sistema concursal

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UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS. UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS. FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES. FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES. CURSO: FINANZAS BÁSICAS. CURSO: FINANZAS BÁSICAS.

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Economy & Finance


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SISTEMA CONCURSAL

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Page 1: Sistema concursal

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS.UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS.

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES.FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES.

CURSO: FINANZAS BÁSICAS.CURSO: FINANZAS BÁSICAS.

Page 2: Sistema concursal

PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO DEL SISTEMA DEL SISTEMA CONCURSALCONCURSAL

Page 3: Sistema concursal

SISTEMA CONCURSAL Es un conjunto de procedimientos que tienen por objetivo la

protección del crédito, la permanencia de la unidad productiva y el patrimonio de la empresa. Los agentes del mercado procurarán una asignación eficiente de sus recursos durante los procedimientos concursales orientando sus esfuerzos a conseguir el máximo valor del patrimonio en crisis.

FINALIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES

FINALIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES

Propiciar un ambiente idóneo para la negociación entre los acreedores y el deudor sometido a concurso, que les permita llegar a un acuerdo de reestructuración o, en su defecto, a la salida ordenada del mercado, bajo reducidos costos de transacción.

Page 4: Sistema concursal

Historia de la Legislación Concursal en el Perú

Ley General del Sistema

Concursal (Ley N° 27809)

2002

Ley N° 2870904/2006

Page 5: Sistema concursal

PRINCIPIOS

Page 6: Sistema concursal
Page 7: Sistema concursal

Aplicación de la ley

La ley se aplica obligatoriamente a los procedimientos concursales de los deudores que se encuentren domiciliados en el país.

La ley se aplica obligatoriamente a los procedimientos concursales de los deudores que se encuentren domiciliados en el país.

No se encuentran comprendidas en la Ley, como deudores, las entidades que integran la estructura del Estado, tales como los organismos públicos y los demás entes de derecho público; las administradoras privadas de fondos de pensiones, las personas que forman parte del sistema financiero o del sistema de seguros, y aquéllas a las cuales la SMV ( Ex Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores –CONASEV) otorga autorización de funcionamiento. Asimismo, tampoco se encuentran comprendidas en la Ley los patrimonios autónomos, salvo las sociedades conyugales y sucesiones indivisas.

No se encuentran comprendidas en la Ley, como deudores, las entidades que integran la estructura del Estado, tales como los organismos públicos y los demás entes de derecho público; las administradoras privadas de fondos de pensiones, las personas que forman parte del sistema financiero o del sistema de seguros, y aquéllas a las cuales la SMV ( Ex Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores –CONASEV) otorga autorización de funcionamiento. Asimismo, tampoco se encuentran comprendidas en la Ley los patrimonios autónomos, salvo las sociedades conyugales y sucesiones indivisas.

Artículo Nº 2

Page 8: Sistema concursal

Información de los procedimientos concursales

Artículo Nº 10

Carácter de declaración jurada de la información presentada

Artículo Nº 13

Acceso a la información concursal

Toda información presentada tiene carácter de declaración jurada. El representante legal, el propio acreedor y el deudor, según el caso, serán responsables de la veracidad de la información y la autenticidad de los documentos presentados.

Los acreedores tienen el derecho de acceder a toda la información que requieran para tomar decisiones en los procedimientos concursales, sin perjuicio de las excepciones contempladas en la Constitución y en el marco legal vigente. Es obligación de los deudores y de las entidades administradoras y liquidadoras brindar dicha información.

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Page 10: Sistema concursal

PROCEDIMIENTO CONCURSAL PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO (P.C.O.)ORDINARIO (P.C.O.)

Page 11: Sistema concursal

REQUISITOS DE PROCEDENCIAREQUISITOS DE PROCEDENCIA

1. PÉRDIDA PATRIMONIAL O CESACIÓN DE PAGOS

Page 12: Sistema concursal

REQUISITOS DE PROCEDENCIAREQUISITOS DE PROCEDENCIA

2. SOLICITUD DE REESTRUCTURACIÓN O LIQUIDACIÓN

Page 13: Sistema concursal

REQUISITOS DE PROCEDENCIAREQUISITOS DE PROCEDENCIA

Page 14: Sistema concursal

2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.

I. Inicio a pedido del deudor

Resumen ejecutivo:

a)El inicio del PCO

b) La viabilidadeconómica de susactividades, de ser elcaso.c) Los medios parasolventar lasObligacionesadeudadas.

Copia del acta de laJuntade Accionistas u

órganocorrespondiente en laque conste el acuerdo

deacogimiento al PCO.

Copias del BalanceGeneral, Estado deGanancias y Pérdidas,Estado de Cambios en elPatrimonio Neto, delEstado de Flujos deEfectivo ( los 2 últimosaños) y de un cierremensual de unaantigüedad no mayor de2 meses.

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Page 15: Sistema concursal

Relación detallada de obligaciones (incluidas las contingentes). Dicha información deberá coincidir con el contenido del Balance.

Declaración jurada de existencia o inexistencia de vinculación con cada uno de sus acreedores.

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En el caso de personas naturales o sociedades conyugales, no se presentará la información contable exigida por la LGSC.

3. EXCEPCIONES EN LOS REQUISITOS:3. EXCEPCIONES EN LOS REQUISITOS:

Page 16: Sistema concursal

Uno o varios acreedores impagos

Créditos exigibles vencidos y no pagados

Que en conjunto

superen 50 UIT

Luego de 30 días siguientes a su vencimiento.

Que posean:

Podrán solicitar:

El inicio del Procedimiento Concursal Ordinario.

II. Inicio a pedido de acreedor:

No garantizados con bienes del deudor o

terceros

Que el deudor no se encuentre tramitando su disolución o liquidación. (bajo amparo de la LGS)

1. REQUISITOS DE PROCEDENCIA.1. REQUISITOS DE PROCEDENCIA.

Page 17: Sistema concursal

2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.

Page 18: Sistema concursal

a) Pagando el íntegro de los créditos objeto del emplazamiento.b) Ofreciendo pagar el íntegro de los créditos.c) Oponiéndose a la existencia, titularidad, exigibilidad o cuantía de los créditos.d) Allanándose a la solicitud.

Alternativas del emplazado:

Page 19: Sistema concursal

III. Inicio por mandato judicial:

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PROCEDIMIENTO CONCURSAL PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO (PCP)PREVENTIVO (PCP)

Page 21: Sistema concursal

DIFUSIÓN DEL PROCEDIMIENTODIFUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTOS EN LA LGSCPROCEDIMIENTOS EN LA LGSC

Page 22: Sistema concursal
Page 23: Sistema concursal
Page 24: Sistema concursal

A. EN EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO (PCO):

Decisión respecto del destino del deudor (reestructuración o liquidación)

Decisión respecto de la administración del deudor.

Aprobación del plan de Reestructuración o Convenio de Liquidación.

B.EN EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO (PCP):

Aprobación del Acuerdo Global de Refinación.

Desaprobación del Acuerdo Global de Refinación e inicio del PCO

JUNTA DE ACREEDORESJUNTA DE ACREEDORES

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REESTRUCTURACIÓNREESTRUCTURACIÓN

Régimen de administración temporal

Page 26: Sistema concursal

REESTRUCTURACIÓNREESTRUCTURACIÓN

Plan de reestructuración (contenido)

Page 27: Sistema concursal

REESTRUCTURACIÓNREESTRUCTURACIÓN

Page 28: Sistema concursal

LIQUIDACIÓNLIQUIDACIÓN

Régimen de administracióna)Entidad registrada ante INDECOPI.Régimen de administracióna)Entidad registrada ante INDECOPI.

Convenio de liquidacióna)Proyección de gastos estimada por el Liquidador para el procesob)Honorarios del liquidador, así como su forma y oportunidad de pago.c)Modalidad y condiciones de realización de los bienes del deudor.d)Régimen de intereses.

Convenio de liquidacióna)Proyección de gastos estimada por el Liquidador para el procesob)Honorarios del liquidador, así como su forma y oportunidad de pago.c)Modalidad y condiciones de realización de los bienes del deudor.d)Régimen de intereses.

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LIQUIDACIÓN DE OFICIOLIQUIDACIÓN DE OFICIO

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QUIEBRAQUIEBRA

Page 31: Sistema concursal