segunda evaluación segundo semestre 2011

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  • 8/10/2019 Segunda Evaluacin Segundo Semestre 2011

    1/1

    Segunda PruebaDerecho Constitucional Econmico

    Segundo Semestre 2011

    Prof. Jos Luis Crdenas T.

    I. Los Hechos

    La empresa constructora denominada Cimientos S.A., es manejada por una familia cuyos miembros llevanvarias generaciones dentro del rubro. Cimientos S.A. se dedica a la compra de casas viejas, que renueva yposteriormente vende.

    El ao 2010, fue un buen ao para Cimientos, logrando ventas netas por $400 millones, con un margenoperacional del 15%.

    En febrero de 2011, adquirieron una gra hidrulica en $15 millones, de la empresa Gras S.A.

    A los pocos meses, dicha gra hidrulica present graves problemas mecnicos, que produjeron que stadejase de funcionar.

    El gerente de operaciones de Cimientos S.A. contact en reiteradas ocasiones a Gras S.A., para que lesolucionaran el problema mecnico, sin recibir respuesta alguna.

    A raz de lo anterior, Cimientos S.A. demand a Gras S.A., ante el Juzgado de Polica Local de Lampa, rol N1111- 2011, caratulado Cimientos S.A. con Gras S. A., solicitando, entre otros, la reposicin de dicha gra,en base a lo establecido en el prrafo 5 del Ttulo II de la Ley N 19.496 sobre Proteccin de los Derechos deLos Consumidores y lo dispuesto en el artculo 9 N 2) de la Ley N 20.416 que Fija Normas Especiales para lasEmpresas de Menor Tamao. La ltima de estas normas, evit la exclusiva aplicacin de la Ley N 19.496 a losactos mixtos, esto es, comerciales para los proveedores y civiles para el consumidor, segn se establece en elartculo 2, inciso 1, de la sealada ley.

    Gras S.A. argument tanto como excepcin, como alegacin de fondo, que las normas de la Ley N 20.416,no eran aplicables a este caso, dado lo dispuesto en su artculo 2, inciso 6, que indica:

    No podrn ser clasifi cadas como empresas de menor tamao aquellas que tengan por giro o actividadcualquiera de las descritas en las letras d) y e) de los nmeros 1 y 2 del artculo 20 de la Ley sobre Impuestoa la Renta; aquellas que realicen negocios inmobiliarios o actividades financieras, salvo las necesarias para eldesarrollo de su actividad principal, o aquellas que posean o exploten a cualquier ttulo derechos sociales oacciones de sociedades o participaciones en contratos de asociacin o cuentas en participacin, siempre que,en todos estos casos, los ingresos provenientes de las referidas actividades en conjunto superen en el aocomercial anterior un 35% de los ingresos de dicho perodo.

    A juicio de Gras S.A., Cimientos S.A. se dedica al negocio inmobiliario, dado compra y vende inmuebles,razn por la cual, no califica como empresa de menor tamao y, por ende, no le es aplicable la Ley N 20.416.

    II. El Problema

    Su estudio jurdico asesora a Cimientos S.A. en la demanda interpuesta en contra de Gras S.A. y decidepresentar un requerimiento de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, para evitar la aplicacindel artculo 2, inciso 6 de la Ley N 20.416, de manera que s aplique el artculo 9 N 2) de dicha ley, y aspoder sujetar la compra de la gra hidrulica a lo dispuesto en el prrafo 5 del Ttulo II de la Ley N 19.496.

    III. El Requerimiento

    Prepare el requerimiento de inconstitucionalidad como si fuera a ser presentado ante el TribunalConstitucional. Slo excluya el anlisis de admisibilidad (se asume que es admisible este caso). Se asume queha sido declarada la inadmisibilidad en el pasado.

    Tiene que realizar un anlisis in abstracto.