sumario decretos - erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · lunes 28...

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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 4.995.241 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y líneas rotativas Precio $ 3,00 Buenos Aires, lunes 28 de enero de 2013 Año CXXI Número 32.571 Pág. Continúa en página 2 Primera Sección Sumario DECRETOS DECRETOS MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 110/2013 Desígnase Subsecretaria de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad de la Secre- taría de Política Económica y Planificación del Desarrollo. ........................................................... 1 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 109/2013 Desígnase Secretario de Relaciones Económicas Internacionales................................................ 1 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 43/2013 Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Migraciones. ................................ 1 Decreto 39/2013 Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Migraciones. ................................ 2 Decreto 40/2013 Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Migraciones. ................................ 2 PRESIDENCIA DE LA NACION Decreto 41/2013 Dase por prorrogada designación en el Museo Nacional de Bellas Artes de la Secretaría de Cultura. .................................................................................................................................. 3 Decreto 42/2013 Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Artes de la Secretaría de Cultura. ...... 3 Decreto 44/2013 Dase por prorrogada designación en el Instituto Nacional del Teatro de la Secretaría de Cultura.. 3 DECISIONES ADMINISTRATIVAS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 1530/2012 Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa. ..... 5 Decisión Administrativa 1531/2012 Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.............. 5 Decisión Administrativa 1532/2012 Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.............. 5 Decisión Administrativa 1533/2012 Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.............. 6 Decisión Administrativa 1534/2012 Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............ 6 Decisión Administrativa 1535/2012 Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortale- cimiento de la Democracia de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa............... 7 Decisión Administrativa 1536/2012 Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.............. 7 Decisión Administrativa 1537/2012 Dase por aprobada contratación en la Oficina Nacional de Contrataciones de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa. ................... 8 #I4410927I# MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 110/2013 Desígnase Subsecretaria de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo. Bs. As., 25/1/2013 VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITU- CION NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Subsecretaria de Coordinación Económica y Mejora de la Compe- titividad de la SECRETARIA DE POLITICA ECO- NOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a la Dra. Da. Mariana Laura GONZA- LEZ (D.N.I. Nº 25.182.275). Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino. #F4410927F# #I4410928I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 109/2013 Desígnase Secretario de Relaciones Eco- nómicas Internacionales. Bs. As., 25/1/2013 VISTO, el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITU- CION NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Secretario de Rela- ciones Económicas Internacionales del MINIS- TERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CUL- TO al Doctor D. Augusto Eduardo COSTA (M.I. Nº 24.335.771). Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman. #F4410928F# #I4410380I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 43/2013 Dase por prorrogada designación en la Di- rección Nacional de Migraciones. Bs. As., 22/1/2013 VISTO el Expediente Nº S02:0001023/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentraliza- do actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 104 del 20 de enero de 2010 y Nº 674 del 27 de mayo de 2011, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 491/02 se es- tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centraliza- da y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad co- rrespondiente. Que mediante el Decreto Nº 104/10 se ha designado transitoriamente al Doc- tor Gustavo Adolfo LAGRAÑA (DNI Nº 21.307.151) Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI- CO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 en el cargo de Dele- gado de la DELEGACION FORMOSA de- pendiente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES. Que por el Decreto Nº 674/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación tran- sitoria aprobada por el Decreto Nº 104/10.

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PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 4.995.241

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218–8400 y líneas rotativas

Precio $ 3,00

Buenos aires,lunes 28 de enero de 2013

año CXXinúmero 32.571

Pág.

Continúa en página 2

Primera Sección

Sumario DECRETOSDECRETOS

Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCasDecreto 110/2013Desígnase Subsecretaria de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad de la Secre-taría de Política Económica y Planificación del Desarrollo. ........................................................... 1

Ministerio De relaCiones eXteriores Y CultoDecreto 109/2013Desígnase Secretario de Relaciones Económicas Internacionales. ............................................... 1

Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 43/2013Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Migraciones. ................................ 1

Decreto 39/2013Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Migraciones. ................................ 2

Decreto 40/2013Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Migraciones. ................................ 2

PresiDenCia De la naCionDecreto 41/2013Dase por prorrogada designación en el Museo Nacional de Bellas Artes de la Secretaría de Cultura. .................................................................................................................................. 3

Decreto 42/2013Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Artes de la Secretaría de Cultura. ...... 3

Decreto 44/2013Dase por prorrogada designación en el Instituto Nacional del Teatro de la Secretaría de Cultura. . 3

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 1530/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa. ..... 5

Decisión Administrativa 1531/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............. 5

Decisión Administrativa 1532/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............. 5

Decisión Administrativa 1533/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............. 6

Decisión Administrativa 1534/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............ 6

Decisión Administrativa 1535/2012Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortale-cimiento de la Democracia de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa. .............. 7

Decisión Administrativa 1536/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............. 7

Decisión Administrativa 1537/2012Dase por aprobada contratación en la Oficina Nacional de Contrataciones de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa. ................... 8

#I4410927I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 110/2013

Desígnase Subsecretaria de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo.

Bs. As., 25/1/2013

VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITU-CION NACIONAL.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Subsecretaria de Coordinación Económica y Mejora de la Compe-titividad de la SECRETARIA DE POLITICA ECO-NOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a la Dra. Da. Mariana Laura GONZA-LEZ (D.N.I. Nº 25.182.275).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.

#F4410927F##I4410928I#

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 109/2013

Desígnase Secretario de Relaciones Eco-nómicas Internacionales.

Bs. As., 25/1/2013

VISTO, el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITU-CION NACIONAL.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Secretario de Rela-ciones Económicas Internacionales del MINIS-

TERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CUL-TO al Doctor D. Augusto Eduardo COSTA (M.I. Nº 24.335.771).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman.

#F4410928F##I4410380I#

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 43/2013

Dase por prorrogada designación en la Di-rección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0001023/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentraliza-do actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº  26.784, los Decretos Nº  491 del 12 de marzo de 2002, Nº 104 del 20 de enero de 2010 y Nº 674 del 27 de mayo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centraliza-da y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad co-rrespondiente.

Que mediante el Decreto Nº  104/10 se ha designado transitoriamente al Doc-tor Gustavo Adolfo LAGRAÑA (DNI Nº  21.307.151) Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 en el cargo de Dele-gado de la DELEGACION FORMOSA de-pendiente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que por el Decreto Nº 674/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación tran-sitoria aprobada por el Decreto Nº 104/10.

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Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2

Pág.JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 1538/2012Dase por aprobada contratación en la Oficina Nacional de Contrataciones de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa. ................... 8

Decisión Administrativa 1539/2012Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secreta-ría de Gabinete y Coordinación Administrativa. ............................................................................ 9

RESOLUCIONES

aDuanasResolución 12/2013-MEFPAdjudícase Zona Franca. Provincia de Santa Fe. .......................................................................... 10

eXPortaCionesResolución 16/2013-SAGPFíjase el cupo tarifario de Maní para ser exportado a los Estados Unidos de América. .................. 10

transPorte aeroCoMerCialResolución 16/2013-STConcesiones. Resolución N° 272/1999. Modificación. ................................................................. 11

aDMinistraCion De ParQues naCionalesResolución Conjunta 582/2012-SGCA y 404/2012-SHReasígnase cargo en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas. ................................................... 12

Ministerio De agriCultura, ganaDeria Y PesCaResolución Conjunta 604/2012-SGCA y 395/2012-SHReasígnanse cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas pertenecientes al Instituto Na-cional de Investigación y Desarrollo Pesquero. ............................................................................ 12

DISPOSICIONES

ProDuCtos MeDiCosDisposición 324/2013-ANMATProhíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinados productos. .... 13

REMATES OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 13

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 14

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 27

Que por razones operativas no ha sido po-sible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido, por lo que resulta indispensable prorrogar dicha designa-ción por un período adicional de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL IN-TERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la in-tervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y a tenor de lo establecido por el ar-tículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINAEN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVODECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogado a partir del 16 de febrero de 2012 y por el término de CIEN-TO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida el plazo establecido por el Decreto Nº 104 del 20 de ene-ro de 2010, que fuera prorrogado por el Decreto Nº  674 del 27 de mayo de 2011, con relación

a la designación transitoria del Doctor Gustavo Adolfo LAGRAÑA (DNI Nº 21.307.151), en el car-go de Delegado de la DELEGACION FORMOSA dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado ac-tuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTE-RIOR Y TRANSPORTE, Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTI-VO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — El cargo involucrado, correspon-diente al de Delegado de la DELEGACION FORMOSA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O. D. 201 - DIRECCION NACIO-NAL DE MIGRACIONES -.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410380F#

#I4410376I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 39/2013

Dase por prorrogada designación en la Di-rección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº  S02:0009210/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descen-tralizado actuante en la órbita del MINIS-TERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº  1833 del 30 de noviembre de 2010 y Nº  1698 del 24 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centrali-zada y descentralizada, en cargos de plan-ta permanente y no permanente, incluyen-do en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad co-rrespondiente.

Que mediante el Decreto Nº  1833/10 se ha designado transitoriamente a la Doc-tora Verónica Liliana BELLOSO (DNI Nº 17.536.585) en el cargo de Delegada de la DELEGACION VIEDMA dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIO-NES, organismo descentralizado actuante en órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Que por el Decreto Nº 1698/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación apro-bada por el Decreto Nº 1833/10.

Que por razones operativas no ha sido posi-ble cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido, por lo que resulta in-dispensable prorrogar la mencionada desig-nación por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más.

Que a través de la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto General de la Administra-ción Nacional para el Ejercicio 2013.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL IN-TERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la in-tervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y a tenor de lo establecido por el ar-tículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINAEN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVODECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogado a par-tir del 25 de julio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles conta-dos a partir del dictado de la presente medida, el plazo establecido por el Decreto Nº 1833 del 30 de noviembre de 2010, que fuera prorroga-do por el Decreto Nº 1698 del 24 de octubre de 2011, con relación a la designación transitoria

de la Doctora Verónica Liliana BELLOSO (DNI Nº 17.536.585), en el cargo de Delegada de la DELEGACION VIEDMA de la DIRECCION NA-CIONAL DE MIGRACIONES, organismo des-centralizado actuante en la órbita del MINIS-TERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, NIVEL B - GRADO 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SEC-TORIAL homologado por el Decreto Nº  2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — El cargo involucrado, correspon-diente al de Delegada de la DELEGACION VIEDMA de la DIRECCION NACIONAL DE MI-GRACIONES, organismo descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo es-tablecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABA-JO SECTORIAL, homologado por el Decre-to Nº  2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O. D. 201 - DIRECCION NACIO-NAL DE MIGRACIONES.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410376F#

#I4410377I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 40/2013

Dase por prorrogada designación en la Di-rección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0009211/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentraliza-do actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº  26.784, los Decretos Nº  491 del 12 de marzo de 2002, Nº 573 del 26 de abril de 2010 y Nº  1433 del 15 de septiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centraliza-da y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad co-rrespondiente.

Que mediante el Decreto Nº 573/10 se ha designado transitoriamente en la planta permanente, al Doctor Mauricio Edgardo SPITALIERI (DNI Nº 25.622.333), en el car-go de Delegado de la DELEGACION MEN-DOZA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentraliza-do actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Nivel B - Grado 0, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos estable-cidos en el artículo 14 del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Que por Decreto Nº  1433/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación apro-bada por el Decreto Nº 573/10.

Page 3: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 3Que por razones operativas no ha sido posi-ble cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido, por lo que resulta in-dispensable prorrogar la mencionada desig-nación por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más.

Que a través de la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto General de la Administra-ción Nacional para el Ejercicio 2013.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL IN-TERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la in-tervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y a tenor de lo establecido por el De-creto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINAEN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVODECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogado a par-tir del 15 de junio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, conta-dos a partir del dictado de la presente medida, el plazo establecido por el Decreto Nº 573 del 26 de abril de 2010, que fuera prorrogado por el Decreto Nº 1433 del 15 de septiembre de 2011, con relación a la designación transitoria en la planta permanente del Doctor Mauricio Edgar-do SPITALIERI (DNI Nº  25.622.333), en el car-go de Delegado de la DELEGACION MENDO-ZA dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL IN-TERIOR Y TRANSPORTE, Nivel B - Grado 0 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTI-VO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — El cargo involucrado, correspon-diente al de Delegado de la DELEGACION MEN-DOZA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRA-CIONES organismo descentralizado del MINIS-TERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homo-logado por Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles conta-dos a partir de la fecha del presente Decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondientes a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIO-NAL DE MIGRACIONES.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410377F#

#I4410378I#PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 41/2013

Dase por prorrogada designación en el Mu-seo Nacional de Bellas Artes de la Secreta-ría de Cultura.

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el expediente Nº 9060/12 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION, y el Decreto Nº 1405 de fecha 13 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1405/12 fue prorro-gada en último término la designación con carácter transitorio de la funcionaria de la

SECRETARIA DE CULTURA de la PRESI-DENCIA DE LA NACION, señora Elena Jor-gelina SANCHEZ, en un cargo de la Planta Permanente Nivel B, Grado 0, como COOR-DINADORA de la SECRETARIA PRIVADA del MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES.

Que, no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo en for-ma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado del Decreto Nº  1405/12, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha solicitado se prorrogue la de-signación de la citada funcionaria, en los mismos términos del nombramiento ori-ginal, que fuera dispuesto por el Decreto Nº 740/10.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JU-RIDICOS del organismo de origen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINAEN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVODECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, desde su vencimiento, a partir del día 11 de agosto de 2012, y por el término de CIENTO OCHEN-TA (180) días hábiles, la designación transitoria de la señora Elena Jorgelina SANCHEZ (DNI Nº 17.224.294), como COORDINADORA de la SECRETARIA PRIVADA del MUSEO NACIO-NAL DE BELLAS ARTES de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION, en un cargo de la Planta Permanente Nivel B, Grado 0, cuya designación original fuera realizada por el Decreto Nº  740/10 y prorrogada en último término por su similar Nº 1405/12, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por Decreto Nº 2098/08.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respec-tivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SI-NEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 11 de agosto de 2012.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto, se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año en curso asignado a la Jurisdicción 20 - 14 - SECRETARIA DE CULTURA de la PRESI-DENCIA DE LA NACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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#I4410379I#PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 42/2013

Dase por prorrogada designación del Di-rector Nacional de Artes de la Secretaría de Cultura.

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el expediente Nº 9916/12 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION, y el Decreto Nº 298 de fecha 2 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº  298/12 fue prorro-gada en último término la designación con carácter transitorio del funcionario de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESI-DENCIA DE LA NACION, señor José Luis

CASTIÑEIRA de DIOS, en un cargo Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II, como DIREC-TOR NACIONAL DE ARTES.

Que, no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo en forma definitiva, y manteniéndose vigentes las ra-zones que dieron lugar al dictado del Decre-to Nº 298/12, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha soli-citado se prorrogue la designación del cita-do funcionario, en los mismos términos del nombramiento original, que fuera dispuesto por el Decreto Nº 1747/09.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JU-RIDICOS del organismo de origen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINAEN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVODECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada desde su vencimiento, a partir del día 23 de junio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria del señor José Luis CASTIÑEIRA de DIOS (DNI Nº 7.598.707), como DIRECTOR NACIONAL DE ARTES de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en un cargo de la Planta Perma-nente Nivel A, Grado 0, autorizándose el corres-pondiente pago de la Función Ejecutiva II, del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, cuya designación original fuera efectuada por Decreto Nº 1747/09 y prorrogada en último tér-mino por su similar Nº 298/12, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Conve-nio.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respec-tivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 23 de junio de 2012.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto, será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20 - 14 - SECRETARIA DE CUL-TURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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#I4410381I#PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 44/2013

Dase por prorrogada designación en el Ins-tituto Nacional del Teatro de la Secretaría de Cultura.

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº  1063/12 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, los De-cretos Nros. 221 de fecha 23 de febrero de 1998, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1063 de fecha 13 de julio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y el reglamentario Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, se es-tableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación

de personal, en el ámbito de la Administra-ción Pública centralizada y descentralizada, ya sea en cargos de planta permanente o no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, debe ser efectuada por el PODER EJECUTIVO NA-CIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad involucrada.

Que por el Decreto Nº 1063 de fecha 13 de julio de 2011, se designó transitoriamen-te a la señora Elsa Mabel CABRAL (DNI Nº  12.424.248), en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 dependiente de la Coordinación de la Asesoría Legal del INSTITUTO NACIO-NAL DEL TEATRO, organismo descentrali-zado actuante en la órbita de la SECRETA-RIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el citado cargo debía ser cubierto, con-forme el proceso de selección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que razones operativas hacen necesario extender dicha prórroga de la designación transitoria de la señora Elsa Mabel CA-BRAL (DNI Nº  12.424.248) por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más, hasta tanto se sustancien los proce-sos de selección previstos, para comple-mentar las acciones, de las reales necesi-dades funcionales del INSTITUTO NACIO-NAL DEL TEATRO.

Que la agente citada en la presente medida, se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido en el segundo consideran-do.

Que la COORDINACION DE LA ASESO-RIA LEGAL del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO y la DIRECCION DE ASUN-TOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIO-NAL, y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de mar-zo de 2002.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINAEN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVODECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir de la fecha de vencimiento del término esta-blecido en el Artículo 1° del Decreto Nº 1063 de fecha 13 de julio de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria de la señora Elsa Ma-bel CABRAL (DNI Nº 12.424.248), en el cargo de Coordinadora Administrativa de la COOR-DINACION DE LA ASESORIA LEGAL del INS-TITUTO NACIONAL DEL TEATRO organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDEN-CIA DE LA NACION, en un Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo esta-blecido en el Título II, Capítulos III y IV y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº  2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha consignada en el Artículo 1°.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 5

DECISIONESADMINISTRATIVAS

#I4410628I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1530/2012

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Gabinete y Coordinación Admi-nistrativa.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº  0049488/2012 del registro de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Ad-ministrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº  52 del 6 de marzo de 2009, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PU-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contra-to suscripto con fecha 31 de octubre de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Sebas-tián Andrés BECCHI (D.N.I. Nº 37.786.290), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiem-po determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado ex-clusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del de-creto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel D diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agen-te propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan aca-badamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que proce-de aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de noviembre de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibili-dad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efec-tos al 1° de noviembre de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATI-VA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS y D. Sebastián Andrés BECCHI (D.N.I. Nº 37.786.290), para desempeñar funciones de Asistente Administrativo en la COORDINACION DE TRAMITACION TECNICA de la citada ju-risdicción, equiparado al Nivel D - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previ-siones del artículo 9° del Anexo de la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410628F#

#I4410629I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1531/2012

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Ambiente y Desarrollo Susten-table.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP Nº 13346/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agos-to de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Adminis-

trativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLI-CA Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 30 de marzo de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARRO-LLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Florencia Marlene BONGIORNO de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose me-diante Resolución de la ex SUBSECRETA-RIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplica-ción del mismo.

Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada ex-clusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del cita-do decreto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al obje-tivo de las funciones que le van a ser asigna-das y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que la agente involucrada en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº  491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de abril de 2012, por lo que pro-cede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibili-dad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artícu-lo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y en el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efec-tos al 1 de abril de 2012 y hasta el 31 de di-ciembre de 2012, el contrato suscripto ad re-feréndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Florencia Marlene BONGIORNO (D.N.I. Nº 28.460.440), para desempeñar funciones de Analista Administrativo en la citada Secretaría, equiparada al Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regu-lación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será aten-dido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº  26.728 - Ser-vicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410629F#

#I4410630I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1532/2012

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Ambiente y Desarrollo Susten-table.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP Nº 19431/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contra-to suscripto con fecha 30 de diciembre de 2011, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARRO-LLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Silvia Ma-risel KORTH de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose me-diante Resolución de la ex SUBSECRETA-RIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplica-ción del mismo.

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Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 6Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado ex-clusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del cita-do decreto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agen-te propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asigna-das y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº  491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 3 de enero de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibili-dad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efec-tos al 3 de enero de 2012 y hasta el 31 de di-ciembre de 2012, el contrato suscripto ad re-feréndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTA-BLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS y Da. Silvia Marisel KORTH (D.N.I. Nº 26.644.496), para desempeñar funciones de Asesora en la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº  2098/08), de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Em-pleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamen-tación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modi-ficatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I

al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Na-cional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Finan-ciero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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#I4410631I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1533/2012

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Ambiente y Desarrollo Susten-table.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP Nº 15692/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agos-to de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Adminis-trativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLI-CA Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 22 de junio de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Santiago Alberto BALBUENA de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del citado decreto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº  491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 25 de junio de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº  26.728 - Servicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efectos al 25 de junio de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Santiago Alberto BALBUENA (D.N.I. Nº 36.686.141), para desempeñar funciones de ANALISTA ADMINISTRATIVO en la citada Se-cretaría, equiparado al Nivel C - Grado 0 del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previsiones del ar-tículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su regla-mentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al De-creto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimien-to de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Financiero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410631F#

#I4410632I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1534/2012

Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP Nº 32.263/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS, los Decretos Nros. 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 07 de agosto de 2003 —modificado por los Decretos Nros. 149 de fecha 22 de febrero de 2007, 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009 y 1318 de fecha 29 de agosto de 2011— y 1524 de fecha 6 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1524/07 se aprobó el modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 1868/OC AR destinado a la ejecución del PROGRAMA DE GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN MUNICIPIOS TURISTICOS, siendo la SECRETARIA DE AMBIEN-TE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el organismo ejecutor del SUBPROGRAMA II, denominado PROGRAMA DE GESTION INTE-GRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN OTROS MUNICIPIOS TURISTICOS.

Que, según lo informado en las actuaciones por las áreas pertinentes, con el objeto de ase-gurar el desarrollo de los planes de acción previstos, resulta necesario contratar personal técnico y profesional que cuente con suficiente experiencia e idoneidad para permitir la adecuada consecución de los objetivos del Programa.

Que el Decreto Nº 2345/08 establece en su artículo 5° que la escala retributiva obrante en el Anexo 2 del régimen de contrataciones aprobado como Anexo I será de aplicación a los contratos de locación de servicios y de obra intelectual prestados a título personal por personas radicadas en el país en el marco de convenios para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento externo, bilateral o multilateral y a los administra-dos por organismos internacionales.

Que por el Decreto Nº 491/02 se dispone que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, cen-tralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto Nº 577/03 —modificado por los Decretos Nros. 149/07, 1248/09 y 1318/2011— se estableció, que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el Sr. JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u ho-norario equivalente superior a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500.-), y que en aquellos casos en que la suma resulte inferior a la mencionada o se propi-cien renovaciones o prórrogas de contrataciones, las mismas serán efectuadas por el Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación o Jefe de la Casa Militar, según corresponda.

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Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 7Que, de acuerdo a lo peticionado, a efectos de lograr con eficacia y eficiencia los fines del Subprograma II del Programa BID 1868/OC-AR, corresponde aprobar el contrato de locación de servicios del consultor individualizado en el Anexo de la presente, conforme al período, función y rango allí consignado.

Que, según surge del expediente citado en el Visto, se ha verificado la respectiva disponi-bilidad de créditos presupuestarios para atender a la medida propuesta.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su compe-tencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado el contrato de locación de servicios celebrado entre el Subprograma II del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Tu-rísticos —BID 1868/OC AR— que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la persona detallada en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante del presente acto, por el período, función y rango allí consignado.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3° — Comuníquese, Publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO

APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. N° VIGENCIA FUNCION Y RANGO DEDICACION

TORRES MARTIN 30.035.11301-08-2012

Coordinador Rango II Full Time31-12-2012

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#I4410633I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1535/2012

Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Forta-lecimiento de la Democracia de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP - JGM: Nº 0043207/2012 del registro de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS y los Decretos Nº 2345 del 30 de diciembre de 2008, Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRA-TIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS resulta indispensable aprobar la con-tratación del consultor D. Lisandro Emilio BADRA (D.N.I. Nº 18.446.221), en el marco del Decreto Nº 2345/08, para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada Subsecretaría.

Que el consultor propuesto reúne los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas por lo que se hace necesario exceptuarlo de lo establecido en el artículo 7° del Anexo I del Decreto Nº 2345/08.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601/02 regla-mentario del Decreto Nº 491/02, acompañando a la presente la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.

Que el consultor de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de agosto de 2012, por lo que procede aprobar su contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y CO-ORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 7° del Anexo I del Decreto Nº 2345/08 y a tenor de lo establecido en el Decreto 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado a partir del 1° de agosto de 2012 y hasta el 31 de octubre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el consultor D. Lisandro Emilio BADRA (D.N.I. Nº 18.446.221) para desempeñar funciones de Consultor - Rango l con una dedicación funcional del 50%, en la SUBSE-CRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la citada Secretaría, fijándose sus honorarios en la suma total por todo concepto de PESOS OCHO MIL CIEN ($ 8.100.-).

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente deci-sión administrativa, como excepción a lo establecido en el artículo 7° del Anexo I del Decreto Nº 2345/08.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con car-go a las partidas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410633F#

#I4410634I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1536/2012

Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP Nº 16550/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorias y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administra-tiva Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, y sus modificatorios y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato sus-cripto con fecha 27 de abril de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, ce-lebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Federico VICARIO de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se estable-cieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo de-terminado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado exclusi-vamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del citado decreto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, pre-viendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al De-creto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo estableci-do en el artículo 6° del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de mayo de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Adminis-tración Nacional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Financiero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Page 8: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 8Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efectos al 1° de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y Dn. Federico VICARIO (D.N.I. Nº 30.556.560), para desempeñar funciones de Asesor en la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con car-go a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410634F#

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efectos al 1° de octubre de 2012 y hasta el 31 de diciem-bre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINE-TE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Leandro Ariel GONANO (D.N.I. Nº  31.750.540), para desempeñar funciones de Responsable Analista en Sistemas de Información a Provee-dores en la OFICINA NACIONAL DE CONTRA-TACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la citada Secretaría, equiparado al Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previ-siones del artículo 9° del Anexo de la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410635F#

#I4410636I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1538/2012

Dase por aprobada contratación en la Oficina Nacional de Contrataciones de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete y Coordina-ción Administrativa.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº 0042745/2012 del registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el De-creto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº  577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de sep-tiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, el Decreto Nº  2098 del 3 de di-ciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº 1151 del 28 de diciem-bre de 2006 y Nº 52 del 6 de marzo de 2009, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 29 de septiembre de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. María Julieta IBARRA (D.N.I. Nº  24.977.811), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que estará

sujeta la contratación del personal por tiem-po determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada ex-clusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del de-creto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones asignadas y acredi-tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inci-so c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que la agente involucrada en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de octubre de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibili-dad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Na-cional Nº 26.728.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artícu-lo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efec-tos al 1° de octubre de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. María Julieta IBARRA (D.N.I. Nº 24.977.811), para desempeñar funciones de Responsable Analista para el Fortalecimiento de la Oficina Nacional de Contrataciones en la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIO-NES dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la citada Se-cretaría, equiparada al Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

#I4410635I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1537/2012

Dase por aprobada contratación en la Oficina Nacional de Contrataciones de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete y Coordina-ción Administrativa.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº  0043834/2012 del registro de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Ad-ministrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº  52 del 6 de marzo de 2009, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PU-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 28 de septiembre de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Lean-dro Ariel GONANO (D.N.I. Nº  31.750.540), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiem-po determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente de que se trata, según sur-ge de los actuados, se encuentra afec-tado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9°

del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C di-versas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agen-te propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan aca-badamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que proce-de aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de octubre de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibili-dad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

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Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 9(Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previ-siones del artículo 9° del Anexo de la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410636F#

#I4410637I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1539/2012

Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Públi-co de la Secretaría de Gabinete y Coordi-nación Administrativa.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº 0042333/2012 del registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el De-creto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº  577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de sep-tiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, el Decreto Nº  2098 del 3 de di-ciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº 1151 del 28 de diciem-bre de 2006 y Nº 52 del 6 de marzo de 2009, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de julio de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Eliana Rocío MAFFULLO (D.N.I. Nº  32.849.753), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiem-po determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada ex-clusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del de-creto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B di-versas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones asignadas y acredi-tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inci-so c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que la agente involucrada en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de agosto de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibili-dad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artícu-lo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efec-tos al 1° de agosto de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Eliana Rocío MAFFULLO (D.N.I. Nº 32.849.753), para desempeñar fun-ciones de Coordinadora Administrativa en la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la citada Secretaría, equiparada al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previsiones del artícu-lo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regula-ción de Empleo Público Nacional Nº  25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUB-SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4410637F#

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 10

RESOLUCIONES

#I4410920I#Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

ADUANAS

Resolución 12/2013

Adjudícase Zona Franca. Provincia de Santa Fe.

Bs. As., 25/1/2013

VISTO el Expediente Nº 00701-0082782-9/2010 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de SANTA FE, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Provincial Nº 1.833 de fecha 21 de septiembre de 2010, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones para el Llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, para la concesión de la explotación y administración de la Zona Franca Santafesina, se autorizó el lla-mado y se designó como Comisión de Evaluación y Selección al Ente Zona Franca Santafesina.

Que habiendo operado el vencimiento del período de venta de Pliegos el día 9 de diciembre de 2010, los mismos fueron adquiridos por las siguientes Empresas: PORTAR SOCIEDAD ANONIMA, CEREALES DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, ZOFRAVILLA UNION TRANSITO-RIA DE EMPRESAS, PUERTA SUR SOCIEDAD ANONIMA, CASPORT SOCIEDAD ANONI-MA, TERMINAL RIO DE LA PLATA y ULTRAPETROL SOCIEDAD ANONIMA.

Que con fecha 5 de abril de 2011 se realizó el Acta de Recepción y Apertura de Sobres, pre-sentándose un solo oferente, ZOFRAVILLA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS integra-da por las Empresas: CEREALES DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, RED FLINT WARRANTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, PONAL TERMINALES PORTUARIAS SO-CIEDAD ANONIMA, WORCAP SOCIEDAD ANONIMA y el señor Don Martín GONZALEZ (M.I. Nº 25.588.379).

Que por la Resolución Nº 25 de fecha 19 de abril de 2011 del Ente Zona Franca Santa-fesina, se dispuso calificar favorablemente el contenido del Sobre Nº  1 presentado por ZOFRAVILLA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS.

Que analizado el contenido del Sobre Nº 2, mediante la Resolución Nº 26 de fecha 5 de mayo de 2011 del Ente Zona Franca Santafesina, se procedió a adjudicar a la oferente ZOFRAVILLA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS la concesión para la explotación y administración de la Zona Franca Santafesina.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del MINISTERIO DE LA PRODUC-CION de la Provincia de SANTA FE indicó que el Ente Zona Franca Santafesina ha actuado en el marco de su competencia y conforme a lo dispuesto en el Pliego mencionado, aconsejando el dictado de un decreto provincial que apruebe lo actuado por dicha Institución, recomendando que en forma previa debía tomar intervención la Fiscalía de Estado de la Provincia.

Que a través del Dictamen Nº 0142 de fecha 28 de junio de 2011, la Fiscalía de Estado de la Provincia opinó que desarrollado el trámite licitatorio del modo estructurado por el Pliego y estimando la Comisión de Evaluación y Selección que la oferta presentada reúne los requi-sitos establecidos en el Reglamento de Funcionamiento y restantes anexos, corresponde obrar conforme a lo previsto en el Artículo 69 del Pliego de Bases y Condiciones, adjudi-cando a ZOFRAVILLA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS la licitación y elevar el trámite a la Autoridad de Aplicación Nacional por conducto del PODER EJECUTIVO PROVINCIAL.

Que por el Decreto Provincial Nº 1.255 de fecha 30 de junio de 2011, se aprobó la Licitación Pública Nacional e Internacional y se adjudicó la concesión de la explotación y adminis-tración de la Zona Franca Santafesina en la Localidad de Villa Constitución a ZOFRAVILLA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 26/11 del Ente Zona Franca Santafesina.

Que la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS ha analizado el proceso licitatorio, concluyendo que no existen dificultades de índole técnica para la aprobación de dicha Licitación.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que la presente resolución se dicta en función a lo previsto en la Ley Nº 24.331.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICASRESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase la adjudicación de la concesión para la explotación y administración de la Zona Franca Santafesina en la Localidad de Villa Constitución, Provincia de SANTA FE a favor de ZOFRAVILLA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, integrada por las Empresas: CEREALES DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, RED FLINT WARRANTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMI-TADA, PONAL TERMINALES PORTUARIAS SOCIEDAD ANONIMA y WORCAP SOCIEDAD ANONI-MA y el señor Don Martín GONZALEZ (M.I. Nº 25.588.379), la que deberá constituirse en Sociedad Anónima de acuerdo a lo establecido en el Artículo 71 del Pliego de Bases y Condiciones.

Art. 2° — Los integrantes de ZOFRAVILLA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS mencionadas en el Artículo 1° de la presente medida, no deberán poseer deudas líquidas y exigibles impositivas, aduaneras y/o de seguridad social; acreditar la presentación de las correspondientes declaraciones juradas determinativas de tributos respecto de los cuales estuvieran obligados y probar una situa-ción financiera solvente.

Art. 3° — Establécese como condición, el compromiso de ocupación de un mínimo de trabaja-dores similar a lo expresado en el proyecto de explotación y administración de la Zona Franca Santa-fesina, el que deberá mantenerse y/o incrementarse dentro del primer año que comience a funcionar.

Art. 4° — El adjudicatario y/o los usuarios de la Zona Franca Santafesina que operen con merca-dería que se clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 1201.90.00 de origen extranjero, deberán acreditar que por cada tonelada de mercadería a importar tem-poralmente, han adquirido CINCO (5) toneladas para procesamiento de mercadería de origen nacional.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Hernán G. Lorenzino.

#F4410920F#

#I4410547I#Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

EXPORTACIONES

Resolución 16/2013

Fíjase el cupo tarifario de Maní para ser exportado a los Estados Unidos de América.

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0433531/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 1.169 del 17 de noviembre de 2004 y sus mo-dificatorias de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 704 del 3 de octubre de 2012, de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que el cupo tarifario de exportación de maní de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t.) para el año 2013, debe ser distribuido conforme lo establecido por la Resolución Nº 1.169 del 17 de noviembre de 2004, modificada por su similar Nº 169 de fecha 25 de febrero de 2008, ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que mediante la Resolución Nº 704 de fecha 3 de octubre de 2012 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se procedió a la apertura del Registro, durante el período comprendido entre el 1 y el 31 de octubre de 2012, de las empresas interesadas en la exportación de maní a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, dentro del cupo tarifario correspondiente al año 2013.

Que habiéndose cumplido el plazo establecido por el Artículo 1° de la citada Resolución Nº 704/12, se procedió al cierre del Registro por lo que corresponde efectuar la distribución entre las empresas inscriptas, detallándose el tonelaje que corresponde a cada una de ellas en el Anexo que forma parte de la presente medida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de las facultades que le otorga el Artículo 37 del Decreto Nº 2.284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar Nº 2.488 del 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley Nº 24.307 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCARESUELVE:

Artículo 1° — Distribúyese la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t.) del cupo tarifario de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado”, que podrán ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a partir del 1 de abril de 2013.

Art. 2° — Asígnase a las empresas que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente medida, el tonelaje que en cada caso se indica.

Art. 3° — Déjase expresa constancia que la adjudicación a que se refiere la presente resolución, sólo se encontrará consolidada en la medida en que las empresas exportadoras cumplimenten la totalidad de los requisitos establecidos por la Resolución Nº 1.169 del 17 de noviembre de 2004, modificada por su similar Nº 169 de fecha 25 de febrero de 2008, ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANA-DERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 4° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Bo-letín Oficial.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Lorenzo R. Basso.

ANEXO

EMPRESAS EXPORTADORAS TONELADAS

ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A./NIZA S.A. 10.400

AGRO TRANSPORTES S.A. 1.260

AGUSTIN VIDIZZONI S.A. 640

ARG. DE GRAAF S.A. 1.888

BASELICA HNOS. S.A. 468

CONOSUR FOODS ARGENTINA S.A. 451

COOP. AGR. GAN. DE ARROYO CABRAL LTDA. 471

COTAGRO COOP. AGROP. LTDA. 2.223

CUBERO S.R.L. 920

GASTALDI HNOS. S.A. 1.267

GOLDEN PEANUT ARGENTINA S.A. 3.164

GREEN TRADE S.A. 702

GRUPO CAVIGLIASSO S.A. 704

INDELMA S.A. 835

LORENZATI, RUETSCH Y CIA S.A./JL S.A./NUTRIN S.A. 2.905

LORENZO PERLO Y CIA. S.A. 706

MAGLIONE HNOS. Y CIA. S.A. 481

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 11EMPRESAS EXPORTADORAS TONELADAS

MANISEL S.A. 1.161

MANISUR S.A. 1.046

OLAM ARGENTINA S.A. 2.019

OLEGA S.A. 4.457

PDM S.A. 2.367

PRODEMAN S.A. 2.141

PRONUT S.R.L. 455

SERVICIOS AGROPECUARIOS SRL 770

TOTAL 43.901

#F4410547F#

co bilateral vigente con los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, el ESTADO DE ISRAEL y la RE-PUBLICA DE CHINA.

Que el requerimiento formulado se fundamen-ta en el hecho de que la operación de dichas rutas representa para la Empresa un punto de gran relevancia a efectos de poder cum-plimentar los requisitos para concretar acuer-dos de código compartido con sus socios de SKYTEAM y lograr optimizar la operatoria de la transportadora aérea de bandera.

Que en tal sentido cabe destacar que el artí-culo 15 de la Ley Nº 19.030 de Política Nacio-nal de Transporte Aéreo Comercial determina que AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA se tendrá como instrumento ele-gido para la realización de los servicios inter-nacionales regulares, quedando así designada como la empresa idónea ejecutora de la po-lítica aerocomercial de transporte del Estado.

Que es importante tener en cuenta el cum-plimiento de la ejecución ordenada y efi-ciente del Plan General de Negocios, Estra-tégico y Operativo ordenado por el artículo 3° de la Ley Nº 26.466, que fuera presenta-do oportunamente ante las autoridades de la Comisión Bilateral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Que por la Ley Nº  25.561 se declaró la emergencia pública en materia social, eco-nómica, administrativa, financiera y cam-biaria, delegando en el PODER EJECUTIVO NACIONAL las facultades comprendidas en la misma, hasta el 31 de diciembre de 2013, conforme con la última prórroga establecida por medio de la Ley Nº 26.729.

Que a través del Decreto Nº 1.654 de fecha 4 de setiembre de 2002 se declaró el estado de emergencia del transporte aerocomercial que se desarrolla en todo el territorio de la REPU-BLICA ARGENTINA por operadores naciona-les sujetos a la competencia de la autoridad nacional, por el plazo de vigencia de la Ley Nº 25.561.

Que el artículo 13 del Decreto citado prece-dentemente autorizó a esta Cartera de Estado, hasta el término de la emergencia dictada, a aprobar modalidades operativas, afectación de equipos de vuelo y tripulaciones, en condi-ciones excepcionales, con el objeto de facilitar la presencia de los intereses de la REPUBLICA ARGENTINA en los tráficos internacionales.

Que respecto de ello, se destaca que pedi-dos de similar tenor al referido en el primer considerando de la presente que fueran formulados por la empresa solicitante y por AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, se resolvieron favorablemente mediante el dictado de la Resolución Nº 1.196 de fecha 21 de octu-bre de 1997 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PU-BLICOS y de la Resolución Nº 12 de fecha 9 de abril de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, respectivamente.

Que en razón lo expresado en los consi-derandos precedentes, no se observan in-convenientes para la incorporación de los puntos ATLANTA (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - LAS VEGAS (ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA) - DETROIT (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - TEL AVIV (ESTADO DE ISRAEL) - GUANGZHOU (REPUBLICA POPULAR CHINA) al cuadro de rutas conte-nido en el artículo 2° de la Resolución Nº 272 de fecha 2 de marzo de 1999 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, manteniéndose el plazo de vigencia y el resto de las condicio-nes contenidos en dicho acto administrativo.

Que en consecuencia, resulta necesario dic-tar la norma administrativa que haga efectiva la inclusión de los puntos ATLANTA (ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA) - LAS VEGAS (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - DE-TROIT (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - TEL AVIV (ESTADO DE ISRAEL) - GUANG-ZHOU (REPUBLICA POPULAR CHINA) en las rutas indicadas en el primer consideran-do de la presente, en ejercicio de las compe-tencias que normativamente corresponden

a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MI-NISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de este Ministerio, ha to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente resolución se dicta de con-formidad con las facultades conferidas por el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviem-bre de 2007.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTERESUELVE:

Artículo 1° — Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución Nº  272 de fecha 2 de marzo de 1999 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el si-guiente texto:

“ARTICULO 2°.- Otórgase a AEROLINEAS AR-GENTINAS SOCIEDAD ANONIMA la concesión para explotar servicios regulares internacionales de largo recorrido de transporte aéreo de pasaje-ros, correo y carga, en las siguientes rutas:

a) Puntos en la REPUBLICA ARGENTINA - MON-TEVIDEO (REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - ASUNCION (REPUBLICA DEL PARAGUAY) - SAN PABLO (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - RIO DE JANEIRO (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) - SANTA CRUZ DE LA SIERRA (ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA) - LA PAZ (ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA) - TACNA (REPU-BLICA DEL PERU) - AREQUIPA (REPUBLICA DEL PERU) - LIMA (REPUBLICA DEL PERU) - GUAYA-QUIL (REPUBLICA DEL ECUADOR) - QUITO (RE-PUBLICA DEL ECUADOR) - BOGOTA (REPUBLI-CA DE COLOMBIA) - CARTAGENA (REPUBLICA DE COLOMBIA) - CARACAS (REPUBLICA BOLI-VARIANA DE VENEZUELA) - PORLAMAR (REPU-BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA) - PANAMA (REPUBLICA DE PANAMA) - SAN JOSE DE COSTA RICA (REPUBLICA DE COSTA RICA) - ANTILLAS HOLANDESAS - REPUBLICA DOMINICANA - RE-PUBLICA DE CUBA - ESTADOS UNIDOS MEXICA-NOS - SAN JUAN DE PUERTO RICO (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - ORLANDO (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - ATLANTA (ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA) - MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - WASHINGTON D.C. (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - FILADELFIA (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - NUEVA YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - BOSTON (ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA) - DETROIT (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) – CHICAGO (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - NUEVA ORLEANS (ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA) - DALLAS (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - HOUSTON (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - DENVER (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - LOS ANGELES (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - LAS VEGAS (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - SAN FRANCISCO (ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA) - SEATTLE (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - MONTREAL (CANADA) - TORON-TO (CANADA) - VANCOUVER (CANADA) - SEUL (REPUBLICA DE COREA) - MANILA (REPUBLICA DE FILIPINAS) - TOKIO (JAPON) - NAGOYA (JA-PON) - OSAKA (JAPON) - SHANGAI (REPUBLI-CA POPULAR CHINA) - HONG KONG - BEIJING (REPUBLICA POPULAR CHINA) - GUANGZHOU (REPUBLICA POPULAR CHINA) - TAIPEI (TAIWAN) - PACIFICO SUR y viceversa;

b) Puntos en la REPUBLICA ARGENTINA - SAN PABLO (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - RIO DE JANEIRO (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - CASABLANCA (REINO DE MARRUE-COS) - ARGEL (REPUBLICA DEMOCRATICA Y POPULAR DE ARGELIA) - ISLA DE SAL (REPUBLI-CA DE CABO VERDE) - TUNEZ (REPUBLICA DE TUNEZ) - EL CAIRO (REPUBLICA ARABE DE EGIP-TO) - MALTA (REPUBLICA DE MALTA) - DAMASCO (REPUBLICA ARABE SIRIA) - LISBOA (REPUBLICA PORTUGUESA) - OPORTO (REPUBLICA PORTU-GUESA) - REINO DE ESPAÑA - ROMA (REPUBLI-CA ITALIANA) - VENECIA (REPUBLICA ITALIANA) - MILAN (REPUBLICA ITALIANA) - TURIN (REPU-BLICA ITALIANA) - NAPOLES (REPUBLICA ITALIA-NA) - PARIS (REPUBLICA FRANCESA) - BASTIA (REPUBLICA FRANCESA) - ESTRASBURGO (RE-PUBLICA FRANCESA) - LYON (REPUBLICA FRAN-CESA) - MARSELLA (REPUBLICA FRANCESA) - MONTPELLIER (REPUBLICA FRANCESA) - BOR-DEAUX (REPUBLICA FRANCESA) - TOULOUSE (REPUBLICA FRANCESA) - PAU (REPUBLICA FRANCESA) - BREST (REPUBLICA FRANCESA) - LORIENT (REPUBLICA FRANCESA) - NIZA (RE-

#I4410556I#Secretaría de Transporte

TRANSPORTE AEROCOMERCIAL

Resolución 16/2013

Concesiones. Resolución N° 272/1999. Mo-dificación.

Bs. As., 23/1/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0023373/2012 del re-gistro de este Ministerio, Expediente original Nº S01:0418290/2012 del registro del enton-ces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDE-RAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA ha efectuado una pre-sentación mediante la cual solicita se considere la posibilidad de integrar los puntos ATLANTA (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - LAS VE-GAS (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - DE-TROIT (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - TEL AVIV (ESTADO DE ISRAEL) - GUANGZHOU (REPUBLICA POPULAR CHINA) al cuadro de rutas contenido en el artículo 2° de la Resolución Nº 272 de fecha 2 de marzo de 1999 del enton-ces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por la que se otorgó concesión a AEROLINEAS ARGENTINAS SO-CIEDAD ANONIMA por el término de QUINCE (15) años para explotar servicios regulares inter-nacionales de largo recorrido de transporte aé-reo de pasajeros, correo y carga con aeronaves de gran porte en las siguientes rutas: a) Puntos en la REPUBLICA ARGENTINA - MONTEVI-DEO (REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - ASUNCION (REPUBLICA DEL PARAGUAY) - SAN PABLO (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - RIO DE JANEIRO (REPUBLICA FE-DERATIVA DEL BRASIL) - SANTIAGO DE CHI-LE (REPUBLICA DE CHILE) - SANTA CRUZ DE LA SIERRA (ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA) - LA PAZ (ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA) - TACNA (REPUBLICA DEL PERU) - AREQUIPA (REPUBLICA DEL PERU) - LIMA (REPUBLICA DEL PERU) - GUAYAQUIL (REPU-BLICA DEL ECUADOR) - QUITO (REPUBLICA DEL ECUADOR) - BOGOTA (REPUBLICA DE COLOMBIA) - CARTAGENA (REPUBLICA DE COLOMBIA) - CARACAS (REPUBLICA BO-LIVARIANA DE VENEZUELA) - PORLAMAR (REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA) - PANAMA (REPUBLICA DE PANAMA) - SAN JOSE DE COSTA RICA (REPUBLICA DE COS-TA RICA) - ANTILLAS HOLANDESAS - REPU-BLICA DOMINICANA - REPUBLICA DE CUBA - ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - SAN JUAN DE PUERTO RICO (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - ORLANDO (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - WASHINGTON D.C. (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - FILADELFIA (ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA) - NUEVA YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - BOSTON (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - CHICAGO (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - NUEVA ORLEANS (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - DALLAS (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - HOUSTON (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - DENVER (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - LOS ANGELES (ESTADOS UNIDOS DE AME-RICA) - SAN FRANCISCO (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - SEATTLE (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - MONTREAL (CANADA) - TO-RONTO (CANADA) - VANCOUVER (CANADA) - SEUL (REPUBLICA DE COREA) - MANILA (REPUBLICA DE FILIPINAS) - TOKIO (JAPON) - NAGOYA (JAPON) - OSAKA (JAPON) - SHAN-GAI (REPUBLICA POPULAR CHINA) - HONG KONG - BEIJING (REPUBLICA POPULAR CHINA) - TAIPEI (TAIWAN) - PACIFICO SUR

y viceversa; b) Puntos en la REPUBLICA AR-GENTINA - SAN PABLO (REPUBLICA FEDE-RATIVA DEL BRASIL) - RIO DE JANEIRO (RE-PUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - CASA-BLANCA (REINO DE MARRUECOS) - ARGEL (REPUBLICA DEMOCRATICA Y POPULAR DE ARGELIA) - ISLA DE SAL (REPUBLICA DE CABO VERDE) - TUNEZ (REPUBLICA DE TUNEZ) - EL CAIRO (REPUBLICA ARABE DE EGIPTO) - MALTA (REPUBLICA DE MALTA) - DAMASCO (REPUBLICA ARABE SIRIA) - LIS-BOA (REPUBLICA PORTUGUESA) - OPOR-TO (REPUBLICA PORTUGUESA) - REINO DE ESPAÑA - ROMA (REPUBLICA ITALIANA) - VENECIA (REPUBLICA ITALIANA) - MILAN (REPUBLICA ITALIANA) - TURIN (REPUBLI-CA ITALIANA) - NAPOLES (REPUBLICA ITA-LIANA) - PARIS (REPUBLICA FRANCESA) - BASTIA (REPUBLICA FRANCESA) - ESTRAS-BURGO (REPUBLICA FRANCESA) - LYON (REPUBLICA FRANCESA) - MARSELLA (RE-PUBLICA FRANCESA) - MONTPELLIER (RE-PUBLICA FRANCESA) - BORDEAUX (REPU-BLICA FRANCESA) - TOULOUSE (REPUBLI-CA FRANCESA) - PAU (REPUBLICA FRAN-CESA) - BREST (REPUBLICA FRANCESA) - LORIENT (REPUBLICA FRANCESA) - NIZA (REPUBLICA FRANCESA) - NANTES (REPU-BLICA FRANCESA) - RENNES (REPUBLICA FRANCESA) - AJACCIO (REPUBLICA FRAN-CESA) - BRUSELAS (REINO DE BELGICA) - AMSTERDAM (REINO DE LOS PAISES BA-JOS) - LUXEMBURGO (GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO) - FRANCFORT DEL MENO (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - MU-NICH (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - BERLIN (REPUBLICA FEDERAL DE ALE-MANIA) - DÜSSELDORF (REPUBLICA FEDE-RAL DE ALEMANIA) - HAMBURGO (REPU-BLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - HANNO-VER (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - STUTTGART (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - ZURICH (CONFEDERACION SUIZA) - GINEBRA (CONFEDERACION SUI-ZA) - BASILEA (CONFEDERACION SUIZA) - VIENA (REPUBLICA DE AUSTRIA) - LON-DRES (REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE) - LIVERPOOL (REI-NO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE) - MANCHESTER (REINO UNI-DO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE) - EDIMBURGO (REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE) - DUBLIN (REPUBLICA DE IRLANDA) - OSLO (REINO DE NORUEGA) - ESTOCOLMO (REI-NO DE SUECIA) - COPENHAGUE (REINO DE DINAMARCA) - HELSINKI (REPUBLI-CA DE FINLANDIA) - ATENAS (REPUBLICA HELENICA) - ESTAMBUL (REPUBLICA DE TURQUIA) - BELGRADO (REPUBLICA DE SERBIA) - SOFIA (REPUBLICA DE BULGARIA) - BUCAREST (RUMANIA) - BUDAPEST (REPU-BLICA DE HUNGRIA) - PRAGA (REPUBLICA CHECA) - VARSOVIA (REPUBLICA DE POLO-NIA) - KIEV (UCRANIA) - MINSK (REPUBLICA DE BELARUS) - MOSCU (FEDERACION DE RUSIA) - SAN PETERSBURGO (FEDERACION DE RUSIA) y viceversa; c) Puntos en la REPU-BLICA ARGENTINA - Puntos en SUDAMERICA - CIUDAD DEL CABO (REPUBLICA DE SUDA-FRICA) - JOHANNESBURGO (REPUBLICA DE SUDAFRICA) - PACIFICO SUR - ANTARTIDA - NUEVA ZELANDIA - AUSTRALIA - BOMBAY (REPUBLICA DE LA INDIA) - KUALA LUMPUR (FEDERACION DE MALASIA) - BANGKOK (REINO DE TAILANDIA) - SINGAPUR (REPU-BLICA DE SINGAPUR) - SEUL (REPUBLICA DE COREA) - MANILA (REPUBLICA DE FILIPINAS) - TOKIO (JAPON) - NAGOYA (JAPON) - OSAKA (JAPON) - SHANGAI (REPUBLICA POPULAR CHINA) - HONG KONG - BEIJING (REPUBLI-CA POPULAR CHINA) - TAIPEI (TAIWAN) y vi-ceversa.

Que la operatoria proyectada por la solicitante se ajusta a las previsiones contenidas en el mar-

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 12PUBLICA FRANCESA) – NANTES (REPUBLICA FRANCESA) - RENNES (REPUBLICA FRANCESA) - AJACCIO (REPUBLICA FRANCESA) - BRUSE-LAS (REINO DE BELGICA) - AMSTERDAM (REINO DE LOS PAISES BAJOS) - LUXEMBURGO (GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO) - FRANCFORT DEL MENO (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - MUNICH (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - BERLIN (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - DÜSSELDORF (REPUBLICA FEDERAL DE ALE-MANIA) - HAMBURGO (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - HANNOVER (REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA) - STUTTGART (REPUBLICA FEDE-RAL DE ALEMANIA) - ZURICH (CONFEDERACION SUIZA) - GINEBRA (CONFEDERACION SUIZA) - BASILEA (CONFEDERACION SUIZA) - VIENA (REPUBLICA DE AUSTRIA) - LONDRES (REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NOR-TE) - LIVERPOOL (REINO UNIDO DE GRAN BRE-TAÑA E IRLANDA DEL NORTE) - MANCHESTER (REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE) - EDIMBURGO (REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE) - DU-BLIN (REPUBLICA DE IRLANDA) - OSLO (REINO DE NORUEGA) - ESTOCOLMO (REINO DE SUE-CIA) - COPENHAGUE (REINO DE DINAMARCA) - HELSINKI (REPUBLICA DE FINLANDIA) - ATENAS (REPUBLICA HELENICA) - TEL AVIV (ESTADO DE ISRAEL) – ESTAMBUL (REPUBLICA DE TURQUIA) - BELGRADO (REPUBLICA DE SERBIA) - SOFIA

(REPUBLICA DE BULGARIA) - BUCAREST (RU-MANIA) - BUDAPEST (REPUBLICA DE HUNGRIA) - PRAGA (REPUBLICA CHECA) - VARSOVIA (RE-PUBLICA DE POLONIA) - KIEV (UCRANIA) - MINSK (REPUBLICA DE BELARUS) - MOSCU (FEDERA-CION DE RUSIA) - SAN PETERSBURGO (FEDERA-CION DE RUSIA) y viceversa;

c) Puntos en la REPUBLICA ARGENTINA - Pun-tos en SUDAMERICA - CIUDAD DEL CABO (RE-PUBLICA DE SUDAFRICA) - JOHANNESBURGO (REPUBLICA DE SUDAFRICA) - PACIFICO SUR - ANTARTIDA - NUEVA ZELANDIA - AUSTRALIA - BOMBAY (REPUBLICA DE LA INDIA) - KUALA LUMPUR (FEDERACION DE MALASIA) - BAN-GKOK (REINO DE TAILANDIA) - SINGAPUR (RE-PUBLICA DE SINGAPUR) - SEUL (REPUBLICA DE COREA) - MANILA (REPUBLICA DE FILIPINAS) - TOKIO (JAPON) - NAGOYA (JAPON) - OSAKA (JA-PON) - SHANGAI (REPUBLICA POPULAR CHINA) - HONG KONG - BEIJING (REPUBLICA POPULAR CHINA) - GUANGZHOU (REPUBLICA POPULAR CHINA) - TAIPEI (TAIWAN) y viceversa”.

Art. 2° — Notifíquese a la Empresa AEROLI-NEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Alejandro Ramos.

#F4410556F#

ANEXO I

MINISTERIO DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

REASIGNACION

Unidad Organizativa Nivel

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS II

(Nivel anterior: IV)

#F4410564F##I4410565I#

Secretaría de Gabinete y Coordinación AdministrativaySecretaría de Hacienda

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución Conjunta 604/2012 y 395/2012

Reasígnanse cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas pertenecientes al Insti-tuto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 0000486/2012 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICUL-TURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y mo-dificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); el Decreto Nº 1063 de fecha 17 de agosto de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1063/04 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en el ámbito de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE AGRI-CULTURA, GANADERIA Y PESCA, incluyendo, entre otras, a la Dirección de Administra-ción y la Dirección de Recursos Humanos y Organización.

Que se verifica la necesidad de fortalecer las direcciones mencionadas en razón del cre-cimiento del accionar del instituto desde la aprobación de su estructura organizativa hasta la fecha.

Que por ello, se hace necesario por el presente acto reasignar los mencionados cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION AD-MINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación del nivel de Función Ejecutiva correspondiente.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLI-CAS, a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE CO-ORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la interven-ción que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSYEL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN:

Artículo 1° — Reasígnanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertene-cientes al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL, y archívese. — Facundo P. Nejamkis. — Juan C. Pezoa.

ANEXO I

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

REASIGNACIONES

Unidad Organizativa Nivel

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

DIRECCION DE ADMINISTRACION II

(NIVEL ANTERIOR: III)

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION III

(NIVEL ANTERIOR: IV)

#F4410565F#

#I4410564I#Secretaría de Gabinete y Coordinación AdministrativaySecretaría de Hacienda

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Resolución Conjunta 582/2012 y 404/2012

Reasígnase cargo en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente PNA:0001304/12 del registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIO-NALES, organismo descentralizado en Jurisdicción del MINISTERIO DE TURISMO; el De-creto Nº 1375 del 29 de noviembre de 1996; el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); y la Resolución Conjunta SFP y SH Nº 231 del 6 de noviembre de 1997; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1375/96 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRA-CION DE PARQUES NACIONALES, Organismo Descentralizado actualmente dependiente del MINISTERIO DE TURISMO.

Que por Resolución Conjunta SFP y SH Nº 231/97 se asignó a la Dirección de Asuntos Jurídicos nivel de Función Ejecutiva IV.

Que el Organismo solicita la reasignación del nivel asignado a la citada Dirección en el No-menclador de Funciones Ejecutivas, con motivo del aumento de la litigiosidad y del cúmulo de tareas de asesoramiento legal tanto a nivel central como de las áreas protegidas.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponde-ración del nivel de Función Ejecutiva correspondiente.

Que ha tomado la intervención de su competencia, la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLI-CAS a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2012.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSYEL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN:

Artículo 1° — Reasígnase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente a la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archí-vese. — Facundo P. Nejamkis. — Juan C. Pezoa.

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 13

DISPOSICIONES REMATES OFICIALESNuevos

#I4410447I#Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS MEDICOS

Disposición 324/2013

Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinados productos.

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº  1-47-19796-12-6 del Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Mé-dica y

CONSIDERANDO:

Que por los referidos actuados la Direc-ción de Tecnología Médica informa acerca de las notificaciones de fallas de calidad que afectarían al producto médico de-nominado “SONDA PARA INTUBACION GASTRICA - TIPO LEVINE” marca TOM FAC, inscripto en el R.P.P.T.M. bajo el nú-mero PM-18803, al producto médico de-nominado “GUIA PARA LA ADMINISTRA-CION DE SOLUCIONES PARENTERALES” marca TOM FAC, inscripto en el R.P.P.T.M. bajo el número PM-1880-14 y al produc-to medico denominado “SONDA PARA NUTRICION ENTERAL CON MANDRIL Y PUNTA LASTRADA” marca TOM FAC, inscripto en el R.P.P.T.M. bajo el número PM-1880-6.

Que la mencionada Dirección informa que los referidos productos habrían sido elaborados por la firma INSUMOS MEDI-COS PATRICIOS S.A., con domicilio en Uspallata 2114 C.A.B.A., habilitada me-diante Disposición ANMAT Nº  4815/09 como EMPRESA FABRICANTE DE PRO-DUCTOS MEDICOS para el rubro “FA-BRICANTE DE BOLSAS COLECTORAS, CAMPOS QUIRURGICOS DE POLIETILE-NO, CANULAS, SONDAS Y TUBULADU-RAS”.

Que cabe destacar que mediante Disposi-ción ANMAT Nº 349/11 se clausuró preven-tivamente a la firma INSUMOS MEDICOS PATRICIOS S.A., prohibiéndose la comer-cialización y uso en todo el territorio nacio-nal de todos los productos médicos fabri-cados, en todos sus lotes y ordenándose su recupero del mercado.

Que la Dirección de Tecnología informa además que como consecuencia de la recepción de Reportes de Tecnovigilan-cia, mediante O.I. Nº  4783/12, se proce-dió a realizar una inspección en el esta-blecimiento de la firma de referencia, en la que se requirió documentación que al momento no, se encontraba en el lugar, y durante la cual los representantes de la firma no reconocieron como propio, la Guía Macrogotero sin aguja, 14 A, Lote 12-0265, PM 1880-14 en relación al pro-ducto TOM FAC.

Que asimismo informa que durante la entrevista le fueron exhibidas 3 mues-tras del producto médico SONDA PARA ALIMENTACION NASOGASTRICA TOM FAC 30, PM 1880-3, Lote 12/06/0569 las que según uno de los reportes de tec-novigilancia recibido presentarían restos de cabello y partículas extrañas dentro de su envase, siendo reconocido como propios.

Que con posterioridad, mediante O.I. Nº  4830/12, se procedió a realizar una nueva inspección a la firma, en la que se constataron “varias no conformidades”

detalladas a fs. 217/225, y durante la cual consultados por la Guía Macrogotero sin aguja 14 A, Lote 12-0265, PM 1880-14 en relación el producto con leyenda TOM FAC, los representantes de la firma in-dican que el mencionado producto no cumple con la codificación de lote que realiza la empresa no reconociéndolo como propio.

Que atento lo expuesto y en razón al ries-go sanitario que conllevan los productos en cuestión, y en virtud de lo dispuesto por el Reglamento Técnico Mercosur de Registro de Productos Médicos (MER-COSUR/GMC/RES Nº 40/00) incorporado por los artículos 1° inc. c) y 3° de la Parte V de la Disposición ANMAT Nº  2318/02 (T.O. 2004) y por el artículo 4° del Decreto 341/92, la Dirección de Tecnología Médica aconseja: 1) prohibir la comercialización y uso en todo el territorio nacional del pro-ducto médico TOM FAC: Guía Macrogote-ro sin aguja 14 A, Lote 12-0265, PM 1880-14 por considerarlo producto ilegítimo; 2) prohibir la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto médico SONDA PARA ALIMENTACION NASO-GASTRICA TOM FAC 30, PM 1880-3, Lote 12/06/0569 envasado en junio 2012 y con vencimiento en junio 2015 fabricado por la firma INSUMOS MEDICOS PATRICIOS S.A. y 3) ordenar a la firma INSUMOS ME-DICOS PATRICIOS S.A. el recupero en el mercado del producto SONDA PARA ALI-MENTACION NASOGASTRICA TOM FAC 30, PM 1880-3, Lote 12/06/0569, debien-do presentar ante esa Dirección la docu-mentación respaldatoria que acredite tal diligencia.

Que desde el punto de vista procedimen-tal, lo actuado por la Dirección de Tec-nología Médica se enmarca dentro de las atribuciones conferidas a la ANMAT por el artículo 10° inciso q) del Decreto Nº 1490/92.

Que respecto de la medida aconsejada, re-sulta competente ésta Administración Na-cional en virtud de las atribuciones conferi-das por los incisos n) y ñ) del artículo 8° del Decreto Nº 1490/92.

Que la Dirección de Tecnología Médica y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº  1490/92 y Nº 425/10.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICADISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los produc-tos médicos rotulados como “TOM FAC: Guía Macrogotero sin aguja 14 A, Lote 12-0265, PM 1880-14” por considerarlo producto ilegítimo y “SONDA PARA ALIMENTACION NASOGASTRI-CA TOM FAC 30, PM 1880-3, Lote 12/06/0569 envasado en junio 2012 y con vencimiento en junio 2015” fabricado por la firma INSUMOS MEDICOS PATRICIOS S.A., por las razones ex-puestas en el Considerando de la presente dis-posición.

Art. 2° — Ordénase a la firma INSUMOS MEDICOS PATRICIOS S.A. el recupero en el mercado del producto SONDA PARA ALIMEN-TACION NASOGASTRICA TOM FAC 30, PM 1880-3, Lote 12/06/0569, debiendo presen-tar ante esa Dirección la documentación res-paldatoria que acredite tal diligencia, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición.

Art. 3° — Regístrese; dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publica-ción. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a las del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institu-cionales de ésta A.N.M.A.T. Cumplido, archíve-se. — Otto A. Orsingher.

#F4410447F#

#I4407492I#BANCO CIUDAD

www.bancociudad.com.ar

Miembro de la Asociación Internacional de Entidades de Crédito Prendario y Social

SUBASTA PUBLICA CON BASE AL MEJOR POSTOR

IMPORTANTE DEPOSITO INDUSTRIAL

REMEDIOS DE ESCALADA esq. JUJUY

VILLA ANGELICA - GARIN - Partido de Escobar - Prov. de Buenos Aires

Sup. Terreno 4.445 m2 - Sup. Cubierta 4.382 m2 - BASE $ 1.400.000.-

SUBASTA: el próximo 1° de marzo a las 10:30, en Esmeralda 660, 3° Piso, Salón Auditorio Santa María de los Buenos Ayres, Ciudad de Buenos Aires.

CONDICIONES DE VENTA: Al contado (en efectivo o cheque certificado a la orden del Banco Ciudad de Buenos Aires cuyo titular sea el comprador) 30% del precio de venta en concepto de seña, el 3% más IVA en concepto de comisión y el impuesto de sellos —de corresponder— en el acto de la subasta, oportunidad en que se suscribirá el boleto de compraventa.

El 70% restante deberá abonarse en efectivo, cheque certificado a la orden del Banco de la Ciudad de Buenos Aires cuyo titular sea el comprador, o transferencia bancaria a través del CBU 0290053710000009876511, a la firma de la Escritura Traslativa de Dominio, otorgándose la posesión del inmueble, quedando desde entonces a cargo de la parte compradora todos los impuestos, tasas y contribuciones.

EXHIBICION: desde el 28 de enero hasta el 28 de febrero, de lunes a sábado de 10 a 17.

CATALOGOS E INFORMES: en Esmeralda 660, 6° Piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15, Tel.: 4329-8600, int. 3669/3694, FAX 4322-6817 o en www.bancociudad.com.ar/subastas

OFI 2805

ALBERTO ESCRIU, Asistente de Equipo Diseño, Gerencia de Marketing, Banco Ciudad de Bue-nos Aires.

e. 28/01/2013 Nº 1492/13 v. 28/01/2013#F4407492F#

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 14

AVISOS OFICIALESNuevos

#I4410277I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 22-1-2013

Expediente

5074365 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: SCARBUSH (EL REY DE LOS SIERVOS) Autor/Titular: JORGE FABIAN HARAZATEY

Editor: LA MANZANA DE LAS LUCES

5074366 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: HACER EL BIEN Autor/Titular: ANA CARINA GARBER

Editor: EL BARDO

5074367 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL DOS EN EL UNO Autor/Titular: CARLOS FEDERICO GURISATTI

Editor: TEATRO DEL CENTRO SALA 1

5074368 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: ASI TE AMO Autor/Titular: JOAQUIN ALEJANDRO STRINGA

Editor: LIBERARTE

5074369 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: CENICIENTA EN BUSCA DEL GATO CON BOTAS Autor/Titular: RAUL ANIBAL MARTOREL

Editor: TEATRO MUNICIPAL

5074370 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL PROMETIDO (UN MUNDO SIN TIEMPO) Autor/Titular: ALEJANDRA CLAUDIA MARIA VIDAL

Editor: EL BARDO

5074371 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: FUSION DE CONFUSIONES Autor/Titular: MARCELO JULIO RODRIGUEZ

Editor: LA VOLTERETA

5074372 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: ZARZAGAN, LA CIUDAD DE LOS VIENTOS Autor/Titular: ELIO ANDRES CACCIANI

Editor: ESPACIO MASCARA

5074373 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LA FIESTA ESTA EN EL LAGO Autor/Titular: CARLOS ALBERTO ALVAREZ

Editor: TEATRO DEL LAGO

5074374 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: WINTER Autor/Titular: MONICA ELISABETH SACCO

Editor: EL PICCOLINO

5074375 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: WARNES SAMURAI Autor/Titular: PABLO ALBARELLO

Editor: SALA EL MASCAVIENTOS

5074376 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LAS PRINCESAS TRAMPOSAS Y EL JARDINERO VALIENTE Autor/Titular: GLADYS CECILIA DI MARCO

Autor/Titular: NATALIA MARIA MOYA

Editor: CIUDAD DE LAS ARTES AUDITORIO PERON

5074377 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: BAILANDO CON EL MUERTO Autor/Titular: TATO TABERNISE

Editor: MUNICIPALIDAD DE REQUENA -ESPAÑA-

5074378 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL CORSO Autor/Titular: MANUEL CRUZ

Editor: ODEON ODEON

5074379 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: POUR LA GALERIE Autor/Titular: GABRIEL GOLDMAN

Editor: TEATRO DE AUTOR SA

Editor: TEATRO METROPOLITAN METROPOLITAN 1

5074380 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: WANZA Autor/Titular: LAURA CUCCHETTI

Editor: TEATRO DE CAMARA

5074381 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: HUMOR ARDIENTE Autor/Titular: JORGE GUSTAVO BENZAQUEN

Editor: TEATRO BAR LA CAMPANA

5074382 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: BUEN PROVECHO Autor/Titular: MARCOS SEBASTIAN LUC

Editor: CASA GROTE

5074383 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: BUEN PROVECHO Editor: CASA GROTE

Autor/Titular: JUAN JOSE LOPEZ

5074384 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: ZACATE Autor/Titular: PABLO JUAN ALGAÑARAZ

Editor: LA RANCHERIA

5074399 Obra Publicada Género: MUSICA Título: BAILANDO ENTRE ALAMOS Autor: LISANDRO ALBERTO GARNERO

Autor: NEMO

Autor: ROBERTO LEON VALERSTEIN

Editor: CLAN DILO ITALARG EDITORIAL MUSICAL DE GIORGIO DI LORENZO

5074400 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TODO ESE AMOR QUE NOS TUVIMOS Autor: LISANDRO ALBERTO GARNERO

Autor: NEMO

Autor: ROBERTO LEON VALERSTEIN

Editor: CLAN DILO ITALARG EDITORIAL MUSICAL DE GIORGIO DI LORENZO

5074401 Obra Publicada Género: MUSICA Título: RUNK Autor: LISANDRO ALBERTO GARNERO

Autor: NEMO

Autor: ROBERTO LEON VALERSTEIN

Editor: CLAN DILO ITALARG EDITORIAL MUSICAL DE GIORGIO DI LORENZO

5074402 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SIGUE Y VIVE Autor: LISANDRO ALBERTO GARNERO

Autor: NEMO

Autor: ROBERTO LEON VALERSTEIN

Editor: CLAN DILO ITALARG EDITORIAL MUSICAL DE GIORGIO DI LORENZO

5074403 Obra Publicada Género: MUSICA Título: PUEDES SONREIR Autor: LISANDRO ALBERTO GARNERO

Autor: NEMO

Autor: ROBERTO LEON VALERSTEIN

Editor: CLAN DILO ITALARG EDITORIAL MUSICAL DE GIORGIO DI LORENZO

5074404 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LA VIDA ES PARA REIR Autor: LISANDRO ALBERTO GARNERO

Autor: NEMO

Autor: ROBERTO LEON VALERSTEIN

Editor: CLAN DILO ITALARG EDITORIAL MUSICAL DE GIORGIO DI LORENZO

5074405 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CUMBIA PARA QUE BAILEN Autor: LISANDRO ALBERTO GARNERO

Autor: NEMO

Autor: ROBERTO LEON VALERSTEIN

Editor: CLAN DILO ITALARG EDITORIAL MUSICAL DE GIORGIO DI LORENZO

5074406 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CAMINANDO EN LA LLUVIA Autor: LISANDRO ALBERTO GARNERO

Autor: NEMO

Autor: ROBERTO LEON VALERSTEIN

Editor: CLAN DILO ITALARG EDITORIAL MUSICAL DE GIORGIO DI LORENZO

Page 15: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 155074421 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL ZORRO DE ARRIBA Y EL ZORRO DE ABAJO Autor: JOSE MARIA ARGUEDAS

Editor: EDITORIAL LOSADA SA

5074422 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CUENTOS COMPLETOS Autor: ROBERTO ARLT

Editor: EDITORIAL LOSADA SA

5074463 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LOS TREINTA DINEROS Autor: ROSA WERNICKE

Editor: BALTASARA EDITORA DE RUIZ IRMA LILIANA

5074466 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL MILAGRO DE ENCONTRAR UN BUEN ALBAÑIL Autor/Titular: ANA LAURA VARELA

Editor: ENTRETELONES

5074468 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: ZOE Autor/Titular: LUCAS MAXIMILIANO DIAZ

Editor: TEATRO DEL SUR

5074493 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: PARARISAS Autor/Titular: AUGUSTO MARCELO ALVAREZ

Autor/Titular: SERGIO JORGE TRAMONTANA

Editor: MULTIESPACIO LOS ANGELES

5074494 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: PARARISAS Autor/Titular: AUGUSTO MARCELO ALVAREZ

Autor/Titular: SERGIO JORGE TRAMONTANA

Editor: MULTIESPACIO LOS ANGELES

5074495 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: ACOSTA DE LO LEGAL Autor/Titular: JUAN ACOSTA

Autor/Titular: ROBERTO FERNANDEZ MORAN

Editor: THE CAVERN CLUB

5074496 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LAZOS DE ESPAÑA Autor/Titular: IRMA BEATRIZ ASENCIO

Editor: C.C.J.M. DE PUEYRREDON

5074497 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LINEA ESPIRAL Autor/Titular: ALEJANDRO GABRIEL QUIL

Editor: PAYRO

5074498 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LOS INVISIBLES Autor/Titular: ADRIAN ANDRES ODRIOZOLA

Editor: AUDITORIUM

5074500 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: INFORME Nº 17 - AREA AUDITORIA - MODELOS DE INFORMES DE AUDITORIA Y Autor: OBRA COLECTIVA

OTROS SERVICIOS PREVISTOS EN LA Director: LUIS A GODOY

Editor: NICASTRO RAMON VICENTE FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES

5074501 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: INFORME Nº 26 - AREA TRIBUTARIA - LAS TASAS MUNICIPALES Y EL CONVENIO Autor: LORENA MARCELA ALMADA

MULTILATERAL Editor: FACPCE FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECON

5074503 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: HOGAR DULCE HOGAR Autor/Titular: LIS FIORELLA ROSSI

Autor/Titular: GABRIEL GASTON PEREZ

Autor/Titular: MARIA FERNANDA CARDOZO

Autor/Titular: FRANCISCO CESAR LLERANDI

Autor/Titular: JORGE ALBERTO FERNANDEZ

Autor/Titular: MARIA ANGELA MONTGAILLARD

Autor/Titular: JORGE ROBERTO ALONSO

Editor: CENTRO CULTURAL LA PLAZA

Autor/Titular: MARTIN ALBERTO ARANGUREN

Autor/Titular: MARTIN ALBERTO ARANGUREN

5074504 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: KING LEAR THE LOST KINGDOM Autor/Titular: EDUARDO MARCELO JOSE OBST DEMAESTRI

Editor: SALA TIM

5074505 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: LOS OTROS Autor/Titular: LUISA IRENE ICKOWICZ

Editor: TV ENCUENTRO - EDUCAR SE

5074506 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: STORYLAND Autor/Titular: JORGE EDUARDO PASCUALE

Editor: COLEGIO LA INMACULADA

5074507 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: STORYLAND Autor/Titular: EDUARDO MARCELO JOSE OBST DEMAESTRI

Editor: COLEGIO LA INMACULADA

5074508 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: UN FUTURISTA CIEGO Autor/Titular: TOMAS EUGENIA PEREZ

Editor: SILENCIO DE NEGRAS

5074509 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL ADIVINO DE OZ Autor/Titular: GERMAN PABLO ROMANO

Editor: MITRE

5074510 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: POUR LA GALERIE Autor/Titular: ANIBAL ERNESTO PACHANO

Editor: TEATRO DE AUTOR SA

Editor: TEATRO METROPOLITAN 1

5074511 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MUCHO RUIDO Y POCO COMIDO Autor/Titular: ADELA MONICA BASCH

Editor: CASA DEL PUEBLO

5074512 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL ADIVINO DE OZ Autor/Titular: LUCIO MIGUEL ARMATTA

Editor: MITRE

5074513 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL ADIVINO DE OZ Autor/Titular: CLAUDIA LORENA LOPEZ

Editor: MITRE

5074514 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL ADIVINO DE OZ (LETRAS DE CANCION) Autor/Titular: LUCIO MIGUEL ARMATTA

Editor: MITRE

5074517 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: FULL TILT POKER Autor/Titular: JUAN MANUEL INFANTE

Editor: FOX SPORTS CAP FED

5074521 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: POKERSTARS. NET Autor/Titular: JUAN MANUEL INFANTE

Editor: FOX SPORTS

5074522 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LAURA FIDALGO ES LA MOROCHA ARGENTINA Autor/Titular: VERONICA PAOLA PECOLLO

Editor: BROADWAY

5074523 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: PATO CON PARAGUITA Autor/Titular: MARIA VICTORIA FRANCHI

Autor/Titular: ROBERTO CHANAMPA

Autor/Titular: CESAR LEONEL ARTERO

Editor: FESTIVAL PAYASADAS MUNICIPAL DE ROSARIO

5074524 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: VECINAS Autor/Titular: LAPLAGNE MARIANO PUJAL

Autor/Titular: CECILIA MARTINESE

Autor/Titular: CORA MARISA ALFIZ

Editor: NO AVESTRUZ

5074525 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: PIRANDELLO’ S Autor/Titular: GABRIELA CAROLINA SUSANA CESAR

Editor: FORO GANDHI

5074526 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: ANECDOTARIO DE LA NADA Autor/Titular: JOSE ENRIQUE ESCOBAR KLOSE

Editor: CENTRO CULTURAL FRAY MOCHO

5074527 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: PARA ANGUSTIAS... CONSUELO Autor/Titular: SILVIA PATRICIA RAMOS

Editor: SALA DE TEATRO CARLOS TRIGO

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 165074528 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MARATHON Autor/Titular: CAMILA VILLAMIL

Editor: NACIONAL CERVANTES

5074529 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: A SILVIO MARIO SE LE ESCAPO... EL CANARIO *EL BOLICHE DE JOSE* Autor/Titular: JOSE ALBERTO BERLEN

Editor: TELEVISION REGIONAL SAN LORENZO SRL

5074530 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: ALA DE CRIADOS Autor/Titular: MAURICIO OSVALDO KARTUN

Editor: DEL PUEBLO - EX DE LA CAMPANA

5074531 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LOS MONTES DE LA LOCA II Autor/Titular: ELSA ROSA DOSSETTI

Editor: LA MASCARA

5074532 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: CABARUTE CLANDESTINO Autor/Titular: CRISTIAN LEANDRO TREVES

Editor: GARGANTUA

5074533 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL DOS EN EL UNO Autor/Titular: SEBASTIAN NORBERTO GRILLO

Autor/Titular: SILVINA LAUR ZICOLILLO

Editor: TEATRO DEL CENTRO SALA 1

5074534 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: KING LEAR THE LOST KINGDOM Autor/Titular: JORGE EDUARDO PASCUALE

Editor: SALA TIM

5074535 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: DOS TIPOS RAROS Autor/Titular: SERGIO OMAR LUPARDO

Editor: MELANY

5074540 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL ULTIMO DIA DE PEDRO PABLO PALACIOS Autor/Titular: MARIO GABRIEL CARNEGLIA

Editor: INSTITUTO CULTURAL DE LA PROV. DE BS. AS. SALA PAYRO

5074541 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: COMPAÑERO DE RUTA Autor/Titular: EDUARDO DANIEL CALVO

Editor: C.C. DE LA COOPERACION

5074542 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: BASTARDA SIN NOMBRE Autor/Titular: MATEO MARGULIS

Editor: ESPACIO ABIERTO

5074543 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: BASTARDA SIN NOMBRE Autor/Titular: CRISTINA ESCOFET

Editor: FARSETTI, ROSA ANA L.ESPACIO ABIERTO

5074544 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MI HIJO, MI MAMA Y MI COCINA Autor/Titular: DARIO ELDER VOLPATO

Editor: LA CASONA

5074545 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MI HIJO, MI MAMA Y MI COCINA Autor/Titular: ANDRES HORACIO PARODI

Editor: LA CASONA

5074546 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MIRAFLORES. TODO LLEGA Autor/Titular: JOSE RAUL MINUCHIN

Editor: CLUB DE TEATRO

5074547 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MI HIJO, MI MAMA Y MI COCINA Autor/Titular: DARIO ELDER VOLPATO

Editor: LA CASONA

5074575 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA BARBARA TRISTEZA: POESIA QUECHUA Autor: REYNALDO JIMENEZ

Editor: EDITORIAL LEVIATAN DE GREGGO SRL

5074576 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: COLIBRIES ENCENDIDOS Autor: RENE PALACIOS MORE

Editor: EDITORIAL LEVIATAN DE GREGGO SRL

5074577 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LAS OBRAS DEL AMOR Y OTROS TEXTOS Autor: SOREN KIERKEGAARD

Traductor: SARA VASALLO

Editor: EDITORIAL LEVIATAN DE GREGGO SRL

5074586 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LOS LIBROS DE 6º CIENCIAS NATURALES Autor: ANA MARIA ESPINOZA

Autor: SILVINA MUZZANTI

Autor: GABRIEL SERAFINI

Autor: HILDA SUAREZ

Autor: JORGE MARTINEZ

Autor: SUSANA GONCALVES

Autor: MARCELA MOSQUERA

Editor: LONGSELLER SA

5074587 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LOS LIBROS DE 4º CIENCIAS NATURALES Autor: ANA MARIA ESPINOZA

Autor: GABRIEL SERAFINI

Autor: HILDA SUAREZ

Autor: SUSANA GONCALVES

Autor: MARCELA MOSQUERA

Autor: JORGE MARTINEZ

Editor: LONGSELLER SA

5074588 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LOS LIBROS DE 5º CIENCIAS NATURALES Autor: ANA MARIA ESPINOZA

Autor: HILDA SUAREZ

Autor: GABRIEL SERAFINI

Autor: MARCELA MOSQUERA

Autor: SUSANA GONCALVES

Autor: JORGE MARTINEZ

Editor: LONGSELLER SA

Dr. FEDERICO MOLLEVI, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.e. 28/01/2013 Nº 4277/13 v. 28/01/2013

#F4410277F#

#I4410279I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 18-1-2013

Expediente

5074040 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LO QUE SE DE MIS MONSTRUOS Autor: LIZA PORCELLI PIUSSI

Autor: ALEJANDRA KARAGEORGIU

Editor: EDICIONES SM

5074041 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CAPITAN MEDIAVISTA Y EL TESORO DE LA VERDE ESMERALDA Autor: JUAN PEDRO MC LOUGHLIN

Autor: POLY BERNATENE

Editor: EDICIONES SM

5074042 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: A LUCIANO SE LE VA LA MANO Autor: ADELA BASCH

Autor: MARIANO MARTIN

Editor: EDICIONES SM

5074043 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: METODO SIBARITA PARA UNA ALIMENTACION SALUDABLE Autor: SEBASTIAN MARCELO ANTONIO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

Page 17: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 175074044 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TARDES DE OTOÑO Autor: HILDA SOLANO

Autor: HEBE MAGAÑA

Autor: MATILDE RECONDO

Autor: VIRI PINOLA

Autor: HORACIO CAMPILLO

Editor: EDITORIAL DUNKEN DE GUILLERMO AUGUSTO DE URQUIZA

5074045 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: UN SENTIMIENTO LLAMADO ASTILLERO Autor: RAUL CORZO

Editor: EDITORIAL DUNKEN DE GUILLERMO AUGUSTO DE URQUIZA

5074046 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DIAS DE LLUVIA HISTORIAS DE UN VETERINARIO RURAL Autor: DIEGO LAPHITZONDO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074047 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BALNEARIO SAN JOSE. APUNTES PARA SU HISTORIA 1935 - 2012 Autor: SUSANA DELALOYE DE ACEVEDO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074048 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: CUANDO LA VIDA NOS SORPRENDE Autor: HILDA BEATRIZ VEGA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074049 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: ANTIMEMORIAS. LA MARCHA DE LOS DINOSAURIOS SOBRE LA IDENTIDAD DE Autor: JOSE SAMPER

LOS PUNTANOS Autor: HECTOR MARTIN FERRECCIO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074050 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BAJO LA MIRA Autor: NIDIA CRISTINA CERIZOLA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074051 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: DICCIONARIO DE PSICODRAMA, PROCEDIMIENTOS DRAMATICOS Y Autor: CARLOS MARIA MENEGAZZO

SOCIONOMIA J. L. MORENO - C. G. JUNG Autor: MIGUEL ANGEL TOMASINI

Autor: DANIEL ALVAREZ GRECO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074052 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: TEATRO CUADERNO 8 TEATRO DIDACTICO POPULAR Autor: HECTOR SCHUJMAN

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074053 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ENCUENTROS Y DESENCUENTROS CON ESCRITORES Autor: PEDRO VIVES HEREDIA

Autor: JENNIFER DIGGS

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074054 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: LUCIO ALVAREZ, EL HIJO DEL DESIERTO Autor: FEDERICO CHAINE

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074055 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: HISTORIAS BREVES, VIEJOS YPEFIANOS Autor: GUSTAVO BUSTOS

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074056 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ANIMALES QUE HABLAN, QUE VUELAN Y QUE CAMINAN Autor: JORGE RAUL SPINELLI

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074057 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: LAS LIMITACIONES HUMANAS Autor: HERNAN GABRIEL GARCIA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074058 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: NICOLAS AVELLANEDA EN LAS LETRAS ARGENTINAS Autor: PABLO EMILIO PALERMO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074059 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: CONFESIONES Y CONFUSIONES, RETROSPECTIVA DEL PINTOR Y SU EPOCA Autor: OSVALDO BORDA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074061 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA DESOCUPACION Y EL TRABAJO. ASPECTOS SOCIALES Autor: ALEJANDRO ROJO VIVOT

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074062 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: EL ESPLENDOR PERDIDO Autor: CLAUDIO MANUEL ANGEL RODRIGUEZ

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074063 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: SAN MARTIN Y SUS GRANADEROS A CABALLO EN SAN FERNANDO DE BUENA Autor: CARLOS SMACHETTI

VISTA Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074064 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: VOLVER A LA SUPERFICIE Autor: ALBERTO EISENACH

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074065 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: HISTORIA DE LA REPRESION DE LA SEXUALIDAD (HISTORIA DEL INCESTO) Autor: ROMUALDO SAENZ MATIENZO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074066 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DISCORDIA Autor: A. J. MASPERO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074067 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: LA CRISIS PERMANENTE EN EL ATLANTICO SUR Autor: BRUNO CAMPANELLA

Autor: LEANDRO RUFFA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074068 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: LEXICO DEL TANGO - BAILE Autor: OLGA FERNANDEZ LATOUR DE BOTAS

Autor: TERESA BEATRIZ BARRETO

Editor: ACADEMIA ARGENTINA DE LETRAS

5074069 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TRASCENDENCIAS II RELATOS EN PROSA Y VERSO Autor: CARLOS ALBERTO BADARACCO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074070 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MALVINAS HISTORIAS BREVES Y SENTIMIENTOS Autor: SALVADOR ANTONIO VARGAS

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5074071 Obra Publicada Género: TECNICO Título: BALANCE SOCIAL COOPERATIVO: UNA CONSTRUCCION EN CONSTRUCCION Autor: LILIANA GONZALEZ

Autor: JUAN CARLOS SAN BARTOLOME

Editor: LILIANA GONZALEZ

5074077 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: VIKINGOS EN LA TIERRA VERDE Autor: PATRICIO KILLIAN

Autor: SEBASTIAN VARGAS

Editor: EDICIONES SM SA

5074095 Obra Publicada Género: LETRA Título: SOY TAN FELIZ Autor: NILDA ADRIANA MASSIMINO

Autor: MARCELO ANGEL BARRIENTOS

Autor: MARCELO ADAN BARRIENTOS

Editor: EDICIONES MUSICALES BARRIENTOS

5074096 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SOY TAN FELIZ Autor: NILDA ADRIANA MASSIMINO

Autor: MARCELO ANGEL BARRIENTOS

Autor: MARCELO ADAN BARRIENTOS

Editor: EDICIONES MUSICALES BARRIENTOS

5074097 Obra Publicada Género: LETRA Título: ISLEÑITA Autor: MIGUEL ANGEL TELLO

Editor: EDICIONES MUSICALES BARRIENTOS

5074098 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ISLEÑITA Autor: MIGUEL ANGEL TELLO

Editor: EDICIONES MUSICALES BARRIENTOS

5074135 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: RARITIES Autor: ALA STRANGE

Editor: AZCURRA DIEGO DANIEL

5074146 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: PREVENTIVE LAW Autor/Titular: JUAN MARCELO CASTRONUOVO

5074162 Obra Publicada Género: RELIGIOSO Título: UN CAMBIO DE ACTITUD Autor: LUCAS SUAREZ

Editor: ALJABA PRODUCCIONES DE LAURA B BERMUDEZ

5074164 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: VIETNAM Y LAS FANTASIAS NORTEAMERICANAS Autor: BRUCE FRANKLIN

Traductor: MARIO IRIBARREN

Editor: EDITORIAL FINAL ABIERTO

5074165 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ALGUN DIA DESPERTARAS Autor: HERNAN LUZURIAGA

Editor: EDITORIAL FINAL ABIERTO

Dr. FEDERICO MOLLEVI, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 28/01/2013 Nº 4279/13 v. 28/01/2013

#F4410279F#

Page 18: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 18#I4410278I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 21-01-2013

Expediente

5074235 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: NINTENDOSANDBOX Autor/Titular: MARA ROMINA SARITA LUNA VENEGAS

5074242 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: MOVIE CHARADES Autor/Titular: NICOLAS ARIAS BINDA

Autor/Titular: JONATHAN MELNIK

5074246 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CUENTOS PARA PROBAR Y COLOREAR Autor: SUSANA CELIA MOYANO

Editor: HIJOS DE PAPEL DE MOYANO SUSANA CELIA

5074258 Obra Publicada Género: LETRA Título: SANGRE QUICHUA Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074259 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SANGRE QUICHUA Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074260 Obra Publicada Género: LETRA Título: AGRADECIDO DE AMOR Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074261 Obra Publicada Género: MUSICA Título: AGRADECIDO DE AMOR Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074262 Obra Publicada Género: LETRA Título: DUEÑA DE MI ALMA Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074263 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ASI ES COMO TE QUIERO Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074264 Obra Publicada Género: LETRA Título: ASI ES COMO TE QUIERO Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074265 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EL REENCUENTRO Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074266 Obra Publicada Género: LETRA Título: EL REENCUENTRO Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074267 Obra Publicada Género: MUSICA Título: UN LOCO SOÑADOR Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074268 Obra Publicada Género: LETRA Título: VIDALA DEL CORAZON Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074269 Obra Publicada Género: MUSICA Título: VIDALA DEL CORAZON Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074270 Obra Publicada Género: LETRA Título: SANTIAGO CULTURA Y TRADICION Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074271 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SANTIAGO CULTURA Y TRADICION Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074272 Obra Publicada Género: MUSICA Título: DUEÑA DE MI ALMA Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074273 Obra Publicada Género: LETRA Título: UN LOCO SOÑADOR Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO

Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5074277 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: YA EMPEZAMOS A CONSTRUIR EL PAIS QUE QUEREMOS. 15 TESTIMONIOS DE JOVENES LIDERES Autor: JOAQUIN SORONDO

Editor: INICIA EMPRENDER PARA EL FUTURO ASOCIACION CIVIL

5074280 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: ULTRAIP VMS V.1.6.0.17 Autor/Titular: HERNAN PABLO CARZALO

5074281 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL LLANTO DE ARIANA Autor/Editor: MARIA DEL CARMEN SARMIENTO

Dr. FEDERICO MOLLEVI, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.e. 28/01/2013 Nº 4278/13 v. 28/01/2013

#F4410278F#

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 19#I4410154I#

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE LA PLATA

Disposición Nº 508/2012

Ensenada, 20/11/2012

VISTO lo dispuesto en la Resolución General AFIP Nº 2435/08 y su modificatoria Resolución General Nº 2577/09, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma se estableció la operatoria para el régimen general de consti-tución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías a favor de esta Administración Federal.

Que en su artículo 11° dicha Resolución General determina el procedimiento a seguir cuando los responsables no concurrieran a retirar las garantías liberadas y puestas a disposición.

Que luego de transcurridos sesenta (60) días hábiles administrativos, contados desde el cum-plimiento íntegro de la obligación, sus accesorios o en su caso, los regímenes y operaciones ga-rantizados y no habiéndose presentado por parte del administrado la solicitud de devolución de las garantías oportunamente constituidas con motivo de estas operaciones, corresponde el archivo de oficio de las garantías relacionadas a las destinaciones canceladas.

Que la presente se encuadra en las tareas de regularización de las garantías SIM que se en-cuentran liberadas.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA ADMINISTRADORA DE LA DIVISION ADUANA DE LA PLATADISPONE:

ARTICULO 1° — Archívense de Oficio las garantías detalladas en el Anexo que forma parte de la presente.

ARTICULO 2° — Las citadas garantías quedan a disposición para ser retiradas por parte de los interesados, bajo apercibimiento de que si dentro de los treinta (30) días hábiles admi-nistrativos contados a partir de la publicación de la presente, no se hace efectivo el corres-pondiente retiro, se procederá a la baja del sistema y remisión de los fondos remanentes a rentas generales.

ARTICULO 3° — Regístrese. Remítase copia a la Sección Administrativa de la División Aduana La Plata. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Lic. SILVIA N. PISANU, Adminis-trador (I), División Aduana La Plata.

e. 28/01/2013 Nº 4154/13 v. 28/01/2013#F4410154F#

#I4410148I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

EDICTO DE NOTIFICACION (ART. 1013, INC. “H” CODIGO ADUANERO)

Bdo. de Irigoyen, Mnes., 8/1/2013

Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan, se les notifica por este medio para que dentro del plazo de diez (10) días comparezcan a hacer efectivo el pago de la multa correspondiente con más los intereses que correspondan y que se devengarán hasta el momento del efectivo pago (Art. 924), que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de iniciar la acción judicial pertinente, de acuerdo a lo determinado por el Art. 1122 y ssgtes. de la Ley 22415.

IMPUTADO DOCUMENTO IMPORTE SUMARIO FALLO

APELLIDOS Y NOMBRES TIPO NRO. FALLO NRO. NRO. AÑO

VARELA RUBEN FABIAN CUIT 20-26961537-1 $ 7.570,62 SC82-223-2012/0 390 2012

VARELA RUBEN FABIAN CUIT 20-26961537-1 $ 58.821,23 SC82-90-2012/3 387 2012

VARELA RUBEN FABIAN CUIT 20-26961537-1 $ 8.932,97 SC82-222-2012/2 388 2012

VARELA RUBEN FABIAN CUIT 20-26961537-1 $ 5.465,73 SC82-194-2012/8 392 2012

MENDES CARLOS DNI 30.811.705 $ 19.435 SC82-30-2012/4 411 2012

PEREIRA HUGO MARCELO DNI 34.883.213 $ 6.500 SC82-50-2012/0 412 2012

KLUGE MARGARITA CUIT 27-13648013-3 $ 43.862 SC82-425-2011 351 2012

MONGES DIGNO ARMOA DNI 94.632.836 $ 3.900 SC82-32-2012/0 410 2012

DIAZ JOSE ROBERTO DNI 30.752.685 $ 25.634,92 SC82-14-2012/0 416 2012

LOUVECEZ GONZALO CLEMENTE CUIT 23-23219581-9 $ 72.800 SC82-448-2011 459 2012

GARCIA JORGE ANDRES DNI 26.096.165 $ 3.950,1 SC82-37-2012/1 347 2012

SCHENWALD MARIO ALBERTO DNI 23.302.307 $ 35.750 SC82-432-2011 434 2012

REYES ADRIAN ANDRES DNI 34.010.131 $ 8.544,43 SC82-57-2012/8 458 2012

DOS SANTOS FABIAN DNI 22.317.888 $ 3.753,06 SC82-20-2012/0 466 2012

GARCIA ANTONIO DNI 16.578.585 $ 2.269,51 SC82-351-2012/7 476 2012

VALDEMAR BIESDORF DNI 18.667.837 $ 2.399,21 SC82-350-2012/9 474 2012

PEREIRA FRANCISCO DNI 21.183.015 $ 2.052 SC82-18-2012/3 452 2012

EDENAR CARLOS BASSANESI CI BRAS 5260940-2 $ 8.400 SC82-019-2007 455 2012

RODRIGUEZ DARIO RAFAEL DNI 30.358.922 $ 8.400 SC82-019-2007 455 2012

MARTINEZ PABLO AQUINO CI PARAG 1.646.207 $ 4.651,14 SC82-059-2011 470 2012

OLIVERA LUIZ CARLOS CI BRAS 2.007.002.061.579 $ 34.659,71 SC82-091-2008 502 2012

SCHMIDT SALETE DNI 93.925.431 $ 34.659,71 SC82-091-2008 502 2012

DA SILVA VOLNEI CI BRAS 4.076.912 $ 84.645 SC82-043-2008 488 2012

LUIS A. GALEANO, Administrador, Aduana de Bernardo de Irigoyen.

e. 28/01/2013 Nº 4148/13 v. 28/01/2013#F4410148F#

#I4410158I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE LA PLATA

Disposición Nº 507/2012

Ensenada, 20/11/2012

VISTO lo dispuesto en la Resolución General AFIP Nº 2435/08 y su modificatoria Resolución General Nº 2577/09, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma se estableció la operatoria para el régimen general de consti-tución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías a favor de esta Administración Federal.

Que en su artículo 11° dicha Resolución General determina el procedimiento a seguir cuando los responsables no concurrieran a retirar las garantías liberadas y puestas a dispo-sición.

Que luego de transcurridos sesenta (60) días hábiles administrativos, contados desde el cum-plimiento íntegro de la obligación, sus accesorios o en su caso, los regímenes y operaciones ga-rantizados y no habiéndose presentado por parte del administrado la solicitud de devolución de las garantías oportunamente constituidas con motivo de estas operaciones, corresponde el archivo de oficio de las garantías relacionadas a las destinaciones canceladas.

Que la presente se encuadra en las tareas de regularización de las garantías SIM que se en-cuentran liberadas.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA ADMINISTRADORA DE LA DIVISION ADUANA DE LA PLATADISPONE:

ARTICULO 1° — Archívense de Oficio las garantías detalladas en el Anexo que forma parte de la presente.

ARTICULO 2° — Las citadas garantías quedan a disposición para ser retiradas por par-te de los interesados, bajo apercibimiento de que si dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos contados a partir de la publicación de la presente, no se hace efectivo el correspondiente retiro, se procederá a la baja del sistema y a la destrucción de los valores documentados.

ARTICULO 3° — Regístrese. Remítase copia a la Sección Administrativa de la División Aduana La Plata. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Lic. SILVIA N. PISANU, Adminis-trador (I), División Aduana La Plata.

Page 20: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 20

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 21

e. 28/01/2013 Nº 4158/13 v. 28/01/2013#F4410158F#

#I4409621I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

18/1/2013

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del ex agente fallecido Jorge Roberto DE CICCO (D.N.I. Nº 10.400.048), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 173 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/92 “E” Laudo Nº 16/92 (T.O. Resolución S.T. Nº 924/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5° Piso, Oficina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. — Lic. MONICA N. PICCIONI, a/c Sección Jubilaciones - División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 28/01/2013 Nº 3621/13 v. 30/01/2013#F4409621F#

#I4410813I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA

IMPUESTO INTERNO A LOS CIGARRILLOS - ARTICULO 15 DE LA LEY DE IMPUESTOS INTERNOS, TEXTO SUSTITUIDO POR ARTICULO 1° DE LA LEY Nº 24.674 Y SUS MODIFICACIONES Y SUS NORMAS

COMPLEMENTARIAS Y REGLAMENTARIAS

RESOLUCION GENERAL (AFIP) Nº 2539

PRECIO DE LA CATEGORIA MAS VENDIDA DE CIGARRILLOS (CMV)

CATEGORIA MAS VENDIDA (CMV)VIGENCIA

TRIMESTRE: FEBRERO A ABRIL DE 2013

PRECIO 8,00

El valor de la CMV indicado se encuentra expresado en Pesos y corresponde a un paquete de 20 cigarrillos.

Cont. Púb. ALFREDO R. SAMPERI, Director (Int.) Dirección de Análisis de Fiscalización Espe-cializada.

e. 28/01/2013 Nº 4813/13 v. 28/01/2013#F4410813F#

#I4410814I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA

RESOLUCION GENERAL Nº 2300. - TITULO II. REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

“La resolución administrativa de exclusión se encuentra disponible en el servicio “Registro Fis-cal de Operadores de Granos” de la página web institucional (www.afip.gov.ar) al que se accede mediante Clave Fiscal, así como en el expediente administrativo obrante en la dependencia de este Organismo en la cual cada responsable se encuentra inscripto, excepto para las exclusiones previs-tas en los incisos a), c), d) y f) del artículo 47”.

Exclusión Productor

CUIT APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL NORMA

20046947623 BLANCO RUBEN LUIS Art: 40 inc. b) -- Anexo VI b) 8.

20130366512 MARTINO DANIEL JUAN Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20239108211 ARNAUDO EZEQUIEL Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20280120155 SARTORI GUSTAVO GABRIEL Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 3.

23237276159 MONTECHIARI HERNAN SERGIO Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 3., b)-An. VI B) 12., b)-An. VI B) 4.

27042594496 RODRIGUEZ CARMEN ALICIA Art: 40 inc. b) -- Anexo VI b) 8.

30711427917 LOS SAUCES AGROPECUARIA DE SANZ MIGUEL ANGEL Y SANZ Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 5.

Cont. Púb. ALFREDO R. SAMPERI, Director (Int.) Dirección de Análisis de Fiscalización Espe-cializada.

e. 28/01/2013 Nº 4814/13 v. 28/01/2013#F4410814F#

#I4410819I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA

RESOLUCION GENERAL Nº 2300. - TITULO II.

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

Suspensión Productor

CUIT APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL NORMA

20076585556 SAMOLUK MIGUEL CARLOS Art: 40 inc. b) -- Anexo VI b) 8.

20117872611 PANDO HUGO ERNESTO Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20122935699 CRESCIMBENI OSCAR CARLOS Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20132950718 LEON FERNANDO LUIS Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20143455085 SOSA JOSE MARCELO Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20160819295 TILLITU EDUARDO ANIBAL Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20181363569 MALACALZA MARCELO RAUL Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20227706741 GROSS LEANDRO JAVIER Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

20351926253 SURITA FRANCISCO IGNACIO Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

23114669539 CRESCIMBENI LUIS ENRIQUE Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

27101863595 ALBA GRACIELA LUCIA Art: 40 inc. b) -- Anexo VI b) 8.

30643660543 ESTABLECIMIENTO SAN BLAS SA Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

30710839170 ORECCHIA ALBERTO AMADEO, ORECCHIA DIEGO ALBERTO Y ORECCHIA J Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 8.

Page 22: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 22Suspensión Acopiador

CUIT APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL

NORMA

30707791086 NOBLE ARGENTINA SOCIEDAD Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 1., b)-An. VI B) 13., b)-An. VI B) 16.

30708201673 MAXIMILIANO THEA Y FEDERICO MARTIN REINERO SH

Art: 40 Inciso/s: b)-An. VI B) 5.

Cont. Púb. ALFREDO R. SAMPERI, Director (Int.) Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

e. 28/01/2013 Nº 4819/13 v. 28/01/2013#F4410819F#

#I4410182I#MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES

SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION

Disposición Nº 2207/2012

13/12/2012

ARTICULO 1° — Dase de baja a la institución “ITAL”, C.U.I.T. Nº 30-67884984-3, con domici-lio en la calle Aristóbulo del Valle 372, Código Postal 1712, de la localidad de Castelar, Provincia de Buenos Aires, del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD en las modalidades prestacionales de Educación Nivel Inicial y de Educación General Básica.

ARTICULO 2° — Contra el presente acto podrá deducirse el recurso de reconsideración previs-to en el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días hábiles de notificada la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 28/01/2013 Nº 4182/13 v. 28/01/2013#F4410182F#

#I4410113I#AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEARDEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Nº 31/2013

Bs. As., 18/1/2013

VISTO lo propuesto por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUAR-DIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1.390/98, la Norma AR 10.1.1, “Norma Básica de Seguridad Radiológica y Nuclear”, Revisión 3, el Procedimiento G-CLASE II Y III-03, Revisión 3 “Gestión de Licencias de Operación para Instalaciones Radiac-tivas Clase II”, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley Nº 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPUBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material ra-diactivo.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a través de la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III recomendó dar curso favorable a los trámites de Solicitud de Licencias de Operación comprendidos en el Acta Nº 260 de dicha Subgerencia, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para dichos trámites y se ha verificado que las instalaciones correspondientes y su personal mínimo se ajustan a los requerimientos de la normativa de aplicación.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURIDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dic-tado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 22 y 16, incisos b) y c) de la Ley Nº 24.804.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEARRESUELVE:

ARTICULO 1° — Otorgar las Licencias de Operación que integran el Acta Nº 260 que se inclu-yen listados en el Anexo a la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RA-DIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a los fines correspondientes. Dése a la DIRECCION NA-CIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Cumplido, archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presi-dente del Directorio.

ANEXO

ACTA Nº 260/2012

Expediente N° Licencias de Operación Nuevas Propósito Actuación N°

02154-02 CENTRO MEDICO INTEGRAL DE RADIOTERAPIA S.A.

3.6.1-USO DE FUENTES SELLADAS EN APLICACIONES SUPERFICIALES

00

02394-00 MIRAGLIO ARIEL MAXIMILIANO 9.0-OPERACION DE EQUIPOS DE GAMMAGRAFIA INDUSTRIAL

00

Expediente N° Licencias de Operación Modificadas Propósito Actuación N°

00535-01 HOSPITAL CENTRO DE SALUD TUCUMAN DR. ZENON SANTILLAN

3.1-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

03

00812-00 NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A.

9.0-OPERACION DE EQUIPOS DE GAMMAGRAFIA INDUSTRIAL

04

01807-01 DECAVIAL S.A.I.C.A.C. 9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS DE MEDICION INDUSTRIAL

03

01450-01 PETROBRAS ARGENTINA S.A. 9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS DE MEDICION INDUSTRIAL

03

Expediente N° Licencias de Operación Renovadas Propósito Actuación N°

01819-01 CENTRO DE ALTA COMPLEJIDAD DRA. MARIA DE LOS ANGELES MOLINS

3.1-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

02

00572-00 HOSPITAL AERONAUTICO CORDOBA “DR. AGESILAO MILANO”

3.1-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

03

00324-02 HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO”

3.1-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

03

00506-01 HOSPITAL SAN MARTIN DE PARANA 3.1-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

02

01213-01 INSTITUTO DE CARDIOLOGIA Y CIRUGIA CARDIOVASCULAR S.R.L.

3.1-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

04

02128-02 LABORATORIO DE RADIOISOTOPOS S.A.

3.1-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

04

01858-02 SIGMA IMAGENES MEDICAS S.A. 3.1-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

01

00700-07 SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES HOSPITAL ITALIANO

3.1.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN INSTALACIONES PET, PARA DIAGNOSTICO EN SERES HUMANOS

05

01819-01 CENTRO DE ALTA COMPLEJIDAD DRA. MARIA DE LOS ANGELES MOLINS

3.2.1-3.2.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES

02

00572-00 HOSPITAL AERONAUTICO CORDOBA “DR. AGESILAO MILANO”

3.2.1-3.2.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES

03

00324-02 HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO”

3.2.1-3.2.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES

03

01213-01 INSTITUTO DE CARDIOLOGIA Y CIRUGIA CARDIOVASCULAR S.R.L.

3.2.1-3.2.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES

04

01858-02 SIGMA IMAGENES MEDICAS S.A. 3.2.1-3.2.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES

01

01542-01 ASOCIACION CIVIL DE ESTUDIOS SUPERIORES

3.2.3-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN INSTITUCIONES DE MEDICINA NUCLEAR, SOLUCIONES, MOLECULAS MARCADAS Y COLOIDES EN TERAPIA

04

00324-02 HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO”

3.2.3-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN INSTITUCIONES DE MEDICINA NUCLEAR, SOLUCIONES, MOLECULAS MARCADAS Y COLOIDES EN TERAPIA

03

00847-01 HOSPITAL DR. JOSE RAMON VIDAL 3.4.1-USO DE FUENTES SELLADAS EN BRAQUITERAPIA EN SERES HUMANOS

04

01293-00 LATOUR RICARDO ALBERTO 3.4.1-USO DE FUENTES SELLADAS EN BRAQUITERAPIA EN SERES HUMANOS

04

00454-03 HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “BERNARDINO RIVADAVIA”

3.5-USO DE EQUIPOS DE TELECOBALTOTERAPIA EN SERES HUMANOS

06

00738-03 GONZALEZ FELIX PLINIO 3.6.1-USO DE FUENTES SELLADAS EN APLICACIONES SUPERFICIALES

05

00843-01 CENTRO DE ONCOLOGIA Y TERAPIA RADIANTE S.A.

3.7-USO DE EQUIPOS DE ALTA ENERGIA, ACELERADOR LINEAL DE USO MEDICO

06

02154-01 CENTRO MEDICO INTEGRAL DE RADIOTERAPIA S.A.-TELETERAPIA

3.7-USO DE EQUIPOS DE ALTA ENERGIA, ACELERADOR LINEAL DE USO MEDICO

02

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 23Expediente N° Licencias de Operación Renovadas Propósito Actuación N°

00738-02 GONZALEZ FELIX PLINIO 3.7-USO DE EQUIPOS DE ALTA ENERGIA, ACELERADOR LINEAL DE USO MEDICO

03

02094-01 RADIOTERAPIA MEDRANO S.A. 3.7-USO DE EQUIPOS DE ALTA ENERGIA, ACELERADOR LINEAL DE USO MEDICO

01

02025-02 FUNDACION CENTRO DIAGNOSTICO NUCLEAR

6.2.1-IMPORTACION, EXPORTACION Y VENTA DE MATERIAL RADIACTIVO A USUARIOS AUTORIZADOS

02

00810-01 MATERIAL TESTING S.A. 6.2.3-IMPORTACION, EXPORTACION Y VENTA PARA GAMMAGRAFIA INDUSTRIAL

03

01114-00 INSTITUTO DE INVESTIGACION MEDICA MERCEDES Y MARTIN FERREYRA

8.0-INVESTIGACION 02

00012-19 UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES 8.0-INVESTIGACION 02

01786-01 OILTANKING EBYTEM S.A. 9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS DE MEDICION INDUSTRIAL

05

01225-01 PAPELERA TUCUMAN S.A. 9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS DE MEDICION INDUSTRIAL

05

00827-07 SIDERAR S.A.I.C. 9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS DE MEDICION INDUSTRIAL

03

00097-03 UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA

9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS DE MEDICION INDUSTRIAL

02

Expediente N°Licencias de Operación

Propósito Actuación N°Renovación-Modificación

02069-00 ENDITEC S.A. 9.0-OPERACION DE EQUIPOS DE GAMMAGRAFIA INDUSTRIAL

04

01855-00 SPINELLI NORBERTO CEFERINO 9.0-OPERACION DE EQUIPOS DE GAMMAGRAFIA INDUSTRIAL

06

e. 28/01/2013 Nº 4113/13 v. 28/01/2013#F4410113F#

#I4410127I#AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEARDEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Nº 33/2013

Bs. As., 22/1/2013

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1.390/98, la Ley Nº 19.549 —Régimen de Procedimientos Administrativos— y sus reglamentaciones, el Régi-men de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materia-les Radiactivos aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02, el Procedimiento para la Aplica-ción de Sanciones aprobado por Resolución del Presidente del Directorio Nº 75/99, las Normas AR 10.1.1 “Norma Básica de Seguridad Radiológica” —Revisión 3—, AR 7.9.1 “Operación de equipos de gammagrafía industrial” —Revisión 3—, el Expediente de Sanciones ARN Nº 10/11, caratulado “PINEDA Mario Osvaldo s/presunto incumplimiento de las normas de seguridad” del Registro de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR ARN , y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se investigaron los incumplimientos a la normativa regu-latoria vigente por el señor PINEDA Mario Osvaldo, en su carácter de titular de la Licencia de Operación Nº 20.114/2/3/10-12 y del señor PINEDA Mario Osvaldo, titular del Permiso Individual Nº 19328/0/3/05-11, en su carácter de Responsable por la Seguridad Radiológica de la Instalación.

Que el día 22 de marzo de 2011, la entidad PINEDA Mario Osvaldo presentó una solicitud de modificación de Licencia de Operación por ampliación en un equipo, informado a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) que adquiriría un equipo Gammamat HYBRID.

Que, el día 18/4/11 la empresa POLYTEC RM S.R.L., comunica a esta ARN que con fecha 11/4/11 vendió y remitió a la entidad PINEDA Mario Osvaldo, un equipo C0002, modelo Hybrid con fuente de Ir-192 Nº de serie 20B.031 modelo RM-HYB con 3022,9 GBq al 7/4/11.

Que al momento de la recepción del equipo, el mismo no era contemplado dentro del inventa-rio correspondiente a la Licencia de Operación Nº 20.114/2/3/10-12 y la modificación de la citada Licencia se encontraba aún en trámite.

Que ante la comunicación efectuada por la empresa POLYTEC RM S.R.L., esta ARN efectuó una serie de solicitudes a la entidad PINEDA Mario Osvaldo, lo que motivó que este último entregara en custodia a la citada empresa el equipo Spect 2T Nº 1419 con la fuente 03B021.

Que conforme surge del Acta ARN Nº 11.715, el día 29/4/11 se realizó una inspección a las ins-talaciones de la empresa POLYTEC RM S.R.L. y se constató que el equipo había sido efectivamente entregado en custodia.

Que, en virtud de los hechos detectados, se instruyó la investigación de las presentes actua-ciones.

Que, la entidad PINEDA Mario Osvaldo, en su carácter de titular de una Licencia de Operación, incumplió lo dispuesto en los puntos 34 y 103 de la Norma AR 7.9.1, por haber superado la cantidad de equipos de gammagrafía licenciados por esta ARN y por no haber efectuado las comunicaciones relativas a la adquisición de los equipos que excedían los amparados por la Licencia de Operación que poseía a ese momento.

Que el punto 34 de la norma AR 7.9.1 establece que: “La actividad total de Fuentes Selladas y la cantidad de Equipos en una instalación, no debe superar respectivamente la actividad máxima y la cantidad máxima licenciadas o autorizadas por la Autoridad Regulatoria para esa instalación”.

Que, en el punto 103, la norma establece la responsabilidad de “informar a la Autoridad Regulato-ria toda compra, venta, préstamo, almacenamiento transitorio en custodia, baja o alquiler de Equipos o Fuentes Selladas dentro de los cinco días de producida”, obligación que recae indistintamente sobre el titular de la Licencia de Operación o el Responsable por la Seguridad Radiológica de la Instalación.

Que, en el caso de la entidad PINEDA Mario Osvaldo, la infracción a los puntos 34 y 103 de la norma AR 7.9.1 se encuadró en el Artículo 11 del Régimen de Sanciones Aplicable.

Que, por su parte, el señor PINEDA Mario Osvaldo, en su carácter de Responsable por la Se-guridad Radiológica de la Instalación, al no haber comunicado a la ARN la adquisición de un equipo excediendo lo amparado por la Licencia de Operación, incumplió con el punto 124 de la norma AR 7.9.1, el cual establece que el Responsable está obligado a “mantener actualizados los registros y realizar las comunicaciones indicadas en esta norma”.

Que, respecto del señor PINEDA Mario Osvaldo, la infracción al punto 124 se encuadró en la sanción prevista en el Artículo 11 del Régimen de Sanciones Aplicable.

Que, en ese sentido se instruyeron las presentes actuaciones, y se notificó al señor PINEDA Mario Osvaldo, en su carácter de titular de Licencia de Operación y de titular de Permiso Individual, de la infracción a la normativa regulatoria y de la oportunidad de presentar las medidas de prue-ba, los descargos y alegatos, situándose de esta manera a resguardo de las garantías del debido proceso adjetivo previstas en el Artículo 1° inciso f) de la Ley Nº 19.549 y su reglamentación y en el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado mediante Resolución del Presidente del Directorio Nº 75/99.

Que, los argumentos esgrimidos por el señor PINEDA Mario Osvaldo en su presentación, no desvirtuaron los hechos objeto de las actuaciones; sino que, reconoció que entre los días 11/4/11 y 20/4/11 poseía más equipos que los amparados por su Licencia de Operación, pero destacó que conforme los registros de movimientos de equipos, el nuevo equipo no fue utilizado hasta el día 26/4/11, fecha en que el equipo Spec 2T Nº 1419 ya se encontraba en la firma POLYTEC RM S.R.L.

Que, en oportunidad del traslado conferido para la presentación de los alegatos, el señor PINE-DA no habiendo efectuado presentación alguna.

Que, conforme lo establece la Ley Nº 24.804 y el Procedimiento para la Aplicación de Sancio-nes, la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III se expidió sobre la potencialidad del daño y la severidad de la infracción a fin de graduar las infracciones co-metidas, en cada uno de los casos.

Que la citada Subgerencia opinó que, los incumplimientos constatados eran de carácter admi-nistrativo, no encontrándose comprometida la seguridad radiológica de la instalación.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete;

Que el Directorio es la autoridad competente para aplicar sanciones por infracciones a las nor-mas de seguridad radiológica, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 16, inciso g) de la Ley Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1390/98.

Por ello, en su reunión del día 14 de noviembre de 2012 (Acta Nº 28)

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEARRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aplicar a la entidad PINEDA Mario Osvaldo, titular de la Licencia de Operación Nº 20114/2/310-12, con domicilio legal en la calle Carriego 650, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, una sanción de APERCIBIMIENTO, por incumplimiento a los puntos 34 y 103 de la Norma AR 7.9.1 —Revisión 3—, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 31 del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y Clase III, Prácticas no Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02.

ARTICULO 2° — Aplicar al señor PINEDA Mario Osvaldo, en su carácter de Responsable por la Seguridad Radiológica de la Instalación de la entidad PINEDA Mario Osvaldo, titular del Permiso Individual Nº 19328/0/3/05-11, con domicilio legal en la calle Carriego 650, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, una sanción de APERCIBIMIENTO, por incumplimiento al punto 124 de la norma AR 7.9.1 —Rev. 3—, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y Clase III, Prácticas no Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02.

ARTICULO 3° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, notifíquese a los interesados lo resuelto a través de la GERENCIA ASUNTOS JURIDICOS, remítase copia a la GERENCIA SEGU-RIDAD RADIOLOGICA FISICA Y SALVAGUARDIAS y a la agente instructora actuante en el referido expediente. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA. Publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presidente del Directorio.

e. 28/01/2013 Nº 4127/13 v. 28/01/2013#F4410127F#

#I4410243I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 567/2012

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nro. CUDAP:EXP-JGM:0044213/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, la Resolución ex S.G.P. Nº 98 del 28 de octubre de 2009 y modifica-torios, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del listado de agentes de la planta del personal permanente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado correspondiente a las funciones simples del período 2011, conforme a lo establecido por el “REGIMEN PARA LA APROBACION DE LA ASIGNACION DE LA BONIFICACION POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL REGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resolución ex S.G.P. Nº 98/09 y modificatorios.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su confor-midad según consta en el Acta Nro. 71 del 25 de octubre de 2012, obrante en el Expediente citado en el Visto.

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 24Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el “REGIMEN PARA LA APROBACION DE

LA ASIGNACION DE LA BONIFICACION POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COM-PRENDIDO EN EL REGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO” aprobado por el Anexo II a la Resolución ex S.G.P. Nº 98/09 y modificatorios, motivo por el cual corresponde la aprobación del listado de personal pasible de percibir dicha Bonificación.

Que en la actuación citada en el Visto obra la respectiva certificación de existencia de finan-ciamiento presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION ADMINISTRATIVA, ambas de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 1° del Anexo II de la Reso-lución ex S.G.P. Nº 98/09 y modificatorios, y lo normado por el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el listado de agentes de la planta del personal permanente de la UNI-DAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado establecida por el artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el De-creto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, correspondiente a las funciones simples del período 2011, de conformidad con el detalle que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Admi-nistrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

BONIFICACION POR DESEMPEÑO DESTACADO

Bonificaciones correspondientes a las Evaluaciones del Año 2011 - Cargos Simples

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

Administración Central

Unidad de Análisis: Unidad Ministro

CUIL Apellido Nombre

27-05432390-0 GUIDOBONO MIRTA ELSA

e. 28/01/2013 Nº 4243/13 v. 28/01/2013#F4410243F#

#I4410561I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 601/2012

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S93:0009756/2012 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINI-CULTURA organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y las Decisiones Administrativas Nros. 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 y 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado el titular de dicha entidad ha remitido la información reque-rida en el artículo 1°, apartado I, del Anexo de la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que en base a dicha información y a lo establecido en los artículos 1° y 6° de la Decisión Ad-ministrativa Nº 1126/12, procede asignar los cargos vacantes y financiados de la citada jurisdicción autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto Nº 2.098/08 y modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126/2012, el artículo 2° del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA autorizados para su cobertura por el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº 506/2009 y su modificatoria, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacio-nal de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 25

e. 28/01/2013 Nº 4561/13 v. 28/01/2013#F4410561F#

#I4410257I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición Nº 131/2013

Bs. As., 15/1/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0004241/2005 con agregado Nº 3564/2011 del registro de la DI-RECCION, NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MI-NISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 25.871, la Disposición DNM Nº 2656 del 6 de octubre de 2011 y su modificatoria Nº 512 del 29 de febrero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición DNM Nº 2656/11 se aprobó el procedimiento para el egreso e ingreso de menores desde y hacia el territorio nacional.

Que la citada disposición se dictó a fin de unificar la normativa referida al egreso e ingreso de menores, estableciendo los requisitos documentales a tales efectos, creando y aprobando, asimis-mo, el Acta de Autorización de salida del país para menores de edad.

Que en virtud del dictado de la Disposición DNM Nº 512/12, el artículo 7° de la Disposición DNM Nº 2656/11 fue sustituido, estableciendo que la expedición del Acta de Autorización de salida del país para menores de edad limitada al Paso Fronterizo AER001 “Aeropuerto de Ezeiza” se ampliaría también al Paso Fronterizo PSC024 “Puerto de Buenos Aires”.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia hacen aconsejable extender al Paso Fron-terizo AER006 “Aeroparque Jorge Newbery” la expedición de las Actas de Autorización de salida del país para menores de edad.

Que la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRA-CIONES ha tomado intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996 y por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONESDISPONE:

ARTICULO 1° — Sustitúyese, a partir del dictado de la presente, el artículo 7° de la Disposición DNM Nº 2656 del 6 de octubre de 2011, ampliado en los términos de la Disposición DNM Nº 512 del 29 de febrero de 2012, el que quedará redactado del siguiente modo:

“Artículo 7° - Establécese que la expedición del Acta de Autorización de salida de menores aprobada por el artículo 5° de la presente se limitará a los Pasos Fronterizos AER001 “Aeropuer-to Ezeiza”, PSC024 “Puerto de Buenos Aires” y AER006 “Aeroparque Jorge Newbery”.

ARTICULO 2° — Pase a la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO para su notificación y respectivo diligenciamiento.

ARTICULO 3° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN A. ARIAS DUVAL, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte.

e. 28/01/2013 Nº 4257/13 v. 28/01/2013#F4410257F#

#I4410097I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

En cumplimiento del Art. 32 del Decreto Nº 2183/91, se comunica a terceros interesados la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de Trigo pan (Triticum aestivum) de nombre BIOINTA 3008 obtenida por INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGRO-PECUARIA.

Solicitante: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Representante legal: Ing. Agr. María Elena Ragonese

Patrocinante: Ing. Agr. Héctor José Milisich

Fundamentación de novedad: El nuevo cultivar denominado BIOINTA 3008, se diferencia de los cultivares Baguette 10 y BIOINTA 3006 y por las siguientes características:

BIOINTA 3008 Baguette 10 BIOINTA 3006

Espiguilla, largo Medianas Cortas Cortas

Macollaje Abundante Regular Regular

Altura a madurez 74 cm. 90 cm. 92 cm.

Fecha de verificación de estabilidad: 19/11/09

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido este aviso.

Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, A/C Dirección de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas, Res. INASE Nº 2/2012.

e. 28/01/2013 Nº 4097/13 v. 28/01/2013#F4410097F#

#I4410099I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

En cumplimiento del Art. 32 del Decreto Nº 2183/91, se comunica a terceros interesados la soli-citud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de la creación fitogenética de Festuca (Festuca arundinacea) de nombre Luján INTA obtenida por INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA.

Solicitante: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA.

Representante legal: Ing. Agr. María Elena Ragonese

Patrocinante: Ing. Agr. Pedro Rimieri

Fundamentación de novedad: El nuevo cultivar denominado Luján INTA, presenta las siguientes características: láminas de las hojas sin pubescencia, bordes escabroso y flexi-ble al estado vegetativo. El pedúnculo es glabro y las anteras verde amarillentas y la palea

Page 26: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 26presenta aristas. Presenta rizomas y el porte durante la emergencia de la inflorescencia es erecto. Además se diferencia del cultivar Palenque Plus INTA entre otras por las siguientes características:

Luján INTA Palenque Plus INTA Media CV (%)

Hoja bandera 925.3 TTD (°C/día) b 963.0 TTD (°C/día) a 902.4 2.16

Antesis 1311.8 TTD (°C/día) b 1367 TTD (°C/día) a 1271.4 2.56

*Observaciones realizadas durante el período 2000-2003

Letras distintas en una misma columna indican que las medias son significativamente diferentes al valor 0,05%

Fecha de verificación de estabilidad: 05/12/06

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido este aviso.

Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, A/C Dirección de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas, Res. INASE Nº 2/2012.

e. 28/01/2013 Nº 4099/13 v. 28/01/2013#F4410099F#

#I4410184I#ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 13/2013

Bs. As., 21/1/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0495366/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa KOREAN AIR LINES CO. LTD. solicitó autorización para operar en la REPU-BLICA ARGENTINA como agencia fuera de línea a los efectos de promocionar y comercializar los servicios de transporte aéreo que ofrece.

Que la empresa ha acreditado la inscripción de su estatuto constitutivo y la apertura de sucursal en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que asimismo, se ha demostrado la autorización para operar servicios de transporte aéreo conferida a la compañía aérea KOREAN AIR LINES CO. LTD. por parte de la Autoridad Aeronáutica de la REPUBLICA DE COREA.

Que con respecto al depósito en garantía que establece el número 7, inciso 3) del Decreto Nº 326 de fecha 10 de febrero de 1982, puede eximirse de la misma a la peticionaria teniendo en consideración que a la Empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA no le fueron exigidos depósitos de naturaleza económica para comercializar sus servicios a través de la contra-tación de un agente general de ventas en la REPUBLICA DE COREA.

Que de acuerdo con lo dispuesto por el punto 3, inciso 5° del Anexo a la Resolución Nº 445 de fecha 19 de septiembre de 1983 del COMANDO EN JEFE DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA y en el número 6 del Capítulo 1 de Anexo I al Decreto Nº 326/82, resulta necesario sujetar la autorización a otorgarse, a la posibilidad real y efectiva para los transportadores argentinos de obtener idéntico otor-gamiento, asegurando de esa manera el cumplimiento de la exigencia contenida en dichas normas.

Que a su vez resulta pertinente otorgar la autorización por un plazo de CINCO (5) años, término que podrá renovarse por igual período a petición de la interesada, la que deberá ser formulada con una antelación no inferior a TREINTA (30) días antes del vencimiento de la autorización en vigor.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CI-VIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 239 de fecha 15 de marzo de 2007 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVILRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la Empresa KOREAN AIR LINES CO. LTD. a funcionar como agen-cia fuera de línea para promocionar y comercializar en la REPUBLICA ARGENTINA los servicios de transporte aéreo que ofrece.

ARTICULO 2° — El período de vigencia de la presente autorización se entenderá por el término de CINCO (5) años contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, el que podrá ser renovado por igual período a petición de la interesada la que deberá ser formulada con una antelación no inferior a TREINTA (30) días antes del vencimiento de la autorización en vigor.

ARTICULO 3° — La Empresa autorizada deberá informar trimestralmente a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE bajo declaración jurada, la can-tidad y números de identificación de los documentos de transporte ingresados al país, emitidos y anulados, origen, destino y tarifas pagadas, debiendo facilitar dicha información cada vez que le sea requerida.

ARTICULO 4° — En su actividad, la Empresa KOREAN AIR LINES CO. LTD. deberá ajustarse a las leyes y demás condiciones y normas nacionales que rijan la actividad que desarrolla.

ARTICULO 5° — La Empresa fuera de línea desarrollará sus actividades posibilitando el reenca-minamiento de tráfico por transportadores argentinos.

ARTICULO 6° — La vigencia de la presente autorización queda sujeta a la posibilidad real y efectiva de obtener idéntica autorización por parte de las autoridades del país de bandera de la línea aérea de que se trata para con los transportadores argentinos.

ARTICULO 7° — Regístrese, notifíquese a la KOREAN AIR LINES CO. LTD., publíquese median-te la intervención del Boletín oficial y cumplido archívese. — Cmte. MARIO E. MASSOLO, Director Nacional de Seguridad Operacional.

e. 28/01/2013 Nº 4184/13 v. 28/01/2013#F4410184F#

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 27

CONVENCIONESCOLECTIVAS DE TRABAJO

#I4406389I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1950/2012

Tope Nº 662/2012

Bs. As., 3/12/2012

VISTO el Expediente Nº  1.479.943/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1378 del 17 de septiembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 4 del Expediente Nº 1.479.943/11, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por el sector sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA (EDESAL S.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 850/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1378/12 y registrado bajo el Nº 1093/12, conforme surge de fojas 43/45 y 48, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-

te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 56/59, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizato-rio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1378 del 17 de septiembre de 2012 y registrado bajo el Nº 1093/12 suscripto entre la ASO-CIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por el sector sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA (EDESAL S.A.), conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.479.943/11

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA c/ EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 850/07 “E”

01/10/2011 $ 8.650,29 $ 25.950,87

01/11/2011 $ 9.002,26 $ 27.006,78

Expediente Nº 1.479.943/11

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1950/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 662/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406389F#

#I4406390I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1951/2012

Tope Nº 670/2012

Bs. As., 4/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.346.936/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1677 del 26 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 319 del Expediente Nº 1.346.936/09 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE OBREROS DEL TABACO DE LA PROVINCIA DE JUJUY y la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa UNIVERSAL LEAF TABACOS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1155/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1677/12 y registrado bajo el Nº 1361/12, conforme surge de fojas 326/328 y 331, respectiva-mente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 338/341, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio ob-jeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizato-rio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1677 del 26 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1361/12 suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS DEL TABACO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y UNIVERSAL LEAF TABACOS SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.346.936/09

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO DE OBREROS DEL TABACO DE LA PROVINCIA DE JUJUY; FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINAC/UNIVERSAL LEAF TABACOS SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 1155/10 “E”

15/06/2012 $ 4.015,42 $ 12.046,26

01/10/2012 $ 4.245,83 $ 12.737,49

Page 28: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 28Expediente Nº 1.346.936/09

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1951/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 670/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406390F#

#I4406391I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1952/2012

Tope Nº 672/2012

Bs. As., 4/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.503.187/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1652 del 26 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.503.187/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD, por la parte sindical y la ASOCIACION ARGENTINA DE PUBLICIDAD, por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1652/12 y registrado bajo el Nº 1375/12, conforme surge de fojas 34/36 y 39, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-

te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 47/56, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio co-rrespondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1652 del 26 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1375/12 suscripto entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD, por la parte sindical y la ASOCIACION ARGENTINA DE PUBLICIDAD, por la parte empresarial, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.503.187/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD.C/ASOCIACION ARGENTINA DE PUBLICIDAD

CCT Nº 57/89

01/04/2012 $ 5.434,98 $ 16.304,94

01/12/2012 $ 6.017,30 $ 18.051,90

Expediente Nº 1.503.187/12

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1952/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 672/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406391F#

#I4406392I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1953/2012

Tope Nº 675/2012

Bs. As., 4/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.503.186/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1666 del 26 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente Nº 1.503.186/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD por el sector sindical y la ASOCIACION DE EMPRESAS DE PUBLICIDAD EXTERIOR, la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL LETRERO LUMINOSO Y AFINES, la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE PUBLICIDAD EN VIA PUBLICA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/90, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1666/12 y registrado bajo el Nº 1366/12, conforme surge de fojas 40/42 y 45, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 57/61, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemni-zatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1666 del 26 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1366/12 suscripto entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD por el sector sindical y la ASOCIACION DE EMPRE-SAS DE PUBLICIDAD EXTERIOR, la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL LETRERO LUMINOSO Y AFINES, la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE PUBLICIDAD EN VIA PU-BLICA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.503.186/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDADC/ASOCIACION DE EMPRESAS DE PUBLICIDAD EXTERIOR, CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL LETRERO LUMINOSO Y AFINES y CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE PUBLICIDAD EN VIA PUBLICA

CCT Nº 122/90

01/04/2012 $ 4.307,04 $ 12.921,12

01/06/2012 $ 4.651,60 $ 13.954,80

01/09/2012 $ 4.991,16 $ 14.973,48

Expediente Nº 1.503.186/12

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1953/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 675/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406392F#

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 29#I4406393I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1954/2012

Tope Nº 674/2012

Bs. As., 4/12/2012

VISTO el Expediente Nº  1.456.737/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1468 del 3 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.456.737/11 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA junto con el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE LA RIOJA, por el sector sindical, y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 887/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1468/12 y registrado bajo el Nº 1170/12, conforme surge de fojas 37/39 y 42, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 52/54, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemni-zatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1468 del 3 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1170/12 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE LA RIOJA y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.456.737/11

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA; SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE LA RIOJAC/EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 887/07 “E”

01/04/2011 $ 5.548,05 $ 16.644,15

Expediente Nº 1.456.737/11

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1954/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 674/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406393F#

#I4406394I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1955/2012

Tope Nº 673/2012

Bs. As., 4/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.509.440/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1382 del 18 de septiembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 63/64 del Expediente Nº 1.509.440/12, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA por el sector sindical y la CAMARA DE INSTITUCIONES DE DIAGNOSTICO MEDICO, la CAMARA DE EN-TIDADES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO y la empresa COLMEGNA SOCIE-DAD ANONIMA por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1382/12 y registrado bajo el Nº 1101/12, conforme surge de fojas 72/74 y 77, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 89/96, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizato-rio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1382 del 18 de septiembre de 2012 y registrado bajo el Nº 1101/12 suscripto entre la FEDE-RACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA por el sector sindical y la CAMARA DE INSTITUCIONES DE DIAGNOSTICO MEDICO, la CAMARA DE ENTIDA-DES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO y la empresa COLMEGNA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.509.440/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINAC/CAMARA DE INSTITUCIONES DE DIAGNOSTICO MEDICO; CAMARA DE ENTIDADES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO; COLMEGNA SOCIEDAD ANONIMA

• TOPE GENERAL 01/08/2012 $ 4.506,19 $ 13.518,57

01/12/2012 $ 4.819,66 $ 14.458,98

01/02/2013 $ 4.898,04 $ 14.694,12

• TOPE ZONA PATAGONICA 01/08/2012 $ 5.858,05 $ 17.574,15

01/12/2012 $ 6.265,56 $ 18.796,68

01/02/2013 $ 6.367,45 $ 19.102,35

CCT Nº 108/75

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Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 30Expediente Nº 1.509.440/12

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1955/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 673/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406394F#

#I4406395I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1956/2012

Tope Nº 676/2012

Bs. As., 4/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.525.209/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1596 del 24 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.525.209/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SIN-DICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION, por el sector sindical y la em-presa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 658/04 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1596/12 y registrado bajo el Nº 1322/12, conforme surge de fojas 72/75 y 78, respectivamente.

Que el mencionado acuerdo fue ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION según consta a fojas 42.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impo-nen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 88/91, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio co-rrespondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1596 del 24 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1322/12 suscripto entre el SINDICATO DE TRA-BAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION, por el sector sindical y la empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.525.209/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION, C/McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Ratificado por FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION

CCT Nº 658/04 “E”

01/07/2012 $ 8.174,65 $ 24.523,95

01/11/2012 $ 8.583,48 $ 25.750,44

Expediente Nº 1.525.209/12

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1956/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 676/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406395F#

#I4406396I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1957/2012

Tope Nº 667/2012

Bs. As., 4/12/2012

VISTO el Expediente Nº  1.204.306/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1575 del 18 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 479 del Expediente Nº 1.204.306/07 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA AR-GENTINA (A.S.I.M.R.A.), por el sector sindical, y la empresa SIAT SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 275/75 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Co-lectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 1° de la Re-solución S.T. Nº 1575/12 y registrado bajo el Nº 1278/12, conforme surge de fojas 493/495 y 498, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 506/509, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio ob-jeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA,DE TRABAJO Nº 1575 del 18 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1278/12 suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA AR-GENTINA (A.S.I.M.R.A.) y SIAT SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.204.306/07

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.S.I.M.R.A.)C/SIAT SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 275/75

01/04/2012 $ 6.736,11 $ 20.208,33

01/05/2012 $ 6.759,11 $ 20.277,33

Page 31: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2013/01/28-01-2013.pdf · 2013. 1. 28. · Lunes 28 de enero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 2 Pág. JeFatura De

Lunes28deenerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.571 31Expediente Nº 1.204.306/07

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1957/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 667/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406396F#

#I4406399I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1958/2012

Tope Nº 668/2012

Bs. As., 4/12/2012

VISTO el Expediente Nº 552.071/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 350 del 17 de septiembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 36 del Expediente Nº 552.071/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO OBREROS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS AUTO-MATICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE por el sector sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA DEL INTERIOR, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 345/02, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 350/12 y registrado bajo el Nº 1103/12, conforme surge de fojas 60/62 y 65, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 73/76, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 350 del 17 de septiembre de 2012 y registrado bajo el Nº 1103/12 suscripto entre el SINDICATO OBREROS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS AUTO-MATICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE por el sector sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA DEL INTERIOR, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 552.071/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO OBREROS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS AUTOMATICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FEC/FEDERACION ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA DEL INTERIOR

CCT Nº 345/02

01/04/2012 $ 4.586,95 $ 13.760,85

01/07/2012 $ 5.099,35 $ 15.298,05

Expediente Nº 552.071/12

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1958/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 668/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4406399F#

#I4406400I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1967/2012

Tope Nº 671/2012

Bs. As., 5/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.100.511/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1667 del 26 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 260 del Expediente Nº 1.100.511/04, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa MASSALIN PARTICULARES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 895/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1667/12 y registrado bajo el Nº 1362/12, conforme surge de fojas 268/270 y 273, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impo-nen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 279/284, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio corres-pondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1667 del 26 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1362/12 suscripto entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa MASSALIN PARTICULARES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.100.511/04.

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION DE TRABAJADORESDEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA.C/MASSALIN PARTICULARESSOCIEDAD ANONIMA.

CCT Nº 895/07 “E”.

01/01/2012 $ 5.347,33 $ 16.041,99

01/02/2012 $ 5.590,22 $ 16.770,66

01/04/2012 $ 5.930,56 $ 17.791,68

01/05/2012 $ 6.270,89 $ 18.812,67

Expediente Nº 1.100.511/04

Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1967/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 671/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

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