salud pÚblica: la ley 100 de 1993

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LEY 100 DE 1993 & RESOLUCIÓN 0412 DEL 2000 SALUD PÚBLICA / MEDICINA IA/YEISON SOSSA

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Page 1: SALUD PÚBLICA: LA LEY 100 DE 1993

LEY 100 DE 1993 & RESOLUCIÓN 0412 DEL 2000

SALUD PÚBLICA / MEDICINA IA/YEISON SOSSA

Page 2: SALUD PÚBLICA: LA LEY 100 DE 1993

¿QUÉ ES LA LEY 100 DE 1993?

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La Ley 100 de 1993 crea el "Sistema General de Seguridad

Social en Salud" que cambia y reorganiza la prestación de

los servicios de salud del país e integra la salud pública, el

sistema de seguridad social y la provisión de servicios

privados.

Reúne un conjunto de entidades, normas y

procedimientos a los cuales podrán tener acceso la

comunidad con el fin principal de garantizar una calidad

de vida que esté acorde con la dignidad humana

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¿PORQUÉ SE IMPLEMENTO LA LEY 100?

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El sistema de salud Colombiano sólo lograba asegurar un 17% de la población

El sistema no contaba con cobertura familiar, o sea que el seguro sólo cubría al trabajador.

El acceso a los servicios de salud a través de seguros era reducido

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Las entidades aseguradoras aplicaban preexistencias, es decir que el afiliado debía renunciar a las prestaciones de salud para aquellas enfermedades existentes al momento de afiliarse.

Los pobres recibían servicios a través de Hospitales Públicos que se financiaban con transferencias de las Direcciones Departamentales de Salud

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COMPONENTES DE LA LEY 100 DE 1993

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1. EL SISTEMA GENERAL DE PENSIONESTiene por objeto garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones.

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2. EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD

SOCIAL EN SALUD (SGSSS)

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3. EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS

En El artículo 1 del Decreto 1295 de 1994, se definió el

Sistema General de Riesgos Profesionales, como el

conjunto de entidades públicas y privadas, normas y

procedimientos, destinados a prevenir, proteger y

atender a los trabajadores de los efectos de las

enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles

con ocasión o como consecuencia del trabajo que

desarrollan

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4. LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

Este componente de la ley 100

trata acerca de auxilios a los

Ancianos indigentes, tiene como

objetivo apoyar a los ancianos

que estén en estas condiciones,

económicamente.

ser colombiano

tener más de 65

años

residir por más de

10 años en Colombia

carencia de recursos

residir en una

institución

especializada

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EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (SGSSS)

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El sistema de seguridad social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten.

ARTICULO 1: SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

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ARTICULO 2: PRINCIPIOS

A. EFICIENCIA. Es la mejor utilización

social y económica de los recursos

administrativos, técnicos y financieros

disponibles para que los beneficios a

que da derecho la seguridad social

sean prestados en forma adecuada,

oportuna y suficiente.B. UNIVERSALIDAD. Es la garantía

de la protección para todas las

personas, sin ninguna discriminación,

en todas las etapas de la vida;C. SOLIDARIDAD. Es la práctica de la

mutua ayuda entre las personas, las

generaciones, los sectores

económicos, las regiones y las

comunidades bajo el principio del más

fuerte hacia el más débil.

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D. INTEGRALIDAD. Es la cobertura

de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población.

E. UNIDAD. Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes,

procedimientos y prestaciones para

alcanzar los fines de la seguridad social.

F. PARTICIPACIÓN. Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización,

control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su

conjunto.

ARTICULO 2: PRINCIPIOS

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ARTICULO 4: SERVICIO PUBLICO DE SEGURIDAD SOCIAL

La Seguridad Social es un servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control está a cargo del

Estado y que será prestado por las entidades públicas o privadas en los términos y condiciones establecidos en la

presente ley.

Page 17: SALUD PÚBLICA: LA LEY 100 DE 1993

OBJETIVOS

1. Garantizar las prestaciones económicas y de salud a quienes

tienen una relación laboral o capacidad económica suficiente para

afiliarse al sistema.

2. Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios en los términos de la presente ley.

3. Garantizar la ampliación de cobertura hasta lograr que toda la

población acceda al sistema, permitiendo que sectores sin la capacidad económica suficiente

accedan al sistema

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Partiendo de un principio podría decirse que se compone de dos partes esencialmente: las personas que tienen capacidad de pago y las que no lo tienen. De ahí se desprende que hay dos regímenes que enmarcan este panorama.

Régimen Contributivo: personas con capacidad de pagoRégimen Subsidiado: personas sin capacidad de pago

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Entidades promotoras de la

salud E.P.S.

instituciones prestadoras de los servicios

de salud I.P.S.fondo de cesantías

sociedades administradoras de fondos de pensiones

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Las EPS son empresas promotoras de salud, y tienen la obligación de asegurar a los usuarios en cuanto a los servicios de salud fundamentales, es decir tienen

la obligación de afiliar, a los usuarios que por libre elección deciden cualquier EPS, y asegurarles lo

servicios de salud estipulados por ley.

DIFERENCIAS ENTRE EPS E IPS

las IPS son instituciones prestadores de servicios y están en capacidad de realizar la atención en salud de acuerdo a los niveles de complejidad determinados por la ley.

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¿CUÁLES SON SUS PLANES DE BENEFICIO?

PABPOS-CPOS-SECA

T

ATENCION INICIAL DE URGENCIA

S

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Plan Obligatorio en salud: son los servicios estipulados por ley (pero debería decirse que todo servicio de salud) del que todos lo usuarios pueden hacerse uso.Sin embargo cuando existe una patología que no esta considerada en el POS, el estado debe propender por el servicio, es así como se tiene que acudir a instancias legales para que el Estado se haga responsable de dicha patología.

¿QUÉ ES EL POS?

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LOS PROBLEMAS QUE LA LEY 100 NO HA SOLUCIONADO

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- La cobertura en aseguramiento no es universal a pesar de los casi 18 billones de pesos anuales del gasto en salud (unos $395.000 por persona por año)

- La intermediación o gastos de funcionamiento de las EPS del Régimen Contributivo de Salud cuesta al país unos 1,2 billones de pesos.

- Los gastos de administración del Régimen Subsidiado de Salud cuestan unos 300 mil millones de pesos

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- La proliferación de Instituciones Prestadoras de Servicios de carácter privado (IPS) ha agudizado la crisis de los Hospitales Públicos (Empresas Sociales del Estado E.S.E) y empeorado la situación laboral de los profesionales de la salud en materia salarial

- El flujo de los recursos hacia las IPS es muy lento. (120 a 180 días)

- Falta de eficiencia en el aseguramiento.

- Las Direcciones Territoriales de Salud perdieron el liderazgo en temas como vacunación, control de enfermedades transmisibles, control de factores de riesgo y saneamiento ambiental

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¿CÓMO INFLUYÓ LA LEY 100EN EL EJERCICIO MEDICO?

Pierde su autonomía

está mal remunerado

debe pagar todos los gastos de su trabajo: arriendos, cuotas, administración, empleados, insumos, etc.

no se le reconocen vacaciones ni prestaciones

no tiene horario fijo, ni tiempo para actualizarse y menos aún oportunidades de investigación científica.

Page 28: SALUD PÚBLICA: LA LEY 100 DE 1993

RESOLUCIÓN 0412 DEL 2000

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Resolución en la cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y

obligatorio cumplimiento y se adoptan las normas técnicas y guías de atención para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención

de enfermedades de interés en salud pública.

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¿CUÁL ES SU CAMPO DE

APLICACIÓN?Las disposiciones de la presente resolución se aplicarán a todas las Entidades Promotoras de Salud, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado, Las cuales deberán elaborar e implementar estrategias que le garanticen a sus afiliados, el acceso a las actividades procedimientos e intervenciones de protección específica y detección temprana así como la atención de enfermedades de interés en salud pública.

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PROTECCIÓN ESPECIFICA

A) Vacunación según el Esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI)

B) Atención Preventiva en Salud Bucal

C) Atención del Parto y al recién nacido

D) Atención en Planificación Familiar a hombres y mujeres

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DETECCIÓN TEMPRANA

A) Detección temprana de las alteraciones del Crecimiento y Desarrollo (menores de 10 años)

B) Detección temprana de las alteraciones del desarrollo del joven (10-29 años)

C) Detección temprana de las alteraciones del embarazo

D) Detección temprana de las alteraciones del Adulto (mayor de 45 años)

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E) Detección temprana del cáncer de cuello uterino

F) Detección temprana del cáncer de seno

G) Detección temprana de las alteraciones de la agudeza visual

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a) Bajo peso al nacer

b) Alteraciones asociadas a la nutrición(Desnutrición proteico calórica y obesidad)

c) Infección respiratoria aguda (menores de cinco años)

d) Enfermedad Diarreica Aguda /Cólera

e) Tuberculosis Pulmonar y Extrapulmonar

f) Meningitis Meningocóccica

ENFERMEDADES DE INTERÉS EN SALUD PÚBLICA

Page 35: SALUD PÚBLICA: LA LEY 100 DE 1993

g) Asma bronquial

h) Síndrome convulsivo

I) Fiebre reumática

j) Vicios Retracción de

Estrabismo, Cataratas

k) Enfermedades de

Transmisión Sexual

l) Hipertensión arterial

m) Hipertensión arterial

y Hemorragias asociadas

al embarazo

Page 36: SALUD PÚBLICA: LA LEY 100 DE 1993

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