subsistema de formación profesional para el empleo

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SUBSISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMLEO ¿EN QUÉ CONTEXTO SURGE? Después de casi quince años de vigencia de las dos modalidades de formación profesional –la formación ocupacional y la continua- ambos subsistemas van a integrarse en un único modelo de formación profesional para el empleo, medida que va a permitir mejorar la adaptación, de la formación dirigida a trabajadores ocupados y desempleados, a las necesidades que demanda el mercado de trabajo. “El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, rompe la barrera entre la población ocupada y la desempleada e integra en una misma realidad la formación y el empelo convirtiendo el aprendizaje permanente en un pilar de la estrategia de empleo.”

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Primera aproximación al Nuevo Real Decreto

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Page 1: Subsistema de Formación Profesional para el Empleo

SUBSISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMLEO

¿EN QUÉ CONTEXTO SURGE?Después de casi quince años de vigencia de las dos modalidades de formación profesional –la formación ocupacional y la continua- ambos subsistemas van a integrarse en un único modelo de formación profesional para el empleo, medida que va a permitir mejorar la adaptación, de la formación dirigida a trabajadores ocupados y desempleados, a las necesidades que demanda el mercado de trabajo.

“El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, rompe la barrera entre la población ocupada y la desempleada e integra en una misma realidad la formación y el empelo convirtiendo el aprendizaje permanente en un pilar de la estrategia de empleo.”

Page 2: Subsistema de Formación Profesional para el Empleo

¿QUÉ INICIATIVAS DE FORMACIÓN PROPONE?

Integrado por las siguientes iniciativas de

formación

FORMACIÓN DE DEMANDA

FORMACIÓN DE OFERTA

FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON

EL EMPLEO

Page 3: Subsistema de Formación Profesional para el Empleo

FORMACIÓN DE DEMANDA

Acciones formativas de las empresas y permisos individuales de formación para responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores.

• Las empresas podrán contratar la organización de las acciones formativas a entidades especializadas.

• La formación impartida se financiará por la aportación de las empresas mediante la aplicación de un sistema de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social

que ingresan las empresas. Éstas podrán saber con antelación qué crédito tendrán en función de unos baremos que se basan en el año anterior.

• Las empresas podrán agruparse para organizar la formación de sus trabajadores designando a una entidad organizadora para que les gestione sus programas

formativos• Se promoverán iniciativas para apoyar a las pequeñas y medianas empresas en

la formación de sus trabajadores

Características

Page 4: Subsistema de Formación Profesional para el Empleo

FORMACIÓN DE OFERTA

Acciones formativas ajustadas a las necesidades del mercado de trabajo que atiende a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a la aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores.

Características • El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales planificará de forma plurianual las

prioridades, objetivos y recomendaciones para realizar la oferta formativa del subsistema de formación profesional para el empleo

• Los planes dirigidos a los trabajadores podrán ser sectoriales o intersectoriales y se establecerá una oferta de formación modular con el fin de facilitar la

posterior acreditación dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad

• Las acciones dirigidas a personas desempleadas tenderán a incluir acciones dirigidas a la obtención de los certificados de profesionalidad referidos al

Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Asimismo, se potenciarán la realización de prácticas profesionales (incluidas las de carácter internacional).

Las empresas que acoja a alumnado en práctica podrá recibir una compensación económica

Page 5: Subsistema de Formación Profesional para el Empleo

FORMACIÓN EN ALTERNACIA CON EL EMPLEO

Acciones formativas para contribuir a la adquisición de las competencias profesionales de la ocupación mediante un proceso mixto, de empleo y formación, que permite al trabajador compatibilizar el aprendizaje formal con la práctica profesional en el puesto de trabajo.

Características • Esta iniciativa de formación va dirigida tanto a trabajadores como a personas

desempleadas• El tiempo dedicado a la formación teórica, que se impartirá fuera del puesto de

trabajo, se estimará en función de las características del puesto de trabajo, número de horas establecido para el módulo formativo adecuado a dicho puesto y

de la duración del contrato. En ningún caso el tiempo de formación puede ser inferior al 15 por ciento de la jornada máxima prevista en convenio colectivo o, en

su defecto, de la jornada legal máxima• Se desarrollarán programas públicos de empleo-formación que tendrán como

finalidad la mejora de la cualificación y las posibilidades de empleo de determinados colectivos de desempleados. Durante estos programas los trabajadores desempleados recibirán formación profesional adecuada a la

ocupación a desempeñar en alternancia con el trabajo y la práctica profesional