sesiÓn extraordinaria del ayuntamiento pleno

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1 SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 9 DE MARZO DE 2009 En el Salón de Plenos del edificio consistorial de la Plaza de San Marcelo, a nueve de marzo de dos mil nueve. Bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Javier Fernández Álvarez y con asistencia de los Sres. y Sras., Chamorro Rodríguez (D. Javier), García del Blanco (D. Ibán), Cabezas Pérez (Dña. Gema), Rodríguez Picallo (Dña. Natalia), Pardo Fernández (D. Abel Eugenio) Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Travesí Lobato (Dña. Susana), Fernández Cardo (D. Miguel Ángel) y Pérez Lamo (D. Agustín Mariano), miembros de la Junta de Gobierno Local, así como de los Concejales Sres. Y Sras., Alonso Pérez (Dña. María José), Canuria Atienza (D. Vicente), Cayón Diéguez (D. Julio Nicolás), Díaz Santiago (Dña. Catalina), Díez Díaz (D. José Antonio), Fernández Pérez (Dña. Evelia), Franco Villadangos (D. Fernando), González Rodríguez (Dña. María Teresa), Guada Sanz (Dña. Ana María), Gutiérrez Álvarez (Dña. Teresa Jesús), Míguelez Pariente (Dña. Mª. Aránzazu), Moro Menéndez (Dña. Mª. Mercedes), Nogal Villanueva (D. Luis), Pérez Cubero (D. Rafael), Rodríguez Díaz (Dña. María), Salguero García (D. Fernando) y Santos Santos (Dña. Tomasa) y de la Sra. Secretaria General, Dña. Carmen Jaén Martín, se reunió, en sesión extraordinaria, el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento. Asiste también el Sr. Interventor, D. Teodoro Seijas Delgado, la Sra. Viceinterventora Dña. Mª Luisa de la Fuente Rodríguez y la Sra. Vicesecretaria General, Dña. Marta M. Fuertes Rodríguez. Antes del inicio de la sesión se guardó un minuto de silencio con motivo de los fallecimientos de mujeres que han tenido lugar últimamente como consecuencia de la violencia de género. La Presidencia declaró abierta y pública la sesión a las diez horas. Antes de dar lectura al primer punto del orden del día una persona del público presente en el Salón de Pleno pide intervenir. El Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández Álvarez, dice: Perdone Vd., por favor, Sra. Presidenta de la Asociación de Vecinos tiene Vd. que saber cómo funciona un Pleno. Entonces le pido por favor que se siente. Le pido por favor que se siente, siéntese.

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SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO

DEL DIA 9 DE MARZO DE 2009

En el Salón de Plenos del edificio consistorial de la Plaza de San Marcelo, a nueve de marzo de dos mil nueve. Bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Javier Fernández Álvarez y con asistencia de los Sres. y Sras., Chamorro Rodríguez (D. Javier), García del Blanco (D. Ibán), Cabezas Pérez (Dña. Gema), Rodríguez Picallo (Dña. Natalia), Pardo Fernández (D. Abel Eugenio) Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Travesí Lobato (Dña. Susana), Fernández Cardo (D. Miguel Ángel) y Pérez Lamo (D. Agustín Mariano), miembros de la Junta de Gobierno Local, así como de los Concejales Sres. Y Sras., Alonso Pérez (Dña. María José), Canuria Atienza (D. Vicente), Cayón Diéguez (D. Julio Nicolás), Díaz Santiago (Dña. Catalina), Díez Díaz (D. José Antonio), Fernández Pérez (Dña. Evelia), Franco Villadangos (D. Fernando), González Rodríguez (Dña. María Teresa), Guada Sanz (Dña. Ana María), Gutiérrez Álvarez (Dña. Teresa Jesús), Míguelez Pariente (Dña. Mª. Aránzazu), Moro Menéndez (Dña. Mª. Mercedes), Nogal Villanueva (D. Luis), Pérez Cubero (D. Rafael), Rodríguez Díaz (Dña. María), Salguero García (D. Fernando) y Santos Santos (Dña. Tomasa) y de la Sra. Secretaria General, Dña. Carmen Jaén Martín, se reunió, en sesión extraordinaria, el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento. Asiste también el Sr. Interventor, D. Teodoro Seijas Delgado, la Sra. Viceinterventora Dña. Mª Luisa de la Fuente Rodríguez y la Sra. Vicesecretaria General, Dña. Marta M. Fuertes Rodríguez. Antes del inicio de la sesión se guardó un minuto de silencio con motivo de los fallecimientos de mujeres que han tenido lugar últimamente como consecuencia de la violencia de género. La Presidencia declaró abierta y pública la sesión a las diez horas. Antes de dar lectura al primer punto del orden del día una persona del público presente en el Salón de Pleno pide intervenir. El Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández Álvarez, dice: Perdone Vd., por favor, Sra. Presidenta de la Asociación de Vecinos tiene Vd. que saber cómo funciona un Pleno. Entonces le pido por favor que se siente. Le pido por favor que se siente, siéntese.

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Se da lectura por un grupo de personas presentes en el Salón de Plenos de un manifiesto de la plataforma sobre la privatización del agua. Después empiezan a gritar todos a coro pidiendo Referéndum, Referéndum…. El Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández Álvarez, continúa diciendo: Es una lástima que organizaciones como las que estoy viendo, que son mayoritarias y representan el respeto de muchos trabajadores, estén haciendo lo que están haciendo. De verdad es una lástima. Les pido por favor que guarden respeto. Les pido por favor que guarden silencio. Por favor siéntense y guarden silencio. Les pido por favor que guarden respeto. Veo que Vds. vienen a lo que vienen. Les pido que guarden respeto por favor.

Ante la insistencia del público que seguía dando voces el Ilmo. Sr. Alcalde manda desalojar a las personas que impedían la continuación de la sesión y dice: ya lo han conseguido. El público presente en el Salón comienza a gritar el agua es pública y refiriéndose al Alcalde, esto es un atraco, repitiéndo insistentemente manos arriba, estás ahí con engaño al pueblo, este regidor es un estafador. El agua es nuestra, no tuya. Mangante. Y el Ilmo. Sr. Alcalde finaliza diciendo: Eso el agua es de todos, no sólo suya. Entra en el Salón de Plenos la Concejala del Grupo Municipal del Partido Popular, Dª Mª Aranzazu Miguélez Pariente, siendo las diez hora y quince minutos. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Leída el acta de la sesión ordinaria del día 27 de febrero de 2009, por unanimidad se acordó su aprobación.

2.- RESOLUCION DE RECLAMACIONES CONTRA ACUERDO DEL PLENO MUNICIPAL DE 16 DE ENERO DE 2009, DE APROBACION PROVISIONAL DEL PRESUPUESTO Y PLANTILLA DE FUNCIONARIOS, CUADRO LABORAL ANEXO A LA MISMA Y PLANTILLA DE PERSONAL DEL SERVICIO MUNICIPALIZADO DE AGUAS Y PROPUESTA DE APROBACION DEFINITIVA DE LOS MISMOS.- Se da cuenta del dictamen de la Comisión

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Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión celebrada el día 5 de marzo de 2009, que a continuación se transcribe:

“Se dio cuenta en primer lugar del informe emitido por el Sr. Interventor

Municipal, que dice lo siguiente: “D. TEODORO SEIJAS DELGADO, Interventor General del ayuntamiento de León, en relación con las alegaciones presentadas contra el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto Municipal para el Ejercicio 2009, informa: NORMATIVA DE APLICACIÓN:

Artículos 162 y siguientes del TRLRHL.

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (en adelante LBRL) y Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL),

Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria y Ley 18/2001 de 12 de diciembre General de Estabilidad Presupuestaria, que de acuerdo a la Exposición de Motivos de la Segunda han de ser interpretadas y aplicadas de forma conjunta. Real Decreto 500/1990, de 20 de abril que desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28-12-1988, reguladora de las Haciendas Locales: contenido y aprobación, créditos y sus modificaciones, ejecución y liquidación y normas específicas para Organismos Autónomos y Sociedades mercantiles

Real Decreto 1174/1987 de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

ANTECEDENTES

El proyecto de presupuesto municipal fue informado por esta Intervención con fecha 9 de enero de 2009, aprobándose inicialmente por el Pleno Municipal el 16 de enero de 2009, y recogiendo la indicación expresa de que de no presentarse alegaciones, se entendería definitivamente aprobado. Tras la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de fecha 23 de enero de 2009 se han recibido las alegaciones que se mencionan a continuación.

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En relación con la aprobación definitiva del documento presupuestario, se indica lo siguiente: El artículo 170.2 TRLRHL únicamente admite reclamaciones contra el presupuesto por los motivos recogidos en su apartado segundo:

a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos por la Ley.

b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones

exigibles a la entidad local.

c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados

A efectos de informar el total de alegaciones presentadas, dividimos éstas

en los siguientes bloques.

PRIMER BLOQUE, integrado por las siguientes alegaciones:

1. Alegación presentada por el grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de León, representado por su portavoz y con registro de entrada 2009/3936 de fecha 10/02/2009. Constan en el documento presentado una relación de Alegaciones-enmienda numeradas de la 1 a la 34 que se refieren a creación o ampliación de determinadas partidas del Estado de gastos.

2. Alegaciones presentada por la Junta Vecinal de Oteruelo de la Valdoncina, con registro de entrada: 2009/1607, de fecha 20 de enero de 2009. 2009/1609, de fecha 20 de enero de 2009. 2009/1610, de fecha 20 de enero de 2009.

Con respecto a estas alegaciones cabe realizar una primera consideración en cuanto a la extemporaneidad de las mismas al haber sido presentadas con anterioridad al comienzo del plazo de exposición pública, por lo que no debe ser admitida.

3. Reclamación presentada por el representante de la Coordinación local de IU en León, referente a la “privatización del servicio de aguas”, presentada con nº de registro de entrada 3957/2009 de fecha 10 de febrero de 2009.

4. Reclamación presentada por la “Plataforma contra la privatización del Agua de León”, con registro de entrada de fecha 10 de febrero de 2009, en

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la que se solicita la eliminación de cualquier ingreso que provenga de la privatización total o parcial de este servicio.

Con respecto a las alegaciones y reclamaciones presentadas en los escritos citados, no pueden ser encuadradas en ninguno de los tres motivos mencionados, ya que se refieren a proyectos de gastos de distintos capítulos que se solicita que se aborden, que se amplíe la consignación de los ya incluidos en el documento presupuestario, o que no se realicen actuaciones previstas, esto es, a determinadas inversiones que deberían acometerse o no por el equipo de gobierno. Con respecto a los gastos, la exigibilidad a la que se refiere la norma, de acuerdo a la interpretación jurisprudencial, no incluye los programas electorales, que no se consideran vinculantes, sino aquellas obligaciones contraídas derivadas de acuerdos de contenido económico y prestacional con terceros, cuyo cumplimiento pueda ser exigido a la entidad local.

Según todo lo expuesto, y por no poder ser encuadradas las alegaciones realizadas en ninguno de los motivos que la norma permite, no pueden ser consideradas formalmente reclamaciones al Presupuesto, si bien cabe su consideración en relación con posibles modificaciones al documento aprobado, si desde un punto de vista de oportunidad se estima conveniente.

Por lo anteriormente expuesto la propuesta debe ser la desestimación de las alegaciones contenidas en el presente bloque.

SEGUNDO BLOQUE: integrado por las siguientes alegaciones:

1. Alegaciones presentadas por Grupo Municipal del PP en el ayuntamiento de León, con nº de registro 2009/3992, de fecha 10 de febrero referente a la ausencia de los Programas Anuales de Actuación, Inversiones y financiación de las Sociedades mercantiles participadas por el ayuntamiento de León, con excepción de MERCALEON.

De acuerdo con el artículo 114 del RD 500/90, los programas anuales de Actuación, inversiones y financiación comprenderán:

a) El estado de inversiones reales y financieras a efectuar durante el ejercicio.

b) El estado de las fuentes de financiación de las inversiones con especial referencia a las aportaciones a percibir de la entidad local

c) La relación de los objetivos a alcanzar y de las rentas que se esperan generar.

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d) Memoria de las actividades que vayan a realizarse en el ejercicio.

Examinada la documentación incluida en el expediente cabe realizar las siguientes consideraciones:

El ILDEFE, el ILRUV, SA y el Palacio de Congresos SA, presentan dentro de la documentación aportada la información completa a que se refiere el artículo anterior, si bien no estructurada en el literal de los ítems del artículo mencionado. No obstante, la ley no impone ningún documento normalizado para presentar estos programas por lo que se entiende cumplida la obligación con la presentación de los documentos incluidos en el expediente.

A este respecto conviene señalar, como ya se mencionó en el anexo al programa de actuación, inversión y financiación (PAIF) de la sociedad mercantil “MERCALEON, SA” para el ejercicio 2008, incluida en el expediente presupuestario de ese ejercicio, que a partir de la Ley 2/2008 de 3 de mayo de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, los modelos normalizados para la presentación de los PAIF han desaparecido continuando con la tendencia que ya estableció el propio Estado tras la promulgación del RDL 1091/88, de 23 de septiembre, por el que se aprobó el TRLGP.

La Sociedad Mixta de Turismo de León, SA, y EMILSA, según se desprende de la documentación presentada para la elaboración del presupuesto, no prevén realizar ningún tipo de inversiones en el ejercicio 2009, No obstante, la relación de los objetivos a alcanzar y de las rentas que esperan generar, así como la memoria de las actividades a realizar, se entienden cubiertas con la documentación presentada.

EMIMALSA, EULSA, no contienen la documentación preceptiva, que se incorpora antes de la aprobación definitiva.

2. Alegaciones presentadas por Grupo Municipal del PP en el Ayuntamiento de León, con nº de registro 2009/3990, de fecha 10 de febrero referente a la ausencia de los Estados de Previsión de Gastos e Ingresos de las Sociedades mercantiles de capital íntegramente local.

La documentación integrante del presupuesto contiene la información relativa a los estados de gastos e ingresos de la Sociedad Palacio de Congresos y Exposiciones de León, SA y el ILRUV, SA.

En cuanto a la Sociedad Palacio de Congresos, al haber sido creada con fecha 30 de septiembre de 2008, no puede presentar cuenta de explotación alguna puesto que no ha comenzado su actividad.

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El ILRUV tiene elaboradas sus cuentas de explotación que no obstante, no han sido aprobadas por su Junta de Accionistas desde el ejercicio 2005.

De acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el criterio que parece deducirse de varias de sus sentencias (STS de 4/03/1992, AZ1992\2132, 13 de mayo de 1998 RJ 1998.3674; 18 de enero de 2002 RJ 2000,266; y 22 de enero de 2003 RJ 2003\3324) es que la ausencia de la documentación preceptiva fijada en la LRHL en la aprobación inicial es una irregularidad grave que puede ser subsanada antes de que se produzca la definitiva, no constituyendo hasta entonces causa de nulidad. Así se pronuncia el Tribunal Supremo en sentencia de 18-01-2000, en un caso de falta de entrega de documentación complementaria y anexos, sobre el acuerdo de aprobación provisional del presupuesto de la Corporación, “partiendo de la tesis de la anulabilidad, es necesario para la anulación del acto que carezca de los requisitos indispensables para alcanzar su fin, bien que diera lugar a indefensión de los interesados...y en el caso de autos, no es sólo que la Sentencia recurrida no ofrezca ni refiera con la claridad y precisión que es exigido, los datos o elementos de hecho suficientes para poder apreciar que concurre una u otra circunstancia, sino que la realidad ofrecida por la actuación del recurrente en la instancia muestra la realidad contraria, de una parte, porque no obstante, la realidad del incumplimiento de los plazos, que la propia Sentencia refiere, es lo cierto, que el concejal que impugnó los Presupuestos, pudo hacer e hizo las alegaciones que estimó pertinentes y sobre todas ellas hubo el oportuno debate” Es únicamente la falta de documentación preceptiva en el expediente que se tramite para la aprobación definitiva del presupuesto, lo que permite su impugnación a tenor de lo recogido en el 170.1.a de la LRHL, por no haberse ajustado a los trámites previstos en la LRHL en cuanto a la elaboración y aprobación de los presupuestos, siendo procedente su anulación. Se interpreta por el Tribunal Supremo que “ha de atribuirse distinta importancia a la falta de la documentación requerida, según se trate del acto de aprobación inicial del proyecto de Presupuesto, o bien nos hallemos ante la impugnación de su aprobación definitiva”, sobre la base de que, jurídicamente, “la aprobación de los proyectos de presupuestos no resulta ser sino un acto de trámite que no decide el fondo del asunto ni produce indefensión”, debiendo pronunciarse únicamente los tribunales sobre “los actos definitivos y no sobre los actos de trámites salvo en supuestos tasados”.

Por todo lo anteriormente expuesto, el acuerdo a adoptar en relación de las alegaciones estructuradas en este segundo bloque sería, la estimación parcial de las mismas, requiriendo a las empresas relacionadas, la aportación de la documentación que se menciona y su incorporación al expediente presupuestario antes de la adopción del acuerdo de aprobación definitiva.

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TERCER BLOQUE:

1. Alegación presentada por la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León (ASISAL), relativa a la insuficiencia de crédito para hacer frente a los gastos de personal, con registro de entrada nº 2009/4133 de fecha 11 de febrero, pero presentada en la Oficina de Correos de León con fecha 10 de febrero de 2009, estando por tanto presentada en plazo.

Del contenido del texto se desprende una diferencia, en principio no presupuestada de 19.348 €.

El total del capítulo 1 del Estado de Gastos, presupuestado asciende a 68.867.000, importe reflejado presupuestariamente de conformidad con lo cuantificado por el departamento de personal y nóminas para el ejercicio 2009 en 68.781.348,14 €, incluyendo una partida máxima de gastos por seguros de accidentes, no incluida en el informe de los departamentos de nóminas y personal.

Considerando el capítulo 1 en su totalidad, resulta que contiene los créditos suficientes a nivel de vinculación para la cobertura de las obligaciones de pago al personal, seguros sociales y seguros de accidentes laborales por lo que no se precisa modificación alguna de los estados de gastos aprobados inicialmente.

En cuanto a la justificación del coste total del personal, se adjunta informe del departamento correspondiente.

Por lo expuesto en relación con este tercer bloque de alegaciones, se considera que el acuerdo a adoptar debe ser la desestimación de las alegaciones presentadas.

CUARTO BLOQUE:

1. Alegaciones presentadas por Grupo Municipal del PP en el Ayuntamiento de León, con nº de registro 2009/3938, de fecha 10 de febrero referente a la inadecuación del destino de los ingresos obtenidos por la venta de bienes afectos al Patrimonio Municipal del Suelo.

El anexo de inversiones que forma parte del documento presupuestario del ejercicio 2009 incluye diferenciadamente las inversiones que se financiarán con el producto de la venta del Patrimonio municipal del Suelo, cumpliendo todas ellas los destinos recogidos en el artículo 125 de la Ley 5/99 de Urbanismo de Castilla y León según se desprende del informe presentado por la técnico municipal.

No obstante, cabe señalar, que si bien ahora se aprueba el presupuesto para el ejercicio 2009 y debe, tal y como recoge el informe mencionado, respetarse

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las finalidades legales previstas, no es menos cierto que se trata de una previsión presupuestaria, por tanto será en la liquidación de los presupuestos de 2009, en el primer trimestre de 2010, donde deba recogerse esta información. A este respecto se unirán a la misma los acuerdos expresos de afectación de los recursos provenientes del Patrimonio municipal del Suelo a las obras concretas que se financian con los mismos, de forma que quede constancia del cumplimiento de lo dispuesto en la ley. Todo lo cual se realiza en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 376 D22/04 RUCYL, que recoge que las Administraciones titulares de patrimonios públicos de suelo, así como las entidades que tuvieran encomendada su gestión, deben documentar contablemente de forma expresa y diferenciada los bienes integrantes del patrimonio, así como su movimiento patrimonial, sus enajenaciones y su destino final, y asimismo el flujo y afectación de los fondos adscritos al patrimonio, utilizando al efecto técnicas de contabilidad y presupuestación públicas. La gestión anual de los patrimonios públicos de suelo debe acompañar a la liquidación de las cuentas correspondientes, a la ejecución de los presupuestos de su Administración titular y debe ser objeto de control en los mismos términos que dicha liquidación.

En cuanto a las alegaciones presentadas, integrantes de este cuarto bloque, y de acuerdo a lo informado, esta intervención considera que el acuerdo a adoptar debe ser la desestimación de las mismas por estar las actuaciones ajustadas a derecho, según lo expuesto.

QUINTO BLOQUE:

1. Alegaciones presentadas por Grupo Municipal del PP en el ayuntamiento de León con nº registro de entrada 3937/2009 de fecha 10 de febrero, referente al incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 193 del TRLRHL relativo a la absorción del Remanente de Tesorería negativo resultante de la liquidación del ejercicio 2007.

La liquidación del presupuesto de 2007 presenta un remanente negativo de tesorería que asciende a - 68,11 millones de €. Las medidas que establece el mencionado artículo para el caso de liquidación del presupuesto con remanente de tesorería negativo, son las siguientes:

1. Reducción por parte del órgano competente en su primera reunión, de gastos en el presupuesto por cuantía igual al déficit producido. La liquidación del ejercicio 2007, se aprobó en septiembre del ejercicio 2008, siendo en esa fecha, imposible la reducción del gasto corriente, puesto que ya estaba comprometido.

2. Si esa reducción no resulta posible, cabe el recurso a una operación de crédito, siempre que se cumplan las condiciones del artículo 177.5 TRLRHL. La concertación de una operación de crédito con los requisitos

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recogidos en el artículo, se está estudiando en la actualidad, sin embargo solo supondría un importe de 7 millones de euros, por lo que esta medida por sí sola no es suficiente para absorber todo el déficit. Asimismo, hay que tener en cuenta que los plazos de amortización que exige la ley, hace que esta medida sea de difícil aplicación.

3. El Presupuesto del ejercicio siguiente ha de aprobarse con un superávit inicial de cuantía no inferior al déficit señalado. La aprobación del presupuesto del ejercicio 2009, se realiza con superávit por importe de más de 13.000.000 €, que supone la adopción de medidas restrictivas del gasto en los capítulos 1, 2 y 4 fundamentalmente y de incremento de los ingresos corrientes.

Asimismo, cabe mencionar lo siguiente:

La exigencia que recoge el artículo anterior se establece en referencia al primer ejercicio que se liquide con remanente de tesorería negativo, es decir el ejercicio 2005, en el cual podría haberse procedido a la reducción completa del déficit en aplicación de las medidas correctoras, siempre que se acompañasen de la congelación de la Oferta de empleo Público y la reducción del número de servicios a prestar.

La prolongación de esta situación a lo largo de los ejercicios, hasta alcanzar los niveles del actual, hace imposible su resolución en un sólo presupuesto, puesto que el déficit ya no es coyuntural sino estructural. Adicionalmente, el retraso en la adopción de medidas sobre los reiterados déficits en el Remanente de tesorería, no hace sino agravar el deficiente estado de la Tesorería municipal.

El Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 23 de diciembre de 2008, aprobó el Plan económico financiero para restablecer el equilibrio presupuestario, en los ejercicios 2008-2010, que en la actualidad está pendiente de aprobación por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León.

En el mencionado Plan se recogen las medidas necesarias para que los ratios que manifiestan la situación estructural de la entidad local alcancen a finales del ejercicio 2010, valores positivos.

Al ser el déficit producido durante los últimos ejercicios un déficit estructural, las medidas a adoptar requieren la reducción del gasto corriente, es decir preferentemente del gasto de personal y del gasto en bienes corrientes y servicios, capítulos éstos que son inelásticos a corto plazo por lo que las medidas a adoptar deben tener en cuenta esta circunstancia.

Las medidas concretas recogidas en el plan y que han informado la elaboración del presente presupuesto son la reducción de los siguientes capítulos:

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Capitulo 1: Gastos de personal, por importe de 68 millones de euros, cuantía que supone una reducción importante de los gastos de personal.

Capitulo 2: Gastos en Bienes Corrientes y servicios, por importe de 59 millones en el que se han dotado todos los contratos ya vigentes para los que existen compromisos de gasto ya adquiridos en ejercicios anteriores provenientes fundamentalmente de contratos de basuras, limpieza viaria y de edificios e instalaciones, transporte urbano de viajeros, señalización semafórica, alumbrado público, servicios de ayuda a domicilio y asistencia domiciliaria, etc., que es imposible reducir. No obstante, se han suprimido los gastos elegibles consiguiendo una reducción de este capítulo en alrededor de 2 millones de euros, y todo ello teniendo en cuenta el incremento de precios de los servicios por aplicación de las formulas de revisión en función del IPC.

Capítulo 4: Transferencias corrientes, se ha reducido en 2 millones de euros con respecto al ejercicio anterior.

La adopción de estas medidas, si bien resultan insuficientes para abordar la reducción del déficit en un sólo ejercicio, suponen la aplicación del Plan económico Financiero, cuyo cumplimiento permitirá recuperar el equilibrio presupuestario en el plazo previsto.

De conformidad con el anterior informe, se formula la siguiente propuesta de la Alcaldía-Presidencia al Pleno de la Corporación:

Visto el expediente administrativo relativo al Proyecto de Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de León para el ejercicio económico 2009, formado por esta Alcaldía-Presidencia que está integrado por el Presupuesto del Ayuntamiento de León y los Estados de Previsión de las sociedades Instituto Leonés de Renovación Urbana y Vivienda (ILRUV, S.A.) y Palacio de Congresos de León, S.A.) de capital íntegramente local, que asciende en términos consolidados a la cantidad de 213.924.966,31 euros en ingresos y a 200.287.594,47 euros en gastos.

Considerando que mediante acuerdo del Pleno, en sesión celebrada el día

16 de enero de 2009, se aprobó inicialmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de León para el ejercicio 2009, así como su anuncio en el BOP y simultanea disposición al publico de la documentación, por un plazo de 15 días hábiles, durante los cuales los interesados pudieron examinarlo y presentar alegaciones ante el Pleno

Considerando que de conformidad con lo establecido en el artículo 169 del

RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales que regula el procedimiento de tramitación de aprobación del Presupuesto, el precedente acuerdo se expuso al público por un plazo de 15 días hábiles que comprendió desde el día 24 de enero de 2009, hasta el día 10 de febrero de 2009

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Vistas las distintas reclamaciones al acuerdo de aprobación inicial del

Presupuesto, presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de León, dentro del período de exposición pública, en su caso, por D. Julio Cayón Diéguez en nombre y representación del Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de León, por D. Bernardo R. Sánchez Prieto, Alcalde-Pedáneo y Presidente de la Junta Vecinal de Oteruelo de la Valdoncina, por D. Santiago Ordóñez González, Coordinador Local de Izquierda Unida en León, por D. Ignacio Fernández Herrero, que encabeza la reclamación de la Plataforma contra la privatización del agua de León y por D. Carlos F. Hurtado Martínez, en representación de la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León (ASIAL).

Considerando el Informe de 23 de Febrero de 2009, emitido por la

Intervención General, a instancia de la Concejalía de Hacienda, que en el ejercicio de la función interventora atribuida legalmente y vistos los motivos tasados de impugnación que establece el apartado 2 del Art. 170 del RD Legislativo 2/2004 anteriormente citado, considera que resulta procedente desestimar las reclamaciones presentadas contra el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento de León para el ejercicio 2009, con excepción de la presentada por el representante del Grupo Municipal del Partido Popular, en relación con la falta de documentación de los Programas de Actuación, Inversión y Financiación, de las Sociedades Municipales EULSA Y EMIMALSA, no obstante haber presentado las dos empresas la documentación requerida antes del momento de la aprobación definitiva.

Todas las anteriores reclamaciones fueron presentadas contra el acto de

aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento de León por el Pleno Municipal de fecha 16 de enero de 2009.

A la vista de las consideraciones anteriores, por esta Alcaldía-Presidencia

se propone al Pleno de la Corporación, previo Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, la adopción del siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Expediente de Presupuesto General

del Excmo. Ayuntamiento de León para el ejercicio 2009, integrado por el Presupuesto del Ayuntamiento de León y los Estados de Previsión de la Sociedad Instituto Leonés de Renovación Urbana y Vivienda (ILRUV, S.A.) y Palacio de Congresos de León, S.A., resolviendo las distintas reclamaciones presentadas, en el sentido de desestimar la totalidad de las mismas con excepción de la presentada por el representante del Grupo Popular en el Ayuntamiento de León, referida a la ausencia de determinada documentación de los Programas de Actuación, Inversión y Financiación, de las Sociedades Municipales EULSA Y EMIMALSA, la cual ha sido requerida y presentada antes del momento de la aprobación definitiva.

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SEGUNDO.- Acordar que el Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de León, resumido por capítulos, sea insertado en el Boletín Oficial de la Provincia y simultáneamente se remita copia a la Comunidad Autónoma y al Ministerio de Economía y Hacienda para su entrada en vigor.

No obstante la propuesta que se formula, el Pleno de la Corporación adoptará el acuerdo que estime más conveniente a los intereses municipales

Se dio cuenta a continuación del informe emitido por la Jefe del Servicio de Asuntos Generales, en relación con las reclamaciones presentadas a la aprobación provisional de la Plantilla de Funcionarios, Cuadro Laboral anexo a la mismo y Plantilla de Personal del Servicio Municipalizado de Aguas siguiente:

Por el Pleno Municipal en sesión de 16 del pasado mes de Enero, se aprobó inicialmente junto con el Presupuesto Municipal para el Ejercicio 2009, la Plantilla de Funcionarios, Cuadro Laboral anexo a la misma y Plantilla de Personal del Servicio Municipalizado de Aguas. Dichas Plantillas se han publicado en el B.O. de la Provincia nº 18 de 28 de Enero del presente año, señalándose el plazo de quince días para la presentación de alegaciones. Dentro del plazo legalmente establecido se han presentado las siguientes alegaciones: En el Registro General del Ayuntamiento: Por D. Ramón Cármenes Gutiérrez, en representación del Sindicato CC00, el 6-02-09, nº registro 3617 Por D. Ramón Cármenes Gutiérrez y D. Salvador Martínez Suárez, en representación respectivamente de los Sindicatos CCOO y UGT, el 6-02-2009, nº registro 3721. Por D. Salvador Martínez Suárez, en representación del Sindicato UGT, el 6-02-09, nº registro 3697 Por D. José Luís Méndez García, en representación del Sindicato USO, el 10-02-09, nº registro 4005 Por D. Nicanor García de la Viuda, en representación del Sindicato CSI-CSIF, el 10-02-09, nº registro 4071 Por D. Rubén García Lorenzana, el 10-02-09, nº registro 4072 Por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre y representación de la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León (ASIAL), el 14-02-09, nº registro 4673

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Por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre y representación de la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León (ASIAL), el 14-02-09, nº registro 4674. Igualmente se han presentado dentro del plazo señalado, las siguientes alegaciones: Por D. Francisco Rodríguez López, en la Delegación en Zamora de la Junta de Castilla y León, el 12-02-09, que tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento el 16-02-09, nº de registro 4748. Por D. Fernando Fernández Ferreras, en la Oficina de Correos de León el 13-02-09, que tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento el 16-02-09, nº registro 4758. Por D. Pedro Luís Moro Callejo, en la Oficina de Correos de León el 13-02-09, que tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento el 16-02-09, nº registro 4760 Por D. José Mª Alcalde Fernández, en la Oficina de Correos de León el 13-02-09, que tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento el 16-02-09, nº registro 4763 Por D. Ramón Pertejo Sánchez, en la Oficina de Correos de León el 13-02-09, que tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento el 16-02-09, nº registro 4762 Por D. Fernando Delgado Fernández, en la Oficina de Correos de León el 13-02-09, que tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento el 16-02-09, nº registro 4765 Asimismo en el Departamento de Personal, han sido presentadas propuestas de modificación por las Concejalías de Comercio y Consumo, Educación, Bienestar Social, Deportes y Régimen Interior. En primer lugar se informaran las modificaciones por rectificación de errores materiales; seguidamente las propuestas técnicas presentadas por las Concejalías respectivas, a continuación de las reclamaciones particulares y por ultimo las reclamaciones generales. 1.- RECTIFICACION ERRORES MATERIALES En la Plantilla de Personal Fijo Discontinuo de la Escuela de Música, se han observado los siguientes errores susceptibles de rectificación de conformidad con lo establecido en el artº 105.1 de la LRJPA: Se ha omitido en el Grupo II. Técnico Medio: una plaza de Profesor de Oboe, una plaza de Profesor de Violín y una plaza de Profesor de Danza. Con esta rectificación la plantilla de Personal Fijo Discontinuo de la Escuela de Música, queda configurada en los siguientes términos:

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Grupo II Tec. Medio Profesor Acordeón: 1

Profesor Clarinete: 1 Profesor de Oboe: 1 Profesor Canto: 1 Profesor Flauta Travesera: 2 Profesor Flauta Pico: 1 Profesor Guitarra Clásica: 3 Prof. Lenguaje Musical: 7 Prof. Percusión Clásica: 1 Profesor Piano: 6 Profesor Trompeta: 1 Profesor Violín: 3 Profesor Violoncello: 1 Profesor Saxo: 1 Profesor Contrabajo: 1 Profesor Teclado: 1 Director Coro Municipal: 1 Profesor Danza: 2

Grupo IV Oficial 1ª Profesor Batería: 2 Profesor Guitarra Eléctrica: 2 Prof. Informática Musical: 1 Profesor Saxo: 1 Prof. Expresión Corporal: 1 Prof. Interpretación: 2 Prof. Técnica Vocal: 1 Prof. Tai Chi: 1 Prof. Bailes Tradicionales: 2 Profesor Dulzaina: 1 Profesor Pandereta: 1 Prof. Indumentaria Leonesa: 1 Director Aula Coral: 7 Monitor Teatro: 4

2.- PROPUESTAS TÉCNICAS DE LAS CONCEJALÍAS Por el Sr. Concejal Delegado de Régimen Interior, se formula propuesta

de creación de una plaza mas de las creadas inicialmente de Técnico Medio de Gestión, en la Escala de Administración General, Subescala Gestión. Grupo A2. Técnicos Medios de A. General, en base a los mismos criterios señalados en la propuesta inicial de creación de tres plazas de esta categoría: el que la reordenación de los servicios municipales que se está llevando a cabo, con aumento de las tareas burocráticas, aconsejan en principio la creación de una plaza más de esta categoría, de apoyo a las funciones administrativas de nivel superior, de conformidad con lo dispuesto en el artº 169 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, con lo cual la Subescala de Gestión de la Escala de Administración General, Grupo A2,

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pasaría a tener 4 plazas, quedando configurada la Escala de Administración General en los siguientes términos:

ESCALA ADMINISTRACION GENERAL

Subescala Técnica Grupo A1

Técnicos Administración General: 35

Subescala Gestión Grupo A2

Técnicos Medios Adm. General: 4

Subescala Administrativa Grupo C1

Administrativos Admón. General: 58

Subescala Auxiliar Grupo C2

Auxiliares Administrativos: 69

Por el Sr. Concejal Delegado de Educación, se formula propuesta de que

la plaza de Coordinador de Formación Tradicional, de la Plantilla de la Escuela de Música, pase a encuadrarse en la Plantilla de Educación. Con esta modificación las plantillas de la Escuela de Música y de Educación, quedan configuradas en los siguientes términos:

EDUCACION Grupo II Tec. Medio Coordinador Educación: 1 Grupo III Encargado Tec. Auxiliar Infraestructura Educativa: 1 Encargado Actividades Educativas: 1 Coordinador Formación Tradicional: 1

ESCUELA MUSICA Grupo III Encargado Encargado Escuela Música: 1 Grupo V Peón Esp Conserje: 1 Peón Portero: 5

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Por la Srª Concejala Delegada de Bienestar Social, se formula propuesta de adscripción definitiva de un Educador de calle del Plan Municipal sobre Drogas al departamento de Bienestar Social, lo cual se traduce a la siguiente modificación técnica en el Cuadro Laboral de ambas Plantillas en los siguientes términos: amortización de una de las plazas de Educador de calle de la Plantilla del Plan de Drogas y creación de una plaza de Trabajador Social en la de Servicios Sociales.

Con esta modificación las plantillas de Servicios Sociales y del Plan

Municipal sobre Drogas quedan configuradas en los siguientes términos:

PLAN M. DROGAS Grupo I Tec. Sup. Técnico Superior Prevención Familiar: 1 Grupo II Tec. Medio Trabajador Social: 1 Técnico Medio Prevención Familiar: 2 Educador de Calle: 4 Grupo IV Oficial 1ª Monitor Coordinador M. Étnicas: 1 Monitor Actividades Deportivas: 1

SERVICIOS SOCIALES

Grupo II Te. Medio Trabajador Social: 3 Grupo III Encargado Encargado C.S. Mariano Andrés:1 Encargado Centro Mayores: 2 Grupo IV Oficial 1ª Conserje Centro Padre Isla: 2 Conserje Centro Social La Serna: 1 Grupo V Peón Esp Portero Centro Padre Isla: 1 Portero Centro Social La Serna: 1 Portero Centro Social M. Andrés: 1 Grupo V Peón Portero CEAS Armunia: 2 Portero CEAS Puente Castro: 3 Portero CEAS Palomera: 2 Portero Centro Mayores Pte. Castro: 2 Portero Centro Social Mariano Andrés: 1

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Por la Srª Concejal Delegada de Deportes, se formula propuesta de no amortización de las plazas tanto en Instalaciones Deportivas de Verano como en Escuelas Deportivas, por entender que en el momento presente la estructura de ambas plantillas se acomoda a las necesidades de personal, pudiéndose cubrir con personal interino las no desempeñadas efectivamente por los trabajadores fijos discontinuos en situación de excedencia.

De conformidad con la anterior propuesta, las Plantillas de Personal Fijo

Discontinuo de Instalaciones Deportivas de Verano y de Escuelas Deportivas, quedan configuradas en los siguientes términos:

Instalaciones Deportivas de Verano:

Grupo IV Oficial 1ª Socorrista: 19

Grupo V Peón E.Taquillas: 6 E. Guardarropa: 19 E. Mantenimiento: 10 E. Limpieza Interior: 9 E. Limpieza Exterior: 5

Escuelas Deportivas:

Grupo IV Oficial 1ª Monitor Ajedrez: 5 Monitor Atletismo: 8 Monitor Baloncesto: 29 Monitor Balonmano: 16 Monitor Ciclismo: 2 Monitor Fútbol Sala: 23 Monitor Gimnasia Artística: 2 Monitor Gimnasia Rítmica: 9 Monitor Hockey: 1 Monitor Lucha Leonesa: 3 Monitor Orientación: 1 Monitor Predeporte: 5 Monitor Tenis Mesa: 5 Monitor Voleibol: 8

Por ultimo por el Sr. Inspector Técnico Veterinario del Mercado de

Ganados, con el conforme de la Srª Concejal Delegada de Comercio y Consumo, se formula propuesta de no amortización de dos plazas de Oficial 1ª y creación alternativa de dos de Peón Especialista, por supresión de funciones de superior categoría.

En relación con la presente propuesta, se señala que la Plantilla es un

documento presupuestario, en el que deben de figurar los puestos de trabajo existentes en los términos previstos en la legislación básica sobre función publica, siendo en realidad las plazas ocupadas realmente por los dos trabajadores a que

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se refiere la modificación, de Peón Especialista, sin perjuicio de que se encuentren desempeñando funciones de superior categoría, en los términos establecidos en el Convenio Colectivo en vigor, por lo que se propone mantener la citada amortización de las dos plazas de Oficial 1ª y creación de las de Peón Especialista.

3.- ALEGACIONES PARTICULARES Las alegaciones particulares, presentadas por D. Francisco Rodríguez

López, D. Fernando Fernández Ferreras, D. Pedro Luís Moro Callejo, D. José Mª Alcalde Fernández, D. Ramón Pertejo Sánchez y D. Fernando Delgado Fernández, todos ellos desempeñando funciones de superior categoría a la realmente ostentada, se efectúan contra la amortización de la plaza de superior categoría y creación de la plaza de inferior categoría, que afecta a cada uno de ellos

Se propone la desestimación de todas estas reclamaciones, dado que esta modificación se hace en base al documento presupuestario: Plantilla de Personal, en el que deben de figurar los puestos de trabajo existentes en los términos previstos en la legislación básica sobre función publica, siendo las plazas que se crean, las plazas ocupadas realmente por los trabajadores reclamantes y las plazas que se amortizan desempeñadas accidentalmente, sin perjuicio de que se reconozca el desempeño de funciones de superior categoría cuando éstas efectivamente se realicen en los términos establecidos en el artº 8 del Convenio Colectivo en vigor, que establece igualmente que el desempeño de funciones de superior categoría no producirá en ningún caso el ascenso ni la consolidación de ningún tipo de derechos retributivos o no.

Concretando particularmente la situación de cada uno de estos trabajadores:

D. Francisco Rodríguez López, ocupa la plaza de Auxiliar de Oficina como

trabajador fijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de León de 14-11-95, dictada en Autos 548/95 y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Encargado de Oficina) por Resolución de la Alcaldía de 4-02-03.

D. Fernando Fernández Ferreras, ocupa la plaza de Oficial 2ª Jardinero

como trabajador fijo, en virtud de Resolución de la Alcaldía de 25-04-2000, que resolvió Concurso de promoción interna, convocado al respecto. y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Encargado de Actividades Deportivas de la Casa de Cultura de Armunia) por Resolución de la Alcaldía de 30-5-05.

D. Pedro Luís Moro Callejo, ocupa la plaza de Peón Especialista de Oficios,

como trabajador fijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de León

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de 7-02-96, dictada en Autos 885/95. y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Oficial 1ª Albañil) por Resolución de la Alcaldía de 30-5-05.

D. José Mª Alcalde Fernández, ocupa la plaza de Peón Especialista de

Jardines, como trabajador fijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de León, de 26-05-95, dictada en Autos 266/95 y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Oficial 1ª Jardines) por Resolución de la Alcaldía de 26-1-04.

D. Ramón Pertejo Sánchez, ocupa la plaza de Peón Especialista de

Jardines, como trabajador fijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de León, de 15-02-96, dictada en Autos 688/95 y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Oficial 2ª Jardines) por Resolución de la Alcaldía de 26-1-04.

D. Fernando Delgado Fernández, ocupa la plaza de Peón Especialista de

Mantenimiento del Coto Escolar, como trabajador fijo, en virtud de acuerdo del Pleno Municipal de 31-01-95, se le adscribió a la Plantilla del Servicio de Jardines, por Resolución de la Alcaldía de 2-04-02 y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Oficial 2ª Jardines), por Resolución de 26-1-04

4.- ALEGACIONES GENERALES La formulada por D. Rubén García Lorenzana, contra la amortización de

plazas de Monitor de Escuelas Deportivas, se propone su desestimación en los términos en que dicha reclamación es planteada como nula de pleno derecho, ex articulo 62 de la Ley 30/92 o subsidiariamente anulables, en tanto en cuanto no han sido objeto de negociación previa “real “ con el Comité de Empresa, sino que suponen una mera y pura imposición, vulnerando flagrantemente el articulo 37.1 de la Constitución Española, que proclama el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y los empresarios y la fuerza vinculante de los Convenios Colectivos, proclamada en sede de legalidad ordinaria en el articulo 3.1 b) y 82.3 del Estatuto de los Trabajadores” y por constituir una agresión directa al derecho de excedencia ( sic ). En cuanto al primero de dichos argumentos porque la Ley establece que la competencia en relación con la Plantilla de Personal corresponde a la Corporación y el articulo 37 de la Ley 7/2007 de 12 de Abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Publico, dice que quedan excluidas de la obligatoriedad de negociación las decisiones de las Administraciones Publicas que afecten a sus potestades de autoorganización, y en cuanto al segundo de los argumentos, la amortización de una o varias plazas no constituye una agresión directa al derecho de excedencia, ya que la excedencia a la que se refiere es la voluntaria que se concede a petición del trabajador o funcionario, la cual no otorga al excedente mas derecho que al reingreso cuando haya plaza vacante, pero no a la reserva de dicho puesto.

No obstante la citada reclamación carece de objeto en el momento

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presente, dado que se propone la aceptación de la propuesta formulada por la Srª Concejal Delegada de Deportes de no amortización de plazas de Escuelas Deportivas.

La formulada por D. Carlos Hurtado Martínez, actuando en su propio

nombre y en representación de la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León (ASIAL), referida a la insuficiencia de los créditos presupuestarios del Capitulo 1 del Estado de Gastos del Presupuesto Municipal para 2009, será objeto del oportuno informe por parte de la Intervención Municipal.

En cuanto a la aparente discordancia entre los datos de los diferentes

listados incorporados al expediente del Presupuesto y al expediente de aprobación de la Plantilla, se realiza la siguiente consideración:

El documento Anexo al Presupuesto que relaciona a los trabajadores

agrupados por servicios con las retribuciones anuales correspondientes al puesto de trabajo desempeñado por cada uno de ellos, contiene las referidas al Ejercicio 2008, por lo que se incorpora una nueva relación en los mismos términos, con las retribuciones del año 2009. No obstante, el informe de la Técnico de Nominas que ha servido de base para la elaboración de los estados de gastos del presupuesto 2009, en lo referente al Capitulo I, contenía los datos correspondientes a las retribuciones previstas para el ejercicio 2009, con lo que no existe ninguna discrepancia presupuestaria.

En consecuencia con las citadas consideraciones, se propone la estimación

parcial de la alegación, incorporándose al expediente una nueva relación de trabajadores agrupados por servicios con las retribuciones anuales correspondientes al puesto de trabajo desempeñado por cada uno de ellos, referidas al Ejercicio 2009.

La formulada por D. Ramón Cármenes Gutiérrez, en calidad de Secretario

de la Sección Sindical de CCOO, contra la amortización de dos plazas de Oficial 1ª del Mercado de Ganados, 13 plazas en el Servicio de Obras y 9 plazas en el Servicio de Jardines, todas ellas por supresión de la realización de funciones de superior categoría, se propone su desestimación, dado que la amortización/creación de plazas a que se refiere, responde a necesidades organizativas y presupuestarias de contención de gasto, distinguiendo en los puestos realmente existentes en la organización municipal, lo que son retribuciones de las plazas de las retribuciones personales de los trabajadores ocupantes de las mismas, es decir aquellas que responden a pluses, antigüedad, gratificaciones, desempeño temporal de funciones de superior categoría, horas extraordinarias, etc

En cualquier caso, el mismo interesado reconoce en su escrito que los

ocupantes de las plazas amortizadas las ocupan en virtud del reconocimiento de la realización de funciones de superior categoría por diversas Resoluciones de la Alcaldía, y este desempeño de conformidad con lo establecido en el articulo 8

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del vigente CC, no otorga en ningún caso el derecho al ascenso ni la consolidación de ningún tipo de derechos retributivos o no.

La formulada por D. Ramón Cármenes y D. Salvador Martínez, en calidad

de Secretarios de las Secciones Sindicales de CCOO y UGT, respectivamente, contra la no creación en la Plantilla del Grupo B de clasificación, que señala el Estatuto Básico del Empleado Publico.

Se propone la desestimación de esta reclamación, toda vez que la

Disposición Transitoria Tercera del Estatuto Básico del Empleado Publico. Apartado 2 establece que “Transitoriamente, los Grupos de Clasificación existentes a la entrada en vigor del presente Estatuto, se integraran en los Grupos de clasificación profesional de funcionarios previstos en el articulo 76, de acuerdo con las siguientes equivalencias: Grupo A: Subgrupo A1. Grupo B: Subgrupo A2. Grupo C: Subgrupo C1. Grupo D. Subgrupo C2. Grupo E: Agrupaciones profesionales a que hace referencia la disposición adicional séptima.”, estableciendo el Estatuto expresamente la equivalencia del Grupo C como Subgrupo C1 transitoriamente.

. En este sentido ha de tenerse en cuenta lo dispuesto en el articulo 3.3 del

R.D. 861/86 de 25 de Abril por el que se establece el Régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local , que establece que “En ningún caso los funcionarios de Administración Local podrán obtener puestos de trabajo no incluidos en los niveles de intervalo correspondientes al grupo de titulación en que figure clasificada su Escala, Subescala, clase o categoría “, por lo que al no haber sido desarrollado el articulo 76 del Estatuto, sobre todo en lo que se refiere al intervalo de los niveles de complemento de destino que pueden asignarse a los puestos de este Grupo B, ha de entenderse que persiste la transitoriedad.

No obstante para mejor adoptar en su caso la decisión que proceda, se

propone realizar consulta oficial al MAP. Las formuladas por D. Salvador Martínez Suárez, en calidad de

Secretario de la Sección Sindical de UGT, por D. Nicanor García de la Viuda, como Presidente de la Unión Provincial de León de CSI-CSIF, por D. Santiago Méndez García, en nombre de la Sección Sindical de USO y por D. Carlos Hurtado Martínez en representación de ASIAL, alegando todas ellas con carácter general nulidad de pleno derecho de todas las modificaciones, ex articulo 62 de la Ley 30/92, en tanto en cuanto no han sido objeto de negociación con el Comité de Empresa o representaciones sindicales.

Se propone su desestimación porque los interesados no tienen en cuenta,

que existe una diferencia entre lo que es la Plantilla y lo que es una relación de puestos de trabajo, cuestión fundamental a la hora de establecer que materia debe ser objeto de negociación y que materia esta excluida de dicha negociación.

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Así la Ley establece que la competencia en relación con la Plantilla de Personal corresponde a la Corporación y el articulo 37 de la Ley 7/2007 de 12 de Abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Publico, dice que quedan excluidas de la obligatoriedad de negociación las decisiones de las Administraciones Publicas que afecten a sus potestades de autoorganización. Por tanto, la obligación de negociar los temas de personal no afecta a la plantilla en cuanto supone un elemento de autoorganización esencial, lógicamente, porque aun cuando un Ayuntamiento sea una Empresa, es una Empresa Publica, que gestiona los intereses de los habitantes del municipio a través de sus representantes legales: Concejales, por medio de dos instrumentos, ( que no sin causa se aprueban conjuntamente ) : Presupuesto, es decir los medios materiales y Plantilla de Personal, es decir los medios humanos y si estas materias fueran objeto de negociación supondría que unos pocos representantes de los trabajadores suplantarían a los representantes legítimos de los habitantes del Municipio que son los Concejales.

Existen numerosas sentencias que establecen que el Presupuesto Municipal, lejos de ser un mero conjunto de previsiones contables, opera como un vehiculo de dirección y orientación de la política económica que corresponde al Ayuntamiento. Igualmente debe ser considerada la Plantilla como un documento técnico a través del cual dirigirá la Corporación el área de recursos humanos para llevar a cabo la política diseñada.

Por tanto, en cuanto a la posibilidad de creación o amortización de plazas, o cambios de denominación de las mismas, sin variación de condiciones de trabajo, sin negociación sindical, por afectar a la potestad de organización de la Administración, queda excluida expresamente de la obligatoriedad de negociación, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 34.2 de la LOR, procediendo desestimar esta primera alegación general a la aprobación inicial de la Plantilla, en cuanto a las que afectan a la creación o amortización de plazas.

La formulada por D. Salvador Martínez Suárez, como Secretario de la Sección Sindical de UGT, referida a la amortización de plazas por supresión de funciones de superior categoría ( 13 plazas en el Servicio de Obras, 9 en el Servicio de Jardines y 2 en el Mercado de Ganados ), por no necesarias ( 3 plazas de Peón del Mercado de Ganados y 1 plaza de Peón del Parque Infantil de Trafico ) o vacantes en la Plantilla de Personal Fijo Discontinuo ( 14 plazas de Instalaciones Deportivas de Verano, 12 plazas de la de Desarrollo Comunitario, 9 plazas de la Escuela de Música y 49 plazas de Escuelas Deportivas ), se propone su desestimación:

a) En cuanto a las del primer bloque, porque la amortización/creación de

plazas a que se refiere, responde a necesidades organizativas y presupuestarias de contención de gasto, distinguiendo en los puestos realmente existentes en la organización municipal, lo que son retribuciones de las plazas de las retribuciones personales de los trabajadores ocupantes de las mismas, es decir

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aquellas que responden a pluses, antigüedad, gratificaciones, desempeño temporal de funciones de superior categoría, horas extraordinarias, etc.

En cualquier caso, el mismo interesado reconoce en su escrito que los

ocupantes de las plazas amortizadas lo hacen en virtud del reconocimiento de la realización de funciones de superior categoría por diversas Resoluciones de la Alcaldía, y este desempeño de conformidad con lo establecido en el articulo 8 del vigente CC, no otorga en ningún caso el derecho al ascenso ni la consolidación de ningún tipo de derechos retributivos o no.

b) En cuanto a la amortización de plazas ocupadas temporalmente, la

misma se efectúa de acuerdo con los informes emitidos respectivamente por el Sr. Inspector Veterinario del Mercado de Ganados y del responsable del Parque Infantil de Tráfico, que justifican su no necesidad.

c) En cuanto a la amortización de plazas de personal fijo discontinuo, no

lesiona ningún derecho a los excedentes, que por ser fijos discontinuos no tienen por que tener mejor tratamiento que cualquier trabajador fijo continuo, dado que la concesión de excedencia en un puesto de trabajo no otorga mas que un derecho preferente a ocupar plaza vacante en el momento en que soliciten el reingreso, no al de mantenimiento de la plaza.

La formulada por D. Nicanor García de la Viuda, como Presidente de la

Unión Provincial de León de CSI-CSIF, además de alegar la nulidad de las todas las modificaciones ex artículo 62 de la Ley 30/92, cuya desestimación se propone junto con las alegaciones presentadas en los mismos términos por los representantes sindicales de UGT y de ASIAL, se impugnan las siguientes modificaciones:

a) Amortización de plazas vacantes. La causa de la amortización de

plazas vacantes no es como alega el reclamante la desaparición de su titular, sino que la plaza, al quedar vacante por desaparición del titular que la ocupaba y considerarse que la misma ya no es necesaria, se amortiza.

b) Amortización de plazas por supresión de funciones de superior

categoría. La amortización de estas plazas ya ha sido justificada anteriormente en relación con otras reclamaciones presentadas en este mismo sentido.

c) Amortización de plazas de personal fijo discontinuo. La amortización de

plazas, ya sean estas de personal fijo o fijo discontinuo, en ningún caso lesiona como alega el reclamante el derecho a la concesión de excedencia, dado que esta no confiere al excedente mas que el derecho preferente a ocupar plaza vacante en el momento en que solicite el reingreso en la organización.

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d) Modificación de plantilla de Personal Eventual. El tratamiento de personal eventual, esta expresamente regulado por el articulo 104 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, excluido por tanto por su carácter político, de cualquier consideración que no sea la puramente política. El hecho de que las retribuciones de este personal, al igual que las retribuciones de los Concejales con dedicación exclusiva, se consignen en el Capitulo I del Presupuesto, hace que no puedan interponerse reclamaciones contra las modificaciones que les afecten, salvo a través de este.

Por ello se propone la desestimación general de las reclamaciones presentadas por la representación sindical de CSI-CSIF. La formulada por D. José Luís Méndez García, en nombre de la Sección Sindical de USO, al no presentar concretas alegaciones, sino ser un mero escrito de consideraciones, sobre cumplimiento o incumplimiento de pactos, buena o mala gestión etc, se puede encuadrar la misma dentro del la general de alegación de nulidad ex articulo 62 de la Ley 30/92, cuya desestimación se propone junto con las alegaciones presentadas en los mismos términos por los representantes de UGT, ASIAL y CSI-CSIF. La formulada por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre propio y en representación de ASIAL, se concreta a los siguientes puntos: a) Alegación de nulidad de todas las modificaciones, ex articulo 62.2 de la Ley 30/92, se propone su desestimación, junto con las alegaciones presentadas en los mismos términos por los representantes de UGT, ASIAL, CSI-CSIF y USO, anteriormente señaladas. b) Alegación de nulidad de las modificaciones por infracción de los artículos 90.1 de la Ley 7/85 de 2 de Abril y 126.1 del R. Dto. Legislativo 781/86 de 18 de Abril, por ausencia de antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que se cumplen los principios de racionalidad, economía y eficiencia. El articulo 90 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, señala que “Corresponde a cada Corporación Local aprobar anualmente, a través del Presupuesto, la Plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. Las Plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijen con carácter general. Las Corporaciones Locales formaran la relación de todos los puestos de trabajo existentes en su organización, en los términos previstos en la legislación básica sobre función pública.”

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Ahora bien, la obligación que establece este articulo, existencia de una Plantilla que responda a los principios de economía, racionalidad y eficacia, no quiere decir que en cada Ejercicio Económico deba confeccionarse una nueva Plantilla, al igual que la aprobación de un nuevo Plan de Ordenación no supone la demolición de los edificios ya construidos con arreglo a un Plan anterior que no se adecuen al presente. Esto quiere decir que no debe ser “demostrado “ en cada ejercicio económico que la Plantilla Municipal cumple los principios señalados, sino que las modificaciones que se realizan en la misma, procurando mantener un equilibrio entre la Plantilla existente y las nuevas necesidades organizativas, responden efectivamente a estos principios. En este sentido bastan los meros informes de los técnicos competentes de los servicios como aval y justificación de las modificaciones propuestas. En todo caso la motivación de las modificaciones introducidas en la Plantilla la principal ha sido el recorte de gastos para tratar de llegar en el actual periodo legislativo a una racionalización de la misma ajustada a las posibilidades económicas del Ayuntamiento y a la prestación de los servicios que la Corporación estime convenientes para atender a las aspiraciones o necesidades de los habitantes del municipio. Se propone en consecuencia la desestimación de esta alegación c) Alegación contra modificaciones de la Plantilla de Funcionarios: - Creación en la Plantilla de Funcionarios plazas del Grupo A2, subescala de gestión, en la Escala de Administración General, cuya necesidad se cuestiona. En relación con esta reclamación que ahora se plantea por el Sr. Hurtado, se contradice con la petición formulada en su día, por el mismo interesado, en la que proponía la creación de la subescala de Gestión, para atender a las crecientes necesidades de personal administrativo que desarrollara los trabajos municipales, que es precisamente la justificación de la creación de estas plazas en el momento presente. En cuanto a la clasificación de estas plazas en la Escala de Administración General, estima la funcionaria que suscribe que es la correcta, de conformidad con lo dispuesto en el artº 167.2 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, que señala que la Escala de Administración General se divide en las subescalas siguientes: a) Técnica b) De Gestión c) Administrativa, d) Auxiliar e) Subalterna. - Amortización en la Plantilla de Funcionarios de una plaza vacante de Gerente del Mercado de Ganados. Dicha amortización se considera procedente por no necesaria, dentro de la capacidad organizativa del Ayuntamiento

- Amortización en la Plantilla de Funcionarios de plazas de vacantes de Auxiliar Administrativo. La amortización de plazas de Auxiliar Administrativo en la

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Plantilla de Funcionarios no es contradictoria, como señala el alegante, con la creación de plazas de Auxiliar de Oficina en el Cuadro Laboral, ya que el Ayuntamiento, dentro de su capacidad organizativa, puede decidir a través de su encuadramiento en la Plantilla de Funcionarios o Cuadro Laboral, el vinculo con sus ocupantes: funcionarial o laboral contractual.

Se propone la desestimación de esta alegación, referida a la Plantilla de

Funcionarios. d) Alegación contra modificaciones en el Cuadro Laboral, señalando el

interesado que existe en el Cuadro Laboral confusión entre puesto y plaza.

Efectivamente, dado que en el Ayuntamiento existe una sola RPT, referida exclusivamente a funcionarios, no existe una RPT de Personal Laboral o una RPT única (aunque existe el compromiso de llevarla a cabo). En tanto en cuanto este documento no sea aprobado, lo que existe es una clasificación del Personal Laboral por servicios, que a través de las modificaciones técnicas anuales de la Plantilla, va tratando de agrupar al personal laboral en el departamento en el que efectivamente presta su servicio cada trabajador. En cuanto al resto de las consideraciones, mas que tratarse de alegaciones jurídicas, son meros comentarios políticos que están fueran del contexto del acuerdo de aprobación inicial de la Plantilla dentro del Presupuesto para el Ejercicio 2009, siendo como el propio alegante señala “análisis “, por lo que dando a tal palabra la acepción de la Real Academia Española, “Examen que se hace de una obra, de un escrito o de cualquier realidad susceptible de estudio intelectual “, se estima por la funcionaria que suscribe no deben ser objeto de un nuevo “análisis “a través del presente informe, que probablemente no coincidiría con el realizado por el interesado. Se propone la desestimación de esta alegación.

e) Alegación contra modificaciones en la Plantilla de Personal Fijo Discontinuo. Al igual que otros reclamantes, incurren en el error de que el Ayuntamiento amortiza plazas vacantes en la Plantilla de Personal Fijo Discontinuo, en base a que sus titulares se encuentran en situación de excedencia. Pues bien la Ley, no establece en ningún caso que el derecho a la excedencia otorgue el derecho al mantenimiento de la plaza (salvo cuando se trata de excedencias por motivos de conciliación de la vida familiar o por cuidado de hijos). El Ayuntamiento, de acuerdo con la legislación vigente y dentro de su capacidad organizativa, se limita a amortizar plazas de su Plantilla de Funcionarios, Cuadro Laboral, Plantilla del Servicio de Aguas, Plantilla de Personal Fijo Discontinuo y Plantilla de Personal eventual, que no considera necesarias, ya estén ocupadas con carácter fijo, con carácter temporal o con sus titulares en situación de excedencia. En el caso presente, cuando se hizo referencia a la situación de excedencia en que se encuentran diversos trabajadores fijos discontinuos, lo que quiso indicarse realmente es que la medida

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de amortización de la plaza no llevaría consigo ninguna decisión traumática para el trabajador, como la que supondría la amortización de plazas desempeñadas en el momento presente por trabajadores fijos o temporales, que implicaría un despido de los mismos.

En cualquier caso, la mera convocatoria de plazas de las Actividades que

se no se desarrollan durante todo el año (Actividades fijas discontinuas) , para su desempeñó temporal, hará que un excedente en estas plazas que solicite el reingreso tenga derecho preferente para ocupar la misma, de acuerdo con el CC y legislación vigente.

Se propone la desestimación de esta alegación f) Infracción del articulo 74 de la Ley 7/2000 de 12 de Abril, en relación con

los articulo 90.1 de la Ley 7/85 de 2 de Abril, 126.1 y 127 del R. Decreto Legislativo 781/86 de 18 de Abril y 18.1.c) del Real decreto 500/90 de 20 de Abril, dado que las Plantillas aprobadas no contienen los requisitos mínimos establecidos en el articulo 74 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Publico, que establece que el contenido de las relaciones de puestos de trabajo.

En relación con esta alegación, la funcionaria que suscribe estima que en

este tema deben tenerse en cuenta las diversas acepciones del término y del concepto plantilla existentes en nuestro Ordenamiento Jurídico, que pueden resumirse en dos conceptos: plantilla de plazas y plantilla presupuestaria. Igualmente ha de tenerse en cuenta la diferencia entre una relación de personal y una relación de puestos de trabajo.

La Sentencia del Tribunal Supremo de 31-10-92 define la Plantilla como la

relación de plazas dotadas en Presupuesto y aprobadas y modificadas con este. En este sentido la plantilla seria la relación numérica de plazas aprobadas, aunque no estén cubiertas, de cada subescala, clase y especialidad sin incluir el lugar o posición (puesto) que ocupan en la organización.

Es decir que de las características de la Plantilla así considerada (Duración

indefinida en el tiempo; es modificable y derogable; es publica y su eficacia no se agota en una aplicación) se infieren que su naturaleza es el de una disposición de carácter general. Plantilla Presupuestaria

Igualmente deben establecerse las diferencias entre Plantilla y Relación de

Puestos de Trabajo. Ambas son complementarias, pues mientras la relación de puestos de trabajo, define las características, requisitos propiedades, perfil e incluso retribuciones complementarias de los puestos, pero no las disponibilidades económicas para su pago, ya que puede incluir puestos sin dotación presupuestaria, la Plantilla contiene un elemento imprescindible para la ocupación de los puestos que es su dotación presupuestaria.

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En este sentido la Plantilla Presupuestaria no coincide con la relación de puestos de trabajo, y conteniendo la aprobada junto con el Presupuesto Municipal las dotaciones crediticias con inclusión de los conceptos retributivos (retribuciones básicas, complementos de destino, complementos específicos, gratificaciones, antigüedad, productividad etc.) de cada una de las personas que prestan servicio en el Ayuntamiento, ya tenga la condición de funcionario, personal laboral fijo, personal eventual o trabajadores temporales, debe estimarse cumplidos los requisitos establecidos legalmente.

Se propone la desestimación de esta alegación. En consecuencia, se formula al Pleno Municipal la siguiente propuesta: “De conformidad con los informes emitidos al respecto, se desestiman las

siguientes reclamaciones: 1.- Las formuladas por D. Salvador Martínez Suárez, en calidad de

Secretario de la Sección Sindical de UGT, por D. Nicanor García de la Viuda, como Presidente de la Unión Provincial de León de CSI-CSIF, por D. Santiago Méndez García, en nombre de la Sección Sindical de USO y por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre propio y en representación de ASIAL, alegando todas ellas con carácter general nulidad de pleno derecho de todas las modificaciones, ex articulo 62 de la Ley 30/92, en tanto en cuanto no han sido objeto de negociación con el Comité de Empresa o representaciones sindicales, dado que dichas modificaciones que se refieren a la creación o amortización de plazas, o cambios de denominación de las mismas, por afectar a la potestad de organización de la Administración, quedan excluidas expresamente de la obligatoriedad de negociación, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 34.2 de la LOR

2.- Las formuladas por D. Ramón Carmenes Gutiérrez, en calidad de

Secretario de la Sección Sindical de CCOO, por D. Salvador Martínez Suárez, en calidad de Secretario de la Sección Sindical de UGT, por D. Nicanor García de la Viuda, como Presidente de la Unión Provincial de León de CSI-CSIF, por D. Santiago Méndez García, en nombre de la Sección Sindical de USO, por D. Carlos Hurtado Martínez en representación de ASIAL y por el Inspector Veterinario del Mercado de Ganados, contra la amortización/creación de plazas por supresión de funciones de superior categoría, dado que la modificación, responde a necesidades organizativas y presupuestarias de contención de gasto, teniendo en cuenta que los ocupantes de las plazas amortizadas las ocupan en virtud del reconocimiento de la realización de funciones de superior categoría por diversas Resoluciones de la Alcaldía, y este desempeño de conformidad con lo establecido en el articulo 8 del vigente CC, no otorga en ningún caso el derecho al ascenso ni la consolidación de ningún tipo de derechos retributivos o no.

3.- Las formuladas por D. Salvador Martínez Suárez, en calidad de

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Secretario de la Sección Sindical de UGT, por D. Nicanor García de la Viuda, como Presidente de la Unión Provincial de León de CSI-CSIF, por D. Santiago Méndez García, en nombre de la Sección Sindical de USO , por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre propio y en representación de ASIAL, y por D. Rubén García Lorenzana, contra amortización de plazas en la Plantilla de Personal Fijo Discontinuo ya que la amortización de plazas, ya sean estas de personal fijo o fijo discontinuo, en ningún caso lesiona el derecho a la concesión de excedencia, dado que esta no confiere en ningún caso mas que el derecho preferente a ocupar plaza vacante en el momento en que el excedente solicite el reingreso.

4.- La formulada por D. Ramón Cármenes Gutiérrez, en calidad de Secretario de la Sección Sindical de CCOO y por D. Salvador Martínez Suárez, en calidad de Secretario de la Sección Sindical de UGT, contra la no clasificación de plazas de la Plantilla de Funcionarios en el Grupo B de titulación, dado que la Disposición Transitoria Tercera del Estatuto Básico del Empleado Publico. Apartado 2 establece que “Transitoriamente, los Grupos de Clasificación existentes a la entrada en vigor del presente Estatuto, se integraran en los Grupos de clasificación profesional de funcionarios previstos en el articulo 76, de acuerdo con las siguientes equivalencias: Grupo A: Subgrupo A1. Grupo B: Subgrupo A2. Grupo C: Subgrupo C1. Grupo D. Subgrupo C2. Grupo E: Agrupaciones profesionales a que hace referencia la disposición adicional séptima.”, y teniendo en cuenta que el Estatuto establece ya expresamente la equivalencia del Grupo C como Subgrupo C1 transitoriamente, al no haber sido desarrollado aun el articulo 76 del mismo , sobre todo en lo que se refiere a fijar el intervalo de los niveles de complemento de destino que pueden asignarse a los puestos de este Grupo B, condición indispensable de conformidad con lo dispuesto en el artº 3.3 del R.D. 861/86 de 25 de Abril, por el que se establece el Régimen de retribuciones de los funcionarios de Administración Local, para la asignación de dichos puestos, debe entenderse la transitoriedad señalada como persistente.

5.- La formulada por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre propio y en

representación de ASIAL la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León, de infracción de los artículos 90.1 de la Ley 7/85 de 2 de Abril y 126.1 del R. Dto. Legislativo 781/86 de 18 de Abril, por ausencia de antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que se cumplen los principios de racionalidad, economía y eficiencia en relación con las modificaciones, dado que dichos principios se consideran suficientemente cumplidos con los estudios y documentos acompañados a las modificaciones propuestas.

6.- La formulada por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre propio y en

representación de la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León, de Infracción del articulo 74 de la Ley 7/2000 de 12 de Abril, en relación con los articulo 90.1 de la Ley 7/85 de 2 de Abril, 126.1 y 127 del R. Decreto Legislativo 781/86 de 18 de Abril y 18.1.c) del Real decreto 500/90 de 20 de Abril, porque las Plantillas aprobadas no contienen los requisitos mínimos establecidos

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en el articulo 74 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Publico, que establece que el contenido de las relaciones de puestos de trabajo, porque confunde dos conceptos distintos: Plantilla y relación de puestos de trabajo, siendo la primera la que debe aprobarse junto con el Presupuesto.

7.- La formulada por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre propio y en

representación de la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León, contra la clasificación de plazas de Técnico de Gestión, Grupo A2, en la Subescala de Gestión de la Escala de Administración General de la Plantilla de Funcionarios, por estimarse adecuada la citada clasificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artº 167.2 del Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

8.- La formulada por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre propio y en

representación de la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León, contra modificaciones del Cuadro Laboral, dado que hasta que no se apruebe una Relación de Puestos de Trabajo de Personal Laboral, la actual estructura por servicios del Cuadro Laboral, considerada como un Catalogo de puestos, hace coincidir plazas y puestos de trabajo.

9.- Las formuladas por D. Nicanor García de la Viuda, como Presidente

de la Unión Provincial de León de CSI-CSIF y por D. Carlos Hurtado Martínez, en nombre propio y en representación de ASIAL, contra modificación de la Plantilla de Personal Eventual, dado que el Personal Eventual se regula por lo establecido en el artº 104 de la Ley 7/85 de 2 de Abril

10.- Las formuladas con carácter particular por los trabajadores que a

continuación se relacionan, contra la amortización de las plazas que desempeñan mediante el reconocimiento de la realización de funciones de superior categoría, ya que las plazas realmente ostentadas por los mismos son las siguientes:

D. Francisco Rodríguez López, ocupa la plaza de Auxiliar de Oficina como

trabajador fijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de León de 14-11-95, dictada en Autos 548/95 y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Encargado de Oficina) por Resolución de la Alcaldía de 4-02-03

D. Fernando Fernández Ferreras, ocupa la plaza de Oficial 2ª Jardinero como trabajador fijo, en virtud de Resolución de la Alcaldía de 25-04-2000, que resolvió Concurso de promoción interna, convocado al respecto. y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Encargado de Actividades Deportivas de la Casa de Cultura de Armunia) por Resolución de la Alcaldía de 30-5-05.

D. Pedro Luís Moro Callejo, ocupa la plaza de Peón Especialista de Oficios,

como trabajador fijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de León de 7-02-96, dictada en Autos 885/95. y se le reconoció la realización de funciones

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de superior categoría (Oficial 1ª Albañil) por Resolución de la Alcaldía de 30-5-05. D. José Mª Alcalde Fernández, ocupa la plaza de Peón Especialista de

Jardines, como trabajador fijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de León, de 26-05-95, dictada en Autos 266/95 y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Oficial 1ª Jardines) por Resolución de la Alcaldía de 26-1-04.

D. Ramón Pertejo Sánchez, ocupa la plaza de Peón Especialista de

Jardines, como trabajador fijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de León, de 15-02-96, dictada en Autos 688/95 y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Oficial 2ª Jardines) por Resolución de la Alcaldía de 26-1-04.

D. Fernando Delgado Fernández, ocupa la plaza de Peón Especialista de

Mantenimiento del Coto Escolar, como trabajador fijo, en virtud de acuerdo del Pleno Municipal de 31-01-95; se le adscribió a la Plantilla del Servicio de Jardines, por Resolución de la Alcaldía de 2-04-02 y se le reconoció la realización de funciones de superior categoría (Oficial 2ª Jardines), por Resolución de 26-1-04.

Se estima en parte la alegación formulada por D. Carlos Hurtado

Martínez, actuando en su propio nombre y en representación de la Agrupación Sindical Independiente del Ayuntamiento de León ( ASIAL ), sobre discordancias entre los datos de los diferentes listados incorporados al expediente del Presupuesto y los incorporados al expediente de aprobación de la Plantillas, incorporándose al expediente una nueva relación de trabajadores agrupados por servicios con las retribuciones anuales correspondientes al puesto de trabajo desempeñado por cada uno de ellos, referidas al Ejercicio 2009.

Igualmente, de conformidad con los informes emitidos al respecto se

estiman las siguientes propuestas 1.- Del Sr. Concejal Delegado de Régimen Interior, de creación de una

plaza mas de las creadas inicialmente de Técnico Medio de Gestión, en la Escala de Administración General, Subescala Gestión. Grupo A2. Técnicos Medios de Administración General, por aumento de las tareas burocráticas municipales , que aconsejan la creación de plazas para la realización de funciones de apoyo a las funciones administrativas de nivel superior, de conformidad con lo dispuesto en el artº 169 del T.R.LR.L, por lo que dicha Escala , queda configurada en los siguientes términos:

ESCALA ADMINISTRACION GENERAL

Subescala Técnica Grupo A1

Técnicos Administración General: 35

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Subescala Gestión Grupo A2

Técnicos Medios Adm. General: 4

Subescala Administrativa Grupo C1

Administrativos Admón. General: 58

Subescala Auxiliar Grupo C2

Auxiliares Administrativos: 69

2.- Del Sr. Concejal Delegado de Educación, de amortización de la plaza

de Coordinador de Formación Tradicional en la Plantilla de la Escuela de Música del Cuadro Laboral y su creación en la Plantilla de Educación, del mismo Cuadro Laboral. Con esta modificación las plantillas de la Escuela de Música y de Educación del Cuadro Laboral, quedan configuradas en los siguientes términos:

EDUCACION Grupo II Tec. Medio Coordinador Educación: 1 Grupo III Encargado Tec. Auxiliar Infraestructura Educativa: 1 Encargado Actividades Educativas: 1 Coordinador Formación Tradicional: 1

ESCUELA MÚSICA

Grupo III Encargado Encargado Escuela Música: 1 Grupo V Peón Esp Conserje: 1 Peón Portero: 5

3.- De la Srª Concejala Delegada de Bienestar Social, de amortización de

una de las plazas de Educador de Calle de la Plantilla del Plan de Drogas del Cuadro Laboral y creación de una plaza de Trabajador Social en la de Servicios Sociales, del mismo Cuadro Laboral. Con esta modificación las plantillas de Servicios Sociales y del Plan Municipal sobre Drogas del Cuadro Laboral, quedan configuradas en los siguientes términos:

PLAN M. DROGAS Grupo I Tec. Sup. Técnico Superior Prevención Familiar: 1

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Grupo II Tec. Medio Trabajador Social: 1 Técnico Medio Prevención Familiar: 2 Educador de Calle: 4 Grupo IV Oficial 1ª Monitor Coordinador M. Étnicas: 1 Monitor Actividades Deportivas: 1

SERVICIOS SOCIALES

Grupo II Te. Medio Trabajador Social: 3 Grupo III Encargado Encargado C.S. Mariano Andrés:1 Encargado Centro Mayores: 2 Grupo IV Oficial 1ª Conserje Centro Padre Isla: 2 Conserje Centro Social La Serna: 1 Grupo V Peón Esp Portero Centro Padre Isla: 1 Portero Centro Social La Serna: 1 Portero Centro Social M. Andrés: 1 Grupo V Peón Portero CEAS Armunia: 2 Portero CEAS Puente Castro: 3 Portero CEAS Palomera: 2 Portero Centro Mayores Pte. Castro: 2 Portero Centro Social Mariano Andrés: 1

4.- De la Srª Concejal Delegada de Deportes, de no amortización de las

plazas tanto en Instalaciones Deportivas de Verano como en Escuelas Deportivas, por entender que en el momento presente la estructura de ambas plantillas se acomoda a las necesidades reales de personal de ambos servicios. De conformidad con la anterior propuesta, las Plantillas de Personal Fijo Discontinuo de Instalaciones Deportivas de Verano y de Escuelas Deportivas, quedan configuradas en los siguientes términos:

Instalaciones Deportivas de Verano:

Grupo IV Oficial 1ª Socorrista: 19

Grupo V Peón E. Taquillas: 6 E. Guardarropa: 19 E. Mantenimiento: 10

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E. Limpieza Interior: 9 E. Limpieza Exterior: 5

Escuelas Deportivas:

Grupo IV Oficial 1ª Monitor Ajedrez: 5 Monitor Atletismo: 8 Monitor Baloncesto: 29 Monitor Balonmano: 16 Monitor Ciclismo: 2 Monitor Fútbol Sala: 23 Monitor Gimnasia Artística: 2 Monitor Gimnasia Rítmica: 9 Monitor Hockey: 1 Monitor Lucha Leonesa: 3 Monitor Orientación: 1 Monitor Predeporte: 5 Monitor Tenis Mesa: 5 Monitor Voleibol: 8

Igualmente se corrigen los siguientes errores materiales advertidos en la

Plantilla de Personal Fijo Discontinuo de la Escuela de Música: “Omisión en el Grupo II. Técnico Medio: una plaza de Profesor de Oboe,

una plaza de Profesor de Violín y una plaza de Profesor de Danza”

Con esta rectificación la plantilla de Personal Fijo Discontinuo de la Escuela de Música, queda configurada en los siguientes términos: Grupo II Tec. Medio Profesor Acordeón: 1

Profesor Clarinete: 1 Profesor de Oboe: 1 Profesor Canto: 1 Profesor Flauta Travesera: 2 Profesor Flauta Pico: 1 Profesor Guitarra Clásica: 3 Prof. Lenguaje Musical: 7 Prof. Percusión Clásica: 1 Profesor Piano: 6 Profesor Trompeta: 1 Profesor Violín: 3 Profesor Violoncello: 1 Profesor Saxo: 1 Profesor Contrabajo: 1 Profesor Teclado: 1 Director Coro Municipal: 1 Profesor Danza: 2

Grupo IV Oficial 1ª Profesor Batería: 2

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Profesor Guitarra Eléctrica: 2 Prof. Informática Musical: 1 Profesor Saxo: 1 Prof. Expresión Corporal: 1 Prof. Interpretación: 2 Prof. Técnica Vocal: 1 Prof. Tai Chi: 1 Prof. Bailes Tradicionales: 2 Profesor Dulzaina: 1 Profesor Pandereta: 1 Prof. Indumentaria Leonesa: 1 Director Aula Coral: 7 Monitor Teatro: 4

Concede la palabra el Presidente, a su solicitud a D. Luís Nogal Villanueva, que solicita se le indique si el documento que les ha sido remitido de 102 folios, contiene las modificaciones que se señalan en el informe de las reclamaciones a la Plantilla, la Secretaria de la Comisión, contesta que ese documento es la relación por servicios del personal municipal, en el que se incluye no solo al Personal de Plantilla, propiamente dicho sino a trabajadores de las Brigadas de Carga y Descarga, Personal de Verano, Brigada de Mayores de 57 años, Trabajadores interinos etc. que no constituyen personal de Plantilla propiamente dicha. Señala nuevamente D. Luís Nogal si en ese documento se recogen o no las modificaciones que se indican en el escrito de alegaciones, contestando la Secretaria de la Comisión, que efectivamente ese documento contiene las retribuciones del personal correspondientes al Ejercicio 2009, y sustituye al anterior que contenía las correspondientes al Ejercicio 2008. Interviene seguidamente el Presidente, señalando que se daban estas explicaciones ante lo que parece indicar un desconocimiento de la Plantilla… Le interrumpe D. Rafael Pérez Cubero, señalando que de desconocimiento nada. Le interrumpe D. Iban García del Blanco, señalando que él ejerce la Presidencia y concede o deniega el uso de la palabra a los miembros de la Comisión. En este momento los miembros del Grupo Popular, abandonan la Sala de Comisiones, mandando el Sr. Pérez Cubero “a tomar por el culo (sic)” , al Presidente. Sometidas a votación las propuestas anteriormente señaladas, se aprueban con el voto a favor de los cinco representantes del Grupo PSOE asistentes a la reunión. Con la venia de la Presidencia toma la palabra en primer lugar el Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Luís Nogal Villanueva, quien se expresa en los términos siguientes: En primer lugar y como ya manifestamos el pasado 16 de enero estos presupuestos, que debemos recordar deberían ser la documentación más importante de este Ayuntamiento, nacieron mal. La primera Comisión Informativa

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en la que se trataron podría haber sido motivo de impugnación al no ajustarse a lo reglamentado. Al final tuvieron que rectificar pero por lo que estamos viendo esta rectificación solamente se quedó en la primera convocatoria. Habíamos pensado ingenuos de nosotros que como el rectificar es de sabios Vds. habrían rectificado los presupuestos pero la realidad es muy distinta. Se ve que en su caso el adjetivo de calidad que este refrán contiene no se puede aplicar sino que más bien todo lo contrario. Por lo tanto debemos de seguir manifestando lo dicho. Estos presupuestos son improvisados, incompletos, llenos de errores, no son serios ni rigurosos y por supuesto de crear confianza nada de nada. En su día dimos varios ejemplos que fueron motivo de alguna de nuestras alegaciones pero el colmo de los colmos es lo que indican las bases de ejecución del presupuestos 2009, firmadas por Vd. Sr. Fernández. Cuando está hablando de las cláusulas sexuagésima a sexuagésima novena a que se refiere a clases de sexo o a número de sexo o a los números cardinales de las cláusulas sexagésima a sexagésima novena. Entendiendo como entendemos que es a esto último nos parece vergonzoso, totalmente denigrante y penoso que se cometan estas faltas de ortografía en un documento público como éste, recordemos el más importante del año, en un Ayuntamiento como el de León. Ya en el Pleno del pasado 26 de enero les facilitamos y así consta en acta un detalle pormenorizado por áreas en los que nos basamos para calificar estos presupuestos con los adjetivos anteriormente indicados, improvisados, incompletos, llenos de errores. No son serios ni rigurosos y por supuestos de crear confianza nada de nada.

Hoy nos toca hablar de las alegaciones y reclamaciones que han recibido, no sólo de nuestro grupo de Concejales del Partido Popular sino también de las Juntas Vecinales, de otros Partidos Políticos y de otras Organizaciones Sindicales y Vecinales, y la verdad sea dicha es que resulta admirable el cuajo con el que desestiman todas las alegaciones y reclamaciones a excepción de una que reconocen que el expediente inicial le falta diversa documentación. De todas formas y desde este Grupo de Concejales queremos dejar constancia en este Pleno del por qué de la presentación de todas nuestras alegaciones y reclamaciones. No sólo para que el equipo de gobierno sea consciente de las faltas y errores sino también para que los ciudadanos y ciudadanas de León vean que sus necesidades y propuestas son expuestas a un equipo de gobierno sordo, rencoroso y lo peor de todo es que no quiere escuchar.

El Sr. Cardo no se cansa de criticar a este Grupo de Concejales con

argumentos sin sentido ni consistencia. El año pasado ya lo demostramos y este año lo seguimos haciendo. Este Grupo de Concejales no se cansará de trabajar por y para los ciudadanos y las ciudadanas de León y por mucho que nos critiquen sus palabras sólo nos van a servir de aliento para seguir trabajando por nuestra ciudad y sus vecinos. Este es el verdadero motivo por el que este Grupo de Concejales presentó 34 alegaciones en forma de enmienda que Vds. no han querido escuchar. Estas 34 alegaciones son aportaciones que en su mayoría nos

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han propuesto los vecinos y vecinas de León en las múltiples visitas que hemos realizado a los barrios de la ciudad. A esos a los que Vds. solamente visitan en campaña electoral. Repito y reitero que estas 34 alegaciones no son antojos de este Grupo de Concejales ni están basadas en criterios de oportunidad y por supuesto no son alegaciones políticas. Estas 34 alegaciones correspondían prácticamente a todas las Concejalías. Recordemos 8 para Obras y Urbanismo, otras 8 para Bienestar Social, 5 para Cultura, 4 para Medio Ambiente, 3 para Transporte, 2 para Comercio y Consumo, 1 para Juventud, otra para Igualdad de Oportunidades y otra para Participación Ciudadana. Y a todas las citadas anteriormente falta una, posiblemente la más importante que es nuestra disconformidad a la privatización o semiprivatización del Servicio Municipal de Aguas. Alegación ésta última que se debe sumar a las presentadas por Izquierda Unida y la Plataforma contra la privatización del agua.

Después de la brutal subida del IBI del año pasado de casi un 30 % que

produjo una avalancha de más de 74.000 recursos, que no deben de olvidarlos. El incremento de las tasas un 300 % por encima del I.P.C. para este año. Esta medida que proponen, la privatización del agua supone un rechazo mayoritario de toda la sociedad leonesa, pese al despectivo comentario, por decirlo de una forma muy suave, realizado por nuestro Alcalde que dice que si sólo se han manifestado 2.000 personas querría decir que 135.000 estaban a favor. En este aspecto podríamos sacar el ejemplo de las manifestaciones habidas ayer en toda España pero que no se nos saque la demagogia hacia nuestro lado en este aspecto.

Llegados a este punto sólo me queda hacer una pregunta ¿Ha habido

alguna manifestación en León en todo el tiempo de democracia que haya congregado a más de 2.000 personas en contra de alguna decisión del gobierno municipal? Como ya dijimos en su día la privatización del Servicio de Aguas no venía como tal dentro del famoso plan económico financiero o por lo menos en la copia que a este Grupo de Concejales nos han facilitado. Esto es algo que Vds. han puesto como excusa para conseguir algo que todavía no se ha podido sacar a la luz. Esperemos que el tiempo nos lo desvele ya que estamos seguros que Vds. no lo van a hacer.

La última alegación presentada y que no había citado anteriormente es la

de la Junta Vecinal de Oteruelo de la Valdoncina. Si bien nos parece curiosa la propuesta o fundamento de la misma, que dice una promesa del Concejal de Participación Ciudadana, D. Vicente Canuria, leído textualmente más simpático nos parece el motivo de su rechazo. No la admiten por haber sido presentada con anterioridad al plazo de exposición pública. O sea, en primer lugar les prometen algo que saben que no van a cumplir y luego encima les aconsejan mal en cuanto a la fecha de presentación. Curioso.

Junto con nuestras 34 alegaciones se presentaron cuatro reclamaciones a

la totalidad de los presupuestos en base al siguiente detalle: la primera de ellas por ausencia de los programas anuales de actuación, inversiones y financiación de las sociedades mercantiles participadas por este Ayuntamiento. En su

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contestación a la alegación reconocen que efectivamente esta documentación les faltaba en alguna de las sociedades y que se ha incorporado. Por lo tanto, dos preguntas: ¿de las que ya estaba la documentación completa, o sea ILDEFE e ILRUV, Palacio de Congresos, Sociedad Mixta de Turismo y EMILSA por qué no se facilitó en su día copia de la misma a este Grupo de Concejales? De las que se han aportado ahora EMIMALSA y EULSA ¿por qué no se nos facilita ahora esta documentación? Ocultismo, oscurantismo y ocultación.

Por ausencia de los estados de previsión de gastos e ingresos de las

sociedades mercantiles del capital íntegramente local, Palacio de Congresos e ILRUV, nos reconocen que efectivamente les faltaba esa documentación ya que estiman parcialmente esta reclamación. Por lo tanto, han requerido la documentación a las mismas y su incorporación al expediente presupuestarios. Al igual que en el punto anterior les tenemos que hacer dos preguntas: ¿Ha sido aportada ya de verdad la documentación al expediente de estas empresas? Si ha sido incorporada ¿por qué no se nos entrega una copia de la citada documentación? Oscurantismo y ocultación nuevamente.

Inadecuación del destino de los ingresos obtenidos por la venta de bienes

afectos al patrimonio municipal del suelo que es la tercera reclamación. Esta reclamación ya la realizamos el año anterior y es uno de los motivos por los que hemos impugnado judicialmente los presupuestos del año 2008, como Vds. bien conocen. Este año Vds. contestan que se trata de una previsión presupuestaria y que por tanto será en la liquidación de estos presupuestos cuando deba recogerse esta información y apuntan primer trimestre del año 2010. A este respecto debemos de matizarles dos cuestiones: por lo que dicen estamos en fechas de que se presenten estas cuentas correspondientes al año 2008. Esperemos que cumplan, como Vds. mismos dicen, y antes de finalizar el presente mes den oportuna cuenta a todos los ciudadanos y ciudadanas de León en el Pleno que al efecto deba convocarse, reitero dentro del presente mes de marzo, como Vds. mismos indican, de lo realizado en el año anterior. Debemos recordarles para que vean que también colaboramos con Vds. lo publicado en el BOE el pasado 7 de febrero que aporto, si es necesario a este respecto y que a modo de resumen entre otros temas dice: Como medida de transparencia, palabra que creemos que no saben el significado de ella, los inventarios específicos del patrimonio municipal del suelo deben ser aprobados anualmente por los Plenos de las Entidades Locales. En el de León creo que todavía está sin iniciarse. La inobservancia del equilibrio financiero entre los ingresos derivados del patrimonio municipal del suelo con las inversiones proyectadas es causa de anulación del presupuesto. Repito, BOE del 7 de febrero.

En resumen que esta cuestión es algo más importante que una simple

previsión presupuestaria como Vds. quieren denominarla. La última de nuestras reclamaciones se refiere al incumplimiento relativo a la absorción del remanente negativo de tesorería correspondiente al año 2007. Al igual que la reclamación anterior ésta es otra que ya hicimos en el año anterior y que también se encuentra en proceso judicial.

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Y con el fin de no extenderme en exceso sólo hemos de manifestarles que

por mucho que quieran decir, realizar ficticios planes económicos, planes de salvación, planes de emergencia, auditorías, consultorías, etc., la realidad es muy cruda y Vds. saben perfectamente que lo están haciendo mal. Y que todas estas actuaciones que están realizando no son las más apropiadas. Lean el propio informe del Sr. Interventor y con eso les debería ser suficiente.

Y con el fin de ir terminando mi intervención espero que de una forma breve

pueda hablar de la plantilla presupuestada para el presente año. Y todo ello en base a dos aspectos: la cantidad de personas, porque no debemos olvidar que los trabajadores del Ayuntamiento son personas y de la cantidad presupuestada para pagarles. En cuanto a la cantidad de personas podríamos llegar a decir que estamos hasta no sabemos dónde de las cifras que el Concejal de Régimen Interior manifiesta cada vez que tiene que dar una rueda de prensa o intentar explicar lo inexplicable. Lo que sí es cierto, y estos datos son reales, es que cuando en el mes de junio del año 2007 Vds. toman el gobierno de este Ayuntamiento la plantilla existente en esos momentos era de 1906 trabajadores y saben Vds. que tengo conocimientos más que suficientes para poder decir esta cifra.

Que después de haber despedido a 150 trabajadores de la forma que lo

han hecho, que vamos a dejarlo aparte en estos momentos, los trabajadores que se han jubilado, ya sea total o parcialmente, la cantidad de personas que aparecen reflejadas en los listados que nos han facilitado, las 102 páginas que nos han detallado de la relación nominal de trabajadores, la cifra al final es de 1.946 y no están contabilizados, las personas que han despedido y que han tenido que readmitir aunque los hayan intentado volver a despedir a los 50 minutos de su reincorporación.

Por todo esto que han intentado hacer o que están intentando hacer es un

nuevo intento y el tema les volverá como un boomerang australiano de precisión. Por lo tanto y con el fin de evitar que el Concejal de Régimen Interior tenga que elucubrar cada vez que haga una rueda de prensa que se sepa bien claro que la plantilla que hoy en este Pleno se va a aprobar para el año 2009 es de 1.946 trabajadores y por supuesto seguiré diciendo, lo que el Sr. García sigue diciendo son suposiciones que no salen más que de las conjeturas mentales que él mismo se hace.

En cuanto a la cantidad presupuestada los números son los que son y la

realidad es la que es. Para el año 2008 habían presupuestado 61,3 millones de euros y para el año 2009 han presupuestado 68,8 millones de euros. La diferencia es clara, se han presupuestado a mayores 7,5 millones de euros o es que ya no saben restar o es que alguien miente aquí. En estos días hemos escuchado que el gasto real del año 2008 ascendió a 71 millones de euros y que por lo tanto prevén ahorrar 3 millones para el presente. Si esto fuera verdad, que no lo creemos, deberían contestar a las siguientes preguntas: si el gasto real fueron 71 millones

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de euros y lo previsto 61,3 el presupuesto de 2008 realizado por Vds. estaba mal hecho ¿no? si el gasto real fue 10 millones más de lo previsto ¿cuándo se autorizó este aumento de gasto? ¿qué órgano autorizó una modificación presupuestada de 10 millones de euros en una sola partida de gasto? ¿cuándo piensan presentar la liquidación del año 2008 para comprobar la desviación efectiva de esta cuenta?

De todas formas en las famosas 102 hojas que de una forma muy detallada

reflejan los nombres y apellidos de los trabajadores, su NIF, puesto de trabajo y un montón de datos más se les ha olvidado algo muy importante y que nuevamente refleja los errores que de forma habitual cometen ¿dónde se refleja la antigüedad de cada trabajador? ¿o es que ese concepto no existe en el Ayuntamiento de León? ¿dónde se encuentra el complemento de productividad del personal funcionario o es qué ya lo han eliminado? Ve Sr. García cómo nosotros sí que conocemos los temas del personal de este Ayuntamiento y mucho mejor que Vds.

Han hablado también de las enmiendas presentadas ¿les parecen pocas

las 14 que han presentado? Muchas de ellas con varios motivos y causas lo que podría totalizar más de 50 casos ¿Le parecen pocas también Sr. Fernández y Sr. García todas las Sentencias judiciales que está teniendo en su contra por su gestión al frente de su Concejalía y las que faltan por venir todavía? Sentencias, por cierto, que en muchos aspectos no están acatando y que en su nefasta gestión los ciudadanos y ciudadanas de León sufriremos unas brutales consecuencias económicas. Sr. Fernández y Sr. García hagan caso de mi Portavoz, el Sr. Cayón, y mi compañero encargado de temas de personal, el Sr. Pérez Cubero, y dimitan. Tengan el valor de dimitir que sería un ejercicio muy sano sobre todo para la ciudad de León.

Por lo tanto y como resumen final, por si con mi intervención no hubiera

sido lo suficientemente clarificadora damos nuestro voto favorable a todas las alegaciones, enmiendas y reclamaciones que se han presentado y por supuesto seguimos con nuestro voto en contra a los presupuestos que han presentado para el presente Ejercicio 2009. Esperando que las múltiples preguntas que se han realizado, concretamente 15, reciban la oportuna contestación algún día. Muchas gracias.

Durante la intervención del Sr. Nogal entra en el Salón de Sesiones el Concejal del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Abel Pardo Fernández, siendo las diez horas y veinte minutos.

A continuación, toma la palabra, el Concejal Delegado de Economía y

Hacienda, D. Miguel Ángel Fernández Cardo, del Grupo Municipal Socialista, que dice lo siguiente:

Les veo un poco “obsexionados” si me aceptan la broma. Que si en esta

ciudad ha habido manifestaciones más grande, sin duda. Por ejemplo contra la

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Guerra de Irak, sin ir más lejos. No, dicen que es la más grande la democracia, pues ya le pongo un ejemplo de una bastante más grande. La manifestación del tema de la Comunidad Autónoma también tuvo bastante más gente.

Ante las interrupciones por parte de Concejales del Grupo Popular el

Ilmo. Sr. Alcalde dice: Perdone un momento, Sr. Nogal mire, Vd. ha hecho toda su intervención y

no ha habido ni una sola palabra, ni un solo comentario y hemos escuchado su intervención. Por lo tanto le toca a Vd. escuchar. A ver si van aprendiendo, por favor. Muchas gracias.

Continúa con su intervención el Sr. Fernández Cardo, diciendo: Sobre el tema de documentaciones y demás evidentemente el plazo de

alegaciones es para hacer esas salvedades y la documentación la tienen en Secretaría. Entonces no me digan no me hicieron las fotocopias, vayas Vds. a por las fotocopias que el tiempo de los “Señoritos” hace mucho que se acabó. Y bueno le agradezco que simplemente nos haya llamado rencorosos en lugar de hacer lo que hicieron en la última Comisión que fue mandarnos a… mejor no lo repìto.

Culminamos hoy la tramitación de los Presupuestos de 2009, realistas,

serios y rigurosos porque además contienen soluciones. Estos Presupuestos permitirán a la ciudad de León superar la actual coyuntura económica porque garantizan la prestación de los servicios básicos del Ayuntamiento, garantizan pagar a los proveedores, garantizan avanzar en las inversiones que protegerán el futuro de León y garantizan apostar por el empleo en León.

Mire estos Presupuestos garantizan inversiones que junto con el resto de

medidas contempladas: el Confirming, los Fondos del Presidente Zapatero, garantizan casi 130 millones de euros en la ciudad, 22.000 millones de pesetas. Además podemos estar orgullosos de haber mejorado la organización municipal y de haber contado con su plena colaboración dada que la tramitación mejora en mucho los tiempos de las anteriores corporaciones. Tenga en cuenta que cuando en 2005 el Partido Popular, junto con los tránsfugas, estaba obligado a hacer presupuestos la aprobación definitiva llegó el 13 de mayo; en 2006 también, el 9 de mayo. Pues bien, nosotros en el año y medio que llevamos gobernando ya hemos conseguido al mes de marzo. Se están mejorando los procesos y están funcionando.

Las alegaciones a los Presupuestos han sido encabezadas por cinco

colectivos. En general claro que plantean cuestiones políticas, sin duda, y las suyas más, las del Grupo Popular. Luego no diga que no hacen política. Pero lo que no plantea ninguna son alternativas, hay que dar soluciones, además de salir a la calle hay que salir a dar soluciones. No basta con la demagogia del no por sistema. Se convierten en unos antisistemas, fíjese cuál es la paradoja. El Partido

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Popular sí ha presentado alegaciones pero ideas ni una. Más que esa oposición a la que se encuentran abrazados de la corrección de la coma. Pues bien, pero de lo que se trata es de que esta ciudad pueda garantizar su futuro.

Mire con respecto al gasto de personal y después del enorme esfuerzo

realizado por este equipo de gobierno sobre el análisis de la estructura y composición de los gastos de personal, además de haber constatado tanto en la consultoría, que no les gustó, de DELOITTE, como en la consultoría, que tampoco les gustó, de elaboración del Plan de Saneamiento Económico-Financiero se puso de manifiesto que año tras año su presupuestación se hacía muy alejada de lo que las liquidaciones reales ponían de manifiesto. Hemos dicho que queremos hacer unos presupuestos reales y por eso tomamos en consideración los gastos del último año en materia de personal, que por cierto fueron aprobados en este Pleno Municipal, pero bueno, lo suyo es intentar extender dudas y mentiras, lo siento.

Lo cierto es que su importe para este Ejercicio asciende a 68.800.000 €,

que suponen una reducción efectiva frente a la última liquidación de más de 2 millones de Euros, apenas 1 millón más después de los presupuestos de 2006. Se está reduciendo efectivamente de verdad el gasto de personal, se está reduciendo efectivamente de verdad el gasto corriente.

Me habla de la plantilla, cuando nosotros hemos llegado había más de

2.100 trabajadores y trabajadoras en este Ayuntamiento. En estos momentos cuando acabe este ejercicio tendremos 1.800. Evidentemente son personas, sin duda, pero también lo son los de cada una de las familias que conforman la ciudad de León que tienen derecho a que el Ayuntamiento les preste los servicios sobre todo en las épocas de mayor dificultad económica.

Me dice que han presentado una serie de alegaciones pero mire, sabe cuál

es el problema, lo que manifiestan Vds. con su intervención, que ni lo habían hecho bien en su momento, que sin embargo están convencidos de que sí lo hicieron bien, lo cual es tremendo, la falta de apego a la realidad que tienen y que además tampoco iban a ser capaces de cambiarlo porque no están en disposición de tomas las medidas que realmente necesita esta ciudad. Y un ejemplo de lo que sería su gestión si los ciudadanos hubieran confiado en ella, que no lo hicieron, es la alegación que presentan contra el presunto incumplimiento del art. 193 en relación con la liquidación del presupuesto, la de absorción del remanente negativo de tesorería de más de 68 millones de Euros.

Tiene Vd. razón que la legislación dice, da tres posibles medidas y que

nosotros en este ejercicio, en estos Presupuestos cumplimos rigurosamente la Ley porque aprobamos el presupuesto con un desequilibrio en cuantía no inferior al repetido déficit con un desequilibrio necesario, exigido por la Ley y además compromiso de este equipo de gobierno. Queremos trabajar por equilibrar esas cuentas que para Vds. nunca estuvieron mal, no así para los proveedores ni para los trabajadores que se han visto avocados al despido por falta de pago durante décadas de la deuda.

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Sorprende comprobar que el Grupo Popular que fue el responsable del

equipo de gobierno cuya liquidación nos obliga hoy a aprobar el presupuesto en desequilibrio nos pide ahora el déficit que ese déficit, creado por su gestión, sea absorbido por quienes hemos heredado esa catastrófica situación económica. Pero sorprende aún más que el déficit se haya convertido en una situación crónica de la cual parece que Vds. ni siquiera fueron conscientes ni lo son porque en 2005 ya hubo un desequilibrio de menos 37 millones de euros, en 2006 de menos 46 y en 2007, último año en el que Vds. gobernaron, de menos 68 millones de euros. Claro cualquiera podría pensar, que dado ese rigor que parecen Vds. exigir, ya fueron rigurosos en su gestión y habrían hecho lo que la Ley, Vds. ahora exigen que nosotros hagamos, aprobar con desequilibrio. Pues no lo hicieron, no lo hicieron ni en 2006 ni en 2007 que ni siquiera aprobaron presupuestos. Luego el único ejercicio donde sí se ha cumplido en estos últimos años esa obligación de aprobarlo en desequilibrio es éste, 2009.

Debería felicitarnos por hacerlo pero quieren negar la evidencia. Los datos

para Vds. no sirven. Claro que únicamente quiero añadir que el Partido Popular no sólo no es coherente con sus hechos sino que además resulta que adopta posiciones que difícilmente se concilian con documentos que firma D. Rafael Merino López, Diputado del Partido Popular y Dª Mª Soraya de Santamaría Antón, a la sazón, Portavoz del Grupo parlamentario Popular en el Congreso, no muestre extrañeza. Nos está exigiendo el cumplimiento de una normativa que el propio Grupo Popular del Congreso de los Diputados dice que hay razones de equidad jurídica que exigirían su modificación. Nos está exigiendo Vd., 12 días después de que el Partido Popular diga eso respecto de esa normativa, que nosotros la cumplamos con un rigor que sería ilegal, porque la letra de la ley nunca debe ser contradictoria con su espíritu y si aprobásemos el presupuesto con 68 millones de euros este Ayuntamiento tendría que cerrar, directamente. Parece ser que es lo que Vds. quieren porque si no no se entiende. Porque de hecho la Ley en otro artículo, el 162, exige que los presupuestos deben contener las obligaciones que como máximo puede reconocer la entidad. Luego los presupuestos han de ser realistas, que es lo que hemos dicho desde el primer momento, para presupuestos ficticios los que hizo el PP para luego no pagarlos.

En consecuencia, además, niegan Vds. la realidad de que este equipo de

gobierno ha elaborado un Plan de Saneamiento Financiero, que le ha llamado ficticio, bueno pero que lo tiene y que este equipo de gobierno se ha comprometido con sanear las cuentas municipales y además garantizar que los servicios sigan vivos y sigan prestándose durante este ejercicio. La verdad es que su exigencia a través de las alegaciones si que sería un incumplimiento flagrante de la legalidad pero qué le vamos a hacer.

Yo únicamente quiero hacerles un resumen. Primero, el Partido Popular nos

exige lo contrario de lo que hizo mientras gobernó. Segundo, nos exigen algo contrario a la Ley. Tercero, nos exigen algo contrario a lo que su Partido considera como equidad jurídica y cuarto, y es lo más grave, no dan ni una sola alternativa o

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solución y se oponen a todas las planteadas desde el equipo de gobierno. Sólo una pregunta: ¿por qué las medidas que son válidas para el P.P. en cualquiera de las restantes, más de 8.000 Ayuntamientos de España, les resultan a Vds. inaceptables en el Municipio de León? Yo se lo voy a responder, primero, porque no son coherentes ni con la ciudad ni con lo que debiera de ser su obligación de velar por el servicio público y porque usando la terminología de Dª Soraya son Vds. con su planteamientos contrarios a la equidad.

En el turno de réplica toma la palabra el Concejal del Grupo Municipal

Popular, D. Luís Nogal Villanueva, quien dice: La verdad es que para empezar mi intervención lo primer que tengo que

decir es que lo de la “Obsexión” como Vd. dice con las comas y todo eso yo creo que es más cuestión de educación y de ciudadanía, sobre todo por los errores ortográficos tan graves que se cometen en un documento público, como es el documento más importante de este Ayuntamiento.

Y como dice el refrán también no hay peor sordo que el que no quiere

escuchar. Le dije que la manifestación habida en León con más de 2.000 personas en ella era contra las respuestas a la forma de gestión de este Ayuntamiento, contra las actuaciones municipales que se están realizando últimamente. Ya sé que ha habido muchas manifestaciones y muchas más que se han olvidado Vds. y si quieren se las recuerdo.

Luego nos está mezclando churras con merinas y sigo por mi lado de las

frases. Está mezclando una operación de confirming, los temas de los Fondos de Inversión Local, no Fondos Zapatero, quítense esa palabra de la cabeza, son Fondos de Inversión Local, con los Presupuestos Municipales. Absolutamente ninguna de las tres cosas tienen nada que ver con los Presupuestos.

También se refiere Vd. a los tiempos en los anteriores presupuestos que se

han presentado, sobre todo en los presupuestos que ya habían presentado los anteriores compañeros del Grupo Popular que representaban a los ciudadanos y ciudadanas de León en este Ayuntamiento. La verdad sea dicha es que Vds. el año pasado el Presupuesto definitivo se aprobó el 28 de mayo o el 28 de abril, no me acuerdo si fue abril o mayo en este momento, posiblemente sea abril. Presupuesto que por cierto no tuvo absolutamente nada que ver porque se tuvieron que modificar 30 veces, tuvieron que realiza 30 operaciones de crédito a los Presupuestos. O sea que ahí en ese aspecto no me presuma y si este año estamos en estas fechas aprobando estos Presupuestos diga Vd. la verdad porqué estamos así, porqué estamos aquí aprobando estos Presupuestos ahora mismo, porque los famosos Fondos de Inversión Local requerían una tramitación de los Presupuestos, que estuvieran aprobados en unas fechas determinadas y eso es lo que tuvieron que hacer Vds. de una forma muy rápida y luego han dado lugar a todos estos errores y a todas estas faltas que existen en los Presupuestos. Por lo tanto no presuma Vd. de sacar los Presupuestos ahora porque ya el año

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pasado cuando Vds. los presentaron tarde, los hicieron mal, presumieron que los iban a hacer antes del 31 de enero y los aprobamos no me acuerdo si fue el 28 de abril o el 28 de mayo, pero bueno, yo sólo me acuerdo que fue un día 28 que posiblemente fuera de abril.

Con respecto al tema que no aportamos absolutamente nada a los

Presupuestos ¿les parecen pocas 34 alegaciones para realizar actividades? ¿les parecen pocas o es que no se las ha leído?

Habla igualmente de una reducción de gasto, de una reducción de

personas, de una serie ¿En cuanto se ha reducido la deuda? Porque de eso todavía no ha hablado Vd. absolutamente nada, Sr. Cardo, porque la deuda lejos de disminuir, que es lo que debía hacerse por lógica, con todas estas operaciones de refinanciación de la deuda, de ahorro de por no hacer absolutamente nada en las calles de León, por tener los jardineros en la calle, de despedir a no sé cuántas personas, después de tener la ciudad hecha un cristo, como la tienen Vds., resulta que la deuda se está incrementando, se está incrementando, no se está reduciendo.

Nos hablan también del déficit que se acumula ahora mismo, de los 68

millones que es lo que Vd. achaca, revise no solamente el año 2005 mire a ver de cuándo empieza en realidad el déficit existente en el Ayuntamiento de León.

Nos habla también de su propósito de austeridad en estos presupuestos, ya

dijimos en su día que si hay que hacer austeridad cómo es que la cuenta de personal de la que estamos hablando se incrementa en más de 7,5 millones de euros con respecto al año anterior, si estamos hablando de austeridad como se crea un nuevo área de gasto con presupuesto independiente que es la Vicealcaldía. Sorprende que en tiempos de crisis en vez de reducir gastos lo que estemos es ampliando conceptos de gastos ¿Qué me dice Vd. de la publicidad de la Alcaldía que se incrementa un 20 % con respecto al año anterior, pasando de 900.000 € a un 1.074.000? Y desde luego lo que está bien claro es que la austeridad no puede afectar bajo ningún concepto a la política social de este Ayuntamiento como se está haciendo. No podemos permitir que en tiempos de crisis los recortes deban llegar a las familias y colectivos sociales que se encuentran en situaciones dramáticas.

En tiempos de crisis se deben reforzar las políticas sociales. Han hecho un

Presupuesto que no apoya a las familias y eso que Vds. se llaman a sí mismo socialistas. El Presupuesto de Bienestar Social de este año es inferior al del año 2006, quiere esto decir que están abandonando a nuestros mayores. Las listas de espera para entrar en la Residencia así como los solicitantes de Ayuda Familiar son interminables. Y eso que la Junta de Castilla y León aporta el 90 % de este gasto. Y al igual que estamos hablando de la política social podíamos hablar, como ya se habló, de prácticamente todas las concejalías, en Economía y Hacienda se olvidaron la parte correspondiente a la amortización del primer año de la Operación de Factoring de 70 millones. Esperemos que en Seguridad y

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Transportes no se les olvide otra vez pedir la subvención de 460.000 ó casi 500.000 € a los que los ciudadanos de León tienen derecho. En Urbanismo acuérdese que han duplicado la presupuestación de muchos proyectos. En Cultura y Patrimonio han reducido esta Concejalía en casi un 40 % porque se han olvidado de la Escuela de Música, de la Biblioteca Municipal, de la Promoción Cultural, de las Artes Escénicas, de la Orquesta Odón Alonso, de la Fundación Vela Zanetti, del 50 % de las actuaciones del Auditorio, de otras Asociaciones de carácter cultura, del Servicio de Arqueología, etc. etc. La Concejalía de Deportes se reduce otro 35 %, pero es que se han olvidado de la partida de instalaciones general, lo correspondiente a los Polideportivos, el Campo Hípico, se han reducido las actividades deportivas un 45 % y las Escuelas Deportivas otro 75 %. Y en Educación de Nuevas Tecnologías, aquí lo único que sí efectivamente han reducido un 30 % esta Concejalía pero la verdad sea dicha que estando al frente quien está no nos creemos que esta Concejalía se reduzca un 30 %. Y en el Comercio y Consumo al final se han olvidado hasta del Matadero Municipal durante el tiempo que esté en el Ayuntamiento, hasta que se privatice.

Por lo tanto no me siga Vd. hablando de unos presupuestos con toda esa

cantidad de adjetivos que ha puesto porque a todos los adjetivos que Vd. ha puesto yo me tengo que remitir a los que yo dije y he repetido reiteradas veces y que no me cansaré de repetir, que son improvisados, que son incompletos, llenos de errores, no son serios ni rigurosos y por supuesto de crear confianza nada de nada.

Seguidamente interviene el Concejal Delegado de Economía y

Hacienda, D. Miguel Ángel Fernández Cardo, del Grupo Municipal Socialista, que se expresa de la siguiente forma:

Luego al final con todo lo que Vd. ha dicho, lo que nos ha dicho es que sí

tenemos una política de austeridad porque se ha puesto a hablar de reducciones y se ha quedado solo. Luego sí tenemos una política de austeridad, gracias por reconocerlo.

En segundo lugar, mire respecto a los problemas que tienen con los

documentos, comas y demás perfecto, son la oposición de la fe de erratas, pero con una simple hoja volandera de fe de erratas está hecho su trabajo. Enhorabuena.

En cuanto a las alegaciones que Vds. presentaron al gasto las hicieron

todas sobre más gasto. Vds. no han propuesto fuentes de financiación reales. Son profesionales del prometer y no dar ¿pero sabe qué es lo que sucede con las cuentas públicas cuando se promete y no se da? ¿cuando se promete más gasto y se pide más gasto pero no se da y luego no se paga? que en lugar, ya que le gustan tanto los refranes, de prometer y no dar ¿sabe qué? se concluye con no descompone casa, en las cuentas públicas sí, descompone la casa de todos y todas aquellas empresas que durante años no han cobrado de todos sus

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trabajadores que se ven en situaciones muy difíciles porque Vds. son profesionales de prometer y no dar, efectivamente. Y eso es lo único que han hecho en sus alegaciones.

Por cierto, en el tema de personal, que tan mal dicen Vds. que está

recogido en estos Presupuestos está tan mal, tan mal, que no fueron capaces de presentar una sola alegación, igual es que no estaban tan mal.

Otra cosa, Vd. nos dice que con la refinanciación, con la operación de

confirming que no se reduce deuda, lógico, pero no se da cuenta de que lo que estamos intentando es conseguir liquidez, intentando y consiguiendo, es conseguir liquidez para inyectar dinero a la ciudad de León en lugar de deber a los proveedores de un modo anárquico, que fue lo que nos encontramos, lo que hacemos es ordenamos la deuda y debemos a los Bancos y pagamos a los proveedores. Algo que parece ser queda muy lejos de los postulados del Partido Popular en León.

Simplemente quiero decir desde aquí, como mensaje para la ciudadanía,

que creo que esos Presupuestos sí son reales, que creo que estos Presupuestos se hacen con una vocación de austeridad pero con un objetivo muy claro, mantenimiento del mayor número posible de servicios municipales, es coherente con la situación económica del Ayuntamiento, con la situación económica internacional y sobre todo aportan soluciones porque lo que este equipo de gobierno no va a hacer es quedarse en la barrera mirando lo que pasa. Tomamos decisiones y evidentemente cuando se toman decisiones hay que mojarse. Seremos coherentes y cumpliremos con los objetivos que nos hemos marcado. La ciudad de León dentro de dos años estará en mejor disposición para competir en el concierto de las ciudades de cómo Vds. la dejaron hace dos.

Cierra el debate el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández Álvarez,

diciendo: Yo para terminar, ya que Vds. se han remitido a mí varias veces, quisiera

comenzar por un aviso, es decir, quien mezcla aquí trabajo y política es Vd. Sr. Nogal no nosotros. Por lo tanto, Vd. es rehén de sus palabras, le digo para que en las próximas veces por lo que pueda suceder no vaya Vd. a culpabilizar a este Grupo. Eso de antemano.

En segundo lugar, le voy a decir ya que habla Vd. de manifestaciones yo le

voy a decir una muy cercana que fue la Moción de Censura. Hubo muchas más personas que 2.000 y eso no les impidió a Vds. hacer una Moción de Censura con unos tránsfugas a pesar de firmar un pacto antitransfuguismo a nivel nacional. Por lo tanto, mire Vd. nosotros podemos estar equivocados o acertados, creemos que estamos acertados, pero nunca haríamos y nunca hemos hecho lo que han hecho Vds. hace poquito tiempo. Por lo tanto no nos vaya Vd. a dar aquí ejemplos ni nos

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vayan a dar Vds. lecciones ahora mismo de coherencia y de comportamiento ético.

Miren, sé que llevamos varios Plenos y llevamos casi ya dos años en este

debate. Vds. siguen exactamente igual que comenzaron, Vds. han iniciado una estrategia demagógica en el sentido de, es decir la situación a la que ha llegado esta ciudad los responsables son Vds., no son los ciudadanos tampoco pero son los ciudadanos y nosotros ahora mismo, que también estamos teniendo desgaste, los que hemos cogido el toro por los cuernos, pero este toro, este gran toro que anda por aquí circulando, éste lo soltaron Vds.

Que nos den ejemplos ahora mismo y que nos pidan la dimisión por la

gestión del tema de personal, que como Vd. bien dice, Vds. la conocen muchísimo mejor que nosotros, sin duda, eso estoy de acuerdo con Vds. Cuando anteriormente ni había consignación para pagar las deudas ni Vds. se preocuparon de tener a los trabajadores debidamente contratados. Es decir, cuando Vds. han hecho todo eso que vengan a pedir la dimisión es una auténtica demagogia, por no decir otras palabras.

En segundo lugar, que Vds. vengan a decir ahora que nosotros estamos

tomando decisiones como el IBI, el agua, claro que las estamos tomando pero porque las tenemos que tomar porque nosotros somos responsables o Vds. creen que vamos a hacer como Vds. hicieron anteriormente, que era todo. Donde un Concejal se reunía en una Cafetería, le proponían lo que fuera y como era amigo que se hiciera pero no había consignación para pagarlo. Pero si Vds. son el ejemplo de todo eso ¿cómo nos vienen a pedir Vds. aquí ahora mismo, a dar ejemplo de ética, de coherencia, de qué? Entonces no, miren Vds., pueden tomar una actitud si quieren de cara al futuro y si quieren cambiar las formas y es, como ha dicho mi compañero Fernández Cardo, tomar una posición positiva. ¿No les gusta todo lo que hacemos? de acuerdo, incluso fíjese haremos cosas mal pero seguro que también haremos cosas bien, apoyen algo, digan a algo que sí. Arrimen el hombro en algo para esta ciudad, dejen de decir constantemente que esta ciudad está hecha un asco porque es falso, porque a Vds. les sirva electoralmente es falso y la prueba de ello es que aquí vienen miles y miles de visitantes y alaban cómo está esta ciudad. Y además les voy a decir una cosa, de cómo está esta ciudad también en parte es obra suya, fíjese no voy a ser como Vds., lo bueno también es una parte suya. Pero por favor tomen otra actitud, no estén constantemente buscando el negar y el no apoyar a esta ciudad porque a Vds. electoralmente creen que les sirve mejor. Y saben lo que les digo se equivocan y lo verán Vds.

Si Vds. creen que por hacer una visita a un barrio, en un momento dado, y

decir que lo han visitado con eso vale, se equivocan. Los ciudadanos a pesar de lo que Vds. parece que creen no son tontos y saben cuando van a visitarles y cuando conviven con ellos y conviven con sus problemas y dan soluciones pero las soluciones, mire Vd., no vienen ni de Papá Noel ni de los Reyes Magos, las soluciones vienen en decisiones que hay que tomar. Cuando una familia se ajusta

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el cinturón tienen que decir a sus hijos a algunas cosas que no y cuando a lo mejor querrían disfrutar de unas vacaciones tienen que decir que no, eso son tomar decisiones y por eso una familia no dicen que papá o mamá son malos ¿Me entiende Vd? Entonces a partir de este momento no nos vengan con estas cosas ni a dar ejemplos.

Yo lo único que les pido es que trabajen alguna vez en positivo con

nosotros, si quieren y si no sigan Vds. en la parte negativa. Vds. siempre se remiten al final, veremos el final, cuando lleguemos al final lo veremos y entonces cada uno verá lo que ha hecho y lo que los ciudadanos piensan. Yo les diría que cambiaran pero por el beneficio de esta ciudad. Si Vds. quieren seguir en lo del oscurantismo, en lo de lo poco transparente, en que en el caos en que vive esta ciudad, en que todo es negativo, en que un Presupuesto como el que viene hoy es todo errores ¿errores de qué? de ortografía, pues muy bien, pues alguien se equivocó, Vd. lo dice, se recoge y punto. O en semántica, pues si Vd. no está de acuerdo dígalo a lo mejor también se toma el acuerdo, se recoge y punto, pero errores ¿de qué? que quiere decir que aquí todos las personas que están trabajando son ineptos, pero mire Vd., Sr. Nogal, sí yo firmo pero quien redacta la documentación y quien la tramita son los funcionarios de esta casa y los funcionarios de esta casa son personas preparadas y todos han hecho su carrera de formación y administrativa y como funcionarios ¿qué pasa que es que resulta que porque haya un error esto ya es insultante? Es que Vds. llevan todo esto constantemente a cualquier cosa que sea.

Bien, lo vuelvo a repetir les esperamos si quieren ser positivos, si quieren

persistir en su actitud sigan Vds. que ya veremos al final lo que sucede y yo espero que va a suceder y estoy seguro de que va a suceder, que las personas van a reconocer quién hace un esfuerzo serio, riguroso a pesar de que electoralmente no sea así. Lo veremos al final.

Terminado el turno de intervenciones se procede a votar la propuesta de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal en reunión celebrada el día 5 de marzo de 2009, anteriormente transcrita, que resultó aprobada por dieciséis votos a favor de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés y once votos en contra de los Concejales del Grupo Popular. 2.- CONCESIÓN DE LA MEDALLA DE ORO DE LA CIUDAD DE LEÓN A D. DAVID ÁLVAREZ DÍEZ.- Se da cuenta del dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión celebrada el día 6 de marzo de 2009, que se transcribe a continuación:

“Se dio cuenta del expediente instruido en ejecución del acuerdo adoptado

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por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 8 de Abril de 2008, que aprobó la iniciación de expediente para la concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad a D. David Álvarez Diez, en el que se han cumplido los tramites previstos en el vigente Reglamento Especial de Honores y Distinciones de esta Corporación, de exposición al publico por plazo de 15 días hábiles. Transcurrido dicho plazo, sin que se hayan formulado reclamaciones contra la propuesta, se somete la misma a informe de esta Comisión de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del citado Reglamento. Por unanimidad de los miembros de la Comisión, se informa favorablemente la citada propuesta de concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad a D. David Álvarez Diez, por su aportación al tejido industrial nacional y su continuo desvelo por el desarrollo rural de la montaña leonesa.” Toma la palabra el Sr. Vicealcalde, D. Javier Charmorro Rodríguez, del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, quien dice lo siguiente: Muy brevemente para resaltar, en este caso y una vez más como yo entiendo que deben ser todas las condecoraciones o reconocimientos públicos que haga esta Institución, la unanimidad de los tres grupos. Esta es una propuesta que ya surge en el mandato anterior y como digo ha sido unánimemente respaldada por los tres grupos.

Creo que con esta distinción reconocemos la labor de un empresario leonés que ha conseguido traspasar las fronteras leonesas para trabajar y darse a conocer en toda España.

Son famosas algunas de las empresas de las cuales él se ha hecho cargo a

lo largo de estos últimos años y no sólo a nivel nacional sino también en la provincia de Leon, en la zona de Cistierna, en la zona de la montaña oriental.

Es importante su labor intentando potenciar el tejido económico de estas

zonas e incluso en nuestra ciudad también con esa donación, conseguir para esta ciudad el Instituto Bíblico Oriental, que en esta semana va a ser visitado por su Majestad La Reina de España y que permite que León también tenga un reclamo turístico más de primer orden.

Por tanto sólo queda dar la enhorabuena, en nombre de la Corporación, en

nombre de los Grupos, a D. David Álvarez y concretar con él la fecha en que se le colocará esta Medalla.

Seguidamente y con la venia del Ilmo. Sr. Alcalde, interviene el

Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Julio Cayón Díéguez, que se expresa en los términos siguientes:

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Efectivamente como decía el Sr. Chamorro ya en abril del año 2007 se iniciaba el expediente que dimana de la moción que presentó el Grupo Popular solicitando la concesión de la Medalla de Oro de la ciudad a favor de David Álvarez Díez y creo que desde nuestro Grupo tenemos que realizar en este Pleno una pequeña biografía, dado como decía antes que fue una Moción presentada, en este caso, como también ha dicho el Sr. Chamorro, apoyada por todas las fuerzas políticas presentes en este Salón de Plenos.

Pero sí conviene recordar que D. David Álvarez, Presidente del Grupo

Eulen, de las Bodegas Vega Sicilia y de la Empresa Valles del Esla, ha llevado el nombre de León por todo el mundo y su trayectoria supone todo un ejemplo del esfuerzo, tesón y compromiso en la creación de empleo y riqueza.

La historia de David Álvarez, natural de Crémenes, empresario leonés del

año 2001, es la de un hombre hecho a sí mismo que partiendo de cero ha conseguido crear todo un imperio empresarial, fuertemente diversificado y con unas ventas espectaculares.

El Grupo Eulen surge en Bilbao, como todos sabemos, en el sector de las

limpiezas y su historia cambia de escenario a principios de la década de los 80 cuando debido al fuerte crecimiento de la empresa y la seguridad se decide trasladar la actividad a Madrid y a partir de ahí David Álvarez impulsa un ambicioso proceso de expansión hacia el exterior, tanto en Europa como en Iberoamérica, que ha ido multiplicando las cifras de negocio de su Grupo.

David Álvarez, que ya ha superado los 80 años de edad, sigue

demostrando a día de hoy una vitalidad fuera de lo común y varios de sus desvelos empresariales se centran en su querida tierra de León. Ahí están, por ejemplo, la apuesta por el sector cárnico de Valles del Esla, como decía el Sr. Chamorro, o la iniciativa de la Fundación Peñacorada que hacen de León un referente en varios campos.

Y es verdad, ha impulsado también la creación del Instituto Bíblico de

Estudios Orientales, que se ubica ya en la Real Colegiata de San Isidoro y que se inaugurará el próximo día 11 con la presencia del propio D. David y de su Majestad la Reina de España.

Por todo ello, el Grupo Municipal Popular, que fue quien presentó esta

Moción, está muy contento, muy satisfecho de que esta Corporación apoye, repito, la Moción y en este mismo Pleno se le conceda la Medalla de Oro a D. David Álvarez Díez.

Y para finalizar el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández Álvarez,

dice lo siguiente: Bien, entonces entendemos que esta Medalla queda concedida por

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unanimidad de todos los Grupos de la Corporación y lo único que queda es felicitar a D. David Álvarez por la concesión de la Medalla de Oro de la ciudad de León. Muchas gracias. El Pleno Municipal acordó, por unanimidad, aprobar la propuesta formulada por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal en reunión celebrada el día 6 de marzo de 2009, transcrita anteriormente. Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia dio por terminada la Sesión a las once horas y diez minutos, de la que se extiende la presenta acta, de todo lo cual, como Secretaria, doy fe.