taller plebiscito

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Page 1: Taller plebiscito
Page 2: Taller plebiscito

TALLER: “¿CÓMO PODEMOS PARTICIPAR EN PLEBISCITOS?”

Fundación Omar Dengo 2008

San José, Costa Rica

Teléfono: (506) 25276014

Fax: (506) 25276010

Sitio Wed: www.fod.cr/constructoresdemocracia

Correo electrónico: [email protected]

Este documento ha sido elaborado en colaboración con el Tribunal Supremo de

Elecciones (TSE). Su producción estuvo a cargo de la Licenciada Graciela

Quesada Ballestero.

Page 3: Taller plebiscito

TABLA DE CONTENIDOS

Presentación………………….………..………...…..… 4

Objetivos……………………………………..…….....… 6

Referentes teóricos…………………..…..….…… 7

Propuesta metodológica…………………........ 18

Referencias bibliográficas…..……..…..……… 30

Anexos…………………………….……………..………. 31

Page 4: Taller plebiscito

4

PRESENTACIÓN

La ciudadanía activa no es solamente un concepto abstracto, sino que

constituye una práctica real y trascendente que puede marcar la vida pública,

social y personal de hombres y mujeres, niños, adolescentes, jóvenes y

adultos.

Históricamente, el concepto de ciudadano ha sido analizado como un atributo

exclusivo de las personas adultas. Se le vincula al acceso de la mayoría de

edad y, por consiguiente, a la adquisición de una cédula de identidad; por eso,

los adolescentes han sido visualizados únicamente como potenciales

ciudadanos y ciudadanas del mañana.

Sin embargo, en los últimos años se han hecho esfuerzos importantes por

reconceptualizar la visión de ciudadanía que se les atribuye a los jóvenes. De

esta manera, no son futuros ciudadanos sino que son considerados como

miembros activos de una sociedad, como agentes de cambio que pueden

trascender en la esfera pública, en el entorno comunitario y, por supuesto, en

sus vidas en particular.

En este marco es posible brindarles a los jóvenes un papel protagónico en los

procesos de consulta popular que se desarrollen en una comunidad. Esto

especialmente en un plebiscito, tema sobre el cual no hay mucha información o

se desconoce por completo, en parte por ser un proceso poco común para la

población y poco estudiado por muchos.

Analizado de esta manera, los jóvenes tienen la posibilidad no solo de opinar y

tomar posición en torno a temas específicos, sino que además tienen la

posibilidad de compartir información con diferentes agentes de la comunidad.

Así, se puede facilitar el intercambio de puntos de vista y de conocimientos

entre adolescentes y adultos de una comunidad determinada. Lo anterior

también permite construir momentos de participación activa y democrática en

Page 5: Taller plebiscito

5

donde se supere la brecha intergeneracional que muchas veces existe entre

estos dos grupos etarios, al tiempo que se revalida la condición de ciudadanos

para los jóvenes.

El presente taller informativo y de sensibilización está dirigido a estudiantes

para promover la participación de los jóvenes en este tipo de procesos de

consulta. También tiene por objetivo que ellos puedan compartir información

que permita conocer de manera transparente en qué consiste el proceso de

consulta popular (el cual descansa en la figura del plebiscito) y qué es

exactamente un Concejo Municipal de Distrito.

Page 6: Taller plebiscito

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OBJETIVOS

Objetivo general

Promover la participación juvenil activa y democrática en el proceso de

consulta popular denominado plebiscito.

Objetivos específicos

- Apoyar el derecho a la información sobre el tema del plebiscito, como eje

fundamental para que los jóvenes se involucren en el proceso.

- Promover la reflexión por parte de los jóvenes en torno a su posible

participación en el proceso de plebiscito, a partir del conocimiento del

derecho a la participación que tienen las personas menores de edad.

- Estimular los diálogos comunitarios entre los jóvenes y distintos agentes de

la comunidad.

Page 7: Taller plebiscito

7

REFERENTES TEÓRICOS

LA CIUDADANÍA ACTIVA: UNA TAREA DE TODOS(AS)

Para muchas personas, la ciudadanía parece ser un concepto abstracto y lejano

que se relaciona con el concepto de Estado como institución, pero no lo logran

vincular con su vida cotidiana. Sin embargo, en los últimos años se han hecho

esfuerzos importantes por modificar el enfoque que se le ha dado a la

ciudadanía en este ámbito: se explica como un concepto que tiene que ver

también con las acciones de cada persona con respecto a la sociedad.

Según Bujanda (2007), la ciudadanía conlleva el verse a uno mismo como

persona autónoma y competente, con una serie de metas por realizar en el

plano personal y como un miembro de una comunidad política, legitimado para

intervenir en los asuntos que competen a dicho grupo social.

La ciudadanía activa hace referencia al compromiso adquirido por las personas

ante situaciones de la vida pública o el quehacer cotidiano. Ocurre un

involucramiento no solo en las actividades dictadas por la ley. Además, se

incluye el reconocimiento de las personas como sujetos capaces de proponer,

externar puntos de vista e injerir en los cambios de las diferentes esferas

sociales y políticas.

Ser y sentirse ciudadano es parte de un proceso continuo que comienza en el

hogar y en los contextos inmediatos en los que nos desenvolvemos

diariamente. Está vinculado con las relaciones que establecemos, la expresión

de nuestras ideas, la identificación y significado que le otorgamos a los

acontecimientos que suceden a nuestro alrededor y el papel que asumimos en

el momento de tomar una decisión.

Page 8: Taller plebiscito

8

Como puede notarse este enfoque de la ciudadanía activa no puede ni debe

verse como un atributo exclusivo de las personas adultas, sino que intenta

reconocer el derecho a ejercer la participación activa que tienen tanto niños,

como adolescentes y adultos. Esta consideración de los niños y jóvenes en

calidad de ciudadanos significa reconocerlos como agentes de cambio que

pueden influir en su vida personal y social.

En Costa Rica se han hecho esfuerzos importantes por reconocer el derecho a

la participación que tienen las personas menores de edad desde un punto de

vista jurídico. Por ejemplo, la ley 8261, Ley General de la Persona Joven,

establece en el artículo 4 del capítulo 3, inciso b) El derecho a la participación,

formulación y aplicación de políticas que le permitan integrarse a los procesos

de toma de decisión en los distintos niveles para su desarrollo humano.

Por su parte, la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, la

cual fue aprobada en Costa Rica como ley de la República desde el año 2007,

establece su artículo 21 que:

1. Los jóvenes tienen derecho a la participación política.

2. Los Estados Parte, de conformidad con la legislación interna de cada

país, se comprometen a impulsar y fortalecer procesos sociales que

hagan efectiva la participación de jóvenes en todos los sectores de la

sociedad, promover su derecho de inscribirse en agrupaciones políticas,

elegir y ser elegidos; y promover que las instituciones gubernamentales

y legislativas fomenten la participación de los jóvenes en la formulación

de políticas y leyes referidas a la juventud.

Entonces, se establece que las personas jóvenes tienen derecho a estar

informadas sobre los diferentes procesos que se suscitan en nivel local o

nacional, a fin de generar una opinión propia al respecto y a expresarla.

Page 9: Taller plebiscito

9

La legislación costarricense ha apostado por brindarles a los niños y a los

adolescentes un papel activo en la toma de decisiones; pero no basta con eso.

De acuerdo con la propuesta de Bujanda (2007), asumir la condición de

ciudadanos de los jóvenes implica eliminar cualquier obstáculo para su

presencia en la arena social y política, así como tomarlos en serio en los

procesos de deliberación y toma de decisiones. Es necesario escuchar lo que

los jóvenes tienen que decir, especialmente en torno a aquellas cuestiones que

más les afectan.

Este nuevo enfoque de la ciudadanía implica dar voz a los jóvenes, respetar lo

que estas nuevas generaciones tienen que decir acerca de las posibles

modificaciones positivas de su entorno. Y, por supuesto, reconocerlos como

miembros activos de una sociedad, como agentes de cambio que pueden

incidir positivamente en la esfera pública, en el entorno comunitario e

igualmente en sus vidas en particular.

Page 10: Taller plebiscito

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LAS CONSULTAS POPULARES A ESCALA CANTONAL Y DISTRITAL1

En un estado democrático de derecho existen muchos mecanismos de

participación ciudadana que le permiten al Estado la canalización de

inquietudes, reclamos y opiniones de la sociedad. Estas posibilitan a su vez,

sustentar los procesos de decisión y la legitimidad del Gobierno.

La participación ciudadana es participación política ya que significa la

intervención directa de la ciudadanía en las actividades públicas, sin estar

relacionada con la participación mediada de los partidos políticos y que

trasciende al ejercicio del derecho al voto.

La consulta popular se define como un mecanismo mediante el cual la

municipalidad somete a consideración de los ciudadanos un determinado

asunto, a fin de obtener su opinión. Existen tres mecanismos de consulta

popular, a saber:

1. Plebiscito: tipo de consulta en la que los habitantes de un cantón se

pronuncian en torno a un asunto de trascendencia regional o la

revocatoria del mandato de un alcalde municipal. El resultado de esta

consulta será de acatamiento obligatorio para el Concejo Municipal.

2. Referendo: es la consulta que tiene por fin la aprobación, modificación

o erogación de un reglamento o disposición municipal de carácter

normativo. El resultado de esta consulta será de acatamiento obligatorio

para el Concejo Municipal.

1 Información tomada de Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Manual para la Realización de Consultas

Populares a Escala Cantonal y Distrital. Publicado en la Gaceta Nº 204 del 21 de octubre de 1998. Y

Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Consultas Populares a Escala Cantonal y Distrital. Manuscrito de

Capacitación sin publicar.

Page 11: Taller plebiscito

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3. Cabildo: es la consulta mediante una reunión pública del Concejo

Municipal y los Concejos Distritales, a la cual los habitantes del cantón

son invitados para participar y discutir asuntos de interés local.

El Concejo Municipal es el órgano competente para convocar las consultas a

escala cantonal. Para esto, dicta un acuerdo de convocatoria que deberá

comunicar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Se debe citar: la fecha de

consulta (no será menos de 3 meses de la convocatoria en casos de plebiscito

y referendo y un mes para cabildo), una definición clara del asunto y la

previsión presupuestaria.

Toda consulta deberá realizarse en día domingo o feriado de ley, salvo que la

mayoría calificada del Concejo Municipal disponga lo contrario.

El Concejo Municipal podrá nombrar una comisión, conformada por los

regidores síndicos, que se encargue de la organización y dirección de la

consulta.

Es importante destacar que la consulta popular puede versar sobre cualquier

asunto, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

- Que el asunto por resolver sea de competencia municipal

- Que el asunto por resolver no tenga un procedimiento debidamente reglado

por la ley.

- Que el resultado de la consulta pueda originar un acto administrativo válido y

eficaz de la autoridad municipal.

- Que la consulta aborde un asunto actual y de interés general para los

habitantes de la comunidad.

Page 12: Taller plebiscito

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Además:

- No se realizarán consultas populares a escala cantonal o distrital durante

los 8 meses anteriores a la celebración de elecciones o los 3 meses

anteriores a la elección de alcalde municipal.

- Si de un plebiscito o referendo se rechaza un asunto, no podrá volver a

consulta popular en un tiempo que determinará cada municipalidad en su

reglamento, el cual no será menor de dos años.

Page 13: Taller plebiscito

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EL PLEBISCITO2

La palabra plebiscito tiene su origen en el término latino plebiscitum (llamado o

convocatoria a la plebe). Por otro lado, se define como la consulta que los

poderes del público someten al voto popular directo para que apruebe o

rechace una determinada propuesta sobre soberanía, ciudadanía, poderes

excepcionales, etc.

A continuación, se detalla la información básica que se debe tener en cuenta

para el desarrollo de un plebiscito:

- Electores: deben estar inscritos en el padrón electoral, el cual se cierra un

mes antes de la aprobación en firme de la convocatoria. El elector se

identificará con su cédula y seguirá lo indicado en el Código Electoral.

- Ubicación de recintos: con la asesoría de los funcionarios que el TSE

asigne, el Concejo Municipal deberá definir en el mes inmediato siguiente a la

convocatoria, los lugares que serán usados como centros de votación. Se

procurará que los ciudadanos no tengan que recorrer largas distancias para

emitir su voto; por lo tanto, se tomarán en cuenta las características

geográficas y las vías de comunicación.

- Convocatoria formal: la convocatoria formal deberá ser publicada en al

menos dos diarios de circulación nacional. Dicha convocatoria incluirá una

explicación del asunto que se someterá a consulta, la formulación de la

pregunta por contestar; además, hay que indicar que el resultado de la

consulta será de acatamiento obligatorio para el Concejo Municipal.

2 Información tomada de Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Manual para la Realización de Consultas

Populares a Escala Cantonal y Distrital. Publicado en la Gaceta Nº 204 del 21 de octubre de 1998. Y

Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Consultas Populares a Escala Cantonal y Distrital. Manuscrito de

Capacitación sin publicar.

Page 14: Taller plebiscito

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- Divulgación de la consulta: sin perjuicio de lo anterior, el Concejo

Municipal tomará todas las medidas necesarias, a fin de divulgar ampliamente

la consulta en todo el cantón y promover la efectiva participación de los

ciudadanos.

- Discusión de las propuestas: el Concejo Municipal también debe tomar las

medidas para garantizar un adecuado margen de libertad para el planteo y

examen de las distintas opciones que presenta la consulta popular. Debe

disponer de tiempo razonable para la divulgación y el análisis de las diferentes

alternativas por parte de los habitantes del cantón.

- Propaganda: El Concejo Municipal establecerá los límites de la propaganda

para las diferentes propuestas; la campaña debe cerrarse al menos un día

antes de la consulta. De la misma manera, el Concejo tiene la responsabilidad

de velar porque la información que circule sea veraz, respetuosa y no induzca

a confusión al electorado.

- Formulación de la pregunta: la formulación de la pregunta debe ser clara

y concisa, de modo que se eviten interrogantes confusas, capciosas o de doble

sentido. Salvo casos excepcionales, la pregunta será formulada de manera que

se pueda contestar con un SI o un NO.

- Papeletas: el Concejo Municipal elaborará las papeletas que serán usadas en

la consulta; en dichas papeletas se imprimirá o escribirá la pregunta y las

casillas para marcar la respuesta.

- Documentación electoral: el TSE asesorará a la municipalidad en cuanto a

las seguridades básicas en la confección y el manejo de la documentación

electoral.

- Juntas Receptoras de Votos: estarán conformadas por un mínimo de 3

propietarios y 3 suplentes; estarán compuestas por nóminas que representará

Page 15: Taller plebiscito

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cada Concejo de Distrito ante el Concejo Municipal, dentro del término que

este disponga. En caso de carencia, el Concejo Municipal podrá nombrar a los

miembros de juntas receptoras de manera directa. El Concejo Municipal

realizará la integración e instalación de las juntas. Los miembros de mesa

deberán recibir instrucción adecuada para el cumplimiento de sus funciones y

serán juramentados por el presidente del Concejo Municipal.

- Votación: El proceso de votación se llevará a cabo según lo establecido en

el Código Electoral y los mecanismos que haya dispuesto el TSE para los

comicios nacionales.

- Horario de votación: El Concejo Municipal establecerá el horario de

votación, que no puede ser inferior a 6 horas ni superior a 12 horas.

- Medidas de seguridad: el Concejo Municipal tiene la obligación de tomar

las medidas necesarias, a fin de garantizar un ambiente de seguridad y

tranquilidad el día de las elecciones.

- Escrutinio: Al final de la jornada electoral, cada junta realizará el

escrutinio provisional de votos. El resultado se certificará y enviará de

inmediato, con el resto del material, al Concejo Municipal, de conformidad con

las instrucciones que este haya indicando. El Concejo Municipal realizará el

escrutinio definitivo, con presencia de dos delegados que el TSE designe para

tales efectos. La revisión de votos deberá haber concluido a más tardar 15 días

hábiles después de la celebración de los comicios.

Page 16: Taller plebiscito

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¿QUÉ ES UN CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO?3

El Concejo Municipal de distrito es el ente que tiene a su cargo las

competencias administrativas locales y podrá convenir en toda clase de

alianzas de cooperación con la municipalidad del cantón y con entes públicos

no territoriales. Toda la normativa referente a las municipalidades será

aplicable a los Concejos Municipales de distrito.

Los Concejos Municipales de distrito están integrados, como órganos

colegiados, por cinco concejales propietarios y sus respectivos suplentes, todos

vecinos del distrito; estos serán elegidos popularmente en la misma fecha de

elección de los síndicos y por igual período. Del mismo modo, tanto los

concejales propietarios como los suplentes se regirán bajo las mismas

condiciones y tendrán iguales deberes y atribuciones que los regidores

municipales.

El órgano ejecutivo de los concejos municipales de distrito será la Intendencia,

cuyo titular también será elegido popularmente, en la misma fecha, por igual

período, bajo las mismas condiciones y con iguales deberes y atribuciones que

el alcalde municipal. Dicho delegado en sus ausencias será sustituido por

quien designe el Concejo Municipal de distrito. El intendente devengará un

salario cuyo monto no podrá ser superior al estipulado para los alcaldes en el

Código Municipal.

El Concejo Municipal de distrito y el intendente distrital deberán rendir a la

municipalidad del cantón los informes y las copias de documentos que les

soliciten. Igualmente, estarán obligados a brindar todas las facilidades a los

auditores y contadores de la municipalidad del cantón, en los estudios que

requieran realizar en los Concejos Municipales de distrito.

3 Información tomada de Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE) (2002). Ley General de

Concejos Municipales de Distrito (n.º 8173). Publicado en La Gaceta No. 7 de 10 de enero del 2002.

Page 17: Taller plebiscito

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Los impuestos de patentes aplicables a las actividades ejecutadas en el

distrito, serán percibidos por el Concejo Municipal de distrito. Esto sin perjuicio

de que, en caso de actividades especialmente grandes, el producto de la

patente deba repartirse con la municipalidad del cantón, según convengan las

partes; de igual modo se procederá con los demás impuestos locales. En los

impuestos en que participen las municipalidades, se entenderá que los

Concejos Municipales de distrito participan proporcionalmente.

Toda partida específica o transferencia pública de fondos para obras o

proyectos del distrito deberá girarse directamente al Concejo Municipal de

distrito.

La creación de Concejos Municipales de distrito deberá ser dispuesta al menos

por dos terceras partes del total de integrantes del Concejo Municipal del

cantón, cuando lo soliciten un mínimo de 250 vecinos del distrito respectivo.

Solo en el caso de los distritos distantes de la cabecera del cantón, según el

reglamento que dicte previamente cada municipalidad, deberá contarse con el

apoyo de al menos el quince por ciento de los votantes inscritos en el cantón.

Las municipalidades, guardando el debido proceso, podrán disolver los

Concejos Municipales de distrito por no menos de dos tercios de los votos del

Concejo Municipal del cantón, previa investigación exhaustiva que compruebe

fehacientemente la inconveniencia de su continuación para el interés público.

En tal caso, para todo efecto, la municipalidad sucederá jurídicamente al

Concejo Municipal de distrito.

Page 18: Taller plebiscito

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PROPUESTA METODOLÓGICA

La propuesta metodológica consiste en construir conocimiento a partir de la

experiencia previa de los participantes mediante el desarrollo de un taller que

los motive e integre.

Se propone un taller interactivo para profundizar en el abordaje de la temática

propuesta. El taller tiene una duración aproximada de dos horas y media y está

dirigido a estudiantes de secundaria. Se busca la participación activa de todos

los participantes mediante el uso de técnicas grupales y dinámicas.

Es importante que el facilitador del taller haya estudiado detenidamente el

contenido del marco teórico que fundamenta este taller; así podrá orientar

adecuadamente las participaciones y discusiones del grupo de trabajo. Sin

embargo, se debe aclarar que el facilitador del taller no es el dueño del

conocimiento, sino que crea las condiciones para que los participantes formen

sus propias opiniones acerca del tema.

Además, para la realización del taller es importante disponer de un espacio que

propicie una dinámica de trabajo basada en la horizontalidad. Se recomienda

iniciar el taller disponiendo las sillas (no es necesario incluir mesas) en un

círculo, a fin de que se facilite la interacción entre los participantes y se

mantenga un espacio vacío en el centro del salón para realizar las actividades.

Esta disposición del espacio se modificará únicamente para la realización de la

Actividad 3, para la cual se dispondrán las mesas y sillas en pequeños equipos

de trabajo distribuidos en todo el salón.

El taller tiene una duración de 3 horas y está planteado para desarrollarse con

un grupo de treinta personas; sin embargo, usted lo puede adaptar para

llevarlo a cabo con más o menos personas, no obstante si hace esto debe

tomar las previsiones del caso. Las actividades del taller se estructuran de la

siguiente forma:

Page 19: Taller plebiscito

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Actividad 1

Encuadre y presentación

Descripción de la actividad

Bienvenida y agradecimiento. Presentación del facilitador y de los

participantes. Para esto se le sugiere utilizar la actividad “Una persona en este

grupo…” (ver Anexo 1). Entregue a cada participante una copia de este anexo

y dé la siguiente instrucción: “Para conocernos de una forma diferente vamos a

utilizar estas preguntas, las cuales van a tratar de responder lo más pronto

posible con la ayuda de todas las personas que están participando en esta

actividad. La respuesta corresponde al nombre de la persona que reúne la

característica que se les presenta en forma de pregunta y la única regla del

juego es que no pueden repetir ningún nombre, es decir, no pueden hacer más

de una pregunta a una misma persona. El participante que complete de

primero todas las preguntas deberá indicar que terminó, lo cual será la señal

para todos de que deben detenerse y volver a sus asientos. Sin importar si

completaron o no su hoja, cada uno elegirá una pregunta que le haya llamado

la atención y la compartirá con el resto del grupo; indicando también el por

qué y quién se la respondió”.

Luego, presente los temas y objetivos del taller y explique brevemente el

trabajo por realizar. En este momento es importante que usted, como

facilitador, invite a todos a participar e involucrarse de lleno en las diferentes

actividades. Aclare que no hay respuestas buenas ni malas, que todos tienen

algo importante que decir y que los aportes de todos son igualmente valiosos.

Objetivos

Aclarar la dinámica del trabajo durante la sesión.

Page 20: Taller plebiscito

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Generar un espacio ameno que permita a los(as) participantes

conocerse y romper el hielo.

Materiales y recursos:

Bingo (ver Anexo 1)

Tiempo:

30 minutos

Page 21: Taller plebiscito

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Actividad 2

Ordeñando la vaca

Descripción de la actividad

Antes de presentar la actividad, se le pide a cuatro voluntarios(as) que salgan

del aula. Una vez que han salido y usted se asegure de que no van a escuchar

ni ver nada, entonces se le explica al resto del grupo la actividad y el papel que

ellos jugarán. La primera indicación para el grupo es que ellos asumirán el rol

de jueces observadores y se les dice lo siguiente:

“Voy a realizar la mímica de las acciones que realiza un granjero al ordeñar

una vaca y sus compañeros (los que están fuera) tendrán que repetirla uno a

uno, sin decirles de qué se trata. El último compañero tendrá que tratar de

adivinar, como si se tratara de un “teléfono chocho”, cuál fue la acción que se

estaba repitiendo. Ustedes serán los observadores y recuerden que no pueden

realizar ningún comentario hasta que finalice la actividad”.

Se le indica a uno de los voluntarios que entre al aula y el facilitador

dramatiza la secuencia de actividades que implica ordeñar una vaca, sin decirle

de qué se trata. Después, este primer voluntario debe repetir la dramatización

para otra de las personas que espera fuera del aula. Así se hará sucesivamente

hasta que la última persona, después de haber realizado la secuencia, trata de

explicar de qué se trataba la mímica. Cuando el último participante ha dado su

explicación acerca de la mímica, se facilita un espacio para que los jueces

observadores comenten lo que observaron en los diferentes momentos: desde

que el facilitador hizo la mímica hasta que el último voluntario dio su

explicación.

En este momento, los voluntarios pueden comentar cómo se sintieron haciendo

esta actividad y qué hubiese sido importante o les habría ayudado para hacerlo

Page 22: Taller plebiscito

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mejor. La idea es llevar esta discusión al punto de que los participantes

analicen la importancia de contar con información suficiente y veraz para poder

realizar adecuadamente las tareas.

Se debe promover o explicar y la relación de esta actividad con el proceso de

plebiscito.

Como facilitador, es importante que usted no introduzca directamente esta

idea, sino que salga del mismo grupo y que se oriente la discusión. Para esto

se le sugieren las siguientes preguntas guía:

- ¿Cómo se sintieron haciendo esta actividad?

- ¿Qué elementos creen que les habría facilitado la repetición de la mímica?

- ¿Qué la dificultó?

- ¿Sabían lo que estaban dramatizando? ¿Por qué?

- ¿Qué relación creen que puede tener esta actividad con el tema del

plebiscito? ¿Por qué?

- ¿Por qué es tan importante contar con la información adecuada para la

toma de decisiones?

- Tal como sucedió en esta actividad: ¿Qué sucede cuando tenemos que

hacer algo sin tener muy en claro de qué se trata?

Objetivo:

Identificar la importancia de la información veraz para la toma de decisiones

Materiales y recursos:

Ninguno

Tiempo:

30 minutos

Page 23: Taller plebiscito

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Actividad 3:

Grupo de discusión

Descripción de la actividad

Se forman cuatro subgrupos. Es importante que los participantes trabajen con

personas que no conocen o con las que se relacionen poco. Por esto, se le

sugiere recurrir al azar, como por ejemplo:

Tarjetas de agrupación: se pide a los estudiantes que se unan con los

compañeros que tengan una tarjeta del mismo color, diseño o número.

También se pueden repartir confites, semillas, fotografías, etc.

Rompecabezas: los estudiantes se integran con los compañeros que

tengan el resto de las piezas que completan su rompecabezas

Fecha de cumpleaños, ya sea según el día o el mes

Orden alfabético del apellido o del nombre

Refranes incompletos

Aficionados a mascotas

Habilidades comunes e intereses

Naipes: solicitar que se unan según el número o forma de la carta

asignada, etc.

A cada subgrupo se le asigna uno de los siguientes temas: ¿Qué es el

plebiscito?, ¿Qué es un Concejo Municipal de Distrito?, ¿Qué es la ciudadanía

activa? y ¿Cuáles son los derechos que tenemos los jóvenes en materia de

participación? Se les entrega un papel periódico para que elaboren un

papelógrafo. Deben recopilar, a manera de lluvia de ideas y basándose en sus

conocimientos previos, cuáles son sus respuestas a la pregunta generadora

que les correspondió.

Se pega el papelógrafo en la pared y posteriormente se les entrega otro

papelógrafo y una ficha resumen en donde se explica la respuesta a su

Page 24: Taller plebiscito

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pregunta generadora (ver Anexo 2). El objetivo es que hagan una síntesis de

los puntos principales de la información que contiene la ficha. Se pega en la

pared y se inicia con la exposición de los trabajos realizados.

El facilitador interviene para aclarar dudas, brindar ejemplos y hacer una

síntesis de la información. De ahí la importancia de que usted haya estudiado

los referentes teóricos que aquí se le brindan.

Recuerde que durante el trabajo en grupo es necesario monitorear a cada

subgrupo para comprobar que han comprendido la tarea y el texto. Además,

para corroborar que están participando todos sus miembros de manera

equitativa. Ayúdelos a que se expresen libremente, sin temor ni

preocupaciones de que su respuesta sea correcta o no, sobre todo en la

primera tarde. Colabore para que realmente hagan una síntesis del texto y

que sus ideas reflejen la compresión del tema, no una copia textual.

Objetivo

Brindar información veraz sobre el tema del plebiscito, el concejo

municipal de distrito, la ciudadanía activa y los derechos de participación

de los menores de edad.

Materiales y recursos:

Papel periódico, marcadores, masking tape y fichas resumen (Anexo 2)

Tiempo:

40 minutos

Page 25: Taller plebiscito

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Actividad 4

Buscando pareja

Descripción de la actividad

Se le pide a los participantes que se pongan de pie y a cada uno se le coloca

en la espalda un papel de un color y con una numeración específica. El papel

también contiene información sobre uno de los criterios que se deben tomar en

cuenta para la realización de un plebiscito (ver Anexo 3).

Cada participante debe averiguar las características y el contenido del papel

que el fue asignado para poder encontrar la persona que tiene un papel que

complementa la información que contiene su propia ficha. Por ejemplo, se

elaboraran dos fichas azules con el #1. En uno de los papeles se escribe: “Los

electores del plebiscito deben estar….”; en la otra ficha se escribe “…. inscritos

en el padrón electoral, el cual se cierra un mes antes de la aprobación en firme

de la convocatoria”.

Una vez que hayan encontrado su pareja, se sientan juntos y se retiran el

papel. Cuando todos se hayan sentado, se le pide a la pareja número uno que

lea el criterio que les correspondió; después, se ofrece un espacio para

comentarios, dudas y preguntas que pueden hacer los participantes o usted

mismo en torno al criterio que acaban de escuchar. Cerciórese de que todos

hayan comprendido lo que cada criterio significa o quiere decir.

Recuerde que para un mejor aprovechamiento del tiempo usted debe:

preparar por anticipado el material que requieren las actividades

distribuir las fichas o cualquier otro material impreso rápidamente;

incluso puede dejarlo en zonas estratégicas del salón listo para pegar.

Page 26: Taller plebiscito

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pedir el apoyo de estudiantes voluntarios.

motivar en todo momento a los participantes para que se involucren y

participen la actividad.

Objetivo

Explicar los criterios más importantes que se deben tomar en cuenta

para la realización de un plebiscito

Materiales y recursos:

28 fichas de colores que contienen la información del plebiscito (Anexo 3) y

masking tape

Tiempo:

50 minutos

Page 27: Taller plebiscito

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Actividad 5

Reflexión grupal

Descripción de la actividad

En plenaria, se les pregunta a los participantes cuál creen que debería o podría

ser el papel de los jóvenes (especialmente el de aquellos que no pueden

participar por medio del voto) en el proceso de consulta democrática del

plebiscito.

Para iniciar el aporte de ideas puede hacerse una síntesis de lo que se ha

mencionado hasta el momento: retomen en conjunto algunos puntos o

comentarios que hayan surgido en las actividades anteriores. Además, es

importante que todos exploren y profundicen en sus ideas, de modo que los

participantes puedan reflexionar y analizarlas. Guíelos pero no les dé la

respuesta en este momento ellos deben ser capaces de producirlas por sí

mismos.

Es importante que usted como facilitador, se muestre genuinamente

interesado en lo que los participantes tienen que decir, les dé confianza aun

cuando sus aportes no sean muy exactos o no tengan mucha relación con la

síntesis que se desea realizar. Valídelos siempre y reoriéntelos para que

puedan llegar a ideas más precisas.

Anoten las ideas en la pizarra. Para esto puede solicitar un voluntario que le

ayude o colabore con esta tarea. Una vez que se han recopilado todas las ideas

y estas sean suficientes, entre todos, hagan una integración o categorización

de los diferentes aportes. Trate que todos retomen los derechos de

participación.

Page 28: Taller plebiscito

28

Objetivo

Reflexionar, como jóvenes, en torno a su posible participación en el

proceso de plebiscito

Materiales y recursos:

Pizarra, tiza o marcador

Tiempo:

15 minutos

Page 29: Taller plebiscito

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Actividad 6

Cierre y evaluación del taller

Descripción de la actividad

Como cierre, se discuten en plenaria los elementos más significativos para los

participantes. Se les agradece su colaboración y su participación; por último,

se les entrega un material para que valoren el taller (ver Anexo 4). Es

importante que usted revise la información que pueda obtener de estas

evaluaciones, las sistematice y analice para poder mejorar futuras

aplicaciones.

Objetivo

Evaluar la ejecución del taller

Materiales y recursos:

Hoja de evaluación (Anexo 4)

Tiempo:

15 minutos

Page 30: Taller plebiscito

30

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Asamblea General de la República. (2002). Ley General de la Persona Joven (Nº 8261).

Costa Rica: UNFPA y Concejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven.

Bujanda, M. (2007). Ciudadanía Joven: algunas pautas para un nuevo enfoque de

Educación Ciudadanía. Ponencia presentada en el I Simposio Internacional sobre

Derechos de la Niñez y la Adolescencia. “Políticas Educativas Inclusivas: Educación para

la Ciudadanía y la Paz”.

Huddleston, T. & Kerr, D. (2006). Making Sense of Citizenship. Consultado en línea

www.citizenshipfoundation.org.uk 11 de enero del 2007.

Organización Iberoamericana de la Juventud. (2007). Convención Iberoamericana de

Derechos de los Jóvenes. Costa Rica: Viceministerio de Juventud.

Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE). (1998). Manual Para la Realización

de Consultas Populares a Escala Cantonal y Distrital. Publicado en La Gaceta n.°204 del

21 de octubre de 1998.

Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE). (2002). Ley General de Concejos

Municipales de Distrito (n.º 8173). Publicado en La Gaceta No. 7 de 10 de enero del

2002.

Tribunal Supremo de elecciones (TSE). Manual para la Realización de Consultas

Populares a Escala Cantonal y Distrital, publicado en la Gaceta Nº 204 del 21 de octubre

de 1998.

Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Consultas Populares a Escala Cantonal y Distrital

(s.f.). Manuscrito de Capacitación sin publicar.

Page 31: Taller plebiscito

31

ANEXO 1

1. Una persona en este grupo cuyo nombre inicie con la misma letra que

el mío: ____________________________________________________

2. Una persona en este grupo a la que le guste el fútbol: ________________

3. Una persona en este grupo que ya vio las tres películas de El Señor de los

Anillos: _____________________________________________________

4. Una persona en este grupo a la que le gusten los chocolates:_____________

5. Una persona en este grupo que practique algún deporte:________________

6. Una persona en este grupo que nació fuera del país:___________________

7. Una persona en este grupo que es más baja que yo:____________________

8. Una persona en este grupo que sea de la provincia de Guanacaste:_________

9. Una persona en este grupo que viva en Puntarenas:____________________

10. Una persona en este grupo que nació el mismo mes que yo:______________

11. Una persona en este grupo que calza el mismo número de zapatos

que yo: ___________________________________________________________

12. Una persona en este grupo que ha viajado a otro país: _________________

13. Una persona en este grupo a quien me agradaría conocer mejor:__________

14. Una persona en este grupo cuyo color favorito sea el azul: _____________

15. Una persona en este grupo que me simpatizó inmediatamente

al conocerla es:__________________________

16. Una persona en este grupo espera que este

Encuentro:________________________________

_______________________________________

Page 32: Taller plebiscito

32

ANEXO 2

FICHAS PARA LA DISCUSIÓN GRUPAL

¿QUÉ ES UN PLEBISCITO?

La palabra plebiscito tiene su origen en el término latino plebiscitum

(llamado o convocatoria a la plebe).

En un estado democrático de derecho existen muchos mecanismos de

participación ciudadana que le permiten al Estado la canalización de

inquietudes, reclamos y opiniones de la sociedad. Estas posibilitan a su vez,

sustentar los procesos de decisión y la legitimidad del Gobierno.

La consulta popular es un mecanismo mediante el cual la municipalidad

somete a consideración de los ciudadanos un determinado asunto, a fin de

obtener su opinión. Existen tres mecanismos de consulta popular, a saber:

Plebiscito: tipo de consulta en la que los habitantes de un

cantón se pronuncian en torno a un asunto de trascendencia regional o

la revocatoria del mandato de un alcalde municipal. El resultado de esta

consulta será de acatamiento obligatorio para el Concejo Municipal.

Referendo: es la consulta que tiene por fin la aprobación,

modificación o erogación de un reglamento o disposición municipal de

carácter normativo. El resultado de esta consulta será de acatamiento

obligatorio para el Concejo Municipal.

Cabildo: es la consulta mediante una reunión pública del Concejo

Municipal y los Concejos Distritales, a la cual los habitantes del cantón

son invitados para participar y discutir asuntos de interés local.

Page 33: Taller plebiscito

33

¿QUÉ ES CIUDADANÍA ACTIVA?

Para muchas personas, la ciudadanía parece ser un concepto abstracto y lejano que se

relaciona con el concepto de Estado como institución, pero no lo logran vincular con su

vida cotidiana. Sin embargo, en los últimos años se han hecho esfuerzos importantes por

modificar el enfoque que se le ha dado a la ciudadanía en este ámbito: se explica como

un concepto que tiene que ver también con las acciones de cada persona con respecto a

la sociedad.

Según Bujanda (2007), la ciudadanía conlleva el verse a uno mismo como persona

autónoma y competente, con una serie de metas por realizar en el plano personal y

como un miembro de una comunidad política, legitimado para intervenir en los asuntos

que competen a dicho grupo social..

La ciudadanía activa hace referencia al compromiso adquirido por las personas ante

situaciones de la vida pública o el quehacer cotidiano. Ocurre un involucramiento no solo

en las actividades dictadas por la ley. Además, se incluye el reconocimiento de las

personas como sujetos capaces de proponer, externar puntos de vista e injerir en los

cambios de las diferentes esferas sociales y políticas.

Ser y sentirse ciudadano es parte de un proceso continuo que comienza en el hogar y en

los contextos inmediatos en los que nos desenvolvemos diariamente. Está vinculado con

las relaciones que establecemos, la expresión de nuestras ideas, la identificación y

significado que le otorgamos a los acontecimientos que suceden a nuestro alrededor y el

papel que asumimos en el momento de tomar una decisión.

Page 34: Taller plebiscito

34

¿QUÉ ES UN CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO?

El Concejo Municipal de distrito es el ente que tiene a su cargo las competencias

administrativas locales. Está integrado, como órgano colegiado, por cinco concejales

propietarios y sus respectivos suplentes, todos vecinos del distrito; estos serán

elegidos popularmente en la misma fecha de elección de los síndicos y por igual

período. Toda la normativa referente a las municipalidades será aplicable a los

Concejos Municipales de distrito. El órgano ejecutivo de los Concejos Municipales de

distrito será la Intendencia, cuyo titular también será elegido popularmente, en la

misma fecha, por igual período, bajo las mismas condiciones y con iguales deberes y

atribuciones que el alcalde municipal.

El Concejo Municipal de distrito y el intendente distrital deberán rendir a la

municipalidad del cantón los informes y las copias de documentos que les soliciten.

Toda partida específica o transferencia pública de fondos para obras o proyectos del

distrito deberá girarse directamente al Concejo Municipal de distrito. Los impuestos de

patentes aplicables a las actividades ejecutadas en el distrito, serán percibidos por el

Concejo Municipal de distrito, sin perjuicio de que, en caso de actividades

especialmente grandes, el producto de la patente deba repartirse con la municipalidad

del cantón, según convengan las partes. De igual modo, se procederá con los demás

impuestos locales. En los impuestos en que participen las municipalidades, se

entenderá que los Concejos Municipales de distrito participan proporcionalmente.

La creación de Concejos Municipales de distrito deberá ser dispuesta al menos por dos

terceras partes del total de integrantes del Concejo Municipal del cantón, cuando lo

soliciten un mínimo de 250 vecinos del distrito respectivo. Solo en el caso de los

distritos distantes de la cabecera del cantón, según el reglamento que dicte

previamente cada municipalidad, deberá contarse con el apoyo de al menos el quince

por ciento de los votantes inscritos en el cantón.

Las municipalidades, guardando el debido proceso, podrán disolver los Concejos

Municipales de distrito por no menos de dos tercios de los votos del Concejo Municipal

del cantón, previa investigación exhaustiva que compruebe fehacientemente la

inconveniencia de su continuación para el interés público. En tal caso, para todo

efecto, la municipalidad sucederá jurídicamente al Concejo Municipal de distrito.

Page 35: Taller plebiscito

35

¿CUÁLES SON LOS DERECHOS QUE TENEMOS LOS

JÓVENES EN MATERIA DE PARTICIPACIÓN?

En Costa Rica se han hecho esfuerzos importantes por reconocer el derecho a la

participación que tienen las personas menores de edad desde un punto de vista jurídico.

Por ejemplo, la Ley 8261, Ley General de la Persona Joven, establece en el Artículo 4 del

Capítulo 3, inciso b) El derecho a la participación, formulación y aplicación de políticas que

le permitan integrarse a los procesos de toma de decisión en los distintos niveles para su

desarrollo humano. Por su parte, la Convención Iberoamericana de Derechos de los

Jóvenes, la cual fue aprobada en Costa Rica como Ley de la República desde el año 2007,

establece su Artículo 21 que:

1. Los jóvenes tienen derecho a la participación política.

2. Los Estados Parte, de conformidad con la legislación interna de cada país, se

comprometen a impulsar y fortalecer procesos sociales que hagan efectiva la participación

de jóvenes en todos los sectores de la sociedad, promover su derecho de inscribirse en

agrupaciones políticas, elegir y ser elegidos; y promover que las instituciones

gubernamentales y legislativas fomenten la participación de los jóvenes en la formulación

de políticas y leyes referidas a la juventud.

Entonces, se establece que las personas jóvenes tienen derecho a estar informadas sobre

los diferentes procesos que se suscitan en nivel local o nacional, a fin de generar una

opinión propia al respecto y a expresarla.

Estos derechos implican asumir la condición de ciudadanos de los) jóvenes eliminando

cualquier obstáculo para su presencia en la arena social y política, así como tomarlos en

serio en los procesos de deliberación y de decisiones. Es necesario escuchar lo que los

jóvenes tienen que decir, especialmente en torno a aquellas cuestiones que más les

afectan.

Este nuevo enfoque de la ciudadanía implica dar voz a los jóvenes, respetar lo que estas

nuevas generaciones tienen que decir acerca de las posibles modificaciones positivas de

su entorno. Y, por supuesto, reconocerlos como miembros activos de una sociedad, como

agentes de cambio que pueden incidir positivamente en la esfera pública, en el entorno

comunitario e igualmente en sus vidas en particular.

Page 36: Taller plebiscito

36

ANEXO 3

FICHAS PARA LA ACTIVIDAD:

BUSCANDO PAREJA

1) El plebiscito es……

1) ….un tipo de consulta en la que los habitantes de un

cantón se pronuncian en torno a un asunto de

trascendencia regional la revocatoria del mandato de un

alcalde municipal. El resultado de esta consulta será de

acatamiento obligatorio para el Concejo Municipal.

2) El plebiscito puede tratar en

torno a cualquier asunto, siempre

que cumpla con los siguientes

requisitos: ….

2) ….. - Que el asunto por resolver sea de competencia

municipal

- Que el asunto por resolver no tenga un procedimiento

debidamente reglado por la ley.

- Que el resultado de la consulta pueda originar un acto

administrativo válido y eficaz de la autoridad municipal.

- Que la consulta aborde un asunto actual y de interés

general para los habitantes de la comunidad.

3) El Concejo Municipal es el

órgano competente para convocar

el plebiscito a escala cantonal. Para

esto…..

3) ….dicta un acuerdo de convocatoria que deberá

comunicar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Se

debe citar la fecha de consulta (no será menos de 3 meses

antes de la convocatoria), una definición clara del asunto y

la previsión presupuestaria.

4) El plebiscito deberá realizarse en

día …

4) …domingo o feriado de ley, salvo que la mayoría

calificada del Concejo Municipal disponga lo contrario.

5) No se realizarán plebiscitos durante

los 8 meses anteriores a la celebración

de elecciones o de los 3 meses

anteriores a la elección de alcalde

municipal y ….

5) ….si en un plebiscito o referendo se rechaza un asunto,

no podrá volver a consulta popular en un tiempo

determinado por cada municipalidad en su reglamento, el

cual no será menor de dos años.

6) Los electores ….

6) …deben estar inscritos en el padrón electoral, el cual se

cierra un mes antes de la aprobación en firme de la

convocatoria. El elector se identificará con su cédula y

seguirá lo indicado en Código Electoral.

Page 37: Taller plebiscito

37

7) La ubicación de recintos será

definida….

7. …con la asesoría de los funcionarios que el TSE asigne, el

Concejo Municipal deberá definir en el mes inmediato

siguiente a la convocatoria, los lugares que serán usados

como centros de votación. Se procurará que los ciudadanos

no tengan que recorrer largas distancias para emitir su

voto; por lo tanto, se tomarán en cuenta las características

geográficas y las vías de comunicación.

8) La convocatoria formal al

plebiscito deberá….

8) ….ser publicada en al menos dos diarios de circulación

nacional. Dicha convocatoria incluirá contendrá una

explicación del asunto que se someterá a consulta, la

formulación de la pregunta por contestar; además, hay que

indicar que el resultado de la consulta será de acatamiento

obligatorio para el Concejo Municipal.

9) El Concejo Municipal establecerá

los límites de la propaganda para

las diferentes propuestas, la

campaña debe cerrarse al menos

un día antes de la consulta.

Asimismo, ….

9) ….el Concejo tiene la responsabilidad de velar porque la

información que circule sea veraz, respetuosa y no induzca a

confusión al electorado.

10) El Concejo Municipal elaborará

las papeletas que serán usadas en

la consulta; en dichas papeletas se

imprimirá o escribirá la pregunta y

las casillas para marcar la

respuesta, tomando en cuenta que

….

10) ….la formulación de la pregunta debe ser clara y

concisa, de modo que se eviten interrogantes confusas,

capciosas o de doble sentido. Salvo casos excepcionales, la

pregunta será formulada de manera que se pueda contestar

con un “SI” o un “NO”.

11) El proceso de votación se

llevará a cabo según lo establecido

en el Código Electoral y los

mecanismos que haya dispuesto el

TSE para los comicios nacionales y

tomando en cuenta el horario de

votación …..

11) ….que será establecido por el Concejo Municipal, que no

pude ser inferior a 6 horas ni superior a 12 horas.

Page 38: Taller plebiscito

38

12) Se debe garantizar la

seguridad de la documentación

electoral y de las personas

participantes, para ello: …

12) ….

a- El Tribunal Supremo de Elecciones asesorará a la

municipalidad en cuanto a las seguridades básicas en la

confección y el manejo de la documentación electoral.

b- El Concejo Municipal tiene la obligación de tomar las

medidas necesarias, a fin de garantizar un ambiente de

seguridad y tranquilidad el día de las elecciones.

13) Las Juntas Receptoras de Votos

13) …estarán conformadas por un mínimo de 3 propietarios

y 3 suplentes; estarán compuestas por nóminas que

representará cada Concejo de Distrito ante el Concejo

Municipal, dentro del término que este disponga. En caso de

carencia, el Concejo Municipal podrá nombrar a los

miembros de juntas receptoras de manera directa. El

Concejo Municipal realizará la integración e instalación de

las juntas. Los miembros de mesa deberán recibir

instrucción adecuada para el cumplimiento de sus funciones

y serán juramentados por el presidente del Concejo

Municipal.

14) Al final de la jornada electoral,

cada junta realizará el escrutinio

provisional de votos. El resultado

se certificará y enviará de

inmediato, con el resto del

material, al Concejo Municipal, de

conformidad con las instrucciones

que este haya indicado..

14) …el Concejo Municipal realizará el escrutinio definitivo,

con presencia de dos delegados que el TSE designe para

tales efectos. La revisión de votos l deberá habar concluido

a más tardar 15 días hábiles después de la celebración de

los comicios.

Page 39: Taller plebiscito

39

ANEXO 4

Tu valoración del taller

A continuación, nos gustaría conocer la valoración que hacés de este taller y lo que

aprendiste al participar en este proceso. Esta información es únicamente para mejorar

la labor que realizamos y garantizar que en futuras aplicaciones podamos hacer un

mejor trabajo. Por eso, te agradecemos que no dejes ninguna pregunta en blanco. Es

anónima y no tiene ninguna nota. Muchas gracias por tu colaboración.

I. ¿Qué me pareció el taller?

Seguidamente se te presentan unas frases que debes completar con tu opinión.

Las actividades fueron…

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

___________________________________________________________________

El tema del taller fue…

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

___________________________________________________________________

El manejo del tiempo fue…

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

___________________________________________________________________

La forma en como se trabajó fue….

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

___________________________________________________________________

Page 40: Taller plebiscito

40

II. ¿Cómo estuvo el papel del facilitador?

Marcá con una equis la casilla que mejor refleja tu respuesta.

Criterios Muy

cierto

Más o

menos

cierto

No muy

cierto

1. El facilitador distribuyó las actividades en el

tiempo justo y necesario para que fueran

provechosas.

2. El facilitador intervino demasiado durante las

discusiones y casi no hubo aportes de los

participantes.

3. El facilitador promovió que los participantes no se

dirigieran solo a él.

4. El facilitador promovió y motivó la participación

de todos los miembros del grupo sin favorecer a

unos más que a otros.

5. El facilitador logró generar un clima de escucha

activa y respeto en los diferentes momentos del

taller.

6. Durante el trabajo en pequeños grupos, el

facilitador monitoreó y atendió las dudas o

inquietudes de los diferentes subgrupos.

7. El facilitador retroalimentó a los participantes de

tal manera que por sí mismos pudiesen hallar las

respuestas a las situaciones que se les

plantearon.

III. ¿Qué aprendí hoy?

1. Escogé uno de los siguientes conceptos y explicá su significado: plebiscito, consejo

municipal, referendo y cabildo.

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

___________________________________________________________________

2. ¿A qué se refiere el concepto de ciudadanía activa?

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

___________________________________________________________________

Page 41: Taller plebiscito

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3. ¿Por qué es importante ejercer una ciudadanía activa?

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

___________________________________________________________________

4. ¿Comentá al menos tres derechos de participación?

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

___________________________________________________________________

IV ¿Cómo fue mi desempeño en este taller?

Para cada criterio, seleccioná y marcá con una equis el aspecto que mejor refleja tu

desempeño.

CRITERIOS ASPECTO

Pude aportar ideas claras durante las discusiones.

Al hacer mis aportes me concentré en el tema de

discusión sin desviarme de este.

Escuché con atención los aportes de los demás,

evitando hablar con otros o haciendo otras cosas

cuando ellos hablaban.

Seguí el hilo de las ideas para no repetir lo que

ya se había dicho.

Animé a otros miembros del grupo a participar en

la discusión.

Llegamos a un acuerdo con respecto a las

principales ideas que como grupo deseábamos

comunicar

Respeté las opiniones de los demás aunque no

las compartiera.

¡Muchas gracias!