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Superintendencia de Educación Escolar JORNADA DE ASESORÍA. Marzo - 2014. INTRODUCCIÓN. INTRODUCCIÓN. ASESORÍA Parte integrante del proceso de fiscalización, la cual busca generar conocimientos en la comunidad educativa, con el objeto de prevenir incumplimientos a la normativa educacional. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
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Superintendencia de Educación Escolar
JORNADA DE ASESORÍA
Marzo - 2014
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INTRODUCCIÓN
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INTRODUCCIÓN
ASESORÍA
Parte integrante del proceso de fiscalización, la cual busca
generar conocimientos en la comunidad educativa, con el
objeto de prevenir incumplimientos a la normativa
educacional.
Las asesorías son actividades de formación que traspasan
conocimientos teóricos y prácticos sobre la normativa
educacional.
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INTRODUCCIÓN
OBJETIVO DE LA ASESORÍA
Generar conocimiento y competencias en la comunidad
educativa respecto al cumplimiento de la normativa
educacional.
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INTRODUCCIÓN
MATERIAS DEFINIDAS PARA ASESORAR1. Infracciones a la normativa educacional.
2. Toma y Registro de Asistencia.
3. Declaración de Asistencia.
4. Planes de Estudio.
5. Reglamento interno.
6. Pago de Remuneraciones y Cotizaciones Previsionales.
7. Documentos para la Fiscalización.
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INTRODUCCIÓN
DIRIGIDA A
1. Director de establecimientos educacionales.
2. Sostenedor de establecimientos educacionales.
3. Docentes.
4. Asistentes de la Educación.
5. Centro de Padres y Apoderados.
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INFRACCIONES A LA
NORMATIVA EDUCACIONAL
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1. INFRACCIONES A LA NORMATIVA EDUCACIONAL.
• Generar conocimiento respecto de cuáles son las infracciones
tipificadas por Ley.
• Generar conocimiento acerca de cuáles son las sanciones a las
cuales se exponen los establecimientos educacionales en caso
de incumplimiento.
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Infracciones Leves (art. 78 Ley 20.529)
No tienen señalada una sanción especial.
1. INFRACCIONES A LA NORMATIVA EDUCACIONAL.
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1. INFRACCIONES A LA NORMATIVA EDUCACIONAL.
Infracciones Menos Graves (art. 77 Ley 20.529)
• No efectuar la rendición de cuenta pública en la forma
indicada por la ley o realizarla de forma tardía.
• Entregar información requerida por la Superintendencia en
forma incompleta o inexacta.
• Infringir los deberes y derechos establecidos en la normativa
educacional que no sean calificados como infracción grave.
• Cobrar indebidamente valores superiores a los establecidos.
• Toda otra infracción que sea expresamente calificada como
tal por la ley.
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1. INFRACCIONES A LA NORMATIVA EDUCACIONAL.
Infracciones Graves (art. 76 Ley 20.529)
• No efectuar la rendición de cuenta pública del uso de los
recursos.
• No entregar la información solicitada por el Ministerios de
Educación, la Agencia o la Superintendencia.
• Incumplir alguno de los requisitos exigidos para mantener el
reconocimiento oficial del Estado.
• Incumplir reiteradamente los estándares de aprendizaje
exigidos en conformidad a las leyes.
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1. INFRACCIONES A LA NORMATIVA EDUCACIONAL.
Infracciones Graves (art. 76 Ley 20.529)
• Alterar los resultados de las mediciones de aprendizaje y de
los otros indicadores de calidad educativa.
• Impedir u obstaculizar deliberadamente la fiscalización de la
Superintendencia.
• Hacer obligatorio el pago de matrícula otros cobros que
tengan carácter de voluntario.
• Toda otra que haya sido expresamente calificada como grave
por la ley.
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1. INFRACCIONES A LA NORMATIVA EDUCACIONAL.
SANCIONES
• Amonestación por escrito.
• Multas.
• Privación temporal de la subvención.
• Privación definitiva de la subvención.
• Inhabilidad temporal o a perpetuidad para obtener y
mantener la calidad de Sostenedor.
• Revocación del reconocimiento oficial del Estado.
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1. INFRACCIONES A LA NORMATIVA EDUCACIONAL.
EJECUCIÓN DE LA MULTA
Mayor al 5% y menor al 50% de la subvención percibida el mes
de la ejecución de la multa.
NOTA: la discrepancia NO es sanción ni es multa.
Corresponde a una corrección de la desviación porcentual entre
la declaración de asistencia realizada por un sostenedor en un
mes determinado y la asistencia registrada por el fiscalizador en
una visita al establecimiento de ese mes.
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TOMA Y REGISTRO DE
ASISTENCIA
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
• Generar conocimiento y competencias acerca de la
importancia de este proceso.
• Minimizar los errores que se cometen y posibles infracciones
a la normativa.
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
Es un procedimiento fundamental:
* Resguarda que los alumnos concurran al establecimiento.
* Es la base para realizar el cálculo de la subvención.
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
Educación Parvularia
Educación Especial
Programa de Integración
(4)
Educación Básica
Educación Media
Educación Básica Adultos
Educación Media Adultos
Dos controles:
-Control de Asignatura
-Control de Subvenciones
Un control:
-Control de Subvenciones
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
Debe ser tomada por el docente del curso y/o de la asignatura
En caso de ausencia del docente: Inspector General, Jefe de UTP o algún otro funcionario que el Director designe.
Se debe registrar hora a hora:-Número de lista de alumnos ausentes-Número de lista de alumnos atrasados- Total de alumnos presentes-La firma del docente que realiza la clase
Toma de Asistencia en Control de Asignatura
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
Asistencia tomada: están llenos todos los campos, si falta solo uno de ellos se entiende “sin asistencia”. Salvedad: que en el control de subvenciones se encuentre registrado
Asistencia tomada en la segunda hora es la válida para impetrar la subvención y se debe registrar en el control de subvenciones.
Si un curso coincide con actividades optativas o electivas: se toma la asistencia en el registro de control de asignatura al comienzo de la primera hora siguiente y se traspasa al registro de control de subvenciones
Toma de Asistencia en Control de Asignatura
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
Registro de Asistencia en Control de Subvenciones
Asistencia Registrada Cuando estén todos los puntos, equis y totales de alumnos asistentes, ausentes y matriculados.
Si falta un dato se entenderá sin registro de asistencia.
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
Consideraciones específicas para ambos controles:
* NO se puede usar lápiz grafito o de tinta deleble.
* NO se puede utilizar corrector.
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
PARA CORREGIR EN CONTROL DE ASIGNATURAS:
Se debe tarjar el error y colocar la cifra correcta al lado. Deberá
ser firmada por el Director o funcionario designado.
(procedimiento según Circular N° 1, versión 4)
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
PARA CORREGIR EN CONTROL DE SUBVENCIONES:
Error al ingresar equis: encerrar en un círculo
(procedimiento según Circular N° 1, versión 4)
MES:DÍAN° ASISTENCIA INASISTENCIA1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 .
10 X11 X12 .13 .14 .… .… .45 .
432
45ASISTENCIA 42
INASISTENCIA 3MATRÍCULA 45
6 7 81 2 3 4 5 18 19 209 10 11 12 13 14TOTAL MENSUAL
27 28 29 30 3121 22 23 24 25 2615 16 17
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2. TOMA Y REGISTRO DE ASISTENCIA
PARA CORREGIR EN CONTROL DE SUBVENCIONES:
Error al ingresar los totales: tarjar y subir las tres cifras (alumnos
presentes, alumnos ausentes y alumnos matriculados.
(procedimiento según Circular N° 1, versión 4) MES:DÍAN° ASISTENCIA INASISTENCIA1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 .
10 X11 X12 .13 .14 .… .… .45 .
432
45ASISTENCIA 42
INASISTENCIA 3MATRÍCULA 45
6 7 81 2 3 4 5 18 19 209 10 11 12 13 14TOTAL MENSUAL
27 28 29 30 3121 22 23 24 25 2615 16 17
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DECLARACIÓN DE ASISTENCIA
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3. DECLARACIÓN DE ASISTENCIA
• Generar conocimiento respecto de la implicancia que tiene este
procedimiento en el pago de subvenciones.
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3. DECLARACIÓN DE ASISTENCIA
LIBRO DE CLASES
REGISTRO CONTROL DE SUBVENCIONES
DECLARACIÓN DE ASISTENCIA
PAGO DE SUBVENCIÓN
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3. DECLARACIÓN DE ASISTENCIA
Establecimiento debe mantener a disposición de los fiscalizadores
el certificado de declaración de asistencia del sistema SIGE de
forma mensual.
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PLANES DE ESTUDIO
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4. PLANES DE ESTUDIO
Generar conocimiento y competencias respecto al carácter
normativo del plan de estudios.
Generar conocimiento respecto de qué comprende como
obligatorio para cada jornada.
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4. PLANES DE ESTUDIO
PLAN DE ESTUDIOS Documento de carácter normativo (art. 2 del
Decreto N° 40 del año 1996)
SEÑALA PARA CADA CURSO• Subsectores de aprendizaje
• Asignaturas
• Actividades de carácter genérico
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4. PLANES DE ESTUDIO
Las horas de planes de estudios corresponden a las mínimas que
todo establecimiento educacional debe cumplir de acuerdo a la
normativa educacional.
Los establecimientos educacionales tendrán libertad para
desarrollar los planes y programas propios de estudio que
consideren adecuados.
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4. PLANES DE ESTUDIO
Existen 2 tipos de jornadas que pueden tener los establecimientos
educacionales:
1. Jornada Escolar Completa Diurna
2. Sin Jornada Escolar Completa Diurna
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4. PLANES DE ESTUDIO
• Educación Parvularia (38 hrs.)
• Educación Básica (38 hrs.)
• Educación Media (42 hrs.)
• Educación Especial (38 hrs.)
JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA
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4. PLANES DE ESTUDIO
SIN JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA
•Educación Básica•Educación Media•Educación Especial•Educación Básica de Adultos Regular•Educación Media de Adultos Regular
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4. PLANES DE ESTUDIO
Educ. Básica
• 1° a 6°: 30 hrs.• 7° a 8°: 33 hrs.
Educ. Media Científico-Humanista
• 1° y 2°: 33 hrs.• 3° y 4°: 36 hrs.
Educ. Media Técnico-
Profesional
• 1° y 2°: 36 hrs.• 3° y 4°: 38 hrs.
SIN JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA
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4. PLANES DE ESTUDIO
Educ. Especial Déficit Intelectual
• Pre-básico: 22 hrs.• Básico: 28-30 hrs.• Laboral: 30-34. hrs.
Educ. Especial trastorno Específico de Lenguaje
• Nivel medio mayor: 22 hrs.• 1° nivel de transición: 22
hrs.• 2° nivel de transición: 22
hrs.
SIN JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA
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4. PLANES DE ESTUDIO
Educ. Básica de Adultos Regular
• Sin oficio:• 1° Nivel: 10 hrs.• 2° y 3° nivel: 16 hrs.• Con Oficio:• 2° y 3° Nivel: 22 hrs.
Educ. Media de Adultos Regular
• H-C:• 1° y 2° Nivel: 24 hrs.• T-P:• 1° Nivel: 24 hrs.• 2° y 3° Nivel: 24 hrs.
SIN JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA
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REGLAMENTO INTERNO
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5. REGLAMENTO INTERNO
Generar conocimiento acerca de la relevancia de este instrumento
de regulación de las relaciones entre los distintos actores de la
comunidad escolar.
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5. REGLAMENTO INTERNO
Regula las relaciones entre el establecimiento y los distintos
actores de la comunidad escolar (art. 46, letra f, D.F.L. N° 2 de
2009, del Ministerio de Educación)
Regula las relaciones laborales entre el establecimiento
educacional y los trabajadores que laboran allí (art. 46 y 81, D.F.L.
N° 1 de 1997, del Ministerio de Educación y Título III del D.F.L. N° 1
de 2003, del Ministerio del Trabajo )
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5. REGLAMENTO INTERNO
REGLAMENTO INTERNO
Políticas de prevención
Medidas pedagógicas
Protocolos de actuación
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5. REGLAMENTO INTERNO
REGLAMENTO INTERNO
Conductas que constituyen faltas
Medidas disciplinarias otras
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5. REGLAMENTO INTERNO
Materias:
• Normas sobre uniforme escolar.
• Normas sobre convivencia en el establecimiento.
• Sanciones que origina la infracción a dichas normas.
• Procedimientos por los cuales se determinarán las conductas
que ameritan sanciones
• Instancias de revisión correspondientes
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5. REGLAMENTO INTERNO
El Reglamento y sus modificaciones debe estar publicado o
disponible a la comunidad educativa.
El Reglamento y sus modificaciones deben ser informadas y
notificadas a los padres y apoderados, para lo cual se debe
entregar copia al momento de la matrícula.
Correo electrónico es válido para notificaciones previo registro
informado por el apoderado al establecimiento educacional
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5. REGLAMENTO INTERNO
CONVIVENCIA ESCOLAR
Coexistencia armónica de los miembros de la comunidad
educativa.
Es de responsabilidad compartida por toda la Comunidad
Educativa y por la sociedad en su conjunto.
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5. REGLAMENTO INTERNO
ACOSO ESCOLAR:
• Acción u omisión.
• Constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado.
• Realizada fuera o dentro del establecimiento educacional.
• Realizada por estudiantes (individual o colectivamente).
• Situación de superioridad o de indefensión del estudiante
afectado.
• Provoca: maltrato, humillación o temor.
• Puede ser a través de medios tecnológicos o cualquier otro.
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5. REGLAMENTO INTERNO
Reglamento Interno debe contar con protocolos de actuación
frente a situaciones de denuncias de maltrato escolar
Padres y Apoderados deben conocer el proyecto educativo y
normas de funcionamiento del establecimiento.
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5. REGLAMENTO INTERNO
CONVICENCIA
ESCOLAR
EJES FUNDAMENTALES
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5. REGLAMENTO INTERNO
ESPACIOS FORMATIVOS
CONVIVENCIA ESCOLAR
AULA
RECREOS
CENTRO DE PADRES Y ALUMNOS
SALIDAS A TERRENO
ACTOS CEREMONIALES
REUNIONES
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5. REGLAMENTO INTERNO
NORMAS DE CONVIVENCIA
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
REGLAMENTO INTERNO
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5. REGLAMENTO INTERNO
NORMAS DE CONVIVENCIAInstrumento de carácter formativo que promueva el
desarrollo integral, personal y social de los estudiantes, en conjunto con los demás actores de la
comunidad educativa.
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5. REGLAMENTO INTERNO
ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLARSerá el responsable de la implementación de las
medidas que determine el Consejo Escolar y deberá contar con un Plan de Gestión.
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5. REGLAMENTO INTERNO
PLAN DE GESTIÓN Es el plan de acción específico de las sugerencias o
iniciativas del Consejo escolar o del Comité de buena Convivencia, tendientes a fortalecer la convivencia
escolar.
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5. REGLAMENTO INTERNO
Links de interés:
www.convivenciaescolar.cl
www.supereduc.cl
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PAGO DE REMUNERACIONES Y
COTIZACIONES PREVISIONALES
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6. PAGO DE REMUNERACIONES Y COTIZACIONES PREVISIONALES
Generar conocimiento acerca de la obligatoriedad del pago y de
las sanciones asociadas.
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6. PAGO DE REMUNERACIONES Y COTIZACIONES PREVISIONALES
Es uno de los requisitos para impetrar la subvención. (art. 6 letra f,
D.F.L. N°2, de 1998 del Ministerio de Educación)
No pago es uno de los sustentos de hallazgos recurrentes.
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6. PAGO DE REMUNERACIONES Y COTIZACIONES PREVISIONALES
En caso de atraso en el integro de imposiciones previsionales, el
Ministerio de Educación deberá retener los recursos que les
corresponda percibir por subvención, un monto equivalente a las
cotizaciones que éstos deban pagar.
Sanciones penales (art. 233 Código Penal)
Sanciones de legales y administrativas.
Superintendencia de Educación Escolar Infracción Grave.
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DOCUMENTOS PARA LA FISCALIZACIÓN
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7. DOCUMENTOS PARA LA FISCALIZACIÓN
Generar conocimientos específicos acerca de los documentos que
solicita la Superintendencia de Educación Escolar.
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7. DOCUMENTOS PARA LA FISCALIZACIÓN
1. Documento que le otorgó el reconocimiento oficial.
2. Documentos de constitución, modificación y vigencia de la
personalidad jurídica del Sostenedor y se representación legal.
Título profesional o licenciatura y certificado de
antecedentes.
3. Proyecto Educativo.
4. Programas de Estudio.
5. Reglamento de Evaluación y Promoción.
6. Compromiso de cumplimiento de estándares nacionales de
aprendizaje.
7. Reglamento Interno y documento que acredite entrega formal
a los apoderados
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7. DOCUMENTOS PARA LA FISCALIZACIÓN
8. Balance del año precedente.
9. Certificado de recepción final o parcial de obras y del informe
sanitario actualizado respecto del inmueble donde funciona el
local escolar.
10. Inscripción conservatoria de dominio del inmueble a nombre
del Sostenedor, en el caso de ser propietario o titular de otro
derecho real.
11. Contrato de arrendamiento, comodato u otro que acredite
tenencia legítima del inmueble.
12. Inventario actualizado del mobiliario, equipamiento,
elementos de enseñanza y material didáctico.
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7. DOCUMENTOS PARA LA FISCALIZACIÓN
13. Registro general de matrícula.
14. Libro de clases.
15. Registro de salida de alumnos.
16. Última acta de fiscalización.
17. Libros de contabilidad señalados en Circular N°1 versión 4.
18. Solicitud anual de subvenciones (SET 12).
19. Relación actualizada del personal docente, con los títulos
respectivos, contratos de trabajo, certificados de
antecedentes.
20. Relación actualizada del personal asistente de la educación,
contratos de trabajo y certificados de antecedentes.
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7. DOCUMENTOS PARA LA FISCALIZACIÓN
21. Financiamiento Compartido:
a) Reglamento de becas
b) Circulares de cobros
c) Declaración de ingresos proyectados
d) Declaración de ingresos percibidos
e) Registro de pago por alumno
f) Libro de ingresos diarios
g) Boletas
h) Nómina de alumnos becados
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7. DOCUMENTOS PARA LA FISCALIZACIÓN
22. Actas del consejo escolar
23. Acta del consejo de profesores
24. Acta del centro de padres y apoderados
25. Autorización de alumnos excedentes
26. Remuneraciones:
a) Contratos de trabajo actualizados
b) Liquidaciones de remuneraciones
c) Libro de remuneraciones
d) Certificado de cotizaciones previsionales y/o salud pagadas
e) Licencias médicas
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7. DOCUMENTOS PARA LA FISCALIZACIÓN
Documentos deben estar permanentemente en el local escolar, en
original o copias autorizadas o legalizadas, a disposición de los
fiscalizadores.
Se entenderá por copias autorizadas o legalizadas aquellas
aprobadas por:
• Secretario Municipal (en caso de corporaciones)
• Jefe de respectivos DEM o DAEM
• Notario Público
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PROTOCOLO DE FISCALIZACIÓN
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8. PROTOCOLO DE FISCALIZACIÓN
Conocer, respetar y cumplir el conjunto de normas para llevar a
cabo la fiscalización.
Transparentar los derechos y deberes de los sostenedores y
directores de los establecimientos educacionales.
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8. PROTOCOLO DE FISCALIZACIÓN
A la llegada al establecimiento el fiscalizador debe siempre
presentarse, saludar y mantener una conducta acorde a las
funciones de su cargo.
La relación con los miembros de la Comunidad Educativa debe
establecerse con amabilidad, cordialidad, objetividad y respeto.
El fiscalizador debe contar, a lo menos, con su credencial.
Efectuar una reunión de inicio de actividad, informando motivos,
objetivos alcances de la visita y metodología.
Efectuar una reunión de cierre, informando resultado de la
fiscalización, recomendaciones y conclusiones.
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8. PROTOCOLO DE FISCALIZACIÓN
Establecimiento no debe entorpecer ni retrasar u obstaculizar la
fiscalización efectuada por los fiscalizadores de la
Superintendencia de Educación Escolar.
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P a v
Superintendencia de Educación Escolar
JORNADA DE ASESORÍA
División de Fiscalización