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Oportunidad de desempeño docente.

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o 511~20i1- s o

lima, 2 " \ F E B 2 0 1 1

, CONSIDERANDO:

Que, en el inciso h) del articulo 80° de la Ley N° 28044, Ley General de

Educaci6n, establece como una de las funciones del Ministerio de .Educaci6n eJ definir las

polfticas sectoriales de personal;

Que, mediante Ley N° 29394 se aprueba la Ley de Institutos y Escuelas

de Educaci6n Superior y su Reglamento aprobado con Decreta Supremo N° 004-201 D-ED;

Que, el articulo 65° de la Ley del Profesorado N° 24029, modificada par

la Ley N° 25212, aSI como el articulo 2° de su Reglamento serialan que el personal docente

que labora en el Nivel Superior del Sistema Educativo se rige por un Reglamento Especial que

determine su jornada laboral, titulaci6n profesional, remuneraciones y dernas obligaciones y

derechos;

De conformidad con 1 0 dispuesto en el Decreto Ley N° 25762,

modificada par Ley N° 26510; y los Decretos Supremos N° 039-85-ED, 019-90-ED, 004-2010-

ED Y OD6-2006-ED Y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Articulo 1°._ Aprobar la Directiva N° 014~2D11-MElSG-OGA-UPER de

fecha 21 de Febrero 'del 2011, "Norm as y Procedimientos para la Contrataci6n de Personal'

Docente en los Institutos de Educaci6n Superior TecnoJ6gicos Publicos", la eual forma parte de

la presente Resoluci6n.

Articulo 2°._ Encargar a las Direcciones Regionales de Educaci6n y a

las Unidades de Gesti6n Educativa Local que cuenten con facultades delegadas can

Resolucion, Jadifusi6n e iinplementaei6n de la presente Directiva.

Articulo 3°._ Oer6guese la Directiva N° 131-2006-ME/SG-OGA-UPER,

aprobada par Resoluci6n Jefatural W 1234-2006-ED de fecha 14.09.2006 y dernas normas

administrativas referidas a la contrataci6n de personal docente en los Institutos de Educaci6n

Superior Tecnol6gicos Publicus.

Articulo 4°._ Disponer la publicaci6nde la presente o irectiva , en el

Portal Electr6nico del Ministerio de Educaci6n ( W W V I / . rnlnedu.qob.pe) en la mismafecha de la

publicaei6n oficiaJ de la presente Resolucion Jefatural, bajo responsabilidad.

Registrese, comuniquese y publfquese.

,~fA'Ne'~MA~Jeia de I"UnidarJ de Personal

? if E B , 2 ( r,_

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Q 511~201"1~EO

'An D d el C en ten ario d e Ma ch u P ic ch u p ara el m un do "

'D ecada de la E d u c ac i 6n l n cl u sl va "

DIRECTIVA N° 014-2011-ME/SG-OGA-UPER

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACION DE PERSONAL DOCENTE EN

LOS INSTITUTOS DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICOS

I. FINALIDAD

Establecer normas y procedimientos de evaluad6n para el acceso mediante contrato par

servidos persona les de docentes en los Institutos de Educaci6n Superior Tecnol6gico

Publicos.

II. OBJETIVO

2.1 Establecer criterios tecnlcos para efectuar el proceso de evaluaci6n en Ia contrataci6n

de personal docente, con el prop6sito de garantizar eI servicio educativo en los

Institutos de Educaci6n Superior Tecnol6gicos Publicos del ambito naclonal,

2.2 Cautelar can equidad el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas

relacionadas can la contrataci6n de docentes en los Institutos de Educaci6n Superior

Tecnol6gicos Publicus; as! como la selecci6n de personal en igualdad de

oportunidades.

2.3 Asegurar la relad6n laboral contractual can el Estado mediante contrato de servicios

personales, as! como el pago oportuno de las remuneraciones que se derivan de aste.

2.4 Garantizar un servicio educativo de calidad en los Institutos de Educaci6n Superior

Tecnol6gico ptiblicos con el contrato de personal docente adecuado, seleccionado en

estricto orden de capaddad y rnerito.

BASE LEGAL

3.1 Constituci6n Politica del Peru.

3.2 Ley N° 28044, Ley General de Educad6n.

3.3 Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

3.4 Ley N° 28118, Prohibici6n de Reconocimiento y Pago al profesorado que no cuente

con contrato suscrito oportunamente de acuerdo a Ia norrnatlvidad correspohdiente.

3.5 Ley N° 28641, Prohibici6n de reconocer servicios docentes si no cuenta con contrato

suscrito oportunamente.

3.6 Ley N° 27911, Ley que regula medidas adrninistrativas extraordinarias para el personal

docente 0 administrativo implicado en delitos de violaci6n de la libertad sexual.

3.7 Decreto Ley N° 23211, Acuerdo Suscrita entre la Santa Sede y la Republica del Peru.

3.8 Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educaci6n Superior.

3.9 Ley N" 24029, Ley del Profesorado, modificada por Ley W 25212.

3.10 Ley W 26771, Establecen prohibici6n de ejercer la facultad de nombramiento y

contratad6n de persona! en el sector publico, en casas de parentesco.

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'An o d el C en ten alio d e Ma ch a P ic ch u p ara e! m un do"

"D ec ad a d e la E du ca d6 n In clu siv e"

3.11 Ley W 27050, Ley General de la Persena con Discapacidad, modificada per Ley N"

28164.3.12 Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, medificado par Decreto

Legislative W 1029.

3.13 Decreta Supremo N' 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Prafesorada.

3.14 Decreta Supremo N' 051-91-PCM, Niveles Remunerativos de los Funclonarios,

Directivos, Servidares de la ' administraci6n publica,' modificado par Decreto de

...Urg~Qcl?W195~200L . ._. . .. _ ..__. __.__ ._..3.15 Decreta Supremo N° 004-2010-ED, Reglamento de la Ley W 29394, Ley de Institutos

y Escuelas de Educaci6n Superior.

3.16 Resoluci6n Ministerial N° 483-89-ED, RegJamento de Centres Educativos de Acci6n

Canjunta.

3.17 ResoJuci6n Ministerial W 0237-2009-ED, Disano Curricular Baslco de Ie Educaci6n

Superior Tecnol6gica.

3.18 Resoluci6n Ministerial N' 023-2010-EO, Plan de Adecuaci6n de los Institutos yEscuelas de Educaci6n Superior a la Ley W 29394.

IV. AMBITO DE APLICACION

4.1 Direcciones Regionales de Educaci6n

4.2 Unidades de Gesti6n Educativa Local, siempre que cuente can facultades delegadas

can Resoluci6n

4.3 Institutes de Educaci6n Superior Tecnol6gico publicos

V. ALCANCE

5.1 Profesionales de la Educaci6n

5.2 Profesionales universitarios en otras rarnas

5.3 Profesional Tecnico

5.4 Bachiller Universitario, excepcienalmente en zona rural, a falta de un profesional

Todos can especiaJidad igual 0 afln a la requerida por el Instituto

DISPOSICIONES GENERALES

6.1 Los Dlrectores Generales de los Institutos de Educaci6n Superior Tecnol6gico publicos

seran .los encargados de ejecutar los procesos de contrato del personal docente en

dichas instituciones.

6.2 Las plazas docentes vacantes presupuestadas del CAP del Institute de Educaci6n

Superior Tecnol6gico publico seran cubiertas mediante contrato, dsspues de los

procesos de reasiqnacion y permuta del personal docente.

6.3 La seleccion de personal para cubrir plazas docentes por contrato se realizaran

semestralmente, no existienda obligatoriedad de renovacion del personal docente para

el siguiente semestre acadernico.

6.4 EI contrato en [a plaza docente no sera menor de treinta (30) dias ni excedera e!

periodo presupuestaL

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"Aiio d e! C en ten ario d e Ma ch u P ic ch u p ara el m un do "

" D e C 3 a 2 de ! a E d u c a c fo n ! r; c !t ls r v a Ti

6.5 La selecclon de personal para cubrir plazas docentes par contrato se rsalizaransemestralmente, no existiendo obligatoriedad de renovaci6n de personal docente para

el siguiente semestre academico.

6.6 EI postulante a una plaza docente que acredite su condici6n de persona discapacitada

con el certificado del CONADIS y cumpia con los requisitos para el cargo, obtendra una

bonificaci6n adicional del 15% aplicado sobre el puntaje final aprobatorio alcanzado,

sequn el articulo 36~ de la Ley N° 27050, modificado porIa Ley N° 28164.

6.7 Todas las plazas, cualquiera sea su condici6n (ocupadas 0 vacantes), tienen asignado

necesariamente un C6digo Unico, generado por el Sistema de Administraci6n y Control

de Plazas - NEXUS. Dicho c6digo es de usa obligatorio en las acciones ydesplazamientos de personal que se ejecuten, debiendo figurar en las resoluciones

directorales. Esto tarnbien es aplicable para los casos de contratos eventuales. .

6.8 Se prohibe efectuar mas de un contrato en una plaza orqanlca vacante, bajo

responsabilidad administrativa del funcionario y/o servidor que autorice tal acto; igual

restricci6n se considera en los contratos eventuales.

6.9 Las resoluciones que aprueban contratos, sin contar con la vacante y la disponibilidad

presupuestal, son nulas de plena derecho, debiendo establecerse las

responsabiJidades administrativas a que hubiera lugar, sin perjuicio de las

responsabilidades civiles y penales que se puedan determinar.

VII. DEL CONTRATO

7.1 La resoluci6n que aprueba el contrato suscrito es el documento y condici6nindispensable e insustituible para que el contratado inicie sus labores 1

, debiendo ser

notificada de acuerdo a las normas legales vigentes.

7.2 EI contrato de trabajo por servicios personales es un requisito indispensable que debe

formar parte del expediente que sustenta la resolucion, y se suscribe sequn formato

adjunto a la presente Directiva (Anexo 01), donde se manifiesta la voluntad de las

partes.

7.3 La remuneraci6n del personal docente contratado en Instituto 0 Escuela de Educaci6n

Superior equivale a la de un docente del Tercer (III) Nivel Magisterial de la Ley de!

Profesorado, con jornada laboral de 40 horas, conforme a [a Escala N° 05 Profesorado

con Titulo Profesional del Decreto Supremo N° 051-91-PCM.

7.4 EI personal docente nombrado en una Institucion Educativa a Programa Educativo de

Educaci6n Inicial, Primaria y Secundaria 0 en otra entidad de [a Administraci6n

Publica, propuesto para contrato por horas en Instituto 0 Escue!a de Educaci6n

Superior, puede ser contratado hasta por 20 horas lectivas, siempre que no exista

incompatibilidad horaria con los servicios docentes en la cual es nombrado. Dicho

profesional percibira como remuneraci6n la que corresponde par el nurnero de horas

que es contratado y sin las bonificaciones especiales 0 asiqnaciones excepcianales.

1 Articulo 6° de !a Ley N° 28118 Yla Ley N° 28641.

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'An o d e! C en ten ario d e Ma cn u P ic ch u p ara elmundo "

'Decadadela E d u c ac i D n l n cl u sl va "

7.5 La jornada laboral del docente contratado en plaza vacante es de 40 horas, La hora

pedaqoqica es de 50 minutos.

7.6 Se encuentra prohibido destacar 0 rotar al docente contratado, ya sea para cumplir

funciones administrativas u otras.

7.7 De conformidad con el articulo 1° del Decreto SupremoND 016-2005-ED, e! registra y

emisi6n de resoluciones de contratos se realiza obligatoriamente a traves del Sistema

de Administraci6n de Plazas - NEXUS.

7.8 No procede la celebracion de contratos en los siguientes casos:

II En cargos directivos y/ o jerarqulcos.

.. Por reemplazo de docente nombrado destacado.

IfPor reernplazo de docente nombrado con encargo de funciones de [a Direcci6n deuna Instituci6n Educativa 0que se encuentre en comisi6n de servicios .

.7.9 Se encuentran impedidos de participar en el proceso de contrataci6n:

Personas que no acrediten los requisites mfnimos establecldos para desernperiar

la funcion docente.

.. Servidores de carrera que esten curnpliendo sancion disciplinaria de cese

temporal.

.. Personas con 70 0mas afios de edad.

.. Servidores que hayan incurrido en abandono de cargo, sin que a [a fecha haya

side resuelta su situaci6n [aboral.

.. Ex servidores destituidos 0 separados del servicio cuya sanci6n fue aplicada en los

ultlrnos cinco (05) aries a la fecha de postulaci6n inclusive2•

II Ex servidores sancionados con separaci6n definitiva 0 destituCi6n del servicio por

deJitos de violacion dela libertad sexual",

.. Personas con antecedentes penales por delitos dolosos.

.. Personas que esten cumpliendo condena condiclonal por delito doloso y los

suspendidos e inhabilitados judicialmente.

7.10 Los servidores publicos (nombrados y contratados) se encuentran prohibidos de

desernpefiar mas. de un ernpleo publico remunerado, con excepci6n de uno mas por

funci6n docents".

7.11 Las causales de resoluci6n de contrato se encuentran establecidas en el Anexo 01 de

la presente Directiva.

7.12 Si los contratos son resueltos antes de cumplidos los 30 dias, corresponde reconocer

los dlas efectivamente laborados. mediante acto resolutive por unica vez y solo para

efectos de pago.

7.13 Las resoluciones que aprueban los contratos deben ser notificadas a los administrados

en un plazo maximo de cinco (05) dlas a_partir de su expedici6n, de conformidad con

los artfculos 18° y 27° de la Ley N° 27444"'.

Articulo 300 Decreto Legislativo 276, modiiicado por Ley 26488.

Articulo 40 Ley 27911.

De conformidad con el art iculo 40" de la Const itucion Pol itica del Peru. art iculo 7" de! Decreta Legislat ivo N" 276, Ley de

Bases de la Carrera Administrativa y articulo 1390 de su Reglamento. aprobado por Decreta Supremo N" 00S-90-PCM

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"An o d e! C en ten ario d e Ma ch u P ic ch u p ara e! m un do '

"D~ca d a d e la E d u ca c i 6 n l i 1 c : us iv a "

7.14 En caso que el docente contratado no asuma el cargo dentro de los cinco (05) dlascalendario de iniciadas las clases, se deja sin efecto la misma al dia siguiente,

adjudicando a otro postulante, septm el procedimiento.

VIII. DISPOS[CIONES ESPECiFICAS

8.1 Requisitos para postular

II Titulo universitario 0 profesional tecnico en la carrera en la que desempetiara su

labor docente.

10 Acreditar experiencia profesional minima de tres (3) alios, en e[ area 0 especialidad.

II Presentar e[ diseiio de una sesi6n de clase y conducirla... Copia del ONI, Came de Identidad 0 de Extranjeria.

.. Ser miembro del Colegio de Profesores, solo para los titulados en Educaci6n.

.. Haja de vida documentado.

.. Certificada de discapacidad (si 1 0 tuviere).

.. Oacumento oficial emitido par la autoridad competente que acredite su condici6n de

Licenciado de las Fuerzas Armadas (sl 1 0 tuviere).

• Declaraci6n Jurada de acuerdo al formato adjunto (Anexo 02).

Los trarnites administrativos de fedateado, inscripci6n del postulante y presentaci6n de

expedientes, que se efectuen a la ORE son gratuitos.

Los tftulos pedag6gicos necesariamente deben estar inscritos en el Registro de Grados y

Titulos del MED 0 ORE, Y en la Asamblea Nacional de Rectores (s610 para loslicenciados en educaci6n y los titulados en las escuelas superiores de formaci6n

pedag6gica reconocldas con rango universltario)", 0 si es del exterior, debe haber side

revalidade por la ANR.

8.2 De la Comisi6n de Evaluaci6n

a. Conformaci6n

La Comisi6n de Eva!uaci6n estara integrada por:

G EI Director General del Instituto de Educaci6n Superior Tecnol6gico.

.. EI Jefe de la Unidad Acadernica, 0 quien haga sus veces.

• EI Jefe del Area Acadernica de la carrera profesional correspondiente.

.. Un representante de los docentes elegido en asamblea, por rnayoria simple.

.. Un representante de los estudiantes, acreditado par la orqanlzacion estudiantil

existente.

La ausencia del representante de los estudiantes no impide el funcionamiento de la

Comisi6n de Evaluaci6n.

~ Ley de! Procedimiento Adrnlnistrativo General, modificada par Decreta Legis!ativo 1029.

o Inciso a) de! art iculo 11° de! Estatuto de! CPP, aprobado par D. S. 017-20D4-ED.

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"Aiio d el C en ten ario d e Ma ch u P ic ch u p ara el m un do"

" Ds ca da d e la E du ca ci6 n ln clu slv a"

b. Funciones

" Evaluaci6n de los expedientes presentados.

" Elaboraci6n de las aetas deevaluaci6n e informes pertinentes al proceso de

selecci6n del personal docente.

8.3 De las etapas del proceso de contrato (dias hablles)

II Convocatoria (03 dras)

Corresponde a los Directores Generales de los Institutos de Educaci6n Superior

Tecnol6gico publicos, convocar al proceso de contra to de las plazas docentes.

Podra postular a la plaza docente cualquier profesional que reuna los requisitos.

• Presentaci6n de exoedientes (05 dras)

Los postulantes deberan presentar su expediente en la mesa de partes del Instituto

cumpliendo con todos los requisitos exigidos en el numeral 8.1 de la presente norma.

• Evaluaci6n de antecedentes orofesionales vexoedientes (03 dras)

a. La comisi6n evaluara los expedientes teniendo en cuenta los criterios y

valoraciones contempladas en el Anexo 3 y 4, seleccionando aquellos

postulantes aptos.

b. Para efectos de evaluar la experiencia profesional, solo son cornputables los

contratos por servicios person ales en el cargo de docente en Educaci6n

Superior.

c. Una vez concluida la evaluaci6n de [as antecedentes profesionales, la Comisi6n

publicara el cronograma para que efectuen la clase demostrativa, s6Jo los

postulantes aptos.

" Evaluaci6n de la clase demostrativa (03 dras)

a. La clase demostrativa tendra una duraci6n maxima de 30 minutos par

participante.

b. Para la evaluaci6n de las exposiciones, la comisi6n tendra en cuenta los crtterios

y valoraeiones conternplados en el Anexo 3 y 4.

c. En easo que alguno de los postulantes hubiese laborado en el Instituto ba]o el

ejercicio presupuestal del afio anterior, la Cornision de Evaluaci6n debera tener

en cuenta, adernas, e! informe de su desempefio profesianal, otorqandoles 8

dieho informe un puntaje maximo de 4 puntas.

d. Una vez culminada [a evaluaei6n del plan de trabajoy la clase demosfratlva, el

Comite pubticara los resultados al dia siguiente de eulminada dicha evaluaci6n. IR Elaboraci6n de Cuadro de Meritos y Elevaci6n del informe final (01 dial

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,"An a d el C en ren ario d e Ma ch u P lec hu p ara el m un do'

, o I D e c : ! d : ! d e ta E d u c a c i 6 n l n dus l va "

a. Conc!uido el proceso de selecci6n de personal, el presidente de la Comisi6n de

Evaluaci6n, elevara los resultados del proceso, a la Direcci6n Regional de

Educaci6n, para la emisi6n de las resoluciones que corresponda.

b. EI postulante que obtenga el mas alto puntaje sera declarado ganador.

c. En caso que dos 0 mas postulantes alcance igualdad en el puntaje final. se

otorpara mayor puntaje a aquel postulante que haya acreditado mayor

experiencia en ef sector productive de bienes y servicios, afln a la carrera.

m Presentaci6n de redamos (02 dias)

a. EI postulante que no esta de acuerdo con ef resultado del procsso de seleccion,

puede plantear su reciamo, debidamente fundamentado. dentra de las 24 horas

de publica do el cuadro de mentes.

b. EI Comite de Evaluacion resolvers el redamo dentro de las 48 horas de su

interposic16n. La decision adoptada da por agotado ef reclarno.

• De fa adiudicaci6n (dos dias)

a. La adjudicaci6n se realiza en acto publico, en lugar, fecha y hora estabfecido en

ef cronograma aprobado,

b. Se adjudica en estricto orden de rneritos,

c. EI Cornlte de Evaiuaci6n entreqara el Acta de Adjudicaci6n, suscrita por todossus integrantes, a quien resulte ganador, de acuerdo al formato del Anexo 05.

d. EI proceso de adjudicaci6n se llevara a cabo considerando 1 0 establecido en el

parrafo sobre Elaboraci6n del Cuadra de Meritos del presente numeral de la

presente Directiva.

e. En caso el docente no pueda asistir a la adjudicaci6n, podra acreditar a un

representante mediante un poder notarial fuera de registra, quien reclblra el Acta;

caso contrario, se prasigue adjudicando al docente que continue en el orden de

rneritos correspondiente, perdiendo eJ docente ausenie eJ derecho a solicltar su

adjudicaci6n en las siguientes vacantes 0 en las que se generen posteriormente.

f. Los docentes adjudicados en una plaza y que no deseen asumirla es excluido

del cuadra de rneritos, procedlendose con la adjudicaci6n al docente que prosiga

en el orden de rneritos.

• De la Resoluci6n Contrato (05 dias)

a. Concluida la adjudicaci6n, el Cornlte de Evaluaci6n rernitira a la DRE Jos

expedientes de los docentes ganadores con la respectiva copia del acta de

adjudicaci6n, as! como el informe final del proceso de contrataci6n docente,

anexando toda la documentaci6n generada en e! mismo .

. »

<'i~ ;:~::,:,~':::.:~/b. Las DRE una vez recibidos los expedientes de Jos docentes adjudicados. son

responsables de emitir dentro de los cinco dias de recibido el informe finaf del

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"Ano delCentenario e Ma ch u P lc ch a parael rnundo"

" D e c a d a de la Educaci6nncluslva"

Cornite de Contrataci6n, las resoluciones que aprueben los contratos,

garantizando el pago oportuno de sus remuneraciones.

c. Los docentes que, figurando en el orden de rneritos correspondiente, no logren

ser adjudicados, tendran latente la posibilidad de ser contratados, en las

vacantes que se generen durante el semestre acadernico, comunicando la ORE

can anticipaci6n a los interesados, bajo responsabilidad, hasta agotar los

cuadros de rneritos.

IX. DE LA REMUNERACION

9.1 EI pago de remuneraciones se hara por el trabajo efectivamente realizado, quedando

prohibido por dlas no laborados, con excepci6n de las licencias por incapacidad

temporal, debidamente acreditadas por ESSALU07

9.2 En caso se ejecute un contrato por una jomada laboral menor a la establecida, la

remuneraci6n mensual sera proporcional a estas,

9.3 EI docente contratado percibe sus remuneraciones, considerando los perfiles

establecidos eli la Escala 05 Del Profesorado, literal a (con tftulo pedag6gico III Nivel

Magisterial) y b. del Decreto Supremo N° 051-91-PCM Y lajomada laboral respectiva.

9.4 No procede la modificaci6n de los grupos remunerativos de los docentes contratados sin

tftulo pedag6gico, mientras dure el contrato".

9.5 EI responsable del Area de Personal de la ORE, debe verificar y certificar el sistema

pensionario al que pertenece el docente a contratar, informaci6nque debe considerarse

en la resoluclon de contrato correspondiente, bajo responsabilidad funcional.

9.6 En case de presentarse la figura de doble cargo, debe tenerse en consideraci6n para eJ

pago de la remuneraci6n, las prohibiciones de doble percepci6n de las asignaciones,

aguinaJdos y bonificaciones estabJecidas en las normas legales que las otorgan.

9.7 Los descuentos por tardanzas, inasistencias, huelgas, paralizaciones y permisos de los

docentes cantratados, se efectuan de conformidad a 1 0 dispuesto por la Resoluci6n

Jefatural N° 1344-2DOB-ED9Y su modificatoria la Resolucion Jefatural N° 0730-201 O-ED.

X . DE LA RESPONSABILlDAD

10.1 Los miembros del Cornite de Evaluaci6n son responsables de la conducci6n delproceso de contrataci6n.

10.2 EI cronograma aprobado par la DRE debe consignar todas las actividades previstas en

la presente directiva, debiendo garantizar la culminaci6n del proceso dentro del plaza

seFialado. .

7 Inciso d) Tercera Disposlcion Transitoria de la Ley 28411. Ley General del Sistema Nacional de Prssupuesto.

B Literal a) numeral 6.1 del art iculo 6° de la Ley N° 29465.

9 Normas Tecnicas sobre Descuentos par Tardanzas, Inasistencias, Huelgas a Paralizaciones y Permisos de Personal.

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, 0511 ..aO i1 -ED

• An a d el C en ten ario d e Ma ch u P ic ch u p ara el m un do "

, II D a c cd a d a ~ c E d i J c a c io i i lndusiva '

10.3 En caso de detectarse irregularidades, falsifrcaciones 0 adulteraciones, en el desarrollo

del proceso a en [a documentaci6n presentada, el Titular de la ORE, no expediraresoluci6n de contrato, iniciando las acciones legales pertinentes par delito contra la Fe

Publica.

10.4 La ORE esta obligada a verifrcar de oflcio la autenticidad de las declaraciones juradas,

documentos, informaciones y de [as traduccianes proporcionadas par el

aornlnistraco", de acuerdo a [0 establecido en el Decreta Supremo N° 096-2007-PCM11.

En tal sentido, una vez emitida la resoluci6n de contrato, en caso de camprobarse

fraude a falsedad, la misma entidad (en caso no exista superior jerarquico), declarara

la nulidad del acto adrnlnlstrattvo, formalizando ademas la denuncia al Ministerio

Publico.

10.5 Los recursos administrativos interpuestos par los postulantes contra la resoluci6n que

aprueba un contrato, no suspende el proceso de contrataci6n, ni la ejecucion de la

resoluci6n impugn ada.

En caso de declararse fundados dichos recursos 0 quejas, solo se reconocera

excepcionalmente para efectos de pago, los dlas efectivamente laborados par el

servidor cantratada impugnado; la vacante sera adjudicada conforme 1 0 sefialado en el

punta 8.3 De la Adjudicacion del numeral VIII de la presente Directiva. Eneste caso el

inicio de la vigencia del nuevo contrata sera desde la fecha que se adjudica la vacante,

no pudiendo ser retroactiva.

10.6 Los Directares de los Institutos de Educaclon Superior Tecnoloqica y la Direcci6n

Regional de Educacicn. son responsables individualmente de velar par el estricto

cumplimiento de la presente directiva.

X l. DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- En los casas de contrata par reemplazo par licencia, sanclon, encargo de puesto

a deslqnaclon, siempre y cuanda la ausencia tenga un plaza de 30 dlas a mas y este

ejecutada mediante acto resolutivo, se sujeta al Regimen Especial de Cantrataci6n

Administrativa de Servicias - CAS, regulado par el Decreta Legislativo W 1057. EI procesa

de contratacion se sujeta al pracedimiento establecida en el Decreta Supremo N° 075-2008-

peM, quedando dichos cantratos resueltos autornatlcamente cuando el personal materia de

suplencia retoma sus labores.

En [as casas de reemplazos de docentes can licencia edil, se cantrata s610por las horas delicencia del titular, y su remuneraci6n mensual sera proporcional a la jornada laboral

establecida para cada especialidad.

En caso se contrate personal sin titulo pedaqoqico, el pago de la contraprestaclon se

efectuara de acuerdo a 1 0 dispuesto en el numeral 9.3 del punta IX De laRemuneraci6n de

Japresente directiva.

1 1 ) Ley de Procedimiento Administrativo General, articulo 32° Ley 27444.

" Regula la f iscal lzacion posterior aleatoria de los procedimientos administrat ivos par parte del Estado.

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"An a d el C en ten aria d e Ma ch u P ic ch u p ara el m un do'

'Decadadela E d u c a c l o n Inclusiva"

SEGUNDA.- De conformidad con 1 0 sefialado en los artfculos 11° y 120 del Reglamento de

Centros Educativos de Acci6n Conjunta: Estado Peruano - Iglesia Cat6lica, aprobadomediante Resolucion Ministerial N° 483-89-ED de fecha 03.08.1989, las plazas otorgadas por

el Ministerio de Educacion, son cubiertas a propuesta del Director dellnstituto 0 Escuela de

Educacion Superior con el visto bueno de la Qficina Diocesana de Edacacion Cat6lica

respectiva - ODEC, siempre que el postulante cumpla con los procedimientos y requisitos

establecidos en la presente Directiva.

TERCERA.- La ORE a traves de [a Unidad de Personal, debe efectuar la veriflcacion en el

Registro Nacional de Sanciones de Destituclon y Despido (RNSDD) de la peM, para tamar

conocimiento de la existencia de alglin postulante que haya sido destituido 0 despedido,

como los casos de personas que han side condenadas por el delito contra la libertad sexual.

CUARTA.- EI MED es el orqano del Gobiemo Nacional encargado de definir la poJitica del

sector educaclon, par 1 0 tanto es nulo de plena derecho cualquier contrato docente efectuadoen el ambito nacional, mediante directivas intemas y/olnstrumentos tecnlcos emitidos por los

Gobiernos Regionales, Direcciones Regionales de Educaci6n, que contravengan; alteren,

distorsionen 0 transgredan el contenido de la presente Directiva 12.

QUINTA.- De conformidad con el articulo 6° de la Ley N° 27491, se encuentra prohibida la

renovaci6n autornatica de contrato de docentes.

SEXTA.- Los aspectos no contemplados en la presente Directiva, seran absueltos por la

Direccion General de Educaci6n Superior y Tecnlco Profesional y la Unidad de Personal del

Ministerio de Educaci6n seglin corresponda.

12 Articulo 1920 Consfi tucion Poll lica del Peru, art iculo 40 Ley 29158 Ley Orqanica Poder Ejecutivo, articulos 30, 10" Y 11c

Ley 27783 Ley de Bases de la Descentrallzaclon, articulus 36° y 45" Ley 27867 Ley Orqanlca de los Gobiemos

Regionales.

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r. : ; m 5 t ' ~ ~/ . : ./ ;T

"An a d el C en len ario d e M ac hu P ic ch u p ara el m un do'

'D e ca d a d e la E d u ca c1 6 n ! n c !u sN E '

ANEXO 01

~~~f~:~i;:~;~~ts.i~:~~~i~~f':" '~~~,'~'~: 'i i ; i g~~~El\ l iclosfB¥R:sp~i l iEifD,EI)'O~~~~~({fr:':""~~'";;~~'L~":~-~ : } ~ i 0 " ' ~- : _ ' " ' " ~ _ ~ ~~~SJ J !~U~IR~~~~~~~~~P_~~AC!~~"~?U~~~~ ' ~<?~Cl_~~~~S :~~::::'_ ",, ' _ ' :

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Por el presente documento celeb ran el contrato por servicios personates, de una parte la

DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE(indicar el que corresponde), con dornlclllo real en

................................................................... , representada para estos efectos par su Director, el

senor identificado con D. N. I. N° , a quien en

adelante se denomina LA ORE; y de otra parte, el sefior(a) (ita) .

..... , identificado(a) con D. N. I. N" y domiciliado en

............................. . , a quien en adelante se

denomina DOCENTE; en los terminos y condiciones siguientes:

cLAUSULA PRIMERA.- En atenclon a las necesidades de contar con los servictos de un

Profesional Docente, el Cornite de Evaluaci6n de la ORE adjudic6 la plaza (horas libres para

completar el plan de estudios) a don(a) para

desempei'iar funciones docentes.

cLAUSULA SEGUNOA.- Por el presente, la DRE contrata los servicios del DOCENTE para que

cumpla funciones docentes en la plaza con c6digo (horas Jibres para campletar el

plan de estudios) perteneciente al Instituto de Educaci6n Superior

Tecnologico.............................................. ubicada en el Dlstrito de , Provincia de

........................... , Region de .

cLAUSULA TERCERA.- Las partes acuerdan que el plazo de duraci6n del presente contrato se

inlcla el.. de y finaliza el., de del.. .

cLAUSULA CUARTA.w EI DOCENTE en virtud al presente contrato percibe una remuneraci6n

equivalente aJI II Nivel40 horas de acuerda ala Escala 05 del D. S. N° 051-91-PCM.

CLAUSULA QUINTA.- La jornada de trabajo del OOCENTE es de horas pedag6gicas

semanales - mensuales.

cLAUSULA SEXTA.- Son causales de extinci6n de la relacion laboral, las siguientes:

• EI incumpJimiento de los deberes, funciones y obJigaciones asignadas, asf como la ineficiencia

o ineptitud comprobada en el desarrollo de las mismas.

EI abandono injustificado del cargo, determinado par la Cornision de Procesos Administrativos.

• Faltar a las disposiciones del C6digo de E t l c a de la Funci6n Publica, a la Ley de Prevenclon ySanci6n del Hostigamiento Sexual, asi como a la Ley de Gesti6n de Intereses en la

Adrninlstraclon Publica.

• Agresi6n ffsica y pslcoloqica a los miembros de la Comunidad Educativa.

Falslticacion y/ o adulteraci6n de documentos reJacionados con su actividad laboral y

profesionai.

B La renuncia ° retiro voluntario.

Desplazamiento de personal titular como consecuencia de procesos de rotaclon, reasiqnacion,

reingreso 0 nombramiento, entre otros.

• Disminuci6n de rnetas de atencion.

El mutuo acuerdo entre las partes.

• Reestructuraci6n y/o reorganizaci6n del centro de traba]o.

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'An a d el Centenaro d e Ma chu P iechu p ara el mundo "

'D ec ad a d e l a E d uc ac i6 n I nc lu si ve"

Por mandato judicial.• Por reeurso administrativo resuelto a favor de un tereero.

• Culminaei6n antieipada del motive de ausencia del servidor titular a quien reemplaza el

eontratado.

• EJfalJecimiento del servidor.

cLAUSULA SET1MA.- EI presente contrato es vigente a partir del dla siguiente de su suscripci6n,

ode aeuerdo al plazo establecido en la clausula tercera.

cLAUSULA OCTAVA.- EI presente contrato se formaliza mediante la resolucion administrativa

correspondiente.

cLAUSULA NOVENA.- Para efeetos de eualquier controversia que se genere con motive de la

celebraci6n y ejecuci6n del presente contrato, las partes se someten a la jurisdiccion ycompetencia de los jueces y tribunales del domieilio de la DRE .

EI presente contrato se suscribe en dos ejemplares del mismo tenor, en serial de conformidad y

aceptaci6n, en , el. de del ..

DIRECTOR REGIONAL

(Firma)

ELDOCENTE

(Firma)

, f

_;"

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·0511

'Ana del C en ten ar io d e M a c tJ u P ic eh u p a ra e l m u n d o '

A D eC 3c a d e la E d u c a : ;; o n ! n c !u s ; !' "a "

ANEX002

Yo, iden tific ado(a )

con D . N. J . N° , dec la re ba jo ju ram en to:

" Tener buena conduc ts .

II G oz ar d e b uen a s alu d.

.. No ten er a nteceden tes pena les p or deJ ito d oloso,

.. No h aber s id e sanc ion ad o a dm in is tra tivam en te can des tituc i6n 0 s ep ara ci6 n d el s erv ic io en los O ltim os

c in co (0 5) a nos a la fec ha in clu siv e.

.. No haber s ido sanc ionado con des titu c i6 n 0 s ep ara ci6 n d efin itiv a d el s erv ic io p ar d elito s d e v iola ci6 n d e

l a lib er ta d s ex u a l.

.. L a verac id ad de la in form ac i6 n y de 1 8 d oc ume nt ac i6 n q u e a d ju nt o.

• A d j u n t o C e r t I T i c a d o d e D l sc a p ac id a d .. . .. . OP_ou .••• luH II

siD NoD.. Ad jun to D ocum en to O fic ia l em itido por la au torid ad

com peten te q ue a cred ita con dic i6n de U cenc iad o en las .

F uerzas Arm adas . siD NoDDado en la c iudad de a los dlas de! m es de del .

(F i rma )

Nombre

DNIW

Huel la d ig it al

( In d ic a d er ec h o)

N ota : S i el p os tu la nie o cu lta in fo rm a cio n yl o c on sig na in fo rm a cio n fa ls a s era ex clu id o d el p roc es o d e s elec c1 6n d e p ers on al. E n c as e d e

h ab ers e p ro du cio o Ie c on lra ta cio n, d eb era c es ar p or c orn is io n d e fa it a g ra ve, [;011 a rreg lo a la s norm as v ig en tes , s in per ju ic io de la

r es p on s ab ili da c l p en a l q u e h u bie ra in c ur ri do ( Ar t. 4 " D S 0 1 7 -9 6· PCM )

13

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'Ano delCentenariode Ma ch u P iec hu p ara elmundo'

"Decadade la EducacionInclusive'

ANEXO 03

EVALUACION DE POSTULANTES PARA PERSONAL DOCENTE DE

FORMACION TRANSVERSAL .

NOMBREDELIEST: __

CODIGO MODULAR N° --'- __

NOMBRES Y APELLIDOS: _

PLAZA A LA QUE POSTULA: _

EXPEDIENTE N°: N° FOLIOS: _

02 puntos

10 puntos

- Programaci6n de la sesi6n de aprendizaje, indicando las capacidades a lograr,las actividades y criterios de evaluad6n programadas, recursos necesarios.

lndicadores de

10 puntasMaximo

05 puntos

Maximo

Conducci6n de la sesion de clase:

- Interrelaci6n docente-alumno ( 4 puntas)

- Estrategia rnetodolriqlca emp!eada (4 puntas)

- Manejo de los contenidos (4 puntos)

de las de evaluaci6n

20 puntos

maximo

. .'

: ~t - :

14

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0511

'Alio d el C en ten an o d e Ma cn u P ic ch u p ara el m un do'

'D ec ad a d a fa E du ca ci6 n r t iCk . i 3~Va l f

ANEXO 04

EVALUACION DE POSTULANTES PARA PERSONAL DOCENTE DE. FORMACION TECNOLOGICA .

CODIGO MODULAR N° _

NOMBRE DEL IEST: __

NOMBRES Y APELUDOS: -..,.. _

PLAZA A LA QUE POSTULA: _

EXPEDIENTE N° : N° FOLIOS: _

Canducci6n de la sesi6n clase:

-lnterrelaci6n dacente-alumna ( 4 puntas)

- Estra!egia metadal6gica empleada (4 puntas)

- Manejo de los contenidos (4 puntas)

- Maneja de las estrategias de evaluaci6n (4 puntas)

06 puntas

maximo

02 puntas

maximo

02 puntas

maximo

10 puntas

maximo

05 puntas

maximo

10 puntas

maximo

20 puntas

maximo

II

III

, !

)5

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'AnD d el C en !en ario d e Ma ch u P ic ch u p ara el rn un do"

'D ec ad a d e la E du ca cien l ndus l va "

ANEXO 05

De conformidad con el resultado obtenido en el Proceso para Contratacion de Docentes

de Instituto de Educaci6n Superior Tecnol6gico, regulado por la Directiva N° 014-2011-

MElSG-OGA-UPER, se adjudica e! cargo vacante a:

Apellido Paterno:

Apellido Materno:

Nombres:

ONI

Puntaje: En Letrns: ___

Cargo: -

C6digo Unico:

Motive de Vacancia:

lnstitucion Educativa:

Especialidad:

Oistrito:

Provincia:

ORE:

Lugar y Fecha;

FIRMA Y POST-FIRMA DE LOS INTEGRANTES

DEL COMITE DE EVALUACION

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