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Taller de nutrición enteral
Javier Marco FrancoJefe de Sección de Inspección de Servicios Sanitarios Departamento 10-03
Regulación legal.
Evaluación.Evaluación.
Prescripción y visado
¿Dónde está regulado?
Real Decreto 1030/2006Real Decreto 1030/2006
Cartera de servicios comunes del
Sistema Nacional de Salud
El Real Decreto Ley 16/2012
Cartera común suplementaria del
Sistema Nacional de Salud:Sistema Nacional de Salud:
•Prestación farmacéutica.
•Prestación ortoprotésica.
•Prestación con productos dietéticos
1.- Fórmulas completas: cubrir las necesidades
nutricionales de la persona a la que se prescribe con
la dosis indicada. Dentro de ellas están fórmulas
completas especiales, además cumplen los
requerimientos de una enfermedad concreta.
2.- Fórmulas para alergia o intolerancia a las proteínas
Fórmulas resolución
2.- Fórmulas para alergia o intolerancia a las proteínas
de leche de vaca
3.- Módulos nutricionales: Son preparados
constituidos por un solo nutriente destinados a
trastornos metabólicos
4: Productos dietéticos para trastornos metabólicos
congénitos de hidratos de carbono, de aminoácidos y
lípidos.
Tipos de fórmulas enterales
Fórmulas completas para nutrición enteral domiciliaria
� Fórmulas completas generales
� Fórmulas completas especiales� Fórmulas completas especiales
Orden SCO/3858/2006
Fuente: GUÍA DE NUTRICIÓN ENTERAL DOMICILIARIA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Tipos de fórmulas enterales
Módulos nutricionales:
� Módulos hidrocarbonados (MH)
� Módulos lipídicos (ML)
� Módulos proteicos (MP)� Módulos proteicos (MP)
� Módulos mixtos (MM)
� Módulos espesantes (ME)
Orden SCO/3858/2006Fuente: GUÍA DE NUTRICIÓN ENTERAL DOMICILIARIA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Tipos de fórmulas enterales
Productos dietéticos para alergia o intolerancia a las proteínas de la leche de vaca:
� Fórmulas con hidrolizados de proteínas lácteas sin lactosa (LAPL). lactosa (LAPL).
� Fórmulas con hidrolizados de proteínas no lácteas sin lactosa (LAPN).
� Fórmulas con proteínas de soja sin lactosa (LAPS).
Orden SCO/3858/2006Fuente: GUÍA DE NUTRICIÓN ENTERAL DOMICILIARIA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Requisitos para la prescripción
Para que los tratamientos sean financiados:� Las necesidades nutricionales no pueden ser
cubiertas por alimentos ordinarios.� Su administración mejore la calidad de vida.� Criterios sanitarios y no sociales.� Criterios sanitarios y no sociales.� Los beneficios superen a los riesgos.� Valorar el tratamiento periódicamente.� Que el paciente se encuentre en una de las
situaciones clínicas que justifican la necesidad de la prestación con productos dietéticos.
La indicación de los tratamientos de
nutrición enteral domiciliaria se realiza
por los facultativos especialistas
adscritos a la unidad de nutrición de adscritos a la unidad de nutrición de
los hospitales o por los que determinen
los servicios de salud de las
comunidades autónomas en sus
respectivos ámbitos de gestión y
competencias.
La prescripción de los tratamientos con
productos dietéticos se realizara por
los facultativos especialistas en
endocrinología y nutrición, endocrinología y nutrición,
preferentemente por los adscritos a las
unidades de nutrición de los
hospitales.
En su defecto la prescripción la
realizaran los especialistas que tratan
la enfermedad de base que justifica la
indicación. En el caso de pacientes indicación. En el caso de pacientes
pediátricos, la indicación la realizarán
los pediatras de atención hospitalaria o
los especialistas en gastroenterología y
nutrición.
En el caso de la indicación de NED para la
intolerancia o alergia a la proteína de la
leche de vaca en lactantes (hasta 2 años,
si existe compromiso nutricional), la
prescripción podrá realizarla el pediatra prescripción podrá realizarla el pediatra
de atención primaria para el periodo de un
mes. Si persiste el cuadro de intolerancia,
deberá remitir al paciente al especialista
hospitalario para valoración.
Justificaciones
NED en alteraciones mecánicas de la
deglución o del tránsito que cursan con
afagia o disfagia severa y para los
trastornos neuromotores que impidan la trastornos neuromotores que impidan la
deglución o el tránsito, a través de sonda.
Sonda contraindicada: justificar en el
campo “observaciones” nutrición enteral
sin sonda y destacar el motivo.
Módulos proteicos justificar que no tolera las proteínas
de la dieta.
Módulos peptídicos, lo anterior más justificar que no
tolera la proteína intacta entera.
Módulos espesantes justificar que presenta disfagia
neurológica (o excepcionalmente motora), que puede neurológica (o excepcionalmente motora), que puede
ingerir alimentos sólidos y que no puede espesar los
líquidos con alternativas de consumo ordinario.
Determinados tipos de dietas exigen que presente
determinada enfermedad concomitante que se señala
en cada caso
1- Que el tratamiento haya sido indicado por el
facultativo especialista definido en la
instrucción segunda.
2- Que el producto prescrito, la indicación y el
diagnóstico estén correlacionados según lo
Requisitos para el visado
diagnóstico estén correlacionados según lo
dispuesto en estas instrucciones (Anexo III).
3- Que en el campo “observaciones” de la
solicitud de visado se hayan cumplimentado las
condiciones específicas en aquellos productos o
situaciones que lo requieran
Exige una correlación entre el producto
prescrito y el diagnóstico seleccionado.
Así, para cada una de las situaciones
clínicas que posibilitan la financiación de
tratamientos de nutrición enteral, se han tratamientos de nutrición enteral, se han
definido las indicaciones específicas
clasificadas a través de la Clasificación
Internacional de Enfermedades ClE9-MC y
para cada una de ellas, se recomiendan
una serie de productos dietéticos.
Situaciones clínicas
Trastornos metabólicos congénitos
�Trastornos del metabolismo de los �Trastornos del metabolismo de los hidratos de carbono.
�Trastornos del metabolismo de los aminoácidos.
�Trastornos del metabolismo de los lípidos.
Situaciones clínicas
Nutrición enteral domiciliaria: Para pacientes:
� a) Con alteraciones mecánicas de la deglución o del tránsito, que cursan con afagia y disfagia severa y precisan sonda. precisan sonda.
� Excepcionalmente, en casos de disfagia severa y si la sonda está contraindicada, puede utilizarse nutrición enteral sin sonda, previo informe justificativo del facultativo responsable de la indicación del tratamiento.
Situaciones clínicas
Nutrición enteral domiciliaria: Para pacientes:
�b) Con trastornos neuromotores que impiden la deglución o el tránsito y precisan sonda.impiden la deglución o el tránsito y precisan sonda.
� c) Con requerimientos especiales de energía y/o nutrientes.
�d) En situaciones clínicas cuando cursan con desnutrición severa.
Situaciones clínicas Módulos espesantes,
Pacientes con disfagia neurológica o excepcionalmente motora.
Posibilidad de ingerir alimentos sólidos sin riesgo de aspiración.aspiración.
Aspiración, riesgo de aspiración para alimentos líquidos
No pueden ser espesados con alternativas de consumo ordinario.
Con el fin de tratar de evitar o retrasar el empleo de sonda o gastrostomía.
Patologías
Alteraciones mecánicas de la deglución o del tránsito,
Trastornos neuromotores que impidan la Trastornos neuromotores que impidan la deglución o el tránsito.
Requerimientos especiales de energía y/o nutrientes.
Desnutrición severa.
Alteraciones mecánicas
�Tumores de cabeza y cuello.
�Tumores de aparato digestivo (esófago, estómago).estómago).
�Cirugía otorrinolaringológica (ORL) y maxilofacial.
�Estenosis esofágica no tumoral.
Trastornos neuromotores�Enfermedades neurológicas que cursan
con afagia o disfagia severa
�Accidentes cerebrovasculares.
�Tumores cerebrales.�Tumores cerebrales.
�Parálisis cerebral.
�Coma neurológico.
�Trastornos severos de la motilidad intestinal
Requerimientos especiales� Síndromes de malabsorción severa
� Enfermedades neurológicas subsidiarias de ser tratadas con dietas cetogénicas
� Alergia o intolerancia diagnosticada a las proteínas de leche de vaca en lactantes, hasta dos años si existe leche de vaca en lactantes, hasta dos años si existe compromiso nutricional.
� Cirugía mayor programada o trasplantes.
� Encefalopatía hepática crónica con intolerancia a las proteínas de la dieta.
� Pacientes con adrenoleucodistrofia ligada al cromosoma X, neurológicamente asintomáticos.
Desnutrición severa
� Enfermedad inflamatoria intestinal: colitis ulcerosa y enfermedad de Crohn.
� Caquexia cancerosa por enteritis crónica por tratamiento quimio y/o radioterápico.
� Patología médica infecciosa que comporta � Patología médica infecciosa que comporta malabsorción severa: SIDA.
� Fibrosis quística.
� Fístulas enterocutáneas de bajo débito.
� Insuficiencia renal infantil que compromete el crecimiento del paciente
Regulación legal.
Evaluación.
Prescripción y visado
Objetivos
- Mejorar los beneficios terapéuticos
- Disminuir los efectos indeseados - Disminuir los efectos indeseados
- Disminuir los costes del tratamiento.
Objetivos
La utilización de productos inadecuados.
La utilización insuficiente del tratamiento (infrautilización).
La utilización excesiva del tratamiento (sobreutilización). (sobreutilización).
La utilización inadecuada de los productos, respecto al esquema terapéutico (dosis, cumplimiento, etc.)
Regulación legal.
Evaluación.
Prescripción y visado
Visado
Dos visionesDos visiones
Prescripción
VisadoVisado
Notificación tras rechazo
Casos prácticos
INFORME: LACTANTE DE 7 MESES CON LACTANCIA MATERNA AFECTO DE DERMATITIS ATOPICA Y
BRONQUIOLITIS, QUE AL INTRODUCIR LECHE ADAPTATADA INICIA ESTREÑIMIENTO Y BROTE DE DERMATITIS Y
BRONQUIOLITIS. HARE EN DOS MESES REINTRODUCCIÓN Y BRONQUIOLITIS. HARE EN DOS MESES REINTRODUCCIÓN Y SI NO MEJORA LO MANDARÉ A DIGESTIVO
Gracias por vuestra atención