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SISTEMA DE GESTION SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO XXXXX BOGOTÁ D. C.

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ELABORACION DE UN SG - SST DE SALUD OCUPACIONAL

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SISTEMA DE GESTION SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOXXXXX

BOGOTÁ D. C.FEBRERO DE 2013

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TABLA DE CONTENIDOS

I. Introducción

II. Justificación

III. Definición Estratégica

IV. Marco Legal

V. SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL1. Estructura del Sistema

1.1. Objetivos1.2. Estructura Organizacional1.3. Recursos1.4. Funciones y Niveles de responsabilidad1.5. Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO

2. Política de Salud Ocupacional3. Diagnóstico de Condiciones de Salud y Trabajo4. Matriz de peligros5. Subsistema de Medicina Preventiva y del Trabajo

5.1 . Objetivos5.2 . Prevención Primaria5.3 . Prevención Secundaria5.4 . Prevención Terciaria

VI. Glosario

I. INTRODUCCION

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El TRABAJO es la base y fundamento de la vida social e individual. Es la actividad por medio de la cual el hombre se relaciona con la naturaleza para satisfacer sus necesidades y desarrollarse a sí mismo. Dentro del medio laboral, el trabajador interactúa con diferentes condiciones de trabajo que pueden afectarlo positiva o negativamente. Por esto se dice que el trabajo puede convertirse en un instrumento tanto de salud como de enfermedad para el individuo, la empresa y la sociedad.

Se establece una relación directa entre la SALUD y el TRABAJO entendida como el vínculo del individuo con la labor que desempeña y la influencia que sobre la salud acarrea dicha labor. Este conjunto de variables que definen la realización de la tarea y el entorno en que ésta se realiza se denominan CONDICIONES DE TRABAJO y están constituidas por factores del ambiente, de la tarea y de la organización. Los efectos mayores de las condiciones de trabajo desfavorables son los accidentes de trabajo, enfermedades laborales, ausentismo, rotación de personal y mal clima organizacional que se traducen en una disminución de la productividad de la empresa y en un deterioro de la calidad de vida de los trabajadores.

La Salud Ocupacional busca con la intervención de varias disciplinas y con la participación activa de todos los niveles de la empresa, mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, mediante acciones coordinadas de promoción de la salud y la prevención y control de los riesgos, de manera que faciliten el bienestar de la comunidad laboral y la productividad de la empresa. Estas acciones se materializan en el SISTEMA DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO entendido como la planeación, organización, ejecución y evaluación de las intervenciones sobre las Condiciones de Salud (medicina preventiva y del trabajo) y de Trabajo (higiene y seguridad industrial), tendientes a mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.

Por todo lo anterior se justifica la elaboración e implementación de un SISTEMA DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO que garantice el mejoramiento continuo de las Condiciones de Salud y Trabajo y el bienestar de los trabajadores, para que se desempeñen de una manera adecuada y eficiente permitiendo su crecimiento personal y familiar y a la vez el mejoramiento de la productividad de la empresa. Mediante el SISTEMA DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, implementa acciones con el fin de mantener condiciones laborales que garanticen el bienestar y la salud de los trabajadores y la productividad de la empresa.

De acuerdo al decreto 1295 del 22 de junio de 1984, capítulo VI dado por el Ministerio de Gobierno de la República de Colombia delegatario de funciones presidenciales, XXXXX, ha evaluado y mejorado el SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL, con el objetivo de garantizar el bienestar de la empresa.

La implantación de este sistema, tendrá en cuenta la protección e integridad de los trabajadores de acuerdo al estudio del matriz de peligros, según su actividad económica y estará respaldado por las directivas y cumplimiento de los deberes de los empleados.

El presente SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL, abarca las instalaciones y actividades de XXXXX, la cual es una empresa dedicada a actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico incluye solamente empresas dedicadas a actividades de obra de construcción, dirección de obras de construcción, arquitectura, ingeniería y agrimensura,

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explotación y prospección geológicas, asesoramiento técnico conexo incluye solamente a empresas dedicadas a diseño industrial y de máquinas con intervención directa en la obra

II. JUSTIFICACION

El trabajo es la principal actividad que realiza el ser humano día a día con el fin de obtener una meta o alcanzar un objetivo para esto requiere un ámbito laboral adecuado, en donde pueda desarrollar plenamente sus habilidades y generar a la empresa un máximo rendimiento por lo que XXXXX considera indispensable implementar el SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL, para garantizar a nuestros trabajadores un ambiente seguro y con factores de riesgos controlados, lo que trae consigo disminución de accidentes laborales y enfermedades laborales

III. DEFINICION ESTRATÉGICA

Dentro de sus políticas XXXXX, no solo ha establecido un claro compromiso con el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de Salud Ocupacional, sino que por convicción ha querido hacer de este tema, una condición necesaria para una correcta prestación de nuestros servicios.

Esto implicó que partiendo de reconocer nuestras debilidades en este campo, se hubiese adoptado como herramienta de mejoramiento continuo, el presente SISTEMA GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO; que se constituye además en la guía que orienta nuestro trabajo al respecto de este muy importante asunto.

Este sistema no se limita a los aspectos relativos a la protección de la integridad física de las personas que se ven involucradas en las actividades que realizamos y a la prevención de los accidentes y enfermedades laborales, sino que además contiene las políticas de la empresa.

En relación con aspectos vitales para la sociedad, como son los relativos al Medio Ambiente y aquellos relacionados con el consumo del tabaco, alcohol y drogas. El SISTEMA DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO es de obligatorio cumplimiento y cuenta con la aprobación y respaldo de la Gerencia de la organización. Así mismo, se ha nombrado como responsable del sistema al Coordinador de Salud Ocupacional, quien deberá cumplir con las funciones establecidas dentro del mismo.

IV. MARCO LEGAL.

La integridad de la vida y salud de los trabajadores constituye una preocupación de interés público en que participan el gobierno y los particulares. En este sentido el Gobierno Nacional ha establecido una serie de directrices legales sobre los cuales deben encaminarse las Actividades de Salud Ocupacional para garantizar el mejoramiento de las condiciones de trabajo de la población laboral colombiana. El marco legal está dado por lineamientos constitucionales, convenios internacionales de la OIT, normas del Código Sustantivo del Trabajo, y por:

La Ley 9 de 1.979, establece la obligación de contar con un Programa de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo. Ley Marco cuyo objetivo básico es “preservar y mejorar la salud de los

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trabajadores, protegiéndolos de los factores de riesgo derivados de las condiciones laborales, ubicándolos en una labor de acuerdo con sus aptitudes psico - fisiológicas, es decir adaptando el trabajo al hombre y cada hombre a su trabajo”

En el título III establece la obligación de contar con un programa permanente de salud ocupacional, quedando sujetos a las disposiciones todos los empleadores, contratistas y trabajadores del país.

Resolución 2400 de 1.979, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por la cual se establecen disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo, que establece el reglamento general de seguridad e higiene industrial.

Decreto 614 de 1.984, en su artículo 28, establece que los sistemas de salud ocupacional deben realizarse en todo lugar de trabajo, y su organización y funcionamiento tendrá en cuenta como mínimo lo siguiente:

- El sistema será de carácter permanente

- Estará constituido por actividades de medicina preventiva y del trabajo, la de higiene y seguridad industrial y el funcionamiento del comité paritario

Decreto Ley 1295 de 1.994, el cual determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos laborales.

Resolución 2013 de 1.986, la cual reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional.

Resolución 1016 de 1.989, reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Sistemas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores del país.

Resolución 6398 de Diciembre de 1.991, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre la obligatoriedad del empleador de ordenar la práctica de exámenes médicos de admisión, y la no renuncia a prestaciones por perturbaciones o deficiencias al momento de establecer una relación laboral con empresas inscritas en el sistema de seguridad social.

Ley 100 de 1993 y Decretos 1295, 1771 y 1772 de 1994, organizan el Sistema General de Riesgos laborales como parte de la reforma de la seguridad social, a fin de fortalecer y promover las condiciones de trabajo y de salud de los trabajadores en los sitios donde laboran. El sistema aplica a todas las empresas y empleadores.

Decretos 1832, de 1994 y 2100 de 1995, que determinan las tablas de clasificación de actividades económicas y de enfermedades laborales.

Resolución 3941 de 1.994, del Ministerio de Trabajo, donde determina que la práctica de la prueba de embarazo como prerrequisito para que la mujer pueda acceder a un empleo u ocupación queda prohibida, excepto para aquellos empleadores de actividades catalogadas legalmente como de alto riesgo.

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Decreto 692 y 1436 de 1995, donde se reglamenta el Manual de Calificación de invalidez.

Decreto 2150 de 1995, donde, en el Artículo 116 se refiere a la inscripción de las empresas clasificadas como de alto riesgo (clases 4 y 5) a las Direcciones Regionales y Secciónales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social antes del 5 de Febrero de 1996

Decreto 1530 de 1996, donde se reglamentan los procedimientos de afiliación a las ARP, de

clasificación de empresas con varios frentes de trabajo, reporte e investigación de accidentes de trabajo con muerte del trabajador y actividades relacionadas con empresas de servicios temporales: afiliación al Sistema de Seguridad Social, suministro de elementos de protección personal, inducción al programa y actividades a cargo de las empresas usuarias.

Ley 1562 de 2012, por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.

V. SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL

1. ESTRUCTURA DEL SISTEMA

1.1 OBJETIVOS

Objetivo general Delinear, desarrollar y evaluar el SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL, el cual

estará constituido por las actividades de medicina preventiva y del trabajo, las de higiene y seguridad industrial y el funcionamiento del comité paritario.

Objetivos Específicos Dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en materia de Salud Ocupacional,

según Constitución Política de 1991, Código Sustantivo del trabajo y resoluciones reglamentarias, ley 9 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 1016 de 1989, Resolución 2013 de 1986, ley 100 de 1993 y Decreto 1295 de 1994

Realizar un diagnostico de las condiciones de trabajo mediante el diseño del matriz de peligros, con el fin de identificar los riesgos propios de cada empresa y minimizarlos.

Garantizar al trabajador un sitio de trabajo acorde con las actividades que desempeña, procurando su seguridad y bienestar.

Garantizar que las aptitudes cognitivas y psicológicas del trabajador se adecuen a las funciones propias del sitio de trabajo con el fin de lograr un máximo rendimiento.

Minimizar los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, con el fin de disminuir el ausentismo, pérdidas de tiempo laboral y costos de seguros.

Realizar actividades multidisciplinarias orientadas a la promoción, prevención y control de riesgos laborales con el fin de brindarle al trabajador un adecuado y seguro ambiente laboral.

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Realizar valoraciones médicas ocupacionales de ingreso, periódicos y de retiro a todos los trabajadores, asociado a exámenes de laboratorio teniendo en cuenta la actividad laboral.

1.2 Estructura Organizacional

1.2.1 Generalidades

XXXXX es una empresa dedicada a actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico incluye solamente empresas dedicadas a actividades de obra de construcción, dirección de obras de construcción, arquitectura, ingeniería y agrimensura, explotación y prospección geológicas, asesoramiento técnico conexo incluye solamente a empresas dedicadas a diseño industrial y de máquinas con intervención directa en la obra.

1.2.1.1 UbicaciónSe encuentra ubicada en la Autopista Medellín Km 3,5 Centro Empresarial Metropolitano en zona rural del municipio de Cota – Cundinamarca.

1.2.1.2 Actividad Económica5724101: Empresas dedicadas a actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico incluye solamente empresas dedicadas a actividades de obra de construcción, dirección de obras de construcción, arquitectura, ingeniería y agrimensura, explotación y prospección geológicas, asesoramiento técnico conexo incluye solamente a empresas dedicadas a diseño industrial y de máquinas con intervención directa en la obra.

1.2.1.3 Centros de trabajo La empresa cuenta con diferentes frentes de obra de acuerdo a los contratos que se firman por la gerencia 1.2.1.4 Organización del Trabajo

1.2.1.4.1 Formas de ContrataciónTodos los trabajadores al servicio de la empresa XXXXX, se encuentran vinculados a través de contrato por obra o labor contratada, término fijo e indefinido, amparados por el Ministerio de Trabajo.

1.2.1.4.2 Horario de trabajoLos horarios de trabajo están sujetos a los frentes de obra en cuales se realizan los pilotajes

1.2.3 Recursos

1.2.3.1 Recursos HumanosLos recursos humanos que garantizarán el adelanto de las actividades del SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL estarán representados en la empresa directamente con un presupuesto anual asignado y como asesor a la ARL POSITIVA, en la cual se están cotizando los riesgos laborales de la empresa y asesores externos para actividades especiales.

1.2.3.2 Recursos Físicos

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La empresa aportará espacio físico adecuado para la realización de los eventos de capacitación, exámenes, prácticas para dar desarrollo al SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL, también se tendrá en cuenta el espacio

1.2.3.3 Recurso Financiero La empresa ha optado por una modalidad de contar con un presupuesto para el desarrollo de sistemas de control y desarrollo del SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL.

1.2.4 Funciones y Niveles de Responsabilidad

Gerencia General Formular, divulgar y asumir una política explícita del programa de salud ocupacional que

considere conveniente para la Empresa. Garantizar condiciones de trabajo seguras que protejan a los trabajadores de los riesgos reales

y/o potenciales presentes en el medio ambiente laboral y que contribuyan al bienestar físico, mental y social de los mismos.

Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores.

Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional de la Empresa y procurar su financiación

Estudiar la factibilidad técnica y económica de las medidas de control y en casos necesarios de alternativas eficaces.

Destinar los recursos humanos, técnicos y financieros indispensables para el desarrollo del programa de salud ocupacional según la actividad económica, magnitud y severidad de los riesgos y el número de trabajadores expuestos.

Llevar a cabo la interventoría en Salud Ocupacional a fin de realizar los ajustes Administrativos, presupuestales y técnicos operativos que exija su desarrollo.

Vigilar el cumplimiento de la legislación vigente.

Coordinadores que dependen directamente de la gerencia. Cumplir y hacer cumplir las políticas, objetivos y normas establecidos con relación al SISTEMA

DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Motivar y fomentar la práctica de métodos seguros de trabajo.

Responsabilizarse por la seguridad integral del área y el personal a su cargo.

Participar activamente en tareas de inducción y capacitación permanente de los Empleados.

Facilitar y estimular la asistencia de los trabajadores a las reuniones de capacitación.

Velar porque todos los accidentes e incidentes sean reportados, registrados e Investigados en forma adecuada.

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En caso de accidente de trabajo, asegurar la atención inmediata y el traslado a un Centro asistencial del lesionado.

Dirección del Programa de Salud Ocupacional (Coordinadora de Salud Ocupacional) Ejecutor del programa Asumir la dirección del programa, formulando los objetivos, metas y procedimientos

administrativos adecuados a la empresa en materia de prevención de riesgos profesionales. Cumplir y hacer cumplir las políticas, objetivos y normas establecidas con relación al

programa de salud ocupacional

Explicar a proveedores y clientes de, políticas y normas de salud ocupacional.

Realizar auditorías periódicas a la gestión del programa de salud ocupacional.

Supervisar el desarrollo de los subprogramas y funcionamiento del comité paritario de salud ocupacional a través del coordinador de Salud Ocupacional.

Liderar las actividades del SGSST que le correspondan.

Proponer y desarrollar programas específicos de vigilancia epidemiológica según los riesgos presentes y potenciales.

Ejecutar el presupuesto de Salud Ocupacional de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Dirección y al cronograma del Sistema.

Asesor de Prevención ARL Elaborar y actualizar el programa de salud ocupacional y el matriz de peligros.

Realizar visitas periódicas a las diferentes áreas de trabajo para supervisar los métodos de trabajo y las medidas implementadas.

Elaborar y actualizar las normas de trabajo seguro.

Responsabilizarse por la seguridad integral del área.

Verificar que todos los empleados estén protegidos por una ARL y afiliados a una EPS

Adelantar estudios de control y valoración de riesgos, proponiendo medidas de control específicas y velando por su aplicación.

Promover campañas de sanidad e higiene en trabajadores.

Realizar actividades de capacitación y educación para empleados de todos los niveles de la organización

Facilitar y estimular la asistencia de los trabajadores a las reuniones de capacitación.

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Divulgar las normas expedidas por las autoridades competentes y promover su cumplimiento.

Mantener constante comunicación con entidades asesoras en el tema y tomar parte activa en las actividades programadas por dichas organizaciones.

Promover el registro y análisis actualizado del personal empleado, accidentalidad, ausentismo, programas que se siguen, distribución de elementos de seguridad y control, asegurándose que se cuenta con elementos de registro suficientes y adecuados.

Recopilar, analizar y difundir la información suministrada por los trabajadores respecto a las actividades adelantadas en el cumplimiento del programa.

Formar y coordinar las brigadas de emergencia.

Analizar los exámenes de ingreso, egreso y periódicos de acuerdo a los objetivos del programa, evaluando la pertinencia de pruebas realizadas.

Evaluar y ajustar en forma periódica la gestión del programa de salud ocupacional

Apoyar a la dirección del Programa en la gestión de salud ocupacional, asesorándola en la formulación de políticas, objetivos, metas, procedimientos administrativos y técnicos relacionados con el área.

Informar a la Gerencia sobre la gestión de salud ocupacional en la empresa, coordinar su desarrollo y vigilar su cumplimiento.

Verificar el cumplimiento de la política por parte de los miembros de la empresa, prestándoles apoyo para que cumplan con las responsabilidades establecidas respecto al programa de salud ocupacional.

Definir los sistemas de control necesarios.

Establecer el programa de capacitación para los trabajadores, en materia de salud ocupacional, estableciendo las estrategias de motivación, participación y evaluación.

Promover la formación y funcionamiento del comité paritario

Notificar a la ARL a la que se encuentre afiliada la Empresa los accidentes y enfermedades profesionales dentro de los dos días hábiles siguientes y registrar las actividades desarrolladas dentro del programa

Comité Paritario de Salud Ocupacional Velar porque la promoción en salud ocupacional se lleve a cabo en forma permanente para

lograr el compromiso y la participación activa de todas las instancias de la empresa.

Conocer los puestos de trabajo y los riesgos propios de cada uno de ellos.

Conocer el Programa de Salud Ocupacional para controlar el cumplimiento del cronograma del mismo.

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Participar en la evaluación de las actividades de Salud Ocupacional.

Velar porque la elección de los nuevos miembros del Comité Paritario se realice en forma democrática, asegurando que todos los trabajadores tengan derecho a elegir y ser elegidos.

Velar para que el empleador realice ante la ARP el reporte oportuno y veraz de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y participar en la investigación de los mismos, además de proponer medidas preventivas o correctivas.

Participar en la planificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas tecnologías.

Colaborar en la divulgación del Programa y las actividades del mismo para lograr una participación activa de los trabajadores.

Todos los empleados Procurar el cuidado integral de su salud.

Participar en la prevención de los riesgos profesionales a través del Comité paritario de salud ocupacional.

Suministrar información clara, veraz, oportuna y completa sobre su estado de salud.

Informar inmediatamente la ocurrencia de un accidente o incidente.

Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del programa de salud ocupacional de la empresa.

Informar oportunamente a sus superiores la presencia de condiciones de trabajo que resulten peligrosas para la salud y la seguridad.

Conservar el orden y aseo en los diferentes sitios de trabajo.

Utilizar adecuadamente las instalaciones, elementos de trabajo y de protección personal así como de los dispositivos de control asignados por la empresa para el desarrollo de sus labores.

No introducir bebidas o sustancias no autorizadas en lugares de trabajo.

Comportarse en forma responsable en la ejecución de sus labores.

Colaborar con el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los empleadores.

Participar activamente en la elección del Comité Paritario de Salud Ocupacional.

Hacer adecuado uso de las instalaciones de trabajo.

Participar en todas las actividades de capacitación que se programen

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Sanciones La violación de las normas y políticas en materia de salud ocupacional causaran medidas

disciplinarias, cuya aplicación es responsabilidad de la administración. Las personas que sin intención violen reglas de seguridad, ocasionando un accidente que involucre lesiones personales, muerte, daños a la propiedad, pueden ser retiradas, suspendidas, sancionadas o reintegradas al trabajo dependiendo del resultado de la investigación.

2 POLÍTICA DE SALUD OCUPACIONAL

XXXXX, adopta la siguiente política de salud ocupacional en el desarrollo de todas sus actividades:

a) La calidad de vida del trabajador es prioritaria en el manejo del recurso humano, por lo cual deberá ser contemplada en forma integral: individuo, familia y sociedad.

b) Las normas legales junto con las disposiciones internas de XXXXX, deberán ser cumplidas en toda actividad que se desarrolle, desde su planeación hasta su ejecución.

c) Los esfuerzos estarán dirigidos primordialmente a la prevención y promoción de la salud, dirigiendo sus acciones a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo.

d) Se tendrá conocimiento de los procesos de trabajo, insumos y materiales que se utilicen en las diferentes labores y de sus efectos potenciales de riesgo, así como las medidas de protección y control.

e) Toda tecnología, proceso o técnica, que XXXXX, desarrolle debe contemplar en su presupuesto el costo del control ambiental y del mantenimiento por los riesgos que generen.

f) XXXXX, antes de decidir la adquisición de equipos, materiales y tecnología, cuya manipulación, transporte, almacenamiento y/o uso genere o pueda generar riesgos laborales y ambientales deberá contemplar en su concepto técnico según el caso, el control del riesgo exigiendo a los fabricantes o al proveedor características, especificaciones; diseño, etc. y las normas de fabricación, seguridad, mantenimiento y manejo de desechos al finalizar su vida útil que se deben cumplir para su correcta utilización.

Esta política será publicada y difundida a todo el personal, para obtener así su cooperación y participación, siguiendo el ejemplo manifestado y demostrado por la gerencia de Disepil Mgapress SAS.

El liderazgo del Programa de Salud Ocupacional está en cabeza de la Gerencia, quién motivará al personal en este tema mediante cartas, reuniones y otros medios de difusión, y nombrando a los representantes de XXXXX para la conformación del Comité Paritario de Salud Ocupacional.

En constancia de aprobación firma el primero de febrero de 2013,

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CAROLINA DÍAZGerente General

3 DIAGNOSTICO

Mediante el examen médico de ingreso se establecen las condiciones iniciales de salud de los trabajadores en misión. El encargado de salud ocupacional, obtiene el diagnóstico inicial de la empresa y teniendo en cuenta este, se diseña y desarrolla el plan de trabajo de acuerdo a la priorización de intervención del riesgo y necesidades de las empresas usuarias.

4 MATRIZ DE PELIGROS

Consiste en la valoración de los riesgos posibles en el área de trabajo, consecuencias que pueden originar, número de trabajadores expuestos y el método de control adecuado para cada uno de ellos.

Es indispensable tener en cuenta que se realizaran para cada una de las instalaciones en donde se encuentran ubicados los trabajadores. La estructura del matriz de peligros es la siguiente:

Se presenta la identificación y valoración de los factores de riesgo presentes en cada área de trabajo, con las respectivas fuentes generadoras, población expuesta, tiempo de exposición, No de expuestos, consecuencias y prioridad de intervención, específica medidas de prevención y control.

La valoración del riesgo está dada en función de: Consecuencia: Es el resultado más probable debido al factor de riesgo Exposición: Es la frecuencia con la que la persona entra en contacto con el riesgo Probabilidad: Es el grado de inminencia o rareza de ocurrencia real del daño

Cada uno de estos parámetros tiene puntajes específicos de acuerdo a una tabla de valores previamente establecida, posteriormente se determina la prioridad de atención, teniendo en cuenta el grado de peligrosidad, el cual se obtiene al aplicar la siguiente forma:

GP: Consecuencias x probabilidad x Exposición.P.I: Prioridad de intervención se obtiene según G.P 5 SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO

5.1 Objetivos Establecer un sistema de información y vigilancia epidemiológica que permita el

seguimiento y control de los factores de riesgo laborales.

Desarrollar actividades de promoción del SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL

Concientizar a los trabajadores sobre la importancia de la seguridad laboral individual y colectiva.

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Fomentar la educación sanitaria a los trabajadores y eventualmente a los miembros de su familia.

Brindar a los trabajadores un ambiente laboral seguro y acorde a las características de su actividad.

5.2 Prevención PrimariaComprende todas las actividades realizadas en el trabajador sano, con el fin de prevenir patologías relacionadas con su actividad laboral incluyendo accidentes laborales.

5.2.1 Actividades de promoción y educación del SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL:Es indispensable motivar a todos los trabajadores a conocer el SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL mediante capacitaciones, logrando inculcar y fomentar una educación sanitaria. Las capacitaciones estarán dirigidas a:

Los integrantes del comité paritario, las cuales se enfocarán en el conocimiento del reglamento y política de salud ocupacional, actualización en legislación y prevención de accidentes laborales, matriz de peligros con el fin de brindarles herramientas claras y concretas para lograr una eficiente ejecución del sistema

Los trabajadores, teniendo en cuenta las actividades que desempeñan y los factores de riesgo de su centro de trabajo, las cuales serán: Higiene postural, Manejo de Stress, prevención síndrome del túnel del carpo, capacitación primeros auxilios, plan de emergencias, Sistema de aseo y orden, Gimnasia laboral, uso de elementos de protección personal, autoprotección, prevención de accidentes de mano.

La capacitación estará a cargo psicólogas, médicos, miembros del comité paritario con asesoría del coordinador se Salud Ocupacional, se realizara en las instalaciones de cada uno de los centro de trabajo

La metodología de las capacitaciones serán teórico-practicas, con ayudas audiovisuales, talleres, mesas redondas, cartillas, seminarios entre otros, para lograr de una manera pedagógica el interés en el SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL y colaboración en su ejecución. 5.2.1.1 Examen médico de Ingreso Se realizará con el fin de registrar las condiciones de salud del trabajador a su ingreso, determinar sus aptitudes para ubicarlo correctamente según análisis de los cargos. Se diseñará un formulario de historia clínica teniendo en cuenta información médica y laboral para cada empleado, el cual se anexará a su hoja de vida. Se solicitarán exámenes de laboratorio teniendo en cuenta el cargo a desempeñar. 5.3 Prevención Secundaria Se aplica cuando han fallado las medidas preventivas y se evidencia efecto de los agentes causantes o factores de riesgo. En esta fase el objetivo es el diagnóstico precoz de la enfermedad en sus etapas iniciales o incipientes para aplicar las medidas médicas o ambientales que eviten la progresión hacia la incapacidad, la cronicidad y la accidentalidad.

5.3.1 Exámenes periódicos ocupacionales

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Se realizarán exámenes médicos anuales con el fin de determinar en los trabajadores alteraciones de salud relacionadas con los agentes de riesgo y factores condicionantes propios de su ocupación u oficio.

Las valoraciones médicas estarán enfocadas en los sistemas u órganos potencialmente expuestos a lesión según su actividad laboral.

5.3.2. Exámenes médicos con énfasis sistema cardiovascularSu principal objetivo es brindar al trabajador un sistema de salud integral que asegure su bienestar, por esto se desarrollarán actividades enfocadas en la prevención de patologías del corazón, las cuales se efectuarán conjuntamente con la coordinación de talento humano de cada uno de los centros de trabajo, se iniciara con toma de laboratorios (colesterol y triglicéridos) luego, un examen médico con énfasis en el sistema cardiovascular, según los datos obtenidos durante esta jornada se realizaran capacitaciones sobre hábitos alimenticios y ejercicio.

5.3.3 Exámenes por cambio de oficioCualquier transferencia de un oficio a otro deberá ser respaldada por la concordancia entre el análisis del nuevo cargo y el último examen de aptitud física practicado al trabajador

5.3.4 Examen de retiroSe realizará con el fin de determinar el estado de salud del trabajador al retirarse de la empresa y de acuerdo a las normas vigentes.

5.2.1.7 Atención médica de emergenciaPara la atención de emergencias médicas serán atendidas de la siguiente manera:

Los primeros auxilios y la valoración, serán practicados por la brigada antes de remitir a la persona afectada a la IPS correspondiente.

En la valoración se establecerá el tipo de emergencia que se presenta, determinando la gravedad del hecho y así coordinar el transporte e IPS a la cual debe ser remitida para su atención.

El reporte del accidente de trabajo deberá ser diligenciado en lo posible en este mismo instante para ser remitido junto con la persona que presenta la emergencia; si no es posible deberá ser diligenciada dentro de las 48 horas siguientes y ser tramitada ante la ARL como lo establece la ley.

La valoración y transporte podrá ser coordinada con las líneas de emergencia de la ARL a la cual la empresa se encuentra vinculada.

5.2.1.8 Sistemas de Vigilancia EpidemiológicaEstablecer sistemas de vigilancia epidemiológica de acuerdo con la priorización de riesgos ocupacionales y complementados con las evaluaciones médicas periódicas.

5.4 Prevención Terciaria

5.3.1 Rehabilitación en Salud Ocupacional

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Su objetivo es aminorar las consecuencias de patologías o accidentes laborales mediante la presentación de una asistencia médica oportuna y de buena calidad, usando los recursos modernos de tratamiento con el fin de evitar la implantación de secuelas definitivas o que, en caso de producirse estas con incapacidad para el trabajador, se orienten a obtener una rehabilitación física y mental que le permita al afectado reintegrarse al proceso de trabajo y llevar una vida activa en su medio social. Esta etapa en la prevención coincide con la asistencia médica general y especializada ofrecida por las EPS en coordinación con la ARL.

6 SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL6.1 Objetivos

Mejorar las áreas de trabajo que pueden generar accidentes, logrando así garantizar seguridad en el ejercicio de su labor y mayor productividad para la empresa

Identificar y priorizar las condiciones y actos inseguros que puedan originar accidentes de trabajo.

Capacitar a los trabajadores sobre la aplicación de normas de seguridad industrial en el ambiente laboral.

Contribuir al mejoramiento de las condiciones de trabajo, mediante la aplicación de medidas preventivas en los equipos e instalaciones.

6.2 Identificación de Factores de RiesgoActualización anual de matriz de peligros.

6.3 Actividades del Sistema de Seguridad Industrial

6.3.1 Introducción en Seguridad IndustrialLa introducción y la capacitación permanente es una herramienta fundamental que contribuye a la prevención de los accidentes de trabajo que ocurren por falta de los conocimientos mínimos sobre la prevención de riesgos propios del puesto de trabajo.

Por lo tanto, se desarrollarán sistemas de capacitación para los trabajadores (descritos anteriormente), de acuerdo a los factores de riesgo a los cuales están expuestos según su actividad laboral.

Igualmente se elaborará material normativo y didáctico que prolongue la información inicial dada a los trabajadores y se publicará en las zonas de la empresa.

6.3.2 Inspecciones PeriódicasSe realizaran inspecciones en periodos establecidos en el cronograma, o en el momento que se requiera con el fin de detectar riesgos en forma temprana y prevenir accidentes laborales. Estos se realizaran en cada centro de trabajo teniendo en cuenta los factores de riesgo según la actividad laboral

Dichas inspecciones serán realizadas por el comité paritario de salud ocupacional de cada institución asesorado por el área técnica de ARL

6.3.3 Sistema De Mantenimiento y Adecuación de Equipos e Instalaciones

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Se hará mantenimiento periódico a los equipos, conexiones eléctricas, pisos e instalaciones en general de tal manera que se eviten riesgos de incendios, de saneamiento básico, algunos mecánicos y eléctricos. Se realizara especial énfasis a las zonas de trabajo de mayor riesgo de accidentalidad.

6.3.4 Señalización y DemarcaciónEsta técnica de seguridad industrial será empleada para demarcar áreas de trabajo, señalar sistemas eléctricos y los necesarios para el funcionamiento de la empresa además de los elementos contraincendio, como extintores, hidrantes, gabinetes, etc. y advertir sobre los principales peligros en las diferentes áreas; informar sobre los elementos de protección, por esto la señalización debe tener características o condiciones para que sea efectiva como:

- Dar a conocer el mensaje.

- Ser clara y de interpretación única.

- Informar sobre la conducta a seguir.

- Debe haber una posibilidad real de cumplir con lo que se indica.

- Atraer la atención

La señalización es un mecanismo de prevención, pero no elimina totalmente el factor de riesgo, por esto es indispensable combinar otros métodos de prevención (capacitaciones, boletines informativos etc.)

La demarcación de las áreas de trabajo, almacenamiento y circulación debe hacerse teniendo en cuenta la actividad económica de la institución teniendo en cuenta las normas nacionales:

ICONTEC 1461, la cual hace referencia al tamaño, forma y colores de las señales de seguridad.

ICONTEC 3458, señalización de tuberías.

ICONTEC 1700, señalización de evacuación.

ICONTEC 1671 y 1672, guía de colores para la identificación de cilindros de gases a alta presión.

Resolución 2400, Título V, Capítulo I.

Resolución 0445 de 1996 para Instituciones de Salud

6.3.5 Plan de emergencia y Conformación de Brigada De Emergencia (Contraincendios, Primeros Auxilios y Evacuación y Rescate)Es indispensable establecer un plan de preparación para afrontar adecuadamente emergencias, el cual es un conjunto de estrategias prediseñadas o anticipadas, elaboradas mediante un trabajo en equipo que permite disminuir la posibilidad de lesionados, sí esta sucede. Es la forma de brindar

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los conocimientos necesarios, para que valiéndose de los equipos puestos a su disposición, logren prevenir, detectar y controlar las situaciones de emergencias que se puedan presentar, para esto se organizara y capacitará a un grupo de personas (10-15) con gran sentimiento de pertenencia y responsabilidad, Personas dinámicas, aptitud física y mental, disponibilidad de tiempo voluntario para liderar y ejecutar el plan de emergencias.

La Resolución 1016 de 1989 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece en el Artículo 11 numeral 18 las tres ramas que se deben tener en cuenta para la elaboración de planes de emergencia empresariales a saber:

- Rama preventiva. Aplicación de las normas legales y técnicas sobre combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias peligrosas propias de la actividad económica de la empresa.

- Rama Pasiva o Estructural. Diseño y construcción de edificaciones con materiales resistentes, vías de salida suficiente y adecuadas para la evacuación, de acuerdo con los riesgos existentes y el número de trabajadores.

- Rama activa o de control de emergencias. Conformación y organización de brigadas (selección, capacitación planes de emergencia y evacuación), sistemas de detección, alarma y comunicación, selección y distribución de equipos de control fijo o portátiles (manuales o automáticos), inspección, señalización y mantenimiento de los sistemas de control.

El plan de emergencia contiene un análisis de vulnerabilidad , que es un proceso mediante el cual se determina el nivel de exposición y la predisposición a la pérdida de un grupo de elementos ante una amenaza específica, luego se identifican los riesgos y se procede a crear actividades estructuradas durante la emergencia, se asigna a quienes participaran en dichos eventos y se delegan las funciones sobre ellos, la brigada de emergencias.

6.3.6 Estadísticas de accidentalidad LaboralDada la gran preocupación de XXXXX controlar efectivamente el accidente laboral, establecerá un sistema de registro e investigación de accidentes de trabajo, con el fin de corregir y evaluar las condiciones laborales, se realizarán en cada uno de las instituciones.

Se realizará un cálculo mensual y consolidado semestral de los siguientes indicadores:

Índicede = Número de casos reportados de AT X 200.000**Frecuencia Número de horas hombre trabajadas(en el período)

Se entiende por casos reportados los eventos de accidente de trabajo

El índice de frecuencia es la relación entre el número de casos (accidentes de trabajo) ocurridos durante un período de tiempo y las horas hombre trabajadas durante el mismo, referidos a 200.000 horas hombre de exposición.

Índice Número de días perdidos o cargados por causa

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de = de los casos de AT en el último período X 200.000**Severidad Horas hombre trabajadas en el mismo período

** (200.000 = 100 personas X 50 semanas X 40 horas de trabajo). Según Norma Colombiana Icontec 3701.

El índice de severidad debe ser aplicado tanto para los casos reportados de accidente de trabajo como de ENFERMEDAD LABORAL.

El índice de severidad es la relación entre el número de días perdidos o cargados por lesiones durante un período de tiempo y las horas hombre trabajadas durante el mismo, referidos a 200.000 horas hombre de exposición.

El número de días cargados se toma por la Norma ICONTEC NTC 3701, de acuerdo al tipo de lesión. Para ello debe tomarse el valor más alto entre la incapacidad impartida por el médico o el de los días cargados según la norma en mención, nunca los dos o suma de ellos.

Índice Índice de Índice de de Lesiones = Frecuencia X SeveridadIncapacitantes 1.000(ILI)

El ILI a ser calculado expresa el número de casos de accidente de trabajo o de ENFERMEDAD LABORAL que generan incapacidad y se calcula multiplicando el índice de frecuencia por el de severidad respectiva y dividiendo el cociente por mil.

El Índice de Lesiones Incapacitantes, ILI por ATEL, como indicador relaciona el número de accidentes de trabajo registrados o enfermedades laborales diagnosticadas que han generado incapacidad, el número de días de incapacidad y la pérdida de capacidad laboral o muertes que generaron dichos eventos. El ILI, como criterio de modificación de la tarifa de cotización para el seguro de riesgos laborales, será el que establezca mediante reglamentación el Ministerio de Trabajo y Seguridad social.

Tasa de Incidencia = Número de accidentes + Número de incidentes X K(AT) Número total de trabajadores expuestos

La tasa de incidencia de los accidentes de trabajo corresponde al número de incidentes y accidentes de trabajo que ocurrieron dentro de un período de tiempo determinado, en relación con el número de personal expuesto durante el mismo período. La tasa se expresa por 1000, 10.000, 100.000 personas según el tamaño del denominador.

Tasa de Ausentismo = Número de horas perdidas por accidente de trabajo X K(AT) Número de horas trabajadas

La tasa de ausentismo por accidente de trabajo corresponde al número de horas perdidas por accidentes de trabajo que ocurren dentro de un período de tiempo determinado, con relación al

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número total de horas trabajadas durante el mismo período. La tasa se expresa por 1000, 10.000, 100.000 (K) horas hombre trabajadas y su resultado indica que por cada K personas se pierde un determinado número de horas por accidente de trabajo.

Tasa de Incidencia = Casos nuevos que presentan patología por exposición X KEspecífica Número total horas trabajadas expuestas al riesgo (EP)

La tasa de incidencia específica por enfermedad laboral corresponde al número de nuevos casos por enfermedad laboral que ocurren dentro de un período de tiempo determinado y su relación con el número total de trabajadores expuestos al riesgo en el mismo período. La tasa se expresa por 1000, 10.000, 100.000 (K) personas.

Tasa de Ausentismo = Número de horas perdidas por enfermedad laboral X K(EP) Número de horas trabajadas

La tasa de ausentismo por ENFERMEDAD LABORAL corresponde al número de horas perdidas por ENFERMEDAD LABORAL que ocurren dentro de un período de tiempo determinado, con relación al número total de horas trabajadas durante el mismo período. La tasa se expresa por 1000, 10.000, 100.000 (K) horas hombre trabajadas y su resultado indica que por cada K personas se pierde un determinado número de horas por ENFERMEDAD LABORAL.

Tasa de Ausentismo = Número de horas perdidas por enfermedad común X K(EC) Número de horas trabajadas

La tasa de ausentismo por enfermedad común corresponde al número de horas perdidas por enfermedad común que ocurren dentro de un período de tiempo determinado, con relación al número total de horas trabajadas durante el mismo período. La tasa se expresa por 1000, 10.000, 100.000 (K) horas hombre trabajadas y su resultado indica que por cada K personas se pierde un determinado número de horas por enfermedad común, orientando con ello las acciones de detección precoz y de tratamiento oportuno en medicina preventiva del SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL.

Teniendo en cuenta la interpretación de los cálculos anteriores se obtiene los índices de severidad y frecuencia de las estadísticas de accidentalidad en cada una de las empresas y se evaluara tangiblemente el SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL.

6.3.7 Elementos de Dotación y Protección PersonalLa empresa XXXXX cumple con las exigencias legales vigentes referentes a dotación y entrega de vestidos y calzados, así como los elementos de protección escogidos y calificados, según riesgos y puestos de trabajo. Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 176 y 177 de la Resolución 2400 de 1979 sobre equipos y elementos de protección. Las especificaciones técnicas, de acuerdo al tipo de protección están dadas por:

Protección para la cabeza. Norma Técnica Colombiana NTC 1523

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Protección para ojos y cara. Normas Técnicas Colombianas NTC 1771, 1825, 1826, 1827, 1834, 1835, 1836 y ANSI 87

Protección respiratoria. Normas Técnicas Colombianas NTC 1584, 1728, 1729, 2561,1589, 1733.

Protección auditiva: Norma Técnica Colombiana NTC 2272, ANSI 2, 3 y 19.

Protección para las manos. Normas Técnicas Colombianas NTC 1836, 2219.

Protección para pies. Normas Técnicas Colombianas NTC 2396, 2257, 1741.

Protección para el cuerpo. Norma ANSI - ISEA 101. Norma Técnica Colombiana NTC 2021, 2037.

Dichos elementos de dotación y protección personal serán sugeridos de acuerdo a los estudios técnicos que lo determinen, a su vez la empresa llevará un control de dotación y devolución de los mismos, con el fin de determinar calidad y duración, Para elaborar un Sistema de Elementos de Protección Personal se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

Identificar cuáles son factores de riesgo presentes según la actividad laboral

Identificar los elementos de protección personal utilizados, uso y mantenimiento.

Determinar de acuerdo a cada función desarrollada cuales son los elementos de protección requeridos, especificando las características técnicas de cada uno.

Establecer sistema de capacitación a los empleados que requieren elementos de protección personal sobre la importancia de su uso adecuado, limpieza y mantenimiento.

Tabla No 3Dando cumplimiento a lo establecido en el código sustantivo de Trabajo, capitulo IV Articulo 230 y siguientes del 230 al 234, XXXXXXX, hace entrega la dotación completa, Correspondiente a ________ periodo del año ______, de a cuerdo al cargo desempeñado

NOMBRE DOTACIÓN(ESPECIFICACIONES

)

CEDULA FIRMA

Así mismo XXXXX reglamentará los periodos de dotación y elementos necesarios, acordes a cada puesto, además reglamentara el uso obligatorio y cuidado que cada empleado deberá darle a estos para el desempeño de su labor.

7. SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL

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7.1 Objetivos Alcanzar un medio ambiente laboral libre de todos los riesgos a través de la identificación,

evaluación y control de los factores ambientales que se originan en los lugares de trabajo y originan enfermedades laborales

Determinar y evaluar en los lugares de trabajo todos los factores de riesgo químicos, físicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales de reconocida o presunta nocividad.

Adoptar medidas de control, con el ánimo de minimizar los riesgos detectados se adoptarán las medidas; que garanticen el control; en FUENTE, MEDIO Y por último en el TRABAJADOR.

7.2 Identificación de Factores de Riesgo Levantamiento de matriz de riesgo y matriz de peligros en las empresas clientes

7.3 Actividades del Sistema de Higiene Industrial en XXXXX.

7.3.1 Evaluación y Control de Iluminación en todos los puestos de Trabajo.Esta actividad se realizará con el fin de proporcionar a toda la población trabajadora de XXXXX, la cantidad y calidad de luz necesaria para realizar adecuadamente los trabajos asignados.

De acuerdo a las normas existentes con relación a los diferentes niveles de iluminación necesarios para cada labor que se desempeñe, se adecuaran en XXXXX cada uno de los sitios de trabajo.

Evaluación ambiental periódica (anual) de los niveles de iluminación en cada puesto de trabajo, con el fin de determinar que sitios de trabajo representan peligro para el trabajador en este riesgo y si las condiciones deficientes han sido corregidas.

Mantenimiento periódico del sistema de alumbrado y adecuación del mismo de acuerdo a las necesidades de cada puesto de trabajo.

7.3.2 Evaluación y Control del RuidoProporcionar a los trabajadores expuestos a ruido, el ambiente adecuado para laborar con la mínima intensidad sonora posibles.

Evaluación ambiental periódica (anual) de los niveles de presión sonora en los puestos de trabajo donde se presenta este factor de riesgo, con el fin de determinar el grado de riesgo al que se encuentra expuesto cada uno de los trabajadores.

Adecuación de acuerdo a las necesidades y mantenimiento periódico y preventivo a la maquinaria y equipo para evitar aumento de la intensidad sonora.

7.3.3 Evaluación Ambiental de Vapores y PartículasPrevenir que las concentraciones de contaminantes químicos sobrepasen los límites permisibles y provoquen intoxicación o cualquier otra consecuencia derivada de los elementos que se utilizan o subproductos del proceso.

Determinar el grado de riesgo al que se encuentran expuestos los trabajadores de XXXXX

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7.3.4 Evaluaciones AmbientalesEvaluación ambiental periódica (anual) de los niveles de concentración de productos químicos en las áreas de trabajo donde se presenta estos productos, con el fin de determinar el grado de riesgo al que se encuentra expuesto cada uno de los trabajadores.

Adecuación de acuerdo a las necesidades y revisión periódica y preventiva a la maquinaria y equipo para evitar la concentración de dichos productos en los lugares de trabajo.

7.3.5 Evaluación y Control de Factores de Riesgo BiomecánicoMinimizar los efectos generados por la adopción de posturas incorrectas durante la mayor parte de la jornada laboral, al igual que posturas prolongadas, los sobresfuerzos y el mal diseño de los puestos de trabajo, mediante las siguientes actividades:

Capacitar en el manejo de la mecánica corporal.

Realizar análisis de los puestos de trabajo y posteriormente rediseñarlos, si es necesario.

Realizar un seguimiento anual del diseño de los puestos y logros del personal.

8. ACTIVIDADES CONJUNTAS8.1 Comité Paritario de Salud Ocupacional

La legislación colombiana consagra en el Decreto Ley 1295 de 1994, Decreto 614 de 1984 y Resoluciones 2013 de 1986 y 1016 de 1989, la responsabilidad para el empleador público o privado de elegir, conformar y permitir el funcionamiento efectivo del comité paritario de salud ocupacional como organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional en la entidad

Las funciones del comité paritario serán las siguientes:

Conocer el SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL

Vigilar el cumplimiento y calidad de las actividades

Proponer y participar capacitaciones

Dar información a los trabajadores sobre las actividades del SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL

Actualización y revisión de normas

Coordinación de recursos

Las reuniones del comité se realizarán una vez al mes, dentro de la jornada laboral, su quórum es la mitad más uno de los miembros del comité para que las decisiones tomadas durante la reunión tengan plena validez.

Sus integrantes deben destinar 4 horas semanales para cumplir sus deberes y actividades con respecto al SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL

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Se realizarán reuniones extraordinarias cuando se presente un accidente laboral para realizar la investigación de este y evitar nuevos incidentes

8.2 Reglamento de Higiene y Seguridad IndustrialXXXXX actualizará, aprobará y hará cumplir a todas las personas que laboran en sus instalaciones el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial de acuerdo a lo reglamentado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Dicho Reglamento será publicado en un lugar visible de las instalaciones para conocimiento y cumplimiento del personal trabajador.

8.3 Sistemas De Vigilancia EpidemiológicaPara minimizar efectivamente los riesgos existentes en la Empresa, se diseñarán sistemas de vigilancia epidemiológica con la colaboración de cada uno de los subsistemas.

Para tal fin se tiene en cuenta la priorización de los riesgos ocupacionales, las evaluaciones médicas periódicas y las evaluaciones ambientales de cada uno de los riesgos existentes.

Se consideran globalmente los siguientes:

- Conservación auditiva y visual

- Ergonomía.

- Protección respiratoria.

9. IMPLANTE DEL SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL

El presente SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL tiene como plazo de cumplimiento un período de un año, comprendido entre febrero de 2013 y febrero de 2014; termino en el cual se evaluara.

Así mismo el sistema se actualizará en un año si las condiciones laborales no varían, en caso de que ocurra, se realizará la actualización a su debido tiempo.

10. ARCHIVOS DE SALUD OCUPACIONALEl artículo catorce de la resolución 1016/89 señala la obligación de llevar por parte de la empresa registros pormenorizados de las actividades de salud Ocupacional.

- Registro de accidentes de trabajo

- Archivo elementos de protección

- Archivo de actividades realizadas

- Evaluaciones de higiene industrial

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- Estadísticas de accidentalidad

- Actas y actividades Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO)

GLOSARIO

- ACCIDENTE: Acontecimiento no deseado y repentino que puede resultar en lesiones a las personas, daños a la propiedad y/o alteraciones del medio ambiente

- ACCIDENTE DE TRABAJO: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo, aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente, se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

- ACCIONES A SEGUIR: Medidas de control y de seguimiento recomendadas para minimizar los riesgos.

- CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD: Características materiales y no materiales que pueden ser generadas por el ambiente, la organización y las personas, y que contribuyen a determinar el proceso salud-enfermedad.

- CONSECUENCIAS: Resultados más probables y esperados a consecuencia de la actualización del riesgo, que se evalúa, incluyendo los daños personales y materiales.

- DIAGNOSTICO DE CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD: Conjunto de datos sobre las condiciones de trabajo y salud, valorados y organizados sistemáticamente, que permiten una adecuada priorización y orientación de las actividades del PSO.

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- EFECTO POSIBLE: Consecuencia que puede llegar a generar un riesgo existente en el lugar de trabajo.

- ENFERMEDAD LABORAL: Todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o en el medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad laboral por el Gobierno Nacional.

- ERGONOMIA: Integra el conocimiento derivado de las ciencias humanas para conjugar trabajos, sistemas, productos y ambiente con las habilidades y limitaciones físicas y mentales de las personas.

- EXPOSICIÓN: Frecuencia con que se presenta la situación del riesgo que se trata de evaluar, pudiendo ocurrir el primer acontecimiento que iniciaría la secuencia hacia las consecuencias.

- FACTOR DE PONDERACIÓN: Se establece con base en los grupos de usuarios de los riesgos que posean frecuencias relativas proporcionales a los mismos.

- FUENTE DEL RIESGO: Condición/acción que genera el riesgo.

- GRADO DE PELIGROSIDAD: Gravedad del factor de riesgo reconocido.

- GRADO DE PELIGROSIDAD (GP) = CONSECUENCIA x EXPOSICION x PROBABILIDAD

- GRADO DE REPERCUSIÓN: Indicador que refleja la incidencia de un riesgo con relación a la población expuesta.

- GRADO DE REPERCUSION (GR) = GP x FP

- HIGIENE OCUPACIONAL O INDUSTRIAL: Conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo del ambiente de trabajo que puedan alterar la salud de los trabajadores, generando enfermedades laborales.

- MEDICINA OCUPACIONAL O DEL TRABAJO: Conjunto de actividades de las ciencias de la salud dirigidas hacia la promoción de la calidad de vida de los trabajadores a través del mantenimiento y mejoramiento de sus condiciones de salud.

- MATRIZ DE PELIGROS: Forma sistemática de identificar, localizar y valorar los riesgos de forma que se pueda actualizar periódicamente y que permita el diseño de medidas de intervención.

- PERSONAL EXPUESTO: Número de personas relacionadas directamente con el riesgo.

- PLAN INTEGRADO DE EDUCACION: Conjunto de actividades encaminadas a proporcionar al trabajador los conocimientos y destrezas, así como los cambios de actividad y comportamiento necesarios para desempeñar su labor asegurando la protección de la salud e integridad física y emocional.

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- POLÍTICA DE SALUD OCUPACIONAL: Lineamientos generales, establecidos por la dirección de la empresa, que permiten orientar el curso de acción de unos objetivos para determinar las características y alcances del PSO.

- PROBABILIDAD: Posibilidad de que los acontecimientos de la cadena se completen en el tiempo, originándose las consecuencias no queridas ni deseadas.

- SISTEMA DE GESTION EN SALUD OCUPACIONAL: Diagnóstico, planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.

- PROMOCIÓN DE LA SALUD EN EL TRABAJO: Conjunto de las actividades articuladas que los diferentes actores del proceso productivo y del sistema general de riesgos laborales realizan para modificar las condiciones de trabajo y desarrollar el potencial mental del hombre.

- RIESGO: Probabilidad de ocurrencia de un evento de características negativas

- RIESGO OCUPACIONAL: Probabilidad de ocurrencia de un evento de características negativas en el trabajo, que puede ser generado por una condición de trabajo capaz de desencadenar alguna perturbación en la salud o integridad física del trabajador, como daño en los materiales y equipos o alteraciones al ambiente.

- SALUD OCUPACIONAL: Conjunto de disciplinas que tienen como finalidad la promoción de la salud en el trabajo a través del fomento y mantenimiento del más elevado nivel de bienestar en los trabajadores de todas las profesiones, previniendo alteraciones de la salud por las condiciones de trabajo, protegiéndolos contra los riesgos resultantes de la presencia de agentes nocivos y colocándolos en un cargo acorde con sus aptitudes físicas y psicológicas.

La Salud Ocupacional tiene las siguientes características: Convoca trabajo interdisciplinario, trabaja con grupos y no con individuos, es eminentemente preventiva y su ejercicio se fundamenta en el control de los riesgos.

- SEGURIDAD OCUPACIONAL O INDUSTRIAL: Conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo o condiciones de trabajo que puedan producir accidentes de trabajo.

- SISTEMA DE CONTROL HALLADO: Medidas implementadas con el fin de minimizar la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

- SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA OCUPACIONAL: Metodología y procedimientos administrativos que facilitan el estudio de los efectos sobre la salud causados por la exposición o factores de riesgo específicos presentes en el trabajo e incluye acciones de prevención y control dirigidos al ambiente laboral y a las personas (aspectos orgánicos y de estilos de vida y trabajo)

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