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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMIN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS EL SALARIO ALUMNA: ANGELICA MENDEZ CI. 16279789 SAIA B PROF :GABRIELIS RODRIGUEZ

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD FERMIN TORO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

EL SALARIO

ALUMNA: ANGELICA MENDEZ

CI. 16279789

SAIA B

PROF :GABRIELIS RODRIGUEZ

EL SALARIO

ART. 98 (LOTT)

Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario acorde que le permita vivir con

dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectual

es gozara de la protección especial del Estado y constituye un crédito laboral de exigibilidad

inmediata. Toda mora en su pago genera intereses

Formas del pago del salario Art. 123 Expresa la condición en las que deben ser realizado

el pago mediante una moneda vigente legal, no puede ser realizada en fichas o vales. Los beneficios sociales del trabajador pueden ser parte del salario, podemos mencionar la donación de vivienda, provisión de comida… Forma del pago del salario

AUTORIZACIÓ

N DE PAGO ART. 124 Este pago debe ser directo, del Patrón

a sus Trabajadores

ART. 125

PAGO DE OBLIGACIONES FAMILIARES

Cualquier que prueba de la unión estable de hechos podrá solicitar ante un juez: la Protección integral de niños (as), adolescentes. Siendo estos menos de edad Para así recibir del Patrono, lo que legalmente corresponde del salario justo para el trabajador.

OPORTUNIDAD Y DIA DE PAGO

ART. 126 Y 127 Y 128

NO De una Quincena Podrá ser hasta 1 Mes, siempre y cuando el trabajador reciba del patrón. El día de pago Sera en días Hábiles De coincidir con un día no laborable Se hará un día hábil inmediatamente anterior . Y La Mora En el pago del salario Prestaciones sociales Indemnizaciones Generan intereses calculados a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela

El Ejecutivo Nacional fijara anualmente el Salario Mínimo. Esto mediante estudio y Decreto

SECCIÓN CUARTA DEL SALARIO MÍNIMO ART.129

Este salario será igual para todos los Venezolanos

Sera Garantizado el justo Salario Mínimo para todos los Venezolanos

Art 130

VIOLACIÓN AL SALARIO MÍNIMO

De ser violentado el Derecho al pago del salario mínimo establecido el patrón quedara obligado a:

Pagar La diferencia entre el salario mínimo y el realmente pagado Incidencias sobre los

beneficios

Incidencias e indemnización

sobre los beneficios

prestaciones

Y se cancela el monto equivalente a los intereses

generados.

BENEFICOS ANUALES O UTILIDADES

Todo trabajador esta en su derecho de recibir por lo menos un quince por ciento de beneficios líquidos que hubieren obtenidos al fin de su ejercicio anual Cada trabajador Limite mínimo

30 días equivalentes al salario Limite máximo: 4 meses equivalentes al salario

Art. 131 ART. 132

BONIFICACIÓN DEL AÑO

Las entidades con fines de lucro deben pagar a sus trabajadores los primeros 15 días del mes de Diciembre

Se le cancelaran la cantidad equivalente a treinta días de salario

DETERMINACIÓN DEL MONTO DISTRIBUIBLE

Art. 133

se tomará como basé la Declaración de Impuestos Sobre la Renta Si el benéfico resulta mayor de lo declarado, la entidad de trabajo estará obligada a efectuar una distribución adicional dentro del Mes siguiente a la fecha en que se determine.

UNIDAD ECONÓMICA

La determinación definitiva de los beneficios se hará atendiendo el concepto de unidad económica siendo:

Agencias o sucursales

Organizadas

diferentes departamentos

Personas jurídicas distintas

Art. 134

NO IMPUTACIÓN DE PÉRDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES

Art. 135

La entidad no podrá imputar un ejercicio anual de las pérdidas que hubiesen sufrido con anterioridad a ese ejercicio Para la determinación de los beneficios .

FORMA DE CÁLCULO

Salario Total Salarios

devengados

Art. 136

La participación correspondiente será el monto obtenido de la multiplicación de los salarios devengados durante el tiempo correspondiente

Art 138

VERIFICACIÓN DE LAS UTILIDADES

Inventarios Los trabajadores podrán solicitar ante la Administración Tributaria el examen y la verificación de los : Balances Para comprobar la renta obtenida en un o mas ejercicios anuales La Administración rendirá un informe no mayor a los 6 Meses. Sera emitido a los solicitantes, el patrono o patrona y a la Inspectoría del Trabajo

UNIDADES CONVENIDAS ART. 139

Aplica cuando el trabajador o trabajadora llegue a un convenio donde este supere la participación convencional legal pautada en este capitulo

BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO DE PATRONOS SIN FIN DE LUCRO

ART. 140

Aquellos patrones cuyas actividades son sin fines de lucro se encuentran Exentos de pagos de la participación de beneficios Deberán: Otorgar una bonificación de fin de año equivalente a por lo menos treinta días de salario