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Taller Sobre Seguridad Operacional y Eficiencia de Helipuertos
LAR 154 PARTE II DISEÑO DE HELIPUERTOS
7 – 10 Octubre, 2014
Introducción
Los Estados miembros del Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional (SVRSOP) a través del Proyecto RLA/99/901 ha desarrollado una propuesta de Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos LAR 154 PARTE II DISEÑO DE HELIPUERTOS Y LAR 153 PARTE II OPERACIÓN DE HELIPUERTOS
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Estructura actual de la reglamentación LAR incluyendo el conjunto LAR AGA
LAR 1
LAR 11
LAR GEN
LAR 91
LAR 119
LAR 121
LAR 135
LAR OPS
LAR 21
LAR 23, 25, 27, 29
LAR 31, 33, 34, 35, 36
LAR 39
LAR 43
LAR 45
LAR 145
LAR AIR
LAR 61
LAR 63
LAR 65
LAR 67
LAR 141
LAR 142
LAR 147
LAR PEL
LAR 139
LAR 154 PARTE I LAR 154 PARTE II
LAR 153 PARTE I
LAR 153 PARTE II
LAR AGA
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LAR 153 & LAR 154
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LAR 154 – Parte II
Requisitos para diseño de
Helipuertos.
LAR 153 – Parte II
Requisitos para
operaciones de
aeródromos.
LAR 153 PARTE II - Operación de Helipuertos
Generalidades
Aplicación
Habilitación de helipuertos
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Se debe mantener en buenas condiciones las áreas de la FATO, TLOF e instalaciones y deben ser aceptables a la AAC en todo momento, a fin de garantizar la seguridad operacional.
Se debe identificar cualquier condición que pueda afectar a la seguridad operacional de los helicópteros y notificar a la AAC para la emisión de NOTAMS como se describe en LAR 154, Parte I Capítulo B 154.105.
Condiciones del área de la FATO y TLOF e instalaciones Información sobre las condiciones de los helipuertos
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El operador de helipuerto, debe establecer acuerdos con el AIM para garantizar que esta dependencia reciba los datos necesarios que les permitan proporcionar información previa al vuelo actualizada y satisfacer la necesidad de contar con información durante el vuelo:
• información sobre las condiciones en el helipuerto; • estado de funcionamiento de las instalaciones, servicios y ayudas para
la navegación situados dentro de la zona de su competencia; • toda información que se considere de importancia para las
operaciones.
Coordinación entre el AIM y operador de helipuerto Información sobre las condiciones de los helipuerto
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El operador de helipuerto debe mantener las ayudas en superficie que se ubiquen en la FATO y TLOF con soportes que cumplan con los
requerimientos de frangibilidad como se indica en el Apéndice 7 –
Frangibilidad del LAR 154.
Obstáculos que deben ser frangibles
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El operador de helipuerto, se debe
asegurar de la precisión de la información proporcionada y
notificará a la AAC la información aeronáutica para que los operadores
aéreos conozcan las condiciones de
operación del helipuerto
Coordinación entre la autoridad de los servicios de información aeronáutica (AIM) y el Operador del
helipuerto
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Se debe asegurar que todo objeto situado en las áreas protegidas para la FATO se
encuentren marcadas, balizadas e iluminadas como se indica en
el Apéndice 3 Superficies Limitadoras de Obstáculos del
LAR 154 Parte I
Control en superficies y sectores limitadores de obstáculos Servicios de información aeronáutica (AIM) y el Operador del
helipuerto
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El operador del helipuerto debe facilitar la información de las áreas restringidas de la FATO y calles de rodaje mediante la emisión de NOTAM u otro sistema para la notificación y establecer procedimientos aceptables a la AAC.
En las heliplataformas y helipuertos a bordo de buque se señalarán el sector de aterrizaje prohibido y se establecerá los procedimientos para ayudar al piloto a la aproximación.
Señalización de áreas de uso restringido FATO, TLOF, calles y rutas de rodaje en tierra cerradas
en forma parcial o total.
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El operador de helipuerto debe elaborar el Plan de Emergencia que debe ser aprobado por la AAC; este plan debe desarrollarse como se indica en el APENDICE 4 Plan de Emergencia y Centro de Operaciones de Emergencia LAR 154.
Servicios equipo e instalaciones de aeródromo Planificación para casos de emergencia
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Los factores más importantes que afectan al salvamento eficaz en los accidentes de
helicópteros en los que haya supervivientes, es el
adiestramiento recibido, el operador del helipuerto se
debe asegurar de la eficacia del equipo y la rapidez con que
pueda emplearse el personal y el equipo asignados al
salvamento y a la extinción de incendios
Salvamento y Extinción de Incendios
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El operador de helipuerto debe establecer la categoría de protección del helipuerto a efectos de servicio de salvamento y extinción de incendios y rescate de helicóptero como se indica en la Tabla 6.1 del Adjunto 6 Servicio Contraincendios LAR 154,aceptable a la AAC y en base de la Normativa del Estado.
Nivel de protección del SEI
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El operador de helipuerto debe disponer de los agentes extintores como se indica en las tablas 6.1, 6.2 y 6.3 del Adjunto 6 Servicio Contraincendios LAR 153, aceptable a la AAC
Agentes Extintores
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En helipuertos elevados, plataformas y heliplataformas, el operador de helipuerto se asegurará que el SEI esté disponible en todo momento mientras se efectúe las operaciones de helicópteros.
Tiempo de Respuesta
Servicios equipo e instalaciones de aeródromo
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Operacional y Eficiencia de Helipuertos
Se debe garantizar el suministro de equipamientos adecuados de protección individual para el personal del SEI de forma de garantizar la integridad física del personal durante las operaciones de prevención, salvamento y extinción de incendio en helicópteros
Personal del SEI
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Operacional y Eficiencia de Helipuertos
El operador de helipuerto debe establecer los procedimientos para el retiro de helicópteros como se indica en el Apéndice 2 Retiro de Aeronaves Inutilizadas del LAR 153. Se debe establecer un plan para el traslado de helicópteros que queden inutilizados en la FATO o sus proximidades
Retiro de aeronaves inutilizadas, recuperables
y no recuperables
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Operacional y Eficiencia de Helipuertos
Se debe monitorear la presencia de fauna silvestre dentro del helipuerto y en sus alrededores, hasta en una distancia de 13 km y notificar a la AAC. Se debe notificar a la AAC sobre la presencia de vertederos de basura, o cualquier otra fuente que pueda atraer aves y otros animales en la FATO y TLOF y coordinar con las autoridades locales competentes para su eliminación o mitigación.
Reducción del peligro de choques por la presencia
de fauna
Se debe establecer un programa de mantenimiento de las ayudas visuales, instalaciones de luces, letreros y señales aceptables a la AAC.
Se debe establecer un programa de mantenimiento, que incluya el mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo, para asegurar que las instalaciones de luces de ayudas visuales, los letreros y las señales, se conserven en condiciones aceptables a la AAC.
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Luces y Señales
Mantenimiento de las Ayudas Visuales 22
Taller Sobre Seguridad Operacional y Eficiencia de
Helipuertos
Mantenimiento preventivo y correctivo de
Ayudas Visuales
SMS
Los operadores de
instalaciones alta mar deben identificar todos los riesgos que podrían provocar un a accidente
grave y accidentes de helicópteros, para tomar
medidas que reduzcan los riesgos a un valor tan
bajo como sea razonablemente posible
Procedimientos operativos
El operador debe desarrollar Procedimientos operativos
que incluyan todas las actividades a realizar y los
controles que sean necesarios para garantizar las
operaciones de helicópteros seguras y eficientes hacia y
desde las instalaciones fijas o en barcos y para operaciones
combinadas.
Operaciones alta mar
Los operadores se asegurarán que para las Operaciones de vuelo en alta mar todo el personal interviniente incluidas las tripulaciones posean un alto nivel de formación, competencia y habilidad
para planificar un vuelo, el aterrizaje y el despegue en una instalación en alta mar.
Gestión de información de vuelo en operaciones en alta mar
Para que las tripulaciones de vuelo puedan gestionar un
vuelo con seguridad en alta mar, el operador debe asegurarse de mantener el flujo de
información operativa, que reciban la condición exacta del clima y datos de las condiciones de la
instalación
Patrones de flujos de gas • El operador debe evaluar
los patrones de flujo térmico de la turbina de gas y escapes del motor diesel asi como tomar medidas para minimizar sus efectos sobre las trayectorias de vuelo de helicópteros
Purga de gases El operador debe
asegurarse de que la quema y de purga de los gases inflamables
no perjudiquen las operaciones de
helicópteros
En las instalaciones en alta mar el operador debe proporcionar una ubicación adecuada y apropiada al instrumental meteorológico, así como disponer de equipo de medición y grabación del movimiento del barco asegurando que esté calibrado adecuadamente a los efectos de transmitir las condiciones registradas para la planificación del vuelo
Meteo y movimiento del barco
Proceso de trabajo
Redacción de textos de las documentos relacionados con el LAR 153 PARTE II , LAR 154 PARTE II y ADJUNTOS
con los aportes de los Estados Miembros del SRVSOP
Aprobación de los documentos y revisión de sus estructuras
Material de apoyo Reglamentaciones Aeronáuticas de los Estados Miembros del SRVSOP
ANEXO 14 VOLUMEN II HELIPUERTOS
Publicaciones relacionadas con las especificaciones del Anexo 14 Manual de Helipuertos_Doc9261
Material de apoyo Documentos y Circulares técnicas y de asesoramiento de Otros Estados
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