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IP. 83861.V01-10/2018 1 Este documento contiene un resumen de la información más relevante sobre el Producto de Seguro Multicobertura Paquetes “Destinia”, sin tener en consideración las exigencias y necesidades específicas del cliente. La información precontractual y contractual completa se facilitan en la documentación relativa al contrato de seguro. ¿Qué tipo de seguro es? El Seguro Multicobertura Paquetes “Destinia”, cubre el riesgo de anulación del viaje por el asegurado y, durante el viaje, la pérdida y daños al equipaje y la asistencia. Los sucesos cubiertos se describen en detalle en la póliza. ¿Qué está asegurado? Anulación de su paquete de viaje hasta un límite de 6.500 por asegurado por las siguientes causas: Enfermedad grave, accidente corporal grave o fallecimiento del asegurado y familiares Perjuicios graves en la residencia habitual o en el local profesional Despido laboral Incorporación a un nuevo puesto de trabajo Citación en un procedimiento judicial Trasplante de un órgano Tratamiento quirúrgico Convocatoria como miembro de una mesa electoral Entrega en adopción de un niño Exámenes de oposiciones oficiales Avería o accidente del vehículo del asegurado Traslado geográfico del puesto de trabajo Detención policial Declaración de renta paralela superior a 600 € Complicaciones graves del embarazo o aborto involuntario Robo de documentación o equipaje Concesión de becas oficiales Concurso voluntario o necesario Viaje ganado en sorteo público Citación judicial para trámite de divorcio Presentación y firma de documentos oficiales Fallecimiento de un familiar de tercer grado Anulación de un acompañante Cesión del viaje Traslado o repatriación sanitaria, en caso de enfermedad o accidente del asegurado desplazado. Gastos de prolongación de estancia en hotel hasta 80 € diarios / 10 días Desplazamiento y gastos de estancia para un familiar o acompañante hasta 80 € diarios / 10 días Repatriación del asegurado fallecido Regreso anticipado por enfermedad grave, accidente grave o fallecimiento de un familiar en España ¿Qué no está asegurado? Hechos cuya responsabilidad deba recaer en el organizador del viaje de acuerdo a las condiciones de compra, así como en el transportista, principalmente por motivos de seguridad aérea o por overbooking En caso de anulación no se reembolsan la prima del seguro ni los impuestos, como tampoco las tasas aeroportuarias. ¿Hay restricciones a la cobertura? Principales exclusiones: ! Incidentes derivados de: - el consumo de alcohol, drogas y estupefacientes - actos dolosos o negligentes del Asegurado, así como de lesiones autointencionadas o intento de suicidio - epidemias, pandemias, cuarentena, polución, contaminación o catástrofes naturales - guerra declarada o no, motines, rebelión, insurrección, actuaciones de las Fuerzas Armadas, golpe de estado, movimientos populares, actos de terrorismo o de similar naturaleza, así como la inobservancia consciente de las prohibiciones oficiales. - enfermedades psíquicas, mentales o nerviosas, depresión, estrés o ansiedad ! Anulaciones de viaje a consecuencia de: - la falta o imposibilidad de vacunación y la imposibilidad médica de seguir el tratamiento necesario para viajar a determinados países. - la no presentación por cualquier causa de los documentos necesarios para viajar. - partos, tratamientos de fertilización, complicaciones del embarazo a partir del 7º mes de gestación. - consultas o reconocimientos médicos, revisiones periódicas, rehabilitación, curas o tratamientos estéticos. - hospitalización por accidente o enfermedad grave que haya cesado antes de los 7 días previos al inicio del viaje. - patologías no estabilizadas que hayan sido objeto de una constatación o de un tratamiento en los 30 días previos a la reserva del viaje. - Los tratamientos quirúrgicos no derivados de una Seguro de Viaje Multicobertura Documento de Información sobre el Producto de Seguro AWP P&C SA , Sucursal en España, inscrita en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras en España con el Nº E0202. Producto: Seguro Multicobertura Paquetes Destinia

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  • IP. 83861.V01-10/2018

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    Este documento contiene un resumen de la informacin ms relevante sobre el Producto de Seguro Multicobertura Paquetes

    Destinia, sin tener en consideracin las exigencias y necesidades especficas del cliente.

    La informacin precontractual y contractual completa se facilitan en la documentacin relativa al contrato de seguro.

    Qu tipo de seguro es? El Seguro Multicobertura Paquetes Destinia, cubre el riesgo de anulacin del viaje por el asegurado y, durante el viaje, la prdida y daos

    al equipaje y la asistencia.

    Los sucesos cubiertos se describen en detalle en la pliza.

    Qu est asegurado?

    Anulacin de su paquete de viaje hasta un lmite de 6.500

    por asegurado por las siguientes causas:

    Enfermedad grave, accidente corporal grave o

    fallecimiento del asegurado y familiares

    Perjuicios graves en la residencia habitual o en el

    local profesional

    Despido laboral

    Incorporacin a un nuevo puesto de trabajo

    Citacin en un procedimiento judicial

    Trasplante de un rgano

    Tratamiento quirrgico

    Convocatoria como miembro de una mesa electoral

    Entrega en adopcin de un nio

    Exmenes de oposiciones oficiales

    Avera o accidente del vehculo del asegurado

    Traslado geogrfico del puesto de trabajo

    Detencin policial

    Declaracin de renta paralela superior a 600

    Complicaciones graves del embarazo o aborto

    involuntario

    Robo de documentacin o equipaje

    Concesin de becas oficiales

    Concurso voluntario o necesario

    Viaje ganado en sorteo pblico

    Citacin judicial para trmite de divorcio

    Presentacin y firma de documentos oficiales

    Fallecimiento de un familiar de tercer grado

    Anulacin de un acompaante

    Cesin del viaje

    Traslado o repatriacin sanitaria, en caso de

    enfermedad o accidente del asegurado desplazado.

    Gastos de prolongacin de estancia en hotel hasta

    80 diarios / 10 das

    Desplazamiento y gastos de estancia para un

    familiar o acompaante hasta 80 diarios / 10 das

    Repatriacin del asegurado fallecido

    Regreso anticipado por enfermedad grave,

    accidente grave o fallecimiento de un familiar en

    Espaa

    Qu no est asegurado?

    Hechos cuya responsabilidad deba recaer en el organizador del viaje de acuerdo a las condiciones de compra, as como

    en el transportista, principalmente por motivos de seguridad

    area o por overbooking

    En caso de anulacin no se reembolsan la prima del seguro ni los impuestos, como tampoco las tasas aeroportuarias.

    Hay restricciones a la cobertura?

    Principales exclusiones:

    ! Incidentes derivados de: - el consumo de alcohol, drogas y estupefacientes

    - actos dolosos o negligentes del Asegurado, as como de

    lesiones autointencionadas o intento de suicidio

    - epidemias, pandemias, cuarentena, polucin,

    contaminacin o catstrofes naturales

    - guerra declarada o no, motines, rebelin, insurreccin,

    actuaciones de las Fuerzas Armadas, golpe de estado,

    movimientos populares, actos de terrorismo o de similar

    naturaleza, as como la inobservancia consciente de las

    prohibiciones oficiales.

    - enfermedades psquicas, mentales o nerviosas,

    depresin, estrs o ansiedad

    ! Anulaciones de viaje a consecuencia de: - la falta o imposibilidad de vacunacin y la imposibilidad

    mdica de seguir el tratamiento necesario para viajar a

    determinados pases.

    - la no presentacin por cualquier causa de los

    documentos necesarios para viajar.

    - partos, tratamientos de fertilizacin, complicaciones del

    embarazo a partir del 7 mes de gestacin.

    - consultas o reconocimientos mdicos, revisiones

    peridicas, rehabilitacin, curas o tratamientos estticos.

    - hospitalizacin por accidente o enfermedad grave que

    haya cesado antes de los 7 das previos al inicio del

    viaje.

    - patologas no estabilizadas que hayan sido objeto de una

    constatacin o de un tratamiento en los 30 das previos a

    la reserva del viaje.

    - Los tratamientos quirrgicos no derivados de una

    Seguro de Viaje Multicobertura Documento de Informacin sobre el Producto de Seguro AWP P&C SA , Sucursal en Espaa, inscrita en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras en Espaa con el N E0202. Producto: Seguro Multicobertura Paquetes Destinia

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    Regreso anticipado por perjuicios graves en el

    domicilio principal o local profesional del asegurado

    Gastos mdicos y hospitalarios hasta los siguientes

    lmites:

    Espaa: 600 (franquicia 50 )

    Europa / Mediterrneo: 15.000 (franquicia 50 )

    Resto del Mundo: 35.000 (franquicia 50 )

    Transmisin de mensajes urgentes

    Defensa legal en el extranjero hasta 600

    Anticipo de fianza judicial en el extranjero hasta

    4.800

    Responsabilidad Civil hasta 60.000 con una

    franquicia a cargo del asegurado de 90

    Robo, destruccin o prdida de equipajes. Lmites:

    Espaa: 600

    Europa / Mediterrneo: 900 Resto del Mundo: 1.500

    Compra de artculos de primera necesidad en caso

    de demora superior a 24 horas en la entrega de

    equipajes facturados en el viaje de ida. Lmites:

    Espaa: 150

    Europa / Mediterrneo: 200 Resto del Mundo: 250

    Envo al domicilio de objetos robados, extraviados o

    perdidos durante el viaje, hasta el lmite de 125

    Capital accidente en viaje 24 horas, hasta 30.000

    por asegurado

    Gastos de socorro, bsqueda o transporte, hasta

    300

    patologa.

    ! Viajes que tengan como objeto recibir tratamiento mdico o esttico

    ! Incidentes afectados por insolvencia o incumplimiento de cualquier proveedor de servicios

    ! Viajes reservados contraviniendo el criterio mdico

    ! Incidentes derivados de: - circunstancias ya existentes y/o conocidas por el

    contratante del seguro - actuaciones ilcitas del Asegurado o contraviniendo una

    prohibicin gubernamental o legislativa - una actuacin gubernamental.

    ! Las actividades de aventura y los siniestros producidos por la prctica del ski.

    ! Gastos mdicos: - Derivados de controles de enfermedades previamente

    conocidas, relativos a alguna enfermedad crnica o prexistente, sea o no conocida por el Asegurado.

    - De tipo odontolgico. - Relativos a prtesis, implantes, ortopedia, rehabilitacin

    y fisioterapia - Producidos una vez concluidas las fechas del viaje

    ! Responsabilidad civil derivada: - del uso y circulacin de vehculos a motor - de toda actividad profesional, as como la

    responsabilidad contractual, multas o sanciones - de actos causados por mala fe del Asegurado o

    permaneciendo bajo la influencia de alcohol, drogas o estupefacientes

    ! Incidentes relativos al equipaje causados: - por negligencia, mudanza, hurto, prdida u olvido. - a documentos de identidad, tarjetas de crdito, llaves,

    dinero, material deportivo, material de carcter profesional, gafas, lentillas, prtesis, aparatos telefnicos o electrnicos, material fotogrfico o de imagen, as como material informtico

    ! Robo de equipaje en el interior de un vehculo particular

    ! Compra de artculos de primera necesidad en el viaje de vuelta.

    ! Accidentes: - sufridos por personas mayores de 70 aos. Los menores

    de 14 aos y los discapacitados slo estn cubiertos

    para el caso de invalidez permanente.

    - derivados del uso de vehculos a motor de dos ruedas de

    cilindrada superior a 49 cc

    - sobrevenidos por la realizacin de actividad profesional o

    deportiva de alto riesgo o expedicin

    Principales restricciones:

    ! Si el Asegurado anula el viaje con retraso respecto al da en que haya tenido conocimiento de la causa que impide

    su viaje, los gastos suplementarios que hayan sido

    facturados no sern objeto de reembolso.

    ! En todo caso es requisito indispensable que el seguro se haya suscrito en el momento de la confirmacin de la

    reserva del viaje.

    ! Las prestaciones no solicitadas durante el transcurso del viaje o que no hayan sido organizadas por la Aseguradora no darn derecho a reembolso o indemnizacin compensatoria alguna, salvo los supuestos de fuerza mayor o imposibilidad material.

    ! Solo darn derecho a reembolso los siniestros para los que se contemple esta posibilidad.

    ! Las coberturas slo sern de aplicacin para viajes contratados a travs de la pgina web de DESTINIA.

    ! Se aplicarn las siguientes franquicias a cargo del

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    asegurado: - Gastos mdicos: 50 - Responsabilidad Civil: 90

    Dnde estoy cubierto? En el destino del viaje asegurado, que segn lo especificado en el contrato de seguro podr encontrarse en cualquier lugar del

    Mundo. No se podr facilitar Asistencia en las zonas de guerra o en los pases excluidos por la Aseguradora. Las coberturas de asistencia sern vlidas nicamente a ms de 30 Km del domicilio habitual del Asegurado (15 Km en islas). Las coberturas de equipajes no sern de aplicacin en el lugar de residencia principal o secundaria del Asegurado

    Cules son mis obligaciones? Para evitar que el contrato de seguro sea cancelado o anulado y/o que los incidentes cubiertos se vean reducidos o rechazados, el asegurado debe: En el momento de contratacin del seguro:

    - Facilitar a la Aseguradora la informacin completa, relevante y veraz que le permita contratar el seguro; - Pagar el precio del seguro

    Una vez que el contrato de seguro surte efectos:

    - Comunicar a la Aseguradora tan pronto como sea posible cualesquiera cambios que se hayan producido y que puedan afectar al seguro.

    En caso de incidente cubierto:

    - Contactar con la Aseguradora para comunicar el incidente de forma inmediata una vez que ste se produzca y facilitarle todos los documentos de apoyo en el momento en que le sean requeridos;

    - Informar a la Aseguradora en caso de haber contratado algn otro seguro adicional y comunicarle si ha recibido algn pago por parte del otro Asegurador.

    Cundo y cmo pago? El precio del seguro se paga en el momento de la contratacin. El pago se efectuar a travs de tarjeta bancaria o del medio de pago autorizado.

    Cundo comienza y finaliza la cobertura? - La garanta de anulacin comienza el da de contratacin del seguro y finaliza el da en que comienza el viaje asegurado.

    - El resto de coberturas comienzan el da de comienzo del viaje asegurado y finalizan el da de regreso, siempre y cuando el viaje asegurado no exceda de 90 das consecutivos.

    - En ambos casos se tratar de las fechas especficamente indicadas en el momento de la contratacin del seguro.

    Cmo cancelo el contrato de seguro? La solicitud de cancelacin debe enviarse por carta certificada o por cualquier otro formato descrito en el contrato de seguro.

    - Si el seguro se ha contratado a distancia y tiene una duracin superior a un mes, el contratante podr cancelarlo dentro del plazo de 14 das naturales, siempre y cuando no se haya comunicado o vaya a comunicarse incidente cubierto alguno.

    - Despus del plazo de desistimiento, as como en aquellos seguros que no hayan sido contratados a distancia, el contratante puede cancelar el contrato de seguro en cualquier momento, pero no se llevar a cabo reembolso alguno por parte de la Aseguradora.

  • CONDICIONES GENERALES

    PAQUETE DE VIAJES

    Seguro de viaje multirriesgo

    Multirriesgo paquete de viajes

    Estas Condiciones Generales le permitirn conocer con detalle el marco del contrato que usted establece con AWP P&C SA, Sucursal en Espaa (en adelante ALLIANZ TRAVEL) al suscribir este seguro. Lea atentamente esta pliza, incluyendo las exclusiones de la misma. Si tuviera usted cualquier consulta o trmite, ALLIANZ TRAVEL pone a su disposicin su Centro de Atencin Telefnica a travs del nmero 902 402 440 y su pgina web www.allianz-assistance.es, donde encontrar toda la informacin que precise.

    Lleve siempre consigo el telfono de ALLIANZ TRAVEL y el nmero de su pliza. Si va a viajar por Europa, consiga la Tarjeta Sanitaria Europea TSE en su oficina de la Seguridad Social. Cmo utilizar su pliza?

    Ante cualquier emergencia o necesidad de utilizar la pliza pngase en contacto con ALLIANZ TRAVEL en el telfono 902 21 31 00 desde Espaa y 34 91 452 29 14 desde el extranjero. Facilite siempre su nombre, nmero de pliza, lugar en el que se encuentra y telfono de contacto. Accidente o enfermedad: si es una emergencia, acuda inmediatamente a un centro hospitalario adecuado. Si no es una

    emergencia llame primero a ALLIANZ TRAVEL. Tenga en cuenta que el nivel de calidad de los servicios sanitarios depender del grado de desarrollo del pas en el que precise atencin mdica. Prdida definitiva o extravo, destruccin del equipaje facturado en vuelo:

    a. Antes de salir de la zona de recogida de equipajes solicite el Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.).

    b. Haga una relacin del contenido de su equipaje. Robo, prdida o daos a su equipaje entregado a la custodia del transportista:

    a. Debe denunciar el hecho ante la polica en el lugar y fecha de ocurrencia, haciendo constar la relacin de objetos

    robados y su valoracin econmica. Obtenga un certificado de dicha denuncia. b. Debe presentar una reclamacin por escrito ante la compaa transportista cumpliendo los plazos establecidos

    por cada compaa. Conserve copia de la misma. c. Obtenga certificado de la compaa transportista, donde se indique la cantidad que en concepto de indemnizacin

    asume d. Haga una relacin del contenido de su equipaje.

    Robo de su equipaje o efectos personales no facturados:

    Debe denunciar el hecho ante la polica en el lugar y fecha de ocurrencia, haciendo constar la relacin de objetos robados y su valoracin econmica. Obtenga un certificado de dicha denuncia. Anulacin de su paquete de viaje: En el momento que tenga conocimiento de la imposibilidad de realizar su paquete de

    viaje por causa contemplada en la pliza, acuda a su organizador de viaje y efecte la anulacin, obteniendo el documento que acredite la misma, y comunique el hecho inmediatamente a ALLIANZ TRAVEL en la direccin de correo electrnico [email protected]

    RECOMENDACIONES

    DE VIAJE

    http://www.allianz-assistance.es/mailto:[email protected]
  • Multirriesgo paquete de viajes

    I. Definiciones. II. Disposiciones Comunes III. Garanta de Anulacin IV. Garanta de Asistencia Repatriacin V. Garanta de Equipajes VI. Garanta de Accidentes

    El presente contrato de Seguro se rige por lo dispuesto en:

    Ley de Contrato de Seguro 50/80, de 8 de Octubre (B.O.E. 17-10-80) y modificaciones posteriores.

    Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenacin, supervisin y solvencia de las entidades Aseguradoras y Reaseguradoras.

    Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenacin, supervisin y solvencia de las entidades Aseguradoras y Reaseguradoras.

    Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y modificaciones posteriores.

    Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercializacin a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

    Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensacin de Seguros.

    Cualquier otra norma que durante la vida de esta Pliza pueda ser aplicable, as como por lo convenido en las presentes Condiciones Generales, Particulares y en su caso Especiales.

    Este contrato se celebrar en Rgimen de Derecho de

    Establecimiento.

    DERECHO DE DESISTIMIENTO EN LAS CONTRATACIONES

    A DISTANCIA

    Para el supuesto de haber suscrito el seguro a distancia, y de

    conformidad con lo dispuesto en la Ley 22/2007, de 11 de julio,

    sobre comercializacin a distancia de servicios financieros

    destinados a los consumidores, le informamos que si el seguro

    tiene una duracin superior a un mes, el tomador podr desistir

    de este contrato en el plazo de catorce das naturales contados

    desde la fecha de la contratacin, siempre que el contrato no

    haya sido ejecutado con anterioridad al ejercicio de este

    derecho.

    Para ejercer el derecho de desistimiento, el tomador deber

    remitir una carta por correo certificado o cualquier otro medio

    que deje constancia de la fecha de su envo y recepcin al

    Departamento de Soporte Comercial y Servicio al Cliente de

    AWP P&C SA, Sucursal en Espaa, Calle Ramrez de Arellano

    35, 28043 de Madrid, o bien por correo electrnico a

    [email protected]

    Si el tomador opta por desistir de este contrato, deber abonar

    la parte proporcional de prima correspondiente al servicio

    efectivamente prestado hasta la fecha de ejercicio de este

    derecho. AWP P&C SA, Sucursal en Espaa le reintegrar, en

    el plazo de los 30 das siguientes a la recepcin de su solicitud,

    la parte correspondiente de prima no consumida.

    Ejecutado el contrato de seguro celebrado a distancia, o

    transcurrido el plazo habilitado de 14 das naturales contados

    desde la fecha de contratacin, decaer el derecho del tomador

    a desistir del contrato, quedando obligado al pago de la totalidad

    de la prima pactada.

    I. DEFINICIONES.

    En este contrato se entiende por:

    ASEGURADOR es AWP P&C SA, Sucursal en Espaa, con domicilio social en Calle Ramrez de Arellano 35, 3 planta, 28043 Madrid y con N.I.F. W0034957A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el Tomo 26.138, Folio 140, Seccin 8, hoja M-471120 e inscrita en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras en Espaa con el N E0202.

    Se trata de la persona jurdica que asume el riesgo

    contractualmente pactado, correspondiendo el control

    y supervisin de la actividad a:

    - El Estado miembro a quien corresponde el control del ASEGURADOR es FRANCIA y la Autoridad a quien corresponde dicho control es la Autorit de Contrle Prudentiel et de Rsolution, 61 rue Taitbout, 75436 Pars Cedex 09.

    - La Direccin General de Seguros y Fondos de Pensiones, del Ministerio de Economa y Hacienda, conforme al artculo 115 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenacin, supervisin y solvencia de las entidades Aseguradoras y Reaseguradoras.

    - La normativa espaola no resulta de aplicacin a la eventual liquidacin de las entidades aseguradoras, tal y como se indica en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenacin,

    NDICE

    CONDICIONES

    GENERALES

    mailto:[email protected]
  • Multirriesgo paquete de viajes

    supervisin y solvencia de las entidades Aseguradoras y Reaseguradoras.

    TOMADOR DEL SEGURO es la persona fsica o jurdica con residencia habitual en Espaa que suscribe el contrato con el Asegurador y a la que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado. En caso que el tomador sea una persona fsica o jurdica con residencia habitual fuera de Espaa, la duracin del contrato no podr ser superior a cuatro meses contados desde la fecha de emisin del mismo.

    ASEGURADO es la persona fsica con residencia habitual en Espaa, que contrate un paquete de viaje con DESTINIA S.L.U., a travs de su pgina web y figure relacionada en las Condiciones Particulares, sobre la que se establece el seguro. En defecto del tomador, asume las obligaciones derivadas del contrato.

    DOMICILIO es aquel en el que el Asegurado tiene su residencia habitual y que figura en la Condiciones Particulares de la pliza.

    PRIMA es el precio del seguro. El recibo contendr adems los recargos e impuestos que sean de legal aplicacin.

    Impuestos sobre Primas de Seguros

    Recargos Consorcio Compensacin de Seguros.

    - Recargo destinado a financiar las funciones de liquidacin de entidades Aseguradoras

    - Recargo sobre riesgos extraordinarios

    SINIESTRO es todo hecho que sea susceptible de estar garantizado por el presente seguro. Se considera que constituye un solo y nico siniestro, el acontecimiento o serie de acontecimientos daosos debidos a una misma causa original con independencia del nmero de reclamantes o reclamaciones formuladas.

    FRANQUICIA es la cantidad que en cada siniestro y segn lo pactado en la pliza para cada uno de los riesgos cubiertos, sea a cargo del Asegurado.

    PLIZA es el documento que contiene las condiciones reguladoras del seguro. Forman parte integrante de la pliza: las Condiciones Generales, las Condiciones Particulares, que individualizan el riesgo y recogen las clusulas que por voluntad de las partes completan o modifican las Condiciones Generales dentro de lo permitido por la Ley, las condiciones especiales y los suplementos o anexos que se emitan a la misma para complementarla o ampliarla.

    EPIDEMIA es la aparicin de una enfermedad infecciosa que se manifiesta en un nmero elevado de personas, en una regin localizada y en un tiempo relativamente prximo.

    SUMA ASEGURADA es la cantidad fijada en las Condiciones Particulares, o en su caso en las Generales y Especiales, que constituye el lmite mximo de la indemnizacin a pagar por el Asegurador en cada siniestro.

    VIAJE se entender por viaje, todo desplazamiento realizado fuera del domicilio habitual del Asegurado, desde la salida de ste hasta el regreso al mismo.

    FAMILIARES: se consideran familiares nicamente los

    cnyuges, parejas de hecho, hijos, padres, abuelos,

    nietos, hermanos, suegros, yernos, nueras y cuados

    del Asegurado, salvo lo dispuesto para cada cobertura.

    Adems tendrn esta condicin los tutores legales del

    Asegurado.

    EQUIPAJE son los objetos de uso personal necesarios

    en el transcurso del viaje.

    Si el contenido de la pliza difiere de la proposicin de seguro o

    de las clusulas acordadas, el tomador del seguro podr

    reclamar a la Entidad Aseguradora en el plazo de un mes a

    contar desde la entrega de la pliza para que subsane la

    divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la

    reclamacin, se estar a lo dispuesto en la pliza.

    II. DISPOSICIONES COMUNES.

    Objeto del seguro.

    Consistir en poner una ayuda a disposicin del Asegurado,

    cuando este se encuentre en dificultades durante

    desplazamientos o ausencias de su domicilio o lugar de

    residencia habitual, a consecuencia de un suceso fortuito en los

    casos y condiciones previstas en el contrato.

    Para el supuesto de anulacin, ALLIANZ TRAVEL garantiza,

    acorde con las condiciones establecidas en este condicionado, el

    reembolso de los gastos de anulacin y/o cancelacin que sean

    debidos por el Asegurado, cuando ste anule su paquete de

    viaje antes de la salida.

    Entrada en vigor y duracin del contrato de seguro.

    El contrato entrar en vigor a las 00:00 horas del da indicado en

    las Condiciones Particulares como fecha de emisin y finalizar

    cuando termine el efecto de las garantas cubiertas, acorde con

    lo indicado en el prrafo siguiente.

    Efecto de las garantas.

    La garanta de anulacin tomar efecto desde la

    fecha de emisin de la pliza, fecha que en todo caso

    ha de coincidir con la fecha de confirmacin de la

    reserva del viaje contratado, y cesar el da del

    comienzo del viaje de ida, siempre que se haya

    realizado el abono de la prima.

    Las dems garantas tomarn efecto, una vez pagada

    la prima, desde el momento de salida del viaje fijado

    en las Condiciones Particulares, hasta el da indicado

    en las Condiciones Particulares como fecha de

    finalizacin del mismo, siempre que no exceda de 90

    das consecutivos. Slo sern de aplicacin para viaje

    contratados a travs de DESTINIA S.L.U.

    mbito territorial.

    Las coberturas garantizadas por esta pliza sern vlidas para

    viajes con destino a cualquier lugar del mundo.

    Las garantas de asistencia sern vlidas nicamente, a

    ms de 30 Km del domicilio del Asegurado, 15 Km en las

    Islas Canarias e Islas Baleares. La garanta de equipajes no

    ser de aplicacin en el lugar de residencia principal o

    secundaria del Asegurado.

    La garanta de equipajes no ser de aplicacin en el lugar

    de residencia principal o secundaria del Asegurado.

  • Multirriesgo paquete de viajes

    Pago de la prima. El tomador del seguro est obligado al pago de la prima en el momento de la formalizacin del contrato y en cualquier caso antes del inicio del viaje. La prima deber abonarse en el domicilio de la Compaa Aseguradora. Si por culpa del tomador del seguro, la prima no ha sido pagada, ALLIANZ TRAVEL tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida. En todo caso, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, ALLIANZ TRAVEL quedar liberada de toda obligacin. Siniestros. En caso de siniestro deber ponerlo en conocimiento de ALLIANZ TRAVEL inmediatamente de ocurrido.

    Si el siniestro corresponde a las coberturas de la garanta de Asistencia-Repatriacin, deber llamar al telfono en Espaa, 902 21 31 00 y desde el extranjero al 34 91 452 29 14 (atendido permanentemente las 24 horas del da durante todos los das del ao), indicando el lugar donde se encuentra, el nmero de telfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefnicas desde el extranjero se solicitarn por el sistema de cobro revertido.

    Si el siniestro fuera del resto de garantas podr poner en conocimiento de ALLIANZ TRAVEL el siniestro a travs de la pgina web www.allianz-assistance.es, por correo electrnico: [email protected] o del telfono 902 34 56 71 o 91 452 2984 dentro del plazo de 7 das. Pasado este plazo, ALLIANZ TRAVEL podr reclamar los daos y perjuicios causados por la falta de comunicacin.

    El Asegurado deber emplear todos los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro. El Departamento de Siniestros de ALLIANZ TRAVEL, una vez tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro, le enviar un formulario o requerimiento de documentacin que deber rellenar. En el mismo se le indicar la relacin de documentos que necesariamente deber aportar para que el siniestro pueda ser indemnizado. En cualquier caso siempre se adjuntarn los justificantes, facturas, recibos, certificados y denuncias originales as como los informes mdicos y dems documentacin que justifique tanto la ocurrencia de hechos amparados bajo esta pliza, como el haber incurrido en gastos indemnizables bajo la misma. Deber remitirlo a AWP P&C SA, Sucursal en Espaa, Departamento de Siniestros: Calle Ramrez de Arellano 35, 3 planta, 28043 Madrid. Deber el Asegurado en todos los casos comunicar a ALLIANZ TRAVEL las garantas suscritas con otros Aseguradores para el mismo riesgo. Las prestaciones no solicitadas durante el transcurso del viaje o que no hayan sido organizadas por ALLIANZ TRAVEL no darn derecho a reembolso o indemnizacin compensatoria alguna. Solo darn derecho a reembolso los siniestros para los que se contemple esta posibilidad. A continuacin le facilitamos las pautas que debe seguir especficamente segn el siniestro que Usted sufra. Estas pautas pueden encontrarse complementadas con otras que se indiquen en los apartados correspondientes a cada garanta:

    En caso de siniestro de responsabilidad civil, deber transmitir inmediatamente a ALLIANZ TRAVEL todos los avisos, citaciones, requerimientos, cartas, emplazamientos y en general, todos los documentos judiciales o extrajudiciales que con motivo de un hecho del que derive responsabilidad cubierta por el seguro le sean dirigidos a usted o al causante del mismo. Salvo pacto en contrario, en caso de hechos cubiertos por la presente pliza, ALLIANZ TRAVEL tomar la direccin de todas las gestiones relacionadas con el siniestro, actuando en nombre del tomador del seguro o del causante de los hechos, y tratar con los perjudicados o sus derechohabientes, indemnizndolos si hubiese lugar. Si no se alcanzase una transaccin, ALLIANZ TRAVEL proseguir con sus Abogados y Procuradores la defensa del tomador o del causante de los hechos en cuanto a las acciones civiles, a cuyo fin el defendido deber facilitar los poderes necesarios. En cuanto a las acciones penales, el Asegurador podr asumir la defensa con el consentimiento del defendido. Si el Asegurado fuese condenado, el Asegurador resolver sobre la conveniencia de recurrir ante el Tribunal Superior competente. No obstante, si el Asegurador estimara improcedente el recurso, lo comunicar al interesado, quedando ste en libertad de interponerlo por su cuenta y el Asegurador obligado a reembolsarle de todos los gastos ocasionados hasta el lmite de la economa lograda, si el recurso obtuviere una resolucin beneficiosa. ALLIANZ TRAVEL satisfar la indemnizacin conforme se indica a continuacin:

    a. Como norma general, deber satisfacerla al

    trmino de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daos que resulten del mismo. Las partes pueden acordar la sustitucin del pago de la indemnizacin por la reparacin o reposicin del objeto siniestrado.

    b. Cuando haya existido dictamen pericial y ste no haya sido impugnado, la abonar en un plazo de cinco das.

    c. Si el dictamen pericial fuese impugnado, el Asegurador abonar el importe mnimo de lo que pueda deber segn las circunstancias por l conocidas.

    d. En cualquier supuesto, dentro de los cuarenta das siguientes a la recepcin de la declaracin de siniestro, el Asegurador abonar el importe mnimo de lo que pueda deber segn las circunstancias por l conocidas.

    En caso de siniestro de anulacin deber comunicar con la mayor rapidez posible al organizador del viaje, que ha tenido conocimiento de un hecho que le impide realizar el mismo, de forma que se limiten las consecuencias de la anulacin.

    En caso de robo de equipaje, deber presentar denuncia el mismo da de la ocurrencia de los hechos ante las autoridades de polica ms prximas al lugar del delito, haciendo constar en la misma una relacin del contenido de su equipaje as como su valoracin econmica.

    En caso de destruccin total o parcial del equipaje durante el traslado por una empresa de transporte

    http://www.allianz-assistance.es/http://www.allianz-assistance.es/mailto:[email protected]
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    pblico de viajeros, deber presentar el documento acreditativo facilitado por la empresa transportista.

    En caso de prdida de equipaje durante el traslado por una empresa de transporte pblico de viajeros, deber presentar un certificado que constate los hechos, emitido por la empresa transportista.

    En el supuesto de equipaje facturado en vuelo y si se produce la prdida, extravo o destruccin, antes de salir de la zona de recogida de equipajes solicite el Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.).

    Otros Aseguradores. El Asegurado deber en todo caso, y conforme a lo establecido en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, en el momento de la suscripcin o bien en el curso de la garanta, declarar a ALLIANZ TRAVEL las garantas suscritas para el mismo riesgo con otros Aseguradores. Responsabilidad. No se imputar responsabilidad a ALLIANZ TRAVEL por la demora o no cumplimiento de la prestacin de los servicios garantizados en aquellos casos en que la demora o incumplimiento haya sido motivado como consecuencia de:

    Huelgas.

    Explosiones.

    Revueltas.

    Movimientos populares.

    Motines.

    Cuarentena.

    Restriccin de la libre circulacin.

    Sabotajes.

    Terrorismo.

    Guerra civil o extranjera, declarada o no.

    Efectos de la radioactividad o cualesquiera otros casos fortuitos o de fuerza mayor.

    Subrogacin. ALLIANZ TRAVEL se subroga, hasta el total del coste de los servicios prestados por ella, en los derechos y acciones que correspondan al Asegurado contra toda persona fsica o jurdica, responsable de los hechos y que hayan motivado su intervencin. Cuando las prestaciones realizadas en ejecucin del presente contrato sean cubiertas en todo o en parte por otra Entidad Aseguradora, por la Seguridad Social o por cualquier otra institucin o persona, ALLIANZ TRAVEL quedar subrogada en los derechos y acciones del Asegurado frente a la citada compaa o institucin. A estos efectos el Asegurado se obliga a colaborar con ALLIANZ TRAVEL prestando cualquier ayuda u otorgando cualquier documento que se pudiera considerar necesario. En cualquier caso ALLIANZ TRAVEL tendr derecho a utilizar o a solicitar del Asegurado el reembolso del ttulo de transporte (billete de avin, tren, etc) que no haya sido utilizado por ste, cuando los gastos de regreso hayan corrido a cargo de ALLIANZ TRAVEL. Extincin del contrato. Si durante la vigencia del seguro se produjera la desaparicin del inters asegurable, el contrato de seguro quedar extinguido a partir de ese mismo momento, y ALLIANZ TRAVEL tiene el derecho de hacer suya la prima no consumida. Prescripcin. Las acciones derivadas de este contrato prescriben a los cinco aos para los seguros de personas y a los dos aos

    para los seguros de daos, desde el da en que pudieran ejercitarse. Instancias para solucin de conflictos entre las partes. 1. El Ministerio de Economa y Hacienda regula mediante la

    Orden ECO/734/2004, de 11 de Marzo, las actividades del Servicio de Atencin al Cliente que ALLIANZ TRAVEL pone a disposicin de todos sus Clientes a fin de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por los tomadores, Asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores.

    Las quejas y reclamaciones pueden ser presentadas a:

    AWP P&C SA, Sucursal en Espaa SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE Calle Ramrez de Arellano 35, 3 planta, 28043 Madrid O bien a [email protected]

    El Servicio de Atencin al Cliente (SAC) resolver dichas quejas y reclamaciones en el plazo mximo de dos meses desde la fecha de su presentacin.

    En caso de disconformidad con la resolucin de dicho Servicio, el Cliente puede recurrir dicha resolucin ante el SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES, siempre que haya agotado previamente la va del SAC de la Entidad Aseguradora, presentando la misma a:

    Paseo de la Castellana 44, 28046 Madrid

    El funcionamiento del Servicio de Atencin al Cliente se rige por el Reglamento, aprobado por el Consejo de Administracin de la Sociedad, al que se puede acceder en nuestra pgina web www.allianz-assistance.es

    2. Mediante arbitraje.

    Las Partes, de comn acuerdo, podrn someter la solucin de los conflictos que con motivo del presente contrato pudieran suscitarse, al juicio de rbitros, con arreglo a la legislacin vigente.

    3. Mediante competencia de jurisdiccin.

    Si alguna de las partes decidiese ejercitar sus acciones ante los rganos Jurisdiccionales, ser Juez competente para el conocimiento de las mismas el del domicilio del Asegurado.

    III. GARANTIA DE ANULACIN. ARTICULO PRIMERO.- DESCRIPCIN DE LAS COBERTURAS INCLUIDAS. ALLIANZ TRAVEL garantiza, en las condiciones establecidas en este Condicionado, el reembolso de los gastos de anulacin y/o cancelacin que sean debidos por el Asegurado, cuando ste anule su paquete de viaje antes del inicio del mismo por alguna de las causas indicadas a continuacin. Dichas causas debern ser suficientemente acreditadas. Relacin de causas de anulacin cubiertas: 1. Enfermedad grave, accidente corporal grave o

    fallecimiento de: El Asegurado y familiares tal como se definen en esta pliza.

    Por enfermedad grave se entiende una alteracin de salud constatada por un profesional mdico, que implique una de las situaciones indicadas a continuacin:

    mailto:[email protected]
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    Hospitalizacin como mnimo de 24 horas, y que dicha situacin suceda dentro de los 7 das previos al viaje e imposibilite el inicio del mismo en la fecha prevista.

    Incapacidad temporal, y que dicha situacin se mantenga dentro de los 7 das previos al viaje e imposibilite el inicio del mismo en la fecha prevista.

    Cuando la enfermedad afecte a los familiares del Asegurado, tanto si estn Asegurados en el mismo viaje como si no, se entender como grave cuando implique una hospitalizacin como mnimo de 24 horas, y que dicha situacin suceda dentro de los 7 das previos al viaje, o conlleve riesgo de muerte inminente.

    Por accidente grave se entiende un dao corporal no intencional por parte del Asegurado, proveniente de la accin imprevista de una causa exterior, constatada por un profesional mdico, que implique una de las situaciones indicadas a continuacin:

    Hospitalizacin como mnimo de 24 horas, y que dicha situacin suceda dentro de los 7 das previos al viaje e imposibilite el inicio del mismo en la fecha prevista.

    Incapacidad temporal, y que dicha situacin se mantenga dentro de los 7 das previos al viaje e imposibilite el inicio del mismo en la fecha prevista. Cuando el accidente afecte a los familiares, tal y como se definen en esta pliza, se entender como grave cuando implique una hospitalizacin como mnimo de 24 horas, y dicha situacin suceda dentro de los 7 das previos al viaje, o conlleve riesgo de muerte inminente.

    Para ambos supuestos, se entiende por incapacidad temporal la prdida limitada en el tiempo de la capacidad funcional de una persona, constatada mdicamente y que implique el cese de las actividades habituales bsicas, incluida la profesional, impida el inicio del viaje, y que d lugar a un informe, seguimiento y tratamiento mdico.

    2. Perjuicios graves debido a robo, incendio, inundacin o

    explosin, en su residencia habitual o en sus locales profesionales, propios o alquilados. Los perjuicios debern hacer inhabitables la vivienda o local, o con grave riesgo de que se produzcan daos mayores que justifiquen de forma imprescindible su presencia el da de la salida.

    3. Despido laboral del Asegurado, en ningn caso entrar en vigor esta garanta por trmino del contrato laboral, renuncia voluntaria o no superacin del periodo de prueba. En todo caso el seguro habr de suscribirse antes de la comunicacin escrita por parte de la empresa al trabajador.

    4. Incorporacin a un nuevo puesto de trabajo en una Empresa distinta con contrato laboral de duracin no inferior a un ao, siempre que dicha incorporacin se produzca con posterioridad a la reserva del viaje.

    5. Citacin como parte, entendiendo por tal al

    demandado o demandante, testigo o jurado en un procedimiento judicial, recibida con posterioridad a la suscripcin del seguro y que obligue al Asegurado a asistir durante la fecha del viaje.

    6. Citacin por trasplante de un rgano, del Asegurado o

    familiares, tal y como se definen en esta pliza, siempre que la citacin para el trasplante se reciba con posterioridad a la suscripcin del seguro y que coincida con las fechas previstas del viaje.

    7. Citacin para tratamiento quirrgico, del Asegurado o

    familiares, tal y como se definen en esta pliza, siempre que la citacin para la operacin se produzca con

    posterioridad a la suscripcin del seguro y que coincida con las fechas previstas del viaje.

    8. Convocatoria como miembro de una mesa electoral, recibida con posterioridad a la suscripcin del seguro y que obligue al Asegurado a asistir durante la fecha del viaje.

    9. Entrega en adopcin de un nio que coincida con las

    fechas previstas del viaje. La notificacin de la entrega de la adopcin debe haberse producido con posterioridad a la suscripcin del seguro.

    10. Presentacin como opositor a exmenes de oposiciones oficiales convocadas a travs de un organismo pblico con posterioridad a la suscripcin del seguro y que coincida con la fecha del viaje.

    11. Avera o accidente en el vehculo propiedad del

    Asegurado, o de su cnyuge, ocurrida 48 horas antes del inicio del viaje, que suponga la inmovilizacin del mismo e imposibilite al Asegurado iniciar el viaje. En todo caso el vehculo deber ser trasladado a un taller para su reparacin y comprobacin de la avera sufrida, debiendo aportar el Asegurado la factura correspondiente que acredite la ocurrencia del siniestro.

    12. Traslado geogrfico del puesto de trabajo, siempre que implique un cambio de residencia habitual del Asegurado durante las fechas prevista del viaje y se trate de un trabajador por cuenta ajena. El traslado debe haber sido notificado al Asegurado con posterioridad a la suscripcin del seguro. A los efectos de la presente garanta se entender por residencia habitual aquella en la que el Asegurado permanezca de forma permanente ms de 6 meses al ao.

    13. Detencin policial del Asegurado, ocurrida con

    posterioridad a la suscripcin del seguro, que coincida con las fechas del viaje.

    14. Declaracin de renta paralela, efectuada por el

    Ministerio de Hacienda por cuanta superior a 601,01, cuya presentacin coincida con las fechas del viaje.

    15. Complicaciones graves del embarazo o aborto

    involuntario, que por prescripcin mdica obliguen a guardar reposo absoluto en cama o exijan la hospitalizacin de la asegurada, impidiendo la realizacin del viaje. Dichas complicaciones deben ser posteriores a la suscripcin del seguro. Se excluyen partos y complicaciones del embarazo a partir del 7 mes de gestacin.

    16. Robo de documentacin o equipaje que imposibilite al

    Asegurado realizar su viaje y se haya producido 72 horas antes del inicio del viaje. Se deber aportar la correspondiente denuncia policial. Se entiende por robo la sustraccin de los bienes muebles propiedad del Asegurado, contra su voluntad, mediante actos que impliquen violencia o intimidacin en las personas o empleando fuerza en las cosas. Quedan excluidos el hurto y el extravo.

    17. Concesin de becas oficiales, publicadas a travs de un

    organismo pblico con posterioridad a la reserva del viaje. Debe ser ineludible la presencia del Asegurado a requerimientos de Organismos Oficiales del Estado para la realizacin de trmites relacionados con la beca, coincidiendo dicha presencia con las fechas del viaje.

    18. Declaracin judicial de concurso voluntario o

    necesario de la empresa propiedad del Asegurado, ocurrida con posterioridad a la reserva del viaje

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    imposibilitando la realizacin del mismo. 19. Viaje ganado en sorteo pblico y ante notario con

    posterioridad a la reserva del viaje y que coincida con la fecha del mismo.

    20. Citacin judicial para trmite de divorcio que se

    produzca con posterioridad a la reserva del viaje y coincida con la fecha del mismo.

    21. Convocatoria para presentacin y firma de

    documentos oficiales a requerimiento de organismos de la Administracin Pblica, recibida con posterioridad a la reserva del viaje y que obligue imperativamente al Asegurado a asistir durante la fecha de este.

    Quedan excluidos la firma de documentos oficiales propios de la actividad cotidiana o laboral del Asegurado.

    22. Fallecimiento de un familiar de tercer grado con

    posterioridad a la reserva. 23. Anulacin de un acompaante inscrito al mismo tiempo,

    en una misma reserva y Asegurado para este mismo riesgo, por alguna de las causas enumeradas anteriormente, y que debido a ello tenga el Asegurado que viajar solo.

    En caso de que por cualquiera de las causas previstas anteriormente, el Asegurado realizara una cesin del viaje a favor de otra persona, quedarn garantizados los gastos adicionales que se produzcan por el cambio de titular de la reserva, siempre que el coste de dicho cambio sea inferior al coste de la indemnizacin por anulacin. En todo caso es requisito indispensable que el seguro se haya suscrito en el momento de la confirmacin de la reserva del viaje. En caso de que se produzca ms de una causa que de origen a un siniestro, siempre se tomar como causa del mismo la primera que se produzca, se comunique y se justifique por el Asegurado. LIMITE DE LA INDEMNIZACIN. CALCULO DE LA INDEMNIZACIN El lmite de la indemnizacin queda establecido en 6.500 por persona asegurada y el reembolso se har de acuerdo al baremo establecido por el organizador del viaje. Este baremo servir como base de clculo del perjuicio que sufra el Asegurado en razn de los pactos contractuales previstos por el organizador del viaje para el supuesto de anulaciones. Si el Asegurado anula con retraso al da en que haya tenido conocimiento de la causa que impide realizar su viaje, los gastos suplementarios que hayan sido facturados no sern objeto de reembolso alguno. El equipo mdico de ALLIANZ TRAVEL verificar en cada caso que el alcance y/o gravedad de la enfermedad o accidente es causa suficiente para la anulacin del viaje impidiendo el inicio del mismo, as como la fecha de inicio de la causa de anulacin. ARTICULO SEGUNDO. EXCLUSIONES Queda excluido del seguro con carcter general las anulaciones de paquete de viaje producidas como consecuencia de: 1. El consumo de alcohol, drogas y estupefacientes,

    salvo que stos hayan sido prescritos por un mdico y se consuman de la forma indicada.

    2. Las enfermedades psquicas, mentales o nerviosas, depresin, estrs o ansiedad.

    3. Los actos dolosos, las negligencias del Asegurado, as como las lesiones auto intencionadas, el suicidio o intento de suicidio del Asegurado.

    4. Los accidentes resultantes de la participacin en apuestas, concursos, competiciones, duelos y rias (salvo los casos de legtima defensa).

    5. Epidemias, pandemia, cuarentena, polucin o contaminacin, y catstrofes naturales.

    6. Guerra Civil o extranjera, declarada o no, motines, rebelin, insurreccin, actuaciones de las Fuerzas Armadas, golpe de estado, movimientos populares, actos de terrorismo o de similar naturaleza, as como la inobservancia consciente de las prohibiciones oficiales.

    7. Todo efecto de una fuente de radioactividad biolgica o qumica, as como daos derivados del uso de armas nucleares. Los siniestros derivados directa o indirectamente de materiales qumicos o biolgicos, sustancias o componentes que puedan daar o destruir vidas humanas o crear alarma social.

    8. La falta o imposibilidad de vacunacin y la imposibilidad mdica de seguir el tratamiento necesario para viajar a determinados pases.

    9. La no presentacin por cualquier causa de los documentos necesarios para viajar, tales como pasaportes, visados, billetes o carnets.

    10. Los partos y tratamientos de fertilizacin; las complicaciones del embarazo a partir del 7 mes de gestacin.

    11. Consultas o reconocimientos mdicos, revisiones peridicas, sesiones de rehabilitacin, curas tratamientos estticos.

    12. Cuando antes de los 7 das previos al inicio del viaje la situacin de hospitalizacin o incapacidad temporal por accidente o por enfermedad grave haya cesado.

    13. Las patologas no estabilizadas que hayan sido objeto de una constatacin o de un tratamiento en los 30 das previos a la reserva del viaje.

    14. Los tratamientos quirrgicos no derivados de una patologa.

    15. Los siniestros derivados de circunstancias ya existentes y/o conocidas por el Tomador/Asegurado al contratar el seguro.

    16. Los siniestros derivados de actuaciones ilcitas del Asegurado o contraviniendo una prohibicin gubernamental o legislativa, as como los derivados de una actuacin gubernamental, tales como confiscar, detener o destruir.

    17. Los daos causados por cualesquiera filtraciones o fugas.

    18. Los siniestros afectados por el incumplimiento o por cualquier clase de insolvencia, as como las situaciones de suspensin de pagos y concurso de acreedores, de algn proveedor de servicios, incluidos entre otros transportistas, organizadores de viaje y servicios de hostelera.

    19. Los viajes reservados contraviniendo el criterio mdico.

    20. Los siniestros derivados directa o indirectamente de una enfermedad terminal diagnosticada anteriormente a la contratacin del seguro.

    21. Los viajes que tengan por objeto recibir tratamiento mdico o esttico.

    22. Gastos adicionales o tasas derivados de errores u omisiones en la reserva del viaje o en la obtencin de visados o pasaportes.

    23. Los siniestros derivados por la inobservancia de advertencias gubernamentales o de cualquier otro organismo oficial acerca de la recomendacin de no viajar a un pas o zona determinados o acerca de la situacin de huelga, motn, condiciones climatolgicas adversas, revueltas civiles o enfermedades contagiosas y en las que el Asegurado no hubiera adoptado las medidas adecuadas para

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    evitar o minimizar cualquier siniestro (incluyendo el cambio de fecha del viaje al pas o zona a la que la recomendacin se refiere).

    24. El hurto y el extravo en el caso de robo de documentacin o equipaje.

    IV. GARANTIA DE ASISTENCIA REPATRIACIN.

    ARTICULO PRIMERO.- DESCRIPCIN DE LAS COBERTURAS INCLUIDAS. 1. Traslado o repatriacin sanitaria, en caso de

    enfermedad o accidente del Asegurado desplazado.

    En caso de que el Asegurado contrajese una enfermedad sobrevenida o fuese vctima de un accidente durante la realizacin del viaje Asegurado, el equipo mdico de ALLIANZ TRAVEL determinar la mejor conducta a seguir, segn la gravedad y urgencia del caso. Organizar los contactos que sean necesarios entre su equipo mdico y el mdico que est tratando al Asegurado, para la prestacin de la asistencia sanitaria adecuada.

    En caso de urgencia y gravedad mdica de la dolencia del Asegurado, y segn el criterio del equipo mdico de ALLIANZ TRAVEL en contacto con el mdico que trate al Asegurado y de su familia, teniendo en cuenta lo que sea mdicamente necesario, decidir su transporte sanitario, organizndolo desde el lugar donde el Asegurado se encuentre hasta el centro hospitalario ms prximo o adecuado para su estado de salud o hasta su domicilio, cuando no necesite hospitalizacin. Si el ingreso no pudiera lograrse en lugar cercano al domicilio, ALLIANZ TRAVEL, en su momento, se har cargo del subsiguiente traslado hasta la residencia del Asegurado. ALLIANZ TRAVEL, nica y exclusivamente tomar a cargo la repatriacin del Asegurado hasta su domicilio en caso de que sea mdicamente necesario.

    En caso de afecciones que no den motivo a repatriacin, el transporte se realizar por el medio ms adecuado, hasta el lugar en que puedan prestarse los cuidados precisos. Adems ALLIANZ TRAVEL organizar las repatriaciones del Asegurado y de un acompaante Asegurado o de su familia (cnyuge, ascendiente, descendiente, hermano/a) asegurada, en el caso de que debido a una necesidad mdica, cuya gravedad quedar a juicio del equipo mdico de ALLIANZ TRAVEL, el Asegurado perdiera el medio de transporte previsto para su regreso a su domicilio habitual. En este caso ser necesario que el Asegurado llame previamente a la Central de Asistencia de ALLIANZ TRAVEL solicitando la asistencia para su necesidad mdica. ALLIANZ TRAVEL tomar a su cargo los gastos suplementarios de transporte de una persona acompaante asegurada o de su familia (cnyuge, ascendiente, descendiente, hermano/a) asegurada, en la medida en que los medios inicialmente previstos para su regreso no puedan utilizarse con motivo de la repatriacin del Asegurado. Si el Asegurado una vez recuperado y sus familiares Asegurados (cnyuge, ascendiente, descendiente, hermano/a) o acompaante Asegurado, desean continuar su viaje y el estado de salud de aquel as lo permite, ALLIANZ TRAVEL se encargar de organizar su traslado hasta el lugar de destino de su viaje, siempre que el coste de este trayecto no sea superior al de la vuelta a su domicilio habitual. No obstante, no quedarn cubiertos los gastos derivados de la patologa sufrida por el Asegurado

    si este toma la decisin de continuar al lugar de destino de su viaje.

    2. Gastos de prolongacin de estancia en hotel.

    ALLIANZ TRAVEL tomar a su cargo los gastos de prolongacin de estancia del Asegurado en un hotel por prescripcin facultativa, con el acuerdo de su equipo mdico, hasta el importe de 80 diarios hasta un mximo de 10 das.

    3. Desplazamiento y gastos de estancia para un familiar

    o acompaante.

    En caso de que el equipo mdico de ALLIANZ TRAVEL prevea una hospitalizacin del Asegurado durante ms de 5 das, 3 das en el caso de menores o discapacitados, y siempre que estuviese solo, ALLIANZ TRAVEL tomar a su cargo:

    Un billete de ida y vuelta, tren primera clase o avin clase turista, para que una persona se traslade junto al Asegurado.

    Los gastos de estancia en hotel para un familiar o acompaante desplazado hasta el lmite de 80 diarios hasta un mximo de 10 das.

    4. Repatriacin del Asegurado fallecido.

    En caso de fallecimiento del Asegurado, ALLIANZ TRAVEL tomar a su cargo:

    Los gastos de transporte del cuerpo, desde el lugar del fallecimiento al de su inhumacin.

    Los gastos de acondicionamiento necesarios para el transporte, con el lmite mximo de 600 .

    Los gastos suplementarios del transporte de los miembros de su familia Asegurados (cnyuge o pareja de hecho, ascendiente, descendiente, hermano/a) o de un acompaante tambin Asegurado, en la medida en que los medios inicialmente previstos para su regreso a su lugar de residencia no puedan utilizarse con motivo de la repatriacin del Asegurado.

    5. Regreso anticipado por enfermedad grave, accidente

    grave o fallecimiento de un familiar en Espaa.

    En caso de enfermedad grave, accidente grave o fallecimiento de los familiares del Asegurado en Espaa, tal como se definen en esta pliza, ALLIANZ TRAVEL tomar a su cargo un billete de vuelta, para el Asegurado y para cada uno de los miembros de la familia (cnyuge o pareja de hecho, ascendiente, descendiente, hermano/a) o un acompaante, siempre que estn Asegurados, en tren primera clase o avin clase turista. A peticin de stos, los billetes de vuelta podrn ser sustituidos por uno de ida y vuelta para un nico miembro de la familia. No sern reembolsables los regresos anticipados no solicitados o que no hayan sido organizados por ALLIANZ TRAVEL. Por enfermedad grave se entiende una alteracin de salud constatada por un profesional mdico, que implique hospitalizacin. Por accidente grave se entiende un dao corporal no intencional proveniente de la accin imprevista de una causa exterior que, a juicio de un profesional mdico, implique hospitalizacin.

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    El Asegurado deber aportar los justificantes o certificados del hecho que hubiera producido la interrupcin del viaje, fundamentalmente los informes mdicos.

    6. Regreso anticipado por perjuicios graves en el

    domicilio principal o local profesional del Asegurado.

    En caso de robo, incendio, fuga de agua o de gas en su residencia principal o en su local profesional, si el Asegurado es explotador directo o si ejerce en el mismo una profesin liberal, ALLIANZ TRAVEL tomar a su cargo un billete de ida y vuelta, en tren primera clase o avin clase turista, para que el Asegurado se traslade al lugar de su domicilio principal o local profesional afectado. No sern reembolsables los regresos anticipados no solicitados o que no hayan sido organizados por ALLIANZ TRAVEL.

    El Asegurado deber aportar los justificantes o certificados del hecho que hubiera producido la interrupcin del viaje (informe de bomberos, denuncia en la polica, informe de la compaa de seguros o documentacin similar).

    7. Gastos mdicos.

    ALLIANZ TRAVEL tomar a su cargo el pago o reembolso de los gastos mdicos, quirrgicos, farmacuticos y de hospitalizacin originados, es decir los provocados y producidos durante un viaje en Europa y pases limtrofes del Mediterrneo (excluido Espaa), hasta el lmite mximo de 15.000 con una franquicia de 50 y en el resto del Mundo hasta el lmite mximo de 35.000 con una franquicia de 50 .

    Igualmente, quedarn cubiertos los gastos mdicos, quirrgicos, farmacuticos y de hospitalizacin producidos en Espaa hasta el lmite mximo de 600 con una franquicia de 50 .

    En cualquier caso estos gastos mdicos se tomarn a cargo previa intervencin de la Seguridad Social o de cualquier otro organismo obligado a prestar asistencia, de cuya existencia se obliga el Asegurado a facilitar datos al Asegurador.

    El Asegurado deber llevar consigo la Tarjeta Sanitaria Europea si viaja a Europa. Para desplazamientos a otros pases con los que exista Convenio de Seguridad Social el Asegurado deber llevar consigo el formulario correspondiente.

    8. Transmisin de mensajes urgentes.

    Derivados de las garantas contempladas en el presente contrato, que se emitan a travs de la Central de Asistencia 24 horas, o que el Asegurado realice directamente. Si el propio Asegurado los transmite directamente, ALLIANZ TRAVEL slo se har cargo de los gastos que se deriven de su emisin previa presentacin por parte del Asegurado de la factura y justificante de la urgencia del mensaje.

    9. Gastos de defensa legal fuera de su pas de

    residencia habitual.

    En el caso de que el Asegurado tenga necesidad de contratar un abogado para su defensa legal fuera de su pas de residencia habitual o de nacionalidad, siempre que los hechos que se le imputen no sean susceptibles de sancin penal en la legislacin del pas donde se encuentre, ALLIANZ TRAVEL le reembolsar los honorarios de su abogado hasta el lmite de 600 .

    Los hechos relacionados con la actividad profesional del Asegurado, el uso o la custodia de un vehculo a motor y las responsabilidades contractuales en las que el Asegurado sea parte quedan excluidos formalmente de la aplicacin de esta garanta. El Asegurado se compromete a enviar a ALLIANZ TRAVEL, en el plazo ms breve posible, los documentos justificativos de los honorarios de su abogado. En ningn caso se trata de un seguro de defensa jurdica, sino de una cobertura accesoria a la de asistencia en viaje.

    10. Anticipo de fianza judicial fuera del pas de residencia

    habitual.

    ALLIANZ TRAVEL adelantar, hasta el lmite mximo de 4.800 , el importe de la fianza exigida por la legislacin del pas, para que el Asegurado obtenga su libertad en el caso de que haya sido procesado como consecuencia de un accidente de circulacin del que resulte responsable.

    ALLIANZ TRAVEL se reserva el derecho de solicitar aval o garanta del Asegurado que asegure el cobro del anticipo.

    En el plazo de tres meses desde su reclamacin por ALLIANZ TRAVEL, el Asegurado est obligado a reintegrarle el importe de la fianza anticipada.

    Si antes de finalizado el plazo de tres meses le ha sido reembolsado al Asegurado el importe de la fianza por las autoridades del pas, deber restituir sta, de forma inmediata, a ALLIANZ TRAVEL. En el caso de que el importe de la fianza anticipada no fuese restituido en el plazo de tres meses, ALLIANZ TRAVEL se reserva el derecho de exigir adems de dicho importe los gastos e intereses calculados segn la legislacin vigente.

    11. Responsabilidad Civil.

    Quedan garantizadas las responsabilidades civiles en que incurra el Asegurado por los daos y perjuicios personales y/o materiales que cause involuntariamente a terceros en su persona, animales o cosas y que sean consecuencia de hechos accidentales ocurridos durante el transcurso de un viaje, hasta el lmite mximo de 60.000 (franquicia 90 ).

    En este lmite quedan comprendidos el pago de las costas y gastos judiciales, as como la constitucin de fianzas judiciales exigidas al Asegurado.

    ARTICULO SEGUNDO.- EXCLUSIONES GENERALES Quedan excluidas con carcter general aquellas prestaciones que no hayan sido solicitadas previamente a ALLIANZ TRAVEL o que hayan sido organizadas directamente por el Asegurado sin intervencin del Asegurador, salvo los supuestos de fuerza mayor o imposibilidad material, debidamente acreditada. Las exclusiones indicadas a continuacin sern de aplicacin a todas las coberturas contempladas en la garanta de Asistencia-Repatriacin. 1. Las enfermedades, accidentes o fallecimientos,

    producidos a consecuencia del consumo de alcohol, drogas y estupefacientes, salvo que estos hayan sido prescritos por un mdico y se consuman de la forma indicada por el facultativo.

    2. Los actos dolosos, negligencias del Asegurado, as como las lesiones auto intencionadas, el suicidio o intento de suicidio del Asegurado.

    3. Los siniestros ocurridos en caso de guerra, declarada o no, motines, rebelin, insurreccin, actuaciones de las Fuerzas Armadas, golpe de estado, movimientos

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    populares o de similar naturaleza, salvo que el Asegurado haya sido sorprendido por el inicio del conflicto en el extranjero. En tal caso, las garantas del seguro cesarn a los CATORCE das de iniciado el conflicto.

    4. Los efectos producidos por una fuente de radioactividad, biolgica o qumica, as como daos derivados del uso de armas nucleares. Los siniestros derivados directa o indirectamente de materiales qumicos o biolgicos, sustancias o componentes que puedan daar o destruir vidas humanas o crear alarma social.

    5. Los siniestros producidos por terremoto, maremoto, inundaciones extraordinarias, erupciones volcnicas, epidemias, pandemia, cuarentena, tempestad ciclnica atpica y cadas de cuerpos siderales y aerolitos y actos de terrorismo.

    6. Quedan excluidas las actividades de tiro con cerbatana, tiro con arco, paseos en globo, windsurf, kite surf, navegacin en vela, pesca, golf, bicicleta de montaa, canoa, piragismo, senderismo, orientacin, excursiones a caballo, quads, excursin con coches 4x4, karts, navegacin a motor, trekking, paintball, motos de agua, ultraligero, helicptero, esqu nutico, ultra tube y bus bob, rafting, parapente, canoe raft, hidrospeed, paracaidismo, snowboard, raquetas de nieve. Queda excluida la prctica de todo deporte a ttulo profesional, remunerado o no remunerado, en competicin o en entrenamientos preparatorios y las actividades de barranquismo, descenso de caones, bungy jumping, montaismo, escalada, alpinismo, submarinismo, espeleologa, puenting as como cualquier otra actividad considerada como de alto riesgo. Tambin quedan excluidas las expediciones deportivas por mar, montaa o desierto.

    7. Los accidentes producidos por la prctica del ski. 8. Queda excluido cualquier tipo de viaje con fines

    teraputicos o para recibir tratamientos estticos. 9. La bsqueda y rescate de personas en mar, montaa o

    zonas desrticas. 10. En gastos de acondicionamiento del cadver, se

    excluyen los de inhumacin, ceremonia y pompas fnebres.

    11. Los gastos ocasionados por una enfermedad o accidente de los que el Asegurado no estaba restablecido en el momento del inicio de su viaje o en el momento de la continuacin del mismo, segn la garanta 1, o que a juicio del equipo mdico de ALLIANZ TRAVEL estuviese contraindicado con dicho viaje.

    12. Aquellas repatriaciones o traslados producidos a consecuencia de enfermedades psquicas que segn el criterio del equipo mdico de ALLIANZ TRAVEL requieran un ingreso en el hospital de destino inferior a 24 horas.

    13. Los hechos relacionados con la actividad profesional del Asegurado, el uso o la custodia de un vehculo a motor y las responsabilidades contractuales en las que el Asegurado sea parte quedan excluidos de la aplicacin de la garanta de defensa jurdica.

    14. Los viajes reservados o iniciados contraviniendo el criterio mdico.

    15. Los siniestros derivados de circunstancias ya existentes y/o conocidas por el Tomador/Asegurado al contratar el seguro.

    16. Los siniestros derivados de actuaciones ilcitas del Asegurado o contraviniendo una prohibicin gubernamental o legislativa, incluidos los requisitos de obtencin de visado o pasaporte as como los derivados de una actuacin gubernamental, tales como confiscar, detener o destruir.

    17. Los daos causados por cualesquiera filtraciones o fugas, as como por polucin o contaminacin.

    18. Los siniestros afectados por el incumplimiento o por cualquier clase de insolvencia, as como las situaciones de suspensin de pagos y concurso de acreedores, de

    algn proveedor de servicios, incluidos entre otros transportistas, organizadores de viaje y servicios de hostelera.

    19. Los siniestros derivados directa o indirectamente de una enfermedad terminal diagnosticada anteriormente a la contratacin del seguro.

    20. Gastos adicionales o tasas derivados de errores u omisiones en la reserva del viaje o en la obtencin de visados o pasaportes.

    21. Los siniestros derivados por la inobservancia de advertencias gubernamentales o de cualquier otro organismo oficial acerca de la recomendacin de no viajar a un pas o zona determinados o acerca de la situacin de huelga, motn, condiciones climatolgicas adversas, revueltas civiles o enfermedades contagiosas y en las que el Asegurado no hubiera adoptado las medidas adecuadas para evitar o minimizar cualquier siniestro (incluyendo el cambio de fecha del viaje al pas o zona a la que la recomendacin se refiere).

    22. Los siniestros derivados de depresin, ansiedad, estrs y trastornos mentales o nerviosos.

    Esta pliza no otorga cobertura ni prestacin para ningn negocio o actividad, en la medida que esta cobertura, prestacin, negocio o actividad, incluidas las subyacentes, infringieran cualquier ley o regulacin de las Naciones Unidas o de la Unin Europea relativa a sanciones econmicas, as como cualquier otra normativa relativa a sanciones econmicas o comerciales que sea de aplicacin. Adems de las Exclusiones Generales citadas anteriormente (epgrafes 1 22 ambas inclusive), a la cobertura de GASTOS MDICOS tambin le sern de aplicacin las siguientes exclusiones: 23. Los controles de enfermedades previamente conocidas. 24. Los gastos de cura termal, helioterapia o de tratamiento

    esttico. 25. Los gastos de prtesis, implantes y material ortopdico,

    los gastos de rehabilitacin y los de fisioterapia. 26. Los gastos de vacunacin; los de tipo odontolgico. 27. Los gastos que se produzcan una vez concluidas las

    fechas del viaje. 28. Los gastos de contracepcin e interrupcin voluntaria

    del embarazo. 29. Los gastos de medicina preventiva. 30. Los gastos que segn el equipo mdico de ALLIANZ

    TRAVEL estn contraindicados con la patologa que presente el Asegurado.

    31. Los gastos mdicos producidos a menos de 30 kilmetros del domicilio del Asegurado (15 kilmetros en las Islas)

    32. Los gastos relativos a alguna enfermedad crnica o alguna complicacin del embarazo.

    33. Los gastos producidos por tratamientos iniciados en el pas de origen.

    34. Los gastos mdicos relativos a cualquier tipo de enfermedad mental o desequilibrio psquico.

    35. Los gastos producidos por alguna enfermedad preexistente sea o no conocida por el Asegurado.

    36. Los gastos mdicos inferiores a 50 . Respecto a la cobertura de RESPONSABILIDAD CIVIL le sern de aplicacin las exclusiones generales (epgrafes 1 22 ambas inclusive), y las indicadas a continuacin:

    37. Cualquier tipo de responsabilidad derivada del uso y

    circulacin de vehculos a motor, aeronaves y embarcaciones as como por el uso o propiedad de artefactos y armas de cualquier tipo o naturaleza.

    38. La derivada de toda actividad profesional. La Responsabilidad civil contractual.

    39. La derivada de la prctica de deportes a ttulo profesional.

    40. Los daos producidos a cosas o animales, prestados,

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    alquilados o dejados en depsito. 41. Las multas o sanciones. 42. Los daos producidos a familiares, personas que

    convivan con el Asegurado o Asegurados por el mismo seguro.

    43. los daos producidos en peleas, apuestas, manifestaciones, tumultos, etc.

    44. Los accidentes producidos por la prctica del ski o de cualquier tipo de actividad de aventura.

    45. Los daos causados por mala fe del Asegurado. 46. Los daos originados por el Asegurado permaneciendo

    bajo la influencia de bebidas alcohlicas, drogas txicas y estupefacientes.

    47. Los daos causados por terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcnicas, tempestad ciclnica atpica y la cada de cuerpos siderales y aerolitos.

    48. Los daos causados por terrorismo, rebelin, motn y tumulto popular.

    49. Los daos producidos por hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en tiempos de Paz.

    50. Los gastos inferiores a 90 .

    V. GARANTIA DE EQUIPAJES ARTICULO PRIMERO.- DESCRIPCIN DE LAS COBERTURAS INCLUIDAS. 1. Queda asegurado el equipaje contra:

    El robo, entendiendo como tal la sustraccin de las cosas muebles ajenas contra la voluntad del Asegurado, mediante actos que impliquen violencia o intimidacin en las personas o empleando fuerza en las cosas.

    La destruccin total o parcial, durante el traslado por una empresa de transporte pblico de viajeros.

    La prdida durante el traslado por una empresa de transporte pblico de viajeros.

    Los lmites mximos por persona asegurada son los siguientes:

    Para viajes por Espaa: 600

    Para viajes por Europa y pases limtrofes del Mediterrneo: 900

    Para viajes por el resto del Mundo: 1.500 En el caso de destruccin total o parcial del equipaje, as como en el de prdida durante el traslado por una empresa transportista, la Aseguradora complementar la indemnizacin que corresponda al transportista, previamente abonada por el mismo, hasta alcanzar los importes totales arriba mencionados. La indemnizacin mxima ser por todos los siniestros sufridos por el Asegurado en el curso del perodo de garanta contratado.

    CALCULO DE LA INDEMNIZACIN. La indemnizacin mxima por persona y por todos los siniestros sufridos por el Asegurado en el curso del perodo de garanta contratado ser el establecido en el prrafo anterior. La indemnizacin se calcula sobre el valor real de los objetos siniestrados, es decir el valor que tena el objeto afectado por el siniestro en el momento inmediatamente anterior al mismo. Se determina deduciendo del valor de nuevo (aquel precio de venta del objeto Asegurado en estado de nuevo), la depreciacin por vetustez, uso y desgaste. La indemnizacin no podr exceder

    del montante del perjuicio sufrido ni tomar en consideracin daos indirectos. No obstante lo anterior, el mximo de la indemnizacin por el conjunto de los objetos de valor ser el 50% de la suma garantizada antes mencionada, teniendo en cuenta lo establecido a continuacin:

    Las joyas, los objetos elaborados con un metal precioso, las piedras preciosas, las perlas y los relojes estn garantizados nicamente contra el robo y slo si los llevase el Asegurado sobre s mismo, o si han sido depositados en la caja fuerte de un hotel.

    El material fotogrfico, cinematogrfico, de grabacin o reproduccin de sonido o imagen, as como sus accesorios y las prendas de piel, estn garantizados nicamente contra el robo y slo cuando son llevados consigo por el Asegurado o han sido depositados en consigna.

    2. Queda asegurado el reembolso de la compra de

    artculos de primera necesidad en caso de demora superior a 24 horas en la entrega de los equipajes facturados en el viaje de ida, hasta el lmite mximo de:

    Para viajes por Espaa: 150

    Para viajes por Europa y pases limtrofes del Mediterrneo: 200

    Para viajes por el resto del Mundo: 250 Se entiende por artculos de primera necesidad todos aquellos que sirvan para cubrir las necesidades primarias de higiene personal y vestuario. Esta indemnizacin no podr acumularse a la indemnizacin que pudiera darse por robo o prdida del equipaje en medio de transporte pblico. El Asegurado deber presentar los documentos acreditativos de las compras efectuadas y justificante expedido de la demora.

    3. Queda asegurado el envo de objetos robados,

    extraviados o perdidos durante el viaje al domicilio del Asegurado. ALLIANZ TRAVEL organizar el envo y tomar a su cargo el coste del mismo, hasta el lmite de 125 .

    ALLIANZ TRAVEL asesorar al Asegurado en la preparacin y redaccin de denuncia en caso de robo y prdida del equipaje, colaborando en las gestiones de localizacin. ARTICULO SEGUNDO.- EXCLUSIONES GENERALES. La garanta de equipajes no ser de aplicacin en el lugar de residencia principal o secundaria del Asegurado. 1. Todo siniestro:

    Causado intencionalmente por el Asegurado mismo o por negligencia grave de ste. Resultante de una decisin de la autoridad competente, durante guerra civil o extranjera, declarada o no, motines, rebelin, insurreccin, actuaciones de las Fuerzas Armadas, golpe de estado, revueltas y movimientos populares o de similar naturaleza, huelgas, actos de terrorismo. Causado por mudanza.

    2. Los robos cometidos por el personal del Asegurado en el ejercicio de sus funciones.

    3. La sustraccin de objetos dejados sin vigilancia en algn lugar pblico.

    4. La destruccin resultante de un vicio propio de la cosa, de su desgaste normal y natural, vertido de

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    lquidos, materias grasas, colorantes o corrosivas que formen parte del equipaje Asegurado.

    5. La destruccin de objetos frgiles, la cermica, cristal, porcelana y mrmol.

    6. El hurto, la prdida, olvido o simple extravo de objetos.

    7. Los robos cometidos en el interior de un vehculo particular, salvo que se trate de un coche de alquiler.

    8. La compra de artculos de primera necesidad en el viaje de regreso al domicilio habitual del Asegurado.

    9. Los siniestros producidos por terremoto, maremoto, inundaciones extraordinarias, erupciones volcnicas, epidemias, cuarentena, tempestad ciclnica atpica y cadas de cuerpos siderales y aerolitos y actos de terrorismo.

    10. Los siniestros derivados de circunstancias ya existentes y/o conocidas por el Tomador/Asegurado al contratar el seguro.

    11. Los siniestros derivados de actuaciones ilcitas del Asegurado o contraviniendo una prohibicin gubernamental o legislativa, as como los derivados de una actuacin gubernamental, tales como confiscar, detener o destruir.

    12. Quedan igualmente excluidos los siniestros derivados del consumo de alcohol, drogas y estupefacientes.

    13. Los daos causados por cualesquiera filtraciones o fugas, as como por polucin o contaminacin.

    14. Los siniestros afectados por el incumplimiento o por cualquier clase de insolvencia, as como las situaciones de suspensin de pagos y concurso de acreedores, de algn proveedor de servicios, incluidos entre otros transportistas, organizadores de viaje y servicios de hostelera.

    15. Los siniestros derivados por la inobservancia de advertencias gubernamentales o de cualquier otro organismo oficial acerca de la recomendacin de no viajar a un pas o zona determinados o acerca de la situacin de huelga, motn, condiciones climatolgicas adversas, revueltas civiles o enfermedades contagiosas y en las que el Asegurado no hubiera adoptado las medidas adecuadas para evitar o minimizar cualquier siniestro (incluyendo el cambio de fecha del viaje al pas o zona a la que la recomendacin se refiere).

    16. Los efectos producidos por una fuente de radioactividad, biolgica o qumica, as como daos derivados del uso de armas nucleares. Los siniestros derivados directa o indirectamente de materiales qumicos o biolgicos, sustancias o componentes que puedan daar o destruir vidas humanas o crear alarma social.

    Esta pliza no otorga cobertura ni prestacin para ningn negocio o actividad, en la medida que esta cobertura, prestacin, negocio o actividad, incluidas las subyacentes, infringieran cualquier ley o regulacin de las Naciones Unidas o de la Unin Europea relativa a sanciones econmicas, as como cualquier otra normativa relativa a sanciones econmicas o comerciales que sea de aplicacin.

    Quedan excluidos los siguientes objetos / gastos:

    17. Los documentos, cartas de identidad, tarjetas de crdito, tarjetas magnticas, billetes de transporte, dinero en metlico, los ttulos valores y llaves.

    18. Las bicicletas, fusiles de caza, las tablas de windsurf, las tablas de ski y todo tipo de material deportivo inclusive complementos.

    19. El material de carcter profesional.

    20. Los instrumentos de msica, los objetos de arte, las antigedades, las colecciones y las mercancas.

    21. Las gafas, lentillas, prtesis y aparatos ortopdicos de cualquier tipo.

    22. Los aparatos de telefona y electrnicos as como sus accesorios, excepto lo establecido en el apartado Lmite de la indemnizacin para el material fotogrfico, cinematogrfico, de grabacin o reproduccin de sonido o imagen.

    23. Cualquier tipo de material informtico.

    Obligaciones del Asegurado si se encuentran los objetos robados o perdidos:

    Deber el Asegurado avisar a ALLIANZ TRAVEL por escrito desde el momento en que tenga conocimiento del hecho.

    Si ALLIANZ TRAVEL todava no le ha pagado, deber el Asegurado tomar posesin de los objetos. ALLIANZ TRAVEL slo tomar a su cargo los gastos de los posibles deterioros, y los de las prdidas parciales, siempre que estn cubiertos por la pliza.

    Si ALLIANZ TRAVEL ya le ha pagado, puede el Asegurado optar bien por el abandono de los objetos quedando estos en poder de ALLIANZ TRAVEL, o bien por conservarlos restituyendo a ALLIANZ TRAVEL la indemnizacin que ha recibido, deduccin hecha de los deterioros o prdida parcial. Si no opta el Asegurado por nada en el plazo de quince das, ALLIANZ TRAVEL considerar que el Asegurado ha optado por el abandono.

    VI. GARANTIA DE ACCIDENTE. En este contrato se entiende por:

    BENEFICIARIO: Es la persona titular del derecho a la indemnizacin, coincidiendo en la cobertura de invalidez con el Asegurado.

    A falta de designacin expresa por parte del Asegurado, tendr la consideracin de beneficiario, en primer lugar, el cnyuge del Asegurado, en su defecto, los hijos a partes iguales y, en defecto de ambos y por orden excluyente los padres del Asegurado y los herederos legales del mismo.

    ACCIDENTE CORPORAL: Aquella lesin corporal que deriva de una causa violenta, sbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, ocurrida durante el viaje, que cause invalidez permanente o muerte dentro del perodo de un ao contado a partir de la fecha del accidente y que sea consecuencia directa del mismo.

    INVALIDEZ PERMANENTE: Se entiende a efectos del presente contrato, la prdida orgnica o funcional de los miembros y/o facultades del Asegurado derivada de las secuelas causadas por un accidente ocurrido durante el viaje.

    CMULO DE RIESGO: El mximo de indemnizacin por un mismo siniestro para todas las personas

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    aseguradas por ALLIANZ TRAVEL en el conjunto de sus plizas es de 1.500.000

    ARTICULO PRIMERO.- DESCRIPCIN DE LAS GARANTIAS INCLUIDAS. El efecto de esta cobertura queda establecido entre las fecha de inicio y fin del viaje fijadas en las Condiciones Particulares de la pliza. Capital accidente en Viaje 24 horas. ALLIANZ TRAVEL garantiza por cada Asegurado y hasta el lmite mximo de 30.000 , el pago de las indemnizaciones que en caso de muerte o invalidez permanente, causadas por accidente ocurrido durante el viaje, puedan corresponder. ALLIANZ TRAVEL tomar a su cargo, y hasta un lmite mximo de 300 , los gastos de socorro, bsqueda o transporte originados por un riesgo comprendido en el apartado anterior. ARTICULO SEGUNDO.- EXCLUSIONES. Quedan excluidos todos aquellos casos en que el accidente haya sido causado por: 1. El consumo de alcohol, drogas y estupefacientes,

    salvo que estos hayan sido prescritos por un mdico y se consuman de la forma indicada.

    2. La participacin del Asegurado en apuestas, rias, competiciones o concursos (salvo en los casos de legtima defensa)

    3. Los accidentes resultantes de la prctica de todo deporte a ttulo profesional, remunerado o no, en competicin o en entrenamientos preparatorios, as como los que se originen por una prctica habitual de aquellos considerados como de alto riesgo. Tambin quedan excluidas las expediciones deportivas.

    4. La prctica de todo deporte que exija reglamentariamente determinadas aptitudes y dotaciones materiales, ttulos o autorizaciones administrativas.

    5. Epidemias, pandemia, polucin, contaminacin, filtraciones, fugas o catstrofes naturales.

    6. La guerra civil o extranjera, declarada o no; los motines, rebelin, insurreccin, actuaciones de las Fuerzas Armadas, golpe de estado, los movimientos populares, los actos de terrorismo, todo efecto producido por una fuente radioactividad, biolgica o qumica, as como daos derivados del uso de armas nucleares. Los siniestros derivados de actuaciones ilcitas del Asegurado o contraviniendo una prohibicin gubernamental o legislativa, as como los derivados de una actuacin gubernamental, tales como confiscar, detener o destruir.

    7. La prctica del pilotaje de aparatos de navegacin area con o sin motor.

    8. El uso de vehculos terrestres a motor de dos ruedas, de una cilindrada superior a 49 c.c.

    9. Los actos dolosos, las negligencias del Asegurado, as como las lesiones auto intencionadas, el suicidio o intento de suicidio del Asegurado.

    10. Los actos en los que el accidente tiene como origen la ceguera, parlisis, epilepsia o cualquier tipo de enfermedad mental.

    11. Cuando el Asegurado es vctima de una insolacin, congestin o congelacin, salvo que stas sean consecuencia de un accidente garantizado.

    12. Cuando el accidente sobreviene como consecuencia

    de la realizacin de actividades inherentes al ejercicio

    de la profesin del Asegurado, o por accidentes

    laborales.

    13. Cuando el accidente sobreviene en el curso de

    perodos de entrenamiento y en el caso de

    movilizacin o llamada a filas, el efecto de este

    contrato quedar suspendido.

    14. No quedan amparadas las personas mayores de 70

    aos y los menores de 14 aos e incapacitados slo

    lo estn para el caso de invalidez permanente.

    15. Los accidentes producidos por la prctica del ski, de

    deportes de riesgo o cualquier tipo de actividad de

    aventura.

    16. Los siniestros derivados de circunstancias ya

    existentes y/o conocidas por el Tomador/Asegurado

    al contratar el seguro.

    17. Los siniestros derivados directa o indirectamente de

    materiales qumicos o biolgicos, sustancias o

    componentes que puedan daar o destruir vidas

    humanas o crear alarma social.

    18. Los viajes reservados o iniciados contraviniendo el

    criterio mdico.

    19. Los siniestros derivados directa o indirectamente de

    una enfermedad terminal diagnosticada anteriormente

    a la contratacin del seguro.

    20. Los siniestros derivados por la inobservancia de

    advertencias gubernamentales o de cualquier otro

    organismo oficial acerca de la recomendacin de no

    viajar a un pas o zona determinados o acerca de la

    situacin de huelga, motn, condiciones

    climatolgicas adversas, revueltas civiles o

    enfermedades contagiosas y en las que el Asegurado

    no hubiera adoptado las medidas adecuadas para

    evitar o minimizar cualquier siniestro (incluyendo el

    cambio de fecha del viaje al pas o zona a la que la

    recomendacin se refiere).

    21. Los siniestros derivados de depresin, ansiedad,

    estrs y trastornos mentales o nerviosos.

    ARTICULO TERCERO.- INDEMNIZACIONES

    GARANTIZADAS.

    El Asegurador asume la cobertura de las garantas que a

    continuacin se indican:

    EN CASO DE MUERTE, el capital Asegurado se

    pagar al beneficiario del Asegurado si el

    fallecimiento sobreviene inmediatamente o en el plazo

    de un ao a contar desde la fecha del accidente.

    EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE

    comprobada dentro del plazo de un ao a contar

    desde la fecha de ocurrencia del accidente.

    La indemnizacin que pagar el Asegurador se determinar en

    funcin del baremo establecido a continuacin con un mximo

    de 100% y de las reglas de evaluacin indicadas

    posteriormente.

    Segn sea la prdida orgnica o funcional de los miembros y/o

    facultades del Asegurado, la invalidez permanente puede tener

    distintos grados de intensidad. Dichos grados, expresados a

    continuacin porcentualmente, indican a la vez, la proporcin de

    la suma asegurada que procede indemnizar.

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    Baremo para valorar los grados de incapacidad permanente: A. CABEZA.

    DFICIT NEUROLGICOS DE ORIGEN CENTRAL: a. Deterioro absoluto de las funciones cerebrales superiores .......................................... 100% b. Estado vegetativo persistente ....................................................................................... 100% c. Afasia completa (Alteracin total de la formacin y comprensin del lenguaje) ............. 40% d. Amnesia completa de fijacin ......................................................................................... 40% e. Epilepsia postraumtica con necesidad de tratamiento continuado ............................... 20%

    SISTEMA SEO: a. Prdida de sustancia sea que requiere crneo plastia ................................................. 15% b. Prdida de sustancia sea que no requiere crneo plastia .............................................. 4% c. Prdida de sustancia importante sin posibilidad de reparacin en maxilar superior e inferior con

    repercusin funcional ...................................................................................................... 30%

    SISTEMA OLFATIVO: a. Prdida parcial de la nariz .............................................................................................. 10% b. Prdida total de la nariz .................................................................................................. 25% c. Prdida del olfato ( Anosmia ) .......................................................................................... 5%

    BOCA: a. Prdida de todos los dientes superiores e inferiores ...................................................... 10% b. Amputacin total de la lengua ........................................................................................ 30% c. Prdida del gusto (Ageusia) ............................................................................................. 5% d. Ablacin maxilar inferior ................................................................................................. 25%

    ODO: a. Prdida de la oreja ......................................................................................................... 10% b. Prdida de las dos orejas ............................................................................................... 25% c. Sordera total de un odo ................................................................................................. 15% d. Sordera total de los dos odos ........................................................................................ 50%

    OCULAR: a. Ceguera de un ojo .......................................................................................................... 30% b. Ceguera de los dos ojos ............................................................................................... 100%

    B. TRONCO.

    SISTEMA SEO:

    1. COLUMNA VERTEBRAL: a. Prdida completa de movilidad de columna........................................................... 60% b. Segmento cervical: Prdida completa de los movimientos de flexo-extensin, rotacin e inclinacin

    ............................................................................................................................... 25% c.