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31/ENERO/2012 270 Nueva plataforma de pagos Observe, paso a paso, la forma de utilizarla a efecto de tener legalmente presentadas sus declaraciones Antecedentes 0 Requisitos para su 0 funcionamiento Caso práctico 0 Acceso a la aplicación 0 Conclusiones 0 FISCAL Resolución Miscelánea Fiscal 2012 Cambios generales a la RMISC 0 Comprobantes fiscales 0 Reglas sin cambio, reformadas, 0 nuevas y derogadas Artículos transitorios 0 CONTABILIDAD FISCAL FISCAL Reformas a las normas locales Aprecie las diversas reformas a las normas del DF y del Estado de México 2 SEGURIDAD SOCIAL Informe al IMSS prima de RT 2012 No deje de considerar la información que debe proporcionarse a ese Instituto, así como los medios para hacerlo 2 JURÍDICO CORPORATIVO Derechos del usuario financiero Cancele su hipoteca, objete cargos no reconocidos de su tarjeta y exija que se le haga saber el CAT 2 LABORAL Mitos y realidades del Outsourcing Vislumbre su aplicación en materia de recursos humanos, su responsabilidad solidaria y sus efectos en seguro social 2 IDC ON LINE Calculadoras 2012 Sueldos y salarios 0 Asimilados 0 Actividades empresariales 0 y profesionales Arrendamiento 0 La especulación domina el mercado cambiario, provocando sobre-reacciones en el flujo de capitales por alguna noticia o evento” Lic. Jorge Arturo Gordillo Arias Subdirector de Análisis Económico, CIBanco, S.A Síganos:

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31/enero/2012270

Nueva plataforma de pagosObserve, paso a paso, la forma de utilizarla a efecto de tener legalmente presentadas sus declaraciones

Antecedentes 0

Requisitos para su 0

funcionamientoCaso práctico 0

Acceso a la aplicación 0

Conclusiones 0

fiscAl

Resolución Miscelánea Fiscal 2012

Cambios generales a la RMISC 0

Comprobantes fiscales 0

Reglas sin cambio, reformadas, 0

nuevas y derogadasArtículos transitorios 0

cONTABiliDAD fiscAl fiscAl

Reformas a las normas localesAprecie las diversas reformas a las normas del DF y del Estado de México 2

seguriDAD sOciAl

Informe al IMSS prima de RT 2012No deje de considerar la información que debe proporcionarse a ese Instituto, así como los medios para hacerlo 2

JuríDicO cOrpOrATivO

Derechos del usuario financieroCancele su hipoteca, objete cargos no reconocidos de su tarjeta y exija que se le haga saber el CAT 2

lABOrAl

Mitos y realidades del OutsourcingVislumbre su aplicación en materia de recursos humanos, su responsabilidad solidaria y sus efectos en seguro social 2

iDc ON liNe

Calculadoras 2012Sueldos y salarios 0

Asimilados 0

Actividades empresariales 0

y profesionalesArrendamiento 0

La especulación domina el mercado

cambiario, provocando

sobre-reacciones en el flujo de capitales por

alguna noticia o evento”

Lic. Jorge Arturo Gordillo AriasSubdirector de Análisis Económico, CIBanco, S.A

Síganos:

00 Portada 270 News.indd 1 1/13/12 9:37:51 AM

CARTAEDITORIAL

270

CARTAEDITORIAL

Los Editores

Síganos:

IDC, Asesor Jurídico y Fiscal, se publica quincenalmente y encierra en su contenido información Fiscal, Laboral, Seguridad Social, Jurídico-Corporativa y de Comercio Exterior. Suscripción anual: $4,190.00 pesos (24 números). Ejemplar suelto: $149.00 pesos. Impreso en Compañia Impresora EL UNIVERSAL, Allende No. 176 Col. Guerrero, Del Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06300, Tel: 5117 0190

En febrero a informar al SAT y al IMSS

Febrero será sin duda alguna un mes en el que las empresas ten-drán que cumplir con muchas obligaciones ante diversas autori-dades fiscales. Por un lado, todas las personas morales deberán presentar sus pagos provisionales y definitivos de impuestos fede-

rales, de enero y subsecuentes, mediante el Servicio de Declaraciones y Pagos, lo cual implica que además de pagar sus contribuciones en el por-tal bancario, deberán indicar al SAT la forma en que las determinaron. Asimismo, deberán presentar a más tardar el 15 de febrero las declaracio-nes informativas respecto de pagos y retenciones de ISR; pagos a residen-tes en el extranjero y préstamos obtenidos del extranjero, entre otras. Aunado a lo anterior, el 29 de febrero se debe presentar al IMSS la decla-ración de riesgos de trabajo y, en su caso, modificar la prima con que se cubren las cuotas al Instituto. Por último, sugerimos a nuestros suscriptores revisar en su entidad fe-derativa los requisitos aplicables para obtener el subsidio en materia del impuesto sobre tenencia, para evitar sorpresas de última hora, ya que por no cumplir con algún requisito formal se puede perder el derecho a este beneficio.

Visite nuestro portal:

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Coordinadores Fiscal, Jurídico Corporativo y Comercio Exterior

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Seguridad Social y LaboralC.P. Erika María Rivera Romero

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editores Comercio Exterior

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FiscalMtro. Joyce Pasantes Pérez

Jurídico CorporativoLic. Pamela Hernández Noreña

LaboralLic. Leopoldo Gama García

Seguridad SocialLic. Lucía Pérez López

Subeditora de www.idconline.com.mxLic. Surya Palacios Rodríguez

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arte Coeditor GráficoSaúl Miranda Sandoval

IlustracionesOldemar ProduCCiónEder Guzmán G.

MerCadoteCniaPublisherVerónica Reyes

Gerente de Logísticay DistribuciónCarlos Jauregui

Relaciones PúblicasPaola Figueroa

Consultores L.C. Antonio Castillo Sánchez, Lic. Berenice Chávez Islas, Lic. Francisco Javier Garnica, L.C. Emmanuel Castañeda Jiménez

Colaboradores PerManentesLic. Juan de la Cruz Higuera, Lic. Gerardo Jaramillo Vázquez, Lic. Luis Ugarte Romano CIACI, AC.Centro de Investigación Aduanera y de Comercio Internacional, A.C., Lic. Roberto Hernández, socio y director de CoMAD, S.C., Ancelmo García Pineda, colaborador externo de la organización Internacional del Trabajo, Lic. Edith Ávila Romo, Lic. en Economía por la Universidad Panamericana, con estudios de posgrado en derechos humanos, finanzas y comunicación.

Colaboradores esPeCialesLic. Ivan Rueda Heduán, sócio-director de la firma Abogados Empresariales, S.C., Lic. Octavio Carvajal Bustamante, miembro de la Comisión Laboral de Concamin y socio de la firma Carvajal, Rubalcava y Asociados, Dr. Hugo Italo Morales Saldaña, Asesor laboral de la Canacintra y de la Antad y socio de su propia firma, Lic. Tomás Natividad Sánchez, asesor laboral de Coparmex y director del despacho Natividad Abogados S.C., Lic. Julio Flores Luna, socio del despacho Goodrich Riquelme y Asociados y miembro de la Comisión de Asuntos Laborales de Coparmex, Lic. Luis Velasco Ramírez, Consultor independiente, Lic. Dionisio Kaye, socio de la firma Kaye abogados S.C., Lic. Mario Becerril Hernández, Director General del Despacho Asesoría y Defensa Legal Aduanera, Lic. Víctor Monroy Juárez, socio y director del despacho Monroy Abogados, S.C., Lic. Ricardo de Buen Rodríguez, socio director del despacho De Buen Rodríguez Abogados S.C.

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ToDA LA INFoRMACIÓN CoNTENIDA EN IDC, Asesor Jurídico y Fiscal, ES CRITERIo DE LA EDIToRIAL, PoR Lo QUE LA ToMA DE DECISIoNES Y LoS RESULTADoS QUE SE oBTENGAN PoR EL USo DE LA INFoRMACIÓN ES RESPoNSABILIDAD EXCLUSIVA DEL USUARIo, EN EL ENTENDIDo DE QUE EL EDIToR, EXPANSIÓN S.A. DE C.V, No TENDRÁN NINGUNA RESPoNSABILIDAD.

02 Resena 270.indd 2 1/17/12 8:41:57 AM

270

Nuevo esquema de pagos 2012

Objetivo del tema:Conocer el nuevo esquema de pagos que entrará en vigor en el mes de febrero para todas

las personas morales y su determinación del pago provisional del ISR, del IETU y mensuales del IVA

InfOrmes e InscrIpcIOnes: 0 Servicio a Clientes: (55) 91 77 43 420 Fax: (55) 91 77 41 08 0 Llame sin costo al: 01 800 017 84 36

1. Pago provisional del ISR0 Coeficiente de Utilidad para 20120 Ingresos nominales0 Determinación de pago

2. Pago provisional del IETU0 Ingresos nominales cobrados0 Deducciones autorizadas pagadas0 IETU a cargo0 Acreditamientos0 IETU a pagar

3. Pago mensual del IVA0 Acreditamieto de IVA

4. Nuevo servicio de declaraciones y pagos 2012

0 Antecedentes0 Procedimiento del llenado0 Eliminación de obligaciones0 Declaraciones complementarias

Temario

03 Seminarios.indd 1 1/16/12 4:54:06 PM

270

DaTOs Del evenTO:0 Sede: Hotel Sevilla Palace0 Fecha: 3 de febrero de 2012 0 Horario: 9:00 a 14:00 hrs.0 Costo al público en general: $2,000.00 +IVA0 Incluye: Materiales, constancia de participación y desayuno

Temario y expositores sujetos a cambio sin previo aviso

l.c. francisco Brito márquez. Licenciado en Contaduría, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM. Cuenta con un posgrado en contribuciones por la misma institución. Expositor en diversos foros. Actualmente se desempeña como Coordinador del área de Consultoría de IDC Asesor Jurídico y Fiscal de Grupo Expansión.

lic. lina Berenice chávez Islas. Licenciada en Derecho egresada de la Universidad Tecnológica de México, especialista en materia fiscal con más de 10 años de experiencia; expositora en diversos eventos y actualmente se desempeña como Consultor del Área Fiscal y sub-editor de la publicación IDC Asesor Jurídico y Fiscal .

expositores

Nuevo esquema de pagos 2012

03 Seminarios.indd 2 1/16/12 4:54:06 PM

Año XXV • 4a. Época 31 enero de 2012

270FISCAL

reformadas

nuevas

sin cambio

derogadas

13 Panorama fiscal 2012 Para el df

Resaltan pRogRamas de condonación de 0

contRibuciones, la tenencia, así como aumentos en las taRifas de deRechos e impuestos poR la inflación

22 cambios Para el edomeX en 2012

destaca el subsidio del impuesto sobRe 0

tenencia o uso de vehículos, así como las Reglas paRa el dictamen del pRedial, y el estímulo paRa agua

24 otras disPosicionessíntesis de lo más Relevante en mateRia 0

fiscal publicado en el dof del 30 de diciembRe de 2011 al 13 de eneRo de 2012

idconlinecRece 3.82% inflación de méxico en 2011 0

hacienda Realizó más de 70,000 actos de 0

fiscalizaciónfoRmato guía paRa el dictamen fiscal 2011 0

nueva veRsión del dem paRa la 0

declaRación anualpRisión poR omitiR un año declaRaciones 0

fiscalescRece a 36 millones el padRón de 0

contRibuyentesQuejas en pRodecon poR multas excesivas 0

facilidad paRa emitiR compRobantes en 0

2012tRámites fiscales 2012 0

exigiR compRobantes fiscales es 0

obligación de todos

Identifique las modificaciones en materia de comprobación fiscal, así como el cambio en la numerología que sufrieron algunas reglas

¡Miscelánea fiscal 2012!

04 FISCAL.indd 1 1/16/12 4:42:37 PM

270

otras disposicionesRelación de disposiciones en materia fiscal publicadas en el DOF del 30 de diciembre de 2011 al 13 de enero de 2012.

secretaría de relaciones exteriores

Decreto Promulgatorio del Protocolo que Modifica el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Singapur para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, firmado en laCiudad de México el veintinueve de septiembre de 2009(9 de enero)

Se intercambiará la información relevante para aplicar el Convenio de mérito. Cualquier dato recibido, será mantenido en secreto de igual forma que el obtenido con base en la legislación interna del Estado y sólo se comunicará a las personas o autoridades autorizadas. No se permitirá negarse a otorgar la información porque sea detentada por un banco, otra institución financiera, agente o de cualquier persona actuando en calidad representativa o fiduciaria, o porque se relaciona con participaciones en una persona.Vigencia a partir del 1o de enero de 2013

tribunal federal de Justicia fiscal y administrativa

Acuerdo G/1/2012 mediante el cual se da a conocer el calendario de suspensión de labores para el año 2012(11 de enero)

Los días inhábiles para ese órgano jurisdiccional serán: 6 de febrero; 19 de marzo; del 4, 5, 6 y 30 de abril; 1o de mayo; del 16 al 30 de julio; 27 de agosto, 12 de octubre, 1, 2, y 19 de noviembre; y del 17 al 31 de diciembre

04 FISCAL.indd 24 1/16/12 4:42:42 PM

Año XXV • 4a. Época 31 de enero de 2012

270casos prácticos02

CONTABILIDAD FISCAL

Personas morales no pueden perder más tiempo, a partir de febrero deberán presentar sus pagos en esta plataforma, aquí les mostramos cómo hacerlo

Nuevo esquema de declaraciones y pagos

Tarifas y tablas del ISR 0

INPC 0

TIIE a 28 días 0

Cetes a 28 días 0

Salario mínimo 0

Tasa de inflación anual 0

Tasas de recargos 0

federales, para el DF y Estado de MéxicoTipo de cambio 0

Equivalencia 0

de monedasUdis 0

CPP: de pasivos, en Udis 0

y dólares

Multas actualizadas 0

Tratados para evitar 0

la doble tributación y mucho más

IndIcadores

Consulte en www.idconline.com.mx CalCuladoras y Casos interaCtivos 2012

05 Cont Fiscal.indd 1 1/17/12 8:31:57 AM

Año XXV • 4a. Época 31 de enero de 2012

27002LABORAL

Criterios

05 para tomarse en Cuentabeneficiarios tienen derechos, no deudas 0

días festivos 2012 0

mexicanos adictos al trabajo 0

director de rh ¿puede tener amigos? 0

08 la empresa Consultacambio de día inhabil ¿válido? 0

de persona física a moral ¿sustitución patronal? 0

listas de asistencia ¿necesarias en juicio? 0

pago de sueldo en varias cuentas 0

labores de estudiantes 0

10 produCtividadequilibre la vida de sus trabajadores 0

Adquiera las habilidades para balancear los intereses personales y familiares de sus colaboradores

s/p de aCtualidadsíntesis y comentarios sobre lo más relevante 0

en materia laboral, publicado en el diario oficial de la federación del 30 de diciembre al 13 de enero

convocatoria para la convención obrero- 1

patronal de la revisión salarial del contrato ley de la industria de la transformación del hule en productos manufacturados

(Ver más información en el siguiente número)

idConlinese crearon 590 mil empleos en 2011 0

Profundice sobre las características y efectos de esta interesante modalidad de prestación de servicios, por el licenciado Valente Quintana Pineda, especialista laboral

Mitos y realidades del Outsourcing

06 Laboral.indd 1 1/13/12 2:15:40 PM

Año XXV • 4a. Época 31 de enero de 2012

27002SEGURIDAD SOCIAL

11 PARA TOmARSE EN CUENTARECUERDE CAMBIAR SALARIOS MÍNIMOS EN SUA 0

¿OBLIGATORIO CAMBIAR SALARIOS EN ENERO? 0

CAMBIO DE SALARIOS EN LA EMA ¿VÁLIDO? 0

PRIMAS IMSS ¿SUFRIERON MODIFICACIONES? 0

SAR13 PARA TOmARSE EN CUENTA

DÍAS DE DESCANSO DE LAS AFORE EN 2012 0

NUEVAS DISPOSICIONES DE LOS SAR 0

PLANES DE PENSIONES REGISTRADOS EN 2012 0

S/P dE ACTUAlidAdSÍNTESIS y COMENTARIOS SOBRE LO MÁS RELEVANTE 0

EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIóN DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2011 AL 13 DE ENERO DE 2012El 12 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 43, 44 y 47 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el octavo transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado el 6 de enero de 1997. Para mayor información verificar Infoflash 1525 y el tema ¡Por fin devuelven recursos de vivienda!, en esta misma sección, edición 269, del 15 de enero de 2012, también disponible en nuestra página web: www.idconline.com.mx

No olvide revisar la siniestralidad de su empresa para calcular su nueva prima de riesgos de trabajo y comunicársela al IMSS

Informe al IMSS prima de RT 2012

SEgURO SOCiAlCASOS PRáCTiCOS

07 Seg Social.indd 1 1/16/12 11:09:02 AM

Año XXV • 4a. Época 31 de enero 2012

27002jurídico corporativo

de trascendencia

Ciertos cobros no son fácilmente ubicados por sus destinatarios, por lo que se compactan en este artículo fundamentos frecuentemente desconocidos

Derechos del usuario financiero

06 para tomarse en cuentamás tiempo para obtener el chip 0

¿estrena inmueble en 2012? 0

aproveche los programas de apoyo 0

08 la empresa consultacompensación ¡con convenio! 0

¿promociones con permiso? 0

¿personas físicas sin cuenta en dólares' 0

¿aval y obligado 0 extra?

10 régimen derechos actualizados 2012 0

Actualizaciones en los montos a pagar en diver-sos derechos en la esfera federal y local

12 de actualidadsíntesis y comentarios sobre lo más relevante en 0

materia jurídico corporativa publicado en el dof del 30 de diciembre de 2011 al 13 de enero de 2012

idconlinehomologan verificación vehicular en 369 pesos 0

mexicanos menos inseguros ante la delincuencia 0

entran en vigor acciones para proteger datos 0

personalesméxico recibió más de usd 20,900 millones en 0

remesassigue a la baja la confianza del consumidor en 0

méxico

08 Juridico.indd 1 1/16/12 5:13:31 PM

270

Disposiciones relacionadas con el sector empresarial, publicadas en el DOF del 30 de diciembre de 2011 al 13 de enero de 2012.

secretaría de economía

disposición Contenido

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de juicios orales mercantiles

Se aclara que el artículo 1055 de Código de Comercio no aplica para los juicios orales al tener reglas especiales. En cuestión de apelaciones, son irrecurribles las resoluciones dictadas durante el procedimiento y las sentencias que recaigan en negocios cuyo monto sea menor a $500,000.00 por concepto de suerte principal, sin incluir intereses y demás accesorios a la fecha de presentación de la demanda y la SE actualizará dicha cantidad anualmente con base en la variación observada en el valor INPC, publicado por el INEGI (artículo 1339). La apelación no procede en juicios mercantiles cuando por su monto se ventilen en los juzgados de paz o de cuantía menor, o el monto sea inferior a $500,000.00 pesos por concepto de suerte principal, teniendo que actualizarse también dicha cantidad (artículo 1340).Juicio oral mercantil: se tramitarán en este juicio todas las contiendas cuya suerte principal sea inferior a la que establecida en el artículo 1339, sin incluir intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de interposición de la demanda, siendo que contra las resoluciones pronunciadas en el juicio oral mercantil no procederá recurso ordinario alguno (artículo 1390 Bis). Anteriormente se tramitaban en este juicio las contiendas cuya suerte principal fuese inferior a $220,533.48.También se hacen muchas adecuaciones a la manera en que se desarrolla este juicio (reforma a los artículos 1390 Bis 1, Bis 6, Bis 7, Bis 8, Bis 9, Bis 13, Bis 16, Bis 18, Bis 20, Bis 23, Bis 26, Bis 32, Bis 37 a Bis 43, Bis 45 a Bis 50); y al procedimiento judicial de ejecución de garantías otorgadas mediante prenda sin transmisión de posesión y fideicomiso de garantía (artículo 1414 Bis 9). En vigor a partir del 27 de enero de 2012, salvo las reformas a los artículos 1253, 1339, 1340, 1414 Bis 9 y 1467 que entraron en vigor el 1o de enero de 2012. (9 de enero)

instituto mexicano de la propiedad industrial

Acuerdo por el que se modifica al diverso que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el IMPI

Se modificaron las homoclaves de los trámites y servicios que se presentan ante el IMPI a raíz de la eliminación de algunos formatos y se reformaron ciertas formas oficiales. Para mayor información sírvase consultar el infoflash #1523 En vigor a partir del 11 de enero de 2012 (10 de enero)

secretaría de la Función pública

Decreto por el que se expide la Ley de Firma Electrónica Avanzada

Se expide con el objeto de regular: el uso de la firma electrónica avanzada (FEA) en los actos previstos en esa Ley y la expedición de certificados digitales a personas físicas; los servicios relacionados con la FEA, y su homologación con otras firmas de la misma naturaleza reguladas por otros ordenamientos legales (artículo 1o). Están sujetas a la Ley las dependencias y entidades; los servidores públicos de las mismas que en la realización de tales actos y los particulares, en los casos en que utilicen la FEA (artículo 3o). Las disposiciones de la Ley no son aplicables a actos en que no sea factible el uso de la FEA por disposición de ley o en los que exista previo dictamen de la Secretaría de la Función Pública (SFP) ni a las materias fiscal, aduanera y financiera. En los actos de comercio e inscripciones en el Registro Público de Comercio, el uso de la FEA se regirá de conformidad con el Código de Comercio y demás ordenamientos aplicables, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en esta nueva Ley en lo que resulte procedente (artículo 4o). La FEA puede usarse en documentos electrónicos y en mensajes de datos, los cuales producirán los mismos efectos que los presentados con firma autógrafa y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio (artículo 7o). Se fijan sus requisitos en el artículo 8o y se declara que es necesario que los sujetos obligados cuenten con un certificado digital vigente, emitido u homologado en términos de la Ley, y una clave privada (artículo 9o). Se especifican las características del certificado digital (artículo 17) y los derechos de su titular (artículo 21); así como a las autoridades certificadoras (artículo 23). En vigor a los 120 días hábiles siguientes al 11 de enero, derogándose las disposiciones legales y administrativas opuestas a esta Ley. (11 de enero)

dE actuaLidad

08 Juridico.indd 12 1/16/12 5:13:40 PM

Año XXV • 4a. Época 31 de enero de 2012

27002comercio exterior

05 PARA TOMARSE EN CUENTACAMBIOS EN COMPROBANTES 0

RETORNOS IMMEX EN UNA SOLA CLAVE 0

RECUENTO DE AVANCES COMERCIALES 0

AUTO-REVISE SUS OPERACIONES 0

07 LA EMPRESA CONSULTARETENCIÓN ¿EN SERVICIOS DE SUBMAQUILA? 0

SEGUNDO RECONOCIMIENTO ADUANERO, ¿APLICA? 0

¿COSTO DE PRODUCCIÓN EN MAQUILA? 0

TRANSBORDO DE BIENES ¿POSIBLE FISCALMENTE? 0

08 RESOLUCIÓN MISCELÁNEAQUINTA MODIFICACIÓN A LAS RCGCE 2011 0

Revise las reglas afectadas por los cambios al Código Fiscal de la Federación y las multas actualizadas

12 CUOTAS COMPENSATORIASDISPOSICIONES DICTADAS POR LA SECRETARÍA DE 0

ECONOMÍA, CUYA PUBLICACIÓN SE PRODUJO EN EL DOF, DEL 30 DE DICIEMBRE DEL 2011 AL 13 DE ENERO DE 2012

12 DE ACTUALIDADDISPOSICIONES DICTADAS POR LA SECRETARÍA DE 0

ECONOMÍA, CUYA PUBLICACIÓN SE PRODUJO EN EL DOF, DURANTE EL PERÍODO DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2011 AL 13 DE ENERO DE 2012

Contingente arancelario para importar en 2012, 1

exenta de arancel, leche en polvo originaria de países de la OMCCupo para importar en 2012 preparaciones a 1

base de productos lácteos Trigésima Primera modificación a las reglas y 1

criterios de la SECupos para importar productos originarios del Perú 1

Acuerdos suscritos al amparo de la ALADI 1

Sexta Resolución de Modificaciones a las RCGCE 1

2011 y sus Anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, y 2

IDCONLINEMéXICO SIGUE APLICANDO ARANCELES A 0

PRODUCTOS ChINOS

Identifique los eventos externos e internos que marcarán el comportamiento del tipo de cambio del peso mexicano

Fluctuación cambiaria 2012

DE TRASCENDENCIA

09 Com Exterior.indd 1 1/13/12 2:40:56 PM

AUMENTA 13.1% LA PRODUCCIÓN DE AUTOMÓVILES 0

EN MéXICO

270

1. Acuerdo por el que se da a conocer el contingente arance-lario para importar en 2012, exenta de arancel, leche en polvo originaria de los países miembros de la omC

El contingente arancelario para importar la leche exenta de arancel es de 80,000 toneladas. Para ello se utilizará el meca-nismo de asignación directa, y podrán solicitarlo las empresas del sector público encargadas del programa de abasto social de leche, e industriales con o sin antecedentes de asignación di-recta de este cupo en el primer período de 2011, así como las personas físicas o morales con Registro como Empresa de la

Frontera, ubicadas en Quintana Roo o en la franja fronteriza sur colindante con Guatemala.

Una vez asignado el monto, la Secretaría de Economía (SE)expedirá los certificados de cupo, a través de la representación federal correspondiente, previa solicitud del interesado a tra-vés del formato SE-03-013-5 “Solicitud de certificados de cupo (obtenido por asignación directa)”, dentro de los siete días si-guientes a la presentación de la solicitud.

El Acuerdo estará vigente del 31 de diciembre de 2011 al 31 de diciembre de 2012 (SE, 30 de diciembre de 2011).

cUotAScomPeNSAtoriAS

Elementos esenciales de las Resoluciones Antidumping dictadas por la Secretaría de Economía, publicadas en el DOF, del 30 de diciembre del 2011 al 13 de enero de 2012.

descripción, fracción arancelaria yfecha de publicación (dof)

resolución

cable coaxial del tipo rG, con o sin mensajero 8544.20.01, 8544.20.02 y 8544.20.99(30 de diciembre de 2011)

Continúa el procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios, y se imponen cuotas compensatorias provisionales a las importaciones originarias de China1, siguientes: 312.85%, a las que fabrica y exporta Risingsun; 343.42%, para las que fabrica y exporta Chuangmei; y 343.42%, a todas las demás exportadoras

Sosa cáustica líquida2815.12.01(3 de enero de 2012)

Concluyen los procedimientos de examen de vigencia y revisión de oficio de la cuota compensatoria sobre las importaciones originarias de los Estados Unidos de América1.Asimismo, se modifica la cuota compensatoria en los términos que a continuación se señala y se resuelve prorrogarla por cinco años más, contados a partir del 13 de julio de 2010, a los productos cuyos precios sean inferiores al precio de referencia de $288.71 dólares por tonelada métrica (precio igual al valor normal determinado en la Resolución), pagarán la cuota compensatoria que resulte de la diferencia entre el precio de exportación de la mercancía y el precio de referencia. Se considerará precio de exportación el precio a nivel ex fábrica (ex works) de la misma. El monto de la cuota compensatoria que se determine no deberá rebasar el margen de discriminación de precios de 54.79%

aceite epoxidado de soya1518.00.02(9 de enero de 2012)

Concluyen los procedimientos de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria sobre las importaciones originarias de los EUA1.Además, se resuelve mantener la cuota compensatoria fijada en la Resolución Final de 62.45%, y prorrogarla por cinco años más, contados a partir del 30 de julio de 2010

Varilla corrugada 7214.20.01(12 de enero de 2012)

Se declaran concluidos los procedimientos de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria sobre las importaciones originarias de Brasil1.Se confirma la cuota compensatoria vigente de 57.69%, y prorroga por cinco años más, contados a partir del 12 de agosto de 2010

1 Independientemente del país de procedencia

De ActUALiDAD

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2. Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar en 2012 con el arancel-cupo establecido, preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50% en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04

El cupo para importar en 2012 esas preparaciones es de 44,200 toneladas. El arancel-cupo será el establecido en el De-creto por el que se modifican diversos aranceles de la TIGIE, del Decreto por el que se establecen diversos Prosec y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la frontera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007.

Para la asignación del cupo, la SE aplicará el mecanismo de asignación mixto (directa y licitación pública), y podrán solicitarlo las empresas del sector público encargada del pro-grama de abasto social de leche; industriales que utilicen ma-terias primas lácteas como insumo, con o sin antecedentes de asignación directa de este cupo en 2011, así como las personas físicas y morales del sector privado establecidas en el país.

El Acuerdo estará vigente del 31 de diciembre de 2011 al 31 de diciembre de 2012 (SE, 30 de diciembre de 2011).

3. trigésima Primera modificación al Acuerdo por el que la secretaría de economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio exterior

En la reforma se prevé que los permisos previos de ex-portación de mineral de hierro clasificado en las fracciones arancelarias 2601.11.01 y 2601.12.0 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2012 (SE, 30 de diciembre de 2011). 4. Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer los cupos para importar productos originarios y provenientes de la república del Perú

Con el objeto de actualizar en el Acuerdo la prórroga a la vigencia del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) No. 8 y sus preferencias arancelarias, se establece que desde el 1o de enero de 2012 se aplicarán los cupos para importar pro-ductos originarios y provenientes de Perú, con la preferencia arancelaria prevista al efecto (SE, 31 diciembre de 2011).

5. Acuerdos suscritos al amparo de la AlAdISe da a conocer el texto íntegro del Tercer Protocolo Adicional

y Cuarto Protocolo Adicional al ACE No. 55 celebrado entre el Mercosur y México, los cuales conllevan el objeto de:

modificar el Artículo 5o del Acuerdo, y así extender el plazo 0

hasta el 31 de diciembre de 2015 para acordar los programas, modalidades, cupos y plazos para el libre comercio de los bienes comprendidos en los literales c) y d) del Artículo 3o del Acuerdo, los cuales constituirán el Programa de Liberalización Comercial para dichos bienes, Tercer Protocolo Adicionaldar continuidad a la aplicación de las disposiciones en mate- 0

ria de origen, reglamentos técnicos y condiciones de acceso

en el marco del Acuerdo, para los productos automotores considerados en los literales a), b), e), f) y g) del Artículo 3o. del ACE 55, a partir de la entrada en vigor del libre comer-cio en el sector automotor, Cuarto Protocolo Adicional, (SE, 6 de enero)

6. sexta resolución de modificaciones a las reglas de Carácter general en materia de Comercio exterior para 2011 sus Anexos glosario de definiciones y Acrónimos, y 22

En términos generales, la reforma a las reglas es para prever:los trámites que podrán realizarse a través de la Ventanilla 0

Digital, entre ellos se citan:copias certificadas de sus pedimentos 1

diversas autorizaciones, entre éstas, 1 para la entrada o salida del país de mercancías por lugar distinto al au-torizado en aduanas de tráfico marítimo; introducción o extracción de mercancías de territorio nacional, me-diante tuberías, ductos, cables u otros medios; prestar el servicio de almacenamiento en depósito fiscal o colocar marbetes o precintos; el establecimiento de depósitos fis-cales para Duty free; y llevar a cabo la prevalidación electrónica de datos por empresas automotrices inscripciones en el registro del CAAT; del despacho de 1

mercancías de las empresas; y de empresas certificadaslas solicitudes por escrito requeridas para obtener diver- 0

sas autorizaciones que se presentarán en los términos del instructivo que le correspondala vigencia de un año, 0 prorrogable por un período igual, para el Registro para la toma de muestras de mercancías estériles, radiactivas, peligrosas o por las se requiera de instalaciones o equipos especialesla obligación de: 0

presentar en forma digital al sistema electrónico aduanero, 1

los documentos que se adjunten a las mercancías, ya sea para su despacho, o para acreditar el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, NOM’s y de las demás obligaciones, siempre que en el pedimento se indique en el bloque de identificadores la clave que corresponda del Apéndice 8 del Anexo 22 (regla 3.1.30., adicionada)transmitir electrónicamente, el importador o exportador, a 1

la autoridad aduanera mediante el portal de la Ventanilla Digital o el sistema electrónico que se establezca, la infor-mación en idioma español de los documentos que ampa-ren el valor de la mercancía (regla 3.1.31., adicionada).Estas obligaciones entrarán en vigor de manera optativa desde el 14 de enero de 2012, esto acorde a la habilita-ción paulatina de los sistemas tecnológicos en cada una de las aduanas; y a partir del 1o de marzo de 2012 de forma obligatoria en todas las aduanas

Las reformas están vigentes desde el 14 de enero, excepto los casos establecidos al efecto (SHCP, 13 de enero).

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eSto eS Lo QUe DeBio Leer eN eSte NUmero

Para comentarLos tribunales laborales sostuvieron recientemente que los beneficiarios de los trabajadores fallecidos, únicamente contraen los derechos sobre el finiquito generado por aquéllos y no así de las deudas que hubiesen contraído con su patrón

Guía de trámites Declaración de la prima del Seguro de 0

Riesgos de Trabajo para 2012Declaraciones de pagos provisionales y 0

mensuales definitivos 2012

¿Qué hay de nuevo?Ley de Ingresos y Código Fiscal del DF. Se incluye el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos a nivel local; el aumento de algunas tarifas de impuestos y derechos, así como de los montos previstos para ciertos efectos dentro del procedimiento administrativo de ejecución y determina-das multas

No olvidarDe la resolución fiscal miscelánea 2012 destacan, entre otros aspectos, que:

si en su declaración anual 2011, las 0

personas físicas tienen un saldo a favor superior a $13,970.00 requieren de su FIEL para la devolución automáticalos contribuyentes que: 0

opten por utilizar el “Portal Microe” 0

pueden expedir comprobantes fiscales digitales, y dictaminen sus estados financieros 0

deben presentar su dictamen, entre el 15 y 30 de junio de 2012, según la primera letra de su RFC

como las reformas al CFF publicadas 0

el 12 de diciembre de 2011 en el DOF, tratándose de comprobantes fiscales, pueden comenzar aplicarse hasta el 1o de julio de 2012, durante el primer semestre se pueden emitir los comprobantes fiscales conforme a las reglas vigentes en 2011, salvo ciertos casos, ycontinúa el monto máximo de 0

$4’000,000.00 de ingresos acumulables para emitir comprobantes fiscales con código de barras bidimensional F2

Lo que aprendíLa compraventa de un inmueble inclu- 0

ye, además del costo del bien, una serie de gastos, como los son avalúo, impues-tos, derechos y honorarios notariales relacionados con la escrituraciónNo es posible delegar las obligaciones 0

derivadas de un vínculo laboral, me-diante la celebración de un contrato de suministro de personal; por tanto es falsa la creencia empresarial de que al contar con un servicio de outsourcing, se está libre de cualquier responsabili-dad laboral, en caso de una demanda

para profundizar

Peligro de recesión y tipo de cambioEn 2012, subsistirán los riesgos de deterioro del sistema financiero europeo, debido a las marcadas diferencias entre los países de la zona; por ende, el peso mexicano se-guirá sensible a los acuerdos y la evolución de esta crisis. De ahí que los empresarios deban valerse de herramientas financieras de cobertura que les permitan asegurar el tipo de cambio para la fecha de venta o pago de mercancías de comercio exterior

RevisarA efecto de asegurar el correcto cálculo de las cuotas obrero-patronales causadas en 2012, se recomienda, entre otras acciones:

actualizar en el Sistema Único de Au- 0

todeterminación los nuevos salarios mínimos de las tres áreas geográficas dados a conocer recientemente por la Conasami, ypresentar los avisos afiliatorios de los 0

trabajadores topados; de aquéllos que perciban el salario mínimo y tengan una antigüedad mayor a un año y de los que reciban el salario mínimo y prestaciones superiores a las legales

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