semana 2 resolucion 1016 del 31 de marzo de 1989

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ISSAL LTDA

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Page 1: Semana 2 Resolucion 1016 Del 31 de Marzo de 1989

ISSAL

LTDA

Page 2: Semana 2 Resolucion 1016 Del 31 de Marzo de 1989

RESOLUCION 1016 DEL 31 DE MARZO DE 1989 Todos los empleadores públicos,

oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar Programas de Salud Ocupacional (P.S.O.), que aborden: planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades de los subprogramas: Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial. Para preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores, en sus ocupaciones y deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.

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La elaboración y ejecución de los subprogramas podrán ser realizados: - Exclusivas y propias de la empresa - En conjunto con otras empresas (cada empresa debe desarrollar su programa específico, pero podrá compartir en conjunto recursos) - Contratando con una entidad que preste este tipo de servicios, pero que sea reconocida por el ministerio de salud.

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P.S.O. se desarrollará de acuerdo con la actividad económica de la empresa y será específico de acuerdo a los riesgos reales y potenciales y al número de trabajadores. Debe ir firmado por el representante legal y la persona encargada de desarrollarlo, incluyendo cronograma de actividades. Tanto el programa como el cronograma deben estar actualizados y disponibles para las autoridades de vigilancia y control.

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Es obligación que los empleadores destinen recursos financieros y físicos para el P.S.O., y deben nombrar una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades. Cada subprograma debe contar con personal idóneo. P.S.O. cubrirá todas las jornadas laborales y todas las sedes de trabajo para asegurar cobertura efectiva a todos los trabajadores.

Los Artículos 8 y 9 estipulan que las personas naturales o jurídicas que ofrezcan servicios de S.O. deben ser acreditados por la autoridad competente con base en la legislación vigente. Y no implica el traslado de responsabilidades de los empleadores.

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Los Subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo Buscan promover, prevenir y controlar la

salud del trabajador, protegiéndolo de los riesgos ocupacionales, ubicándolo en un sitio de trabajo a acorde a sus condiciones psicofisiológicas y manteniendo la productividad en el trabajo.

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Funciones de Subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo Realizar exámenes médicos, clínicos y

paraclínicos para la admisión, ubicación según aptitud, reubicación, reingreso y retiro, que puedan ser riesgo para el trabajador.

Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica a nivel de: A.T, E.P y panorama de riesgo.

Desarrollar actividades de prevención en: E.P, A.T, educación y salud tanto para los empresarios como para los trabajadores.

Investigar y analizar enfermedades ocurridas, determinar sus causas y medidas preventivas y correctivas necesarios.

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Estudiar y conceptuar toxicidad de materias primas y sustancias en procesos, indicando medidas para evitar efectos nocivos en los trabajadores.

Implantar servicios de primeros auxilios.

Elabora y mantener estadísticas de morbilidad y mortalidad.

Coordinar rehabilitación y reubicación de trabajadores con incapacidad temporal y permanente parcial.

Promover actividades de recreación y deporte.

Funciones de Subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo

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Subprogramas de Seguridad e Higiene Industrial

Busca identificar, reconocer, evaluar y controlar factores ambientales de los lugares de trabajo.

Page 10: Semana 2 Resolucion 1016 Del 31 de Marzo de 1989

Funciones del Subprogramas de Seguridad e Higiene Industrial Elaborar panorama de riesgos, para localizar y

evaluar.

Inspeccionar periódicamente áreas, frentes de trabajo y equipos, para identificar cualquier tipo de riesgo.

Conceptuar sobre proyectos de obra, instalaciones industriales y equipos para conocer los riesgos generados por su causa.

Establecer modificaciones en los procesos como sustitución de materias primas peligrosas, encerramientos o aislamientos de procesos, para controlar la fuente de origen de los riesgos.

Elaborar y mantener estadísticas de AT.

Conceptuar sobre especificaciones técnicas de equipos y materiales cuya manipulación, transporte y almacenamiento generen riesgos laborales.

Delimitar áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y vías de circulación. Señalizar salidas, salidas de emergencia, zonas peligrosas.

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Desarrollar planes de emergencias: - Rama Preventiva: Aplicación de normas legales y técnicas como: combustibles, equipos eléctricos, etc. - Rama Pasiva o Estructural: Diseño y construcción de edificaciones y vías de salida. - Rama Activa o Control: Brigadas.

Controlar recolección, tratamiento, y disposición de desechos y residuos cumpliendo con medidas de saneamiento ambiental.

Funciones del Subprogramas de Seguridad e Higiene Industrial

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El P.S.O. debe mantener actualizados los listados de materias primas y sustancias implicadas en los procesos. Agentes de riesgo por ubicación y prioridades. Relación trabajadores expuestos a agentes de riesgo. Evaluación de agentes de riesgo y sistemas de control. Relación discriminada de elementos de protección personal suministrado a los trabajadores. Recopilación de estadísticas de AT y EP. Ausentismo general por AT, EP y enfermedad común. Historia ocupacional del trabajador. Planes de emergencia y actos de simulacro. El PSO será evaluado por la empresa mínimo cada seis meses y se ajustará cada año de acuerdo a las modificaciones de los procesos.

Page 13: Semana 2 Resolucion 1016 Del 31 de Marzo de 1989

P.S.O.: Programas de Salud Ocupacional

A.T.: Accidente Temporal

E.P.: Enfermedad Profesional