soberanÍa y democracia participativa
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UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
SOBERANÍA Y DEMOCRACIA PARTICIPATIVA EN VENEZUELA
Alumna:
Marien Díaz
C.I: 22.189.351
S.A.I.B
BARQUISIMETO, DICIEMBRE DE 2016
LA SOBERANÍA
La soberanía es el derecho que tiene el pueblo a elegir sus gobernantes, sus leyes y a que le sea respetado su territorio
Proviene de supremus, que en latín significa supremo, lo más elevado, lo inapelable.
CARACTERÍSTICAS
INALIENABLE
Consiste en que la soberanía bajo ningún concepto puede transmitirse, pasarse, delegarse por medio de otra disposición legal, es decir, que la soberanía no se puede enajenar bajo ninguna circunstancia.
INDIVISIBLE
Como su nombre lo indica la soberanía no puede fragmentarse en partes ya que pertenece de forma íntegra a la nación a la nación o estado.
NO PUEDE SER REPRESENTADA
Quiere decir que existe un represéntate de la soberanía como tal, ya que no existe término medio y por ello todo acto donde no participe el pueblo de forma directa es considerada nulo. Una convención de este tenor es: legitima, equitativa, útil y sólida.
INFALIBLE
Su propósito primordial es buscar el bienestar de los ciudadanos y ciudadanas, evitando así el engaño o perjuicios que pudiese perjudicar al Estado.
PLENA
Quiere decir que no existe ninguna persona o algún tipo de poder que este por encina de la soberanía. Ni siquiera de igual jerarquía (artículo 11 CRBV)
TIPOS O FORMAS DE SOBERANÍA EN VENEZUELA
La Soberanía de Estado o soberanía
externa
La Soberanía de Estado o soberanía
interna
Es la independencia que tiene un estado del poder que ejerce otro, en un territorio y población diferente dominio se encuentra liberada de cualquier poder extranjero, lo que le permite colocarse en igualdad de condiciones con los países que conforman la comunidad mundial Art 1 CRBV
Es el poder que ejerce el pueblo, sea en forma directa (a través de los concejos comunales) o en forma indirecta (a través del sufragio). Art 5 de la CRBV.
Irrevocablemente libre independiente
No acepta limitación ni subordinación que cercene sus facultades dentro de su territorio.
Potestad de repeler cualquier poder o control externo
CARACTERISTICAS
CARACTERISTICAS
Se ejercen las funciones que deben cumplirse dentro de estado.
Tiene el poder de mando que utiliza para gobernarse a sí misma mediante las estructuras políticas establecidas en su propia Constitución.
Permite establecer orden y paz social dentro de un país
PODER SOBERANO
Facultad que posee Venezuela para impedir cualquier poder externo sobre su ámbito territorial. Articulo 70 CRBV
MANERAS DE EJERECER LA SOBERANIA
A través del sufragio O por medios de órganos
del poder publico
IMPORTANCIA DE LA SOBERANIA
La soberanía es único, indivisible, intransmisible, imprescriptible e inviolable tanto interior como exterior. Es importante que la soberanía resida en el pueblo para garantizar la igualdad de la población.
Es
Es un modelo de democracia en los cuales los ciudadanos tienen mayor participación en la toma de decisiones políticas, y la influencia directa de las decisiones públicas.
En los artículos 62 y 70 de la CRBV, se establece la participación ciudadano en los asuntos públicos por medio de las personas elegidas en organismos públicos, y el Estado garantizar las condiciones para el desarrollo, ejecución y control de la gestión pública.
La Sala Constitucional en sentencia 1680/2007 expresó que:
El sufragio es una manifestación directa del ejercicio de la soberanía popular (artículo 5 constitucional) por parte de su titular y que es un rasgo característico de la democracia participativa (artículo 6 eiusdem
al ejercerse el sufragio, “entra en juego un valor fundamental de nuestro máximo texto normativo que atañe al altísimo papel que ha sido reconocido a la voluntad popular, como manifestación del ejercicio de la democracia participativa y protagónica, cuyo contenido axiológico se deriva claramente de los artículos 2, 3 y 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contando con vasto desarrollo en el catálogo abierto de derechos políticos, especialmente en las normas contenidas en el Capítulo IV del Título II de nuestra Carta Magna