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Sustento legal del derecho ecolgico

Expositor: jaime CallejasSustento legal del derecho ecolgico

Puntos a desarrollarEL FUNDAMENTO LEGAL DEL DERECHO ECOLOGICO LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSLA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL. SEMARNAT.LGEEPA.LEY DE AGUAS NACIONALES.ORGANOS DESENTRALIZADOS PROFEPA INSTITTUTO NACIONAL DE ECOLOGIA. CONAGUA.

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSArtculo 4 prrafo cuarto: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizar el respeto a este derecho. El dao y deterioro ambiental generar responsabilidad para quien lo provoque en trminos de lo dispuesto por la ley.

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSArtculo 25 prrafo primero:

Corresponde al Estado la rectora del desarrollo nacional para garantizar que ste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberana de la Nacin y su rgimen democrtico y que, mediante el fomento del crecimiento econmico y el empleo y una ms justa distribucin del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitucin

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSArtculo 27 prrafo tercero:

Corresponde a la Nacin el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zcalos submarinos de las islas; de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depsitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; los productos derivados de la descomposicin de las rocas, cuando su explotacin necesite trabajos subterrneos; los yacimientos minerales u orgnicos de materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles minerales slidos; el petrleo y todos los carburos de hidrgeno slidos, lquidos o gaseosos; y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensin y trminos que fije el Derecho Internacional

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSARTCULO 73.- El Congreso tiene facultad:

XXIX.-A. Para establecer contribuciones:5o. Especiales sobre:

f) Explotacin forestal;

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSArtculo 80, que menciona:

Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unin en un solo individuo, que se denominar "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos."

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSArticulo 90: La Administracin Pblica Federal ser centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgnica que expida el Congreso, que distribuir los negocios del orden administrativo de la Federacin que estarn a cargo de las Secretaras de Estado y definir las bases generales de creacin de las entidades paraestatales y la intervencin del Ejecutivo Federal en su operacin

FUNCIONES DE LA SEMARNAT Fomentar la proteccin, restauracin y conservacin de los ecosistemas, recursos naturales, bienes, servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable. Formular y conducir la poltica nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estn reas cuando su administracin recaiga en gobiernos estatales y municipales o en personas fsicas o morales. Promover el ordenamiento ecolgico del territorio nacional, en coordinacin con las autoridades federales, estatales y municipales, y con la participacin de los particulares.

FUNCIONES DE LA SEMARNAT Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo que le presenten los sectores pblico, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, as como sobre los programas para la prevencin de accidentes con incidencia ecolgica. Conducir las polticas nacionales sobre cambio climtico y sobre proteccin de la capa de ozono. Dirigir los estudios, trabajos y servicios meteorolgicos, climatolgicos, hidrolgicos y geo hidrolgicos, as como el sistema meteorolgico nacional, y participar en los convenios internacionales sobre la materia.

rganos Administrativos Desconcentrados yEntidadesPara llevar a cabo dichas funciones, la Secretara cuenta con las siguientes unidades: Comisin Nacional del Agua Instituto Nacional de Ecologa Procuradura Federal de Proteccin al Ambiente Comisin Nacional de reas Naturales Protegidas Comisin Nacional Forestal Instituto Mexicano de Tecnologa del Agua Comisin Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad

Secretario de semarnatJUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA.De padres michoacanos, naci el 11 de abril de 1958 en el Distrito Federal. Estudi la Licenciatura en Ingeniera Agrcola, en la Universidad Nacional Autnoma de Mxico y la Maestra en Ciencias en Ingeniera Agrcola en el Cranfield Institute of Technology, National College of Agricultural Engineering de Bedfordshire, Inglaterra. Entre los cargos ms importantes que ha desarrollado en la administracin pblica, destaca el de Subprocurador de Inspeccin Industrial de la Procuradura Federal de Proteccin al Ambiente (PROFEPA) y el de Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLGICO Y LA PROTECCIN AL AMBIENTELa LGEEPA, cuenta con seis ttulos y sus respectivos captulos.Primer Ttulo se refiere a las Disposiciones Generales, se compone de cuatro captulos y nueve seccionesCaptulo I relativo a las Normas Preliminares, establece el objeto de la ley. Captulo II titulado de la Distribucin de Competencias y Coordinacin, establece que la Federacin, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios ejercern sus atribuciones en materia de preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente, determina de forma especfica las facultades de la Federacin, de los Estados y los Municipios,

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLGICO Y LA PROTECCIN AL AMBIENTEEl Captulo III, relativo a la Poltica Ambiental establece en primer lugar los principios que debern regir a dicha poltica.El Captulo IV relativo a los Instrumentos de la Poltica Ambiental . El Ttulo Segundo es el relativo a la Biodiversidad, integrado por 3 captulos: el primero trata todo lo referente a las reas Naturales Protegidas, este a su vez se divide en cuatro secciones

El Ttulo Tercero relativo a los Aprovechamiento Sustentable de los Elementos Naturales.

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLGICO Y LA PROTECCIN AL AMBIENTEEl Ttulo Cuarto relativo a la Proteccin al Ambiente, se compone de 8 captulos.El Ttulo Quinto es el referente a la Participacin Social e Informacin Ambiental, se integra de dos captulos. El Ttulo sexto que se integra de ocho captulos, el primero a las Disposiciones Generales; el segundo es la Inspeccin y Vigilancia; el tercero son las Medidas de Seguridad; el cuarto son las Sanciones Administrativas; el quinto es el Recurso de Revisin; el sexto son los Delitos del Orden Federal y finalmente el octavo es la Denuncia Popular

LEY DE AGUAS NACIONALESEsta ley se compone de diez ttulos y sus respectivos captulos. Ttulo Primero, relativo alas Disposiciones Preliminares, se compone de un nico Captulo, dentro del cual, se establece el objeto de la presente ley y un glosario de los trminos que se utilizarn en la presente legislacin.Ttulo Segundo relativo a la Administracin del Agua. Se divide en cinco captulos. El primero es referente a las disposiciones generales; Segundo habla del Ejecutivo Federal y sus facultades en materia de agua; el tercero, de la Comisin Nacional del Agua y sus facultades y los rganos que la integran; el cuarto de los Consejos de Cuenca, sus atribuciones, y quienes son los rganos encargados de su establecimiento; finalmente el quinto habla de la Organizacin y Participacin de los Usuarios, estableciendo que CNA acreditar, promover y apoyar la organizacin de los usuarios para mejorar el aprovechamiento del agua

LEY DE AGUAS NACIONALESEl Ttulo Tercero habla de la Programacin Hidrulica, y se integra de un Captulo nico en el cual se precisa a quien corresponde la formulacin, aplicacin y vigilancia de los programas hidrulicos. El Ttulo Cuarto es el relativo a los Derechos de uso o aprovechamiento de Aguas Nacionales, el cual se compone de cinco captulos.El primero es el relativo a las Aguas Nacionales, el segundo habla de las Concesiones y Asignaciones para la explotacin de las aguas, los requisitos y procedimientos para obtener dichas concesiones, el tercero que habla de los derechos y obligaciones de concesiones o asignatarios, el cuarto relativo al Registro Pblico de Derecho de Agua, en donde establece lo procedimientos para llevar a cabo dicha inscripcin; el quinto que habla de la Transmisin de Ttulos

LEY DE AGUAS NACIONALESEl Ttulo Quinto que habla de las Zonas Reglamentadas, de veda o de reserva.El Ttulo Sexto que habla de los Usos del agua, compuesto de cinco captulos.El primero habla del uso pblico urbano; el segundo habla del Uso Agrcola, este captulo se integra de cinco secciones: primera, relativa las disposiciones generales, la segunda de los ejidos y comunidades, la tercera de las unidades de riesgo, la cuarta de los distritos de riesgo, la quinta del drenaje agrcola; el tercero habla del Uso en Generacin de Energa Elctrica; el cuarto del Uso en otras Actividades Productivas y finalmente en el quinto habla del Control de Avenidas y Proteccin contra Inundaciones.

LEY DE AGUAS NACIONALESEn el Ttulo Sptimo, habla de la Prevencin y Control de la Contaminacin de las Aguas.el Ttulo Octavo, habla de la Inversin en Infraestructura Hidrulica, se integra de cuatro captulos: el primero habla de las Disposiciones Generales; el segundo de la participacin de Inversin Privada y Social en Obras Hidrulicas Federales; el tercero de la Recuperacin de Inversin Pblica; y el cuarto habla del Cobro por Explotacin, Uso o Aprovechamiento de Aguas Nacionales y Bienes Nacionales.

LEY DE AGUAS NACIONALESEl Ttulo Noveno relativo a los Bienes Nacionales a cargo de la CNA, se integra de un Captulo nico, habla de la administracin de dichos bienes, de los cambios de corrientes, de su uso, explotacin y aprovechamiento de estos. El Ttulo Dcimo habla de las Infracciones, Sanciones y Recursos se integra de dos captulos; primero de las Infracciones y Sanciones Administrativas y el Segundo de los Recursos de Revisin.

LA PROFEPAPROFEPA, la Procuradura Federal de Proteccin al Ambiente, es una dependencia del gobierno de Mxico, esta encargada de controlar el creciente deterioro ambiental del pas. Es un rgano administrativo desconcentrado, con autonoma tcnica y operativa.Tambin resguarda a sus bosques, selvas, costas y desiertos, lo cual, sumado a una serie de eventos desafortunados como las explosiones ocurridas en la Ciudad de Guadalajara en el ao de 1992, provocadas por la acumulacin de gases explosivos en el subsuelo, es que el Ejecutivo Federal implement sus polticas pblicas afines al medio ambiente y toma la decisin de crear un organismo que tuviera entre sus atribuciones regular las actividades industriales riesgosas, la contaminacin al suelo, al aire y el cuidado de los recursos naturales.

El titular de la PROFEPA El titular de la PROFEPA es Hernando Guerrero Cazares. Se desempeaba como Coordinador de Asesores del titular de la Semarnat, dijo que el organismo no le es ajeno, pues l dirigi los estudios de diseo que llevaron a la creacin de la Profepa, as como del Instituto Nacional de Ecologa (INE).

EL INSTITUTO NACIONAL DE ECOLOGA(ini).El Instituto Nacional de Ecologa se cre en junio de 2001 como rgano desconcentrado de la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Aunque se haban realizado otras labores en temas ambientales desde 1989, se refund para promover y realizar investigaciones sobre problemas ambientales que permitan aportar datos, ideas, propuestas e insumos tcnicos para que la administracin ambiental del gobierno federal mexicano tome decisiones en la materia.

EL INSTITUTO NACIONAL DE ECOLOGA(ini)Es hasta el jueves 8 de agosto de 2002, cuando se publico en el Diario Oficial de la Federacin el decreto por el que se crea el Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin. Su misin, tal como queda establecida en[www.ine.gob.mx/acerca], es "generar, integrar y difundir conocimiento e informacin a travs de investigacin cientfica aplicada y el fortalecimiento de capacidades, para apoyar la formulacin de poltica ambiental y la toma de decisiones que promuevan el desarrollo sustentable."

PRESIDENTE DEL INEFrancisco Barns Regueiro.Es ingeniero qumico por la Universidad Nacional Autnoma de Mxico (UNAM). Obtuvo el grado de maestra en ingeniera qumica por la Universidad de California en Berkeley en 1997 y el de doctor en poltica energtica y ambiental por el Imperial College, de la Universidad de Londres en 2001.

LA COMISION NACIONAL DEL AGUALa Comisin Nacional del Agua (Conagua) de Mxico, es el organismo encargado de administrar y preservar las aguas nacionales en dicho pas. La CONAGUA es un rgano desconcentrado de la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), y entre sus reas cuenta con el Servicio Meteorolgico Nacional. Por aos, la CONAGUA ha estado ligada gracias al convenio que tuvo con la Organizacin Meteorolgica Mundial (OMM).

Datos histricos de conaguaDentro de las instituciones que le antecedieron destacan la Direccin de Aguas, Tierras y Colonizacin creada en 1917; la Comisin Nacional de Irrigacin, en 1926; la Secretara de Recursos Hidrulicos en 1946 y la Secretara de Agricultura y Recursos Hidrulicos en 1976. Actualmente, la misin de la Comisin Nacional del Agua consiste en administrar y preservar las aguas nacionales, con la participacin de la sociedad, para lograr el uso sustentable del recurso.

CONAGUAPara cumplir con su propsito esencial, la Comisin se divide operativamente en tres grandes reas:

1. Oficinas Centrales.2. Organismos de Cuenca.3. Direcciones Locales

Servicio meteorolgico nacionalel Servicio Meteorolgico Nacional contaba con una red de 72 observatorios, con 9 estaciones de radio sondeo, con ms de 3000 estaciones climatolgicas, 5 estaciones de radar meteorolgico y un centro de Previsin del Golfo. En 1989, al crearse la CNA, el Servicio Meteorolgico se integr como una Subgerencia dependiente de la Subdireccin General de Administracin del Agua y, en 1990, se transform en la actual Gerencia del Servicio Meteorolgico Nacional pasando a formar parte de la Subdireccin General Tcnica de la CNA en 1995.

Titular de conaguaJos Luis Luege Tamargo Es Ingeniero Qumico Metalrgico egresado de la Facultad de Qumica de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico, adems tiene dos especialidades metalrgicas, una en la propia UNAM y otra en el Centro Nacional de Investigaciones Metalrgicas en Madrid, Espaa y adems un Diplomado en Filosofa Social en Poltica en la Universidad Panamericana.

Titular de conaguaSe incorpor al gobierno federal con el cargo de Procurador Federal del Medio Ambiente y el 23 de junio de 2005 el presidente Vicente Fox lo nombr Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al dejar esa secretara Alberto Crdenas Jimnez, cargo que ocup hasta el fin de su gobierno, en que su sucesor, Felipe Caldern Hinojosa lo nombra a su vez titular de la Comisin Nacional del Agua a partir de diciembre de 2006.

PONGA A PRUEBA SU MEMORIACual es el sustento legal para que el ejecutivo federal fije las medidas ambientales y a travs de que Secretaria de estado de vale de ello?R.- es el Articulo 80 de la CPEUM y la ejerce a travs del la SEMARNAT.Mencione algunos rganos descentralizados auxilian a la SEMARNAT?R. La PROFEPA, INE, Y LA CONAGUA.

Gracias por su atencinFIN