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COLECCIÓN INVESTIGACIÓN Sistema de derechos humanos y sistema penal Víctima, reparación del daño y trata transnacional María Eloísa Quintero 18

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Sistema de derechos humanos y sistema penal

Sistema de derechos humanos y sistema penal es el fruto de una acuciosa investigación sobre las conexiones e interrelaciones en ciernes entre los sis-temas referidos.

El objetivo de esta obra es el estudio y análisis de los límites, coincidencias y discrepancias, las temáticas de interconexión entre los sistemas, así como los temas que en un momento dado podrían provocar disfunciones sistémicas. Para ello se estudiaron jurisprudencias nacionales e internacionales, enfocadas a tres temas particulares: víctima, reparación del daño y trata de personas.

La publicación de Sistema de derechos humanos y sistema penal represen-ta un hito por demás destacable, puesto que la autora, María Eloísa Quintero, abordó el tema desde una perspectiva prácticamente inédita y acerca de la cual hay muy poca bibliografía.

Este libro que orgullosamente edita el Inacipe, es una muestra más de la calidad del arduo trabajo de sus investigadores y de la pertinencia de los temas abordados.

C O L E C C I Ó N I N V E S T I G A C I Ó N

Sistema de derechos humanos y sistema penalVíctima, reparación del daño y trata transnacional

María Eloísa Quintero

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anos

y s

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MARÍA ELOÍSA QUINTERO

Doctoranda en Derecho por la Universidad Austral y licenciada en Derecho por la Universidad Nacio-nal del Litoral, Argentina. En el 2004 ganó la beca del Servicio Alemán de Intercambio Académico (DAAD). Realizó tres estancias de investigación doctoral bajo la dirección del Prof. Dr Günther Jakobs en la Universidad de Bonn, Alemania y dos más en la Universidad de Sevilla y en la Universi-dad de Barcelona, España.

Desde 1999 es profesora de grado y posgrado en diversas instituciones académicas nacionales e internacionales y conferencista invitada tan-to en México como en España, Perú, Argentina, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Honduras, El Salvador y Paraguay.

Ha sido consultora para diversas instituciones como el SICA (Sistema de la Integración Cen-troamericano) e ILLA (Instituto Italo Americano), IDLO (International Developmen Law Organi-zation) Fundación para la justicia-Mexico, entre otros.

Desde el año 2007 es Profesora- investigadora del Inacipe (Instituto Nacional de Ciencias Pena-les), México.

Ha centrado su investigación en temas de De-recho penal así como algunas problemáticas de Derecho procesal penal y Derechos humanos. Tie-ne publicaciones al respecto (libros y artículos).

Algunos proyectos de ley en los que ha trabaja-do: Ley Federal de Extinción de dominio; Refor-ma a los delitos relativos a Libertad psicosexual y pornografía infantil, hoy incorporada al Código Penal Federal; Iniciativa de ley de Lavado de Di-nero y Ley General de víctimas.

ESTA PROPUESTA LA ELIGIO LA AUTORA

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COLECCIÓN INVESTIGACIÓN

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DIRECTORIO

Jesús Murillo KaraM

Procurador General de la República y Presidente de la H. Junta de Gobierno del Inacipe

Mariana Benítez tiBurcio

Subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la pgr

y Secretaria Técnica de la H. Junta de Gobierno del Inacipe

rafael estrada Michel

Director General del Instituto Nacional de Ciencias Penales

alicia Beatriz azzolini Bincaz

Encargada de la Secretaría General Académica

Jorge Martínez iglesias

Encargado de la Secretaría General de Extensión

alfonso Jesús Mostalac cecilia

Encargado de la Dirección de Publicaciones

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SISTEMA DE DERECHOS HUMANOS Y SISTEMA PENAL

Víctima, reparación del daño y trata trasnacional

Análisis de las normativas y jurisprudencias en materia de víctimas y reparación del daño; nivel de adecuación con la Ley General de Víctimas en los ámbitos local y federal

MARÍA ELOÍSA QUINTERO

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[email protected]

Sistema de derechos humanos y sistema penal. Víctima, reparación del daño y trata trasnacional© 2014 Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe)

Esta obra es producto del esfuerzo de investigadores, profesores y especialistas en la materia cuyos textos están dirigidos a estudiantes, expertos y público en general. Considere que foto-copiarla es una falta de respeto a los participantes en la misma y una violación a sus derechos.

Las opiniones expresadas en esta obra son responsabilidad exclusiva del autor y no necesaria-mente reflejan la postura del Instituto Nacional de Ciencias Penales.

ISBN: 978-607-9404-34-5Se prohíbe la reproducción parcial o total, sin importar el medio, de cualquier capítulo o información de esta obra, sin previa y expresa autorización del Instituto Nacional de Ciencias Penales, titular de todos los derechos.

Impreso en México • Printed in Mexico

Quintero, María Eloísa, autor.Sistema de derechos humanos y sistema penal: vícti-

ma, reparación del daño y trata trasnacional / María Eloísa Quintero.

–México: Instituto Nacional de Ciencias Penales, 2014. xIV, 258 páginas; 23 cm. –(Colección Investigación; 18)

Bibliografía: páginas 231-239ISBN: 978-607-9404-34-5

1. Derechos humanos – México. 2. Reforma cons-titucional – México. 3. Reparación del daño – México. 4. Procedimiento penal – México. 5. Tribunales inter-nacionales. 6. Trata de personas – México. I. Instituto Nacional de Ciencias Penales. VI. Título.

D150 Q474s Biblioteca Celestino Porte Petit (Inacipe)

Instituto Nacional de Ciencias Penales Magisterio Nacional núm. 113, Col. Tlalpan,

Del. Tlalpan, C.P. 14000, México, D.F.

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Publicaciones CapacitaciónPosgrado

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VII

CONTENIDO

Agradecimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ix

Índice de abreviaturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xI

Prólogo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xIII

Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1

I. Sistema de derechos humanos y sistema penal . . . . . . . . . . . . . . . . 7 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

Historia de los derechos humanos. Un acercamiento . . . . . . 7Derechos humanos y Derecho penal . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

Relaciones y convergencias, 16Diferencias y disidencias, 20

Algunas reflexiones a raíz de la reforma constitucional de 2011 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24La denominada reforma constitucional de dh, 24Debido proceso, 28Principios pro homine y otros principios de interpretación favorable, 35

II. Víctima y reparación del daño . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41

Concepto de víctima . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42Ley General de Víctimas, 42Principales instrumentos internacionales, 44Corte Penal Internacional y Corte Interamericana de Dere-chos Humanos, 47

Reparación del daño . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50Concepto de la Ley General de Víctimas, 50Reparación del daño en México según las cifras, 52

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SISTEMA DE DERECHOS HUMANOS Y SISTEMA PENALVIII

Análisis de Jurisprudencias y Tesis en México, 69Reparación del daño en la Corte Penal Internacional y en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, 80

Análisis de las disposiciones vigentes en las entidades federativas y en el ámbito federal; nivel de adecuación o armonización con la lgv . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 82ceav: “Diagnóstico sobre el cumplimiento de los estados para la armonización de sus legislaciones locales con la Ley General de Víctimas”, 82Diagnóstico sobre el nivel de adecuación en materia de re-paración del daño, 84Adecuación del Código Penal Federal, 186 Conclusiones; naturaleza de la reparación, 189 Reflexiones a raíz de la reparación del daño al proyectode vida, 192

III. Trata trasnacional. Especial referencia a la situación en México . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 197

Trata de personas como fenómeno sincrético . . . . . . . . . . . . . . . 197Descripción del fenómeno; diferencia entre trata

y tráfico de personas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 197Trata y delincuencia organizada y fenómeno trasnacional . . .202

Trata de personas en México; especial referencia a los migrantes . 205Migración . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 205Costo de las políticas migratorias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 208México: migración, secuestro de migrantes y tratade personas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 211

Conclusiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 221

Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 231

Anexo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 243

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AGRADECIMIENTOS

Expreso mi reconocimiento al Instituto Nacional de Ciencias Penales por fomentar la excelencia académica, la investigación y la formación de profesionistas, funcionarios e interesados. Asimismo, quiero mani-festar mi agradecimiento a su Director General, el Dr. Rafael Estrada Michel, por generar el contexto necesario para desarrollar nuestras labores de investigación, así como por aceptar e impulsar cada uno de los proyectos y actividades académicas que le hemos presentado. En el mismo sentido, agradezco al Lic. Jorge Martínez Iglesias por su apoyo sincero, su compromiso institucional y su amistad. A la Dra. Alicia Beatriz Azzolini Bincaz, por sus sugerencias; siempre es grato trabajar con quien comparte la pasión por el Derecho penal.

De igual modo, no quiero dejar de resaltar la labor de quien desde hace más de tres años como asistente de investigación me ha ayudado a concretar este y otros proyectos académicos: la Lic. Zaira Azucena Pérez Figueroa, a quien agradezco su colaboración constante y su buena disposición.

Por último, a Mayra Martínez Ramón y Angélica Margarita Her-nández Chávez, por su auxilio en la recopilación y vuelco de datos necesarios para generar las matrices y gráficas que componen esta obra.

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ABREVIATURAS

cadh Convención Americana sobre Derechos Humanoscndh Comisión Nacional de los Derechos Humanosceav Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimascedh Corte Europea de Derechos Humanoscnpp Código Nacional de Procedimientos PenalesCom idh Comisión Interamericana de Derechos HumanosCorte idh Corte Interamericana de los Derechos HumanoscpeuM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanoscpi Corte Penal Internacionaldof Diario Oficial de la Federacióndudh Declaración Universal de los Derechos Humanosecpi Estatuto de la Corte Penal InternacionaleMif Encuesta sobre Migración en la Frontera Norte de Mé-

xicoidh Índice de Desarrollo Humanoilo International Labour OrganizationinM Instituto Nacional de Migraciónlgv Ley General de Víctimaslfcdo Ley Federal contra la Delincuencia OrganizadaMp Ministerio Públicono exp. No expresamenteoiM Organización Internacional para las Migracionesoit Organización Internacional del Trabajoong Organización no gubernamentalonu Organización de las Naciones Unidaspgr Procuraduría General de la Repúblicapnud Programa de Naciones Unidas para el Desarrollord Reparación del dañori Reparación integralrpp Reglas de Procedimiento y Pruebas, cpi

scJn Suprema Corte de Justicia de la NaciónsegoB Secretaría de Gobernación

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SISTEMA DE DERECHOS HUMANOS Y SISTEMA PENALxII

setec Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal

sidh Sistema Interamericano de Derechos HumanostsJdf Supremo Tribunal de Justicia del Distrito Federaltedh Tribunal Europeo de Derechos Humanosun United NationsunaM Universidad Nacional Autónoma de Méxicounicri Interregional de Naciones Unidas para la Investigación

sobre el Delito y la Justiciaunodc United Nations Office on Drugs and Crime

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XIII

PRÓLOGO

María Eloísa Quintero es una de las mexicanas con que nos ha obse-quiado el mundo. Iberoamericana inteligente y puntual en sus análi-sis, con estudios en las más prestigiosas universidades de su natal Argentina y de la República Federal de Alemania, ha sabido imprimir en sus trabajos —fecundos y audaces— un sello muy característico que el Instituto Nacional de Ciencias Penales no puede sino agrade-cer y aprovechar.

En esta ocasión nos honramos en publicar un concienzudo estu-dio que se preocupa por hallar las innegables conexiones entre lo propiamente Penal y aquello que, cada vez más trascendente en Mé-xico, se vincula con los Derechos Humanos particularmente en lo que respecta a la nueva forma de acercamiento metodológico, nor-mativo y principialista a lo jurídico que nos impone el artículo 1º de la Constitución general de la República, con sus interpretaciones “conforme” y sus criterios pro persona.

Singular acercamiento, puesto que sintetiza los conocimientos de la experta en temas relacionados con el procesamiento criminal y la teoría del delito, con los propios de un Garantismo convencido aun-que no exento de un análisis objetivo y crítico. Tal análisis crítico es, lo sabe muy bien la profesora Quintero, la obligación y la misión de la Universidad. Pero, además, la crítica es funcional: se trata de distin-guir perfectamente entre los sistemas penales y los tutelares de Dere-chos Humanos para alcanzar lo que la autora llama una “comunión operativa” entre ambos ordenamientos de lo social. Al final, lo nues-tro es Ciencia especulativa pero también es técnica y práctica al ser-vicio de la solución a los problemas interindividuales.

En medio del reconocimiento de sus alumnos y colegas, Eloísa emprende una nueva aventura intelectual. Tal como hermosamente se rompe el hiato en su nombre, merced a un acento que como aca-démica suele poner en lo relevante, la saeta surca los aires y, rom-piendo el viento, termina por dar en el blanco: requerimos, sin metá-fora alguna, acercarnos al tratamiento a las víctimas del delito (muy

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SISTEMA DE DERECHOS HUMANOS Y SISTEMA PENALXIV

en especial a aquellas que funcionan en el texto como algo más que un ejemplo, las víctimas del delito de trata trasnacional de personas) y al funcionamiento del sistema de enjuiciamiento penal, desde la perspectiva ordenada por nuestro Estado constitucional y democráti-co de Derecho, esto es, desde la atalaya de los Derechos Humanos que son, como el adecuado proceso, universales, fundamentales e inenajenables. Piénsese simplemente en cómo síntesis operativas como la propuesta en este libro pueden llevar a más y mejores efectos en la reparación del daño sufrido por las víctimas del delito o de la violación de sus prerrogativas básicas.

Quintero lo sabe y lo expresa sin ambages pero también sin conce-siones al discurso fácil o simplificador. El Estado constitucional vive en una perpetua tensión entre la toma de decisiones legítimas y la instrumentación de medidas eficaces para garantizar la seguridad a sus habitantes o transeúntes. No se rehúye, en el libro, el acercamien-to crítico y objetivo a semejante tensión. Al final, la lectora o el lector encontrará en las páginas conclusivas una suerte nada despreciable de propuestas y soluciones.

Para mí ha constituido un inmerecido honor prologar este libro. “Los prólogos no se leen”, decía el maestro de mi maestro, Francisco Tomás y Valiente. Ojalá estas líneas no distraigan a quien tiene el texto entre sus manos del perentorio y placentero deber de adentrarse en las reflexiones de Eloísa Quintero, profesora investigadora del INACIPE para orgullo y beneficio de México.

Rafael estRada Michel

Tlalpan, enero de 2015.

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IntroduccIón

en la actualidad existe una incipiente conexión e interrelación entre sistema de derechos humanos y sistema penal. Por ejemplo, definimos conjuntamente a las víctimas de uno y otro (así en la lgv), regulamos su reparación y determinamos los daños con instituciones, alcances y con-tenidos que se entremezclan. creamos instrumentos sobre trata de per-sonas, tortura y tratos crueles e inhumanos, conjugando ambas aristas. Esa situación lleva a generar una lectura sincrética de las problemáticas, que se traduce muchas veces en soluciones de iguales características. Los resultados no son siempre positivos; en ocasiones se percibe una retroalimentación gratificante, mientras en otros se desdibujan límites y diferencias infranqueables; o lo que es peor, se pretende imponer la lectura y los criterios de un sistema sobre el otro.

Estas premisas –expresiones todas de consideraciones personales– nos motivaron a realizar la presente investigación. El objeto fue ana-lizar los límites, coincidencias y discrepancias entre el sistema de derechos humanos y el sistema penal. nos propusimos estudiar diver-sas manifestaciones, ámbitos o temáticas de interconexión, para apre-hender los puntos de retroalimentación y los tópicos que permiten una comunión, así como señalar aquellos otros que podrían generar disfunciones sistémicas; todo ello con el fin de realizar un acerca-miento que permita, una lectura panorámica sobre el tema.

En pocas palabras, estudiamos la relación que existe entre el sistema penal y el de derechos humanos. Ahora bien, por sistema penal enten-demos el “conjunto de agencias que operan la criminalización (prima-ria y secundaria) o que convergen en la producción de ésta”. En ese entendimiento, cabe hablar de “sistema en el elemental sentido de conjunto de entes, de sus relaciones recíprocas y de sus relaciones con el exterior (o ambiente)”.1 utilizaremos la expresión “sistema penal” como concepto madre, entendiendo que en este coexisten a su vez diversos “subsistemas” como son el penal en sentido estricto (con su

1 Eugenio Zaffaroni, Derecho penal. Parte general, Buenos Aires, Ediar, 2000, p. 17.

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pertinente derecho penal), el procesal y el penitenciario, entre otros, cada uno con los diversos elementos que le son propios, entre ellos sus cuerpos normativos, sus instituciones jurídicas y agencias. Por otro lado, al hablar de sistema de derechos humanos nos referimos al con-junto de elementos, normas y autopoiesis que componen el ámbito de los derechos humanos. El concepto abarca todo el sistema universal e interamericano de derechos humanos, con sus consecuentes reglas, normas, instrumentos, cortes, comisiones y otros, así como lo perti-nente en el ámbito local.

La tarea que encaramos no fue fácil, máxime cuando adentrados ya en nuestra labor, advertimos que, en su mayoría, la bibliografía trataba sobre el papel de los derechos humanos en la consolidación del Estado de derecho (sobre todo tras dictaduras militares, conflictos armados internos, entre otros),2 así como sobre la orientación y límites que imponen a la criminología3 y al derecho penal;4 pero, sobre la

2 Por todos, Antonio E. Pérez Luño, Derechos humanos, Estado de Derecho y Constitución, Madrid, tecnos, 1999; Germán Bidart campos, Teoría general de los derechos humanos, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, universidad na-cional Autónoma de México, 1989; Gílmer Alarcón requenjo, Estado de Derecho, derechos humanos y democracia. Pautas para la racionalidad jurídico-política desde Elías Díaz, Madrid, dykinson, 2011; Florabel Quispe remón y reinaldo Busta-mante Alarcón (coords.), Derechos humanos y lucha contra la impunidad. El caso Fujimori, Madrid, dykinson-Palestra, 2012.

3 Ya en la década de los ochenta el Instituto Interamericano de derechos Humanos (iidh) brindó informes y recomendaciones puntuales sobre la situación en América La-tina. Zaffaroni, siguiendo la línea que había esbozado como coordinador de las jornadas del iidh, planteó entonces una “… propuesta para la criminología latinoamericana, que puede merecer o no la denominación de ‘marco teórico’, según el criterio que se adop-te para conceder esa ‘dignidad’, pero que nosotros llamamos realismo criminológico marginal, en el cual los derechos Humanos resultan indispensables no sólo para esta-blecer la estrategia, sino como estrategia misma”. cfr. Eugenio Zaffaroni, “derechos humanos y sistemas penales en América Latina”. disponible en http://derechoshuma-nosenmovimiento.wikispaces.com/file/view/derechosHumanos_SistemasPenales_Am%c3%A9ricaLatina+-+ErZaffaroni.pdf. Publicado originalmente en Criminología en América Latina, Instituto Interregional de naciones unidas para la Investigación sobre el delito y la Justicia (unicri), publicación n2 33, roma, mayo de 1990.

Instituto Interamericano de derechos Humanos, Sistemas penales y derechos hu-manos en América Latina. Primer informe, Buenos Aires, depalma, 1984. Véase tam-bién del iidh, Sistemas penales y Derechos Humanos. Informe final, el cual contiene más de trescientas recomendaciones.

4 Víctor Manuel Quintero (ed. y coord.), Temas de Derecho penal y violaciones a derechos humanos, Perú, Instituto de democracia y derechos Humanos de la Ponti-

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IntroduccIón 3

perspectiva que nos propusimos, prácticamente no encontramos ma-terial.

Para cumplir nuestro cometido debimos recurrir a distintas fuentes, entre ellas, jurisprudencia del ámbito internacional y nacional, instru-mentos del derecho internacional de los derechos humanos, norma-tivas locales de referencia, informes de instituciones públicas o privadas, estadísticas, cifras y acervo doctrinario general.

ficia universidad católica del Perú (idehpucp), 2012; Sergio García ramírez, Dere-chos humanos y Derecho penal, México, unaM. disponible en http://bibliojuridicas.unam.mx/libros/2/848/9.pdf Mir Puig, Derechos humanos y límites al Derecho penal disponible en http://www.ivac.ehu.es/p278- content/es/contenidos/informacion/ivc-kei_antonio_beristain_ipina/es_antonio/adj untos/04620482 .pdf; Emilio Álvarez Icaza, Los derechos humanos en México, México, nosotras, 2009; Mario Álvarez Le-desma (coord.), Derechos humanos y víctimas del delito, México, Instituto nacional de ciencias Penales, 2004; J. Ballesteros, edit., Derechos Humanos: concepto, funda-mento, sujetos, Madrid, tecnos, 1992; Mauricio Beuchot, Derechos Humanos, histo-ria y filosofía, Fontamara, México, 2002; Miguel carbonell, Los derechos fundamen-tales en México, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unaM, 2004; Jorge carpizo, Derechos Humanos y Ombudsman, México, unaM-cndh, 1993; ós-car correas, Acerca de los Derechos Humanos, México, Fontamara, 2002; Héctor, Fix Zamudio, “Avances y perspectivas de la protección procesal de los derechos huma-nos en Latinoamérica”, en Memorias. VI Congreso Iberoamericano de Derecho Cons-titucional, Santa Fe de Bogotá, universidad Externado de colombia, tomo II., 1998; del mismo autor, “La protección jurídica de los derechos humanos en Latinoaméri-ca: hábeas corpus, amparo y ombudsman” en El derecho público de finales de siglo. Una perspectiva Iberoamericana, dirigida por Eduardo García de Enterría y Miguel clavero Arévalo, Madrid, Fundación BBV-civitas, 1997; G. Peces-Barba, “Sobre el puesto de la Historia en el concepto de los derechos fundamentales”, en Anuario de Derechos Humanos, 4, 1986-87; Antonio Enrique Pérez Luño, Los derechos fun-damentales, 3a ed., Madrid, tecnos, 1988; Antonio Enrique Pérez Luño, Derechos humanos, Estado de Derecho y Constitución, Madrid, tecnos, 1991; Luis Prieto San-chis, Estudios sobre derechos fundamentales, Madrid, Editorial debate, 1990; José de Jesús orozco Enríquez, Los derechos humanos de los mexicanos, México, cndh, 1994; Joaquín rodríguez-toubes Muñiz, La razón de los derechos. Perspectivas ac-tuales sobre la fundamentación de los Derechos Humanos, Madrid, tecnos, 1995; Pedro Salazar ugarte, “Estado de excepción, suspensión de derechos y jurisdicción”, en Derechos humanos en la Constitución. Comentarios de jurisprudencia constitucio-nal e interamericana, t. I. México, iiJ-unaM/scJn, 2013; Javier Saldaña y Mauricio Beuchot, Derechos Humanos y naturaleza humana, México, Instituto de Investiga-ciones Filológicas de la unaM, 2000; Eduardo San Miguel Aguirre, Derechos Huma-nos, legislación nacional y Tratados internacionales, México, comisión nacional de los derechos Humanos, 1994; césar Sepúlveda, Estudios sobre Derecho Internacional

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SISTEMA DE DERECHOS HUMANOS Y SISTEMA PENAL4

tuvimos que abarcar también diversas áreas. Estudiamos manifes-taciones del sistema de los derechos humanos en el nuevo sistema procesal mexicano, para lo cual trabajamos con los códigos de las entidades federativas, más los códigos modelos que por entonces se propusieron (entre ellos, el de Setec) a lo cual sumamos la normativa que se publicó mientras concluíamos esta obra: el código nacional de Procedimientos Penales.5 La dinámica la enfocamos a la luz de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, con los alcances y repercusiones que ésta acarrea. Así, en el capítulo I se acercarán las conclusiones relativas al estudio del debido proceso, el principio pro homine y las contiendas por solucionar en el ámbito procesal local, tras la incorporación de este y otros principios de dere-chos humanos, en especial en relación con la víctima y su papel en el proceso.

Estudiamos también los aportes jurisprudenciales del sistema de los derechos humanos, en especial aquellos brindados por la corte Inte-ramericana de derechos Humanos (corte idh). El alcance de este objetivo lo realizamos casi exclusivamente con la lectura y el estudio de los casos más emblemáticos. En ese tenor, y a fin de exponer las conclusiones que se iban perfilando, elegimos dos temáticas específicas que ejemplifican diversas aristas de los interrogantes planteados.

Por ello, en el capítulo II analizamos: a) El concepto de víctima y b) los alcances de la reparación del daño. Los tópicos elegidos son actuales en virtud de las recientes leyes y reformas de México (re-forma constitucional de 2008, reforma en materia de derechos huma-nos, Ley General de Víctimas, entre otras); pero también la carta Magna nos invita a hacerlo. A saber, desde el año 2008 el artículo 20

y Derechos Humanos, México, comisión nacional de los derechos Humanos, 1991; Juan n. Silva Meza, Fauzi Hamdam Amad, Clínicas de los Derechos Humanos: una alternativa para la educación jurídica y la sociedad, México, Libre de derecho, 2011; carlos r. terrazas, Los Derechos Humanos en las Constituciones Políticas de México, México, Miguel Ángel Porrúa, 1991; Luis de la Barreda, Los derechos humanos, una conquista irrenunciable, México, conaculta, 2006; del mismo autor, “derechos hu-manos: la confesión coaccionada”, Nexos, núm. 151, páginas X a XII, México, julio 1990; del mismo autor, “Los derechos humanos”, Nexos, núm. 269, páginas 51 a 52, México, mayo 2000; del mismo autor, “derechos humanos”, en El derecho penal a juicio, México, Inacipe, 2007; del mismo autor, “derechos humanos y derecho penal, Nexos, núm. 199, México, julio 1994 y Justicia penal y derechos Humanos, 3a ed., México, Porrúa. 2003.

5 disponible http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/cnPP.pdf

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IntroduccIón 5

constitucional expresa: el objeto del proceso penal es llegar a la verdad, culpar al culpable, salvar al inocente y reparar el daño. Esto conlleva un cambio sobre el que poco o nada se ha dicho: la reparación del daño –materia accesoria, secundaria, de carácter civil según muchos–que se permitió ejercer en el ámbito penal, ha sido consagrada como un objeto del proceso penal, tan propio y principal como la búsqueda de la verdad o la imposición de responsabilidad. Por eso hemos optado por estudiar a la víctima y su consecuente reparación.

En el primer caso analizamos distintos aspectos, a fin de cotejar la coincidencia y homologación que hay entre la Ley General de Vícti-mas, los principales instrumentos internacionales y las tendencias de las cortes internacionales. En relación con la reparación del daño bus-camos estudiar los alcances de la reparación integral, las cifras sobre sentencias y condenas en México, las tendencias y las implicancias de aquellas. Encaramos un estudio de las Jurisprudencias y tesis vigentes, a fin de inducir el verdadero contenido de los conceptos daño mate-rial, daño moral, perjuicio, restitución, entre otros, tras lo cual acer-camos un extracto de los criterios jurisprudenciales en materia de reparación del daño. Pero el análisis normativo estructural no se con-sumaba con lo anterior; consideramos indispensable investigar qué nivel de adecuación al concepto de reparación integral (lgv) tenían las entidades federativas, el distrito Federal y la federación. Por eso, tras el estudio pertinente, generamos un diagnóstico, mismo que acer-camos como parte de esta investigación.

cumplida esta labor nos abocamos al estudio de una situación par-ticular: la trata de personas, en especial aquella generada tras el secues-tro de migrantes en México. Elegimos dicha temática no sólo por su gravedad y actualidad, sino porque por la misma transita la plataforma del sistema de derechos humanos y del sistema penal. En ese tenor, y a fin de advertir los principales desafíos, analizamos el fenómeno, así como el delito en comento, sus características trasnacionales y su vínculo con otros ilícitos. Estudiamos luego la relación entre migración ilegal, delincuencia organizada y trata de personas, para finalmente hablar del secuestro de migrantes en México. centrados ya en este punto, analizamos las responsabilidades que los fenómenos estudiados acarrean. Planteamos así los reproches desde el ámbito penal, así como las responsabilidades en que puede estar inmerso el Estado mexicano por incumplimiento de sus obligaciones internacionales. todo lo ante-rior como muestra sincrética de la interacción de los dos sistemas.

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