sociedad anonima cerrada

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SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA

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Economy & Finance


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Page 1: Sociedad anonima cerrada

 SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA

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En sentido técnico jurídico, es el ente creado por un acto voluntario

colectivo de los interesados, en aras de un interés común y con el

propósito de obtener ganancias o un fin lucrativo.

SOCIEDAD :

LGS - 26887Artículo 1.- La SociedadQuienes constituyen la Sociedad convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas.

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modalidad  de  la  sociedad  anónima  pensada  para  los  pequeños negocios.  Las  SAC  llamada  también  "familiares",  son  aquellas sociedades que son creadas por un pequeño número de socios que se conocen entre sí, es decir cuentan con pocos accionistas y por lo general las acciones se encuentran bajo la titularidad de familiares.

Artículo 234.-  RequisitosLa sociedad anónima puede sujetarse al régimen de la sociedad anónima cerrada cuando tiene no más de veinte accionistas y no tiene acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores.  No se puede solicitar la inscripción en dicho registro de las acciones de una sociedad anónima cerrada.

Artículo 236.- Régimen     La sociedad anónima cerrada se rige por las reglas de la presente Sección y en forma supletoria por las normas de la sociedad anónima, en cuanto le sean aplicables.

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El número de accionistas no puede ser menor de dos y como máximo tendrá 20 accionistas

Se constituye de manera voluntaria, por decisión de los propios socios

Se constituye por los fundadores al momento de otorgarse la escritura pública que contiene el pacto social y el estatuto, en cuyo caso suscriben íntegramente las acciones.

El Capital Social está representado por acciones nominativas y se conforma con los aportes.

Es una persona de Responsabilidad Limitada.

No puede inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores.

Puede prescindir del directorio, en cuyo caso las funciones del directorio las asume el gerente general

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2 A 20 SOCIOS

Artículo 4.- Pluralidad de sociosSi la sociedad pierde la pluralidad mínima de socios y ella no se reconstituye en un plazo de seis meses, se disuelve de pleno derecho al término de ese plazo.

POSEE ACCIONES

Artículo 82.- Definición de acciónLas acciones representan partes alícuotas del capital, todas tienen el mismo valor nominal y dan derecho a un voto

Artículo 83.- Creación de accionesLas acciones se crean en el pacto social o posteriormente por acuerdo de la junta general

Artículo 237.- Derecho de adquisición preferenteEl accionista que transfiera sus acciones debe comunicarlo a la sociedad, para que dentro del plazo de treinta días puedan ejercer el derecho de adquisición preferente

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Artículo 51.- Capital y responsabilidad de los socios  En la sociedad anónima el capital está representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los accionistas, quienes no responden personalmente de las deudas sociales.  No se admite el aporte de servicios en la sociedad anónima.

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SÍRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS UNA CONSTITUCIÓN SIMULTÁNEA DE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, QUE OTORGAN: A. vvvvvvvvvvvvvvvvvDE NACIONALIDAD: PERUANA, OCUPACIÓN: COMERCIANTE,

CON DOCUMENTO DE IDENTIDAD: vvvvvvvv0, ESTADO CIVIL: SOLTERA.B. bbbbbbbbbbbbbDE NACIONALIDAD: PERUANA, OCUPACIÓN: ADMINISTRADORA,

CON DOCUMENTO DE IDENTIDAD: bbbbbbb, ESTADO CIVIL: CASADA CON: ABEL PASCUAL VILLAZANA, CON DOCUMENTO DE IDENTIDAD 25787710.

C. xxxxxxxxxxxxxxDE NACIONALIDAD: PERUANA, OCUPACIÓN: ECONOMISTA, CON DOCUMENTO DE IDENTIDAD: 25458965, ESTADO CIVIL: SOLTERA.

CONSTITUCION DE LA EMPRESA

CHOCOSABOR SAC.

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Artículo 235.- DenominaciónLa denominación debe incluir la indicación "Sociedad Anónima Cerrada", o las siglas S.A.C.

Artículo 9.- Denominación o Razón SocialEl Registro no inscribe a la sociedad que adopta una denominación completa o abreviada o una razón social igual a la de otra sociedad preexistente.

Lo óptimo es hacer una búsqueda previa en registros públicos, incluyendo una reserva de nombre, para saber que el nombre que haya elegido no esté tomado por alguien más.

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Artículo 11 La sociedad circunscribe sus actividades a aquellos negocios u operaciones lícitos cuya descripción detallada constituye su objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto.

CHOCOSABOR SAC. TIENE POR OBJETO DEDICARSE A: PRODUCCION DE CHOCOLATES ARTESANALES

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JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

Artículo 111La junta general de accionistas es el órgano supremo de la sociedad. Los accionistas constituidos en junta general debidamente convocada, y con el quórum correspondiente, deciden por la mayoría que establece esta ley los asuntos propios de su competencia.

Artículo 243.- Representación en la junta general El accionista sólo podrá hacerse representar en las reuniones de junta general por medio de otro accionista, su cónyuge o ascendiente o descendiente en primer grado.  El estatuto puede extender la representación a otras personas.

Artículo 245.- Convocatoria a Junta de AccionistasLa junta de accionistas es convocada por el directorio o por el gerente general, según sea el caso

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DIRECTORIO (OPCIONAL)

Artículo 247.- Directorio facultativoEn el pacto social o en el estatuto de la sociedad se podrá establecer que la sociedad no tiene directorio.Cuando se determine la no existencia del directorio todas las funciones establecidas en esta ley para este órgano societario serán ejercidas por el gerente general.

El nombramiento de un Directorio por la Junta es facultativo (no es obligatorio).

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GERENTE

SUBGERENTE

Artículo 185.- Designación: La sociedad cuenta con uno o más gerentes designados por el directorio, salvo que el estatuto reserve esa facultad a la junta general.Artículo 186.- Duración del cargo: La duración del cargo de gerente es por tiempo indefinido, salvo disposición en contrario del estatuto o que la designación se haga por un plazo determinado. Artículo 187.- Remoción: El gerente puede ser removido en cualquier momento por el directorio o por la junta general, cualquiera que sea el órgano del que haya emanado su nombramiento.

Reemplaza al Gerente en caso de ausencia.

Es la persona en quien recae la representación legal  y de gestión de la sociedad. El Gerente convoca a la junta de accionistas.

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No hay mínimo, está  representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los socios, quienes  no  responden  personalmente  por  las deudas sociales

Artículo 22.- Los aportes Cada socio está obligado frente a la sociedad por lo que se haya comprometido a aportar al capital.

APORTES DINERARIOSSe le llama al aporte del capital que hago en efectivo. Una vez elaborada la minuta, y con una copia de ésta, debo efectuar el depósito bancario a nombre de la empresa

APORTES NO DINERARIOSAporte del capital que hago en máquinas, equipos, muebles o enseres. La lista detallada del aporte de bienes debe presentarse en una declaración jurada simple

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Artículo 23.- Aportes dinerarios Los aportes en dinero se desembolsan en la oportunidad y condiciones estipuladas en el pacto social. El aporte debe estar depositado, a nombre de la sociedad, en una empresa bancaria o financiera del sistema financiero nacional al momento de otorgarse la escritura pública correspondiente

Artículo 25.- Entrega de aportes no dinerariosLa entrega de bienes inmuebles aportados a la sociedad se reputa efectuada al otorgarse la escritura pública en la que conste el aporte.

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Artículo 5.- Contenido y formalidades del acto constitutivoLa sociedad se constituye por Escritura Pública, en la que está contenido el pacto social, que incluye el estatuto. En la escritura pública de constitución se nombra a los primeros administradores, de acuerdo con las características de cada forma societaria.

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El pacto social, debe incluir

1. Los datos de identificación de los fundadores

2La manifestación expresa de la voluntad de los accionistas de constituir una sociedad anónima;

5. El nombramiento y los datos de identificación de los primeros administradores

4. La forma como se paga el capital suscrito y el aporte de cada accionista en dinero o en otros bienes o derechos

3. El monto del capital y las acciones en que se divide

6. El estatuto que regirá el funcionamiento de la sociedad

Pacto social(art. 54)

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PRIMERO.- POR EL PRESENTE PACTO SOCIAL, LOS OTORGANTES MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, BAJO LA DENOMINACION DE “CHOCOSABOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA”, PUEDIENDO UTILIZAR LA DENOMINACIÓN ABREVIADA DE “CS S.A.C.”; SE OBLIGAN A EFECTUAR LOS APORTES PARA LA FORMACION DEL CAPITAL SOCIAL Y A FORMULAR EL CORRESPONDIENTE ESTATUTO.

SEGUNDO.- EL MONTO DEL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ES DE S/.20, 000 (VEINTE MIL Y 00/100 EN NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR: 20,000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/ 1.00 CADA UNA, SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTE MANERA: •vvvvvvvvvvvvvvvvvvvvvvvv, SUSCRIBE 6,500 ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/. 6,500 MEDIANTE APORTES EN BIENES DINERARIOS Y NO DINERARIOS.•rrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr, SUSCRIBE 6,500 ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/. 6,500 MEDIANTE APORTES EN BIENES DINERARIOS Y NO DINERARIOS.•yyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyy, SUSCRIBE 6,000 ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/. 6,000 MEDIANTE APORTES EN BIENES DINERARIOS NO DINERARIOS.EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO

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TERCERO.- EN CALIDAD DE INFORME DE VALORIZACIÓN, LOS OTORGANTES DECLARAN QUE LOS BIENES NO DINERARIOS APORTADOS A LA SOCIEDAD SON LOS QUE A CONTINUACION SE DETALLAN, Y QUE EL CRITERIO ADOPTADO PARA LA VALORIZACION, EN CADA CASO, ES EL QUE SE INDICA:DESCRIPCION DE LOS BIENES CRITERIO PARA VALOR

VALORIZACION ASIGNADO1.- bbbbbbbbbbbbbbbb, APORTA:

002 EXCIBIDORES, VALOR/MERCADO S/. 650MODELO: VIDRIO CON ALUMINIO,

TOTAL: S/. 12002.- ccccccccccccccccccccccc:001 REFRIGERADORA: VALOR/MERCADO S/. 1,500

MODELO ELGI. TOTAL S/. 15003.- xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx: 002 VITRINAS VALOR/MERCADO S/. 500

MODELO: METAL CON VIDRIO TOTAL: S/. 3000

LO QUE HACE UN TOTAL GENERAL DE S/. 5700 (CINCO MIL SETESIENTOS Y 00/100 EN NUEVOS SOLES) COMO APORTES EN BIENES NO DINERARIOS AL CAPITAL SOCIAL DE LA EMPRESA.

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La denominación de la sociedad

La descripción del objeto social

El domicilio de la sociedad

El plazo de duración de la sociedad, con indicación de la fecha de inicio de sus actividades

El monto del capital, el número de acciones en que está dividido, el valor nominal de cada una de ellas y el monto pagado por cada acción suscrita

Cuando corresponda, las clases de acciones en que está dividido el capital

El régimen de los órganos de la sociedad

Los requisitos para acordar el aumento o disminución del capital y para cualquier otra modificación del pacto social o del estatuto

La forma y oportunidad en que debe someterse a la aprobación de los accionistas la gestión social y el resultado de cada ejercicio

Las normas para la distribución de las utilidades;

El régimen para la disolución y liquidación de la sociedad

CONTENIDO DEL ESTATUTO

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Artículo 20.- Domicilio El domicilio de la sociedad es el lugar, señalado en el estatuto, donde desarrolla alguna de sus actividades principales o donde instala su administración.

Artículo 21.- Sucursales y otras dependencias  Salvo estipulación expresa en contrario del pacto social o del estatuto, la sociedad constituida en el Perú, cualquiera fuese el lugar de su domicilio, puede establecer sucursales u oficinas en otros lugares del país o en el extranjero

Artículo 19.- Duración de la sociedad La duración de la sociedad puede ser por plazo determinado o indeterminado.Salvo que sea prorrogado con anterioridad, vencido el plazo determinado la sociedad se disuelve de pleno derecho.

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GRACIAS