de su negativa a otorgar el certificado de defunción y de las razones que le impiden hacerlo.

ARTICULO 6º

• A falta de la certificación médica a que se refieren los artículos 1º a 4º, la verificación del fallecimiento se establecerá mediante la declaración de dos o más testigos, rendida ante el oficial del Registro Civil del lugar en que haya incurrido la muerte. Esta declaración deberá ser hecha de preferencia por las personas que hubieren estado presentes en los momentos anteriores al deceso, de todo lo cual se dejará expresa constancia.

Page 22: Tanatología forense

Leyes y artículos importantesArt

. 121

• Cuando se sospeche que la muerte de la persona es el resultado de un delito se procederá antes de la inhumación del cadáver, o inmediatamente después de exhumado, a efectuar la descripción ordenada por el Art 112, a practicar el reconocimiento y autopsia del cadáver, y a identificar la persona del difunto.

• En casos de muerte causada por vehículos en la vía pública, la descripción primera y la orden de levantamiento del cuerpo se harán por un oficial de carabineros de grado no inferior al de Teniente, asistido por un funcionario del mismo servicio que actuara como testigo.

Art.

129

• En caso de muerte por envenenamiento y en todos aquellos que se sospeche muerte violenta y no aparezcan lesiones exteriores que puedan haberle causado, el juez hará reconocer los sitios en que estuvo el difunto inmediatamente antes de su muerte y con especialidad su casa, para ver si en aquellos o en esta hubieren venenos o rastros de cualquiera especie que acrediten haberse hecho uso de ellos; recogerá los que hallaré y ponerlos en testimonio.

Art.

131

• Cuando se extraiga agua de un cadáver, se averiguará principalmente:• Si la muerte ha sido resultado de la asfixia producida en el agua• Si ha sido causada por alguna enfermedad que padeciera el difunto• Si la sumersión fue posterior a la muerte

Page 23: Tanatología forense

Leyes y artículos importantesArt

. 132

• En el caso de presunción de muerte causada por el atropellamiento de un tren de ferrocarril, el facultativo tendrá especial cuidado de investigar si existen en el cadáver señales que manifiestan que la muerte se había producido con anterioridad o si fue el resultado de las lesiones ocasionadas por el atropello.

Art.

133

• Si se pesquisa el delito de infanticidio, el juez tratará de acreditar por los medios legales y especialmente por informe de facultativos, si la presunta madre estuvo embarazada, cuál fue la época probable del parto, si la criatura nació viva y en estado de poder de poder vivir fuera del seno materno, las causas que probablemente han producido la muerte, y si en el cadáver de notan lesione.

Art.

134

• En caso de aborto, se hará constar la existencia de la preñez, la época del embarazo, los signos demostrativos de la expulsión del feto, las causas que la hubieran determinado, y la circunstancia de haber sido provocado por la madre, o por un extraño que hubiere procedido, ya sea con su consentimiento, ya sea él ejecutando en ella actos de violencia, ya por fin, abusando de su abuso facultativo.

Page 24: Tanatología forense

Leyes y artículos importantes

Art. 135

• Si se encontrare ahorcado a un individuo, la investigación se dirigirá principalmente a establecer:• Si el sujeto fue ahorcado vivo o suspendido después de muerto• Si se ahorco él mismo o fue ahorcado por otros

Título IV de las

Sepultaciones, Artículo

48

•Ningún cadáver podrá permanecer insepulto por más de 48 horas, salvo en los casos que a continuación se expresan:•Cuando la autoridad judicial o Servicio Nacional de Salud ordene o disponga lo contrario, con e objeto de practicar investigaciones•Cuando se trate de cadáveres no reclamados, que sean destinados a fines e investigación científica, de acuerdo a lo previsto en el Código Sanitario.•Cuando se trate de cadáveres embalsamados, previa autorización, del Servicio Nacional de Salud•Cuando se trate de cadáveres donados por voluntad expresa del fallecido, para fines científicos

Ley N° 19.451

•toda persona mayor de 18 años es considerada automáticamente donante de sus órganos una vez fallecida, salvo que haya manifestado en vida su negativa a ser donante, en alguna de las formas que establece la ley

•Tampoco pueden ser donantes: el portador de VIH, quien tenga infecciones graves no controladas o cáncer con metástasis.

Page 25: Tanatología forense

Procesos de la tanatología

Page 26: Tanatología forense

Procedimiento Medico

Muerte por enfermedad

Hospital

Casa

Certificado • Medico tratante, etc…

Dudas sobre causa

Autopsia clínica

AutorizaciónDe la

Familia

Page 27: Tanatología forense

Procedimiento Medico-Legal

Levantamiento

Identificación del fallecido

Causa de muerte

Entrega del

cuerpo

Denuncia a SML

Accidente de transito

Accidente en domicilio

Hospital

Carabineros

Medico

Page 28: Tanatología forense

Gracias