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SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL 2013 Colegio Nacionalizado Femenino de Villavicencio ACUERDO No. 002 del 10 de marzo de2010

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COLEGIO NACIONALIZADO FEMENINO DE VILLAVICENCIO 2013

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SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL 2013 Colegio Nacionalizado Femenino de Villavicencio

ACUERDO No. 002 del 10 de marzo de2010

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COLEGIO NACIONALIZADO FEMENINO DE VILLAVICENCIO

ACUERDO No. 002 del 10 de marzo de2010

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL DECRETO 1290 DE ABRIL 16 DE 2009”

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Colegio Nacionalizado Femenino de Villavicencio en uso de las facultades que les confieren la Ley 115, Ley 715, el Decreto Reglamentario 1860 de 1994,

la Resolución 2343, y el Decreto 1290 de abril 16 de 2009, y

CONSIDERANDO:

1. Que la Ley 115 de Febrero 8 de 1994, en sus artículos 77 y 78 confiere autonomía escolar a los establecimientos educativos.

2. Que es necesario establecer y precisar los criterios a seguir, para efectos de la evaluación y promoción de las estudiantes.

3. Que la evaluación y la promoción escolar como actos educativos deben ser procesos permanentes, en los cuales se valoren todas las facetas de las estudiantes, en aras de la integralidad.

4. Que es fundamental velar por la formación integral de nuestras estudiantes, de acuerdo con el PEI de la Institución y su filosofía educativa.

5. Que el Consejo Académico de acuerdo al Acta de reunión Nº 008 del 4 de diciembre del 2009 analizó y propuso el Acuerdo de Evaluación y Promoción de las estudiantes.

6. Que el Decreto 1290 de 2009 establece los criterios para efectos de promoción y evaluación escolar.

7. Que es función del Consejo Directivo aprobar el Acuerdo de Evaluación y Promoción conforme a la propuesta del Consejo Académico.

ACUERDA

ARTÍCULO 1º. CONCEPCIÓN DE EVALUACIÓN EN LA INSTITUCIÓN

“El pensamiento filosofa cuando utiliza al máximo sus recursos, para aprender a evaluar: quiere volverse evaluador justo”.

Arcângelo Buzzi La palabra “evaluación” significa etimológicamente determinar el valor. Valor es una cualidad

atribuida a los entes, ajena a ellos mismos. Valor es lo que hace contrapeso, o sea, pesa y equilibra

a la vez, es así como el acto evaluativo forma parte del proceso continuo del pensamiento y no

puede ser visto como hecho aislado y posterior al trabajo de enseñanza en la acción educativa. Uno

de los retos epistemológicos más importantes es considerar la evaluación como parte del proceso de

conocer y de comprender.

Pensar la evaluación en educación hoy, es transcender en el cambio de todo un sistema existente

durante mucho tiempo y que tal vez hay que mirarlo como algo que nos enseñó a aprender y

aprehender en el momento de evaluar. Es por eso que en el Colegio Nacionalizado Femenino,

partiendo del análisis concienzudo de los directivos, maestros, padres de familia y estudiantes; se ha

puesto un punto aparte y se está proyectando un sistema de evaluación acorde al Modelo

Pedagógico Dialógico, con el cual se seguirá la marcha en la nueva tendencia educativa de la

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institución. Para ello, necesariamente deberá estar centrada en aportar informaciones para la

reflexión. Dado que el cambio será posible si las personas directamente implicadas toman

conciencia de la situación, reflexionan sobre la realidad y toman decisiones pertinentes para su

trasformación, sólo habrá cambio si se parte de una reflexión y un diálogo permanente. De hecho la

evaluación tiene como principal propósito, aportar datos para esa reflexión y ese diálogo. De ahí se

puede derivar la necesidad de que la evaluación para que sea de calidad, también ha de ser

participativa y no jerárquica.

Por último, la evaluación no tiene sentido por sí misma, sino como resultante del conjunto de

relaciones entre los objetivos, los métodos, el modelo pedagógico, los estudiantes, la sociedad y el

docente; cumpliendo así

una función en la regulación y el control del sistema educativo, en la relación de los estudiantes con

el conocimiento, de los profesores con los estudiantes, de los estudiantes entre sí, de los docentes y

la familia y ésta en la sociedad.

ARTÍCULO 2º. FUNDAMENTOS DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

La evaluación en el plantel es:

A. CONTINUA: Es decir, que se realiza en forma permanente haciendo un seguimiento a la estudiante que permita observar el progreso y las dificultades que se presentan en su proceso de formación. la evaluación continua, proporciona al docente información que le permite intervenir para mejorar y reorientar el proceso de aprendizaje, ya que dispone de una visión de las dificultades y de los progresos de los estudiantes y poder evaluar el proceso de formación

B. INTEGRAL: Se tienen en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo de la estudiante, con el fin de evidenciar el proceso de aprendizaje y organización del conocimiento.

Se aplican instrumentos y procedimientos de evaluación que permiten la consulta de textos, notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conversatorios, mesas redondas, talleres, conclusiones y otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen los resultados de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, cifras, resultado final, que no tienen en cuenta el proceso del ejercicio y no se encuentran relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognoscitivos.

Igualmente, la observación de comportamientos, actitudes, valores, aptitudes, desempeños cotidianos, conocimientos, registrando en detalle los indicadores de logros en los cuales se desarrollan, y que demuestran los cambios de índole cultural, personal y social de la estudiante.

El diálogo con la estudiante y padre de familia, como elemento de reflexión y análisis, para obtener información que complemente la obtenida en la observación y en las pruebas valorativas.

Se permite la autoevaluación por parte de las estudiantes y la participación de los padres de familia con el acompañamiento a sus hijas en los compromisos formativos extra clase.

C. SISTEMÁTICA: La evaluación es debidamente planeada, pactada con las estudiantes, registrada y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la Visión y Misión del Plantel, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de las estudiantes.

D. FLEXIBLE: Se tienen en cuenta los ritmos de desarrollo de la estudiante en sus distintos aspectos e intereses, capacidades, ritmos de aprendizaje; donde los profesores identifican las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y dificultades, para darles un trato justo y equitativo.

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E. INTERPRETATIVA: Es necesario que las estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen y junto con el profesor, realicen reflexiones sobre los alcances y las falencias, para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo.

Las evaluaciones, valoraciones y sus resultados deben ser claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos de intereses entre estudiantes y docentes o viceversa.

F. PARTICIPATIVA: Se deben involucrar en la evaluación a la estudiante, docente, padre de familia y otras instancias que aportan estrategias y métodos en los cuales las estudiantes desarrollen las clases a través de actividades individuales o grupales, prácticas de campo y de taller, con el fin alcanzar las competencias y desempeños propuestos.

G. FORMATIVA: Busca reorientar los procesos y metodologías educativas, propiciando que lo aprendido incida en el comportamiento y enriquecimiento personal de la estudiante para proyectarlo en su vida cotidiana, así como en sus relaciones interpersonales.

ARTÍCULO 3º. CRITERIOS DE EVALUACIÓN (Modificado por el Acuerdo 03 de 2013)

Los criterios de evaluación de los aprendizajes de las estudiantes del Colegio Nacionalizado

Femenino de Villavicencio, en cada una de las áreas y/o asignaturas de su plan de estudios y

durante el año escolar, en cada uno de los grados y ciclos, son establecidos en este Acuerdo con la

participación de todos los estamentos de la Comunidad Educativa.

La valoración integral en todas las áreas y/o asignaturas, se expresa con base en las competencias

y desempeños en las tres dimensiones del desarrollo del ser humano: el SER, SABER y SABER

HACER.

Cada una de estas dimensiones aporta un valor ponderado para la valoración final de cada

competencia o meta de desempeño en cada área y/o asignatura al finalizar un periodo académico,

acorde con la siguiente tabla:

DIMENSIÓN VALOR

SER 10

SABER 20

SABER HACER 20

TOTAL 50

La evaluación de las dimensiones está determinada por escalas de desempeños así:

SUPERIOR ALTO BASICO BAJO

SER

Manifiesta un alto nivel de autonomía, responsabilidad y compromiso frente a su labor académica y de convivencia alcanzando las competencias y desempeños propuestos, acorde con su

Asume con autonomía, responsabilidad y compromiso su labor académica y de convivencia, acorde con su edad y desarrollo

En ocasiones asume sus compromisos académicos y de convivencia de acuerdo con su edad y nivel de desarrollo

Se caracteriza por no asumir sus compromisos académicos y de convivencia con responsabilidad, demostrando una significativa indiferencia frente a su quehacer

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edad, generando un ambiente dialógico y cordial con docentes y compañeras

SABER

Manifiesta un alto desempeño académico alcanzando las competencias y desempeños en el tiempo previsto o anticipado y se proyecta profundizando los temas con argumentos y proposiciones

Alcanza las competencias y/o metas propuestas en el tiempo previsto con pertinencia y eficacia.

Alcanza las competencias y/o metas propuestas realizando actividades complementarias de refuerzo y superación

Aún presentando actividades de refuerzo y superación no alcanza las metas previstas, denotando vacíos a nivel comprensivo interpretativo y/o práxico

SABER HACER

Evidencia en los desempeños alto nivel de destrezas comunicativas, interpersonales y de liderazgo resolviendo situaciones, problemas y tomando decisiones ponderadas, aplicando su pensamiento crítico y creativo.

Resuelve con conocimiento y habilidad situaciones problémicas tomando decisiones y aplicando su pensamiento crítico y creativo.

Presenta algunas dificultades en sus desempeños para resolver situaciones problémicas, requiriendo de actividades de nivelación y refuerzo para superarlas.

A pesar de presentar actividades de nivelación, refuerzo y/o superación persisten las dificultades para resolver con conocimiento, habilidad y eficacia situaciones objeto de aprendizaje.

Parágrafo: Las valoraciones obtenidas en cada una de las dimensiones SER, SABER y SABER

HACER son promediadas por separado; a dichos promedios se les aplica el ponderado de 10, 20 y

20 respectivamente para obtener la valoración definitiva, como lo evidencia el siguiente ejemplo:

SABER Promedio SABER HACER

Promedio SER DEFINITIVA

X 4 X 4 AUTOEVA. HETEROEV.

2.0, 4.0 3.0 3.0, 4.0, 3.5 3.5 4.0 4.5 3.4

El promedio del Saber y del Saber Hacer se multiplican por cuatro (4); esos valores se suman con la

calificación de autoevaluación y hetero evaluación del SER y se obtiene como resultado la

valoración definitiva.

SABER 2.0 + 4.0 6.0

---------------- = ---------- = 3.0 3.0 × 4 = 12.0

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SABER HACER 3.0 + 4.0 + 3.5 10.5

---------------------- = --------- = 3.5 3.5 × 4 = 14.0

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DEFINITIVA: 12.0 + 14.0 + 4.0 + 4.5 = 34.5 se corre la coma una cifra a la izquierda, dejándose

tan solo una cifra decimal: 3.4

ARTÍCULO 4º. ESCALA DE EVALUACIÓN

La escala de valoración institucional en el colegio Nacionalizado Femenino de Villavicencio y su

respectiva equivalencia con la escala nacional queda determinada así:

En educación Básica y Media la escala de valoración es de 1.0 a 5.0 con una cifra decimal sin

aproximaciones. La valoración final en cada área al culminar el año escolar se expresa en los

términos Superior, Alto, Básico y Bajo.

RANGO DESEMPEÑO EN ESCALA

NACIONAL

4,6 a 5,0 Superior

4,0 a 4,5 Alto

3,0 a 3,9 Básico

1,0 a 2,9 Bajo

Los docentes establecen los requerimientos exigidos a las estudiantes, tanto cognitivos, como

procedimentales y actitudinales, mediante consenso en cada asignatura o área; estos son

comunicados y quedan plasmados en los pactos de asignatura y /o área.

Copia de los Pactos de Área y/o Asignatura son entregados a la Coordinación Académica, firmados

por el respectivo Docente y la Estudiante Líder Académica de los cursos como material que

evidencia el trabajo pedagógico propuesto.

Al finalizar un periodo académico si la estudiante debido a ausencias no ha presentado las

actividades correspondientes en una(s) área(s) y asignaturas(s) la valoración que se asigna en la

respectiva(s) área(s) y asignatura(s) es NE (No evaluado). Una vez la estudiante presente la

justificación respectiva y las actividades faltantes dentro de los plazos establecidos en este Acuerdo,

se asigna la valoración numérica entre 1.0 y 5.0.

Parágrafo. En el nivel de Pre-escolar la escala de valoración es cualitativa en términos de fortalezas y dificultades teniendo en cuenta cada una de las dimensiones del desarrollo humano

ARTÍCULO 5º. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS

DESEMPEÑOS (Modificado por el Acuerdo 03 de 20113)

1. ACTIVIDADES INDIVIDUALES O GRUPALES: Se programan como parte de las labores normales del curso; son todas aquellas que se requieren para que las estudiantes cumplan satisfactoriamente con los requerimientos en cada área y/o asignatura; se recomienda recurrir a estrategias pedagógicas variadas, diferentes de las ya aplicadas, para favorecer los procesos de consolidación y avance de las estudiantes. 2. ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACIÓN: De igual manera, se programan como parte de las labores normales del Área y/o Asignatura, actividades de profundización, investigación o prácticas

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ejecutadas por las estudiantes líderes que muestren desempeños Superiores, con el fin de consolidar sus avances. 3. ACTIVIDADES DE APOYO Y NIVELACIÓN: Durante el periodo académico, como parte de la evaluación continua el docente diseña actividades complementarias de apoyo y nivelación que permitan superar las dificultades presentadas por las estudiantes en la Asignatura y/o Área. 4. ACTIVIDADES DE REFUERZO Y SUPERACIÓN: La estudiante que finalizado cada periodo

académico obtenga insuficiencias en el alcance de los desempeños esperados con valoraciones en

el nivel BAJO, presenta por única vez un plan de refuerzo y superación desde el SER, SABER y el

SABER HACER establecido por el docente del área y/o asignatura, cuyo resultados sea aprobatorio

o no, queda consignado en el registro de valoraciones y corresponde a la nota final del periodo o de

finalización del año escolar. Las actividades de refuerzo y superación son de obligatoria

presentación por parte de la estudiante, ya que están encaminadas a superar las debilidades

presentadas durante el periodo académico.

Parágrafo 1. En caso de ausencia temporal de la estudiante por razones de salud, calamidad familiar u otras y una vez justificada la ausencia por parte del acudiente; la estudiante concierta con el docente respectivo la presentación de trabajos, evaluaciones, talleres y demás, en un plazo no mayor a los tres días hábiles siguientes a su ingreso. El docente registra en su diario de campo las valoraciones a que de lugar. Si la estudiante no se presenta a la actividad de refuerzo y superación sin causa plenamente

justificada, la valoración consignada por el docente será la menor de la escala de evaluación de que

trata el artículo 4º del presente Acuerdo.

Parágrafo 2. (Modificado por el Acuerdo 03 del 2013). Los resultados académicos destacados en

pruebas SABER realizadas por el Estado, son tenidos en cuenta dentro del proceso de valoración de

acuerdo con la siguiente escala:

Puntaje del 60% al 70% con una valoración de 4.5

Puntaje del 71% en adelante con una valoración 5.0

Esta valoración por única vez se promedia con la nota final de periodo académico en que se reciben

los resultado y afecta el área o asignatura en que se destacó la estudiante. Así mismo, previo

acuerdo con el docente, dicha estudiante puede asumir acciones de acompañamiento y/o monitorías

de liderazgo frente a sus compañeras, como estímulo y mejor aprovechamiento de sus capacidades.

En caso de resultados destacados en simulacros y otro tipo de pruebas distintas a las pruebas

SABER de Estado se estimula a la estudiante en el área o asignatura pertinente, con el equivalente

a cinco decimas en la valoración final del periodo académico en que se sucede.

ARTÍCULO 6º. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES

Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a las estudiantes en forma permanente,

se hacen ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que les permitan hacer auto-

reflexión y evaluaciones de carácter conceptual y formativo, que tienen un valor muy importante en

la evaluación de final de período o de año, siempre y cuando esa autoevaluación conduzca a la

estudiante a mejorar sus conocimientos y comportamientos. Se hacen autoevaluaciones como

ejercicios prácticos.

Los docentes al comienzo de cada periodo académico fijan y dan a conocer a las estudiantes los

criterios sobre los cuales se basa la autoevaluación.

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Tanto los Docentes como el servicio profesional de Orientación escolar realizan ejercicios sobre la

importancia de saber emitir juicios de valor con responsabilidad y autonomía sobre sus destrezas y

dificultades.

ARTÍCULO 7º. PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN DE ÁREAS (Modificado por el Acuerdo 03 de 2013)

Un área o una asignatura son aprobadas en cada periodo y al finalizar el año escolar cuando obtienen una valoración mínima de 3.0 que corresponde al desempeño BÁSICO en la escala nacional.

Una competencia se considera superada cuando se ha alcanzado por lo menos el 60% de las

actividades y/o indicadores de desempeño previstos.

Son promovidas al Grado siguiente mediante Acta, todas las estudiantes que han aprobado la

totalidad de las Áreas obligatorias, fundamentales y optativas con una valoración Superior, Alto o

Básico.

Parágrafo 1: La valoración final de una Área simple será el resultado del promedio simple de las

valoraciones obtenidas en los cuatro periodos académicos.

Parágrafo 2: (Modificado por el Acuerdo 03 de 2013) Para la valoración final de las áreas

compuestas por dos asignaturas se tendrá en cuenta y se aplicará los siguientes porcentajes

ponderados:

Área de Humanidades.

Grados 1º,2º y 3º de Básica Primaria

Lengua Castellana: Un promedio ponderado del 80% del total del área

Inglés: Un promedio ponderado del 20% del total del área

Grados 4o de la Básica Primaria a 11° de la Educación Media

Lengua Castellana: Un promedio ponderado del 60% del total del área

Inglés: Un promedio ponderado del 40% del total del área.

Área de Matemáticas.

Trigonometría y/o Cálculo: un promedio ponderado del 70% del total del área.

Estadística: un promedio ponderado del 30% del total del área.

Parágrafo 3: En la valoración final del Área integrada por tres asignaturas (Ciencias Naturales y

Educación Ambiental) se tendrá en cuenta y se aplicará los siguientes promedios ponderados:

Química: un promedio ponderado del 40% del total de área.

Física: un promedio ponderado del 40% del total de área.

Biología: un promedio ponderado del 20% del total del área.

ARTÍCULO 8º. No son promovidas al grado siguiente, las estudiantes que han dejado de asistir al

plantel el 25% del año escolar sin excusa debidamente justificada y aceptada por el Colegio.

La estudiante que repruebe el grado por dos años consecutivos, pierde la condición de estudiante de

la Institución. En el caso de repitencia por primera vez su estancia queda sujeta al análisis del

informe de convivencia cuando se requiera.

ARTICULO 9º. PROMOCIÓN ANTICIPADA (Modificado por el Acuerdo 03 de 2013) .

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Los docentes titulares en forma escrita y con los debidos soportes recomiendan ante la Comisión de

Evaluación y Promoción respectiva, la promoción anticipada al grado siguiente de las estudiantes

que finalizado el primer periodo académico, demuestren persistentemente un desempeño MUY

SUPERIOR en la adquisición de competencias y reúnan condiciones excepcionales de desarrollo

cognitivo, actitudinal y procedimental entre otros.

Si estudiada la solicitud y realizadas las pruebas de suficiencia académica por miembros de la

Comisión de Evaluación y Promoción del grado al cual se aspira son satisfactorias, la Comisión

elabora un Acta con visto bueno de Rectoría promoviendo a la estudiante, previa consulta con el

padre de familia y /o acudiente, la psico-orientadora y la estudiante que se promueve en forma

anticipada.

Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la promoción

anticipada, y copia de esta acta reposa en el registro escolar de valoraciones de la institución

además de entregarle copia a la estudiante promovida.

Parágrafo 1. La promoción anticipada también se otorga en casos excepcionales por motivo de viaje

al exterior, intercambio o similares, para cuyo efecto la estudiante debe haber asistido a clases como

mínimo al 75% de las semanas establecidas en el calendario escolar. En tal sentido, se cursa

solicitud firmada por el padre de familia y/o acudiente y la estudiante al Consejo Académico con los

soportes que ameriten dicha solicitud. Este a su vez recomienda la metodología y estrategias a

seguir, pero por ningún motivo la estudiante deja de presentar las evaluaciones de rigor que se han

contemplado para el tiempo que falta en la terminación del año escolar. Cumplido este proceso la

Comisión de Evaluación y Promoción respectiva mediante acta define el estado académico de la

estudiante lo cual queda consignado en el sistema de notas de la Institución para expedir el

certificado correspondiente.

Parágrafo 2: Las estudiantes matriculadas en la Institución de los grados 1º a 11º y que hayan

reprobado el año inmediatamente anterior con hasta dos áreas, pueden acceder a la promoción

anticipada siempre y cuando presente por una sola vez una prueba de suficiencia académica de las

áreas reprobadas en las dos primeras semanas de clases del año lectivo. Para tal efecto, el docente

respectivo hace entrega de un plan de trabajo de mejoramiento del área y/o asignatura reprobada al

finalizar el año escolar, para que sirva de preparación durante el receso vacacional. En todo caso

para acceder a este derecho las estudiantes deben estar debidamente matriculadas en la Institución.

Parágrafo Transitorio: Para las estudiantes que hayan reprobado el grado en la vigencia 2012 de

esta Institución de los grados 1º a 11º hasta con tres (3) áreas y/o asignaturas, a través de la

Comisión de Evaluación y Promoción previa solicitud de un docente o del director de grupo se

estudia el rendimiento académico y el comportamiento obtenido durante el primer periodo

académico, para verificar que todas las áreas y asignaturas hayan sido aprobadas y en aquellas que

ocasionaron la reprobación hayan obtenido valoración de 4.0 o más.

De ser satisfactorio, la estudiante presenta una prueba de suficiencia académica en las áreas y/o

asignaturas reprobadas. Si el resultado es aprobatorio, la Institución procede a realizar la promoción

anticipada mediante acta de la respectiva Comisión de Evaluación y Promoción con visto bueno de

Rectoría.

Los resultados de todas las áreas y asignaturas obtenidos en el periodo se registran en el sistema

institucional de valoraciones como notas del primer periodo en el grado al cual es promovida la

estudiante; en los casos de promoción anticipada de Básica Secundaria a la Educación Media, las

valoraciones del segundo periodo de las áreas y asignaturas nuevas corresponden igualmente al

primer periodo; y en los casos de estudiantes del grado undécimo (11º), son graduadas mediante

acto administrativo una vez reúnan todos los requisitos establecidos para tal efecto.

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Para este procedimiento se cuenta con la autorización escrita del padre de familia y/o acudiente de

la estudiante, quienes asumen un compromiso académico de esfuerzo y ayuda mutua para la

adaptación y nivelación necesaria que demanda el ingresar al grado siguiente”.

Parágrafo 3: Se excluyen de la aplicación del parágrafo 2 las estudiantes que hayan reprobado el

grado en años atrás a la vigencia inmediatamente anterior, hayan desertado de la Institución o

dejado de cursar estudios por lapsos de tiempo mayores a dos meses del calendario escolar

vigente”

ARTÍCULO 10º. DESIGNACIÓN DE UN SEGUNDO EVALUADOR

Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual,

discriminación religiosa, política, familiar, de raza o abuso de autoridad, un docente repruebe en la

evaluación de fin de año a una estudiante, la Comisión de Evaluación y Promoción debe recomendar

al Rector la designación de un segundo evaluador de la misma área y especialidad del plantel,

para realizar la evaluación y valoración. Realizada la nueva valoración, ésta queda como definitiva

en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área

reprobada, se escribe el registro dado por el docente titular.

Parágrafo: La estudiante afectada, a través de padre de familia y/o acudiente, debe elevar solicitud

escrita ante el Consejo Académico quién convoca a la Comisión de Evaluación y Promoción

respectiva para adelantar el debido proceso.

ARTÍCULO 11º. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (Modificado por el Acuerdo 03

de 2013)

El Consejo Académico conforma por nivel y/o grado y por jornada escolar, una Comisión de

Evaluación y Promoción integrada por los docentes titulares de grupo, dos padres de familia por

grado elegidos en asamblea de aula; una estudiante del Consejo Estudiantil y/o líder académica a

partir del grado cuarto de la básica primaria, el Rector, el Coordinador Académico, el Coordinador de

Convivencia y el Psicoorientador.

Las Comisiones son convocadas por el Rector finalizado cada periodo académico o cuando existan

méritos para convocarla en forma extraordinaria.

Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción

Con base en los reportes suministrados por los docentes, coordinadores y/o psicorientacion,

analiza situaciones relevantes de desempeños bajos en áreas y/o asignaturas donde sea

persistente la reprobación y recomienda a los docentes, estudiantes y padres de familia,

correctivos necesarios para superarlos. .

Analiza las condiciones académicas y comportamentales de las educandos y de ser

necesario recomienda citar los padres de familia y/o acudiente ya sea con ocasión de la

entrega de informes académicos bimestrales o de forma extemporánea, con el fin de

informar y acordar los compromisos por parte de los involucrados (padre de familia,

estudiante e Institución).

Analiza y recomienda sobre situaciones de promoción anticipada para estudiantes con resultados académicos excepcionales.

Analiza situaciones especiales de discapacidad cognitiva y/o física, con el fin de recomendar procedimientos pedagógicos y evaluativos especiales acorde a cada caso, orientados a permitir la superación de las dificultades en los procesos de aprendizaje y por ende, la promoción al grado siguiente.

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Define la promoción de las estudiantes al finalizar el año, teniendo en cuenta los criterios de promoción establecidos en el presente Acuerdo, el Decreto 1290 del 2009 y las orientaciones dadas por el Consejo Académico

Sirve de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar las estudiantes, padres de familia o docentes, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomienda la designación de un segundo evaluador en casos especiales.

Verifica y controla que los directivos y docentes cumplen con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación definido en el presente Acuerdo.

Parágrafo. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignan en

actas y éstas constituyen evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción o

reprobación de las estudiantes.”

ARTÍCULO 12º. REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN

Cada uno de los docentes lleva un registro valorativo de las hetero-evaluaciones y autoevaluaciones

realizadas durante el periodo académico, en las planillas o formatos entregados al iniciar cada

periodo. Igualmente, registra las valoraciones resultado de las actividades de refuerzo y superación

e igualmente las inasistencias a clases presentadas durante el periodo académico.

Las valoraciones de la hetero-evaluación y auto-evaluación se asignan teniendo en cuenta las

competencias y desempeños del SER, SABER y SABER HACER, los cuales inciden en la

valoración definitiva de la asignatura y/o área en cada periodo académico y hacen parte por ende de

la valoración final.

Parágrafo 1. PLANILLAS DEFINITIVAS DE EVALUACIÓN POR PERIODO Y AL FINALIZAR EL AÑO ESCOLAR:

Al término de cada período y del año escolar, los docentes registran en el sistema virtual que opere, por cursos, áreas y asignaturas el desempeño y avance de cada una de las estudiantes en la consecución de las Competencias propuestas para cada periodo y año escolar; previa publicación durante tres días hábiles de las calificaciones, con el fin de recibir las solicitudes de correcciones pertinentes. También registran de una a tres recomendaciones a tener en cuenta en términos de fortalezas y dificultades.

Las Planillas resultado de la digitación virtual, con los informes de evaluación parciales y/o definitivos, deben ser entregadas debidamente revisadas y firmadas por cada docente a la Coordinación Académica cumpliendo las fechas establecidas en el cronograma de actividades del año escolar. Parágrafo 2 . INFORME ESCRITO DE EVALUACIÓN: Es el documento mediante el cual se informa de manera comprensiva, a los Padres de Familia o Acudientes, al término de cada uno de los cuatro periodos definidos en este Acuerdo y al final del año escolar, el avance en la formación integral de cada una de sus hijas o acudidas, especificando el proceso formativo en cada una de las áreas y/o asignaturas mediante la escala determinada en el artículo 4º del presente Acuerdo ; así mismo, en él están registradas las recomendaciones a tener en cuenta, en términos de fortalezas y dificultades. Parágrafo 3. REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN: En la Secretaría Académica de la Institución se mantiene actualizado el Registro Escolar, que contiene para cada una de las estudiantes, además de los datos de identificación personal, el informe final de evaluación de cada grado que ha cursado en la Institución para efectos del proceso de expedición de certificados.

Page 12: SISTEMA DE EVALUACION

ARTÍCULO 13º. GRADUACIÓN En la Institución se realiza solamente la ceremonia de grado para

las estudiantes de grado once. En los otros niveles y ciclos se realiza ceremonia de clausura.

El título de Bachiller se otorga a las estudiantes de grado once, que han aprobado y han sido

promovidas en todos los niveles y ciclos incluyendo el grado once.

Quienes cursaron el nivel medio de “Bachillerato Académico” reciben dicho título, y si realizaron

algún “énfasis” ofrecido por el plantel, éste se les otorga en un Certificado o Diploma en forma

separada, haciendo constar la intensidad horaria total de dicho énfasis o profundización. Las

estudiantes que cursaron el nivel medio de “Bachillerato Técnico”, se les otorgan dicho título

haciendo constar además en el mismo la modalidad o especialidad que adelantaron. Si una

estudiante reprueba el área Técnica en cualquiera de los dos grados de la Media, no se puede

graduar hasta que demuestre en la recuperación durante el año siguiente, que maneja o domina

dicha área; no se le otorga título de Bachiller Académico por no ser de la modalidad que cursó.

No se reciben estudiantes al grado once de Bachillerato Técnico que hayan cursado el grado

décimo en Bachillerato Académico.

Las estudiantes que hayan cursado y aprobado el grado décimo de Bachillerato Técnico pueden

matricularse en grado once de Bachillerato Académico, previo concepto del comité encargado, y de

acuerdo a la disponibilidad de cupos. Igualmente regresan a la jornada donde cursaron el grado

noveno.

ARTÍCULO 14º. DERECHOS Y DEBERES DE LAS ESTUDIANTES

La estudiante para el mejor desarrollo de su proceso formativo tiene derecho a:

Ser evaluada de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.

Conocer el sistema institucional de evaluación de las estudiantes, criterios, procedimientos e

instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.

Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las

respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas

Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar las debilidades en el

aprendizaje

Conocer con anterioridad las competencias y desempeños curriculares de cada área y/o

asignaturas, como los criterios seleccionados para la evaluación de su rendimiento escolar

en forma equitativa y justa

Gozar de un calendario flexible para nivelar las competencias no alcanzadas por razones de salud, calamidad familiar, o participación en eventos donde represente al plantel.

Solicitar oportunamente y con el debido respeto ante las instancias establecidas en el Artículo 16º, la corrección de los posibles errores cometidos por los docentes en la valoración de su trabajo académico

Programar y concertar con sus profesores el calendario de evaluaciones y presentación de trabajos.

La estudiante para el mejor desarrollo de su proceso formativo debe:

Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo

Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades

Ubicarse como eje central del proceso educativo y asumir responsablemente las

orientaciones que impartan los profesores y directivos en procura de lograr una formación

integral.

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Apropiarse de los contenidos y competencias propuestas en las diferentes asignaturas

y hacer del estudio, esfuerzo y superación un medio para alcanzar metas más altas que

la simple promoción u obtención de estímulos.

Conocer los planes, programas y actividades generales de la institución.

Participar activamente en el aula, debatir, concertar, conocer y aplicar su metodología para

la construcción del conocimiento. Realizar autoevaluación permanente para detectar deficiencias y buscar estrategias que

tiendan a su superación.

Acatar las decisiones tomadas por las Comisiones de Evaluación y Promoción, luego

del debido proceso.

Cumplir oportunamente los compromisos adquiridos en cada asignatura para un mejor

rendimiento y formación.

ARTÍCULO 15º. DERECHOS Y DEBERES PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

En el proceso formativo de sus hijas, los padres de familia tienen los siguientes derechos:

Conocer el sistema institucional de evaluación SIE de las estudiantes, criterios,

procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar

Acompañar el proceso evaluativo de las estudiantes

Recibir los informes periódicos de evaluación

Recibir oportunamente respuesta a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el

proceso de evaluación de sus hijas

De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia y/o acudientes debe:

Participar a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y

procedimientos de la evaluación del aprendizaje de la estudiantes y promoción escolar

Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijas

Analizar los informes periódicos de evaluación

ARTÍCULO 16º. INSTANCIAS A SEGUIR PARA RECLAMACIONES SOBRE EVALUACIÓN

(Modificado por el Acuerdo 03 de 2013).

El docente de la Asignatura y/o Área es la primera persona que recibe la solicitud oportuna y

respetuosa de reclamación por parte de la estudiante y/o acudiente. En el caso de no ser atendida o

presentar inconformidad se dirige al Director de Grupo como instancia mediadora. De no resolverse

la situación, acude en forma escrita y con los debidos soportes al Coordinador Académico quien se

constituye en la instancia de atención individual o colectiva de ser necesario.

De persistir la situación se remite en orden jerárquico a las siguientes instancias en su orden:

Comisión de Evaluación y Promoción

Consejo Académico

Rector

Consejo Directivo.

ARTÍCULO 17º. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA

CONSTRUCCIÓN DEL PRESENTE ACUERDO (Modificado por el Acuerdo 03 de 2013).

Desde la construcción del Sistema Institucional de Evaluación 2010 y de conformidad con el

Decreto 1290 de 2009, se manifiesta la participación de la comunidad educativa como elemento

primordial del diseño de los criterios que establece la norma; por ello, se contó con la participación

de estudiantes, padres de familia, docentes y directivos docentes agrupados en el Consejo

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Estudiantil, Consejo de Padres de Familia, Asamblea de Padres de Familia, Asamblea de Docentes

y el Consejo Académico en la consolidación de este Sistema, constituyéndose en veedores del

cumplimiento de los criterios y lineamientos establecidos en él; quedando vías de participación,

consulta y sugerencias abiertas para dar respuesta efectiva a las solicitudes que se puedan

presentar.

.

ARTÍCULO 18º. MODALIDAD MEDIA TÉCNICA

Para ingresar a la modalidad Media Técnica en el grado décimo, las estudiantes deben haber

cursado y aprobado el grado noveno en esta Institución, ya que es requisito indispensable aprobar el

Área de Técnica Vocacional en la Modalidad que a bien tenga la Institución.

ARTÍCULO 19º. El presente Acuerdo rige a partir de la vigencia escolar del 2013 y deroga todas las

normas que le sean contrarias.

ARTÍCULO 20º. Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Villavicencio a los 28 días del mes de febrero del 2013.

En constancia firman:

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LIC. FANNY REYES LIC EFRAIN ALVAREZ

Representante de Docentes Representante de Docentes

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SRTA. LAURA CAMILA POVEDA URREGO SRA. MABEL CASAS

Representante de las Estudiantes Representante del ASOPADRES

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LIC. LIGIA DEL CARMEN SALDAÑA PLAZAS

Rectora