sergio segundo marcoleta colman - demanda accidente laboral
TRANSCRIPT
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
1/14
Procedimiento : Aplicación GeneralMateria : Indemnización de perjuicios morales por accidente
laboral.Demandante : Sergio Segundo Marcoleta Colman.R.U.T. : 16.2 !.6"6#$ Domicilio : %&o Copiapó '( 1" ) Copiapó.Abogado patrocinante y apoderado : *os+ ,uis -epeda %ojasR.U.T. : 1 .1/2.06!#!Domicilio : ,os Carrera '( " 3cina 0 ) Copiapó.Demandado : Mo4imiento de 5ierra 5ransportes ,imitada.R.U.T. : /!.206. "0#Domicilio : 7unta del Cobre S8') 5ierra Amarilla.Representante : 7edro 7rado 79ez.R.U.T. : ". 1. /2#Domicilio : 7unta del Cobre S8') 5ierra Amarilla.Demandado : Compa &a Contractual Minera jos del Salado.R.U.T. : 6.6 ".1/0#"Domicilio : 7unta del Cobre S8') 5ierra Amarilla.Representante : ;rancisco Costabal MadridR.U.T. : #####################Domicilio : 7unta del Cobre S8') 5ierra Amarilla.
&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
EN LO PRIN IPAL!
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
2/14
ONTRA TUAL MINERA O%O" DEL "ALADO5 RUT N( 8*.*< .)67/ )persona jur&dica del giro de su denominación) representadalegalmente por don =RAN I" O O"TA>AL MADRID ) desconozco%>5) Ingeniero Comercial) o por Buien aga las 4eces de tal) con@orme al
articulo ( del Código del 5rabajo) ambos con domicilio en 7unta del
Cobre S8') comuna de 5ierra Amarilla= con@orme a la relación
circunstanciada de los ec os al amparo de las normas de
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
3/14
debiendo 4encer el d&a 2 de @ebrero de 2016.
b. SegDn el contrato rese ado) la @unción principal a desempe ar) era lade conductor camión articulado) con4encional) cargador @rontal)
eEca4adora como complementarias las de apo o mec9nico taller)
lubricación mantenimiento de eBuipo Bue operaba) en la @aena
denominada ontrato
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
4/14
camión C# !2) el d&a 1" de @ebrero del presente a o) al interior de la
Mina Santos= le comuniBue al je@e de turno el se or *uli9n -azzali %i4era)
Bue la rampa principal se encontraba mojada. ,o anterior ab&a sido
4arias 4eces ad4ertido por +sta parte a la empresa) para Bue tomara
medidas tendientes a e4itar la ocurrencia de algDn accidente) a Bue es
por todos sabido Bue los caminos Dmedos produce Bue las ruedas de
los 4e &culos motorizados se resbalen) aciendo peligrar la integridad
del operario de la maBuinaria a su cargo.
;ue as&) siendo las : " oras de la madrugada) cuando producto
de la rampa Dmeda a mencionada) el camión C# !2 Bue conduc&a
resbaló) perdiendo el control del mismo colisionando contra la cajaderec a de la labor= trizando el parabrisas) descuadrando la puerta
Buebrando el 4idrio de la misma. 7roducto de lo anterior) Bued+
lesionado al interior de la cabina) debiendo ser e4acuado por personal
de mi eE empleador Mo4itrans= el cual en ningDn momento se inBuietó
por mi salud) sino Bue estaban preocupados por el da o producido al
camión.
As& las cosas) luego de eEigir Bue me prestasen asistencia m+dica=
a Bue el dolor en mi mu eca derec a era insoportable) @ue lle4ado al
policl&nico de la @aena Mina Santos) lugar en el cual m9s Bue ocuparse en
atenderme) me insist&an en Bue 3rmara r9pidamente un documento) en
el cual reconoc&a mi supuesta responsabilidad en el accidente) a lo cual
e4identemente no acced&) pidiendo en todo momento Bue me lle4ar9n al
ospital para Bue me atendiesen por el @uerte dolor Bue ten&a a esa
altura en todo el brazo.
Cabe destacar Bue en ningDn momento realizaron una
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
5/14
,uego de tales ec os) a las 0!:00 oras) cuando terminaba el
turno= llegó el *e@e de peraciones don %odrigo rdo ez) Buien me
des4incula 4erbalmente) aci+ndome esperar asta aproEimadamente
las 11: 0 oras) por la llegada del encargado de %ecursos Kumanos)
para Bue me iciera entrega de la carta por t+rmino de contrato de
trabajo= puesto Bue al 4encer mi contrato de trabajo el d&a 2 de ;ebrero
de +ste a o) el empleador acelera mi des4inculación) alegando la causal
del Articulo 1" '( e in@ormando Bue mi L Contrato de Trabajo con
vencimiento el 29 de Febrero de 2016, no será renovado, por tato se le
desliga a UD, de su v nculo laboral con !mpresa "ovimiento de Tierra #
Transportes $imitada a contar del 1% de Febrero de 2016, siendo su
<imo d a trabajado el 1% de Febrero de 2016 '() .
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
6/14
As&) con @ec a 22 de @ebrero del a o en curso) concurr& a la
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
7/14
5ratamientos todos Bue o deber+ de 3nanciar) a Bue el eE
empleador) luego del accidente) me desec ó) sin consideración alguna.
II. El DerecHo.
). ompatibilidad de las prestaciones consagradas en la Ley N()*.6,,5 sobre Accidentes Personales y En ermedadesPro esionales y las indemniJaciones solicitadas en la presentedemanda.
?l art&culo 6 de la ,e '( 16./ ) sobre accidentes personales en@ermedades pro@esionales) consagra la plena compatibilidad entre las
prestaciones Bue ella establece las indemnizaciones Bue puedan
reclamarse del empleador culpable del accidente del trabajo) por lo Bue
aun cuando @uese procedente el pago al trabajador de alguna
indemnización) ella ser&a per@ectamente compatible con la
indemnización cu o pago se reclama por medio de la presente
demanda) destinada a obtener la justa leg&tima reparación del da o@&sico moral causado al trabajador a causa del incumplimiento por
parte del demandado de su obligación de tomar todas las medidas para
proteger e3cazmente su 4ida.
+. Del accidente laboral.7ara Bue estemos en presencia de un accidente laboral es
necesario remitirse al inciso 1( del art&culo "( de la ,e '( 16./ Bue
prescribe: L :ara los e3ectos de esta le# se entiende por accidente del
trabajo toda lesi n 5ue una persona su3ra a causa o con ocasi n del
trabajo, # 5ue le produ ca incapacidad o muerte .
%esaltando Bue el accidente se produjo en orario de trabajo) al
interior de la mina Santos) mientras se realizaban las @unciones de
conductor para las Bue @ui contratado.
7
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
8/14
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
9/14
encontrar mejor solución al problema Bue la des4inculación de la
empresa por una causal @alaz Bue no se ajusta a los ec os. A razón de
ello) no eEtra ar9 a esta parte Bue la demandada) al momento de
contestar la demanda) alegue Bue el accidente se debió a una suerte de
Lcaso @ortuito Fcomo si los accidentes de tr9nsito el consecuente da o
del 4e &culo @ueran absolutamente imposibles de ser pre4istos por una
persona en su sano juicio o) peor aDn) por su Limprudencia temeraria =
a su Linobser4ancia o desobediencia de supuestas presuntas
instrucciones Bue se le abr&an dado) con el objeto de pre4enir
accidentes . 7ues bien) nada de ello tiene ni podr&a tener asidero en la
realidad) por cuanto las lesiones se debieron Dnica simplemente a Bue
se conduc&a un 4e &culo sin las medidas de seguridad m&nimas) cu asituación ab&a sido ad4ertida eEpresamente por el trabajador.
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
10/14
de los m todos de trabajo correctos. $os riesgos son los in erentes a la
actividad de cada empresa. !specialmente deben in3ormar a los
trabajadores acerca de los elementos, productos # sustancias 5ue deban
utili ar en los procesos de producci n o en su trabajo, sobre la
identi;caci n de los mismos '3 rmula, sin nimos, aspecto # olor), sobre
los l mites de e/posici n permisibles de esos productos, acerca de los
peligros para la salud # sobre las medidas de control # de prevenci n
5ue deben adoptar para evitar tales riesgos . 7or este moti4o) el art&culo
22 de la misma normati4a) eEpresa: L $os empleadores deberán
mantener los e5uipos # dispositivos t cnicamente necesarios para
reducir a niveles m nimos los riesgos 5ue puedan presentarse en los
sitios de trabajo = cuestión Bue en la especie no ocurrió.
III. IndemniJaciones demandadas.Como consecuencia del e4idente incumplimiento por parte del
demandado del deber Bue para +l consagra el art&culo 1! del Código
del 5rabajo) 4enimos en demandar el da o moral deri4ado del accidente
del trabajo antes relatado) di4idido en dos rubros: por una parte) el Buenaturalmente integra el concepto de da o moral Bue deri4a de
lesiones su@ridas por el trabajador ) por otro) el Bue lógicamente supone
las molestias gastos propios deri4ados del tratamiento m+dico Ftanto
Ninesiológico como psicológico psiBui9trico necesario para la
recuperación de la lesión. A razón de ello) pedimos por la primera
categor&a la suma de cinco millones de pesos F".000.000 = por la
segunda la suma de cinco millones de pesos F".000.000 . 7or
consiguiente) al eEistir un da o moral e@ecti4o en ambos aspectos)
solicitamos la suma total de diez millones de pesos F10.000.000 por
da o moral a resarcir.
A ora bien) para a4alar lo anterior cabe tener presente Bue
nuestro Código Ci4il no de3ne la 4oz L da o ) de modo Bue su sentido
natural ob4io) con@orme al
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
11/14
0 .06.1 / . ?n %e4ista de
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
12/14
4&ctima Bue demanda su reparación) corresponde incluir el da o moral
en la responsabilidad contractual. 7or ello) el pro@esor ?nriBue Harros
Hourie eEpresa: L los atentados a la integridad 3 sica constitu#en la causa
más 3recuente de da o moral. !n verdad, las potencialidades de la vida
contemporánea guardan una inevitable correlaci n con un aumento
e/ponencial de los riesgos cotidianos. :uede a;rmarse 5ue el desarrollo
del derec o de la responsabilidad en el <imo siglo se e/plica
principalmente en ra n del aumento de los da os corporales 5ue se
siguen de accidentes laborales, del consumo # de la circulaci n O ?n
L5ratado de %esponsabilidad Ci4il ?Etracontractual ) ?ditorial *ur&dica de
C ile) 7rimera ?dición) a o 201 ) p9g. 1 .
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
13/14
en contra de la empresa MO1IMIENTO DE TIERRA 2 TRAN"PORTE"LIMITADA 3MO1ITRAN"4 ) representada legalmente por don PEDROPRADO P9E: ) en contra de la EMPRE"A OMPA;#A
ONTRA TUAL MINERA O%O" DEL "ALADO) representadalegalmente por don =RAN I" O O"TA>AL MADRID5 todos aindi4idualizados) acogerla a tramitación ) en de3niti4a) declarar Bue a
ra&z de las lesiones su@ridas por el trabajador las molestias gastos
propios deri4ados del tratamiento m+dico Ftanto Ninesiológico) como
psicológico psiBui9trico para la recuperación de la lesión) sean
condenados al pago total de la suma de diez millones de pesos
F10.000.000 = o la suma Bue S.S. estime en justicia 3jar) todo ello con
eEpresa condena a las costas de la causa.
PRIMER OTRO"#! RUE$O A ".".5 tener presente Bue en 4irtud de loeEpuesto dispuesto en los art&culos 22 del Código del 5rabajo)
autorizar a esta parte a Bue las actuaciones procesales a eEcepción de
las audiencias) puedan realizarse por medios electrónicos) Bue las
noti3caciones Bue proceda a realizar en el presente proceso) se
practiBuen en @orma electrónica al correonotiKcaciones Jabogados.cl ."E$UNDO OTRO"#! "#R1A"E U".5 tener presente Bue 4engo endesignar patrocinante con@erir poder amplio al abogado abilitado) don
%O" LUI" :EPEDA RO%A"5 RUN N( )
-
8/16/2019 Sergio Segundo Marcoleta Colman - Demanda Accidente Laboral
14/14
14